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REPUBLICA DEL ECUADOR
ASAMBLEA NACIONAL
Quito, DM,02 de julio de2014
Ofi cio No. 207-CSIRISI-MAC-AN-20 1 4
Seffora
GABRIELA RTVADENEIR{
Presidenta de la Asamblea Nacional
En su Despacho.-
Seflora Presidenta:
En observancia a lo previsto en e1 penfltimo inciso del articulo 108
de 1a Funci6n Legislativa, en concordancia con el afiiculo 21 del
Blron Tobat Sitrx
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tse.nd ofid. o2Jur.2orl
Fui, i,]n retr'itenrs AsaNeLtrsra
i''i /J ;I a!r=i3'?aini..+ .riE
de la Ley Orgfurica
Reglamento de las
Comisiones Especializadas Permanentes y Ocasionales, adjunto se servir6 encontrar el
Informe de la Comisi6n Especializada Permanente de Soberania, Integraci6n,
Relaciones Internacionales y Seguridad Integral de Ia Asamblea Nacional,
corespondiente al pedido de aprobaci6n del "Acuerdo entre 1a Repriblica del Ecuador y
la Repriblica Bolivariana de Venezuela en materia de Asistencia Mutua y Cooperaci6n
en Asuntos Aduaneros", enviado por e1 seflor Presidente Constitucional de la Repriblica.
Atentarnente,
Presidenta encargada de la Comisi6n Especializada Permanente de Soberaniao
lntegraci6n, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral
Adj: Trece (13) fojas irtiles.
Pd]acio Legisldtiro. Piedrahitay Av. 6 de Diciernbrc, Asa,mbleoNacionoL
Comis in de Soberania, Integraci4ry Reldciones lnternacionales y Seguridail IntegraL Siptimo piso.
Teufottos: (593 2) 3991106 -3997719
ItW-::E#
"dSAMIJI"HA NACiONAL
aEPdatica oaL aautsoh
COUTSI6N ESPECIALIZADA PERMANENTE NO. 5
DE SoBERANfa, ItttecnLcl6N, RuacIoNES INTERNACIONALES
YSEGURIDAD INTEGRAL
Quito D.M., 2 de julio de 2014
Informe de Comisi6n sobre Pedido de Aprobaci6n del
"Acuerdo entre Ia Repriblica del Ecuador y la Repriblica Bolivariana de Venezuela en materia
de Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros,,
1. OBJETO
El presente Informe tiene por objeto recomendar al Pleno de la Asamblea Nacional la aprobaci6n
de1 "Acuerdo entre la Repriblica de1 Ecuador y la Repriblica Bolivariana de Ven ezteTa en materia de
Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros".
2. ANTECEDENTES
2.7. La Corte Constitucional, con fecha 9 de octubre de 2013, por pedido de la Presidencia de la
Repriblica emiti6 el dictamen previo y vinculante de constitucionalidad No. 028-13-DTI-CC, dentro
del caso 0021-13-TI, mediante e1 cual declar6 que 1as disposiciones cofltenidas en el "Acuerdo entre
la Repitblica del Ecuador y la Repirblica Bolivariaaa de Venezuela en materia de Asistencia Mutua y
Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros" guardan confonnidad con la Constituci6n de la Repriblica del
Ecuador.
ASAM I]l-L.A i.]Aa: 1$N,, t-
FEPalS!lCn ttl EcuaosE
2.2. Mediante Oficio No. T.6684-SGJ- 13-93 6 de 15 de noviembre de 2013, el sefror Presidente
Constitucional de la Repirblica remiti6 a la Asamblea Nacional, para su estudio y aprobaci6n, el
"Acuerdo entre la Republica de1 Ecuador y la Republica Bolivanana de Venezuela en materia de
Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros" asi como el dictamen previo y vinculante
de 1a Corle Constitucional.
2.3. El Pro Secretario General de 1a Asamblea Nacional, mediante memorando No. SAN-2014-0502
de 11 de marzo de 2014, de confonnidad con el inciso tercer o del articulo 108 de la Ley Org6nica
de 1a Funci6n Legislativa, remiti6 al seflor Presidente de 1a Comisidn de Soberania, Integraci6n,
Relaciones Intemacionales y Seguridad Integral el "Acuerdo entre la Rep[rblica del Ecuador y la
Repirblica Bolivanana de Venezuela en materia de Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos
Aduaneros" para su respectivo estudio y aprobaci6n.
3. TR{,MITE Y SOCIALIZACI6N
3.1. La Comisi6n Especializada Pemanente de Soberania, Integraci6n, Relaciones Intemacionales y
Segundad Integral, en sesiones de24 de rnarzo,14 de abril y 16 de abril de 2014, conoci6 y debati6
el pedido de aprobaci6n del 'Acuerdo entre la Repirblica de1 Ecuador y 1a Repirblica Bolivariana de
Venezuela en materia de Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros".
Durante la socializaci6n inter.,rinieron varias pcrsonas, enh'e ellas, 6scar Upegui, Ministro
Consejero Encargado de la relaci6n bilateral y politica de 1a Embajada de Venezuela, quien
nanifest6 que aproximadarnente entre 1940 y 2006, el Ecuador y Venezuela celebraron ahededor de
38 convenios, y solamente en los riltimos siete afios con el Gobiemo de 1a Revoluci6n Ciudadana se
han suscrito 138 convenios y acuerdos bilaterales en temas econ6micos, politicos, sociales y
culturales. Agreg6 que el presente es un acuerdo fundamental para ambos paises en matena de
ilicitos aduaneros y de asistencia mutua en administraci6n de aduanas, ya que su objetivo es
prevenir, investigar y reprimir cualquier ilicito o inftacci6n en este 6mbito, asi como cooperar en el
desarrollo y meioramiento de los programas de capacitaci6n aduanera entre ambas parles. E1
invitado sefla16 adern6s que en Venezuela e1 Servicio Nacional Integrado de Administraci6n
Aduanera y Tributaria (SENIAT) y el Ministerio de Planificaci6lr y Finanzas son los entes
lilf,l-,s,r/_
ASAMI]I,E,.q NACIONAL
iEPtaLrcl oe i eauaDg*
encargados de comunicar aI Gobiemo del Ecuador el cometimiento de algin ilicito, con el fin de
que exista el correspondiente intercambio de informaci6n y la represi6n de 6stos sea eficaz.
Patricio Gangotena, Gerente General de la Agencia de Aduanas Gangotena, manifest6 que, si bien
se trata de un Acuerdo muy bien elaborado, es necesario realizar programas de capacitaci6n para los
funcionarios de aduana y los agentes aduaneros ya que, en geueral, en el Ecuador no se conoce la
Ley de Aduanas vigente en la Repriblica de Venezuela. Sugiri6 adem6s que se realicen pasantias
tanto de agentes de aduana ecuatorianos en las aduanas de Venezuela como de agentes aduaneros
venezolalos en las aduanas del Ecuador, con el fin de que exista mayor cooperaci6n e intercambio
de infonnaci6n. Finalmente concluy6 que el Acuerdo es muy positivo para el Ecuador.
Max Aguirre, Director Nacional de Intervenci6n y Delegado del Director General del Servicio
Nacional de Aduana del Ecuador, manifest6 que el Acuerdo ha sido revisado ampliamente por
miembros de la Comisi6n General del Servicio Nacional de Aduana de1 Ecuador, quienes
consideran que su aprobaci6n es muy positiva ya que facilita el intercambio de iufonnaci6n entre
ambas aduanas respecto a situaciones que pueden ser inusuales, informaci6n sobre importaciones y
exportaciones de ambos paises, verificaci6n de cierta documentaci6n que es muy necesaria para 1as
operaciones que realizaa las dos naciones, y sobre todo, para las acciones de control e investigaci6n.
