2. ¿Qué es una factura de la luz?
• La factura de la luz es el
comprobante que recibe el
consumidor de electricidad.
• Donde se justifica el importe que
debe pagar por el abastecimiento de
luz y que generalmente se abona a
través de domiciliación bancaria.
3. Término de potencia
• El importe por la potencia contratadas es uno de los importes principales que
encontraremos en nuestra factura de la luz. Es decir, el término de potencia
representa el coste fijo por disponer del servicio de suministro eléctrico, y se paga
independientemente de si consumo más o menos energía, incluso si no se consume
nada en todo el mes. Por tanto, se paga un coste por cada kW contratado y por cada
día de suministro, y así debe venir indicado claramente en la factura, bien en
euros/kW/ día o euros/ kW/mes o euros/kW/año.
4. Impuesto Eléctrico
• Este impuesto, fijado por el
Gobierno, se aplica a la suma
del importe del término Fijo y
del Termino de Energía,
incluyendo descuentos si los
hubiera. El impuesto eléctrico
se calcula como el 4,864% de
la suma del término de Energía
y el término de potencia,
multiplicado por 1, 05113.
5. Energía Consumida
• Es lo que pagas según la energía que hayas consumido. La cifra resultante se
calcula multiplicando los Kwh de energía que has consumido por el precio que
tienes contratado.
• Algunas tarifas tienen varios periodos de facturación (P1, P2, P3) que representan
distintos tramos horarios del día con precios diferenciados.
6. Gráfico de consumos
• Cada euro de tu factura sirve para cubrir los
diferentes costes asociados a tu consumo
eléctrico. En este gráfico puedes ver
exactamente donde van destinados: hay una
parte destinada a cubrir el coste de producir
la energía y el margen de la
comercializadora con la que mantienes tu
contrato de suministro. El resto son costes
que regula el Gobierno. Adicionalmente,
también muestra el desglose de los costes
regulados mas importantes: incentivos a
energías renovables, cogeneración y residuos
así como la parte destinada a cubrir los
costes de las redes eléctricas como la
distribución y el transporte de la electricidad.
7. Contratos
• Contrato de suministro: es el contrato que mantienes con tu comercializadora para
regular tu suministro de electricidad.
• Contrato de acceso: es el contrato que mantienes con tu distribuidor donde se
regula tu acceso a las redes sociales. Normalmente esto lo contrata la
comercializadora en nombre del cliente.
8. ¿Qué es la actividad económica?
• Una actividad económica es un proceso en el que se genera o distribuye un producto o un
servicio. Al generar un servicio o un producto, nuestra entidad, está creando valor.
Generalmente, la creación de valor lleva al obtención de la renta, y es ahí donde la actividad
económica adquiere relevancia fiscal.
9. ¿ Que es la tarifa de acceso?
• Es la tarifa que paga la
compañía Comercializadora
a la Compañía Distribuidora
por el uso de la red de
distribución de la energía.
• Es una tarifa fijada por el
Gobierno y que paga al
cliente a través de su
compañía Comercializadora
cuando contrata una tarifa en
el mercado libre.
10. ¿ Que son las lecturas?
• En el caso de elegir una factura alternando la
factura real y estimada, una de ellas en la que
hace referencia a la lectura real absorbe los
errores a la alza o a la baja de la anterior que se
ha hecho estimada. Para la estimación, las
compañías deben tomar como referencia el
consumo real que tuvo lugar el año pasado por las
mismas fechas.
• La devolución del exceso facturado se ha de
realizar en los 3 días hábiles siguientes a la
lectura.
• Las compañías están obligadas a hacer un
mínimo de dos lecturas reales al año.
• Existe la posibilidad de comunicar uno mismo a
la compañía el consumo registrado en nuestro
contador y que elabore la factura con datos
reales. Hable con su comercializadora.
11. Dirección de suministro, CUPS y
Período de facturación
• Dirección de suministro: Es
aquella donde se presta el
servicio. Puede ser diferente a la
dirección postal en caso de que
tengas varios puntos de
suministro.
• CUPS: Es el código Único de
Suministro. Es como el DNI del
mismo. Este será el número que
se te solicitará cuando contactes
con nosotros.
• Periodo de facturación: Es el
periodo en el que se produjo tu
consumo y por el cual se factura.
12. Potencia contratada y Lecturas del
contador
• Potencia contratada: Mide la
cantidad máxima de electricidad
que puedes llegar a consumir en
un momento dado. Cuantos mas
aparatos eléctricos utilices, más
potencia necesitarás. Es como el
“ancho de banda” en Internet.
• Lecturas del contador: Muestra el
consumo total del periodo en kWh,
calculado a partir de la diferencia
entre la lectura actual y la anterior.
13. ¿ Qué es el término de energía?
El término de energía hace
referencia al precio que pagas por la
energía que consumes.
Se trata de un coste variable en
función de tu consumo. El importe
que hay que abonar por este
concepto es el resultado de
multiplicar la energía consumida
durante el período de facturación
que corresponda por el precio del
término de la energía, que dependerá
de la tarifa o producto que tengas
contratado.
14. ¿ Qué datos pueden aparecer en
mi factura?
• El número del contrato de suministro.
• La fecha de finalización del contrato.
• La identificación del punto de suministro mediante el código CUPS ( código
universal de punto de suministro).
• El periodo de facturación referido al periodo de prestación del servicio.
• La potencia contratada expresada en kW.
• La tarifa de acceso, en función de la potencia contratada y discriminación horaria.
15. ¿ Que datos pueden aparecer en
mi factura?
• La energía consumida expresada en Kwh.
Durante el período de facturación.
• La potencia facturada, resultado de
multiplicar la potencia contratada por el
número de días facturados y el precio del
Kw.
• La energía facturada, resultado de multiplicar
el consumo durante el período de facturación
por el precio de la energía.
• El impuesto sobre la electricidad, aplicable al
consumo y la potencia (5.1127% que sale
como resultado de elevar las bases de
facturación en 1,05112 y aplicar una tasa del
4,864%).
• El coste del alquiler de equipos de medida
( en caso de que el consumidor no sea
propietario del mismo)
• El IVA aplicable sobre la electricidad (21%)