Ensayo académico, hecho por estudiantes resumiendo al máximo, los conceptos aquí contenidos. se utilizaron fuentes confiables para su construcción, ademas fue revisada por docente politólogo. trata temas como:Interrogantes, problemáticas, comentarios y asuntos constitucionales.
PP_Comunicacion en Salud: Objetivación de signos y síntomas
Sobre la constitución política de 1991
1. I EVALUACIÓN PARCIAL
INTEGRANTES:
CASTILLO DARWIN ALEXANDER
MOSQUERA RUIZ ARLEN JAMES
PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
FACULTAD DE INGENIERIA-BIOLOGÍA
SANTIAGO DE CALI, MARZO 2015.
2. ¿La Constitución de 1991, un documento representativo?
Colombia ha sufrido históricamente una gran variedad de transiciones. Este territorio ha
participado en diferentes cambios nacionales en supeditación a los hechos que se gestaban
en circunstancias determinadas. Entonces, de esa manera es como se han venido generando
las distintas transformaciones en la escala social. Y en cuanto a lo que aquí respecta, así, fue
como surgió el reciente documento constitucional, pues por la presión que en ese período
transmitía la crisis estatal, se trató de instaurar una forma de organizar la desajustada
estructura, que se vislumbraba en un Estado cuyo control se encontraba en manos del
bipartidismo tradicional.
Todo se ideó para que se eliminará ese costumbrismo que se había aposentado en el núcleo
del poder. Cuando se reunieron para forjar los numerosos artículos que contiene la Carta
Magna, se pensaba en fundar una Colombia que además de ser participativa, brindara la
posibilidad de implantar un sistema democrático, en el que todos los ciudadanos se sintieran
representados. Y así fue, o bueno, así quedó plasmado en el papel.
Es innegable que la Constitución de 1991 originó una innovación legal en el marco de la
democracia. Pero la realidad social revela que son ínfimos los progresos en lo referente a la
erradicación del autoritarismo, la adopción de un sentido incluyente y ha habido poco interés
por los problemas políticos, que son producto de las entidades que se esconden bajo la
fachada de representantes del pueblo soberano.
Por lo tanto, con la aplicación de la nueva Constitución poco es lo que ha transmutado, ya
que aún se siguen desarrollando actos violentos y se ha ido propiciando un creciente
incremento de la privatización, lo cual ha plantado barreras para el ejercicio efectivo de la
democracia, y a su vez ha originado mayores desafíos en la comunidad, debido a que con lo
exigente que resulto ser la Carta Magna, es todo un reto el poder lograr el cumplimiento a
cabalidad de cada uno de sus lineamientos. Por ello se dice que la democracia de este país
vive en dos mundos totalmente impregnados de oposición y contradicción: la admirable
realidad formalizada en la Constitución y la imbricada situación en la que está inmersa la
sociedad colombiana.
Pese a que se ha intentado ampliar la participación democrática con la nueva Constitución,
aún los partidos políticos siguen eligiendo el beneficio personalizado, restringiéndole en
consecuencia, la posibilidad al grupo mayoritario de realizar con eficiencia sus intereses
colectivos. Aunque aquí es pertinente señalar que el problema en sí, realmente no es de la
3. Constitución, dado que al estipulársele una evaluación y un análisis pormenorizado, ésta
corresponde a un ideal digno que debería ser tomado como ejemplo. Sin embargo, lo que
sucede es que la sociedad no ha interiorizado sus dictámenes, no ha sido capaz de reconocer
el valor que subyace del verse envuelto de las decisiones que tienen una implicación en la
dinámica del accionar político. De ahí que se le catalogue al documento constitucional como
nominal, pues haciendo alusión a Ermo Quisbert (2012) ¨no se cumple lo que establece¨.
Entonces, por dichas razones, es dificultoso evocar que esta carta constitucional sea la
promotora de movimientos que inciten a la participación, a la democracia y sea la precursora
de una realidad que se adecue a la cotidianidad del individuo colombiano, en virtud de que
esto no es labor del documento, por el contrario, es ocupación de la propia sociedad.