Agreg6 que la Comisi6n General del Servicio Nacional de Aduana de1 Ecuador actualmente trata de
agilitar los tr6mites para que aquellas compaffias que nunca han exporlado a Venezuela puedan
obtener los permisos correspondientes, ya que no se intenta de poner trabas, por el contrario, se da
facilidades para que estas empresas puedan exportar 1o mds pronto posible dentro de los parrimetros
legales.
Galo Galau4 Subsecretario de Am6rica Latina y El Caribe, Delegado del Ministro de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana subrogante, sefla16 que el Acuerdo, que fue firmado hace dos affos
por el Ministro Ricardo Patifro y el entonces Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores,
Nicol6s Maduro, y que cuenta con un dictamen favorable de la Corte Constitucional, es visto con
muy buenos ojos por Cancilleria, asi como por el Servicio de Rentas krtemas (SRI) y el Servicio
Nacional de Aduana. Agreg6 que se trata de un Acuerdo que fue adoptado despu6s de varias visitas
a Venezuela por parte de1 Director del SRI del Ecuador, toda vez que se habia detectado que habian
muchas operaciones irregulares en el comercio entre el Ecuador y Venezuela. Enfatrz6 que es muy
in-rportante que la Asamblea se pronuncie favorablemente aunque no se conozca la cifra exacta del
A,!,&TI IJ I-F:A NAC:: ON iU,-
8!P!aLl€A &[L IalJrlOOF
perjuicio que podria haber sufrido el Ecuador por ilicitos aduaneros con el hermano pais. Seflal6
tambi6n que la Unidad de Investigaci6n de1 SRI emiti6 un infonne en el que consta que se habrian
creado algunas empresas fantasmas en Guayaquil que suplantaron nombres para poder expoftar a
Venezuela, mientas que en Quito otras empresas realizaron la sobrevaloraci6n de productos
quimicos y, a trav6s del Sistema Regional de Compensaci6n de Pago SUCRE, estas compaiiias
recibielon 17,7 millones de d6lares en cuentas de 1a Cooperativa de Ahoro y Cr6dito COOPERA y
del Banco Ten-itodal, actuahnente en liquidaci6n, mientras que en el Sistema Nacional de Aduana
del Ecuador apenas se registraron 364.166 por exportaciones entre 1os aiios 2012-2013, es deciq se
cometia un enorme fraude con el consiguiente perjurcio al fisco ecuatoriano. Concluy6 que este tipo
de situaciones an6malas pueden corregirse y evitarse con la aprobaci6n de1 Convenio.
Elizabeth Barsal1o, Coordinadora de Integraci6n Econ6mica Latinoatrencana del Ministerio de
Comercio Exterior, sefla16 que constantemente se dan expodaciones ficticias a Venezuela, por 1o
que es necesario requerir informaci6n al Gobierno de ese pais para poder detectarlas y de este modo
evitar 1a comisi6n de ilicitos aduaneros. Seiial6 que en este escenario el Gobierno venezolano, a1 no
contar con legislaci6n que le pemrita absolver estas consultas, se limita a no pronunciarse ante estos
requerirnientos. Por estos motivos, enfatiz6, el Ministerio de Comercio Exterior ha impulsado desde
un inicio la suscripci6n de este ir:Lstrumento intemacional que pemritir6 al Gobiemo del Ecuador
obtener 1a informaci6n necesaria para realizar 1as investigaciones correspondientes,
Durante e1 debate, hubo consenso entre 1os asan-rbleistas a favor de la aprobaci6n de1 Acuerdo,
considerando sobre todo que se fata de dos paises de gobiemos progresistas que han manifestado
su voluntad de cooperar mutuamente en varios 6mbitos, siendo este uno de 1os m6s impofiantes.
La Asambleista Maria Augusta Calle sefla16 que es muy impodante que se realicen capacitaciones al
personal de aduanas del Ecuador, con el fin de que conozcan 1a legislaci6n y sistema aduaneros
venezolanos con vistas ala eftcaz aplicaci6n de este Acuerdo.
En el seno de la Comisi6n se plantearon algunas inquietudes, en especial aquella relativa a la
aplicaci6n de 1a Resoluci6n 196 de junio del aflo 2013, rnediante la cual se incrementaron los
controles de las exportaciones a Venezuela para evitar actos ilicitos, con 1o que se podria estar
coartando cuaiquier posibilidad de exporlar hacia ese pais. Sin embargo, estas dudas fueron
4.
4,L,
ASAMBLT:,{, NACIONAT
n!F1l'*!l({ Bat {at tD&n
resueltas por los representes del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador quienes manifestaron
que actualmente se agilitan los trdmites de exportaci6n, dando especiales facilidades para los
exportadores nacionales.
Asimismo la Asambleista Ver6nica Rodriguez agreg6 que es muy importante exigir a 1as
autoridades competentes que la informaci6n que recibamos o entreguemos en virtud de1 presente
Acuerdo una vez aprobado por la Asanblea Nacional y ratificado por el Presidente de la Repriblica,
sea utilizada exclusivamente en e1 rnarco de intercambio de infonnaci6n y de cooperaci6n, y no sea
destinada a sancionar a la o las personas que investiguen ilicitos aduareros.
COMPETENCIA DE LA COMISION
Constituci6n de la Repriblica del Ecuador
De confonnidad con las disposiciones contenidas en el numeral 8 del articulo 120 de 1a
Constituci6n de 1a Republica, son deberes y atribuciones de 1a Asamblea Nacional: "(. ..) 8. Aprobar
o improbar los tratados intemacionales en los casos que corresponda".
Asimismo e1 articulo 419 de nuestra Carta Magna sefrala:
"Casos que requieren aprobaci6n de la Asamblea Nacional.- La ratificaci6n o denuncia de los
tratados interrracionales requerir6 la aprobaci6n previa de la Asamblea en los casos que: (. ..) 4.
Se refieran a derechos y garantias establecidas en la Constituci6n... 6. Comprometan al pais en
acuerdos de integraci6n y cornercio".
Ley Org6nica de la Funci6n Legislativa
El articulo 6 de la Ley Org6nica de la Funci6n Legislativa seflala en el numeral 4; "Son 6rganos de
1a Asamblea Nacional: (. . .) 4. Las Comisiones Especializadas".
E1 articulo 21 de 1a misma norma seflala:
4.2-
A_SiM I]t.FA NAC:i {,}NAl,
aEF0aLra4 oaL !cuasoB
"Tem6tica de las Comisiones Especializadas Permanentes.- Son Comisiones Especializadas
Permanentes las siguientes: (...) 5. De Soberania, Integraci6n, Relaciones lrtemacionales y
Seguridad Lrtegral".
