ANTECEDENTES
En 1990 Chile ratificó la Convención de los
Derechos del Niño, cuyo objetivo es hacer valer y
reconocer la dignidad intrínseca y los derechos
iguales e inalienables de todos los niños.
Los hospitales deben velar para que los derechos
sean aplicados en la vida diaria de los niños
hospitalizados, siempre teniendo en cuenta el
interés superior del niño.
Art 6 – Derecho a la Vida,
Supervivencia y Desarrollo.
Art 24 – Derecho al más
alto nivel posible de salud y
a servicios para el
tratamiento de las
enfermedades y la
rehabilitación
ARTICULO 9
El derecho del niño a
permanecer con sus padres
Derecho del recién nacido a hacer apego al
nacer y a permanecer con sus padres
día y noche
• El recién nacido tiene
derecho a permanecer
constantemente con su
madre y a alimentarse
exclusivamente de su
leche.
• La Iniciativa del Hospital
Amigo del Niño y de la
Madre ofrece la
oportunidad de
satisfacer estos derechos
al cumplir los Diez Pasos
para una lactancia
exitosa.
Padre presente en el nacimiento de su hijo
¡Estoy feliz!
Participé del
nacimiento de
mi hijo.
Cuando nació mi primer hijo, apenas
salió, se la llevaron. Con la
niña todo ha sido diferente,
cuando nació la abracé de inmediato
y ahora siento que mi relación con
ella es diferente, siento que estamos
más cerca.
ARTICULO 24 e
Asegurar que los padres
conozcan las ventajas de la
lactancia materna y reciban
apoyo en la aplicación de
esos conocimientos
El niño hospitalizado tiene derecho a ser
amamantado por su madre
• La leche de la madre que
permanece con el niño en el
hospital, tiene anticuerpos
específicos para los gérmenes que
rodean al niño.
• La madre debe tener el acceso a
amamantar a su hijo las 24 horas
del día.
• Facilitar la permanencia de la
madre ofreciéndole alimentación y
espacio para dormir en el hospital.
• Si la madre no puede permanecer
siempre con el niño o éste no
puede mamar directamente, se le
debe enseñar a extraer su leche
para dársela al niño; aunque esta
sea extraída fuera del recinto
hospitalario.
¿Por qué si
tengo leche, le
tengo que dar
mamadera?
¡Ahora Sí,
nunca más
mamadera!
ARTICULO 7
El niño y tendrá derecho
desde que nace a tener un
nombre, a adquirir una
nacionalidad y, en la medida
de lo posible, a conocer a sus
padres y a ser cuidado por
ellos.
Todo niño tiene derecho a un nombre.
El niño hospitalizado debe llevar una
identificación y ser llamado por su nombre
• Carteles claros y legibles que lleven el nombre del niño,
ya sea en su pijama o su cama.
• Crear el hábito entre el equipo de salud de dirigirse a
los niños por su nombre.
A mí todos me
llaman por mi
nombre.
Yo me llamo
Nicole
ARTICULO 6
Los niños tienen derecho a la
supervivencia y el desarrollo
en todos los aspectos de sus
vidas, ya sean físicos,
emocionales, psico-sociales,
cognoscitivos, sociales o
culturales.
El Niño hospitalizado tiene derecho a
permanecer en un lugar seguro y adecuado
para la rápida mejoría de su enfermedad.
• El niño debe estar en un lugar
libre de accidentes.
• Su ubicación dentro del
hospital debe ser adecuada, de
manera que el niño no sea
contagiado por enfermedades
de otros.
• Hay que propiciar un ambiente
tranquilo, alejado de ruido y
otras causas que puedan
prolongar su estadía en el
hospital.
ARTICULO 19
Protección contra toda forma
de perjuicio o abuso físico o
mental, descuido o trato
negligente.
ARTICULO 37
Ningún niño sea sometido a
torturas ni a otros tratos o
penas crueles, inhumanos o
degradantes
El niño hospitalizado tiene derecho a que se
considere la opción de evitar la inmovilización
y en caso de no poder lograrlo, hacerlo de la
manera más adecuada.
• Camas apropiadas, permiten que el niño se mueva sin riesgo
de caer.
• Buscar un sistema de inmovilización que sea lo menos
traumático posible para el niño.
Todo niño hospitalizado tiene derecho a recibir
un manejo adecuado del dolor y
a cuidados paliativos.
El niño hospitalizado tiene derecho a ser
informado respecto a su enfermedad y la
forma en que se realizará su tratamiento.
ARTICULO 12
El niño que esté en
condiciones de formarse un
juicio propio el derecho de
expresar su opinión
libremente en todos los
asuntos que afectan al niño,
teniéndose debidamente en
cuenta las opiniones del niño,
en función de la edad y
madurez del niño.
• El equipo de salud debe comunicarse con el niño a través
de un lenguaje simple y adecuado a su edad.
• El juego es una manera didáctica de explicarle su
enfermedad.
• La familia, apoya al niño a aceptar su situación.
ARTICULO 12
El niño tiene derecho a
expresar su opinión
libremente en todos los
asuntos que lo afectan,
teniéndose debidamente en
cuenta las opiniones del niño,
en función de la edad y
madurez del niño.