Deficiencias y fallos constitucionales
De otro lado, en los últimos tiempos la intensificación de las problemáticas sociales de la
comunidad colombiana, le ha conferido al establecimiento de la Carta de 1991 una
importancia de carácter trascendental. De hecho, antes que se pensara en consolidarla, se
habían ideado algunos proyectos constitucionales que tenían por objeto proporcionar
solvencia a la variedad de crisis que de uno u otro modo estaban sometiendo al desarrollo
prospero de la nación. Esto último, en razón de que la sociedad estimaba que con una reforma
generalizada se lograrían transformar o modificar cada una de las depresiones que por
instantes enviaban un influjo de desequilibrio al país.
Además, se debía tener en cuenta que para esos años Colombia estaba envuelta en un
contexto en el que sus organizaciones institucionales estaban totalmente desfasadas con la
realidad. Asimismo, el centro en el que se aglomeraba la hegemonía, cada vez iba
volviéndose un círculo que interiormente se debilitada y en su exterior, no permitía el ingreso
de la participación del grupo mayoritario, es decir, se restringía la intromisión de una
sociedad civil que ansiaba involucrarse en los aspectos que concernían a la dirección del país.
Así pues, las principales cuestiones que incidieron en la promulgación del nuevo documento
constitucional fueron, en primera instancia, la monopolización del Estado por parte de los
partidos tradicionales, a pesar de que gradualmente hubieran menguado su habilidad
gubernamental y su calidad de legales. En segundo lugar, la brecha de separación entre la
colectividad y la circunscripción política. Y finalmente, el reconocimiento de la inadecuada
dirección administrativa y la identificación de la lucha sin sentido que representaba la
confrontación entre las entidades antagónicas (partidos tradicionales y grupos insurgentes).
De entonces acá, las precedentes apreciaciones constituyen la manera de visualizar o asimilar
a un Estado, que paulatinamente fue cayendo en el marco de la ilegalidad y fue perdiendo su
4. homogeneidad, hasta quedar diseminado en sesgadas fracciones que le imposibilitaron seguir
el lineamiento como estructura unitaria, y como ordenamiento político adecuado a las
exigencias que se esgrimen del pluralismo y la contemporaneidad.
Por ello, pues, al pensarse en la determinación de un Estado impregnado de justa democracia,
se han de estipular unas bases que sobre todo manifieste en su esencia un significado
comunitario, debido a que en torno a aquel concepto se compone el avance hacia la
adaptación con la modernidad, y se estipula lo que fundamentalmente en todo grupo social
ha de existir: un sentido colectivo.
Ahora bien, aludiendo nuevamente al momento anterior a la fijación del reciente documento
constitucional, las marcadas disfunciones sociales promovidas por el continuo
entrometimiento de la violencia, fortificaron la noción de buscar con vertiginosidad algún
medio que solucionara y contrarrestara la mezquina situación. Por esta razón fue que al
analizarse los acontecimientos históricos de antaño, el sendero por el que se optó como
alternativa a los déficits estatales fue el de conformar una Asamblea Constituyente y erigir
un nuevo modelo constitucional. Este arquetipo fundo sus bases sobre las ideas de
representación, participación y descentralización. Adicionalmente, buscó afianzar los
privilegios inherentes de los individuos por poseer dignidad humana, en otras palabras,
mediante el establecimiento de la nueva Constitución Política de Colombia, se trató de que
el ciudadano colombiano gozara de cada uno de los derechos fundamentales. Y por último,
se le otorgó al Estado la capacidad de controlar los distintos recursos que ostentaba la nación,
y se delimito una serie de normatividades que tenían su influencia en el sector económico del
país.
Sin embargo, teniendo en cuenta lo anterior, la Constitución quedó bajo el calificativo de
imaginaria, porque aunque en el papel se exhibió un cambio modernizador, lo cierto es que
en la realidad colombiana existe una acentuada discordancia. Lo anterior se admite porque
la conformación de la nueva carta no ha mostrado mejorías en cuanto a solvencia de crisis en
el país se refiere, por el contrario, se ha percibido que las inestabilidades sociales se han
recrudecido.
El territorio colombiano le ha conferido un papel decisivo a la Constitución, pues ha supuesto
que con el establecimiento de aquel nuevo documento, los distintos percances que padece,
van a desaparecer sin el menor inconveniente. Pero la verdad es que no ha servido para
completar aquellas franjas que han definido a lo largo de la historia a la sociedad, dado que
esta nación se encuentra saturada de obstáculos y barreras que solo le permiten observar a
5. la Constitución a través de un lente que únicamente muestra la imagen de algo que por ahora,
se muestra inalcanzable para su contexto.
