1. I CONGRESO INTERNACIONAL DE EDUCACIÓN, ENCINAS 2006
BALANCE DE LAS REFORMAS EDUCATIVAS Y PROYECTO EDUCATIVO NACIONAL
CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL
Por: Olmedo Auris Melgar*
Cuando conquistados la Ley del Profesorado (24029 y 25212) –aun vigente-, dijimos con
absoluta honestidad que, siendo importante lo obtenido, esto no era la panacea, por lo que es necesario seguir
luchando por su permanente perfeccionamiento. Porque nuestro enfoque dialéctico nos permite entender que nada
es eterno, que todo cambia y, por tanto, es perfectible. Por ello, todo cambio que generemos debe ser para avanzar
y no para retroceder, mucho menos para agredir.
Sin embargo, a lo largo de estos años, la Ley del Profesorado ha sido distorsionada y satanizada, culpándosela de
frustraciones, de impedimento para hacer carrera, de obstáculo para que los maestros alcancen mejores
condiciones de vida y trabajo. Y también se ha dicho –en un monstruoso sicosocial- ¡que es responsable de la
insuficiente calidad de la educación peruana! Todo esto es una infamia, cuyo objetivo central es crear las
condiciones para imponernos una CPM al gusto y la medida del inhumano modelo socioeconómico neoliberal, en el
que la educación es una mercancía más, y, por consiguiente, el docente es considerado como un insumo más del
sistema educativo. Esta propuesta es, pues, parte del cumplimiento de la Carta de Intenciones suscrita por el
gobierno de Toledo y el Fondo Monetario Internacional. Ésta y no otra es la cuestión medular.
¿QUÉ ES CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL (CPM)?
La CPM es un cuerpo jurídico ordenado y sistematizado que organiza y regula la formación Inicial y Continua, el
ingreso y posterior ejercicio de la profesión docente del sector público.
La CPM garantiza una formación eficiente y de calidad, respeta y mejora los derechos, permite el ejercicio
democrático de hacer Carrera Magisterial y revalora permanentemente al docente en lo profesional, social y
económico.
En otros países, la CPM recibe la denominación de Estatuto Docente. En nuestro país, desde 1984, la CPM es la
Ley del Profesorado (Leyes 24029 y 25212) que el gobierno pretende ignorar para desconocer derechos adquiridos
entre ellos la estabilidad laboral.
UBICACIÓN HISTÓRICA DE LA CPM
El tema de la Carrera Pública Magisterial no es nuevo. En el siglo XIX, fue una propuesta de los gobiernos de turno;
en el siglo XX fue reivindicación de los gremios magisteriales. Y ahora, a inicios del siglo XXI, se sugieren cambios
en la concepción de Carrera Pública Magisterial desde el mismo aparato del Estado. ¿Cuál es el trasfondo de este
requerimiento “innovador” desde el Estado? ¿Qué planteamos como maestros sobre una renovada propuesta de
Carrera Pública Magisterial? Para responder estas cuestiones, es necesario investigar, analizar, pero también
debemos participar reafirmándonos como educadores y defendiendo nuestros derechos.
ORIGEN Y EVOLUCIÓN DE LA CPM
Hace algo más de 140 años, el trabajo de los docentes de Universidades, Institutos y Colegios de Educación
Secundaria fue reconocido como Carrera Pública Magisterial. Al hacerlo, el 23 de febrero de 1861, el entonces
presidente Ramón Castilla señalaba en los considerandos:
“Que la enseñanza pública es la profesión creadora de todas las demás que existen en la sociedad; que, por
consiguiente, los que se dedican a ella deben gozar de todos los derechos y prerrogativa que las leyes acuerdan a
las carreras públicas más ilustres.”
El Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educación del Perú (SUTEP), propugnó desde la década del 70 una
Nueva Ley del Profesorado, donde se incluía un Título sobre Carrera Pública Magisterial. La Huelga Nacional
Indefinida del SUTEP de 1984 consiguió que se derogase el DL 22875 (1979) y el DS 008-80-ED (1980),
lográndose la promulgación de la Ley del Profesorado 24029 (1984) y su Reglamento (1985), normatividad
que fue mejorada por la lucha magisterial ejercida mediante las huelgas de nuestro Sindicato de 1986, 1988
y 1990. Fue así que se obtuvo la promulgación de la vigente Ley del Profesorado 25212 (1990), que modifica
2. algunos aspectos de la Ley anterior y su Reglamento, D.S. 19-90-ED. Esta Ley contempla una propuesta de
Carrera Pública Magisterial.
