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TEMARIO ORIENTADO A PREGUNTAS CORTAS

             Personas                       Hechos/movimientos              Estructuras/administración

1) D. Juan José de Austria: pag 2   5) Los Novatores pag 8             8) Comercio de Indias pag 11
2) Nithard: pag 3                   6) La Paz de Nimega: pag 10        9) Junta de Comercio: pag 13
                                                                       11) Las capitanías generales: pag
3) Medinaceli y Oropesa: pag 4      7) La Paz de Ryswick pag 10
                                                                       15
4) Pretendientes al trono de        10) La paz de Utrech (1713) y sus
                                                                      12) Las intendencias. La figura del
España a la muerte de Carlos II:    consecuencias económicas y
                                                                      intendente: pag 16
pag 6                               territoriales para España: pag 14
                                    17) Las reducciones de Jesuitas en 16) El navío de permiso y el
13) Ustáriz: pag 21
                                    Paraguay: pag 26                   asiento de negros pag 25
                                    19) El primer Pacto de Familia     18) Las secretarias de Estado: pag
14) Alberoni: pag 22
                                    (1733) y sus guerras: pag 29       28
15) Patiño: pag 23                  20) La Guerra de la Oreja de       24) Los pósitos. pag 37
                                    Jenkins pag 31
22) El Marqués de la Ensenada:      21) El Segundo Pacto de Familia y 25) Las Sociedades Económicas
pag 35                              sus Guerras pag 32                de Amigos del País. pag 39
28) Pablo de Olavide y las Nuevas 23) El Tratado de Madrid o       26) Los vales reales y el Banco de
Poblaciones pag 45                Tratado de Límites (1750) pag 36 San Carlos pag 42
31) Floridablanca pag 50            29) El concordato de 1753 pag 48 27) Proyecto de Unica
                                                                     contribución en Castilla. pag 44
32) Campomanes pag 51               30) El catastro de Ensenada pag
                                    49
33) Jovellanos pag 52               34) El tercer Pacto de Familia
                                    1761 y sus guerras pag 52
Extra_1. Orry pag 60                35) La Paz de Versalles (1783)
                                    pag 56
                                    36) España y la Revolución
                                    Francesa pag 58
                                    37) La conjura del Escorial. pag
                                    59
                                    38) El Motín de Aranjuez pag 59
                                    Extra: Reformas y levantamientos
                                    campesinos en siglo XVII : pag
                                    60
1) Don Juan José de Austria
        Llamado el «segundo» Juan de Austria (Madrid, 1629-1679). Hijo ilegítimo de Felipe IV de
España y la actriz María Calderón (la Calderona). Por consejo del conde-duque de Olivares y para
suplir la eventual falta de herederos varones, fue reconocido por el rey en 1642 y nombrado en
1643 príncipe y prior de la orden militar de San Juan para los reinos de Castilla y León, pero el rey
rechazó siempre su pretensión de ser legitimado y reconocido como infante.
        Con 18 años fue puesto al mando de la flota enviada a sofocar la revuelta de Nápoles
(1647-51) y en 1652 dirigió el sitio de Barcelona que puso fin a la larga guerra de la Corona contra
la rebelión de Cataluña, recibiendo el nombramiento de virrey de aquel territorio (1653-56).
        Después fue virrey de Flandes (1656-59), tarea en la que obtuvo algunos éxitos frente a los
franceses, como el levantamiento del cerco de Valenciennes o la toma de Condé, y fracasos como la
pérdida de Dunkerke. Felipe IV lo puso al mando del ejército español que intentaba recuperar el
control de Portugal (1661-64), tarea en la que fracasó.
        Tras la muerte de Felipe IV (1665) cambió la actividad militar por la política cortesana,
tratando de lograr una legitimación que le facilitara el acceso a la gobernación de la Monarquía ante
los problemas sucesorios de su hermanastro Carlos II y la debilidad de la Corona.
        La lucha por el poder le enfrentó a la reina gobernadora Mariana de Austria y a su valido, el
jesuita austriaco Nithard, quienes intentaron apartarlo de la Corte destinándolo a Flandes en 1668,
pero rechazó el nombramiento. Mientras la regente lo rechazaba, entre las clases populares su
imagen cobraba tintes de mesianismo y lo señalaban como el único capaz de sacar a la monarquía
del marasmo en que estaba sumida. Se desató una guerra de pasquines y de violencia callejera entre
las facciones de los llamados donjuanistas y nithardístas hasta que la regente ordenó la detención de
don Juan, que huyó de Consuegra a Barcelona, donde había dejado partidarios como virrey y se
puso al frente de una fuerza armada con la que marchó hacia Madrid, forzando la caída de Nithard
(1669), aunque no se atrevió a atacar la capital y aceptó el nombramiento de vicario general de
Aragón.
         La reina alejó de España a don Juan destinándolo a Flandes (1670) y a Nápoles (1675) y
encumbró a un caballerizo llamado Fernando de Valenzuela como nuevo valido, provocando el
rechazo de la nobleza hacia el advenedizo cuyo creciente poder les resultaba insoportable. Con
motivo de la mayoría de edad de Carlos II, D. Juan prestó juramento con honores de infante, y
cuando los grandes de España y de los militares forzaron la caída de Valenzuela (1676) y auparon a
Don Juan, que marchó por segunda vez sobre Madrid y obligó a Mariana de Austria a retirarse a
Toledo para eliminar su ascendiente sobre Carlos II
        En enero de 1677 don Juan era el valido de su hermano y gozaba de un gran prestigio entre
las clases populares madrileñas. Acometió numerosas medidas de gobierno, pero las expectativas
despertadas eran tan grandes que para muchos los resultados resultaban insuficientes; los fracasos
en la guerra de los Países Bajos (Guerra Franco-Holandesa 1672-1678 ) y el desastroso Pacto de
Nimega de 1678 (España pierde el Franco-Condado y varias plazas) le hicieron perder apoyos
entre los militares; sus enemigos utilizaron las mismas armas de las que se había servido él para
atacar a Nithard, y Madrid se llenó de pasquines donde se le injuriaba y atacaba recalcando que era
hijo de una comedianta.
        Su respuesta fue silenciar a la oposición mediante la prisión o el exilio, y aislar al rey de
todo contacto exterior. En el verano de 1679 don Juan cayó enfermo de gravedad, el 7 de
septiembre de 1679 otorgó testamento y fallecía pocos días después en medio del desinterés
general. Sus enemigos señalaron que la muerte le salvó de una caída inevitable.
        Los escasos 33 meses de Don Juan al frente del gobierno, truncados por su prematura
muerte, resultaron insuficientes para poder plasmar su deseo de reafirmar la regalía regia como
medio de fortalecer el papel del Estado, evitando injerencias del poder espiritual en el temporal. En
varios aspectos recogió la herencia del conde-duque de Olivares a través de sus memoriales y Juntas
de Reformación; inició una leve aproximación a la reforma fiscal haciendo tributar a la nobleza a
través de donativos, y trató de poner en marcha novedosas ideas de gestión con la creación de la
Junta General de Comercio, institución típicamente mercantilista similar a las aparecidas en otros
Estados europeos durante el S. XVIII, que constituye un paso adelante en el proceso de articulación
de los Estados modernos que, de preocuparse casi exclusivamente en el S. XVI por los problemas
fiscales y hacendísticos, pasan a interesarse por la producción y el intercambio de bienes.
        En la España moderna existían los precedentes de una Junta de Minas y otra de Comercio,
Población y Agricultura, creadas en los primeros años del reinado de Felipe IV, por iniciativa del
conde-duque de Olivares; pero no fue hasta un decreto de 24-1- 1679 cuando se instituyó la Junta
de Comercio, con la finalidad de «restablecer y restaurar el comercio general de estos reinos»,
compuesta por los ministros de los Consejos de Castilla, Guerra, Hacienda e Indias, además de un
grupo de expertos. La Junta de Comercio (1679) tenía como finalidad abordar los problemas de
despoblamiento y de depresión industrial, y capacidad para la creación de instituciones crediticias
(montes de piedad) que facilitaran el movimiento de capitales y marcó el inicio del período
reformista de los años 80.
        España tenía demasiados funcionarios. El deseo de ocupar un cargo público se había
convertido en una auténtica obsesión, aumentada por las universidades, por los valores sociales
vigentes, por el sistema de patronazgo y por la propia imprevisión del gobierno, y el
crecimiento de la burocracia fue superfluo y perjudicial, con continuos desplazamientos de
unos cargos a otros que se habían convertido en un grave obstáculo para la eficacia de la
administración. El primer intento de reforma se produjo en 1677 con el objetivo de «evitar el
gran retraso en el despacho eficiente de los asuntos, ocasionado por el incremento del número
de ministros, así como el coste creciente de los salarios», aunque los favores debidos anularon
su eficiencia por la adición de una disposición final que concedía que ningún presidente en
funciones tendría que dejar su cargo y que el Consejo adquiriría su nueva dimensión por el
procedimiento de no cubrir las vacantes cuando éstas se produjeran.

2) Nithard
        Religioso austríaco, de la orden jesuita, acompañó a la archiduquesa Mariana de Austria en
calidad de confesor cuando ésta vino a España a casarse con Felipe IV (1649). A la muerte del rey,
la reina viuda Mariana quedó como regente del reino durante la minoría de edad de Carlos II y
depositó su plena confianza en Nithard encumbrándolo mediante todo tipo de recursos: consiguió
que el Inquisidor General en funciones, el arzobispo de Toledo, don Pascual de Aragón, renunciara
a su puesto y se retirara a su arzobispado, dejando a la vez su puesto en la Junta de regencia en la
que según el testamento de Felipe IV debía estar el Inquisidor General; obtuvo la naturalización
como español del padre jesuita -imprescindible para acceder al cargo de Inquisidor General-
mediante el voto en Cortes de las ciudades castellanas y presionó a Alejandro VII para que aprobara
el puesto inquisitorial para su confesor, eximiéndolo de su voto jesuítico que le impedía ejercer
cargos políticos. El cargo de Inquisidor General (1666) permitió a Nithard entrar en la Junta de
Regencia y la confianza real lo convirtió en el personaje más influyente de la Corte, donde actuó
como primer ministro.
        La nobleza rechazó desde un principio el encumbramiento de Nithard, al que consideraron
un advenedizo carente de los merecimientos que ostentaba; y los dominicos, orden opuesta a los
jesuitas, se sintieron heridos en su orgullo al observar como un jesuita les arrebataba la primacía del
confesionario real, así como el gran puesto inquisitorial. Durante los tres años en los que disfrutó de
la cercanía de la reina no supo procurarse una red de poder que lo mantuviera en su valimiento y a
su influencia se le achacaron la profunda desconfianza de la reina Mariana de Austria hacia la gran
nobleza española, especialmente hacia su hijastro D. Juan José de Austria.
        Su mediocridad en el terreno político y sus votos en el Consejo de Estado, de carácter más
teológico que político, aumentaron la enemistad de la gran nobleza española le hizo cosechar
continuos fracasos en el exterior (Francia: Guerra de Devolución 1667-68 ) y concitar sobre él
todas las antipatías de la población con su rigidez mental (prohibición de las representaciones
teatrales) y las continuas exigencias de dinero, al tiempo que su incapacidad como gestor bloqueó
los proyectos de una contribución única y la rebaja de los impuestos de consumo.
        Sus fracasos en la Paz de Aquisgrán y el Tratado de Lisboa de 1668 (tras la Guerra de
Devolución, reconocimiento por España de la independencia de Portugal y la pérdida de varias
localidades flamencas) y el descontento popular generalizado facilitaron el pronunciamiento militar
de D. Juan José de Austria, que en 1669 obtuvo la destitución de Nithard (nombrado embajador
extraordinario en Roma)

3) Medinaceli y Oropesa
Resumen: El país recuperó la cordura y la estabilidad política durante los mandatos de Medinaceli
y Oropesa, progreso que sólo se vio interrumpido por el problema sucesorio. Entre 1683 y 1685
(Medinaceli) el gobierno inició el debate de la reforma de la estructura fiscal con la propuesta de
reducción de los millones y el aumento de la alcabala y otros impuestos que afectaban más a los
grupos de ingresos elevados, aunque en febrero de 1688 (Oropesa) el informe de la Comisión de
Hacienda concluía que, a pesar de que era de importancia vital aliviar la carga fiscal, había que
mantener los millones para atender los gastos de defensa, pues la rígida estructura social de
Castilla imposibilitaba la imposición directa de las clases privilegiadas, y el ajuste del sistema
fiscal se concentró en vigilar más de cerca los contratos para la recaudación de impuestos, que se
arrendaban a hombres de negocios y financieros; en la abolición o reducción de la sisa en una
serie de bienes de consumo y en la reducción de la cuota fiscal de aquellas comunidades cuya
situación era especialmente difícil.
        Las aspiraciones reformistas de los ministros de Carlos II también intentaron abordar los
problemas industriales y comerciales de España con el planteamiento de que el Estado debía
adoptar un papel más activo en la planificación económica, y ante los graves problemas de
despoblación y depresión industrial Medinaceli puso en marcha la Junta General de Comercio
para facilitar el movimiento de capitales mediante instituciones crediticias (montes de piedad), y
publicaron un Decreto (1682) de compatibilidad de las actividades industriales y empresariales
con la nobleza.
        Oropesa continuó con el saneamiento económico, el equilibrio presupuestario y la
estabilidad monetaria como pilares básicos de la recuperación, al mismo tiempo que inició la
renovación del aparato del Estado con la creación de una Superintendencia de Hacienda, que
anulaba al Consejo de dicho nombre e inauguraba el desmantelamiento de la Administración que
durante doscientos años se había basado en un sistema de consejos. También trató de introducir
cambios en la sociedad planteando la necesidad de que la nobleza de pagase impuestos para
contribuir al sostenimiento del Estado, y decretó una reducción de la cifra de clérigos y de las
fundaciones religiosas.
        El último gobierno de Carlos II no sólo restableció la confianza en el sistema
monetario español, sino que dio los primeros pasos en el proceso de la reforma
administrativa, anticipándose de alguna manera a los empeños más eficaces de los
reformadores borbónicos de la centuria siguiente.

        Tras la muerte de Don Juan José de Austria, llevó algún tiempo conciliar los diferentes
intereses, pero el 21 de febrero de 1680, el rey nombró como primer ministro al duque de
Medinaceli, quien demostró competencia para hacer frente a la situación y continuó con la
dura política deflacionista diseñada por la administración financiera del hermanastro del rey,
para devolver el crédito al sistema monetario. Se entró así en una etapa de estabilidad
monetaria, sin que el Estado alterase el valor de las monedas ni realizase acuñaciones
fraudulentas, imprescindible para avanzar en la superación de la crisis, pero mantener una
política deflacionaria supuso endurecer la vida de la gran mayoría de la población y afectar a la
aristocracia en sus rentas.
        La paz exterior aportó estabilidad política y permitió a Medinaceli dedicarse a los asuntos
internos incorporando nuevos talentos a las tares de dirección y elevando el nivel del gobierno.
Para tomar medidas de racionalización del gasto y buscar el equilibrio presupuestario nombró
presidente para el Consejo de Hacienda a Carlos Herrera, gobernador de Sevilla familiarizado
con los problemas económicos y los intereses mercantiles. Se redujeron las fiestas y los
dispendios que habían caracterizado la vida en la Corte en tiempos de Felipe IV y en la época de la
privanza de Valenzuela; se creó un organismo específico para los asuntos económicos, la Junta
Magna (en la que tres teólogos neutralizaban el pragmatismo que trataban de imponer Medinaceli
y su equipo).
        Se dedicó especial atención al comercio con América (abandonado durante décadas en
manos de mercaderes y compañías extranjeras) y reforzó la administración incorporando a José
de Veitia Linaje en el puesto de Secretario del Despacho Universal, como asesor especial del
primer ministro en los planes para revitalizar el comercio colonial y su rendimiento. Se intentó
atacar los abusos más flagrantes de la penetración comercial extranjera en Sevilla y Cádiz, se
prestó mayor atención a las defensas del Imperio, y el comercio de Indias arrojó durante los
últimos años de la centuria un volumen de beneficios de los más elevados de todo el período
colonial, de los que un buen porcentaje llegaron a las arcas del Estado.
        Medinaceli puso en marcha la Junta de Comercio (1682) y una serie de medidas para la
promoción de las actividades productivas, como la declaración de la compatibilidad de comercio y
nobleza (1682), la protección a los artesanos (1683), las ordenanzas generales de la sedería (1684)
o la gestación de los Gremios Mayores de Madrid (1686), aunque el tejido de la vida española
estaba demasiado exhausto como para que fuera posible conseguir un súbito rejuvenecimiento.
        Medinaceli hubo de hacer frente a numerosas intrigas y a las tradicionales rivalidades de las
familias nobiliarias asentadas en los consejos, que aumentaron cuando en 1681 Luis XIV
(aprovechando las dificultades del Imperio con los turcos tras el sitio de Viena, y la debilidad
española) tomó Estrasburgo y España se vio obligada a realizar unos dolorosos gastos
defensivos y a firmar otro tratado de paz desfavorable (Tregua de Ratisbona, 1684) que cedía
al rey de Francia durante veinte años la fortaleza de Luxemburgo y algunas plazas de los Países
Bajos, además del reconocimiento de la ocupación francesa de Estrasburgo. Medinaceli aceptó
compartir su carga y, en junio de ese año, el conde de Oropesa, miembro del Consejo de
Estado desde 1680, fue nombrado presidente del Consejo de Castilla y poco a poco desplazó a
Medinaceli, que dimitió en abril de 1685.
        Por primera vez en muchos años, se produjo un cambio de gobierno manteniendo la línea
política de la etapa anterior, y fue nombrado el conde de Oropesa, hombre de capacidad, talento y
recursos, partidario de aplicar una política de reforma fiscal, eclesiástica y de la administración,
y estaba dispuesto a revitalizar la economía mediante una moderada inflación que introdujo
una cierta mejora de la economía nacional.
        Tras la dimisión de Veitia situó en la Secretaría del Despacho Universal a Manuel
Francisco de Lira, que había sido diplomático y secretario de asuntos de Italia en el Consejo de
Estado, y asignó los asuntos fiscales a un nuevo departamento, la Superintendencia de
Hacienda1 a cargo del marqués de Los Vélez, quien actuó con energía como presidente de una
Junta de Medios, compuesta por los representantes de los Consejos para estudiar las
propuestas de reforma, y elaboró un amplio informe que serviría de documento de trabajo para
la preparación de una nueva estructura fiscal con el objetivo de reducir el déficit
presupuestario crónico e introducir una cierta equidad en la fiscalidad. Naturalmente, las
propuestas de reforma contaron con la oposición de los tres poderes mayores de la
monarquía: la Iglesia, la nobleza y los altos cargos del aparato burocrático.
        Oropesa también trató de poner orden en la Iglesia española y ante la gran población
eclesiástica intentó restringir la fundación de nuevas casas religiosas y envió una circular a los
obispos solicitando que suspendieran temporalmente las ordenaciones de sacerdotes. También

1   Primer intento de constituir un ministerio al margen del sistema conciliar de los Consejos
puso en marcha una Junta especial que investigó la jurisdicción y los privilegios e inmunidades
de la Inquisición, con la conclusión de que resultaban excesivos y la recomendación de que se
investigaran sus fraudes fiscales y que se definieran más estrictamente los fueros del tribunal
para limitar las penas de excomunión por razones temporales, y para que pudiera existir
derecho de apelación ante los tribunales seculares contra las sentencias injustas.
        España tenía demasiados funcionarios. El deseo de ocupar un cargo público se había
convertido en el objetivo de los titulados en derecho que cada año producían las universidades
españolas y la burocracia, que en otro tiempo fuera el gran activo del gobierno español, era
ahora una rémora para el país con unas instituciones ineficaces dirigidas por altos cargos
comprados que pasaban de un puesto a otro. En 1677 (D. Juan José) se publicó un decreto real
para «evitar el gran retraso en el despacho eficiente de los asuntos, ocasionado por el
incremento del número de ministros, así como el coste creciente de los salarios», pero fue inútil
por la previsión de redimensionar la administración por el procedimiento de no cubrir las vacantes
cuando éstas se produjeran.
        Oropesa abordó el problema de la burocracia en 1687,publicando un decreto que
ordenaba la supresión total de los cargos en los consejos que habían sido adquiridos2, y de los
cargos supernumerarios (por concesión real) cuando quedaran vacantes. También preparó la
importante reforma de 1691(su destitución le impidió aplicarla personalmente) que anulaba
todas las mercedes y concesiones realizadas por la administración sin conocimiento del rey,
y limitaba el número de miembros de los consejos3 por razones de eficacia y ahorro
        Amenazar a la aristocracia con impuestos, a la Iglesia con reformas y a la
burocracia con una reducción del personal, suponía enfrentarse con los sectores más poderosos
de las sociedad, y sus adversarios políticos encontraron en la nueva reina la palanca de la que
hasta entonces habían carecido. Tras la muerte de María Luisa, en febrero de 1689, Carlos II
casó con Mariana de Neoburgo26, hija del elector palatino y hermana del emperador Leopoldo.
        El matrimonio indujo a Luis XIV a declarar de nuevo la guerra a España, con los
consiguientes desembolsos para los gastos de defensa, derrotas en los Países Bajos e Italia y la
invasión de Cataluña. En junio de 1691 Oropesa fue cesado en sus funciones por Carlos II,
presionado por la reina y por las acusaciones de mal gobierno por las partes interesadas que se
oponian a sus reformas.
        Oropesa volvió al gobierno en 1696 pero fue cesado a mediados de 1699 como corolario
de un motín producido por el encarecimiento del trigo y otros productos de primera necesidad
a causa de movimientos especulativos en los que estaba implicada su esposa.
        Tras la caída de Oropesa en 1691 el gobierno quedó a la deriva sin primer ministro, con
numerosos candidatos por parte de la aristocracia castellana y los clientes de la reina Mariana.
Siguiendo el consejo del duque de Montalto, Carlos publicó un decreto en 1693 (Planta de
Gobierno), que establecía una especie de junta superior de ministros con los títulos de lugarteniente
general y gobernador de distintas regiones, y España quedó prácticamente sin gobierno mientras el
problema sucesorio dominaba por completo la vida política del país.