Habría que decir también, que la idea de Estado Social de Derecho proferida por la
Constitución exterioriza una notable inconexión con el sistema Neoliberal, que se ha adherido
al territorio colombiano como una manera de dirigir los asuntos socioeconómicos. Todo ello,
en virtud de que el establecimiento de un documento constitucional, implica en el Estado un
desmedido costo, que se hace difícil de zanjar con el dinamismo económico que exige aquel
modo de conducir el flujo de recursos en el país.
Por otra parte, probablemente lo que más se recalca en la nueva orden constitucional, son sus
nociones que manifiestan una mayor capacidad de entrometimiento del grupo social en los
asuntos determinantes para la organización del Estado. En otros términos, se cree que con la
implantación de la descrita estructura, a la masificación o a la población se le involucrará aún
más por el supuesto ensanchamiento de la disponibilidad participativa.
No obstante, el país presenta serios impedimentos políticos esbozados en las acciones de
violencia y en la acotación de participación, lo cual ha repercutido en desequilibrios en los
sistemas políticos y en despilfarros inconmensurables por los efectos inauditos de los
distintos conflictos bélicos. Por ello, se ha intentado instituir una democracia participativa
que realmente permita establecer esa conexión entre el pueblo soberano y el Estado. Pero
lamentablemente, la realidad es otra, no se han mostrado progresos significativos. Por
ejemplo, la Carta Magna en uno de sus artículos expone abiertamente que en el territorio
colombiano ha de predominar la multiplicidad de partidos políticos, es decir, evoca que no
hay restricción alguna en la creación de movimientos de esta índole. Si bien es irrefutable
que se tiende al pluralismo, la verdad es que el monopolio tradicional se ha incrustado de un
modo tal en el ente estatal mediante sus artimañas clientelistas, que es posible afirmar que la
actualidad no se ve trastocada por el nuevo documento constitucional, mas bien como lo
anota William Restrepo (1992) ¨el país sigue funcionando igual a como funcionaba bajo la
vigencia de la Constitución del 86¨ (p.41).
Por esa razón es que los partidos tradicionales han sabido desenvolverse en la transformación
de las condiciones sociales, han tenido la destreza de asimilar los cambios en su interior y en
el exterior, y a partir de esa sapiencia han maniobrado para su conveniencia. De ahí que los
constantes intentos de desestabilizar su hegemonía sea un camino tortuoso, porque ni siquiera
con la modificación de los procesos electorales (se cambió la papeleta por el tarjetón) se ha
logrado desbancar ese clientelismo que les juega a su favor.
6. ¿La Constitución Política de 1991 es nuestro reflejo?
Manifestar que Colombia se detalla finamente en la Constitución Política de 1991, es incurrir
en un fatídico error. Esta Carta Magna esboza una realidad que va en contravía con el
acontecer del pueblo colombiano. Si bien, en su contenido describe una serie de
normatividades que mejorarían notablemente la convivencia en el Estado, aun se carece de
esa capacidad para asimilar aquella información.
Por ahora, esta Constitución no ha modificado esa denominación que se le adjudico después
del instante en que fue creada: así debería ser Colombia. El país alberga muchas limitaciones,
todavía vive sometido a los vaivenes del conflicto, aún presenta deficiencias con lo
concerniente al establecimiento de la democracia participativa. Ya han pasado algunos
decenios y los cambios que con ansia se esperaban el día en que se acordó crear la
Constitución para marcar un hito revolucionario en la historia de la nación, en la actualidad,
no han emergido en su totalidad y poco se han manifestado. El pueblo colombiano se
vanagloria de poseer la Constitución de los derechos, pero paradójicamente es uno de los
países con una sed de violencia que es insaciable, incontenible, absurda. Es lamentable
observar como el conflicto se apodera de un territorio, es inaceptable ver como los grupos
que siempre han estado aferrados al poder luchan incansablemente para cerrarles la puerta a
los que según la Constitución también poseen el derecho de hacer parte de aquel conjunto
selecto que vela por direccionar las riendas del país.
