Las 10 decisiones estrategicas en administracion de operaciones
2009 Informativas - Novedades Informáticas
1. Declaraciones Informativas 2009 y
otras novedades tributarias
Aspectos Informáticos y Telemáticos
Bartolomé Borrego Zabala
bartolome.borrego@correo.aeat.es
@bartolomebz
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla – Dependencia Regional de Informática
2. Programa
Programas de ayuda de declaraciones informativas.
Resolución de errores e incidencias de declaraciones informativas
presentadas.
Verificación censal de contribuyentes.
Novedades en la Colaboración Social y en el Registro de Apoderamientos.
La Dirección Electrónica Única y las notificaciones telemáticas seguras.
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3. Programas de ayuda de
declaraciones informativas
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4. Programas de ayuda
Programas de ayuda de Declaraciones Informativas:
– Fecha de puesta a disposición en la sede electrónica de la AEAT:
Mediados de diciembre de 2009.
Plataforma de Declaraciones Informativas
– Versión 3.20.
– Windows, Linux, Mac OS X y Otros sistemas
– Requiere Máquina Virtual Java
Programas de prevalidación:
– Desarrollados para poder ser usados en equipos con sistema operativo
Windows.
– Para todos los modelos de declaraciones informativas.
Confección y presentación de declaraciones negativas.
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5. Acceso a los programas
www.agenciatributaria.es
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6. Acceso a los programas
Modelo 180
Modelo 182
Modelo 184
Modelo 188
Modelo 190
Modelo 193
Modelo 198
Modelo 296
Modelo 345
Modelo 347
Modelo 349
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7. Novedades en el Programa de Ayuda
GESTIÓN DE REGISTROS DUPLICADOS.
Para aquellos modelos que lo incluyan, aparecerá la correspondiente opción de menú
o botón de la barra de herramientas:
Se ejecuta el siguiente asistente:
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8. Novedades
Un ejemplo con la estrategia de Agregar:
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9. Novedades
Y se muestran los registros
encontrados y como
quedarían después de
ejecutar la operación:
Pulsando siguiente se realiza
la agrupación de registros:
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10. Novedades
ORDEN DE ERRORES Y AVISOS:
En las preferencias de la plataforma se puede seleccionar el orden en que se
muestran los errores y avisos:
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12. Resolución de errores e
incidencias de declaraciones
informativas presentadas
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13. Tratamiento de las declaraciones
complementarias y sustitutivas
Tratamiento de las declaraciones complementarias y sustitutivas de acuerdo con lo
previsto en RGAT:
– Distinción entre complementarias por modificación/anulación de datos de las
complementarias por inclusión de nuevos datos.
Procedimiento:
– Declaración sustitutiva:
sustitutiva
• Para cambiar la totalidad de los datos.
• Utilización del programa de ayuda y selección de la opción de declaración sustitutiva.
– Complementarias por inclusión de nuevos datos: datos
• Utilización del programa de ayuda para seleccionar la opción de complementaria.
– Complementaria por modificación/anulación de los datos declarados:
declarados
• Utilización de la plataforma del servicio de consulta y modificación de declaraciones
informativas para complementarias por vía telemática.
• Durante la Campaña Informativas:
– No se van a poder eliminar registros
– No se va a poder modificar la hoja resumen
• A lo largo de 2010:
– Sí se podrá dar de baja registros
– Aparecerán dos nuevos servicios disponibles: Modificar hoja resumen y Baja
registros detalle
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14. Declaraciones sustitutivas y
Complementarias por inclusión de nuevos datos
UTILIZACIÓN DEL
UTILIZACIÓN DEL
PROGRAMA DE AYUDA
PROGRAMA DE AYUDA Declaración sustitutiva
1234567890123456
Declaración complementaria
por inclusión de nuevos datos
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15. Subsanación de errores
Ruta de acceso:
– Oficina Virtual » Consultas personalizadas »
Consulta de corrección de errores de declaraciones informativas
Acceso a la corrección en nombre propio y al Colaborador Social que
presentó la declaración
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17. Resumen de situación de expedientes
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18. Relación de Expedientes
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19. Ventana de detalle
“Consulta detallada de anomalías”: abre un documento en formato PDF con las anomalías
detectadas en la declaración.