VISIÓN CONTEXTUAL DE LA CPM
El hecho de partir de una visión integral de los problemas de la Educación nos permite tener una propuesta, también
integral, de la Carrera Pública Magisterial. Esto es algo positivo, porque así estamos deslindando categóricamente
con una visión segmentada de la educación y de la realidad económica y social del país. Para nosotros, el maestro
es el sujeto de cambio fundamental del proceso enseñanza-aprendizaje. Es él quién orienta y contribuye a la
formación integral de los educandos. Por tanto, su formación no sólo tiene que ver con conocimientos, sino con
valores y con actitudes. Entender esto es fundamental, pues en diversos espacios del tejido social hay la idea de
que los maestros sólo estamos preocupados por el salario; y no es así. Para el SUTEP –hoy lo entendemos
mejor-, la Carrera Pública Magisterial no solo es jerarquización administrativa, ni montos salariales, sino y
sobre todo, formación profesional, rol del docente en la comunidad, investigación educativa, actualización,
capacitación y especialización.
CPM Y COMPROMISO SOCIAL Y PEDAGÓGICO
En una sociedad donde el conocimiento se ha convertido en una de las principales fuerzas productivas, el futuro
docente debe tener una formación sólida desde el punto de vista de la ciencia, del conocimiento
especializado y de la pedagogía.
Quien actúa dentro de la Carrera Pública Magisterial con honestidad debe ser reconocido por el Estado y la
sociedad; y quien infringe su noble condición de maestro tendrá que ser sancionado. En los dos casos se requiere
de la existencia de un Código de Ética Docente y de reglamentos específicos.
Un maestro debe estar suficientemente capacitado en las siguientes áreas:
1. Área de Cultura General
El maestro peruano debe manejar lo medular de la cultura general, pero sobre todo conocer la historia del país. Sólo
así demostraremos lo que todos aceptamos: que el conocimiento es un medio importante de desarrollo material y
espiritual.
2. Área Pedagógica
El maestro debe tener un posicionamiento de la ciencia pedagógica: un maestro que se precie de serlo debe tener
una formación que tenga como base la afirmación de que la Pedagogía es la ciencia que estudia los fenómenos
educativos, que por tanto tiene leyes, se basa en principios y tiene un método de investigación.
3. Área de Especialización
El maestro, deberá de tener una formación cultural general y una sólida preparación científica general en
Pedagogía, debe tener un conocimiento riguroso de su especialidad. El futuro docente de Matemática, Historia, Arte,
Lengua, Literatura, Física, Educación Física, etc., debe conocer el cuerpo medular de cada disciplina, y debe ser
capaz de transferirlos de un modo didáctico para que, a su vez, los educandos lo puedan asimilar con sentido
creativo y de modo crítico.
4. Área de Práctica Pre Profesional
En la propuesta del Proyecto Educativo Nacional que hemos entregado a nuestro país discutido y aprobado en el
marco del II Congreso Pedagógico Nacional del SUTEP (Noviembre del 2001) le damos especial énfasis a la
Práctica Pre Profesional Esta es parte fundamental del proceso educativo de los futuros docentes. Los Institutos
Pedagógicos y Facultades de Educación, tendrán como exigencia cumplir con una acreditación de calidad.
Nos oponemos tajantemente a que el criterio mercantil y rentista atente contra la calidad formativa de los
profesores.
SITUACIÓN ACTUAL DE LA LEY DEL PROFESORADO
Los maestros del SUTEP hemos visto cómo la dictadura fujimontesinista hizo tabla rasa de las conquistas de los
trabajadores en la Educación. En nuestro caso específico, sin derogar la vigente Ley del Profesorado, autoritaria y
sistemáticamente la violó. La Carrera Pública Magisterial, prevista en la Ley no solamente se incumplió, sino que se
precarizó el trabajo del maestro con el objetivo final de destruir la profesión docente. En buen romance, tanto el
fujimontesinismo como el actual gobierno han intentado impulsar una propuesta de Carrera Pública Magisterial sin
estabilidad laboral, con una suerte de contratos permanentes indignos.
