Políticas Para El Uso del software libre
Software Libre
Es un programa de computación cuya licencia garantiza al
usuario acceso al código fuente del programa y lo autoriza
a ejecutarlo con cualquier propósito, modificarlo y
redistribuir tanto el programa original como sus
modificaciones en las mismas condiciones de
licenciamiento acordadas al programa original, sin tener
que pagar regalías a los desarrolladores previos.
Implica conocimiento sin restricciones del mismo, significa
independencia tecnológica y capacidad de innovación sin
tener que construir desde cero. El software libre transmite el
espíritu comunicativo y participativo que ha sido el motor de
la ciencia desde sus orígenes y que no mediatiza la
expresión de la propia capacidad con licencias, títulos o
patentes.
Principios rectores expresados en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela :
Inclusión Social.
Solidaridad y Cooperación.
Apropiación del Conocimiento.
Independencia Tecnológica.
El Software Libre le permite al estado venezolano, lo siguiente:
Garantizar la seguridad de la información y sus
procesos.
Garantizar la Interoperabilidad de los sistemas.
Reducir costos de adquisición y replicación de
aplicaciones.
Favorecer la inversión del componente de
desarrollo, soporte y servicio nacional.
Garantizar la transferencia tecnológica.
Rol del CNTI en el uso del Software Libre
Luego del decreto 3.390,el Ministerio de Ciencia y
Tecnología (MCT),ocupó el rol de capacitar y formar a los
funcionarios públicos en el proceso de migración. En
sentido, el Centro Nacional de Tecnologías de Información
(CNTI), adscrito al MCT, juega un papel importante en el
desarrollo de las fases contempladas en el Decreto N
3.390, donde orienta a los organismos gubernamentales
en su proceso de migración. Este soporte consiste en
capacitación y asesoramiento técnico, certificación de
productos y servicios, apoyo alas
comunidades, proporcionando al funcionario público y al
usuario, los conocimientos necesarios para alcanzar el
dominio de este tipo de herramientas.
“EL PRIMER PODER QUE DEBE TENER EL PUEBLO ES EL CONOCIMIENTO”
Un elemento de suma importancia en el desarrollo tecnológico es
precisamente el software, motor de la tecnología aplicada.
El software posee una particularidad bastante interesante que lo
diferencian y caracterizan en relación a los otros elementos que aquí
se desarrollan: La propiedad del software no se adquiere.
Es decir, que del software se obtiene un permiso (licencia) que habilita
al permisario (licenciado) ciertas prerrogativas para su uso, copia,
modificación y distribución. Generalmente, estamos acostumbrados a
la Licencia de Uso exclusivamente. Una licencia que permite al
licenciado únicamente usar el programa para el fin específico que fue
realizado; o para no usarlo ya que no existe obligatoriedad de uso.
El objetivo de garantizar la soberanía en materia de tecnologías de
información, la democratización del conocimiento y su apropiación
social, el Gobierno Bolivariano ha generado un marco jurídico que
impulsa la modernización del país.
Gaceta Oficial 39.633
El día de ayer 14 de Marzo se publicó en Gaceta
Oficial N° 39633, una resolución que obliga a toda
la Administración Publica Nacional a usar Canaima
GNU/Linux como sistema operativo estándar en las
ROMPIENDO estaciones de trabajo.
BARRERAS
La resolución específicamente dice lo siguiente:
Resolución mediante la cual se establece el uso de Canaima
GNU/Linux como sistema operativo de Software Libre en las
estaciones de trabajo de los Órganos y Entes de la Administración
Pública Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, con el
propósito de homogeneizar y fortalecer la plataforma tecnológica
del Estado Venezolano.
Y aunque no dice la palabra “obligatorio”, todo lo que sale en
Gaceta Oficial es obligatorio.