“Modificar registros de detalle”, permite entrar en la declaración y corregir los datos erróneos.
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20. Modificar registros de detalle
Después de realizar la “selección” o “búsqueda” del registro erróneo
aparece el mismo. Para acceder a su detalle, se debe pulsar sobre el icono
“+”, situado a la izquierda del registro.
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21. Errores del Registro
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22. Modificación del registro
Una vez se pulsa en el icono “+”, se despliegan los campos del registro. Los campos en color rojo
muestran los contenidos erróneos. Tras modificarlos se debe pulsar el botón “Evaluar cambios”
para comprobar si las modificaciones se tienen como correctas o no.
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26. Justificante de la corrección presentada
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27. Verificación censal de
contribuyentes
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28. Comprobación previa de estar censado
Utilización de la
opción de verificación
de alta censal.
RUTA DE ACCESO
» Oficina Virtual
» Consultas
personalizadas
» Comprobación de
estar censado en
la AEAT como
contribuyente
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29. Descarga del modelo de alta censal
RUTA DE ACCESO
» Modelos y
Formularios
» Declaraciones
» Censos, Certificados
y Otros
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30. Novedades en la Colaboración
Social y en el Registro de
Apoderamientos
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31. Comparación entre LGT y LAE
LGT LAE
– Colaboración Social – Régimen de
Representación Habilitada
– Registro de – Registro Electrónico de
Apoderamientos Apoderamientos
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32. Colaboración Social
Actúa bajo un sistema presuntivo de representación en el que debe de
existir autorización, aunque ésta no debe aportarse a priori ante la
Administración.
Limitación:
– No puede aplicarse a todas las actuaciones ni al acceso a datos sensibles.
Novedad:
Novedad
– Posibilidad de solicitar certificados tributarios:
• De contratistas y subcontratistas.
• De estar al corriente de obligaciones tributarias (para autorización de
contratos, transportes y subvenciones)
• De residencia Fiscal
– Para la descarga de la oficina virtual el colaborador social ha de disponer del
oportuno apoderamiento electrónico.
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33. Vector de Representación
Utilizable en determinadas actuaciones y acceso a datos sensibles.
Requiere acreditar a priori de forma fehaciente la correspondiente
autorización.
Profesionales tributarios deben ser conscientes de la importancia del
concepto “Cadena de Servicios”, que multiplica el valor añadido.
Servicios
Regulación: Resolución 20-Junio-2007 (B.O.E. 26-6-2007)
– Permite otorgar poderes:
• Con carácter general.
general
• Para trámites que exijan acreditación por
cualquier medio admitido en Derecho que deje
constancia fidedigna o mediante comparecencia
ante el órgano administrativo competente.
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34. Tipos de Registros de apoderamiento
PF
PF Personas Físicas
PJ
PJ PODERDANTES Personas Jurídicas
ESPJ
ESPJ Entidades sin
Personalidad Jurídica
Por Internet con firma electrónica
Documento público o privado con firma notarialmente legitimada
Comparecencia personal
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35. Tipos de Registros de apoderamiento
PF
PF
PJ
PJ ACEPTACIÓN
ACEPTACIÓN
?
ESPJ
ESPJ
ACEPTACIÓN DE
RECEPCIÓN DE
NOTIFICACIONES
TELEMÁTICAS
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36. Tipos de Registros de apoderamiento
PF
PF
PJ
PJ ACEPTACIÓN
ACEPTACIÓN
?
ESPJ
ESPJ
PF fallecidas
PF fallecidas
PJ extinguidas
PJ extinguidas
ESPJ extinguidas TRÁMITES O ACTUACIONES CUYA
ESPJ extinguidas
REALIZACIÓN POR INTERNET SEA
Representantes
Representantes OBLIGATORIA
legales de personas
legales de personas
carentes de capacidad
carentes de capacidad
de obrar
de obrar
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37. Tipos de Registros de apoderamiento
PF
PF
PJ
PJ ACEPTACIÓN
ACEPTACIÓN
?