Articulo 108 numeral 3 observa:
"La ratificaci6n o denuncia de los Tratados y otras nonnas intemacionales requerird la
aprobaci6n previa de 1a Asamblea Nacional en los casos que: (...) 4. Se refieran a derechos y
garantias establecidas en la Constituci6n... 6. Comprometan al pais en acuerdos de integraci6n y
comercio",
Una vez rcalizado el an6lisis de 1as normas antes citadas, esta Comisi6n es competente para conocer
y resolr,er el pedido de aprobaci6n del "Acuerdo entre la Republica del Ecuador y la Repriblica
Bolivariar.ra de Venezuela en materia de Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros",
5. DICTAMEN PREVIO Y,TNCULANTE DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
El articulo 438 de 1a Constituci6n de Ia Republica del Ecuador sefrala:
"Dictamen previo y vinculante de constitucionalidad.- La Corle Constitucional emitire dictamen
previo y vinculante de constitucionalidad, en los sjguientes casos, adem6s de los que determine
la Ley: 1. Tratados intemacionales, previamente a su ratificaci6n por la Asamblea Nacional".
Efectivamente, la Corte Constitucional con fecha 25 de septiembre de 2013, por pedido de la
Presidencia de la Republica, emiti6 el dictamen previo y vinculante de constitucionalidad No. 027-
13-DTI-CC, dentro de1 caso 0006-13-TI, en e1 cual concluye que 1as disposiciones contenidas en e1
"Acuerdo entre la Reptblica del Ecuador y 1a Repriblica Bolivadana de Venezuela en materia de
Asistencia Mutua y Coopelaci6n en Asturtos Aduaneros", suscrito el 14 de ma1,o de 2012 en la
ciudad de Caracas, Reptblica Bolivariana de Venezuela, guardan conformidad con la Constitucion
de
'la
Rcpublica del Ecuador.
6. ANALISISDELDOCUMENTO
ASAMI]LNA NACIONAT
sEPtSri€A pf[ !ca;r iF0F
El "Acuerdo entre 1a Repriblica del Ecuador y la Repfblica Bolivariana de Venezuela en materia de
Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros" es sin duda un instrurnento muy
interesante y relevante para una mejor aplicaci6n de la legislaci6n aduanera ecuatoriana.
De acuerdo con el tratadista Maluel Diez Velasco, podemos seflalar que las aduanas juegan un
papel muy impoftante dentro de un Estado, pues son la "expansi6n econ6mica de 1a frontera estatal"
y tienen entre sus principales funciones e1 control, entre otras cosas, del movimiento de las
mercancias que entran y salen del territorio aduanero del Estadol Como acertadamente 1o
manifiesta e1 autor, este control permite a los Estados influir sobre los flujos de las imporlaciones y
exporlaciones a trav6s de lo que se conoce como obstdculos arancelarios que no son otra cosa que
1os mecanismos de protecci6n con 1os que cuentan los Estados para proteger, valga la redundancia,
a 1a producci6n nacional.
Es decir que las aduanas no solamente gararlJ'izan que no se evadan los tributos, importantes fuentes
de ingreso para el Estado, sino que adetr6s permiten a los gobiemos influir sobre los flujos
comerciales y de este modo proteger a los productores nacionales. Aqui radica la importancia de
este tipo de acuerdos para el Ecuador.
El Ecuador ha celebrado con anterioridad convenios similares. En l99l se adhiri6 al Convenio
Multilateral sobre Cooperaci6n y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas,2
a1 igual que otros paises como Bolivia, Colornbia, Costa Rica, Cuba, Chile, Espaiia, Honduras,
Mexico, Nicaragua, Repriblica Dominicana, Uruguay e incluso Venezuela.
Se trata asimismo de un convenio de cooperaci6n en e1 cual las partes se comprometen a entregar
informaci6n requerida y a cooperar con las direcciones nacionales de aduanas de 1os diferentes
1 Manuel Diez VeTasco,Instituciones del Derecho Internacional Publico, Editorial Tecnos, Madrid, 2013.
2 Convenio Multilateral sobre Cooperaci6n y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas
R.O. 195 de 17 de noviembre de 7997 y su Protocolo de Modificaci6n, R.O. 893 de 18 de febrero de 2013.
A.lAil,l lit"[; NAC I {,} NA lAIFdoLtaa DaL EautsoB
paises suscriptores. Del mismo modo, e1 Acuerdo en menci6n busca prevenir y sanclonal con
mayor eficacia la comisi6n de ilicitos aduaneros. El Acuerdo surge como un esfuerzo m6s en la
lucha contra el narcotrdhco, hoy continria vigente y ha sido sin duda un mecanismo de
cooperaci6n y asistencia mutua etr materia aduanera, y su ejecuci6n estaria actualmente a cargo de
la Secretaria Nacional de Aduanas de1 Ecuador (SENAE).
Asimismo en el aflo 2004 entr6 en vigencia en el Ecuador el "Acuerdo Bilateral de Cooperaci6n y
Asistencia Mutua en Materias Aduaneras entre 1os Gobiernos de 1a Republica del Ecuador y la
Repriblica de Chile", actualmente vigente, rnediante el cual ambos gobiernos se comprometieron a
prestar cooperaci6n y asistencia mutua para la adecuada aplicaci6n de Ia legislaci6n aduanera para
la prevenci6n, investigaci6n y represi6n de 1as infracciones aduaneras. Se trata de un Acuerdo
muy cornpleto que sin duda alguna ha tenido plena aplicabilidad en nuestro territorio aduanero.
En 2011 entr6 en vigencia el Acuerdo Interinstitucional de Cooperaci6n y Asistencia Mutua en
Materia Aduanera entre el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) de la Repriblica
del Ecuador y la Superintendencia de Adn-rinish-aci6n Tributaria (SAT) de la Republica de
Guatemala, que tiene el mismo objetivo, la cooperaci6n y asistencia mutuas para la adecuada
aplicaci6n de la legislaci6n aduanera, para 1a prevenci6n, investigaci6n y represi6n de las
infracciones aduaneras, intercambio de informaci6n y, en general, en 1o concemiente a 1as
materias contenidas en el Acuerdo.
En este marco, es muy oporluna la ratificaci6n de1 Acuerdo suscrito con Venezuela y cuyo
objetivo es precisatrente 1a rlutua asistencia con el fin de prevenir, investigar y reprirnir cualquier
ilicito aduanero.
Todos estos acuerdos guardan ademds concordancia con 1a Decisi6n de1 Acuerdo de Cartagena
478, publicada en el Registro Oficial 570 de 7 de rnayo de 2002, la cual abarca e1 territorio
aduanero de los paises miembros de 1a Comunidad Andina de Naciones, y mediante la cual se
decide aprobar 1a Asistencia Mutua y Cooperaci6n entre las Administraciones Aduaneras de los
Paises Miembros de la Cornunidad Andina.
wr*-..),
.AsAMI}I-EA NACION,{L
8EP99t'aA Ot* ral, IroB
El "Acuerdo entre la Repriblica del Ecuador y la Repriblica Bolivariana de Venezuela en Materia de
Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros" guarda adem6s concordancia con el Plan
Nacional de Desamollo (Plan Nacional para el Buen Wvir), qte ircltye en sus objetivos el nrimero
10 sobre impulsar la transfonnaci6n de la malrriz productiva, ya que al proteger las importaciones
con el fin de fomentar la producci6n nacional se estaria aportando a la transformaci6n de las
estructuras de producci6n y a la irnplementaci6n de un sistema econ6mico justo, democr6tico,
productivo, solidario y sostenible, basado en la distribuci6n igualitaria de los beneficios del
desarrollo, tal y como lo establece el Plafl.3
Efectivamente el articulo 276 de la Constituci6n sefrala:
*Art. ?16. El r6gimen de desarrollo tendrd los siguientes objetivos: 1. Mejorar la calidad y esperanza
de vida, y aumentar las capacidades y potencialidades de la poblaci6n en el marco de los principios y
derechos que establece la Constituci6n. 2. Construir un sistema econ6mico, iusto, democr6tico.
productivo. solidado y sost
desarrollo. de los medios de producci6n y en la genera .5. Garantizar la
soberania nacional, promover la integraci6n latinoamericana e impulsar una inserci6n estrategica en
el contexto internacional, que contribuya alapazy a un sistema democr6tico y equitativo mundial.