4) Pretendientes al trono de España a la muerte de Carlos II.
       El último rey de España de la casa de Habsburgo, Carlos II el Hechizado, estéril y
enfermizo, murió en 1700 sin dejar descendencia. Durante los años previos a su muerte, la cuestión
sucesoria se convirtió en asunto internacional e hizo evidente que la Monarquía Católica constituía
un botín tentador para las distintas potencias europeas. Tanto Luis XIV de Francia como el
emperador Leopoldo I estaban casados con infantas españolas hijas de Felipe IV, por lo que ambos
alegaban derechos a la sucesión española (asimismo, las madres de ambos eran hijas de Felipe III).
La cuestión jurídica entre los tres pretendientes más calificados a la sucesión:

2  D ejando a los propi etarios el título y con dició n y un interé s d el 5 p or 1 00 so bre la s u ma q u e hab ían pagado p or el
  cargo
3 Los cons ejeros p or e nci ma d el n ú m ero fijado ten drían q u e retirarse recibien d o la m itad d e s u salario, y tendrían
  opció n a oc upar las vacantes q u e s e prod ujeran
•Los derechos señalados por el testamento de Felipe IV recaían en la segunda hermana de Carlos
II, la infanta Margarita, de quien era nieto el príncipe Fernando José de Baviera, hijo de la infanta
Mª Antonia, apoyado por el conde de Oropesa
•El Gran Delfín de Francia, era hijo de la infanta Mª Teresa, hermana del rey Carlos
•Luís XIV era nieto de Felipe III, hijo de la infanta Ana
•Leopoldo I era nieto de Felipe III, hijo de la infanta Mariana.
◦El archiduque Carlos, hijo del emperador Leopoldo I tenía los derechos que le legaba su padre.
         A través de su madre, María Teresa de Austria (hermana mayor de Carlos II), el Gran
Delfín, hijo primogénito y único superviviente de Luis XIV, era el legítimo heredero de la Corona
española, pero era ésta una elección problemática. Como heredero también al trono francés, la
reunión de ambas coronas hubiese significado, en la práctica, la unión de España -y su vasto
imperio- y Francia bajo una misma dirección, en un momento en el que Francia era lo
suficientemente fuerte como para poder imponerse como potencia hegemónica. A consecuencia de
ello, Inglaterra y Holanda veían con recelo las consecuencias de esta unión y el peligro que para sus
intereses pudiera suponer la emergencia de una potencia de tal orden.
         Los candidatos alternativos eran el emperador romano Leopoldo I, primo hermano de Carlos
II, y el Elector de Baviera, José Fernando. El primero de ellos también ofrecía graves problemas,
puesto que su elección como heredero hubiese supuesto la resurrección de un imperio semejante al
de Carlos I de España del siglo XVI (deshecho por la división de su herencia entre su hijo Felipe y
su hermano Fernando).
         Luis XIV temía que volviese a repetirse la situación de los tiempos de Carlos I de España,
en la que el eje España-Austria aisló fatalmente a Francia. Aunque tanto Leopoldo como Luis
estaban dispuestos a transferir sus pretensiones al trono a miembros más jóvenes de su familia (Luis
al hijo más joven del Delfín, Felipe de Anjou, y Leopoldo a su hijo menor, el Archiduque Carlos),
la elección del candidato bávaro parecía la opción menos amenazante para las potencias europeas,
mientras que José Fernando de Baviera era la elección preferida por Inglaterra y Holanda.




       Francia e Inglaterra, inmersas en la Guerra de los Nueve Años, pactaron la aceptación de
José Fernando de Baviera como heredero al trono español, y el rey Carlos II lo nombró Príncipe de
Asturias. Para evitar la formación de un bloque hispano-alemán que ahogara a Francia, Luis XIV
auspició el Primer Tratado de Partición, firmado en La Haya en 1698, a espaldas de España. Según
este tratado, a José Fernando de Baviera se le adjudicaban los reinos peninsulares (exceptuando
Guipúzcoa), Cerdeña, los Países Bajos españoles y las colonias americanas, quedando el
Milanesado para el Archiduque Carlos y Nápoles, Sicilia y Toscana para el Delfín de Francia.
        Cuando José Fernando de Baviera murió prematuramente en 1699, también a espaldas de
España se firmó el Segundo Tratado de Partición que reconocía al Archiduque Carlos como
heredero, pero dejando todos los territorios italianos de España a Francia, lo que satisfacía a
Francia, Holanda e Inglaterra, mientras Austria reclamaba la totalidad de la herencia española.
        Un mes antes de su muerte, Carlos II testó a favor de Felipe de Anjou estableciendo una
cláusula por la que Felipe tenía que renunciar a la sucesión de Francia, con la intención de
conservar la unidad de los territorios del Imperio español, lo que solo sería posible con el apoyo de
Luis XIV de Francia, el monarca con mayor poder de Europa. Cuando se produjo la muerte de
Carlos II, Luis XIV respaldó el testamento

5) Los Novatores
        Los novatores o novadores, constituyen un grupo de pensadores, científicos y filósofos
españoles de comienzos del siglo XVIII que desarrollan un interés por las novedades científicas
atomistas en oposición al Escolasticismo tomista y neoaristotélico, publicando en las lenguas
modernas sus obras basadas en el Empirismo y el Racionalismo
        El aislamiento de Europa, la crisis social y económica del mundo hispánico y la decadencia
científica respecto a los avances renacentistas son fenómenos relacionados entre sí dentro de lo que
suele denominarse como la cultura del Barroco. El S. XVII se inició con síntomas preocupantes: se
clausuró la Academia de Matemáticas en 1625, se impuso la condena del heliocentrismo en 1616,
los grandes focos universitarios de Salamanca, Alcalá y Valladolid dejaron de estar en la élite del
mundo académico europeo. Algunos resultados notables, como los espléndidos Veintiún Libros de
Ingenios y Máquinas, pieza central de la ingeniería hidráulica y civil, o la preeminencia en campos
como el arte de navegar y el beneficio de minerales, deben ser vistos más como colofón de la etapa
renacentista que como novedades a la altura de lo que estaba ocurriendo en los lugares capitales del
continente: Leiden, Florencia, París, Londres, Cambridge, las ciudades donde se estaba
construyendo el programa de la Revolución Científica.
        El esfuerzo se centró en la ciencia aplicada y en las técnicas, resultando así que España
acabó por descuidar el cultivo del verdadero motor del desarrollo, la ciencia pura. El país quedó al
margen de las primeras manifestaciones de la ciencia moderna, algo que ocurría por primera vez en
siglos: un hecho grave que lo arrastraría, junto a otros factores, a ocupar un lugar periférico en el
escenario europeo. Son muchos los datos que así lo avalan: el descenso de las publicaciones
científicas, el papel censor del Índice inquisitorial, la pervivencia del escolasticismo más rancio de
espaldas a las importantes novedades que en esas fechas estaban produciendo, especialmente, la
astronomía, la medicina y la mecánica.
        Autores estudiosos de la historia de la ciencia han convenido en señalar que en las últimas
décadas del S. XVII, cuando menos desde 1687, comenzó a darse en España un movimiento tímido
pero perceptible de renovación cultural que venía ya forjándose desde mediados de la centuria. Una
renovación fraguada especialmente en ciudades como Madrid, Zaragoza, Sevilla o Valencia y
alrededor de disciplinas científicas preferentemente centradas en el área experimental, como la
medicina y la química. Una renovación que enfrentó en diversos campos a defensores acérrimos de
la ciencia antigua con conspicuos avalistas de la ciencia moderna.
        La crisis de valores de finales del siglo XVII y primera década del XVIII dio lugar a un
movimiento crítico de renovación y ruptura con las posiciones tradicionales de orden escolástico y
aristotélico, desde un pensamiento moderno que promueve un planteamiento científico (y no
metafísico-teológico) de las cuestiones y temas, distinguiendo entre filosofía y ciencias a partir de la
filosofía natural, que denominan física. Al margen de los debates sobre la transubstanciación entre
novatores y escolásticos (atomistas y tomistas), las nuevas ideas explicitan la conciencia del
aislamiento de España de la profunda renovación científico-técnica y filosófica europea,
especialmente en las disciplinas físico-matemáticas y sus aplicaciones.
       Paulatinamente se fue formando una conciencia de dicho atraso, requisito previo para
ponerse al día, algo que aunque no llegaría a conseguirse plenamente sí por lo menos logró acortar
distancias entre España y los países más modernos de Europa allá para finales del S. XVIII, entre
1650 y 1800 aproximadamente, y coincide con lo que puede llamarse la introducción de la ciencia
moderna en España. Este cambio tuvo que ver con tres hechos:
•El cambio de dirección iniciado en todos los aspectos de la política pública por el régimen de don
Juan de Austria.
•En segundo lugar, la formación de salones o tertulias de discusión bajo patrocinio distinguido y la
evolución de estos salones hacia sociedades científicas formales
•En tercero y lo más importante, los lazos intelectuales y culturales con Italia.
        En un principio, a mediados del S. XVII, las primeras asunciones de novedades tuvieron una
formulación tímida y respetuosa para con la tradición. Eran más bien ligeras modificaciones que no
rompían los esquemas generales de los distintos saberes tradicionales. En términos generales,
ése fue el tono y el alcance de los avances hasta el último tercio del S. XVII: aceptación de hechos
concretos y evidencias, pero negación de sus consecuencias de orden teórico, utilización del método
experimental sin que llegara a derribar las visiones clásicas de las distintas disciplinas.
        El término novatores aparece por primera vez en una obra de Francisco Polanco, religioso de
la Orden de los Mínimos, (Dialogus physico-theologicus contra philosophiae novatores. 1714), en
la que se les reprocha una intrusión del laicismo en las investigaciones filosóficias y religiosas, que
podían resultar peligrosas para la fe. La crítica religiosa les imputa soberbia,y después herejía.
        La labor de renovación académica y difusión científica de los novatores desde finales del
siglo XVII se hace a partir de las obras de los científicos jesuitas extranjeros y españoles: Kircher,
Schott, Riccioli, Fabri, Milliet Dechales, Pardies, Kresa, Sempill, Izquierdo, Zaragozá, Petrei...
integrados en una tradición de asimilación de las novedades cientifico-filosóficas y protegidos por
ella.
        En la década de 1680-90 había en Valencia una serie de tertulias o academias, inicialmente
de carácter literario, pero que progresivamente fueron incorporando en sus discusiones y estudios
temas filosóficos y científicos. Una de estas tertulias funcionaba en 1687 con el carácter de
academia de matemáticas y con la intención, hecha explícita por sus miembros, de sentar las bases
de una sociedad científica valenciana, a imagen de las europeas. En ella se celebraban congresos
donde se discutían cuestiones de aritmética, geometría, álgebra, indivisibles, las leyes del
movimiento de Galileo y Descartes, estática, hidrostática e hidráulica; se impartían cursos de estas
materias y se realizaban experiencias de física y observaciones con microscopios y telescopios. Sus
principales protagonistas eran tres clérigos valencianos: Baltasar de Íñigo, Juan Bautista Corachán y
sobre todo Tomás Vicente Tosca. Con una conciencia clara del retraso científico de su país, estos
autores se dedicaron a la tarea de asimilar y difundir en el ambiente valenciano y español los nuevos
conocimientos y métodos surgidos de la Revolución Científica. Para ello, se valieron en gran
medida de la literatura científica jesuítica, cuyos cursos y tratados utilizaron ampliamente y cuyo
eclecticismo les sirvió de guía, orientación o modelo para sus propósitos, introduciendo en España
la nueva ciencia del movimiento inaugurada por Galileo, los experimentos de Torricelli y Pascal
que ponen de manifiesto la gravedad y peso del aire, la caída libre de los graves, el movimiento de
los proyectiles, el equilibrio y el movimiento de los fluidos, los ingenios inventados para aprovechar
la energía y las propiedades de éstos, la descripción de los instrumentos de medida como el
barómetro y el termómetro, la "hidrometría e hidrografía" (movimiento, conducción y repartición de
las aguas) la naturaleza de la luz, las leyes de la óptica geométrica, y la tecnología para la
producción de instrumentos ópticos (telescopio, microscopio)
        Ante los temas espinosos, como la cuestión del movimiento de la Tierra, en las obras de los
novatores se pueden detectar curiosos giros expositivos que revelan la difícil posición de aquellos
hombres, obligados a someterse, e incluso a interiorizar las constricciones que imponían los dogmas
eclesiásticos, pero participando en el proceso de renovación de la enseñanza de la filosofía natural
que tuvo lugar en muchas Universidades de Europa, a partir de la segunda mitad del siglo XVII bajo
la influencia del cartesianismo y la física pre-newtoniana.


6) La Paz de Nimega (1678)
        Son las negociaciones de paz concluidas en 1678 entre Francia y Holanda, España y el
Imperio, con la que finalizó la Segunda Guerra Franco-Holandesa.
        La Triple Alianza no duró mucho. En 1670, Carlos II de Inglaterra y Luís XIV firmaron en
secreto el Tratado de Dover que los convertía en aliados. Ambos reinos declararon la guerra a las
Provincias Unidas en 1672. La rápida invasión y ocupación de la práctica totalidad de los Países
Bajos, salvo Ámsterdam, hizo caer de de Witt y permitió a Guillermo III hacerse con el poder y
formar una coalición (Gran Alianza de La Haya, 1674) en contra de las pretensiones expansionistas
de Luís XIV entre Holanda, España, el Imperio, Brandenburgo y Lorena.
        El matrimonio de Guillermo III con María II de Inglaterra, sobrina de Carlos II de Inglaterra
y las grandes victorias francesas sobre las fuerzas de la coalición oponente dio lugar a la alianza
militar entre Inglaterra y Holanda (julio 1678) y forzó la firma de la Paz de Nimega por la que Luis
XIV devolvió todo el territorio holandés capturado pero ganó la posesión de más ciudades y retuvo
el Franco Condado.
        Las conversaciones de paz se habían iniciado en 1675 en la ciudad holandesa de Nimega y
culminaron en los tratados firmados entre el 10 de agosto de 1678 y el 5 de febrero de 1679 por las
Provincias Unidas de Holanda, España y el emperador.
Tratado franco-español
•Francia conserva sus conquistas en el Franco-Condado, numerosas plazas españolas de Flandes y
Hainaut (Aire, Saint-Omer, Cassell, Bailleul, Poperinghe, Warmeton, Yprés, Cambrai, Bouchain,
Valenciennes, Condé y Maubege), y su parte del Artois, con lo que la frontera septentrional de
Francia se convertía en una línea continua.
•Francia devuelve a España Courtrai, Oudenarde, Gante, Ath, Binch, Charleroi y Limburgo.
•Francia restituye a Holanda la ciudad de Maastricht y le otorga importantes ventajas comerciales.
Tratado Luís XIV - Leopoldo I
•Francia cede su derecho a guarnecer militarmente Philipsburgo, a cambio de conservar las plazas
estratégicas de Brisach y Friburgo.
•El emperador se compromete a no intervenir en el N. de Europa
◦Lo que permite a Luís XIV apoyar a Suecia en su lucha con Brandeburgo.

        De los acuerdos de Nimega, Holanda salió prácticamente indemne pero significó un nuevo
paso en el proceso de decadencia del Imperio español y conllevó el declive de la popularidad de don
Juan José de Austria, recientemente elevado al poder por su hermano Carlos II y cuyo gobierno
había creado numerosas expectativas para enmendar la zozobra política española. Luis XIV
continuó agrandando su ejército y reclamando la ampliación de sus fronteras mediante pretextos
legales.

7) La Paz de Rijswijk (1697)
        En junio de 1686 se formó la Liga de Augsburgo con el fin de luchar contra la avasalladora
política europea de Luís XIV, que inició la guerra de los Nueve Años reclamando territorios para
su cuñada Isabel de Orleans.
        La Liga estaba constituida por el emperador austriaco, el duque de Baviera, el elector del
Palatinado, los príncipes de Renania y Franconia y los reinos de España y Suecia. Cuando el
estatúder Guillermo III de Orange subió al trono inglés incorporó a la alianza a Inglaterra y
Holanda, y el matrimonio de Carlos II de España con la cuñada del emperador Leopoldo I, Mariana
de Neoburgo, hizo que la guerra adquiriese dimensión colonial y continental.
         Fue una guerra demasiado larga y con frentes muy dispersos, terrestres y marítimos. En
1693 los recursos económicos de ambos bandos se agotaban y se hizo evidente la imposibilidad de
llegar a una victoria definitiva de uno u otro bando, por lo que se iniciaron negociaciones para la
pacificación, pero no se llegó a acuerdo y en 1694 se reanudó la guerra.
         En 1696 las sucesivas victorias militares francesas urgieron a los aliados a finalizar la
guerra, y Luís XIV deseaba una resolución pacífica del conflicto porque la prolongación de la
guerra había agotado sus arcas y porque la previsiblemente cercana muerte de Carlos II le impelía a
sellar la paz con España para enviar un embajador a la corte madrileña que le permitiera colocar en
el trono de España a su nieto Felipe de Valois. La caída de Barcelona impulsaba a España a acelerar
las conversaciones, solicitando la vuelta a la situación internacional establecida en la paz de
Westfalia de 1648, mientras que Inglaterra aspiraba al mantenimiento de los acuerdos de paz de
Nimega. El monarca sueco Carlos XI se ofreció como mediador en las conversaciones y el 9 de
mayo de 1697 se iniciaron las negociaciones de paz en el castillo de Nieuwburg de Rijswijk, cerca
de La Haya.
Holanda, Inglaterra y España firmaron la paz con Francia el 21 de septiembre de 1697.
•Luís XIV restituyó a España los territorios catalanes conquistados y las plazas flamencas de Ath,
Courtrai y Mons
•El monarca francés reconoció como rey de Inglaterra al estatúder Guillermo III de Orange.
•Las Provincias Unidas salieron favorecidas en el ámbito comercial y mantuvieron algunas plazas
fuertes en los Países Bajos españoles.
El emperador y los príncipes alemanes firmaron el 29 de octubre, pocos días antes de que expirase
el plazo concedido por Francia.
•Francia devolvía al emperador Friburgo, Brisach, Philipsburgo y Kehl, pero conservaba
Estrasburgo.
•El duque de Lorena recuperó sus estados y Francia fijó su frontera oriental en el Rin.

       A pesar de la superioridad militar francesa, el tratado de Rijswijk significó un retroceso de la
hegemonía francesa en Europa, y la paz de 1697 marcó el deterioro de la potencia internacional
francesa frente a las potencias marítimas de Inglaterra y Holanda.

8) Comercio de Indias
       En el comercio de Indias convivían un monopolio de Estado y un monopolio 
privado. En el S. XVI el Estado, representado por la Casa de la Contratación, era el 
elemento dominante, pero en el S. XVII los comerciantes del consulado modificaron el 
equilibrio del poder y eran ellos los que determinaban muchas de las reglas del juego. 
El consulado controlaba el comercio con América y muchas de las atribuciones fiscales 
del Estado, pues administraba la avería, nombraba a los principales oficiales de las 
tropas, concedía licencias a los extranjeros y organizaba el pago de indultos para 
compensar el fraude existente. 
       El monopolio adquirió la forma de un conglomerado de disposiciones legales de 
la corona, organismos públicos, intereses privados y mecanismos de defensa que no 
funcionaba de acuerdo con la ley. Existía un monopolio práctico distinto del monopolio 
formal, que representaba un compromiso entre intereses diferentes interactuando 
entre sí. Todo el tráfico comercial entre España y América tenía que registrarse, y el 
registro de salida se verificaba en el punto de destino. 
Carga tributaria sobre el propio comercio:
•avería. Se cargaba por medio del registro para que el comercio financiara su propia 
defensa, y tenía un valor variable en función del coste de la defensa y del valor de la 
mercancía, según el volumen de las flotas y de sus escoltas. Cuando subieron los costes 
de defensa, los contrabandistas comenzaron a embarcar sus productos en las flotas sin 
registrar y libres de impuestos, lo que penalizaba a quienes actuaban dentro de la ley: 
el aumento del fraude disminuyó el volumen de mercancía imponible, redujo el 
rendimiento de la avería, debilitó las armadas de escolta y fue una invitación a nuevos 
ataques enemigos en un círculo vicioso en el que estaba atrapado el comercio 
transatlántico
•almojarifazgo era un derecho aduanero ad valorem que gravaba la mercancía en los 
puertos españoles y americanos, en función a los precios del mercado de destino y,
además, algunos productos eran objeto de una fiscalidad especial. Esta contribución tan 
elevada desvió el comercio hacia el contrabando. 
Carga tributaria sobre las economías coloniales: 
◦quinto real sobre los metales preciosos
◦producto de la venta del mercurio
◦tributos de los indios 
◦cruzada 
◦alcabalas sobre compraventas y transferencias
       El contrabando de la plata procedente de las Indias era muy intenso y adoptaba 
dos formas fundamentales: la evasión del quinto real en la mina y la evasión del 
registro en el puerto, no solo para evitar el pago de la avería, sino porque la plata sin 
registrar era mucho más valiosa que la plata registrada pues se evitaba el peligro de 
confiscación real y era más fácil de reexportar al extranjero desde España para 
comprar una serie de productos con gran demanda en el comercio de las Indias.
       El fraude era sancionado por la corona y al regreso de las flotas se imponían 
pagos compensatorios, los llamados indultos. Los comerciantes coloniales podían 
adquirir seguridad y respetabilidad mediante el donativo , una forma de obtener el 
perdón por los fraudes del pasado y elevar su statu social con honores y títulos de 
nobleza, o bien mediante la compra de cargos que utilizaba la corona para conseguir 
ingresos. 
       Otro expediente era utilizar los barcos de guerra de la escolta para transportar 
mercancía, con lo cual se evitaba el registro por completo, en connivencia con los 
capitanes de los barcos, que a veces permitían también que los barcos descargaran en 
puertos no autorizados. De esa forma, gracias a la existencia de redes familiares, al 
soborno de los oficiales o al engaño puro y simple, Sevilla y Cádiz se convirtieron en 
centros activos de fraude y fue en esas ciudades donde comenzó a practicarse la 
evasión fiscal. 
      El pillaje y el parasitismo convirtieron el fraude y el contrabando en una forma 
de vida. El sistema de monopolio y los precios elevados creaban unas condiciones de 
mercado que favorecían el contrabando. Los impuestos y las confiscaciones lo 
incitaban, los oficiales corruptos lo permitían y las autoridades navales colaboraban en 
él. La estrecha alianza entre los mercaderes de Sevilla y la Casa de la Contratación 
determinó que el control de las aduanas fuera uno de los puntos débiles del monopolio. 
El contenido de las mercancías se gravaba por el valor declarado, no por su valor 
comprobado (se hacían declaraciones falsas e infravaloradas). 
       Como la avería se pagaba sobre las mercancías registradas, el contrabando 
elevaba la tasa, lo que constituía una nueva incitación al fraude, socavando la 
confianza y la inversión a largo plazo en el comercio de las Indias y deteriorando 
directamente la posición financiera de España, cuando llegó al punto en que la corona 
tuvo que subvencionar las averías para mantener una apariencia de defensa de la 
navegación transatlántica.
       El fraude que existía en el monopolio no destruyó por sí solo el sistema. El 
principal peligro procedía de la penetración desde el exterior, que adoptaba diversas 
formas: la presencia extranjera en Sevilla y Cádiz, la expansión europea en América y 
el comercio directo en el Caribe, el Atlántico sur y el Pacífico. El comercio directo por 
parte de los extranjeros les permitía evadir el monopolio. Desde las Antillas, 
comerciantes ingleses, holandeses y franceses establecieron contactos  comerciales con 
los españoles del Caribe, contactos que gradualmente se extendieron hacia Cartagena 
y Portobelo. Los productos textiles del N. de Europa, exportados directamente hacia el 
Caribe español, se vendían a un precio inferior a los que llegaban de y a través de 
Sevilla, no pagaban impuestos y producían beneficios tanto a los consumidores como a 
los vendedores en una competencia desleal dirigida al centro neurálgico del sistema 
comercial español. 
       Los extranjeros tenían otras formas de participar en el comercio de las Indias y 
conseguir los beneficios que producía. Podían asentarse en América, aunque la ley 
estipulaba que los emigrantes tenían que ser españoles o españoles naturalizados y 
debían poseer una licencia. La falsificación de pasaportes se había convertido en una 
profesión en Sevilla. Los extranjeros viajaban en las flotas oficiales o entraban por la 
puerta de atrás, el Río de la Plata. En Perú se pueden identificar tres grupos 
diferentes. Una serie de extranjeros se habían asentado en el interior y adquirido 
pequeñas propiedades. Otros eran pilotos y marineros, aprovechando la escasez de 
mano de obra  especializada. Pero el grupo más numeroso lo constituían los 
comerciantes, oficialmente transeúntes, pero de hecho residentes, a los que se podía 
encontrar en puertos y ciudades.