ESPJ
ESPJ
PF fallecidas
PF fallecidas
PJ extinguidas
PJ extinguidas
ESPJ extinguidas
ESPJ extinguidas
CONSULTA
CONSULTA
Representantes
Representantes
legales de personas
legales de personas CONSULTA
AL SERVICIO
carentes de capacidad
carentes de capacidad Acreditación
JURÍDICO
de obrar
de obrar
condición
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38. Trámites a apoderar
Resolución de 20-6-2007
A) TRÁMITES B) HABILITACIÓN TRÁMITES EXCLU.
INDIVIDUALES GENERAL HABILITAC. GENERAL
GENERALLEY58 Recursos o Consulta datos
personales.
GENERALNOT reclamaciones,
Recepción de
CERTSOLICIT renuncia a notificaciones.
GESTCENGP001 derechos, Pago deudas
NOTCOMPEN reconocimiento mediante
NOTDINF adeudo en
de obligaciones, cuentas del
PRELIBCON001
devolución poderdante
PREMOD380001
ingresos Otros trámites
……….. que puedan
……….. indebidos, otros. habilitarse.
Art. 46.2 LGT No Art. 46.2 LGT
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39. Revocación de apoderamientos
PF
PF
PJ
PJ PODERDANTES/REVOCADORES
ESPJ
ESPJ
Por Internet con firma electrónica
Documento público o privado
con firma notarialmente legitimada
Comparecencia personal
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40. Apoderamiento para la recepción de notificaciones
Para su validez se precisa la aceptación expresa del apoderado, sin
la cual no surtirá efecto:
– Por comparecencia
– Documento con firma legitimada notarialmente
– A través de Internet
Implica el consentimiento del poderdante para que el apoderado
reciba notificaciones electrónicas.
Las comunicaciones y notificaciones se realizarán preferentemente
de forma telemática, si bien, también pueden practicarse, en su
caso, en soporte papel.
El alcance de estas comunicaciones y notificaciones electrónicas
comprende también las notificaciones por comparecencia.
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41. Simulación de Apoderamientos
a través de la web de la A.E.A.T.
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42.
43.
44.
45. 12345678B - GARCIA GARCIA JUAN
Alta de Poder General para trámites tributarios
Alta de Poder General para trámites tributarios
46. 12345678B - GARCIA GARCIA JUAN
11222333W
Alta de Poder General para trámites tributarios
Alta de Poder General para trámites tributarios
47. 12345678B GARCIA GARCIA JUAN
11222333W GOMEZ GOMEZ ANTONIO
Alta de Poder General para trámites tributarios
Alta de Poder General para trámites tributarios
48.
49. 12345678B - GARCIA GARCIA JUAN
11222333W
Alta de Poder para trámites tributarios específicos
Alta de Poder para trámites tributarios específicos
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50. 12345678B - GARCIA GARCIA JUAN 42333555Z - GOMEZ GOMEZ ANTONIO
Alta de Poder para trámites tributarios específicos
Alta de Poder para trámites tributarios específicos
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla – Dependencia Regional de Informática 50
51. 12345678B - GARCIA GARCIA JUAN 42333555Z - GOMEZ GOMEZ ANTONIO
Alta de Poder para trámites tributarios específicos
Alta de Poder para trámites tributarios específicos
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla – Dependencia Regional de Informática 51
52. 12345678B - GARCIA GARCIA JUAN 42333555Z - GOMEZ GOMEZ ANTONIO
Alta de Poder para trámites tributarios específicos
Alta de Poder para trámites tributarios específicos
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla – Dependencia Regional de Informática 52
53. 12345678B - GARCIA GARCIA JUAN 42333555Z - GOMEZ GOMEZ ANTONIO
Alta de Poder para trámites tributarios específicos
Alta de Poder para trámites tributarios específicos
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla – Dependencia Regional de Informática 53
54.