6. Prornover un ordenamiento territorial equilibrado y equitativo que integre y articule las
actividades socioculturales, administrativas, econ6micas y de gesti6n, y que coadluve a la unidad
del Estado". (El lexto subrayado nos corresponde).
Es impofiante recalcar que el COIP ha incluido toda una secci6n relativa a los delitos contra la
administraci6n aduanera, en la cual se incluyen varias figuras penales como 1a receptaci6n
aduanera, el contrabando, o el rnal uso de exenciones o suspensiones tributarias aduaneras, por lo
que el Convenio, en caso de ser aprobado, tendr6 plena aplicabilidad en el Ecuador.
Finalmente e1 Acuerdo guarda conformidad con los articulos 416 y 423 de la Constituci6n de 1a
Repriblica, que seflalan:
3 Plan Nacional pata el Buen l4vir 2013-2017, tomo I, R.O. suplemento 78 de l1 de septiembre de 2013.
10.
A"!d,.l ll t,[A NAL I L] NAt
8!Pll 6LlCt OaL aau4GOt
Afi. 416. "Las relaciones de1 Ecuador con la comunidad intemacional responder6n a los intereses del
pueblo ecuatoriano, al que 1e rendir6n cuenta sus responsables y ejecutores, y en consecuencia:
1. Proclama la independencia e igualdad juridica de los Estados, la convivencia pacifica y 1a
autodeteminaci6n de los pueblos, asi como Ia cooperaci6n, Ia integraci6n y la solidaridad.
Promueve 1a conformaci6n de un orden global multipolar con la participaci6n activa de bloques
econ6n.icos y politicos regionales, y el fortalecimiento de 1as relaciones horizontales para la
construcci6n de un mundo justo, democr6tico, solidario, diverso e intercultural.
11, Impulsa prioritariamente 1a integraci6n politica, cultural y econ6mica de la regi6n andina, de
Am6rica del Sur y de Latinoam6rica. 12. Fomenta un nuevo sistema de comercio e inversi6n entre
Ios Estados que se sustente en Ia justicia, la solidaridad, la complementariedad, la creaci6n de
mecanismos de control intemacional a las corporaciones multinacionales y el establecimiento de un
sistema financiero intemacional, justo, transparente y equitativo. Rechaza que controversias con
empresas privadas ertranjeras se convierlan en conflictos enlre Estados".
Arr. 423. "La integraci6n, en especial con los paises de Latinoam6rica y e1 Canbe serS un objctivo
estrat6gico del Estado. En todas las instancias y procesos de integraci6n, el Estado ecuatoriano se
comprometer6 a: 6, Impulsar una politica comfn de defensa que consolide una alianza estrat6gica
para forlalecer la soberania de los paises y de 1a regi6n. 7. Favorecer la consolidaci6n de
organizaciones de cardcter supranacional conformadas por Estados de Am6rica Latina y del Caribe,
asi como la suscripci6n de tratados y otros instrumentos intemacionales de integraci6n regional".
7. CONCLUSIONES
La Comisi6n Especializada Pemanente de Soberania, Integraci6n, Relaciones Intemaclonales y
Seguridad Integral, e11 vifud de todo 1o expuesto y en consideraci6n a:
- Que e1 contrabando, el narcotrifico y otros llicitos aduaneros son muy perjudiciales para
la economia del pais, especialmerte er nateria tributaria.
- Que e1 fisco ecuatoriano constantelnente sufi-e gr aves perjuicios en virlud de la
proliferaci6n de ilicitos aduaneros.
10
ASAMIJI,EA N,{CIONAI
acP!ltLicA tE! {cuA90ft
Que el Estado ecuatoriano tiene la obligaci6n de proteger su territorio aduanero, no s61o
para prevenir 1a comisi6n de ilicitos sino adem6s para proteger a la industria nacional.
Que es necesario establecer un sistema de intercambio de informaci6n para prevenir y
saacionar ilicitos aduaneros con la Repirblica Bolivariana de Venezuela.
Que la asistencia mutua y la cooperaci6n entre Estados permite una mayor eficacia para
reprimir los ilicitos aduaneros mediante el intercambio de informaci6n oporruno.
Que el Ecuador ha suscrito un gran nrimero de acuerdos y convenios de cooperaci6n y
asistencia reciprocas con la Repriblica Bolivariana de Venezuela, con quien tiene ademiis
estrechos lazos de a:nistad.
Que es un deber del Estado ecuatoriano defender la soberania y el territorio nacional,
siendo el territorio de aduana parte del territorio nacional.
Que e1 Ecuador ha ratificado acuerdos similares corno el Convenio Multilateral sobre
Cooperaci6n y Asistencia Mutua entre 1as Direcciones Nacionales de Aduanas; el
Acuerdo Bilateral de Cooperaci6n y Asistencia Mutua en Materias Aduaneras entre los
Gobiernos de la Reptblica del Ecuador y la Repriblica de Chile; y el Acuerdo
Interinstitucional de Cooperaci6n y Asistencia Mutua en Materia Aduanera enffe el
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) de 1a Repfblica del Ecuador y la
Superintendencia de Administraci6n Tributaria (SAT) de la Repriblica de Guatemala.
11
Itl,ls-:t
l/..4F
r,....;!St:sr
ASA,,,1 B I -EA NA.L:I o N AI,
84Pl ptlCA E*I t(trAS0at
8. naconmNo.q,cr6N
La Comisi6n de Soberania, Integraci6n, Relaciones Intemacionales, y Seguridad Integral sugiere a1
Pleno de la Asamblea Nacional: Aprobar e1 pedido de aprobaci6n del "Acuerdo entre la Repirblica
del Ecuador y 1a Repfblica Bolivariana de Venezuela en materia de Asistencia Mutua y
Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros" susorito el 14 de n-rayo de 2012 en la crudad de Caracas,
Repriblica Bolivariana de Venezuela.