9) Junta de Comercio:
** La Real y General Junta de Comercio fue creada por Real Decreto en 1679, siendo 
ministro Juan José de Austria, con el objetivo primordial de favorecer y fomentar el 
desarrollo de la economía, especialmente el sector industrial. Tenía jurisdicción sobre 
todos los dominios de la monarquía y la componían cuatro ministros en representación 
de los Consejos de Castilla, Guerra, Hacienda e Indias. 
  •Suspendida en 1680      
  •Restablecida en 1682 (Conde de Medinaceli)
  •Independiente  de los Consejos desde 1683
•Con Juntas locales a partir de 1684: Granada, Sevilla, Madrid, Valencia y 
Barcelona
        Una de las iniciativas más destacadas de las Juntas, particularmente de la de 
Madrid, fue atraer artesanos extranjeros especializados (de Países Bajos meridionales 
y Francia) con concesión de exenciones fiscales y monopolios introducir nuevas 
técnicas en España al margen de las organizaciones gremiales.
        La oposición de los gremios a una competencia aventajada y el boicot de los 
mercaderes a los productos manufacturados por mano de obra extranjera (interés en 
continuar con el lucrativo comercio de importación) condenaron al fracaso a esta 
política industrial y la Real y General Junta de Comercio fue disuelta en 1691 (Carlos 
II/Mariana de Neoburgo/Portocarrero) y sustituida por Juntas particulares de 
Comercio en Sevilla, Granada y Valencia con la finalidad preferente de estimular la 
sedería. 
        En 1705 Felipe V (Orry) fundó la Junta para el Restablecimiento del  
Comercio, con una composición más compleja en la que participaban representantes 
de los mercaderes de las principales ciudades comerciales.
        En 1730 (Patiño) se le añadieron las competencias de la Junta de Moneda
        En 1747 (Carvajal) se incorporaron también los asuntos de la Junta de Minas
         En 1814 la Junta General de Comercio, Moneda y Minas pasó a formar parte del 
                   Consejo de Hacienda
**
        Una de las realizaciones más importantes del periodo de gobierno de D. Juan José de Austria
fue la creación de la Junta General de Comercio, institución típicamente mercantilista similar a las
aparecidas en otros Estados europeos durante el S. XVIII, que suponen un paso adelante en el
proceso de articulación de los Estados modernos que pasan de la preocupación en el s. XVI
exclusivamente por los problemas fiscales y hacendísticos, a interesarse por la producción y el
intercambio de bienes.
        Durante el reinado de Felipe IV, el conde-duque de Olivares creó una Junta de Minas y otra
de Comercio, Población y Agricultura. Los problemas de despoblación y la depresión industrial se
abordaron específicamente en el período reformista de los años 80 con la institución en 1679 de la
Junta de Comercio formada por cuatro ministros de los consejos de Castilla, Guerra, Hacienda e
Indias y varios expertos para «restablecer y restaurar el comercio general de estos reinos» con
instrucciones expresas para facilitar el movimiento de capitales y promover las actividades
productivas. Interrumpida en abril de 1680, la Junta fue restaurada en diciembre de 1682 con
nuevos miembros, inaugurando una segunda y más dilatada y fructífera etapa de su existencia con
numerosas reformas:
•Creación de instituciones crediticias (montes de piedad)
•Declaración de la compatibilidad de comercio y nobleza (1682)
•Protección a los artesanos (1683)
•Ordenanzas generales de la sedería (1684)
•Gremios Mayores de Madrid (1684) para la protección del artesanado madrileño
        La Junta creó varias subdelegaciones y a partir de 1683 se designaron subdelegados o
superintendentes de comercio, con frecuencia los corregidores, oidores o presidentes de las
Chancillerías. A partir de 1684 participaron en la Junta consejeros de Aragón y en noviembre de
1691 se produjo de nuevo un cambio completo de sus integrantes en una tercera etapa que duró
hasta los primeros años del reinado de Felipe V, estableciendo Juntas particulares de Comercio en
Sevilla, Granada y Valencia con la finalidad preferente de estimular la sedería.
        La Junta de Comercio de Barcelona fue impulsada por Feliu de la Penya en 1692 y dejó de
actuar en 1697, el año de la caída de la ciudad en manos de los franceses.
        Hubo otros muchas propuestas, como la de Feliu de la Penya de crear una compañía
privilegiada “armada para el comercio con las Indias” según el modelo de las compañías inglesas y
holandesas, que reactivase las manufacturas españolas y acabaran con el contrabando extranjero en
América, con participación de extranjeros, que fue aprobada pero no llegó a crearse hasta veinte
años después con la formación con capital vasco de la Compañía Guipuzcoana de Caracas.
        Los nuevos planificadores intentaban copiar el marco formal de los sistemas comerciales
extranjeros pero sin capacidad para afrontar los problemas de fondo:
•Escasez de capital y de recursos industriales en España
•Falta de confianza de los inversores extranjeros en la burocracia española
•Oposición inquebrantable del consulado de Sevilla a cualquier ataque contra su monopolio
•Ausencia entre los miembros de la Junta de especialistas en los asuntos relativos a la producción y
el comercio
•Carencias en el análisis de la crisis del comercio colonial (convicción generalizada de que bastaba
con impedir la presencia de los extranjeros en el comercio)
        Los reyes borbones extendieron su autoridad sobre la minería, las manufacturas y la
acuñación de moneda, y después de 1730 cambió su nombre a Junta de Comercio y Moneda.
Aunque los logros de la Junta General de Comercio fueron limitados, constituyó el primer serio de
promoción de la industria en España incentivando la inversión, tratando de poner en vigor normas
de calidad y tamaño, alentando a los fabricantes nativos con exenciones fiscales y privilegios de
monopolio y trayendo fabricantes extranjeros a España.

10) La paz de Utrech y sus consecuencias económicas y territoriales para
España:
       El Tratado de Utrecht, también conocido como Paz de Utrecht o Tratados de 
Utrecht y Rastadt, es una serie de tratados multilaterales firmados por los países 
beligerantes en la Guerra de Sucesión Española entre los años 1712 y 1714 en esas 
ciudades de los Países Bajos y Alemania, respectivamente.
       El agotamiento de todos los contrincantes en la Guerra de Sucesión Española, 
sumado a la subida de los “tories” al poder en Gran Bretaña, y el cambio de monarca 
en Austria creó un ambiente propicio para las negociaciones que Francia e Inglaterra 
iniciaron en 1711 y que  culminaron en la Paz de Utrecht (1713) entre Francia, 
Inglaterra, Holanda, Saboya y Prusia, aunque la resistencia del emperador Carlos VI y 
de Felipe V a aceptar las estipulaciones de Utrecht demoró el fin del conflicto hasta 
1714, con la firma en Rastadt de la paz entre Austrias y Borbones.
       Las estipulaciones de Utrecht­Rastatt cambian el mapa político europeo 
eliminando la hegemonía francesa en Europa con la teoría del equilibrio europeo 
(procedente del Tratado de Westfalia y predominante en el S. XVIII) por la que 
ninguna potencia sea lo suficientemente fuerte para inquietar a las demás.
    • Gran Bretaña obtiene las puertas del Canadá (bahía del Hudson, Acadia y 
      Terranova), del Caribe (isla de San Cristóbal) y del Mediterráneo (Menorca y 
      Gibraltar) y el aprovechamiento comercial de la América española (el navío de  
      permiso: Flete anual de un barco de 500 toneladas con productos para vender 
      libres de impuestos; y el asiento de negros: monopolio de treinta años sobre el 
tráfico de esclavos negros).
   • Francia reconoce la sucesión protestante en Inglaterra, se compromete a no 
     apoyar a los pretendientes Estuardo. Conserva sus fronteras continentales 
     confirmando la posesión de, Alsacia, Estrasburgo y el principado de Orange (en 
     Provenza), aunque los reveses militares han desgastado los principios de la 
     monarquía absoluta de derecho divino, que desmontarán las generaciones 
     hipercríticas del S. XVIII.
   • La Casa de Saboya recupera Saboya y Niza (ocupadas por Francia durante la 
     guerra) y recibe Sicilia (cedida por España) con el título de rey que, con diversas 
     denominaciones, tendría en adelante la casa de Saboya (primero reyes de Sicilia, 
     luego reyes de Cerdeña y finalmente reyes de Italia). 
   • Las Provincias Unidas reciben de Felipe V de España la "barrera" flamenca 
     (una serie de fortalezas en el norte de los Países Bajos españoles que el Imperio 
     ayudó a financiar), plazas fuertes en los caminos de invasión desde Francia.
   • Brandeburgo recibe (de España) Güeldres del Norte y la "barrera" de 
     Neuchâtel (de Francia), además de su transformación en reino con el nombre de 
     Prusia. Federico Guillermo I fue su primer rey. 
   • Portugal obtiene la devolución de la Colonia do Sacramento, ocupada por 
     España durante la guerra. 
   • Carlos VI de Austria obtiene (de España) los Países Bajos españoles, el 
     Milanesado, Nápoles, Flandes y Cerdeña. El Archiduque Carlos de Austria, 
     ahora emperador, abandona cualquier reclamación del trono español (en 1725). 
   • Felipe V (Felipe de Anjou) obtiene el reconocimiento como rey de España y de 
     las Indias por parte de todos los países firmantes, con varias cláusulas 
     limitadoras:
          • Prohibición de que el rey de España y el de Francia sean una misma 
            persona
          • Renuncia al derecho de sucesión al trono de Francia
          • Declaración del rey de Saboya sucesor de la corona española si se 
            extinguiera su línea sucesoria.
           • Compromiso de no vender ni enajenar a Francia ni a otra nación 
              cualquier ciudad o provincia de América.
       España salió de Utrecht con la península ­salvo Gibraltar­ completa  y con su 
imperio americano hipotecado por  ventajas comerciales y coloniales para Gran 
Bretaña que lastraron a España el resto de la centuria. 
       Tras la marcha de Cataluña de las tropas austriacas en julio de 1713, la Junta 
General de Brazos (Brazo Eclesiástico, Brazo Militar y Brazo Real o Popular) acuerda 
la resistencia y se inicia una guerra que se prolongó durante casi catorce meses, 
concentrada en Barcelona, Cardona y Castellciutat. Las tropas felipistas rompen el 
sitio de Barcelona el 11 de septiembre del 1714 y Mallorca, Ibiza y Formentera cayeron 
diez meses más tarde (11 de julio del 1715).
El gran beneficiario de este conjunto de tratados fue Gran Bretaña:
•ganancias territoriales en Canadá, el Caribe y el Mediterráneo
•ventajas económicas que rompían el monopolio comercial de España con sus colonias
•triunfos políticos:
◦equilibrio de poder terrestre en Europa frenando la expansión  de Luis XIV
◦neutralización económica de Francia por los grandes costes de la contienda
◦control marítimo del Atlántico y el Mediterráneo ( Menorca y Gibraltar) 


11) Las capitanías generales
       Tras la Guerra de Sucesión y la prolongación del conflicto en Cataluña más allá 
de la marcha de las tropas austracistas, la implantación en los reinos orientales del 
modelo de administración centralizada se realizó a través de los Decretos de Nueva 
Planta, que se diferenciaba del modelo administrativo castellano en un régimen 
régimen fiscal novedoso, acorde con las directivas de una monarquía moderna y 
centralizada; tanto como en la preeminencia del poder militar en el gobierno y en la 
administración territorial.
       La reordenación territorial y política del espacio en los reinos orientales estuvo 
muy influida por el temor de Felipe V a una nueva rebelión de los antiguos reinos, y el 
nuevo régimen quedó establecido sobre la autoridad suprema de un Capitán General 
(el anterior Comandante General), asesorado por los letrados de la Audiencia en 
cuestiones administrativas y por un Superintendente en las fiscales. 
       El Capitán General era la principal autoridad castrense y el delegado del rey , 
dotado de las máximas atribuciones administrativas y de gobierno que lo situaban en 
la cúspide de la pirámide de poder. Por el Real Acuerdo se estableció una fórmula 
diárquica que conjugaba administración magisterial y castrense con la Audiencia como 
organismo supremo de Justicia y el Capitán General como comandante de armas que, 
en caso de conflicto, ejercería la superioridad jerárquica. 
       En cada provincia había un gobernador militar pero sólo las provincias más 
importantes contaban con un capitán general con jurisdicción civil y militar, ya que 
era también presidente de la audiencia y controlaban la imposición de la ley, hasta tal 
punto que ni siquiera el Consejo de Castilla podía revocar sus decisiones a menos que 
el rey le autorizara a hacerlo.
       Los Capitanes Generales constituyeron una autoridad sólida, raramente 
contestada. Eran miembros de la más alta jerarquía militar,  pertenecían a los 
principales linajes aristocráticos y encarnaban el poder supremo a semejanza de los 
antiguos virreyes. En el transcurso del siglo XVIII, el carácter militar de las 
instituciones civiles se acentuaría tanto en los territorios de Nueva Planta como en 
Castilla, donde un decreto de 1808 sometió a las Audiencias (incluidas las 
Chancillerías de Valladolid y Granada) a la autoridad del capitán general de la 
provincia. Este carácter militar afectó igualmente a los intendentes de hacienda, cuyo 
reclutamiento se hizo mayoritariamente entre los comisarios de guerra. 
       Los Decretos de Nueva Planta suprimieron la tradicional organización 
municipal y los reinos orientales fueron divididos en un nuevo entramado de 
demarcaciones administrativas por corregimientos: Aragón fue dividido en 12, el 
Principado en 12 corregimientos y Valencia en 10. 
En 1718 Felipe V decidió que en el nuevo régimen local los corregidores, en su 
mayoría altos oficiales militares, ejercían su autoridad ­como garantía del 
mantenimiento del orden público­ sobre el gobierno local de los ayuntamientos 
presididos por regidores, produciendo la militarización de la administración, 
acentuada por la presencia de tropas militares y fortificación de fronteras y costas. El 
corregimiento de carácter castrense se mantuvo hasta el final del Antiguo Régimen, 
debido a que la preocupación de la monarquía por el mantenimiento del orden fue 
constante, aún mucho tiempo después de finalizada la Guerra de Sucesión.


2. Las intendencias. La figura del intendente.
**     En el contexto de la Guerra de Sucesión Española y ante la ineficacia de las 
instituciones del Estado existentes en las regiones, el rey Felipe V instauró en 1711, a 
instancias de Orry y a partir del modelo del Intendente francés, un nuevo funcionario 
nombrado por la corona y responsable directamente ante ella, para establecer lazos 
eficaces entre el centro y las provincias.. 
       La primera función que se les encomendó fue la administración financiera 
del ejército para la sujeción de los territorios conquistados tanto en lo que 
correspondía al ejército como a la hacienda y gasto público, con el cargo de 
superintendente general del ejército. Tras el éxito alcanzado en su gestión se les 
otorgó zonas territoriales denominadas intendencias. En la España oriental, 
Barcelona, Valencia y Zaragoza, donde no se habían introducido hasta entonces las 
instituciones centrales, las intendencias llenaron un vacío, pero en Castilla fueron 
consideradas como innecesarias y suprimidas, dándose preferencia a los corregidores, 
ya existentes, funcionarios reales ya tradicionales en las grandes ciudades, incapaces 
de responder a las necesidades y demandas del gobierno central.
       En 1718, (bajo Alberoni), José Patiño redactó la "Ordenanza de  
Intendentes de ejército y provincia" de 4 de julio de aquel año, se convierten en 
intendente de ejército y provincia, que en ocasiones actuaron sólo en el ámbito civil 
como intendente de provincia, dotados de competencias en materia de justicia, 
hacienda, guerra y policía. Los 29 intendentes tenían obligación de residir en la capital 
de la provincia y disfrutaban de poderes más amplios que sus predecesores en 1711, 
con jurisdicción militar y administrativa para asumir el cargo y la función 
del corregidor de la ciudad  