55. 12345678B - GARCIA GARCIA JUAN
Consulta y Revocación de apoderamientos otorgados
Consulta y Revocación de apoderamientos otorgados
56. 12345678B - GARCIA GARCIA JUAN
11222333W
11222333W
11222333W
11222333W
11222333W
11222333W
Consulta y Revocación de apoderamientos otorgados
Consulta de apoderamientos otorgados
Consulta y Revocación de apoderamientos otorgados
Consulta de apoderamientos otorgados
57. 12345678B GARCIA GARCIA JUAN
11222333W GOMEZ GOMEZ ANTONIO
Consulta de apoderamientos otorgados
Consulta de apoderamientos otorgados
58. 12345678B GARCIA GARCIA JUAN
11222333W GOMEZ GOMEZ ANTONIO
Revocación de apoderamiento otorgado
Revocación de apoderamiento otorgado
59. 12345678B GARCIA GARCIA JUAN
11222333W GOMEZ GOMEZ ANTONIO
Revocación de apoderamiento otorgado
Revocación de apoderamiento otorgado
60.
61. Consulta y Confirmación de apoderamientos recibidos
Consulta y Confirmación de apoderamientos recibidos
63. Apoderamientos por
comparecencia personal
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla – Dependencia Regional de Informática
64.
65.
66. Modelo de apoderamiento por personación
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla – Dependencia Regional de Informática 66
68. Modelo de realización de trámites por sucesores o
Modelo de realización de trámites por sucesores o
Representantes legales de incapacitados
Representantes legales de incapacitados
69. La Dirección Electrónica Única
y las notificaciones telemáticas
seguras
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70. Notificaciones Telemáticas Seguras
Sistema de notificación a través de Internet que otorga pleno valor jurídico y
total garantía de seguridad y confidencialidad de los participantes y la
información gestionada.
Comunicaciones cifradas que únicamente pueden ser leídas por el
destinatario, ya que la información sólo se desencripta en ordenador del
destinatario.
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71. Entidades adheridas
Agencia Tributaria, Dirección General de Tráfico,
Agencia Española de Protección de Diputación de Ourense,
Datos, Gobierno de Navarra,
Ayuntament d’Alfafar, Instituto de Fomento de la Región
Ayuntament de Xàtiva, de Murcia,
Ayuntament de Viladasens, Ministerio de Cultura,
Comisión del Mercado de las Ministerio de Educación,
Telecomunicaciones, Ministerio de Fomento,
Comisión Nacional de Energía, Ministerio del Interior,
Cambra de Comerç de Barcelona, Ministerio de Sanidad y Política
Correos, Social,
Consejo Superior de Deportes, Oficina Española de Patentes y
Dirección General de Costes de Marcas, y
Personal y Pensiones, Universidad de Cádiz.
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72. Legislación aplicable
Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, que regula la utilización de
263/1996
técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración
General del Estado.
Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los
209/2003
registros y notificaciones telemáticas.
Orden PRE/1551/2003, de 10 de junio, por la que se desarrolla la
PRE/1551/2003
disposición final primera del Real Decreto 209/2003.
Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los
11/2007
Servicios Públicos.
RD 1671/2009, 6 noviembre, que desarrolla parcialmente la Ley 11/2007.
1671/2009
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73. Utilización del servicio
1. Obtención del Certificado de Usuario Clase 2CA de la FNMT-RCM u otro
de los admitidos.
2. Creación de la dirección electrónica única (DEU), que en principio tendrá
una vigencia indefinida (Alta en el servicio)
3. Suscripción a los procedimientos que los distintos
Organismos ponen a disposición del usuario.
4. El interesado ha de señalar
este medio como preferente
y manifestar su consentimiento
(art. 28 LAE)
5. Aviso de notificación.
6. Acceso a la notificación.
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75. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla – Dependencia Regional de Informática 75
76. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla – Dependencia Regional de Informática 76
77. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla – Dependencia Regional de Informática 77
78. Estados de las notificaciones
Puesta a disposición
Leído
Rechazado
– Misma consideración que cuando se rehusa, dándose por notificado
Rechazado de forma automática
– Si transcurso de 10 días naturales desde la puesta a disposición en el
buzón.