9. ASAMBLEfSTAPONENTE:MariaAugustaCalle.
As. Altema de As. Femando Bustamante
MIEMBRO DE LA COMISION
' 

{j.",""-."-,"v!---'

 Antonlo Posso
MIEMBRO DE LA COMISION
Gua16n
E LA COMISI6N
l,]
1r/i i,
/ascone
LACO
COMISI6N
I r
l!11 . {r:,ti-tLt6:,1r.11q',rr:1! r'
Soledad Vela 
MIEMBRO DE LACOMISIONMIEMB
t2
Quito, 02 dejulio de 2014
RAZ6N: Siento por tal, que el pedido de aprobaci6n del "Acuerdo entre la Repriblica del Ecuador y la
Repfiblica Bolivariana de Venezuela en materia de Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduanerod',
enviado por el Poder Ejecutivo, fue conocido, tratado y debatido en el seno de esta ComisiSn, en las sesiones
c)e 24 de maruo, 1,4 y 16 de abril de 2014; y el presente informe discutido y aprobado por unanimidad con la
siguiente votaci6n: ocho (08) votos afinnativos de las y los asambleistas presentes: Victoria Paredes, alterna
del asambleista Femando Bustamante, Milton Gualin, Linda Machuca, Antonio Posso, Ver6nica Rodriguez,
Marllely V6sconez, Soledad Vela y Maria Augusta Calle en sesi6n de 02 de julio de 2014. No asistieron los
asambleistas Mary Verduga, Diego Salgado y Eduardo Zambrano. Lo certifico.-
COMISIoN ESPECIALIZADA PERMANENTE DE SOBERANiA, INTEGRACI6N,
RELACIONES INTERNACIONALES Y SEGT]RIDAD INTEGRAL
13

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Informe acuerdo ecuador venezuela aduaneros

  • 1. REPUBLICA DEL ECUADOR ASAMBLEA NACIONAL Quito, DM,02 de julio de2014 Ofi cio No. 207-CSIRISI-MAC-AN-20 1 4 Seffora GABRIELA RTVADENEIR{ Presidenta de la Asamblea Nacional En su Despacho.- Seflora Presidenta: En observancia a lo previsto en e1 penfltimo inciso del articulo 108 de 1a Funci6n Legislativa, en concordancia con el afiiculo 21 del Blron Tobat Sitrx lllfiilffiilllllltl titiltil ) rriDne ta2375 .ddiqo v.ridadrr JEROF9FSVV rjpo de dr(heiru Fe.hd re@p.16n o{ jut ?014 rj:r6 tse.nd ofid. o2Jur.2orl Fui, i,]n retr'itenrs AsaNeLtrsra i''i /J ;I a!r=i3'?aini..+ .riE de la Ley Orgfurica Reglamento de las Comisiones Especializadas Permanentes y Ocasionales, adjunto se servir6 encontrar el Informe de la Comisi6n Especializada Permanente de Soberania, Integraci6n, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral de Ia Asamblea Nacional, corespondiente al pedido de aprobaci6n del "Acuerdo entre 1a Repriblica del Ecuador y la Repriblica Bolivariana de Venezuela en materia de Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros", enviado por e1 seflor Presidente Constitucional de la Repriblica. Atentarnente, Presidenta encargada de la Comisi6n Especializada Permanente de Soberaniao lntegraci6n, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral Adj: Trece (13) fojas irtiles. Pd]acio Legisldtiro. Piedrahitay Av. 6 de Diciernbrc, Asa,mbleoNacionoL Comis in de Soberania, Integraci4ry Reldciones lnternacionales y Seguridail IntegraL Siptimo piso. Teufottos: (593 2) 3991106 -3997719
  • 2. ItW-::E# "dSAMIJI"HA NACiONAL aEPdatica oaL aautsoh COUTSI6N ESPECIALIZADA PERMANENTE NO. 5 DE SoBERANfa, ItttecnLcl6N, RuacIoNES INTERNACIONALES YSEGURIDAD INTEGRAL Quito D.M., 2 de julio de 2014 Informe de Comisi6n sobre Pedido de Aprobaci6n del "Acuerdo entre Ia Repriblica del Ecuador y la Repriblica Bolivariana de Venezuela en materia de Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros,, 1. OBJETO El presente Informe tiene por objeto recomendar al Pleno de la Asamblea Nacional la aprobaci6n de1 "Acuerdo entre la Repriblica de1 Ecuador y la Repriblica Bolivariana de Ven ezteTa en materia de Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros". 2. ANTECEDENTES 2.7. La Corte Constitucional, con fecha 9 de octubre de 2013, por pedido de la Presidencia de la Repriblica emiti6 el dictamen previo y vinculante de constitucionalidad No. 028-13-DTI-CC, dentro del caso 0021-13-TI, mediante e1 cual declar6 que 1as disposiciones cofltenidas en el "Acuerdo entre la Repitblica del Ecuador y la Repirblica Bolivariaaa de Venezuela en materia de Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros" guardan confonnidad con la Constituci6n de la Repriblica del Ecuador.
  • 3. ASAM I]l-L.A i.]Aa: 1$N,, t- FEPalS!lCn ttl EcuaosE 2.2. Mediante Oficio No. T.6684-SGJ- 13-93 6 de 15 de noviembre de 2013, el sefror Presidente Constitucional de la Repirblica remiti6 a la Asamblea Nacional, para su estudio y aprobaci6n, el "Acuerdo entre la Republica de1 Ecuador y la Republica Bolivanana de Venezuela en materia de Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros" asi como el dictamen previo y vinculante de 1a Corle Constitucional. 2.3. El Pro Secretario General de 1a Asamblea Nacional, mediante memorando No. SAN-2014-0502 de 11 de marzo de 2014, de confonnidad con el inciso tercer o del articulo 108 de la Ley Org6nica de 1a Funci6n Legislativa, remiti6 al seflor Presidente de 1a Comisidn de Soberania, Integraci6n, Relaciones Intemacionales y Seguridad Integral el "Acuerdo entre la Rep[rblica del Ecuador y la Repirblica Bolivanana de Venezuela en materia de Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros" para su respectivo estudio y aprobaci6n. 3. TR{,MITE Y SOCIALIZACI6N 3.1. La Comisi6n Especializada Pemanente de Soberania, Integraci6n, Relaciones Intemacionales y Segundad Integral, en sesiones de24 de rnarzo,14 de abril y 16 de abril de 2014, conoci6 y debati6 el pedido de aprobaci6n del 'Acuerdo entre la Repirblica de1 Ecuador y 1a Repirblica Bolivariana de Venezuela en materia de Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros". Durante la socializaci6n inter.,rinieron varias pcrsonas, enh'e ellas, 6scar Upegui, Ministro Consejero Encargado de la relaci6n bilateral y politica de 1a Embajada de Venezuela, quien nanifest6 que aproximadarnente entre 1940 y 2006, el Ecuador y Venezuela celebraron ahededor de 38 convenios, y solamente en los riltimos siete afios con el Gobiemo de 1a Revoluci6n Ciudadana se han suscrito 138 convenios y acuerdos bilaterales en temas econ6micos, politicos, sociales y culturales. Agreg6 que el presente es un acuerdo fundamental para ambos paises en matena de ilicitos aduaneros y de asistencia mutua en administraci6n de aduanas, ya que su objetivo es prevenir, investigar y reprimir cualquier ilicito o inftacci6n en este 6mbito, asi como cooperar en el desarrollo y meioramiento de los programas de capacitaci6n aduanera entre ambas parles. E1 invitado sefla16 adern6s que en Venezuela e1 Servicio Nacional Integrado de Administraci6n Aduanera y Tributaria (SENIAT) y el Ministerio de Planificaci6lr y Finanzas son los entes