•Justicia: mantenimiento del orden; 
•Hacienda: recaudación y administración de los impuestos y de otros ingresos; 
•Administración general: censo, inventario de los recursos naturales, industria, 
agricultura, caminos y puentes, obras públicas, salud pública, ejército, graneros y 
archivos
•Administración militar: reclutas, intendencia.
       Con posterioridad, se les fueron añadiendo facultades en el ámbito económico 
(agricultura, comercio, industria, transportes) y a veces acumulaban el cargo de 
corregidor en la ciudad capital de su provincia (intendente corregidor). La mayoría de 
los intendentes se esforzaron en hacer funcionar el nuevo sistema, suscitando la 
oposición de la antigua burocracia y sus relaciones, que  presionaron a través del 
Consejo de Castilla ante Felipe V, que primero modificó sus funciones suprimiendo sus 
poderes judiciales, y en 1721 abolió los poderes financieros concedidos por la ordenanza 
de 1718 y suprimió los intendentes en todas las provincias donde no existían tropas, 
con lo que sólo quedaron intendentes en Barcelona, Zaragoza, Valencia, Sevilla, 
Badajoz, Salamanca, La Coruña, Pamplona y Palma de Mallorca, con una distinción 
formal entre el intendente de guerra y el intendente de provincias
       En 1724 desapareció la función de intendente de ejército en las provincias sin 
tropa, quedando limitados a los que dependían de cada capitanía general, a excepción 
de Navarra, y durante el resto del reinado sólo existieron los intendentes de guerra 
en 9 provincias, donde continuaron ejerciendo funciones de reclutamiento, 
aprovisionamiento y pago de las tropas, aunque en la práctica conservaron la 
administración de ingresos reales y amplios poderes discrecionales, constituyéndose en 
un cuerpo de elite de funcionarios experimentados y movilidad ascendente en la nueva 
burocracia, con un conocimiento personal de las provincias españolas, disponibles para 
un nuevo nombramiento cuando el sistema de intendentes fue restablecido 
plenamente en 1749.
       El rey Fernando VI reordenó el sistema con una intendencia por provincia, 
junto con el corregimiento de la capital (cargos que volvieron a separarse en 1766). 
Cada intendente sería auxiliado por un teniente letrado o alcalde mayor subordinados, 
o a veces dos, para el ejercicio de las funciones judiciales. El número y extensión de las 
provincias no fue estable, y se subdividieron en partidos. 
       En la reforma de Ensenada de la administración de los impuestos y los 
ingresos, se desprivatizó la recaudación eliminando la figura de los arrendadores de 
impuestos y, con ellos, una fuente importante de desorden y corrupción, al situar la 
administración de las rentas provinciales en manos del Estado.  La Ordenanza de 
Intendentes de 1749 restablecía en su totalidad el sistema de intendentes. La nueva 
ordenanza se basaba en la de 1718 y contemplaba todavía a los intendentes como a los 
agentes regionales de un Estado centralizado, pero implicaba un compromiso mayor 
con los intereses de las provincias, una preocupación mayor por defender los recursos 
de las ciudades y pueblos bajo su jurisdicción, de proteger al sector rural y promover el 
comercio y la industria locales. La primera tarea de los intendentes era dirigir las 
operaciones del catastro en cada provincia. Una vez completado el mismo volvieron a 
desempeñar sus funciones fiscales normales, representando al Estado como 
recaudadores de impuestos y a los intereses del pueblo en cuanto que 
contribuyentes. El nuevo decreto creaba cuatro intendentes de guerra en Castilla 
­Sevilla, Extremadura, Zamora y Galicia­ y dieciocho de provincia. Poco a poco, los 
intendentes de guerra y de provincia se identificaron, aunque la jurisdicción militar de 
primero le otorgaba un statu algo superior, y la provisión de recursos para el ejército 
seguía siendo una de sus tareas fundamentales. 
       Ensenada se sirvió de los intendentes sobre todo como agentes de inteligencia 
económica; les instó a que realizaran informes semanales sobre la situación de la 
agricultura, la ganadería y los precios de los productos en sus provincias. Dos fallos del 
sistema aparecieron posteriormente: la presión del trabajo y el conflicto de 
jurisdicción. La concentración de las cuatro áreas (Hacienda, Guerra, Justicia y 
Administración) en un solo cargo tendía a alargar sus recursos y a reducir su eficacia. 
La corona, convencida de la cada vez menor eficacia de los intendentes, restituyó las 
tareas de justicia y jurisdicción a los corregidores, que tradicionalmente habían 
ejercido esas funciones, y dejó en manos de los intendentes los asuntos relacionados 
con las finanzas y con la guerra4.
**
        Una de las innovaciones administrativas más importantes del reinado de Felipe V fue la
creación de la Intendencias. Respondieron a la evidente necesidad de conectar la Corte y sus
órganos, los Consejos, con las provincias, demasiado alejadas, en las que, aparte de las autoridades
militares, sólo residían como entidades del gobierno los Alcaldes Mayores y los Corregidores.
        La Intendencia es una institución claramente francesa. Se inició su implantación muy
tempranamente, urgida por los primeros consejeros franceses llegados con Felipe V. Varios y
sucesivos planes fueron precisos (el del marqués de Louville, el de Orry, el conde de Bergeyck)
antes de llegar al decreto de 4 de julio de 1718, inspirado por don José Patiño, que instituía el cargo
de Intendentes de Provincias y Ejércitos.
        El Intendente era un funcionario real, directamente dependiente del monarca, ejecutor de la
política oficial en su demarcación y con un conjunto de atribuciones variables según las épocas,
que, en el fondo, responden a las múltiples y crecientes atribuciones del Estado absoluto. Su misión
fundamental era centralizar la administración sirviendo de puente jurídico entre Madrid y las
capitales de provincia. Era el oficial administrativo más importante en la provincia, nombrado y
controlado por el Gobierno, aunque con autoridad propia para dar órdenes de carácter local.
        La institución de los Intendentes de Provincia siguió dos etapas bien diferenciadas. En la
primera de ellas, por los años de la Guerra de Sucesión española, Felipe V nombró varios
Superintendentes generales de los ejércitos, que actuaban al tiempo en los territorios que el rey iba
sometiendo a su autoridad tras la ocupación militar. Los Superintendentes se encargaban de la
administración del ejército, de la organización de la Hacienda y de los gastos públicos de las
provincias. Al acabar la guerra, un Real Decreto establece los Intendentes de Provincia y Ejército
con carácter permanente, una vez superada la coyuntura bélica. Comienzan a funcionar en Cataluña,
a finales de 1718, para ser implantados, en vista de su éxito, en toda España pocos años después.
        La misión del Intendente era múltiple: administraba el ejército en su provincia, entendía en
asuntos de Hacienda, de Gobierno y de Justicia. Las misiones entre el Intendente de provincia y el
de ejército a veces eran detentadas por una misma persona. Otras veces, el Intendente de Ejército
residía junto al capitán general (en la ciudad cabecera de la región) quedando en cada provincia un
intendente encargado de las funciones de Hacienda y Gobierno. Los Intendentes debían fomentar el
trabajo, comercio, industria, ganadería, agricultura, comunicaciones y transportes y, en general,
todo lo relacionado con la economía de las provincias. A veces, también podían asumir el cargo de
Corregidor en la provincia.
        Sin embargo, no parece que se cumplieran los planes previstos por el Rey. Aunque
teóricamente sus funciones se extendían a las finanzas, policía, justicia y guerra, en la práctica sólo
usaron de esta última autoridad, ya que despertaron general oposición en los demás estamentos
gubernativos del país, principalmente de los poderes judiciales, que consiguieron despojarles de
estas atribuciones en febrero de 1722. La Intendencia pareció un fracaso. En 1724 se quitaron los
Intendentes de las ciudades o poblaciones en las que no hubiera tropa; quedó la institución más
vinculada a cuestiones militares. Será en tiempos de Fernando VI -a mediados del siglo- cuando la
Intendencia volvería a cobrar importancia, ya en el marco de una nueva y más pujante política
administrativa.
        Por Decreto de octubre de 1749, a iniciativa del marqués de la Ensenada, se
establecieron nuevamente los Intendentes de provincias. Reconocía el Decreto la postración en que
se hallaban muchos lugares del reino por causa de las guerras continuas y de las levas forzosas a

4   En 1802 la justicia y la administración quedaron una vez más bajo su responsabilidad
que aquellas obligaban, así como los perjuicios que esta situación había causado a la Hacienda Real.
Se considera, por tanto, la restitución de las Intendencias como una medida acorde con el nuevo
espíritu de paz y neutralidad que la nueva monarquía principiaba.
        Se estableció un Intendente en cada provincia del reino y a este cargo se le sumaba el
Corregimiento de la misma capital de provincia. La unión de Intendencia y Corregimiento fue
protestada legalmente por los tribunales. En consecuencia, la unión de ambos cargos quedó a la
discreción del Rey.
       Por el amplio abanico competencial se nombraba a personas escogidas, consideradas
capaces para tan grande y variada misión. Debía el Intendente promover cualquier actividad que
supusiese mayor rentabilidad para el Reino. Se les encargó la confección de un mapa de la
circunscripción, en el que se delimitasen los territorios de realengo, señorío y abadengo. Los
Intendentes deberían informarse de las tierras existentes en cada provincia, así como de las dehesas,
montes y ríos susceptibles de usar como navegables o como fuerza energética para alguna fábrica.
Debían estudiar los puentes, sus posibles reparaciones, el estado de los caminos y la posible
construcción de otros nuevos.
       Por último examinarían el estado de los puertos y las posibilidades de reparación,
ampliación o remodelación de los mismos. Se esperaba que esta información permitiera al
Intendente un perfecto conocimiento de la provincia a él encomendada y la elaboración de un
programa de propuestas para el rey, para una eventual intervención.
        Con todo, la misión quizá más importante era la de fomentar en los pueblos y ciudades la
industria del paño, papel, vidrio, seda y otras; el fomento de la industria local será una de las
aspiraciones más acusadas del pensamiento y acción de los ilustrados. Aquí se señala a los
Intendentes, como representantes del poder central, la alta misión de promover cualquier tipo de
industria autóctona que permitiera al país desarrollarse en este ámbito, libre de la competencia
europea, cosa que ya se había empezado a propiciar desde la época de Felipe V.
       También era misión de los Intendentes el estudio del estado de los cultivos y de la
producción agrícola en general, de su rentabilidad y de las mejoras que, para incremento de ésta,
creyeran oportuno introducir, con vistas, especialmente, a la comercialización de los productos
agrícolas.
        Además, siendo los Intendentes representantes del Superintendente de la Hacienda Real,
vigilaban todo lo que al provecho de ésta afectase, con especial atención a los administradores,
recaudadores y demás encargados de los cobros de las contribuciones; debían también fiscalizar la
contabilidad militar e inspeccionar las listas para el reclutamiento de la tropa. Como unían a su
misión la de ser Corregidores, ejercían la función de este cargo auxiliados de dos Tenientes o
Alcaldes Mayores. Era, pues, una misión muy amplia la del Intendente. Fue útil para la
coordinación de funciones en un mismo territorio y para ejecución de planes venidos desde la
Administración central. Pero la acumulación de funciones tan complejas ocasionó trastornos, pues
no siempre podían ser atendidos todos los asuntos con la necesaria dedicación. Parece, sin embargo,
que la institución del intendente fue de las más positivas de las creadas por el estado reformista del
XVIII.
       No es fácil precisar el número de Intendencias creadas, ni tampoco la persistencia de las
mismas. Es probable que hubiera variaciones y reajustes a lo largo de los años. La extensión de
cada intendencia variaba asimismo según regiones. En la Corona de Aragón, por ejemplo, por
ejemplo, se formó una Intendencia por cada uno de los antiguos reinos. En Castilla, sin embargo, se
adoptó el principio de establecer una intendencia por cada capital de una capitanía general o por
cada Corregimiento de una ciudad. De ahí las múltiples variantes y la distinta importancia de cada
Intendencia. Elló influyó en la división territorial por provincias llevada a efecto en el siglo XIX. El
Intendente prefiguró lo que después habían de ser los principales órganos de gobierno de la
provincia: Gobernador Civil, Delegado de Hacienda y algunas de las funciones del Gobernador
Militar.


13) Jerónimo de Ustáriz (1670-1732)
        Economista. Defensor del mercantilismo5, en 1717 aboga por la aplicación del colbertismo
en España y propone, como patrones a imitar, a Francia y Holanda. En su obra identifica la riqueza
nacional con los metales preciosos a través de una balanza comercial favorable en contraposición a
las habituales políticas restringiendo su salida.
        Tuvo gran influencia en la política económica de Felipe V: en 1725 reorganizó la Junta de
Comercio y cuando se fundió la Junta de Comercio con la de Moneda fue elegido ministro. Las
medidas que propone para evitar la fuga de los metales preciosos es el fomento de las manufacturas
y la reorganización del comercio, a través del apoyo gubernamental en la concesión de gracias y
franquicias a fabricantes y vendedores, y reduciendo los gravámenes internos. Para Ustáriz, la causa
de la decadencia española no era la emigración a las Indias, sino el comercio de importación-
exportación con una balanza de pagos desfavorable, que proponía reducir en conjunción con el
desarrollo de la industria nacional, para evitar el desabastecimiento.

•Reorganización en los aranceles de entrada y salida de las mercancías para incrementar el consumo
interior y las exportaciones, pues los excesivos derechos de las diversas aduanas de la Península
encarecían los productos españoles respecto a los extranjeros.
•Impulso de la industria privada y no de las manufacturas reales.
•Reforma de la Junta de Comercio introduciendo en ella a hombres preparados y experimentados y
con representaciones comerciales españolas en los principales puertos extranjeros, en lugar de crear
compañías de comercio.
•Apertura de canales fluviales y la mejora de carreteras y de puertos.
•Creación de academias para fomentar el comercio y las ciencias y artes en general.
•Creación de una buena escuadra como apoyo y defensa del comercio.

       Uztáriz fue el máximo economista español de la primera mitad del XVIII al exponer la
primera propuesta para organizar coherente y sistemáticamente la economía interna de la Península
y su comercio exterior, superando el mercantilismo en el sentido de que no atribuye al Estado el
papel de protagonista de la economía, sino el de regulador y protector de unas relaciones libres. La
economía pasa a ser en el XVIII materia política con amplios fines políticos y humanos, al extender
sus consideraciones a los intereses de toda la comunidad, superando la estricta consideración de
potenciar el Estado, la gloria del príncipe o el enriquecimiento del Erario,

14. Alberoni
**    Llegó a España en 1711 como secretario de Vendôme y ascendió en la corte de 
Felipe V gracias a la ayuda de la Princesa de los Ursinos. Tuvo un papel destacado en 
la boda del rey con Isabel de Farnesio, que lo impulsó en una carrera meteórica 
obteniendo sucesivamente el título de Grande de España, el cargo de consejero del rey, 
el nombramiento como obispo de Málaga y el nombramiento de cardenal.
      Como miembro del aparato estatal, Alberoni impulsó una política que 
combinaba reformas económicas colbertistas con medidas sociales conservadoras, que 
anulaban muchas de las que se aprobaron durante la carrera de Jean Orry, predecesor 
5   Conjunto de políticas o ideas económicas que se desarrollaron durante los siglos XVI, XVII y la primera mitad del XVIII en Europa,
    caracterizada por una fuerte injerencia del Estado en la economía para unificar el mercado interno formando Estados-nación lo más fuertes
    posibles. Hume, Colbert
de Alberoni. Creó un servicio regular de correos con las colonias españolas en América 
y una nueva escuela de navegación en la que sólo podían ingresar los nobles, y 
restauró la Santa Inquisición. Con el fin de impulsar la reconstrucción económica del 
país tras la Guerra de Sucesión, disminuyó ligeramente las competencias de los 
Grandes de España y abolió las aduanas internas entre los distintos reinos de la 
Corona española (con la excepción de las de Navarra y las Vascongadas). También 
estimuló el comercio con América trasladando la Casa de Contratación de Sevilla a la 
más avanzada ciudad de Cádiz. Se recuperó el ejército, la construcción naval y la 
marina, mientras se potenciaban las fortificaciones y los arsenales de Cádiz y el 
Ferrol, con el concurso de José Patiño y Rosales, nombrado intendente general de la 
Armada.  
       El objetivo político de Alberoni era el de devolver a España a la situación de 
potencia europea, que consideraba que le había sido arrebatada en el Tratado de 
Utrecht de 1713, y embarcó a España en un ambicioso proyecto que pretendía recobrar 
las antiguas posesiones en Italia y limitar el avance de los Habsburgo de Austria. 
Entre 1717 y 1718 llevó a cabo una activa política para ganarse el apoyo del papado y 
Francia en la primera guerra de Italia, con la conquista de Cerdeña y gran parte de 
Sicilia, hasta que Gran Bretaña destruyó la armada española en el Cabo Passaro. 
       La agresiva política de Alberoni provocó la constitución en contra de España de 
la Cuádruple Alianza (Francia, Gran Bretaña, Austria y Saboya). La guerra se libró en 
varios frentes, todos los cuales fueron escenarios de derrotas.  
•Mientras Alberoni intentaba que se levantaran en armas los seguidores de los 
Estuardo en Irlanda y enviaba una pequeña fuerza a la muerte en Escocia, una 
expedición inglesa penetraba con éxito en el norte de España y conseguía la rendición 
de Vigo y Pontevedra en 1719. 
•Mientras intrigaba en vano para desestabilizar el gobierno de Francia, un ejército 
francés de 20.000 hombres invadió Guipúzcoa y tomó San Sebastián. 
•En Sicilia, tras el ataque preventivo de los ingleses en el cabo Passaro, sólo fue 
cuestión de tiempo la destrucción de las tropas españolas.
        Felipe V se vio obligado a la acción diplomática, en 1719 ordenó a Alberoni que 
abandonase España y después de prolongadas negociaciones (1720–1724) firmó el 
tratado de Cambrai que devolvió los territorios conquistados, o medio conquistados, a 
su situación anterior, **
 Guerra de la Cuadruple Alianza: 1717-1721 Paz de Cambrai. (Primera Guerra de Italia)En
1717 una flota española (montada por Patiño como Intendente) tomó Cerdeña, y en 1718 atacó
Sicilia (en manos de Saboya), lo que desencadenó la Cuadruple Alianza contra España firmada en
Londres en 1718 por Austria, Inglaterra, Francia y Saboya, que defendieron Sicilia mientras
Gran Bretaña realizaba operaciones de castigo en Galicia, y Francia ocupaba las provincias
vascas y Cataluña, y amenazaba la Florida, Tejas y Nuevo Méjico. Por la Paz de Cambrai España
recuperó su integridad peninsular (salvo Gibraltar), obtuvo derechos de herencia sobre Sicilia,
Parma y Toscana, y el reconocimiento de Felipe V por parte del Emperador Fernando VI, además
de mantener sus posesiones americanas, a cambio de ventajas económicas en Ultramar para
Francia y Gran Bretaña, y Cerdeña para Saboya.

       Las aventuras no cesaron con la partida de Alberoni. La reina trató de llegar a un
compromiso con Austria con la esperanza de casar a sus dos hijos, Carlos y Felipe, con sendas
archiduquesas imperiales con la mediación del barón Ripperdá, que negoció el tratado de Viena
(1725) que significó oficialmente el fin de las hostilidades hispano–austriacas de la guerra de
Sucesión, permitiendo la liberación de los antiguos partidarios del archiduque y el regreso a España,
en condiciones favorables, de muchos exiliados, con el intercambio de vagas promesas de un
matrimonio austriaco para Carlos y subsidios sustanciales y concesiones comerciales para el
emperador, que la opinión española valoró como un ultraje, y alarmaron al resto de Europa.
        Las relaciones anglo-españolas entraron nuevamente en crisis con ataques mutuos en las
Indias y disputas sobre el comercio en la península desde enero de 1727 a marzo de 1728, cuando
Isabel Farnesio aceptó firmar la convención de El Pardo, que ponía fin al bloqueo inglés y que
decretaba la devolución, o la promesa de devolución, de los barcos y posesiones ingleses ocupados
por España. La alianza entre España y Viena llegó a su fin cuando se hizo evidente que no se
llevaría a cabo matrimonio alguno y que los austriacos no apoyarían los planes españoles en Italia.

15) José Patiño Rosales (1666-1736)
        Después de la caída de Ripperdá comenzó el ascenso político de los secretarios de Estado.
En esta primera etapa predominó la figura de José Patiño, quien contaba en su haber con el ejercicio
de las funciones de intendente en Cataluña en 1713 y de intendente general de Marina en 1717. En
1726 fue nombrado secretario de Marina, y el mismo año recibió el ministerio de Hacienda. En
1730 asumió el cargo de ministro de la Guerra, y, por último, en 1733, el ministerio de Estado. De
esta forma acumulaba todas las secretarías menos la de Justicia.
        Patiño realizó una importante labor en tres ámbitos: fuerzas armadas, política económica y
política exterior. Se dictaron disposiciones legales que favorecían la producción textil española y
pretendían dificultar las importaciones de tejidos extranjeros. Asimismo se llevó a cabo en 1726–
1728 una importante operación de reajuste monetario que dio a la moneda española una estabilidad
duradera. La tradicional deuda de los “juros” fue objeto de una drástica remodelación, que redujo su
interés al 3%. Bajo la administración de Patiño se llegó a un acuerdo aduanero con el señorío de
Vizcaya (los estipulados de 1727) y se autorizó la creación de la primera compañía privilegiada por
acciones, radicada en San Sebastián.
        La defensa del dominio español era una encrucijada en la política de Patiño en la que se
unían su preocupación por promover la riqueza de la monarquía, la necesidad de disponer de una
fuerte flota para defenderla y el mantenimiento de un sistema de relaciones exteriores. Con un
ejército y una marina mejor organizados, habiendo mejorado la construcción naval y saneado
parcial o superficialmente las finanzas estatales, Patiño pudo realizar una política prudente y
realista. Tuvo en cuenta el bloque franco–británico y comprendió que era inútil intentar cualquier
revisionismo radical del Tratado de Utrecht.
Tratado de Sevilla 1729 Acuerdo firmado entre España, Francia y Gran Bretaña tras la guerra
hispanobritánica de 1727 - 1729, por el que España reconocía el equilibrio europeo impuesto por la
Triple Alianza. Por el tratado, Gran Bretaña conservaba el dominio del puerto de Mahón en
Menorca, y el Peñón de Gibraltar y mantenía sus privilegios comerciales. Isabel Farnesio y Felipe V
obtenían el reconocimiento de la sucesión del infante Carlos a los ducados de Parma y Piacenza.
        La muerte en 1731 del último duque de la dinastía de los Farnesio en Parma permitió que el
infante se trasladara a Italia y tomara posesión de aquel ducado.