El niño hospitalizado tiene derecho a optar
sobre alternativas que otorgue el
tratamiento, según la situación lo permita
• Se pueden identificar las situaciones en que el niño pueda
optar por una u otra alternativa.
• Preguntémosles:
• ¿En qué brazo quieres que te pinche?
• ¿Quieres estar vestido o con pijama?
• ¿Prefieres tabletas o jarabe?
¡Que valiente!
Es que me
ayuda a
mejorar
El niño hospitalizado tiene derecho a ser
escuchado acerca de su bienestar o malestar
tanto físico como psicológico, respondiéndo a
sus inquietudes
ARTICULO 13
El niño tendrá derecho a la
libertad de buscar y recibir
información.
• Tanto el médico como el resto del equipo de salud deben
preocuparse de preguntarle al niño acerca de su estado
psicológico y físico.
• El equipo de salud debe dar la información que el niño
requiera sobre su enfermedad.
• A su vez, deben tomar en cuenta sus opiniones y actuar
coherentemente con ellas.
• Los médicos deben ser cuidadosos con los comentarios y
opiniones emitidas durante las visitas médicas en presencia
del niño, procurando no dejar al niño angustiado con el
diagnóstico y explicándole en que consiste la enfermedad.
ARTICULO 16
Ningún niño será objeto de
injerencias arbitrarias o
ilegales en su vida privada, su
familia, su domicilio o su
correspondencia ni de
ataques ilegales a su honra y
a su reputación.
El niño hospitalizado tiene derecho a la
privacidad
• El niño debe contar con artefactos que favorezcan la privacidad
como biombos, cortinas o piezas individuales.
• El niño hospitalizado debe contar con el espacio físico para
recibir a sus visitas y tener un contacto privado con ellos.
A mí me da
vergüenza, cuando
los doctores me
examinan porque
la Camila mira.
ARTICULO 31
Los niños tiene derecho al
descanso y el esparcimiento,
al juego y a las actividades
recreativas propias de su
edad y a participar libremente
en la vida cultural y en las
artes.
Cualquier niño hospitalizado
tiene derecho a jugar
• Todos los niños deben tener
la posibilidad de contar con
objetos de juego y con el
espacio para realizar esta
actividad.
• La creación de espacios
dedicados al juego, donde
los niños que pueden
movilizarse en el hospital,
tengan acceso a lugares como
jardines o salas de juego.
Acá veo tele todo
el día. ¡Me podrían
dejar ir a jugar al
jardín!
ARTICULO 9
Se velará para que el niño
no sea separado de sus
padres contra la voluntad
de éstos.
ARTICULO 15
Los derechos del niño a la
libertad de asociación y a la
libertad de celebrar reuniones
El niño hospitalizado tiene derecho a
mantener contacto con todos aquellos con los
cuales tenía vínculo, previo a la
hospitalización.
• En general las madres son las más favorecidas para poder
visitar al paciente, sin embargo tanto el resto de la familia
como los amigos deberían de tener acceso a visitas, puesto que
así disminuyen factores estresantes y el niño se hace más
reciliente a la situación.
• Los amigos pueden ser la mejor motivación para enfrentar la
enfermedad.
Desde que mi primo
me visita, me siento
mucho mejor.
ARTICULO 28
El derecho del niño a la
educación y, a fin de que se
pueda ejercer
progresivamente y en
condiciones de igualdad de
oportunidades ese derecho,
deberán en particular
Derecho a la Educación
• Favorecer la visita a compañeros de colegio que lo
mantengan actualizado en sus estudios
• Contar con profesores que ayude a los niños con
enfermedades crónicas a mantener su nivel de estudio.
Escuela Niños Hospitalizados
Hospital Sótero del Río
ARTICULO 24
Asegurar la prestación de la
asistencia médica y la
atención de salud que todo
niño requiera.
ARTICULO 37
Ningún niño será sometido a
torturas ni a otros tratos o
penas crueles, inhumanos o
degradantes
Los exámenes deben ser solicitados solamente si
van a contribuir a un diagnóstico más preciso que
implicará un cambio de conducta terapéutica.
ARTICULO 25
El derecho del niño que ha
sido internado para los fines
de atención, protección o
tratamiento de su salud física
o mental a un examen
periódico del tratamiento a
que esté sometido y de todas
las demás circunstancias
propias de su internación.
El niño hospitalizado
tiene derecho a un re-análisis respecto
a permanecer hospitalizado.
• Nos preguntamos:
• ¿A este niño lo voy a hospitalizar porque es mejor para él o,
por mi propia comodidad o, quizás para que la Isapre cubra
sus gastos?
• ¿Podrá Pedro completar su tratamiento en la casa? ¿Su
madre sabrá cuidarlo?
• ¿Me he planteado no prolongar en forma innecesaria la
hospitalización?
• ¿Será mejor para el niño que su hospitalización sea
ambulatoria o tal vez diurna?
A partir de esto sería
bueno analizar...
• ¿De qué otra forma
vulneramos los derechos
del niño hospitalizado?
• Que esta sea una invitación
a reflexionar, a pensar, a
cambiar nuestra mirada y
actuar siempre respetándo
los derechos de todos los
niños.