  • 4. lilf,l-,s,r/_ ASAMI]I,E,.q NACIONAL iEPtaLrcl oe i eauaDg* encargados de comunicar aI Gobiemo del Ecuador el cometimiento de algin ilicito, con el fin de que exista el correspondiente intercambio de informaci6n y la represi6n de 6stos sea eficaz. Patricio Gangotena, Gerente General de la Agencia de Aduanas Gangotena, manifest6 que, si bien se trata de un Acuerdo muy bien elaborado, es necesario realizar programas de capacitaci6n para los funcionarios de aduana y los agentes aduaneros ya que, en geueral, en el Ecuador no se conoce la Ley de Aduanas vigente en la Repriblica de Venezuela. Sugiri6 adem6s que se realicen pasantias tanto de agentes de aduana ecuatorianos en las aduanas de Venezuela como de agentes aduaneros venezolalos en las aduanas del Ecuador, con el fin de que exista mayor cooperaci6n e intercambio de infonnaci6n. Finalmente concluy6 que el Acuerdo es muy positivo para el Ecuador. Max Aguirre, Director Nacional de Intervenci6n y Delegado del Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, manifest6 que el Acuerdo ha sido revisado ampliamente por miembros de la Comisi6n General del Servicio Nacional de Aduana de1 Ecuador, quienes consideran que su aprobaci6n es muy positiva ya que facilita el intercambio de iufonnaci6n entre ambas aduanas respecto a situaciones que pueden ser inusuales, informaci6n sobre importaciones y exportaciones de ambos paises, verificaci6n de cierta documentaci6n que es muy necesaria para 1as operaciones que realizaa las dos naciones, y sobre todo, para las acciones de control e investigaci6n. Agreg6 que la Comisi6n General del Servicio Nacional de Aduana de1 Ecuador actualmente trata de agilitar los tr6mites para que aquellas compaffias que nunca han exporlado a Venezuela puedan obtener los permisos correspondientes, ya que no se intenta de poner trabas, por el contrario, se da facilidades para que estas empresas puedan exportar 1o mds pronto posible dentro de los parrimetros legales. Galo Galau4 Subsecretario de Am6rica Latina y El Caribe, Delegado del Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana subrogante, sefla16 que el Acuerdo, que fue firmado hace dos affos por el Ministro Ricardo Patifro y el entonces Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores, Nicol6s Maduro, y que cuenta con un dictamen favorable de la Corte Constitucional, es visto con muy buenos ojos por Cancilleria, asi como por el Servicio de Rentas krtemas (SRI) y el Servicio Nacional de Aduana. Agreg6 que se trata de un Acuerdo que fue adoptado despu6s de varias visitas a Venezuela por parte de1 Director del SRI del Ecuador, toda vez que se habia detectado que habian muchas operaciones irregulares en el comercio entre el Ecuador y Venezuela. Enfatrz6 que es muy in-rportante que la Asamblea se pronuncie favorablemente aunque no se conozca la cifra exacta del
  • 5. A,!,&TI IJ I-F:A NAC:: ON iU,- 8!P!aLl€A &[L IalJrlOOF perjuicio que podria haber sufrido el Ecuador por ilicitos aduaneros con el hermano pais. Seflal6 tambi6n que la Unidad de Investigaci6n de1 SRI emiti6 un infonne en el que consta que se habrian creado algunas empresas fantasmas en Guayaquil que suplantaron nombres para poder expoftar a Venezuela, mientas que en Quito otras empresas realizaron la sobrevaloraci6n de productos quimicos y, a trav6s del Sistema Regional de Compensaci6n de Pago SUCRE, estas compaiiias recibielon 17,7 millones de d6lares en cuentas de 1a Cooperativa de Ahoro y Cr6dito COOPERA y del Banco Ten-itodal, actuahnente en liquidaci6n, mientras que en el Sistema Nacional de Aduana del Ecuador apenas se registraron 364.166 por exportaciones entre 1os aiios 2012-2013, es deciq se cometia un enorme fraude con el consiguiente perjurcio al fisco ecuatoriano. Concluy6 que este tipo de situaciones an6malas pueden corregirse y evitarse con la aprobaci6n de1 Convenio. Elizabeth Barsal1o, Coordinadora de Integraci6n Econ6mica Latinoatrencana del Ministerio de Comercio Exterior, sefla16 que constantemente se dan expodaciones ficticias a Venezuela, por 1o que es necesario requerir informaci6n al Gobierno de ese pais para poder detectarlas y de este modo evitar 1a comisi6n de ilicitos aduaneros. Seiial6 que en este escenario el Gobierno venezolano, a1 no contar con legislaci6n que le pemrita absolver estas consultas, se limita a no pronunciarse ante estos requerirnientos. Por estos motivos, enfatiz6, el Ministerio de Comercio Exterior ha impulsado desde un inicio la suscripci6n de este ir:Lstrumento intemacional que pemritir6 al Gobiemo del Ecuador obtener 1a informaci6n necesaria para realizar 1as investigaciones correspondientes, Durante e1 debate, hubo consenso entre 1os asan-rbleistas a favor de la aprobaci6n de1 Acuerdo, considerando sobre todo que se fata de dos paises de gobiemos progresistas que han manifestado su voluntad de cooperar mutuamente en varios 6mbitos, siendo este uno de 1os m6s impofiantes. La Asambleista Maria Augusta Calle sefla16 que es muy impodante que se realicen capacitaciones al personal de aduanas del Ecuador, con el fin de que conozcan 1a legislaci6n y sistema aduaneros venezolanos con vistas ala eftcaz aplicaci6n de este Acuerdo. En el seno de la Comisi6n se plantearon algunas inquietudes, en especial aquella relativa a la aplicaci6n de 1a Resoluci6n 196 de junio del aflo 2013, rnediante la cual se incrementaron los controles de las exportaciones a Venezuela para evitar actos ilicitos, con 1o que se podria estar coartando cuaiquier posibilidad de exporlar hacia ese pais. Sin embargo, estas dudas fueron
  • 6. 4. 4,L, ASAMBLT:,{, NACIONAT n!F1l'*!l({ Bat {at tD&n resueltas por los representes del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador quienes manifestaron que actualmente se agilitan los trdmites de exportaci6n, dando especiales facilidades para los exportadores nacionales. Asimismo la Asambleista Ver6nica Rodriguez agreg6 que es muy importante exigir a 1as autoridades competentes que la informaci6n que recibamos o entreguemos en virtud de1 presente Acuerdo una vez aprobado por la Asanblea Nacional y ratificado por el Presidente de la Repriblica, sea utilizada exclusivamente en e1 rnarco de intercambio de infonnaci6n y de cooperaci6n, y no sea destinada a sancionar a la o las personas que investiguen ilicitos aduareros. COMPETENCIA DE LA COMISION Constituci6n de la Repriblica del Ecuador De confonnidad con las disposiciones contenidas en el numeral 8 del articulo 120 de 1a Constituci6n de 1a Republica, son deberes y atribuciones de 1a Asamblea Nacional: "(. ..) 8. Aprobar o improbar los tratados intemacionales en los casos que corresponda". Asimismo e1 articulo 419 de nuestra Carta Magna sefrala: "Casos que requieren aprobaci6n de la Asamblea Nacional.- La ratificaci6n o denuncia de los tratados interrracionales requerir6 la aprobaci6n previa de la Asamblea en los casos que: (. ..) 4. Se refieran a derechos y garantias establecidas en la Constituci6n... 6. Comprometan al pais en acuerdos de integraci6n y cornercio". Ley Org6nica de la Funci6n Legislativa El articulo 6 de la Ley Org6nica de la Funci6n Legislativa seflala en el numeral 4; "Son 6rganos de 1a Asamblea Nacional: (. . .) 4. Las Comisiones Especializadas". E1 articulo 21 de 1a misma norma seflala: 4.2-