Primer Pacto de Familia 1733: Firmado en 1734, hace intervenir a España en la guerra de sucesión
de Polonia, que acaba con la Paz de Viena 1738 por la que el príncipe Carlos, obtiene Nápoles y
Sicilia.
(Segunda Guerra de Italia 1735-39) Luís XV y Felipe V firman en El Escorial el Primer Pacto de
Familia contra el Imperio, por el que España apoya a Francia para coronar a Stanislas Leszczynski
(suegro de Luis XV), y Francia apoya a España en su campaña contra Nápoles y Sicilia, y para
recuperar Gibraltar de manos británicas. España cede al duque de Lorena el ducado de Toscana, y a
Francia el ducado de Parma, y el infante Carlos recibe el título de Rey de las Dos Sicilias. Francia y
Austria firman en 1738. España la ratifica en Versalles en 1739.
El relativo fracaso del primer Pacto de Familia afectó a Patiño, quien antes de morir en 1736
se inclinaba por el retorno a una política de neutralidad. Fue un eficaz servidor de los Borbones
españoles, a los que ayudó en la doble tarea de defender sus intereses patrimoniales dinásticos y de
modernizar el Estado en un sentido racionalista y centralizador
•En la guerra de Sucesión se inclinó por la casa de Borbón y fue nombrado Intendente de
Extremadura, dejando gran fama de su gestión por haber controlado los desastres que produjo la
guerra con Portugal.
•Tras la ocupación de Cataluña, Presidente de la Junta Superior de Gobierno y Justicia de Cataluña
(1714-16), para abolir las instituciones tradicionales de autogobierno e implantar de un nuevo
sistema tributario proporcional al de Castilla.
•Crea en 1716 el Catastro: registro de los patrimonios y las rentas de Cataluña para el reparto del
cupo tributario exigido por la Corona.
•Intendente general de la Marina y presidente del Tribunal de Contratación de Indias (1717-19)
◦Traslada la sede de Sevilla a Cádiz para dar más impulso a las operaciones de ultramar.
◦Organizó las expediciones españolas a Cerdeña y Sicilia (1717-18)
◦1726 Secretario de Estado de Marina e Indias y de Hacienda (más tarde también de Guerra y de
Estado)
Director de la política exterior española entre 1728 y 1736.
•Fortalecimiento de la Armada
◦Ordenanzas de la Armada, uniformando todas las fuerzas existentes, galeras del Mediterráneo,
navíos del Océano y galeones de Indias
◦Construye el arsenal de La Carraca
◦Crea las Compañías de Caballeros Guardiamarinas
◦Impulsa la construcción de buques de guerra: 31 navíos, 15 fragatas y numerosos buques        Las
aventuras no cesaron con la partida de Alberoni. La reina trató de llegar a un compromiso con
Austria con la esperanza de casar a sus dos hijos, Carlos y Felipe, con sendas archiduquesas
imperiales con la mediación del barón Ripperdá, que negoció el tratado de Viena (1725) que
significó oficialmente el fin de las hostilidades hispano–austriacas de la guerra de Sucesión,
permitiendo la liberación de los antiguos partidarios del archiduque y el regreso a España, en
condiciones favorables, de muchos exiliados, con el intercambio de vagas promesas de un
matrimonio austriaco para Carlos y subsidios sustanciales y concesiones comerciales para el
emperador, que la opinión española valoró como un ultraje, y alarmaron al resto de Europa.
•       Las relaciones anglo-españolas entraron nuevamente en crisis con ataques mutuos en las
Indias y disputas sobre el comercio en la península desde enero de 1727 a marzo de 1728, cuando
Isabel Farnesio aceptó firmar la convención de El Pardo, que ponía fin al bloqueo inglés y que
decretaba la devolución, o la promesa de devolución, de los barcos y posesiones ingleses ocupados
por España. La alianza entre España y Viena llegó a su fin cuando se hizo evidente que no se
llevaría a cabo matrimonio alguno y que los austriacos no apoyarían los planes españoles en Italia.
◦ menores. .
•Fomento del comercio con América
•Política de influencia en Italia.
◦Participó en la campaña de Cerdeña y organizó las fuerzas que levantaron el sitio de Ceuta por los
marroquíes.
España siglo XVIII
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  • 1. TEMARIO ORIENTADO A PREGUNTAS CORTAS Personas Hechos/movimientos Estructuras/administración 1) D. Juan José de Austria: pag 2 5) Los Novatores pag 8 8) Comercio de Indias pag 11 2) Nithard: pag 3 6) La Paz de Nimega: pag 10 9) Junta de Comercio: pag 13 11) Las capitanías generales: pag 3) Medinaceli y Oropesa: pag 4 7) La Paz de Ryswick pag 10 15 4) Pretendientes al trono de 10) La paz de Utrech (1713) y sus 12) Las intendencias. La figura del España a la muerte de Carlos II: consecuencias económicas y intendente: pag 16 pag 6 territoriales para España: pag 14 17) Las reducciones de Jesuitas en 16) El navío de permiso y el 13) Ustáriz: pag 21 Paraguay: pag 26 asiento de negros pag 25 19) El primer Pacto de Familia 18) Las secretarias de Estado: pag 14) Alberoni: pag 22 (1733) y sus guerras: pag 29 28 15) Patiño: pag 23 20) La Guerra de la Oreja de 24) Los pósitos. pag 37 Jenkins pag 31 22) El Marqués de la Ensenada: 21) El Segundo Pacto de Familia y 25) Las Sociedades Económicas pag 35 sus Guerras pag 32 de Amigos del País. pag 39 28) Pablo de Olavide y las Nuevas 23) El Tratado de Madrid o 26) Los vales reales y el Banco de Poblaciones pag 45 Tratado de Límites (1750) pag 36 San Carlos pag 42 31) Floridablanca pag 50 29) El concordato de 1753 pag 48 27) Proyecto de Unica contribución en Castilla. pag 44 32) Campomanes pag 51 30) El catastro de Ensenada pag 49 33) Jovellanos pag 52 34) El tercer Pacto de Familia 1761 y sus guerras pag 52 Extra_1. Orry pag 60 35) La Paz de Versalles (1783) pag 56 36) España y la Revolución Francesa pag 58 37) La conjura del Escorial. pag 59 38) El Motín de Aranjuez pag 59 Extra: Reformas y levantamientos campesinos en siglo XVII : pag 60
  • 2. 1) Don Juan José de Austria Llamado el «segundo» Juan de Austria (Madrid, 1629-1679). Hijo ilegítimo de Felipe IV de España y la actriz María Calderón (la Calderona). Por consejo del conde-duque de Olivares y para suplir la eventual falta de herederos varones, fue reconocido por el rey en 1642 y nombrado en 1643 príncipe y prior de la orden militar de San Juan para los reinos de Castilla y León, pero el rey rechazó siempre su pretensión de ser legitimado y reconocido como infante. Con 18 años fue puesto al mando de la flota enviada a sofocar la revuelta de Nápoles (1647-51) y en 1652 dirigió el sitio de Barcelona que puso fin a la larga guerra de la Corona contra la rebelión de Cataluña, recibiendo el nombramiento de virrey de aquel territorio (1653-56). Después fue virrey de Flandes (1656-59), tarea en la que obtuvo algunos éxitos frente a los franceses, como el levantamiento del cerco de Valenciennes o la toma de Condé, y fracasos como la pérdida de Dunkerke. Felipe IV lo puso al mando del ejército español que intentaba recuperar el control de Portugal (1661-64), tarea en la que fracasó. Tras la muerte de Felipe IV (1665) cambió la actividad militar por la política cortesana, tratando de lograr una legitimación que le facilitara el acceso a la gobernación de la Monarquía ante los problemas sucesorios de su hermanastro Carlos II y la debilidad de la Corona. La lucha por el poder le enfrentó a la reina gobernadora Mariana de Austria y a su valido, el jesuita austriaco Nithard, quienes intentaron apartarlo de la Corte destinándolo a Flandes en 1668, pero rechazó el nombramiento. Mientras la regente lo rechazaba, entre las clases populares su imagen cobraba tintes de mesianismo y lo señalaban como el único capaz de sacar a la monarquía del marasmo en que estaba sumida. Se desató una guerra de pasquines y de violencia callejera entre las facciones de los llamados donjuanistas y nithardístas hasta que la regente ordenó la detención de don Juan, que huyó de Consuegra a Barcelona, donde había dejado partidarios como virrey y se puso al frente de una fuerza armada con la que marchó hacia Madrid, forzando la caída de Nithard (1669), aunque no se atrevió a atacar la capital y aceptó el nombramiento de vicario general de Aragón. La reina alejó de España a don Juan destinándolo a Flandes (1670) y a Nápoles (1675) y encumbró a un caballerizo llamado Fernando de Valenzuela como nuevo valido, provocando el rechazo de la nobleza hacia el advenedizo cuyo creciente poder les resultaba insoportable. Con motivo de la mayoría de edad de Carlos II, D. Juan prestó juramento con honores de infante, y cuando los grandes de España y de los militares forzaron la caída de Valenzuela (1676) y auparon a Don Juan, que marchó por segunda vez sobre Madrid y obligó a Mariana de Austria a retirarse a Toledo para eliminar su ascendiente sobre Carlos II En enero de 1677 don Juan era el valido de su hermano y gozaba de un gran prestigio entre las clases populares madrileñas. Acometió numerosas medidas de gobierno, pero las expectativas despertadas eran tan grandes que para muchos los resultados resultaban insuficientes; los fracasos en la guerra de los Países Bajos (Guerra Franco-Holandesa 1672-1678 ) y el desastroso Pacto de Nimega de 1678 (España pierde el Franco-Condado y varias plazas) le hicieron perder apoyos entre los militares; sus enemigos utilizaron las mismas armas de las que se había servido él para atacar a Nithard, y Madrid se llenó de pasquines donde se le injuriaba y atacaba recalcando que era hijo de una comedianta. Su respuesta fue silenciar a la oposición mediante la prisión o el exilio, y aislar al rey de todo contacto exterior. En el verano de 1679 don Juan cayó enfermo de gravedad, el 7 de septiembre de 1679 otorgó testamento y fallecía pocos días después en medio del desinterés general. Sus enemigos señalaron que la muerte le salvó de una caída inevitable. Los escasos 33 meses de Don Juan al frente del gobierno, truncados por su prematura muerte, resultaron insuficientes para poder plasmar su deseo de reafirmar la regalía regia como medio de fortalecer el papel del Estado, evitando injerencias del poder espiritual en el temporal. En
  • 3. varios aspectos recogió la herencia del conde-duque de Olivares a través de sus memoriales y Juntas de Reformación; inició una leve aproximación a la reforma fiscal haciendo tributar a la nobleza a través de donativos, y trató de poner en marcha novedosas ideas de gestión con la creación de la Junta General de Comercio, institución típicamente mercantilista similar a las aparecidas en otros Estados europeos durante el S. XVIII, que constituye un paso adelante en el proceso de articulación de los Estados modernos que, de preocuparse casi exclusivamente en el S. XVI por los problemas fiscales y hacendísticos, pasan a interesarse por la producción y el intercambio de bienes. En la España moderna existían los precedentes de una Junta de Minas y otra de Comercio, Población y Agricultura, creadas en los primeros años del reinado de Felipe IV, por iniciativa del conde-duque de Olivares; pero no fue hasta un decreto de 24-1- 1679 cuando se instituyó la Junta de Comercio, con la finalidad de «restablecer y restaurar el comercio general de estos reinos», compuesta por los ministros de los Consejos de Castilla, Guerra, Hacienda e Indias, además de un grupo de expertos. La Junta de Comercio (1679) tenía como finalidad abordar los problemas de despoblamiento y de depresión industrial, y capacidad para la creación de instituciones crediticias (montes de piedad) que facilitaran el movimiento de capitales y marcó el inicio del período reformista de los años 80. España tenía demasiados funcionarios. El deseo de ocupar un cargo público se había convertido en una auténtica obsesión, aumentada por las universidades, por los valores sociales vigentes, por el sistema de patronazgo y por la propia imprevisión del gobierno, y el crecimiento de la burocracia fue superfluo y perjudicial, con continuos desplazamientos de unos cargos a otros que se habían convertido en un grave obstáculo para la eficacia de la administración. El primer intento de reforma se produjo en 1677 con el objetivo de «evitar el gran retraso en el despacho eficiente de los asuntos, ocasionado por el incremento del número de ministros, así como el coste creciente de los salarios», aunque los favores debidos anularon su eficiencia por la adición de una disposición final que concedía que ningún presidente en funciones tendría que dejar su cargo y que el Consejo adquiriría su nueva dimensión por el procedimiento de no cubrir las vacantes cuando éstas se produjeran. 2) Nithard Religioso austríaco, de la orden jesuita, acompañó a la archiduquesa Mariana de Austria en calidad de confesor cuando ésta vino a España a casarse con Felipe IV (1649). A la muerte del rey, la reina viuda Mariana quedó como regente del reino durante la minoría de edad de Carlos II y depositó su plena confianza en Nithard encumbrándolo mediante todo tipo de recursos: consiguió que el Inquisidor General en funciones, el arzobispo de Toledo, don Pascual de Aragón, renunciara a su puesto y se retirara a su arzobispado, dejando a la vez su puesto en la Junta de regencia en la que según el testamento de Felipe IV debía estar el Inquisidor General; obtuvo la naturalización como español del padre jesuita -imprescindible para acceder al cargo de Inquisidor General- mediante el voto en Cortes de las ciudades castellanas y presionó a Alejandro VII para que aprobara el puesto inquisitorial para su confesor, eximiéndolo de su voto jesuítico que le impedía ejercer cargos políticos. El cargo de Inquisidor General (1666) permitió a Nithard entrar en la Junta de Regencia y la confianza real lo convirtió en el personaje más influyente de la Corte, donde actuó como primer ministro. La nobleza rechazó desde un principio el encumbramiento de Nithard, al que consideraron un advenedizo carente de los merecimientos que ostentaba; y los dominicos, orden opuesta a los jesuitas, se sintieron heridos en su orgullo al observar como un jesuita les arrebataba la primacía del confesionario real, así como el gran puesto inquisitorial. Durante los tres años en los que disfrutó de la cercanía de la reina no supo procurarse una red de poder que lo mantuviera en su valimiento y a su influencia se le achacaron la profunda desconfianza de la reina Mariana de Austria hacia la gran nobleza española, especialmente hacia su hijastro D. Juan José de Austria. Su mediocridad en el terreno político y sus votos en el Consejo de Estado, de carácter más teológico que político, aumentaron la enemistad de la gran nobleza española le hizo cosechar
  • 4. continuos fracasos en el exterior (Francia: Guerra de Devolución 1667-68 ) y concitar sobre él todas las antipatías de la población con su rigidez mental (prohibición de las representaciones teatrales) y las continuas exigencias de dinero, al tiempo que su incapacidad como gestor bloqueó los proyectos de una contribución única y la rebaja de los impuestos de consumo. Sus fracasos en la Paz de Aquisgrán y el Tratado de Lisboa de 1668 (tras la Guerra de Devolución, reconocimiento por España de la independencia de Portugal y la pérdida de varias localidades flamencas) y el descontento popular generalizado facilitaron el pronunciamiento militar de D. Juan José de Austria, que en 1669 obtuvo la destitución de Nithard (nombrado embajador extraordinario en Roma) 3) Medinaceli y Oropesa Resumen: El país recuperó la cordura y la estabilidad política durante los mandatos de Medinaceli y Oropesa, progreso que sólo se vio interrumpido por el problema sucesorio. Entre 1683 y 1685 (Medinaceli) el gobierno inició el debate de la reforma de la estructura fiscal con la propuesta de reducción de los millones y el aumento de la alcabala y otros impuestos que afectaban más a los grupos de ingresos elevados, aunque en febrero de 1688 (Oropesa) el informe de la Comisión de Hacienda concluía que, a pesar de que era de importancia vital aliviar la carga fiscal, había que mantener los millones para atender los gastos de defensa, pues la rígida estructura social de Castilla imposibilitaba la imposición directa de las clases privilegiadas, y el ajuste del sistema fiscal se concentró en vigilar más de cerca los contratos para la recaudación de impuestos, que se arrendaban a hombres de negocios y financieros; en la abolición o reducción de la sisa en una serie de bienes de consumo y en la reducción de la cuota fiscal de aquellas comunidades cuya situación era especialmente difícil. Las aspiraciones reformistas de los ministros de Carlos II también intentaron abordar los problemas industriales y comerciales de España con el planteamiento de que el Estado debía adoptar un papel más activo en la planificación económica, y ante los graves problemas de despoblación y depresión industrial Medinaceli puso en marcha la Junta General de Comercio para facilitar el movimiento de capitales mediante instituciones crediticias (montes de piedad), y publicaron un Decreto (1682) de compatibilidad de las actividades industriales y empresariales con la nobleza. Oropesa continuó con el saneamiento económico, el equilibrio presupuestario y la estabilidad monetaria como pilares básicos de la recuperación, al mismo tiempo que inició la renovación del aparato del Estado con la creación de una Superintendencia de Hacienda, que anulaba al Consejo de dicho nombre e inauguraba el desmantelamiento de la Administración que durante doscientos años se había basado en un sistema de consejos. También trató de introducir cambios en la sociedad planteando la necesidad de que la nobleza de pagase impuestos para contribuir al sostenimiento del Estado, y decretó una reducción de la cifra de clérigos y de las fundaciones religiosas. El último gobierno de Carlos II no sólo restableció la confianza en el sistema monetario español, sino que dio los primeros pasos en el proceso de la reforma administrativa, anticipándose de alguna manera a los empeños más eficaces de los reformadores borbónicos de la centuria siguiente. Tras la muerte de Don Juan José de Austria, llevó algún tiempo conciliar los diferentes intereses, pero el 21 de febrero de 1680, el rey nombró como primer ministro al duque de Medinaceli, quien demostró competencia para hacer frente a la situación y continuó con la dura política deflacionista diseñada por la administración financiera del hermanastro del rey, para devolver el crédito al sistema monetario. Se entró así en una etapa de estabilidad monetaria, sin que el Estado alterase el valor de las monedas ni realizase acuñaciones fraudulentas, imprescindible para avanzar en la superación de la crisis, pero mantener una política deflacionaria supuso endurecer la vida de la gran mayoría de la población y afectar a la
  • 5. aristocracia en sus rentas. La paz exterior aportó estabilidad política y permitió a Medinaceli dedicarse a los asuntos internos incorporando nuevos talentos a las tares de dirección y elevando el nivel del gobierno. Para tomar medidas de racionalización del gasto y buscar el equilibrio presupuestario nombró presidente para el Consejo de Hacienda a Carlos Herrera, gobernador de Sevilla familiarizado con los problemas económicos y los intereses mercantiles. Se redujeron las fiestas y los dispendios que habían caracterizado la vida en la Corte en tiempos de Felipe IV y en la época de la privanza de Valenzuela; se creó un organismo específico para los asuntos económicos, la Junta Magna (en la que tres teólogos neutralizaban el pragmatismo que trataban de imponer Medinaceli y su equipo). Se dedicó especial atención al comercio con América (abandonado durante décadas en manos de mercaderes y compañías extranjeras) y reforzó la administración incorporando a José de Veitia Linaje en el puesto de Secretario del Despacho Universal, como asesor especial del primer ministro en los planes para revitalizar el comercio colonial y su rendimiento. Se intentó atacar los abusos más flagrantes de la penetración comercial extranjera en Sevilla y Cádiz, se prestó mayor atención a las defensas del Imperio, y el comercio de Indias arrojó durante los últimos años de la centuria un volumen de beneficios de los más elevados de todo el período colonial, de los que un buen porcentaje llegaron a las arcas del Estado. Medinaceli puso en marcha la Junta de Comercio (1682) y una serie de medidas para la promoción de las actividades productivas, como la declaración de la compatibilidad de comercio y nobleza (1682), la protección a los artesanos (1683), las ordenanzas generales de la sedería (1684) o la gestación de los Gremios Mayores de Madrid (1686), aunque el tejido de la vida española estaba demasiado exhausto como para que fuera posible conseguir un súbito rejuvenecimiento. Medinaceli hubo de hacer frente a numerosas intrigas y a las tradicionales rivalidades de las familias nobiliarias asentadas en los consejos, que aumentaron cuando en 1681 Luis XIV (aprovechando las dificultades del Imperio con los turcos tras el sitio de Viena, y la debilidad española) tomó Estrasburgo y España se vio obligada a realizar unos dolorosos gastos defensivos y a firmar otro tratado de paz desfavorable (Tregua de Ratisbona, 1684) que cedía al rey de Francia durante veinte años la fortaleza de Luxemburgo y algunas plazas de los Países Bajos, además del reconocimiento de la ocupación francesa de Estrasburgo. Medinaceli aceptó compartir su carga y, en junio de ese año, el conde de Oropesa, miembro del Consejo de Estado desde 1680, fue nombrado presidente del Consejo de Castilla y poco a poco desplazó a Medinaceli, que dimitió en abril de 1685. Por primera vez en muchos años, se produjo un cambio de gobierno manteniendo la línea política de la etapa anterior, y fue nombrado el conde de Oropesa, hombre de capacidad, talento y recursos, partidario de aplicar una política de reforma fiscal, eclesiástica y de la administración, y estaba dispuesto a revitalizar la economía mediante una moderada inflación que introdujo una cierta mejora de la economía nacional. Tras la dimisión de Veitia situó en la Secretaría del Despacho Universal a Manuel Francisco de Lira, que había sido diplomático y secretario de asuntos de Italia en el Consejo de Estado, y asignó los asuntos fiscales a un nuevo departamento, la Superintendencia de Hacienda1 a cargo del marqués de Los Vélez, quien actuó con energía como presidente de una Junta de Medios, compuesta por los representantes de los Consejos para estudiar las propuestas de reforma, y elaboró un amplio informe que serviría de documento de trabajo para la preparación de una nueva estructura fiscal con el objetivo de reducir el déficit presupuestario crónico e introducir una cierta equidad en la fiscalidad. Naturalmente, las propuestas de reforma contaron con la oposición de los tres poderes mayores de la monarquía: la Iglesia, la nobleza y los altos cargos del aparato burocrático. Oropesa también trató de poner orden en la Iglesia española y ante la gran población eclesiástica intentó restringir la fundación de nuevas casas religiosas y envió una circular a los obispos solicitando que suspendieran temporalmente las ordenaciones de sacerdotes. También 1 Primer intento de constituir un ministerio al margen del sistema conciliar de los Consejos