La Constitución en realidad no esconde problemas, esta ley fundamental debería aplicarse,
porque aunque se le estigmatice como un desbordamiento de la realidad colombiana, si en la
comunión se pacta la decisión de acatar sus ordenamientos, sería una contribución enorme
para contrarrestar las problemáticas promovidas por la propia masificación. No obstante, si
se sigue siendo permeable con la admisión de que unos pocos manejen el poder, de que se
prefiera no involucrarse en los asuntos políticos y si se acepta que la violencia se exprese a
su manera, el resquebrajamiento y la fragmentación se irán diseminando ampliamente por la
delimitación del territorio.
Problemas de Colombia
Según lo expresado por William Restrepo Riaza, en su discurso “Estado, Constitución y
Crisis Política”.
El espacio político ha estado relativamente restringido para la expresión mayoritaria de la
sociedad civil, debido a lo excluyente del sistema político. En el país, no es posible hablar de
una organización estatal moderna en un sentido político, pues el Estado no se ha construido
como entidad independiente del poder dominante.
7. Es pues la exclusión, formalizada históricamente, el resultado del peculiar control del interés
particular sobre el Estado. La exclusión se convierte en uno de los factores determinantes del
conflicto generalizado, como forma nominal que define nuestra situación actual. Una
situación que evidencia esto, es el retrasado proceso de modernización del Estado, el cual
supone “transformar una sociedad tradicional en una fundada en estatutos laicos sustentados
en la racionalidad, la autonomía y la ética ciudadana”; sin embargo, este proceso de
modernización del Estado colombiano no ha tenido éxito debido a las deficiencias que
presenta nuestro sistema político.
La exclusión de la sociedad civil de la dinámica socio-política da lugar al que los gobernantes
abusen del ejercicio del poder, lo que lleva a que los ciudadanos, al verse marginados,
busquen participación en los asuntos del Estado a través de movimientos izquierdistas
generando conflictos, por lo que las autoridades utilizan la llamada “coerción dominante de
control social” que está en contravía con los ideales de gobierno, esto significa que se pierde
el sentido, legitimidad y legalidad de la función de las autoridades.
La privatización de lo público es una situación que desfavorece al pueblo y que pone en
claro que el Estado se encuentra limitado en el ejercicio del poder, además este pierde la
fuerza que necesita para trabajar en el progreso de la nación.
Actualmente, el uso de la democracia, que supone la participación de todos los ciudadanos
en los asuntos de interés general, ha perdido su finalidad, puesto que los partidos y demás
organizaciones sociales recurren a esta para disputarse la consecución del poder,
confrontando diferentes posiciones políticas de gobierno, distribución de los recursos y
formas de organización social con el propósito de “adueñarse del poder” y favorecer la
participación política, el desarrollo económico, social y cultural exclusivo de pequeños
sectores sociales. Por otro lado, es necesario aclarar que el desarrollo socio-económico no es
el mayor inconveniente del proceso de modernización del Estado, pues el principal obstáculo
para consolidarse como un Estado moderno son las fallas del sistema político, el cual exige
una actualización conforme al momento social.
En términos generales, los colombianos desconocen la funcionalidad de las leyes, para qué
sirven, sus bondades, ventajas y desventajas, así como no se entiende qué es democracia
participativa; por eso, es válido lo que dice William Restrepo (1992) ¨ No es necesario que
se instaure una reforma constitucional para que haya participación democrática, todo depende
de nuestra mentalidad y disposición frente a las situaciones de integración ciudadana¨.
Entendido esto como la acción del pueblo en las decisiones que afectan a la colectividad.
8. ¿Cómo se hace entonces para que la Constitución de 1991 sea más eficiente?
La Constitución de 1991, “Constitución de los derechos humanos” tiene un carácter idealista,
pues a pesar de concebir excelentes principios de ley, no se ajusta a la realidad social en que
se vive; nuestra historia como nación ha estado marcada por una gran cantidad de conflictos
sociales que exigen constantes modificaciones al esquema de gobierno, pero nuestra
Constitución no está diseñada para apaciguar estos problemas, sino que es más bien un
“modelo fallido” que no es un mal sistema, pero tampoco es completo, que en consecuencia
es manipulada a conveniencia por legisladores corruptos, para favorecer sectores sociales y
consolidar estructuras para mantenerse en el poder; siendo así, se cree que debe convocarse
a una enmienda en la que se modifiquen algunos conceptos que afectan la sana convivencia,
pero el tema central a reforzar seria la consigna de mecanismos que permitan el buen
cumplimiento de las normas establecidas, como la vigencia del Estado Social de Derecho,
ante todo deben conservarse los principios que protegen y promuevan el respeto de los
derechos humanos.