  • 7. A_SiM I]t.FA NAC:i {,}NAl, aEF0aLra4 oaL !cuasoB "Tem6tica de las Comisiones Especializadas Permanentes.- Son Comisiones Especializadas Permanentes las siguientes: (...) 5. De Soberania, Integraci6n, Relaciones lrtemacionales y Seguridad Lrtegral". Articulo 108 numeral 3 observa: "La ratificaci6n o denuncia de los Tratados y otras nonnas intemacionales requerird la aprobaci6n previa de 1a Asamblea Nacional en los casos que: (...) 4. Se refieran a derechos y garantias establecidas en la Constituci6n... 6. Comprometan al pais en acuerdos de integraci6n y comercio", Una vez rcalizado el an6lisis de 1as normas antes citadas, esta Comisi6n es competente para conocer y resolr,er el pedido de aprobaci6n del "Acuerdo entre la Republica del Ecuador y la Repriblica Bolivariar.ra de Venezuela en materia de Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros", 5. DICTAMEN PREVIO Y,TNCULANTE DE LA CORTE CONSTITUCIONAL El articulo 438 de 1a Constituci6n de Ia Republica del Ecuador sefrala: "Dictamen previo y vinculante de constitucionalidad.- La Corle Constitucional emitire dictamen previo y vinculante de constitucionalidad, en los sjguientes casos, adem6s de los que determine la Ley: 1. Tratados intemacionales, previamente a su ratificaci6n por la Asamblea Nacional". Efectivamente, la Corte Constitucional con fecha 25 de septiembre de 2013, por pedido de la Presidencia de la Republica, emiti6 el dictamen previo y vinculante de constitucionalidad No. 027- 13-DTI-CC, dentro de1 caso 0006-13-TI, en e1 cual concluye que 1as disposiciones contenidas en e1 "Acuerdo entre la Reptblica del Ecuador y 1a Repriblica Bolivadana de Venezuela en materia de Asistencia Mutua y Coopelaci6n en Asturtos Aduaneros", suscrito el 14 de ma1,o de 2012 en la ciudad de Caracas, Reptblica Bolivariana de Venezuela, guardan conformidad con la Constitucion de 'la Rcpublica del Ecuador. 6. ANALISISDELDOCUMENTO
  • 8. ASAMI]LNA NACIONAT sEPtSri€A pf[ !ca;r iF0F El "Acuerdo entre 1a Repriblica del Ecuador y la Repfblica Bolivariana de Venezuela en materia de Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros" es sin duda un instrurnento muy interesante y relevante para una mejor aplicaci6n de la legislaci6n aduanera ecuatoriana. De acuerdo con el tratadista Maluel Diez Velasco, podemos seflalar que las aduanas juegan un papel muy impoftante dentro de un Estado, pues son la "expansi6n econ6mica de 1a frontera estatal" y tienen entre sus principales funciones e1 control, entre otras cosas, del movimiento de las mercancias que entran y salen del territorio aduanero del Estadol Como acertadamente 1o manifiesta e1 autor, este control permite a los Estados influir sobre los flujos de las imporlaciones y exporlaciones a trav6s de lo que se conoce como obstdculos arancelarios que no son otra cosa que 1os mecanismos de protecci6n con 1os que cuentan los Estados para proteger, valga la redundancia, a 1a producci6n nacional. Es decir que las aduanas no solamente gararlJ'izan que no se evadan los tributos, importantes fuentes de ingreso para el Estado, sino que adetr6s permiten a los gobiemos influir sobre los flujos comerciales y de este modo proteger a los productores nacionales. Aqui radica la importancia de este tipo de acuerdos para el Ecuador. El Ecuador ha celebrado con anterioridad convenios similares. En l99l se adhiri6 al Convenio Multilateral sobre Cooperaci6n y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas,2 a1 igual que otros paises como Bolivia, Colornbia, Costa Rica, Cuba, Chile, Espaiia, Honduras, Mexico, Nicaragua, Repriblica Dominicana, Uruguay e incluso Venezuela. Se trata asimismo de un convenio de cooperaci6n en e1 cual las partes se comprometen a entregar informaci6n requerida y a cooperar con las direcciones nacionales de aduanas de 1os diferentes 1 Manuel Diez VeTasco,Instituciones del Derecho Internacional Publico, Editorial Tecnos, Madrid, 2013. 2 Convenio Multilateral sobre Cooperaci6n y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas R.O. 195 de 17 de noviembre de 7997 y su Protocolo de Modificaci6n, R.O. 893 de 18 de febrero de 2013.
  • 9. A.lAil,l lit"[; NAC I {,} NA lAIFdoLtaa DaL EautsoB paises suscriptores. Del mismo modo, e1 Acuerdo en menci6n busca prevenir y sanclonal con mayor eficacia la comisi6n de ilicitos aduaneros. El Acuerdo surge como un esfuerzo m6s en la lucha contra el narcotrdhco, hoy continria vigente y ha sido sin duda un mecanismo de cooperaci6n y asistencia mutua etr materia aduanera, y su ejecuci6n estaria actualmente a cargo de la Secretaria Nacional de Aduanas de1 Ecuador (SENAE). Asimismo en el aflo 2004 entr6 en vigencia en el Ecuador el "Acuerdo Bilateral de Cooperaci6n y Asistencia Mutua en Materias Aduaneras entre 1os Gobiernos de 1a Republica del Ecuador y la Repriblica de Chile", actualmente vigente, rnediante el cual ambos gobiernos se comprometieron a prestar cooperaci6n y asistencia mutua para la adecuada aplicaci6n de Ia legislaci6n aduanera para la prevenci6n, investigaci6n y represi6n de 1as infracciones aduaneras. Se trata de un Acuerdo muy cornpleto que sin duda alguna ha tenido plena aplicabilidad en nuestro territorio aduanero. En 2011 entr6 en vigencia el Acuerdo Interinstitucional de Cooperaci6n y Asistencia Mutua en Materia Aduanera entre el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) de la Repriblica del Ecuador y la Superintendencia de Adn-rinish-aci6n Tributaria (SAT) de la Republica de Guatemala, que tiene el mismo objetivo, la cooperaci6n y asistencia mutuas para la adecuada aplicaci6n de la legislaci6n aduanera, para 1a prevenci6n, investigaci6n y represi6n de las infracciones aduaneras, intercambio de informaci6n y, en general, en 1o concemiente a 1as materias contenidas en el Acuerdo. En este marco, es muy oporluna la ratificaci6n de1 Acuerdo suscrito con Venezuela y cuyo objetivo es precisatrente 1a rlutua asistencia con el fin de prevenir, investigar y reprirnir cualquier ilicito aduanero. Todos estos acuerdos guardan ademds concordancia con 1a Decisi6n de1 Acuerdo de Cartagena 478, publicada en el Registro Oficial 570 de 7 de rnayo de 2002, la cual abarca e1 territorio aduanero de los paises miembros de 1a Comunidad Andina de Naciones, y mediante la cual se decide aprobar 1a Asistencia Mutua y Cooperaci6n entre las Administraciones Aduaneras de los Paises Miembros de la Cornunidad Andina.