– Efecto de notificación (art. 59 Ley 30/1992) con fecha del día siguiente,
salvo que de oficio o a instancia del interesado se compruebe la
imposibilidad técnica o material del acceso.
Las notificaciones son almacenadas
30 días naturales desde su recepción
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79. Ventajas del Servicio
Comodidad del acceso.
Ahorro de tiempo y de costes indirectos al poder solucionar incidencias más
rápidamente.
Único para todas las Administraciones.
Mecanismo confidencial y privado.
Flexible, los documentos pueden:
– Leerse o rechazarse,
– Eliminarse o almacenarse, y
– Descargarse e imprimirse
Voluntario, salvo que establezca su obligatoriedad.
Gratuito para el ciudadano.
Reversible, el ciudadano puede darse de baja.
Profesionales tributarios ventaja adicional:
– Puede centralizar en la DEU todas las comunicaciones relativas a declaraciones
de sus clientes.
– Permite atender más rápidamente la comunicación y resolver la presunta
incidencia sin que intervenga el obligado tributario.
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80. Altas en Notificaciones Telemáticas (AEAT)
44.611 altas
50.000
40.000
30.000
20.000
10.000
0
3 4 4 4 5 5 5 6 6 6 7 7 7 8 8 8 9 9 9
t-0 b-0 n-0 ct-0 b-0 n-0 ct-0 b-0 n-0 ct-0 b-0 n-0 ct-0 b-0 n-0 ct-0 b-0 n-0 ct-0
oc fe ju o fe ju o fe ju o fe ju o fe ju o fe ju o
Altas Acumulado Actualización: 30-noviembre-2009
Actualización: 30-noviembre-2009
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla – Dependencia Regional de Informática
81. Modificaciones normativas previstas
Proyecto de Real Decreto XX/2009, de XX de XX, de modificación de
determinadas obligaciones tributarias formales y procedimientos de
aplicación de los tributos, de adaptación de la normativa tributaria a las
disposiciones comunitarias y de modificación de otras normas con
contenido tributario:
– Artículo 115 bis. Notificaciones en dirección electrónica.
1. Cada Administración tributaria podrá acordar la asignación a los obligados tributarios
que no tengan la condición de persona física, de una dirección electrónica para la
práctica de notificaciones.
.........
4. En el ámbito de competencias del Estado, mediante Orden del Ministro de Economía y
Hacienda se concretará el régimen de asignación de la dirección electrónica por la
Agencia Estatal de Administración Tributaria así como su funcionamiento y posible
extensión al resto de la Administración tributaria estatal.
Anteproyecto de ley de Economía Sostenible:
– Añade apdo. 3 al art. 110 de la LGT:
3. En el ámbito de competencias del Estado, el Ministro de Economía y Hacienda podrá
establecer los supuestos y condiciones en que los obligados tributarios quedarán
obligados a recibir las notificaciones que practique la Administración tributaria por
medios electrónicos.
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla – Dependencia Regional de Informática 81
82. Novedad importante para 2010
Ley 11/2007, de 22 de junio (BOE de 23-6-2007)
– Entrada en vigor: 24-6-2007
– Plazo para implantación:
• 1-1-2010, para Administración General del Estado y los organismos
públicos vinculados o dependientes de ésta.
• 1-1-2010, para CC.AA. y EE. LL., siempre que lo permitan sus
disponibilidades presupuestarias.
Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla
parcialmente la Ley 11/2007 (B.O.E. del 18).
En fase de proyecto:
– Proyecto de Real Decreto por el que se regula el Esquema Nacional de
Interoperabilidad.
– Proyecto de Real Decreto por el que se regula el Esquema Nacional de
Seguridad.
– Proyecto de regulación de la figura del Defensor del usuario de la e-Admon.
Otras normas pendientes de aprobación por la A.E.A.T.:
– Resolución que regule/adapte el Registro Electrónico de la A.E.A.T.
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla – Dependencia Regional de Informática 82
83. Muchas gracias
Bartolomé Borrego Zabala
Responsable de la División de Nuevas Tecnologías
Delegación Especial de la A.E.A.T. en Andalucía, Ceuta y Melilla
www.agenciatributaria.es