Adicionalmente, es de suma importancia que las personalidades que poseen la
caracterización de ciudadanos, si quieren forjar un país verdaderamente democrático como
lo profesa la Constitución, comiencen a edificar ese asunto desde su entorno, desde el lugar
que cohabitan, no han de esperar que un documento les proporcione soluciones, ya que éste
ya ha planteado el ideal ser, solo es cuestión de tener la facultad de moldearse a esa manera
que ha sido planificada como el ordenamiento del país. También, se ha combatir esa
permisividad que presenta la nación frente a las continuas reformas que se le adjudican a la
Constitución. Se debe impedir que se les estén haciendo frecuentes cambios, porque eso
significa que hay un ente que se siente insatisfecho con la forma en que determinada norma
está fijada y por ello añora modificarla. Y ya para culminar, la sociedad en general ha de
obstaculizar el desarrollo constante de la concentración del poder en un sector específico del
sistema político nacional, puesto que eso estaría poniendo en evidencia que se desconoce la
Constitución, que se habla de ella, pero no se ha sido capaz de apropiar su contenido, que en
ella ha sido plasmado el concepto de pluralismo y sin embargo, se deja que los grupos
tradicionales sigan como dinastías en la cima ejerciendo soberanía; una soberanía, que de
hecho, por teoría, es pertenencia del pueblo.
Conclusiones
El Estado colombiano ha tenido la ardua tarea de afianzar en su sistema organizativo la nueva
Constitución que se instauró hace unos pocos decenios. Al principio se creyó que con la
implementación de esta Carta Magna, las complejas problemáticas que agobiaban al país, se
9. iban resolver. No obstante, lo que expresa el contexto actual difiere absolutamente de lo que
se pretendía alcanzar. En primer lugar, se suponía que los partidos tradicionales iban a
permitir que los demás grupos políticos participaran en las decisiones determinantes de la
administración gubernamental, porque así se estipulo en el contenido de la Constitución, sin
embargo, según lo percibido en la contemporaneidad, el bipartidismo ha sabido mover sus
fichas para acondicionarse a las modificaciones que se le plantaron en la actualidad. Por eso
es que el pluralismo en Colombia todavía no se consolida como su definición lo dicta y del
mismo modo, por esa razón es que a la sociedad civil se le nota como un ente marginado,
excluido, sin el derecho de inclusión.
Entonces, aquella premisa que intentaba instaurar un sistema de democracia participativa,
quedó como un supuesto imaginario, solo se manifestó a través del documento, no fue
llevado a la práctica y ni siquiera se exhibieron intentos de su aplicación. De ahí que se
exprese que la reciente Constitución no denota lo que realmente vive el país, que no se ve
capacitada de delimitar la situación en la que coexiste y funciona la nación.
Quizá esa imposibilidad de adaptación se le confiera al modelo mismo de la Constitución,
pero lo cierto es que si esta Carta no ha encajado como se pensaba al principio, es por la
propia limitación de la sociedad, que en estos momentos no se siente preparada
colectivamente para apropiar como se debe lo que se establece y funda en la Ley
Fundamental.
Es posible que Colombia en unos cuantos años logre disponer para el beneficio del interés
general, la magnificencia que se oculta en el documento constitucional. Tal vez, los
colombianos aprendan que existe un organismo que avala sus derechos y que ante que nada,
siempre los estará respaldando ante algún atropello. Ojalá, aunque esta Constitución no sea
el mejor de los modelos, se valore la riqueza que posee para el territorio colombiano, porque
al aprender de este compendio, los individuos, como pueblo soberano, podrán derrocar aquel
autoritarismo que se ha incrustado desde hace varios siglos en la historia del país, y se podrá
gestar o desarrollar un movimiento de renovación en el que verdaderamente sean efectivos
los derechos democráticos y participativos.
10. Referencias
Restrepo, W. (1992). Estado, Constitución y Crisis Política. Colombia: Editorial
Universidad de Antioquia.
Quisbert, E. (2012). La Constitución Política del Estado. La Paz, Bolivia:
Apuntes Jurídicos.