  • 6. puso en marcha una Junta especial que investigó la jurisdicción y los privilegios e inmunidades de la Inquisición, con la conclusión de que resultaban excesivos y la recomendación de que se investigaran sus fraudes fiscales y que se definieran más estrictamente los fueros del tribunal para limitar las penas de excomunión por razones temporales, y para que pudiera existir derecho de apelación ante los tribunales seculares contra las sentencias injustas. España tenía demasiados funcionarios. El deseo de ocupar un cargo público se había convertido en el objetivo de los titulados en derecho que cada año producían las universidades españolas y la burocracia, que en otro tiempo fuera el gran activo del gobierno español, era ahora una rémora para el país con unas instituciones ineficaces dirigidas por altos cargos comprados que pasaban de un puesto a otro. En 1677 (D. Juan José) se publicó un decreto real para «evitar el gran retraso en el despacho eficiente de los asuntos, ocasionado por el incremento del número de ministros, así como el coste creciente de los salarios», pero fue inútil por la previsión de redimensionar la administración por el procedimiento de no cubrir las vacantes cuando éstas se produjeran. Oropesa abordó el problema de la burocracia en 1687,publicando un decreto que ordenaba la supresión total de los cargos en los consejos que habían sido adquiridos2, y de los cargos supernumerarios (por concesión real) cuando quedaran vacantes. También preparó la importante reforma de 1691(su destitución le impidió aplicarla personalmente) que anulaba todas las mercedes y concesiones realizadas por la administración sin conocimiento del rey, y limitaba el número de miembros de los consejos3 por razones de eficacia y ahorro Amenazar a la aristocracia con impuestos, a la Iglesia con reformas y a la burocracia con una reducción del personal, suponía enfrentarse con los sectores más poderosos de las sociedad, y sus adversarios políticos encontraron en la nueva reina la palanca de la que hasta entonces habían carecido. Tras la muerte de María Luisa, en febrero de 1689, Carlos II casó con Mariana de Neoburgo26, hija del elector palatino y hermana del emperador Leopoldo. El matrimonio indujo a Luis XIV a declarar de nuevo la guerra a España, con los consiguientes desembolsos para los gastos de defensa, derrotas en los Países Bajos e Italia y la invasión de Cataluña. En junio de 1691 Oropesa fue cesado en sus funciones por Carlos II, presionado por la reina y por las acusaciones de mal gobierno por las partes interesadas que se oponian a sus reformas. Oropesa volvió al gobierno en 1696 pero fue cesado a mediados de 1699 como corolario de un motín producido por el encarecimiento del trigo y otros productos de primera necesidad a causa de movimientos especulativos en los que estaba implicada su esposa. Tras la caída de Oropesa en 1691 el gobierno quedó a la deriva sin primer ministro, con numerosos candidatos por parte de la aristocracia castellana y los clientes de la reina Mariana. Siguiendo el consejo del duque de Montalto, Carlos publicó un decreto en 1693 (Planta de Gobierno), que establecía una especie de junta superior de ministros con los títulos de lugarteniente general y gobernador de distintas regiones, y España quedó prácticamente sin gobierno mientras el problema sucesorio dominaba por completo la vida política del país. 4) Pretendientes al trono de España a la muerte de Carlos II. El último rey de España de la casa de Habsburgo, Carlos II el Hechizado, estéril y enfermizo, murió en 1700 sin dejar descendencia. Durante los años previos a su muerte, la cuestión sucesoria se convirtió en asunto internacional e hizo evidente que la Monarquía Católica constituía un botín tentador para las distintas potencias europeas. Tanto Luis XIV de Francia como el emperador Leopoldo I estaban casados con infantas españolas hijas de Felipe IV, por lo que ambos alegaban derechos a la sucesión española (asimismo, las madres de ambos eran hijas de Felipe III). La cuestión jurídica entre los tres pretendientes más calificados a la sucesión: 2 D ejando a los propi etarios el título y con dició n y un interé s d el 5 p or 1 00 so bre la s u ma q u e hab ían pagado p or el cargo 3 Los cons ejeros p or e nci ma d el n ú m ero fijado ten drían q u e retirarse recibien d o la m itad d e s u salario, y tendrían opció n a oc upar las vacantes q u e s e prod ujeran
  • 7. •Los derechos señalados por el testamento de Felipe IV recaían en la segunda hermana de Carlos II, la infanta Margarita, de quien era nieto el príncipe Fernando José de Baviera, hijo de la infanta Mª Antonia, apoyado por el conde de Oropesa •El Gran Delfín de Francia, era hijo de la infanta Mª Teresa, hermana del rey Carlos •Luís XIV era nieto de Felipe III, hijo de la infanta Ana •Leopoldo I era nieto de Felipe III, hijo de la infanta Mariana. ◦El archiduque Carlos, hijo del emperador Leopoldo I tenía los derechos que le legaba su padre. A través de su madre, María Teresa de Austria (hermana mayor de Carlos II), el Gran Delfín, hijo primogénito y único superviviente de Luis XIV, era el legítimo heredero de la Corona española, pero era ésta una elección problemática. Como heredero también al trono francés, la reunión de ambas coronas hubiese significado, en la práctica, la unión de España -y su vasto imperio- y Francia bajo una misma dirección, en un momento en el que Francia era lo suficientemente fuerte como para poder imponerse como potencia hegemónica. A consecuencia de ello, Inglaterra y Holanda veían con recelo las consecuencias de esta unión y el peligro que para sus intereses pudiera suponer la emergencia de una potencia de tal orden. Los candidatos alternativos eran el emperador romano Leopoldo I, primo hermano de Carlos II, y el Elector de Baviera, José Fernando. El primero de ellos también ofrecía graves problemas, puesto que su elección como heredero hubiese supuesto la resurrección de un imperio semejante al de Carlos I de España del siglo XVI (deshecho por la división de su herencia entre su hijo Felipe y su hermano Fernando). Luis XIV temía que volviese a repetirse la situación de los tiempos de Carlos I de España, en la que el eje España-Austria aisló fatalmente a Francia. Aunque tanto Leopoldo como Luis estaban dispuestos a transferir sus pretensiones al trono a miembros más jóvenes de su familia (Luis al hijo más joven del Delfín, Felipe de Anjou, y Leopoldo a su hijo menor, el Archiduque Carlos), la elección del candidato bávaro parecía la opción menos amenazante para las potencias europeas, mientras que José Fernando de Baviera era la elección preferida por Inglaterra y Holanda. Francia e Inglaterra, inmersas en la Guerra de los Nueve Años, pactaron la aceptación de José Fernando de Baviera como heredero al trono español, y el rey Carlos II lo nombró Príncipe de Asturias. Para evitar la formación de un bloque hispano-alemán que ahogara a Francia, Luis XIV
  • 8. auspició el Primer Tratado de Partición, firmado en La Haya en 1698, a espaldas de España. Según este tratado, a José Fernando de Baviera se le adjudicaban los reinos peninsulares (exceptuando Guipúzcoa), Cerdeña, los Países Bajos españoles y las colonias americanas, quedando el Milanesado para el Archiduque Carlos y Nápoles, Sicilia y Toscana para el Delfín de Francia. Cuando José Fernando de Baviera murió prematuramente en 1699, también a espaldas de España se firmó el Segundo Tratado de Partición que reconocía al Archiduque Carlos como heredero, pero dejando todos los territorios italianos de España a Francia, lo que satisfacía a Francia, Holanda e Inglaterra, mientras Austria reclamaba la totalidad de la herencia española. Un mes antes de su muerte, Carlos II testó a favor de Felipe de Anjou estableciendo una cláusula por la que Felipe tenía que renunciar a la sucesión de Francia, con la intención de conservar la unidad de los territorios del Imperio español, lo que solo sería posible con el apoyo de Luis XIV de Francia, el monarca con mayor poder de Europa. Cuando se produjo la muerte de Carlos II, Luis XIV respaldó el testamento 5) Los Novatores Los novatores o novadores, constituyen un grupo de pensadores, científicos y filósofos españoles de comienzos del siglo XVIII que desarrollan un interés por las novedades científicas atomistas en oposición al Escolasticismo tomista y neoaristotélico, publicando en las lenguas modernas sus obras basadas en el Empirismo y el Racionalismo El aislamiento de Europa, la crisis social y económica del mundo hispánico y la decadencia científica respecto a los avances renacentistas son fenómenos relacionados entre sí dentro de lo que suele denominarse como la cultura del Barroco. El S. XVII se inició con síntomas preocupantes: se clausuró la Academia de Matemáticas en 1625, se impuso la condena del heliocentrismo en 1616, los grandes focos universitarios de Salamanca, Alcalá y Valladolid dejaron de estar en la élite del mundo académico europeo. Algunos resultados notables, como los espléndidos Veintiún Libros de Ingenios y Máquinas, pieza central de la ingeniería hidráulica y civil, o la preeminencia en campos como el arte de navegar y el beneficio de minerales, deben ser vistos más como colofón de la etapa renacentista que como novedades a la altura de lo que estaba ocurriendo en los lugares capitales del continente: Leiden, Florencia, París, Londres, Cambridge, las ciudades donde se estaba construyendo el programa de la Revolución Científica. El esfuerzo se centró en la ciencia aplicada y en las técnicas, resultando así que España acabó por descuidar el cultivo del verdadero motor del desarrollo, la ciencia pura. El país quedó al margen de las primeras manifestaciones de la ciencia moderna, algo que ocurría por primera vez en siglos: un hecho grave que lo arrastraría, junto a otros factores, a ocupar un lugar periférico en el escenario europeo. Son muchos los datos que así lo avalan: el descenso de las publicaciones científicas, el papel censor del Índice inquisitorial, la pervivencia del escolasticismo más rancio de espaldas a las importantes novedades que en esas fechas estaban produciendo, especialmente, la astronomía, la medicina y la mecánica. Autores estudiosos de la historia de la ciencia han convenido en señalar que en las últimas décadas del S. XVII, cuando menos desde 1687, comenzó a darse en España un movimiento tímido pero perceptible de renovación cultural que venía ya forjándose desde mediados de la centuria. Una renovación fraguada especialmente en ciudades como Madrid, Zaragoza, Sevilla o Valencia y alrededor de disciplinas científicas preferentemente centradas en el área experimental, como la medicina y la química. Una renovación que enfrentó en diversos campos a defensores acérrimos de la ciencia antigua con conspicuos avalistas de la ciencia moderna. La crisis de valores de finales del siglo XVII y primera década del XVIII dio lugar a un movimiento crítico de renovación y ruptura con las posiciones tradicionales de orden escolástico y aristotélico, desde un pensamiento moderno que promueve un planteamiento científico (y no metafísico-teológico) de las cuestiones y temas, distinguiendo entre filosofía y ciencias a partir de la filosofía natural, que denominan física. Al margen de los debates sobre la transubstanciación entre novatores y escolásticos (atomistas y tomistas), las nuevas ideas explicitan la conciencia del aislamiento de España de la profunda renovación científico-técnica y filosófica europea,
  • 9. especialmente en las disciplinas físico-matemáticas y sus aplicaciones. Paulatinamente se fue formando una conciencia de dicho atraso, requisito previo para ponerse al día, algo que aunque no llegaría a conseguirse plenamente sí por lo menos logró acortar distancias entre España y los países más modernos de Europa allá para finales del S. XVIII, entre 1650 y 1800 aproximadamente, y coincide con lo que puede llamarse la introducción de la ciencia moderna en España. Este cambio tuvo que ver con tres hechos: •El cambio de dirección iniciado en todos los aspectos de la política pública por el régimen de don Juan de Austria. •En segundo lugar, la formación de salones o tertulias de discusión bajo patrocinio distinguido y la evolución de estos salones hacia sociedades científicas formales •En tercero y lo más importante, los lazos intelectuales y culturales con Italia. En un principio, a mediados del S. XVII, las primeras asunciones de novedades tuvieron una formulación tímida y respetuosa para con la tradición. Eran más bien ligeras modificaciones que no rompían los esquemas generales de los distintos saberes tradicionales. En términos generales, ése fue el tono y el alcance de los avances hasta el último tercio del S. XVII: aceptación de hechos concretos y evidencias, pero negación de sus consecuencias de orden teórico, utilización del método experimental sin que llegara a derribar las visiones clásicas de las distintas disciplinas. El término novatores aparece por primera vez en una obra de Francisco Polanco, religioso de la Orden de los Mínimos, (Dialogus physico-theologicus contra philosophiae novatores. 1714), en la que se les reprocha una intrusión del laicismo en las investigaciones filosóficias y religiosas, que podían resultar peligrosas para la fe. La crítica religiosa les imputa soberbia,y después herejía. La labor de renovación académica y difusión científica de los novatores desde finales del siglo XVII se hace a partir de las obras de los científicos jesuitas extranjeros y españoles: Kircher, Schott, Riccioli, Fabri, Milliet Dechales, Pardies, Kresa, Sempill, Izquierdo, Zaragozá, Petrei... integrados en una tradición de asimilación de las novedades cientifico-filosóficas y protegidos por ella. En la década de 1680-90 había en Valencia una serie de tertulias o academias, inicialmente de carácter literario, pero que progresivamente fueron incorporando en sus discusiones y estudios temas filosóficos y científicos. Una de estas tertulias funcionaba en 1687 con el carácter de academia de matemáticas y con la intención, hecha explícita por sus miembros, de sentar las bases de una sociedad científica valenciana, a imagen de las europeas. En ella se celebraban congresos donde se discutían cuestiones de aritmética, geometría, álgebra, indivisibles, las leyes del movimiento de Galileo y Descartes, estática, hidrostática e hidráulica; se impartían cursos de estas materias y se realizaban experiencias de física y observaciones con microscopios y telescopios. Sus principales protagonistas eran tres clérigos valencianos: Baltasar de Íñigo, Juan Bautista Corachán y sobre todo Tomás Vicente Tosca. Con una conciencia clara del retraso científico de su país, estos autores se dedicaron a la tarea de asimilar y difundir en el ambiente valenciano y español los nuevos conocimientos y métodos surgidos de la Revolución Científica. Para ello, se valieron en gran medida de la literatura científica jesuítica, cuyos cursos y tratados utilizaron ampliamente y cuyo eclecticismo les sirvió de guía, orientación o modelo para sus propósitos, introduciendo en España la nueva ciencia del movimiento inaugurada por Galileo, los experimentos de Torricelli y Pascal que ponen de manifiesto la gravedad y peso del aire, la caída libre de los graves, el movimiento de los proyectiles, el equilibrio y el movimiento de los fluidos, los ingenios inventados para aprovechar la energía y las propiedades de éstos, la descripción de los instrumentos de medida como el barómetro y el termómetro, la "hidrometría e hidrografía" (movimiento, conducción y repartición de las aguas) la naturaleza de la luz, las leyes de la óptica geométrica, y la tecnología para la producción de instrumentos ópticos (telescopio, microscopio) Ante los temas espinosos, como la cuestión del movimiento de la Tierra, en las obras de los novatores se pueden detectar curiosos giros expositivos que revelan la difícil posición de aquellos hombres, obligados a someterse, e incluso a interiorizar las constricciones que imponían los dogmas eclesiásticos, pero participando en el proceso de renovación de la enseñanza de la filosofía natural
  • 10. que tuvo lugar en muchas Universidades de Europa, a partir de la segunda mitad del siglo XVII bajo la influencia del cartesianismo y la física pre-newtoniana. 6) La Paz de Nimega (1678) Son las negociaciones de paz concluidas en 1678 entre Francia y Holanda, España y el Imperio, con la que finalizó la Segunda Guerra Franco-Holandesa. La Triple Alianza no duró mucho. En 1670, Carlos II de Inglaterra y Luís XIV firmaron en secreto el Tratado de Dover que los convertía en aliados. Ambos reinos declararon la guerra a las Provincias Unidas en 1672. La rápida invasión y ocupación de la práctica totalidad de los Países Bajos, salvo Ámsterdam, hizo caer de de Witt y permitió a Guillermo III hacerse con el poder y formar una coalición (Gran Alianza de La Haya, 1674) en contra de las pretensiones expansionistas de Luís XIV entre Holanda, España, el Imperio, Brandenburgo y Lorena. El matrimonio de Guillermo III con María II de Inglaterra, sobrina de Carlos II de Inglaterra y las grandes victorias francesas sobre las fuerzas de la coalición oponente dio lugar a la alianza militar entre Inglaterra y Holanda (julio 1678) y forzó la firma de la Paz de Nimega por la que Luis XIV devolvió todo el territorio holandés capturado pero ganó la posesión de más ciudades y retuvo el Franco Condado. Las conversaciones de paz se habían iniciado en 1675 en la ciudad holandesa de Nimega y culminaron en los tratados firmados entre el 10 de agosto de 1678 y el 5 de febrero de 1679 por las Provincias Unidas de Holanda, España y el emperador. Tratado franco-español •Francia conserva sus conquistas en el Franco-Condado, numerosas plazas españolas de Flandes y Hainaut (Aire, Saint-Omer, Cassell, Bailleul, Poperinghe, Warmeton, Yprés, Cambrai, Bouchain, Valenciennes, Condé y Maubege), y su parte del Artois, con lo que la frontera septentrional de Francia se convertía en una línea continua. •Francia devuelve a España Courtrai, Oudenarde, Gante, Ath, Binch, Charleroi y Limburgo. •Francia restituye a Holanda la ciudad de Maastricht y le otorga importantes ventajas comerciales. Tratado Luís XIV - Leopoldo I •Francia cede su derecho a guarnecer militarmente Philipsburgo, a cambio de conservar las plazas estratégicas de Brisach y Friburgo. •El emperador se compromete a no intervenir en el N. de Europa ◦Lo que permite a Luís XIV apoyar a Suecia en su lucha con Brandeburgo. De los acuerdos de Nimega, Holanda salió prácticamente indemne pero significó un nuevo paso en el proceso de decadencia del Imperio español y conllevó el declive de la popularidad de don Juan José de Austria, recientemente elevado al poder por su hermano Carlos II y cuyo gobierno había creado numerosas expectativas para enmendar la zozobra política española. Luis XIV continuó agrandando su ejército y reclamando la ampliación de sus fronteras mediante pretextos legales. 7) La Paz de Rijswijk (1697) En junio de 1686 se formó la Liga de Augsburgo con el fin de luchar contra la avasalladora política europea de Luís XIV, que inició la guerra de los Nueve Años reclamando territorios para su cuñada Isabel de Orleans. La Liga estaba constituida por el emperador austriaco, el duque de Baviera, el elector del Palatinado, los príncipes de Renania y Franconia y los reinos de España y Suecia. Cuando el estatúder Guillermo III de Orange subió al trono inglés incorporó a la alianza a Inglaterra y
  • 11. Holanda, y el matrimonio de Carlos II de España con la cuñada del emperador Leopoldo I, Mariana de Neoburgo, hizo que la guerra adquiriese dimensión colonial y continental. Fue una guerra demasiado larga y con frentes muy dispersos, terrestres y marítimos. En 1693 los recursos económicos de ambos bandos se agotaban y se hizo evidente la imposibilidad de llegar a una victoria definitiva de uno u otro bando, por lo que se iniciaron negociaciones para la pacificación, pero no se llegó a acuerdo y en 1694 se reanudó la guerra. En 1696 las sucesivas victorias militares francesas urgieron a los aliados a finalizar la guerra, y Luís XIV deseaba una resolución pacífica del conflicto porque la prolongación de la guerra había agotado sus arcas y porque la previsiblemente cercana muerte de Carlos II le impelía a sellar la paz con España para enviar un embajador a la corte madrileña que le permitiera colocar en el trono de España a su nieto Felipe de Valois. La caída de Barcelona impulsaba a España a acelerar las conversaciones, solicitando la vuelta a la situación internacional establecida en la paz de Westfalia de 1648, mientras que Inglaterra aspiraba al mantenimiento de los acuerdos de paz de Nimega. El monarca sueco Carlos XI se ofreció como mediador en las conversaciones y el 9 de mayo de 1697 se iniciaron las negociaciones de paz en el castillo de Nieuwburg de Rijswijk, cerca de La Haya. Holanda, Inglaterra y España firmaron la paz con Francia el 21 de septiembre de 1697. •Luís XIV restituyó a España los territorios catalanes conquistados y las plazas flamencas de Ath, Courtrai y Mons •El monarca francés reconoció como rey de Inglaterra al estatúder Guillermo III de Orange. •Las Provincias Unidas salieron favorecidas en el ámbito comercial y mantuvieron algunas plazas fuertes en los Países Bajos españoles. El emperador y los príncipes alemanes firmaron el 29 de octubre, pocos días antes de que expirase el plazo concedido por Francia. •Francia devolvía al emperador Friburgo, Brisach, Philipsburgo y Kehl, pero conservaba Estrasburgo. •El duque de Lorena recuperó sus estados y Francia fijó su frontera oriental en el Rin. A pesar de la superioridad militar francesa, el tratado de Rijswijk significó un retroceso de la hegemonía francesa en Europa, y la paz de 1697 marcó el deterioro de la potencia internacional francesa frente a las potencias marítimas de Inglaterra y Holanda. 8) Comercio de Indias En el comercio de Indias convivían un monopolio de Estado y un monopolio  privado. En el S. XVI el Estado, representado por la Casa de la Contratación, era el  elemento dominante, pero en el S. XVII los comerciantes del consulado modificaron el  equilibrio del poder y eran ellos los que determinaban muchas de las reglas del juego.  El consulado controlaba el comercio con América y muchas de las atribuciones fiscales  del Estado, pues administraba la avería, nombraba a los principales oficiales de las  tropas, concedía licencias a los extranjeros y organizaba el pago de indultos para  compensar el fraude existente.  El monopolio adquirió la forma de un conglomerado de disposiciones legales de  la corona, organismos públicos, intereses privados y mecanismos de defensa que no  funcionaba de acuerdo con la ley. Existía un monopolio práctico distinto del monopolio  formal, que representaba un compromiso entre intereses diferentes interactuando  entre sí. Todo el tráfico comercial entre España y América tenía que registrarse, y el 
  • 12. registro de salida se verificaba en el punto de destino.  Carga tributaria sobre el propio comercio: •avería. Se cargaba por medio del registro para que el comercio financiara su propia  defensa, y tenía un valor variable en función del coste de la defensa y del valor de la  mercancía, según el volumen de las flotas y de sus escoltas. Cuando subieron los costes  de defensa, los contrabandistas comenzaron a embarcar sus productos en las flotas sin  registrar y libres de impuestos, lo que penalizaba a quienes actuaban dentro de la ley:  el aumento del fraude disminuyó el volumen de mercancía imponible, redujo el  rendimiento de la avería, debilitó las armadas de escolta y fue una invitación a nuevos  ataques enemigos en un círculo vicioso en el que estaba atrapado el comercio  transatlántico •almojarifazgo era un derecho aduanero ad valorem que gravaba la mercancía en los  puertos españoles y americanos, en función a los precios del mercado de destino y, además, algunos productos eran objeto de una fiscalidad especial. Esta contribución tan  elevada desvió el comercio hacia el contrabando.  Carga tributaria sobre las economías coloniales:  ◦quinto real sobre los metales preciosos ◦producto de la venta del mercurio ◦tributos de los indios  ◦cruzada  ◦alcabalas sobre compraventas y transferencias El contrabando de la plata procedente de las Indias era muy intenso y adoptaba  dos formas fundamentales: la evasión del quinto real en la mina y la evasión del  registro en el puerto, no solo para evitar el pago de la avería, sino porque la plata sin  registrar era mucho más valiosa que la plata registrada pues se evitaba el peligro de  confiscación real y era más fácil de reexportar al extranjero desde España para  comprar una serie de productos con gran demanda en el comercio de las Indias. El fraude era sancionado por la corona y al regreso de las flotas se imponían  pagos compensatorios, los llamados indultos. Los comerciantes coloniales podían  adquirir seguridad y respetabilidad mediante el donativo , una forma de obtener el  perdón por los fraudes del pasado y elevar su statu social con honores y títulos de  nobleza, o bien mediante la compra de cargos que utilizaba la corona para conseguir  ingresos.  Otro expediente era utilizar los barcos de guerra de la escolta para transportar  mercancía, con lo cual se evitaba el registro por completo, en connivencia con los  capitanes de los barcos, que a veces permitían también que los barcos descargaran en  puertos no autorizados. De esa forma, gracias a la existencia de redes familiares, al  soborno de los oficiales o al engaño puro y simple, Sevilla y Cádiz se convirtieron en  centros activos de fraude y fue en esas ciudades donde comenzó a practicarse la  evasión fiscal.  El pillaje y el parasitismo convirtieron el fraude y el contrabando en una forma  de vida. El sistema de monopolio y los precios elevados creaban unas condiciones de  mercado que favorecían el contrabando. Los impuestos y las confiscaciones lo 