3. PERFIL DOCENTE Y EVALUACIÓN: COLUMNA VERTEBRAL DE LA CPM
1. Perfil Docente
Desde nuestra óptica, y coherentes con los acuerdos del II Congreso Pedagógico Nacional, somos de la opinión que
el docente es el soporte básico del Proyecto Educativo Nacional (PEN), por lo que es indispensable trazar el perfil
del docente como el líder social que el país requiere, consustancial con la educación democrática, patriótica y de
calidad que propugnamos, perfil que significa el conjunto de cualidades, características o conductas que el maestro
y la maestra deben cultivar responsablemente ante su compromiso con la escuela y la sociedad en su conjunto.
Profundo respeto a la persona humana, amor a la niñez y juventud, preocupación permanente por la ciencia
pedagógica y por ampliar su horizonte cultural, comportamiento democrático dentro y fuera del aula, honradez y
amor a la verdad y al trabajo, patriotismo, espíritu solidario y firme compromiso con la búsqueda de una sociedad
nueva, solidaria y justa.
2. Evaluación
El gobierno y los mentores del neoliberalismo han montado un monstruoso sicosocial mediático, haciendo aparecer
al magisterio como opuesto a la evaluación con el propósito de indisponerlo ante la opinión pública. Esta infamia
busca desprestigiar al SUTEP y a los maestros peruanos.
Los maestros sabemos que la evaluación es parte consustancial de nuestro trabajo pedagógico y de la
propia Carrera Pública Magisterial. Es más la propia Ley del Profesorado, en su Art. 37º dice textualmente:
“La evaluación de los profesores es permanente e integral”; mientras que el Art. 165º del Reglamento de la
Ley del Profesorado es más claro y terminante al señalar: “La evaluación del profesorado es permanente,
integral, sistemática y acumulativa. Valora el proceso de desarrollo profesional continuo y el conjunto de
manifestaciones en el cumplimiento de sus funciones. La evaluación posibilita la promoción o ascenso a
niveles superiores.”
Lo anterior demuestra que ni el magisterio, ni mucho menos el SUTEP, son reacios ni renuentes a la evaluación.
Somos de la opinión que la evaluación debe tener un carácter eminentemente formativo, de superación y
promoción; mas no de carácter punitivo, ni mucho menos debe servir para despedir maestros.
La evaluación debe ser el correlato de la capacitación permanente, con reglas de juego claras y transparentes.
Donde el docente conozca qué se va a evaluar y quiénes son los evaluadores. Aún más: el SUTEP tiene que ser
parte de esta Comisión Evaluadora, para garantizar el sentido y alcances de ésta y, por cierto, asumir la defensa de
los intereses del magisterio. Finalmente, sostenemos enfáticamente que, en más de 20 años son, los gobiernos de
turno quienes han eludido la evaluación, congelando de esta forma la Carrera Pública Magisterial.
LA PROPUESTA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
La propuesta de la Carrera Pública Magisterial (CPM) que hoy está circulando contiene omisiones y limitaciones,
pero también agresiones a los derechos de los maestros, veamos:
1. Una nueva docencia debe ser parte consustancial de un Proyecto Educativo Nacional (PEN) que se oriente a
resolver la crisis general de la Educación Publica y contribuya con la construcción de una nueva sociedad;
donde los maestros tenemos que jugar un rol trascendente e histórico. Sin embargo el país continúa sin
Proyecto de Desarrollo Nacional y sin Proyecto Educativo, esto es responsabilidad de las clases dominantes.
Por tanto la CMP está fuera de contexto.
2. La propuesta de CPM omite olímpica y maliciosamente la formación inicial del docente, por tanto está ausente el
perfil docente que a juicio nuestro debe ser el de Líder Social. Por lo tanto es necesario garantizar desde el
Estado una formación inicial eficiente y de calidad poniendo énfasis en las Prácticas Pre Profesionales. Nos
oponemos tajantemente a que el criterio mercantil y rentista atente contra la calidad formativa de los
profesores.
3. El SUTEP y los maestros no somos opuestos ni renuentes a la evaluación. Sabemos que la evaluación es parte
consustancial de nuestro trabajo pedagógico. Es más, la propia Ley del Profesorado (Art. 37°) y su Reglamento
(Art. 165°) terminantemente señalan "que la evaluación del profesorado es permanente, integral, sistemática y
acumulativa".
4. La CPM considera al docente como un insumo del sistema educativo. Por esta razón, como el insumo
(docente) no garantiza calidad educativa, la CPM pretende despedir a los maestros. Aquí radica un encubierto
afán punitivo.
