Este documento habla sobre los derechos de autor y cómo se dividen en derechos morales y derechos patrimoniales. Los derechos morales le dan al autor control sobre la divulgación, modificación y atribución de su obra. Los derechos patrimoniales se refieren a los beneficios económicos de explotar la obra. Para que una obra sea protegida por derechos de autor, debe registrarse en la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
1. DERECHOS DE AUTOR POR:CARLOS ALVARADO Y ANDERSON MORALESGBI DERECHOS DE AUTOR Son todas las normas que salvaguardan al autor como creador de una obra tanto literaria, artística e industrial. Los derechos de autor se dividen en dos segmentos fundamentales:
2. DERECHOS MORALES: Son derechos que se dan al autor para decidir sobre básicamente la divulgación, la modificación y a reclamar su paternidad sobre su obra, además de la oposición a la alteración y mutilación de la misma. el autor es a perpetuidad el actor intelectual y material de su obra. PINTURADE ALVARO DAZA
3. DERECHOS PATRIMONIALES: Tiene que ver básicamente con los beneficios económicos de la explotación de la obra. En la legislación colombiana el autor tiene derecho sobre su obra durante toda su vida y 80 años después de su muerte, a partir de este momento pasa a ser del estado o sea un bien publica. =
4. ¿QUE ES UNA OBRA?z Una obra es una creación de la mente humana y que se ve materializada en una forma perceptible por los sentidos y esta es original. Las obras se dividen en dos propiedades: PROPIEDAD INTELECTUAL: que incluye todas las invenciones , patentes industriales, modelos, dibujos, marcas, indicaciones geográficas de origen de circuitos integrados, etc.. ESTA ES UNA PATENTE DE UN CELULAR. POR EJEMPLO: MICRISOFT ES UNA MARCA REGISTRADA.
5. PROPIEDADA DE OBRAS LITERAREAS Y ARTISTICAS: se protegen las obras literaria en cualquier forma, los dibujos, las pinturas, esculturas, obras fotográficas, audiovisuales como películas y novelas, las coreografías, las obras de arquitectura, etc.. c
6. REGISTRO DE UNA OBRA Una obra artística, literaria o en su caso una obra industrial se debe registrar anta la Dirección Nacional del Ministerio del Interior. Para esto se debe diligenciar un formulario que se suministra gratuitamente o que se puede descargar en la pagina www.derautor.gov.co y se debe enviar a la oficina de derecho de autor en Bogotá. La obra debe tener algunas características especiales : la primera pagina debe contener el nombre de la obra y el nombre del autor.
7. ELCOPIAR Y PEGAR DE INTERNET Según la opinión de Fernando zapata , esto no constituye una buena practica para nuestro sistema educativo. Mas bien seria interesante que los estudiantes aprendan a utilizar el derecho de cita lo que significa reflexionar sobre la idea, elaborarla y presentarla. Para los autores es aceptable que los citen en los trabajos que confirman o deniegan lo dicho por ellos.
8. CONCLUCIONES DE LA ENTREVISTAA FERNANDO ZAPATA LOPÈZ. En cuanto a las nuevas tecnologías como internet es importante tener en cuenta que las leyes sobre derecho de autor se deben interpretar de acuerdo a cada situación y además se deben crear leyes al efecto. Colombia tiene una ley de derechos de autor con altos grados de resguardo. Y esto también incluye el entorno digital La ley sobre derecho de autor tiene una limitación y esta es en aras de la cultura. Sin embargo debe prevalecer sobre esta.
9. El derecho de los usuarios a utilizar las obras sin previa autorización de los autores es mediante reprografía y es para consulta y es permitido la reproducción de las obras parcialmente y se les debe dar un uso honrado. El uso personal de una obra en el ambiente virtual, se debe entender como un uso honrado esto quiere decir que no se debe explotar económicamente y mas bien se debe hacer uso de ella como un libro de una biblioteca el cual solamente se mira, se consulta etc.… En España uno puede bajar de la red un documento a un diskette o CD ROM y en el valor que se paga por uno de estos medios se incluye una parte para la sociedad de autores.
10. Un estudiante podrá utilizar material grafico siempre y cuando no este explícitamente prohibido su uso. Por ejemplo los editores de libros toman las imágenes de un banco de imágenes simplemente pagan por ella. ANEXO Existe un derecho llamado conexo que es concedido para interpretes o ejecutantes de discos, casetes y discos compactos, además de ejecuciones, fonogramas y emisiones de radiodifusión, comparativamente.