  • 13. incitaban, los oficiales corruptos lo permitían y las autoridades navales colaboraban en  él. La estrecha alianza entre los mercaderes de Sevilla y la Casa de la Contratación  determinó que el control de las aduanas fuera uno de los puntos débiles del monopolio.  El contenido de las mercancías se gravaba por el valor declarado, no por su valor  comprobado (se hacían declaraciones falsas e infravaloradas).  Como la avería se pagaba sobre las mercancías registradas, el contrabando  elevaba la tasa, lo que constituía una nueva incitación al fraude, socavando la  confianza y la inversión a largo plazo en el comercio de las Indias y deteriorando  directamente la posición financiera de España, cuando llegó al punto en que la corona  tuvo que subvencionar las averías para mantener una apariencia de defensa de la  navegación transatlántica. El fraude que existía en el monopolio no destruyó por sí solo el sistema. El  principal peligro procedía de la penetración desde el exterior, que adoptaba diversas  formas: la presencia extranjera en Sevilla y Cádiz, la expansión europea en América y  el comercio directo en el Caribe, el Atlántico sur y el Pacífico. El comercio directo por  parte de los extranjeros les permitía evadir el monopolio. Desde las Antillas,  comerciantes ingleses, holandeses y franceses establecieron contactos  comerciales con  los españoles del Caribe, contactos que gradualmente se extendieron hacia Cartagena  y Portobelo. Los productos textiles del N. de Europa, exportados directamente hacia el  Caribe español, se vendían a un precio inferior a los que llegaban de y a través de  Sevilla, no pagaban impuestos y producían beneficios tanto a los consumidores como a  los vendedores en una competencia desleal dirigida al centro neurálgico del sistema  comercial español.  Los extranjeros tenían otras formas de participar en el comercio de las Indias y  conseguir los beneficios que producía. Podían asentarse en América, aunque la ley  estipulaba que los emigrantes tenían que ser españoles o españoles naturalizados y  debían poseer una licencia. La falsificación de pasaportes se había convertido en una  profesión en Sevilla. Los extranjeros viajaban en las flotas oficiales o entraban por la  puerta de atrás, el Río de la Plata. En Perú se pueden identificar tres grupos  diferentes. Una serie de extranjeros se habían asentado en el interior y adquirido  pequeñas propiedades. Otros eran pilotos y marineros, aprovechando la escasez de  mano de obra  especializada. Pero el grupo más numeroso lo constituían los  comerciantes, oficialmente transeúntes, pero de hecho residentes, a los que se podía  encontrar en puertos y ciudades. 9) Junta de Comercio: ** La Real y General Junta de Comercio fue creada por Real Decreto en 1679, siendo  ministro Juan José de Austria, con el objetivo primordial de favorecer y fomentar el  desarrollo de la economía, especialmente el sector industrial. Tenía jurisdicción sobre  todos los dominios de la monarquía y la componían cuatro ministros en representación  de los Consejos de Castilla, Guerra, Hacienda e Indias.  •Suspendida en 1680   •Restablecida en 1682 (Conde de Medinaceli) •Independiente  de los Consejos desde 1683
  • 14. •Con Juntas locales a partir de 1684: Granada, Sevilla, Madrid, Valencia y  Barcelona Una de las iniciativas más destacadas de las Juntas, particularmente de la de  Madrid, fue atraer artesanos extranjeros especializados (de Países Bajos meridionales  y Francia) con concesión de exenciones fiscales y monopolios introducir nuevas  técnicas en España al margen de las organizaciones gremiales. La oposición de los gremios a una competencia aventajada y el boicot de los  mercaderes a los productos manufacturados por mano de obra extranjera (interés en  continuar con el lucrativo comercio de importación) condenaron al fracaso a esta  política industrial y la Real y General Junta de Comercio fue disuelta en 1691 (Carlos  II/Mariana de Neoburgo/Portocarrero) y sustituida por Juntas particulares de  Comercio en Sevilla, Granada y Valencia con la finalidad preferente de estimular la  sedería.  En 1705 Felipe V (Orry) fundó la Junta para el Restablecimiento del   Comercio, con una composición más compleja en la que participaban representantes  de los mercaderes de las principales ciudades comerciales. En 1730 (Patiño) se le añadieron las competencias de la Junta de Moneda En 1747 (Carvajal) se incorporaron también los asuntos de la Junta de Minas En 1814 la Junta General de Comercio, Moneda y Minas pasó a formar parte del  Consejo de Hacienda ** Una de las realizaciones más importantes del periodo de gobierno de D. Juan José de Austria fue la creación de la Junta General de Comercio, institución típicamente mercantilista similar a las aparecidas en otros Estados europeos durante el S. XVIII, que suponen un paso adelante en el proceso de articulación de los Estados modernos que pasan de la preocupación en el s. XVI exclusivamente por los problemas fiscales y hacendísticos, a interesarse por la producción y el intercambio de bienes. Durante el reinado de Felipe IV, el conde-duque de Olivares creó una Junta de Minas y otra de Comercio, Población y Agricultura. Los problemas de despoblación y la depresión industrial se abordaron específicamente en el período reformista de los años 80 con la institución en 1679 de la Junta de Comercio formada por cuatro ministros de los consejos de Castilla, Guerra, Hacienda e Indias y varios expertos para «restablecer y restaurar el comercio general de estos reinos» con instrucciones expresas para facilitar el movimiento de capitales y promover las actividades productivas. Interrumpida en abril de 1680, la Junta fue restaurada en diciembre de 1682 con nuevos miembros, inaugurando una segunda y más dilatada y fructífera etapa de su existencia con numerosas reformas: •Creación de instituciones crediticias (montes de piedad) •Declaración de la compatibilidad de comercio y nobleza (1682) •Protección a los artesanos (1683) •Ordenanzas generales de la sedería (1684) •Gremios Mayores de Madrid (1684) para la protección del artesanado madrileño La Junta creó varias subdelegaciones y a partir de 1683 se designaron subdelegados o superintendentes de comercio, con frecuencia los corregidores, oidores o presidentes de las Chancillerías. A partir de 1684 participaron en la Junta consejeros de Aragón y en noviembre de 1691 se produjo de nuevo un cambio completo de sus integrantes en una tercera etapa que duró hasta los primeros años del reinado de Felipe V, estableciendo Juntas particulares de Comercio en
  • 15. Sevilla, Granada y Valencia con la finalidad preferente de estimular la sedería. La Junta de Comercio de Barcelona fue impulsada por Feliu de la Penya en 1692 y dejó de actuar en 1697, el año de la caída de la ciudad en manos de los franceses. Hubo otros muchas propuestas, como la de Feliu de la Penya de crear una compañía privilegiada “armada para el comercio con las Indias” según el modelo de las compañías inglesas y holandesas, que reactivase las manufacturas españolas y acabaran con el contrabando extranjero en América, con participación de extranjeros, que fue aprobada pero no llegó a crearse hasta veinte años después con la formación con capital vasco de la Compañía Guipuzcoana de Caracas. Los nuevos planificadores intentaban copiar el marco formal de los sistemas comerciales extranjeros pero sin capacidad para afrontar los problemas de fondo: •Escasez de capital y de recursos industriales en España •Falta de confianza de los inversores extranjeros en la burocracia española •Oposición inquebrantable del consulado de Sevilla a cualquier ataque contra su monopolio •Ausencia entre los miembros de la Junta de especialistas en los asuntos relativos a la producción y el comercio •Carencias en el análisis de la crisis del comercio colonial (convicción generalizada de que bastaba con impedir la presencia de los extranjeros en el comercio) Los reyes borbones extendieron su autoridad sobre la minería, las manufacturas y la acuñación de moneda, y después de 1730 cambió su nombre a Junta de Comercio y Moneda. Aunque los logros de la Junta General de Comercio fueron limitados, constituyó el primer serio de promoción de la industria en España incentivando la inversión, tratando de poner en vigor normas de calidad y tamaño, alentando a los fabricantes nativos con exenciones fiscales y privilegios de monopolio y trayendo fabricantes extranjeros a España. 10) La paz de Utrech y sus consecuencias económicas y territoriales para España: El Tratado de Utrecht, también conocido como Paz de Utrecht o Tratados de  Utrecht y Rastadt, es una serie de tratados multilaterales firmados por los países  beligerantes en la Guerra de Sucesión Española entre los años 1712 y 1714 en esas  ciudades de los Países Bajos y Alemania, respectivamente. El agotamiento de todos los contrincantes en la Guerra de Sucesión Española,  sumado a la subida de los “tories” al poder en Gran Bretaña, y el cambio de monarca  en Austria creó un ambiente propicio para las negociaciones que Francia e Inglaterra  iniciaron en 1711 y que  culminaron en la Paz de Utrecht (1713) entre Francia,  Inglaterra, Holanda, Saboya y Prusia, aunque la resistencia del emperador Carlos VI y  de Felipe V a aceptar las estipulaciones de Utrecht demoró el fin del conflicto hasta  1714, con la firma en Rastadt de la paz entre Austrias y Borbones. Las estipulaciones de Utrecht­Rastatt cambian el mapa político europeo  eliminando la hegemonía francesa en Europa con la teoría del equilibrio europeo  (procedente del Tratado de Westfalia y predominante en el S. XVIII) por la que  ninguna potencia sea lo suficientemente fuerte para inquietar a las demás. • Gran Bretaña obtiene las puertas del Canadá (bahía del Hudson, Acadia y  Terranova), del Caribe (isla de San Cristóbal) y del Mediterráneo (Menorca y  Gibraltar) y el aprovechamiento comercial de la América española (el navío de   permiso: Flete anual de un barco de 500 toneladas con productos para vender  libres de impuestos; y el asiento de negros: monopolio de treinta años sobre el 
  • 16. tráfico de esclavos negros). • Francia reconoce la sucesión protestante en Inglaterra, se compromete a no  apoyar a los pretendientes Estuardo. Conserva sus fronteras continentales  confirmando la posesión de, Alsacia, Estrasburgo y el principado de Orange (en  Provenza), aunque los reveses militares han desgastado los principios de la  monarquía absoluta de derecho divino, que desmontarán las generaciones  hipercríticas del S. XVIII. • La Casa de Saboya recupera Saboya y Niza (ocupadas por Francia durante la  guerra) y recibe Sicilia (cedida por España) con el título de rey que, con diversas  denominaciones, tendría en adelante la casa de Saboya (primero reyes de Sicilia,  luego reyes de Cerdeña y finalmente reyes de Italia).  • Las Provincias Unidas reciben de Felipe V de España la "barrera" flamenca  (una serie de fortalezas en el norte de los Países Bajos españoles que el Imperio  ayudó a financiar), plazas fuertes en los caminos de invasión desde Francia. • Brandeburgo recibe (de España) Güeldres del Norte y la "barrera" de  Neuchâtel (de Francia), además de su transformación en reino con el nombre de  Prusia. Federico Guillermo I fue su primer rey.  • Portugal obtiene la devolución de la Colonia do Sacramento, ocupada por  España durante la guerra.  • Carlos VI de Austria obtiene (de España) los Países Bajos españoles, el  Milanesado, Nápoles, Flandes y Cerdeña. El Archiduque Carlos de Austria,  ahora emperador, abandona cualquier reclamación del trono español (en 1725).  • Felipe V (Felipe de Anjou) obtiene el reconocimiento como rey de España y de  las Indias por parte de todos los países firmantes, con varias cláusulas  limitadoras: • Prohibición de que el rey de España y el de Francia sean una misma  persona • Renuncia al derecho de sucesión al trono de Francia • Declaración del rey de Saboya sucesor de la corona española si se  extinguiera su línea sucesoria. • Compromiso de no vender ni enajenar a Francia ni a otra nación  cualquier ciudad o provincia de América. España salió de Utrecht con la península ­salvo Gibraltar­ completa  y con su  imperio americano hipotecado por  ventajas comerciales y coloniales para Gran  Bretaña que lastraron a España el resto de la centuria.  Tras la marcha de Cataluña de las tropas austriacas en julio de 1713, la Junta  General de Brazos (Brazo Eclesiástico, Brazo Militar y Brazo Real o Popular) acuerda  la resistencia y se inicia una guerra que se prolongó durante casi catorce meses,  concentrada en Barcelona, Cardona y Castellciutat. Las tropas felipistas rompen el  sitio de Barcelona el 11 de septiembre del 1714 y Mallorca, Ibiza y Formentera cayeron  diez meses más tarde (11 de julio del 1715). El gran beneficiario de este conjunto de tratados fue Gran Bretaña:
  • 17. •ganancias territoriales en Canadá, el Caribe y el Mediterráneo •ventajas económicas que rompían el monopolio comercial de España con sus colonias •triunfos políticos: ◦equilibrio de poder terrestre en Europa frenando la expansión  de Luis XIV ◦neutralización económica de Francia por los grandes costes de la contienda ◦control marítimo del Atlántico y el Mediterráneo ( Menorca y Gibraltar)  11) Las capitanías generales Tras la Guerra de Sucesión y la prolongación del conflicto en Cataluña más allá  de la marcha de las tropas austracistas, la implantación en los reinos orientales del  modelo de administración centralizada se realizó a través de los Decretos de Nueva  Planta, que se diferenciaba del modelo administrativo castellano en un régimen  régimen fiscal novedoso, acorde con las directivas de una monarquía moderna y  centralizada; tanto como en la preeminencia del poder militar en el gobierno y en la  administración territorial. La reordenación territorial y política del espacio en los reinos orientales estuvo  muy influida por el temor de Felipe V a una nueva rebelión de los antiguos reinos, y el  nuevo régimen quedó establecido sobre la autoridad suprema de un Capitán General  (el anterior Comandante General), asesorado por los letrados de la Audiencia en  cuestiones administrativas y por un Superintendente en las fiscales.  El Capitán General era la principal autoridad castrense y el delegado del rey ,  dotado de las máximas atribuciones administrativas y de gobierno que lo situaban en  la cúspide de la pirámide de poder. Por el Real Acuerdo se estableció una fórmula  diárquica que conjugaba administración magisterial y castrense con la Audiencia como  organismo supremo de Justicia y el Capitán General como comandante de armas que,  en caso de conflicto, ejercería la superioridad jerárquica.  En cada provincia había un gobernador militar pero sólo las provincias más  importantes contaban con un capitán general con jurisdicción civil y militar, ya que  era también presidente de la audiencia y controlaban la imposición de la ley, hasta tal  punto que ni siquiera el Consejo de Castilla podía revocar sus decisiones a menos que  el rey le autorizara a hacerlo. Los Capitanes Generales constituyeron una autoridad sólida, raramente  contestada. Eran miembros de la más alta jerarquía militar,  pertenecían a los  principales linajes aristocráticos y encarnaban el poder supremo a semejanza de los  antiguos virreyes. En el transcurso del siglo XVIII, el carácter militar de las  instituciones civiles se acentuaría tanto en los territorios de Nueva Planta como en  Castilla, donde un decreto de 1808 sometió a las Audiencias (incluidas las  Chancillerías de Valladolid y Granada) a la autoridad del capitán general de la  provincia. Este carácter militar afectó igualmente a los intendentes de hacienda, cuyo  reclutamiento se hizo mayoritariamente entre los comisarios de guerra.  Los Decretos de Nueva Planta suprimieron la tradicional organización  municipal y los reinos orientales fueron divididos en un nuevo entramado de  demarcaciones administrativas por corregimientos: Aragón fue dividido en 12, el  Principado en 12 corregimientos y Valencia en 10. 
  • 18. En 1718 Felipe V decidió que en el nuevo régimen local los corregidores, en su  mayoría altos oficiales militares, ejercían su autoridad ­como garantía del  mantenimiento del orden público­ sobre el gobierno local de los ayuntamientos  presididos por regidores, produciendo la militarización de la administración,  acentuada por la presencia de tropas militares y fortificación de fronteras y costas. El  corregimiento de carácter castrense se mantuvo hasta el final del Antiguo Régimen,  debido a que la preocupación de la monarquía por el mantenimiento del orden fue  constante, aún mucho tiempo después de finalizada la Guerra de Sucesión. 2. Las intendencias. La figura del intendente. ** En el contexto de la Guerra de Sucesión Española y ante la ineficacia de las  instituciones del Estado existentes en las regiones, el rey Felipe V instauró en 1711, a  instancias de Orry y a partir del modelo del Intendente francés, un nuevo funcionario  nombrado por la corona y responsable directamente ante ella, para establecer lazos  eficaces entre el centro y las provincias..  La primera función que se les encomendó fue la administración financiera  del ejército para la sujeción de los territorios conquistados tanto en lo que  correspondía al ejército como a la hacienda y gasto público, con el cargo de  superintendente general del ejército. Tras el éxito alcanzado en su gestión se les  otorgó zonas territoriales denominadas intendencias. En la España oriental,  Barcelona, Valencia y Zaragoza, donde no se habían introducido hasta entonces las  instituciones centrales, las intendencias llenaron un vacío, pero en Castilla fueron  consideradas como innecesarias y suprimidas, dándose preferencia a los corregidores,  ya existentes, funcionarios reales ya tradicionales en las grandes ciudades, incapaces  de responder a las necesidades y demandas del gobierno central. En 1718, (bajo Alberoni), José Patiño redactó la "Ordenanza de   Intendentes de ejército y provincia" de 4 de julio de aquel año, se convierten en  intendente de ejército y provincia, que en ocasiones actuaron sólo en el ámbito civil  como intendente de provincia, dotados de competencias en materia de justicia,  hacienda, guerra y policía. Los 29 intendentes tenían obligación de residir en la capital  de la provincia y disfrutaban de poderes más amplios que sus predecesores en 1711,  con jurisdicción militar y administrativa para asumir el cargo y la función  del corregidor de la ciudad   •Justicia: mantenimiento del orden;  •Hacienda: recaudación y administración de los impuestos y de otros ingresos;  •Administración general: censo, inventario de los recursos naturales, industria,  agricultura, caminos y puentes, obras públicas, salud pública, ejército, graneros y  archivos •Administración militar: reclutas, intendencia. Con posterioridad, se les fueron añadiendo facultades en el ámbito económico  (agricultura, comercio, industria, transportes) y a veces acumulaban el cargo de  corregidor en la ciudad capital de su provincia (intendente corregidor). La mayoría de  los intendentes se esforzaron en hacer funcionar el nuevo sistema, suscitando la 
  • 19. oposición de la antigua burocracia y sus relaciones, que  presionaron a través del  Consejo de Castilla ante Felipe V, que primero modificó sus funciones suprimiendo sus  poderes judiciales, y en 1721 abolió los poderes financieros concedidos por la ordenanza  de 1718 y suprimió los intendentes en todas las provincias donde no existían tropas,  con lo que sólo quedaron intendentes en Barcelona, Zaragoza, Valencia, Sevilla,  Badajoz, Salamanca, La Coruña, Pamplona y Palma de Mallorca, con una distinción  formal entre el intendente de guerra y el intendente de provincias En 1724 desapareció la función de intendente de ejército en las provincias sin  tropa, quedando limitados a los que dependían de cada capitanía general, a excepción  de Navarra, y durante el resto del reinado sólo existieron los intendentes de guerra  en 9 provincias, donde continuaron ejerciendo funciones de reclutamiento,  aprovisionamiento y pago de las tropas, aunque en la práctica conservaron la  administración de ingresos reales y amplios poderes discrecionales, constituyéndose en  un cuerpo de elite de funcionarios experimentados y movilidad ascendente en la nueva  burocracia, con un conocimiento personal de las provincias españolas, disponibles para  un nuevo nombramiento cuando el sistema de intendentes fue restablecido  plenamente en 1749. El rey Fernando VI reordenó el sistema con una intendencia por provincia,  junto con el corregimiento de la capital (cargos que volvieron a separarse en 1766).  Cada intendente sería auxiliado por un teniente letrado o alcalde mayor subordinados,  o a veces dos, para el ejercicio de las funciones judiciales. El número y extensión de las  provincias no fue estable, y se subdividieron en partidos.  En la reforma de Ensenada de la administración de los impuestos y los  ingresos, se desprivatizó la recaudación eliminando la figura de los arrendadores de  impuestos y, con ellos, una fuente importante de desorden y corrupción, al situar la  administración de las rentas provinciales en manos del Estado.  La Ordenanza de  Intendentes de 1749 restablecía en su totalidad el sistema de intendentes. La nueva  ordenanza se basaba en la de 1718 y contemplaba todavía a los intendentes como a los  agentes regionales de un Estado centralizado, pero implicaba un compromiso mayor  con los intereses de las provincias, una preocupación mayor por defender los recursos  de las ciudades y pueblos bajo su jurisdicción, de proteger al sector rural y promover el  comercio y la industria locales. La primera tarea de los intendentes era dirigir las  operaciones del catastro en cada provincia. Una vez completado el mismo volvieron a  desempeñar sus funciones fiscales normales, representando al Estado como  recaudadores de impuestos y a los intereses del pueblo en cuanto que  contribuyentes. El nuevo decreto creaba cuatro intendentes de guerra en Castilla  ­Sevilla, Extremadura, Zamora y Galicia­ y dieciocho de provincia. Poco a poco, los  intendentes de guerra y de provincia se identificaron, aunque la jurisdicción militar de  primero le otorgaba un statu algo superior, y la provisión de recursos para el ejército  seguía siendo una de sus tareas fundamentales.  Ensenada se sirvió de los intendentes sobre todo como agentes de inteligencia  económica; les instó a que realizaran informes semanales sobre la situación de la  agricultura, la ganadería y los precios de los productos en sus provincias. Dos fallos del  sistema aparecieron posteriormente: la presión del trabajo y el conflicto de  jurisdicción. La concentración de las cuatro áreas (Hacienda, Guerra, Justicia y 