Para nosotros los docentes son sujetos del sistema educativo y no meros insumos. Los insumos vienen
a ser la calidad de desempeño, las competencias y los conocimientos de los docentes. Y si la calidad educativa
no es buena, hay que buscar la causa en su formación inicial y continua para resolver el problema.
4. El período de inserción propuesto por la CPM perpetua la precarización del trabajo docente, fomenta la
manipulación y la extorsión, y lo hace inviable porque no habrán profesores acompañantes por falta de
financiamiento.
Esta situación se evita prestando especial interés a la Práctica Pre Profesional del futuro docente.
5. La CPM propone 4 niveles magisteriales, de tal forma que a los 16 años de servicios el profesor llegaría al último
nivel.
Supongamos que un profesor ingresa a la CPM a la edad de 22 años, en condiciones normales a los 38 años
habrá llegado al IV nivel, sin embargo él permanecerá durante 27 años en un nivel máximo, sin ningún
aliciente, estímulos y expectativas que le permita su superación profesional.
Por tanto, esta propuesta de 4 niveles es antitécnico y no contribuye a motivar la cualificación
permanente del docente.
6.
Los mentores del neoliberalismo han montado un monstruoso sicosocial mediático contra la estabilidad laboral
responsabilizándola de la ineficiente calidad educativa, al sostener que la estabilidad laboral es un derecho
absoluto de los maestros.
Esto es infame y falso, porque la Ley del Profesorado (Art. 27°) y su Reglamento (Art. 120°) señalan
claramente las causas y sanciones por las que se pierde la estabilidad laboral.
La CPM al considerar al docente como un mero insumo, propone liquidar este derecho de la estabilidad
laboral.
7.
La propuesta de CPM está desfinanciada. Como siempre el financiamiento está ausente. Así ocurrió con la Ley
15215 y con la Ley del Profesorado y con la propia La Ley General de Educación (28044). Toda propuesta
seria y responsable necesariamente tiene que ir acompañada de un financiamiento que le otorgue viabilidad y
sustentabilidad en el tiempo. De lo contrario es una burla más que los maestros no podemos tolerar, tampoco
vamos a permitir e nos tomen por ingenuos.
Sino se invierte agresivamente en educación y no se cumple mínimamente con el Acuerdo Nacional de
incrementar anualmente el presupuesto del sector en no menos de 0.25 % de PBI, la Escuela Pública
colapsará, morirá.
CONCLUSIONES:
El señor Hugo Díaz -autor intelectual de la propuesta de CPM del Ministerio de Educación- sostiene, muy
alegremente, que para enfrentar la crisis de la educación pública no es necesario que la inminente Ley de CPM esté
ligada a un Proyecto Educativo Nacional (PEN). Y que con 1,028 millones de soles tendremos, en 8 años, una CPM
que remontará esta oprobiosa situación: así de barata y fácil es, para él, la solución de la crisis estructural e histórica
de la educación peruana.
Y siguiendo el errático derrotero de los cambios y reformas que en educación hemos tenido año tras año, esta
propuesta de CPM es la expresión de la política del gatopardo, es decir, cambiar algo para que nada cambie.
Porque hacer una Ley de CPM sin una orientación social y nacional clara y definida es un despropósito y, a la vez,
un despilfarro. Necesitamos, antes que nada y por sobre todo, que los esfuerzos e inversiones del Estado se
concentren en el desarrollo integral del Perú. Y en el caso concreto de la educación pública urge, hoy más que
nunca, un PEN que sea parte de un Proyecto de Desarrollo Nacional. Así lo entiende el SUTEP, que consecuente
con este postulado, puede exhibir su propuesta de Proyecto de Educativo Nacional, fruto del II Congreso
Pedagógico Nacional (Noviembre de 2001), el mismo que es desdeñado u ocultado por quienes han hecho carrera
de su tolerancia cómplice con el neoliberal y sus atrocidades económicas y educacionales.
Si el Estado invierte el dinero de los contribuyentes en emplear un numeroso contingente de profesionales
(docentes), es para que la sociedad en su conjunto se beneficie. Por esto, una nueva CPM debe estar nítidamente
orientada a poner al magisterio de la escuela pública al servicio del desarrollo nacional. Y a la propuesta del MED, le
falta eso que es la condición sine qua non, lo principal. Dos ejemplos: tal propuesta no favorece la imprescindible
5. descentralización del país, ni un óptimo sistema de educación bilingüe intercultural. Pero lo peor de todo es que se
quiere montar una nueva Ley de CPM sobre una Escuela Pública en bancarrota, con el criterio errado y malsano de
que la causa de semejante colapso son los docentes y su mal desempeño, aunque esto no se diga abiertamente,
como debieran decirlo nuestros sabihondos especialistas y consultores. Así, inevitablemente nos deslizamos al tema
de las evaluaciones, que es el leitmotiv, la razón de ser de esta propuesta de CPM.
Dice la propuesta de CPM que la evaluación al profesorado será formativa. Pero no nos dice: ¿Dónde está la legión
de formadores que evaluarán formativamente alrededor de 300,000 maestros y maestras de la escuela pública? Y,
por favor, que no nos diga que la evaluación formativa será cada dos años. Esto no es formativo, pero sí podría ser
punitivo. Peor aún, si cada dos años se les ocurre tomar exámenes semejantes a los que se tomaban durante el
fujimorismo para el nombramiento de docentes.
Nos preocupa la prisa del Ministro de Educación porque se de una nueva Ley de CPM sin una transformación global
de la escuela pública y sin un sistema de evaluación confiable. ¿Qué es lo que, en realidad, se pretende? Una vez
más expresamos el temor de que haya un afán excluyente, punitivo, a tono con la conocida “ley de la zanahoria y
el garrote”. Aquí, la zanahoria serían las demagógicas mejores remuneraciones y quiméricos incentivos, que
vendrían con la nueva CPM. Y nos lo ofrecen quienes toleran que las remuneraciones básicas de los docentes sean
indignas y, además, sigan congeladas; que se otorguen aumentos sin carácter pensionable y excluyendo a cesantes
y jubilados; y, por último, que ni siquiera han sido capaces de lograr un Presupuesto de Educación acorde con la
Constitución y el Acuerdo Nacional.
En realidad, una atenta lectura de esta propuesta, nos lleva a la conclusión de que será una norma meramente
transitoria, hecha para separar “la paja del grano” dentro del magisterio, donde las evaluaciones, sin un sistema
evaluador confiable y democrático, sólo tendrán “eficacia” discriminadora.
•
Dirigente Nacional del PC del P-Patria Roja y del MNI.
Lima, 27 de Enero de 2006
6. descentralización del país, ni un óptimo sistema de educación bilingüe intercultural. Pero lo peor de todo es que se
quiere montar una nueva Ley de CPM sobre una Escuela Pública en bancarrota, con el criterio errado y malsano de
que la causa de semejante colapso son los docentes y su mal desempeño, aunque esto no se diga abiertamente,
como debieran decirlo nuestros sabihondos especialistas y consultores. Así, inevitablemente nos deslizamos al tema
de las evaluaciones, que es el leitmotiv, la razón de ser de esta propuesta de CPM.
Dice la propuesta de CPM que la evaluación al profesorado será formativa. Pero no nos dice: ¿Dónde está la legión
de formadores que evaluarán formativamente alrededor de 300,000 maestros y maestras de la escuela pública? Y,
por favor, que no nos diga que la evaluación formativa será cada dos años. Esto no es formativo, pero sí podría ser
punitivo. Peor aún, si cada dos años se les ocurre tomar exámenes semejantes a los que se tomaban durante el
fujimorismo para el nombramiento de docentes.
Nos preocupa la prisa del Ministro de Educación porque se de una nueva Ley de CPM sin una transformación global
de la escuela pública y sin un sistema de evaluación confiable. ¿Qué es lo que, en realidad, se pretende? Una vez
más expresamos el temor de que haya un afán excluyente, punitivo, a tono con la conocida “ley de la zanahoria y
el garrote”. Aquí, la zanahoria serían las demagógicas mejores remuneraciones y quiméricos incentivos, que
vendrían con la nueva CPM. Y nos lo ofrecen quienes toleran que las remuneraciones básicas de los docentes sean
indignas y, además, sigan congeladas; que se otorguen aumentos sin carácter pensionable y excluyendo a cesantes
y jubilados; y, por último, que ni siquiera han sido capaces de lograr un Presupuesto de Educación acorde con la
Constitución y el Acuerdo Nacional.
En realidad, una atenta lectura de esta propuesta, nos lleva a la conclusión de que será una norma meramente
transitoria, hecha para separar “la paja del grano” dentro del magisterio, donde las evaluaciones, sin un sistema
evaluador confiable y democrático, sólo tendrán “eficacia” discriminadora.
•
Dirigente Nacional del PC del P-Patria Roja y del MNI.
Lima, 27 de Enero de 2006