  • 20. Administración) en un solo cargo tendía a alargar sus recursos y a reducir su eficacia.  La corona, convencida de la cada vez menor eficacia de los intendentes, restituyó las  tareas de justicia y jurisdicción a los corregidores, que tradicionalmente habían  ejercido esas funciones, y dejó en manos de los intendentes los asuntos relacionados  con las finanzas y con la guerra4. ** Una de las innovaciones administrativas más importantes del reinado de Felipe V fue la creación de la Intendencias. Respondieron a la evidente necesidad de conectar la Corte y sus órganos, los Consejos, con las provincias, demasiado alejadas, en las que, aparte de las autoridades militares, sólo residían como entidades del gobierno los Alcaldes Mayores y los Corregidores. La Intendencia es una institución claramente francesa. Se inició su implantación muy tempranamente, urgida por los primeros consejeros franceses llegados con Felipe V. Varios y sucesivos planes fueron precisos (el del marqués de Louville, el de Orry, el conde de Bergeyck) antes de llegar al decreto de 4 de julio de 1718, inspirado por don José Patiño, que instituía el cargo de Intendentes de Provincias y Ejércitos. El Intendente era un funcionario real, directamente dependiente del monarca, ejecutor de la política oficial en su demarcación y con un conjunto de atribuciones variables según las épocas, que, en el fondo, responden a las múltiples y crecientes atribuciones del Estado absoluto. Su misión fundamental era centralizar la administración sirviendo de puente jurídico entre Madrid y las capitales de provincia. Era el oficial administrativo más importante en la provincia, nombrado y controlado por el Gobierno, aunque con autoridad propia para dar órdenes de carácter local. La institución de los Intendentes de Provincia siguió dos etapas bien diferenciadas. En la primera de ellas, por los años de la Guerra de Sucesión española, Felipe V nombró varios Superintendentes generales de los ejércitos, que actuaban al tiempo en los territorios que el rey iba sometiendo a su autoridad tras la ocupación militar. Los Superintendentes se encargaban de la administración del ejército, de la organización de la Hacienda y de los gastos públicos de las provincias. Al acabar la guerra, un Real Decreto establece los Intendentes de Provincia y Ejército con carácter permanente, una vez superada la coyuntura bélica. Comienzan a funcionar en Cataluña, a finales de 1718, para ser implantados, en vista de su éxito, en toda España pocos años después. La misión del Intendente era múltiple: administraba el ejército en su provincia, entendía en asuntos de Hacienda, de Gobierno y de Justicia. Las misiones entre el Intendente de provincia y el de ejército a veces eran detentadas por una misma persona. Otras veces, el Intendente de Ejército residía junto al capitán general (en la ciudad cabecera de la región) quedando en cada provincia un intendente encargado de las funciones de Hacienda y Gobierno. Los Intendentes debían fomentar el trabajo, comercio, industria, ganadería, agricultura, comunicaciones y transportes y, en general, todo lo relacionado con la economía de las provincias. A veces, también podían asumir el cargo de Corregidor en la provincia. Sin embargo, no parece que se cumplieran los planes previstos por el Rey. Aunque teóricamente sus funciones se extendían a las finanzas, policía, justicia y guerra, en la práctica sólo usaron de esta última autoridad, ya que despertaron general oposición en los demás estamentos gubernativos del país, principalmente de los poderes judiciales, que consiguieron despojarles de estas atribuciones en febrero de 1722. La Intendencia pareció un fracaso. En 1724 se quitaron los Intendentes de las ciudades o poblaciones en las que no hubiera tropa; quedó la institución más vinculada a cuestiones militares. Será en tiempos de Fernando VI -a mediados del siglo- cuando la Intendencia volvería a cobrar importancia, ya en el marco de una nueva y más pujante política administrativa. Por Decreto de octubre de 1749, a iniciativa del marqués de la Ensenada, se establecieron nuevamente los Intendentes de provincias. Reconocía el Decreto la postración en que se hallaban muchos lugares del reino por causa de las guerras continuas y de las levas forzosas a 4 En 1802 la justicia y la administración quedaron una vez más bajo su responsabilidad
  • 21. que aquellas obligaban, así como los perjuicios que esta situación había causado a la Hacienda Real. Se considera, por tanto, la restitución de las Intendencias como una medida acorde con el nuevo espíritu de paz y neutralidad que la nueva monarquía principiaba. Se estableció un Intendente en cada provincia del reino y a este cargo se le sumaba el Corregimiento de la misma capital de provincia. La unión de Intendencia y Corregimiento fue protestada legalmente por los tribunales. En consecuencia, la unión de ambos cargos quedó a la discreción del Rey. Por el amplio abanico competencial se nombraba a personas escogidas, consideradas capaces para tan grande y variada misión. Debía el Intendente promover cualquier actividad que supusiese mayor rentabilidad para el Reino. Se les encargó la confección de un mapa de la circunscripción, en el que se delimitasen los territorios de realengo, señorío y abadengo. Los Intendentes deberían informarse de las tierras existentes en cada provincia, así como de las dehesas, montes y ríos susceptibles de usar como navegables o como fuerza energética para alguna fábrica. Debían estudiar los puentes, sus posibles reparaciones, el estado de los caminos y la posible construcción de otros nuevos. Por último examinarían el estado de los puertos y las posibilidades de reparación, ampliación o remodelación de los mismos. Se esperaba que esta información permitiera al Intendente un perfecto conocimiento de la provincia a él encomendada y la elaboración de un programa de propuestas para el rey, para una eventual intervención. Con todo, la misión quizá más importante era la de fomentar en los pueblos y ciudades la industria del paño, papel, vidrio, seda y otras; el fomento de la industria local será una de las aspiraciones más acusadas del pensamiento y acción de los ilustrados. Aquí se señala a los Intendentes, como representantes del poder central, la alta misión de promover cualquier tipo de industria autóctona que permitiera al país desarrollarse en este ámbito, libre de la competencia europea, cosa que ya se había empezado a propiciar desde la época de Felipe V. También era misión de los Intendentes el estudio del estado de los cultivos y de la producción agrícola en general, de su rentabilidad y de las mejoras que, para incremento de ésta, creyeran oportuno introducir, con vistas, especialmente, a la comercialización de los productos agrícolas. Además, siendo los Intendentes representantes del Superintendente de la Hacienda Real, vigilaban todo lo que al provecho de ésta afectase, con especial atención a los administradores, recaudadores y demás encargados de los cobros de las contribuciones; debían también fiscalizar la contabilidad militar e inspeccionar las listas para el reclutamiento de la tropa. Como unían a su misión la de ser Corregidores, ejercían la función de este cargo auxiliados de dos Tenientes o Alcaldes Mayores. Era, pues, una misión muy amplia la del Intendente. Fue útil para la coordinación de funciones en un mismo territorio y para ejecución de planes venidos desde la Administración central. Pero la acumulación de funciones tan complejas ocasionó trastornos, pues no siempre podían ser atendidos todos los asuntos con la necesaria dedicación. Parece, sin embargo, que la institución del intendente fue de las más positivas de las creadas por el estado reformista del XVIII. No es fácil precisar el número de Intendencias creadas, ni tampoco la persistencia de las mismas. Es probable que hubiera variaciones y reajustes a lo largo de los años. La extensión de cada intendencia variaba asimismo según regiones. En la Corona de Aragón, por ejemplo, por ejemplo, se formó una Intendencia por cada uno de los antiguos reinos. En Castilla, sin embargo, se adoptó el principio de establecer una intendencia por cada capital de una capitanía general o por cada Corregimiento de una ciudad. De ahí las múltiples variantes y la distinta importancia de cada Intendencia. Elló influyó en la división territorial por provincias llevada a efecto en el siglo XIX. El Intendente prefiguró lo que después habían de ser los principales órganos de gobierno de la provincia: Gobernador Civil, Delegado de Hacienda y algunas de las funciones del Gobernador
  • 22. Militar. 13) Jerónimo de Ustáriz (1670-1732) Economista. Defensor del mercantilismo5, en 1717 aboga por la aplicación del colbertismo en España y propone, como patrones a imitar, a Francia y Holanda. En su obra identifica la riqueza nacional con los metales preciosos a través de una balanza comercial favorable en contraposición a las habituales políticas restringiendo su salida. Tuvo gran influencia en la política económica de Felipe V: en 1725 reorganizó la Junta de Comercio y cuando se fundió la Junta de Comercio con la de Moneda fue elegido ministro. Las medidas que propone para evitar la fuga de los metales preciosos es el fomento de las manufacturas y la reorganización del comercio, a través del apoyo gubernamental en la concesión de gracias y franquicias a fabricantes y vendedores, y reduciendo los gravámenes internos. Para Ustáriz, la causa de la decadencia española no era la emigración a las Indias, sino el comercio de importación- exportación con una balanza de pagos desfavorable, que proponía reducir en conjunción con el desarrollo de la industria nacional, para evitar el desabastecimiento. •Reorganización en los aranceles de entrada y salida de las mercancías para incrementar el consumo interior y las exportaciones, pues los excesivos derechos de las diversas aduanas de la Península encarecían los productos españoles respecto a los extranjeros. •Impulso de la industria privada y no de las manufacturas reales. •Reforma de la Junta de Comercio introduciendo en ella a hombres preparados y experimentados y con representaciones comerciales españolas en los principales puertos extranjeros, en lugar de crear compañías de comercio. •Apertura de canales fluviales y la mejora de carreteras y de puertos. •Creación de academias para fomentar el comercio y las ciencias y artes en general. •Creación de una buena escuadra como apoyo y defensa del comercio. Uztáriz fue el máximo economista español de la primera mitad del XVIII al exponer la primera propuesta para organizar coherente y sistemáticamente la economía interna de la Península y su comercio exterior, superando el mercantilismo en el sentido de que no atribuye al Estado el papel de protagonista de la economía, sino el de regulador y protector de unas relaciones libres. La economía pasa a ser en el XVIII materia política con amplios fines políticos y humanos, al extender sus consideraciones a los intereses de toda la comunidad, superando la estricta consideración de potenciar el Estado, la gloria del príncipe o el enriquecimiento del Erario, 14. Alberoni ** Llegó a España en 1711 como secretario de Vendôme y ascendió en la corte de  Felipe V gracias a la ayuda de la Princesa de los Ursinos. Tuvo un papel destacado en  la boda del rey con Isabel de Farnesio, que lo impulsó en una carrera meteórica  obteniendo sucesivamente el título de Grande de España, el cargo de consejero del rey,  el nombramiento como obispo de Málaga y el nombramiento de cardenal. Como miembro del aparato estatal, Alberoni impulsó una política que  combinaba reformas económicas colbertistas con medidas sociales conservadoras, que  anulaban muchas de las que se aprobaron durante la carrera de Jean Orry, predecesor  5 Conjunto de políticas o ideas económicas que se desarrollaron durante los siglos XVI, XVII y la primera mitad del XVIII en Europa, caracterizada por una fuerte injerencia del Estado en la economía para unificar el mercado interno formando Estados-nación lo más fuertes posibles. Hume, Colbert
  • 23. de Alberoni. Creó un servicio regular de correos con las colonias españolas en América  y una nueva escuela de navegación en la que sólo podían ingresar los nobles, y  restauró la Santa Inquisición. Con el fin de impulsar la reconstrucción económica del  país tras la Guerra de Sucesión, disminuyó ligeramente las competencias de los  Grandes de España y abolió las aduanas internas entre los distintos reinos de la  Corona española (con la excepción de las de Navarra y las Vascongadas). También  estimuló el comercio con América trasladando la Casa de Contratación de Sevilla a la  más avanzada ciudad de Cádiz. Se recuperó el ejército, la construcción naval y la  marina, mientras se potenciaban las fortificaciones y los arsenales de Cádiz y el  Ferrol, con el concurso de José Patiño y Rosales, nombrado intendente general de la  Armada.   El objetivo político de Alberoni era el de devolver a España a la situación de  potencia europea, que consideraba que le había sido arrebatada en el Tratado de  Utrecht de 1713, y embarcó a España en un ambicioso proyecto que pretendía recobrar  las antiguas posesiones en Italia y limitar el avance de los Habsburgo de Austria.  Entre 1717 y 1718 llevó a cabo una activa política para ganarse el apoyo del papado y  Francia en la primera guerra de Italia, con la conquista de Cerdeña y gran parte de  Sicilia, hasta que Gran Bretaña destruyó la armada española en el Cabo Passaro.  La agresiva política de Alberoni provocó la constitución en contra de España de  la Cuádruple Alianza (Francia, Gran Bretaña, Austria y Saboya). La guerra se libró en  varios frentes, todos los cuales fueron escenarios de derrotas.   •Mientras Alberoni intentaba que se levantaran en armas los seguidores de los  Estuardo en Irlanda y enviaba una pequeña fuerza a la muerte en Escocia, una  expedición inglesa penetraba con éxito en el norte de España y conseguía la rendición  de Vigo y Pontevedra en 1719.  •Mientras intrigaba en vano para desestabilizar el gobierno de Francia, un ejército  francés de 20.000 hombres invadió Guipúzcoa y tomó San Sebastián.  •En Sicilia, tras el ataque preventivo de los ingleses en el cabo Passaro, sólo fue  cuestión de tiempo la destrucción de las tropas españolas. Felipe V se vio obligado a la acción diplomática, en 1719 ordenó a Alberoni que  abandonase España y después de prolongadas negociaciones (1720–1724) firmó el  tratado de Cambrai que devolvió los territorios conquistados, o medio conquistados, a  su situación anterior, ** Guerra de la Cuadruple Alianza: 1717-1721 Paz de Cambrai. (Primera Guerra de Italia)En 1717 una flota española (montada por Patiño como Intendente) tomó Cerdeña, y en 1718 atacó Sicilia (en manos de Saboya), lo que desencadenó la Cuadruple Alianza contra España firmada en Londres en 1718 por Austria, Inglaterra, Francia y Saboya, que defendieron Sicilia mientras Gran Bretaña realizaba operaciones de castigo en Galicia, y Francia ocupaba las provincias vascas y Cataluña, y amenazaba la Florida, Tejas y Nuevo Méjico. Por la Paz de Cambrai España recuperó su integridad peninsular (salvo Gibraltar), obtuvo derechos de herencia sobre Sicilia, Parma y Toscana, y el reconocimiento de Felipe V por parte del Emperador Fernando VI, además de mantener sus posesiones americanas, a cambio de ventajas económicas en Ultramar para Francia y Gran Bretaña, y Cerdeña para Saboya. Las aventuras no cesaron con la partida de Alberoni. La reina trató de llegar a un compromiso con Austria con la esperanza de casar a sus dos hijos, Carlos y Felipe, con sendas archiduquesas imperiales con la mediación del barón Ripperdá, que negoció el tratado de Viena
  • 24. (1725) que significó oficialmente el fin de las hostilidades hispano–austriacas de la guerra de Sucesión, permitiendo la liberación de los antiguos partidarios del archiduque y el regreso a España, en condiciones favorables, de muchos exiliados, con el intercambio de vagas promesas de un matrimonio austriaco para Carlos y subsidios sustanciales y concesiones comerciales para el emperador, que la opinión española valoró como un ultraje, y alarmaron al resto de Europa. Las relaciones anglo-españolas entraron nuevamente en crisis con ataques mutuos en las Indias y disputas sobre el comercio en la península desde enero de 1727 a marzo de 1728, cuando Isabel Farnesio aceptó firmar la convención de El Pardo, que ponía fin al bloqueo inglés y que decretaba la devolución, o la promesa de devolución, de los barcos y posesiones ingleses ocupados por España. La alianza entre España y Viena llegó a su fin cuando se hizo evidente que no se llevaría a cabo matrimonio alguno y que los austriacos no apoyarían los planes españoles en Italia. 15) José Patiño Rosales (1666-1736) Después de la caída de Ripperdá comenzó el ascenso político de los secretarios de Estado. En esta primera etapa predominó la figura de José Patiño, quien contaba en su haber con el ejercicio de las funciones de intendente en Cataluña en 1713 y de intendente general de Marina en 1717. En 1726 fue nombrado secretario de Marina, y el mismo año recibió el ministerio de Hacienda. En 1730 asumió el cargo de ministro de la Guerra, y, por último, en 1733, el ministerio de Estado. De esta forma acumulaba todas las secretarías menos la de Justicia. Patiño realizó una importante labor en tres ámbitos: fuerzas armadas, política económica y política exterior. Se dictaron disposiciones legales que favorecían la producción textil española y pretendían dificultar las importaciones de tejidos extranjeros. Asimismo se llevó a cabo en 1726– 1728 una importante operación de reajuste monetario que dio a la moneda española una estabilidad duradera. La tradicional deuda de los “juros” fue objeto de una drástica remodelación, que redujo su interés al 3%. Bajo la administración de Patiño se llegó a un acuerdo aduanero con el señorío de Vizcaya (los estipulados de 1727) y se autorizó la creación de la primera compañía privilegiada por acciones, radicada en San Sebastián. La defensa del dominio español era una encrucijada en la política de Patiño en la que se unían su preocupación por promover la riqueza de la monarquía, la necesidad de disponer de una fuerte flota para defenderla y el mantenimiento de un sistema de relaciones exteriores. Con un ejército y una marina mejor organizados, habiendo mejorado la construcción naval y saneado parcial o superficialmente las finanzas estatales, Patiño pudo realizar una política prudente y realista. Tuvo en cuenta el bloque franco–británico y comprendió que era inútil intentar cualquier revisionismo radical del Tratado de Utrecht. Tratado de Sevilla 1729 Acuerdo firmado entre España, Francia y Gran Bretaña tras la guerra hispanobritánica de 1727 - 1729, por el que España reconocía el equilibrio europeo impuesto por la Triple Alianza. Por el tratado, Gran Bretaña conservaba el dominio del puerto de Mahón en Menorca, y el Peñón de Gibraltar y mantenía sus privilegios comerciales. Isabel Farnesio y Felipe V obtenían el reconocimiento de la sucesión del infante Carlos a los ducados de Parma y Piacenza. La muerte en 1731 del último duque de la dinastía de los Farnesio en Parma permitió que el infante se trasladara a Italia y tomara posesión de aquel ducado. Primer Pacto de Familia 1733: Firmado en 1734, hace intervenir a España en la guerra de sucesión de Polonia, que acaba con la Paz de Viena 1738 por la que el príncipe Carlos, obtiene Nápoles y Sicilia. (Segunda Guerra de Italia 1735-39) Luís XV y Felipe V firman en El Escorial el Primer Pacto de Familia contra el Imperio, por el que España apoya a Francia para coronar a Stanislas Leszczynski (suegro de Luis XV), y Francia apoya a España en su campaña contra Nápoles y Sicilia, y para recuperar Gibraltar de manos británicas. España cede al duque de Lorena el ducado de Toscana, y a Francia el ducado de Parma, y el infante Carlos recibe el título de Rey de las Dos Sicilias. Francia y Austria firman en 1738. España la ratifica en Versalles en 1739.
  • 25. El relativo fracaso del primer Pacto de Familia afectó a Patiño, quien antes de morir en 1736 se inclinaba por el retorno a una política de neutralidad. Fue un eficaz servidor de los Borbones españoles, a los que ayudó en la doble tarea de defender sus intereses patrimoniales dinásticos y de modernizar el Estado en un sentido racionalista y centralizador •En la guerra de Sucesión se inclinó por la casa de Borbón y fue nombrado Intendente de Extremadura, dejando gran fama de su gestión por haber controlado los desastres que produjo la guerra con Portugal. •Tras la ocupación de Cataluña, Presidente de la Junta Superior de Gobierno y Justicia de Cataluña (1714-16), para abolir las instituciones tradicionales de autogobierno e implantar de un nuevo sistema tributario proporcional al de Castilla. •Crea en 1716 el Catastro: registro de los patrimonios y las rentas de Cataluña para el reparto del cupo tributario exigido por la Corona. •Intendente general de la Marina y presidente del Tribunal de Contratación de Indias (1717-19) ◦Traslada la sede de Sevilla a Cádiz para dar más impulso a las operaciones de ultramar. ◦Organizó las expediciones españolas a Cerdeña y Sicilia (1717-18) ◦1726 Secretario de Estado de Marina e Indias y de Hacienda (más tarde también de Guerra y de Estado) Director de la política exterior española entre 1728 y 1736. •Fortalecimiento de la Armada ◦Ordenanzas de la Armada, uniformando todas las fuerzas existentes, galeras del Mediterráneo, navíos del Océano y galeones de Indias ◦Construye el arsenal de La Carraca ◦Crea las Compañías de Caballeros Guardiamarinas ◦Impulsa la construcción de buques de guerra: 31 navíos, 15 fragatas y numerosos buques Las aventuras no cesaron con la partida de Alberoni. La reina trató de llegar a un compromiso con Austria con la esperanza de casar a sus dos hijos, Carlos y Felipe, con sendas archiduquesas imperiales con la mediación del barón Ripperdá, que negoció el tratado de Viena (1725) que significó oficialmente el fin de las hostilidades hispano–austriacas de la guerra de Sucesión, permitiendo la liberación de los antiguos partidarios del archiduque y el regreso a España, en condiciones favorables, de muchos exiliados, con el intercambio de vagas promesas de un matrimonio austriaco para Carlos y subsidios sustanciales y concesiones comerciales para el emperador, que la opinión española valoró como un ultraje, y alarmaron al resto de Europa. • Las relaciones anglo-españolas entraron nuevamente en crisis con ataques mutuos en las Indias y disputas sobre el comercio en la península desde enero de 1727 a marzo de 1728, cuando Isabel Farnesio aceptó firmar la convención de El Pardo, que ponía fin al bloqueo inglés y que decretaba la devolución, o la promesa de devolución, de los barcos y posesiones ingleses ocupados por España. La alianza entre España y Viena llegó a su fin cuando se hizo evidente que no se llevaría a cabo matrimonio alguno y que los austriacos no apoyarían los planes españoles en Italia. ◦ menores. . •Fomento del comercio con América •Política de influencia en Italia. ◦Participó en la campaña de Cerdeña y organizó las fuerzas que levantaron el sitio de Ceuta por los marroquíes.