  • 10. wr*-..), .AsAMI}I-EA NACION,{L 8EP99t'aA Ot* ral, IroB El "Acuerdo entre la Repriblica del Ecuador y la Repriblica Bolivariana de Venezuela en Materia de Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros" guarda adem6s concordancia con el Plan Nacional de Desamollo (Plan Nacional para el Buen Wvir), qte ircltye en sus objetivos el nrimero 10 sobre impulsar la transfonnaci6n de la malrriz productiva, ya que al proteger las importaciones con el fin de fomentar la producci6n nacional se estaria aportando a la transformaci6n de las estructuras de producci6n y a la irnplementaci6n de un sistema econ6mico justo, democr6tico, productivo, solidario y sostenible, basado en la distribuci6n igualitaria de los beneficios del desarrollo, tal y como lo establece el Plafl.3 Efectivamente el articulo 276 de la Constituci6n sefrala: *Art. ?16. El r6gimen de desarrollo tendrd los siguientes objetivos: 1. Mejorar la calidad y esperanza de vida, y aumentar las capacidades y potencialidades de la poblaci6n en el marco de los principios y derechos que establece la Constituci6n. 2. Construir un sistema econ6mico, iusto, democr6tico. productivo. solidado y sost desarrollo. de los medios de producci6n y en la genera .5. Garantizar la soberania nacional, promover la integraci6n latinoamericana e impulsar una inserci6n estrategica en el contexto internacional, que contribuya alapazy a un sistema democr6tico y equitativo mundial. 6. Prornover un ordenamiento territorial equilibrado y equitativo que integre y articule las actividades socioculturales, administrativas, econ6micas y de gesti6n, y que coadluve a la unidad del Estado". (El lexto subrayado nos corresponde). Es impofiante recalcar que el COIP ha incluido toda una secci6n relativa a los delitos contra la administraci6n aduanera, en la cual se incluyen varias figuras penales como 1a receptaci6n aduanera, el contrabando, o el rnal uso de exenciones o suspensiones tributarias aduaneras, por lo que el Convenio, en caso de ser aprobado, tendr6 plena aplicabilidad en el Ecuador. Finalmente e1 Acuerdo guarda conformidad con los articulos 416 y 423 de la Constituci6n de 1a Repriblica, que seflalan: 3 Plan Nacional pata el Buen l4vir 2013-2017, tomo I, R.O. suplemento 78 de l1 de septiembre de 2013.
  • 11. 10. A"!d,.l ll t,[A NAL I L] NAt 8!Pll 6LlCt OaL aau4GOt Afi. 416. "Las relaciones de1 Ecuador con la comunidad intemacional responder6n a los intereses del pueblo ecuatoriano, al que 1e rendir6n cuenta sus responsables y ejecutores, y en consecuencia: 1. Proclama la independencia e igualdad juridica de los Estados, la convivencia pacifica y 1a autodeteminaci6n de los pueblos, asi como Ia cooperaci6n, Ia integraci6n y la solidaridad. Promueve 1a conformaci6n de un orden global multipolar con la participaci6n activa de bloques econ6n.icos y politicos regionales, y el fortalecimiento de 1as relaciones horizontales para la construcci6n de un mundo justo, democr6tico, solidario, diverso e intercultural. 11, Impulsa prioritariamente 1a integraci6n politica, cultural y econ6mica de la regi6n andina, de Am6rica del Sur y de Latinoam6rica. 12. Fomenta un nuevo sistema de comercio e inversi6n entre Ios Estados que se sustente en Ia justicia, la solidaridad, la complementariedad, la creaci6n de mecanismos de control intemacional a las corporaciones multinacionales y el establecimiento de un sistema financiero intemacional, justo, transparente y equitativo. Rechaza que controversias con empresas privadas ertranjeras se convierlan en conflictos enlre Estados". Arr. 423. "La integraci6n, en especial con los paises de Latinoam6rica y e1 Canbe serS un objctivo estrat6gico del Estado. En todas las instancias y procesos de integraci6n, el Estado ecuatoriano se comprometer6 a: 6, Impulsar una politica comfn de defensa que consolide una alianza estrat6gica para forlalecer la soberania de los paises y de 1a regi6n. 7. Favorecer la consolidaci6n de organizaciones de cardcter supranacional conformadas por Estados de Am6rica Latina y del Caribe, asi como la suscripci6n de tratados y otros instrumentos intemacionales de integraci6n regional". 7. CONCLUSIONES La Comisi6n Especializada Pemanente de Soberania, Integraci6n, Relaciones Intemaclonales y Seguridad Integral, e11 vifud de todo 1o expuesto y en consideraci6n a: - Que e1 contrabando, el narcotrifico y otros llicitos aduaneros son muy perjudiciales para la economia del pais, especialmerte er nateria tributaria. - Que e1 fisco ecuatoriano constantelnente sufi-e gr aves perjuicios en virlud de la proliferaci6n de ilicitos aduaneros. 10
  • 12. ASAMIJI,EA N,{CIONAI acP!ltLicA tE! {cuA90ft Que el Estado ecuatoriano tiene la obligaci6n de proteger su territorio aduanero, no s61o para prevenir 1a comisi6n de ilicitos sino adem6s para proteger a la industria nacional. Que es necesario establecer un sistema de intercambio de informaci6n para prevenir y saacionar ilicitos aduaneros con la Repirblica Bolivariana de Venezuela. Que la asistencia mutua y la cooperaci6n entre Estados permite una mayor eficacia para reprimir los ilicitos aduaneros mediante el intercambio de informaci6n oporruno. Que el Ecuador ha suscrito un gran nrimero de acuerdos y convenios de cooperaci6n y asistencia reciprocas con la Repriblica Bolivariana de Venezuela, con quien tiene ademiis estrechos lazos de a:nistad. Que es un deber del Estado ecuatoriano defender la soberania y el territorio nacional, siendo el territorio de aduana parte del territorio nacional. Que e1 Ecuador ha ratificado acuerdos similares corno el Convenio Multilateral sobre Cooperaci6n y Asistencia Mutua entre 1as Direcciones Nacionales de Aduanas; el Acuerdo Bilateral de Cooperaci6n y Asistencia Mutua en Materias Aduaneras entre los Gobiernos de la Reptblica del Ecuador y la Repriblica de Chile; y el Acuerdo Interinstitucional de Cooperaci6n y Asistencia Mutua en Materia Aduanera enffe el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) de 1a Repfblica del Ecuador y la Superintendencia de Administraci6n Tributaria (SAT) de la Repriblica de Guatemala. 11
  • 13. Itl,ls-:t l/..4F r,....;!St:sr ASA,,,1 B I -EA NA.L:I o N AI, 84Pl ptlCA E*I t(trAS0at 8. naconmNo.q,cr6N La Comisi6n de Soberania, Integraci6n, Relaciones Intemacionales, y Seguridad Integral sugiere a1 Pleno de la Asamblea Nacional: Aprobar e1 pedido de aprobaci6n del "Acuerdo entre la Repirblica del Ecuador y 1a Repfblica Bolivariana de Venezuela en materia de Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduaneros" susorito el 14 de n-rayo de 2012 en la crudad de Caracas, Repriblica Bolivariana de Venezuela. 9. ASAMBLEfSTAPONENTE:MariaAugustaCalle. As. Altema de As. Femando Bustamante MIEMBRO DE LA COMISION ' {j.",""-."-,"v!---' Antonlo Posso MIEMBRO DE LA COMISION Gua16n E LA COMISI6N l,] 1r/i i, /ascone LACO COMISI6N I r l!11 . {r:,ti-tLt6:,1r.11q',rr:1! r' Soledad Vela MIEMBRO DE LACOMISIONMIEMB t2
  • 14. Quito, 02 dejulio de 2014 RAZ6N: Siento por tal, que el pedido de aprobaci6n del "Acuerdo entre la Repriblica del Ecuador y la Repfiblica Bolivariana de Venezuela en materia de Asistencia Mutua y Cooperaci6n en Asuntos Aduanerod', enviado por el Poder Ejecutivo, fue conocido, tratado y debatido en el seno de esta ComisiSn, en las sesiones c)e 24 de maruo, 1,4 y 16 de abril de 2014; y el presente informe discutido y aprobado por unanimidad con la siguiente votaci6n: ocho (08) votos afinnativos de las y los asambleistas presentes: Victoria Paredes, alterna del asambleista Femando Bustamante, Milton Gualin, Linda Machuca, Antonio Posso, Ver6nica Rodriguez, Marllely V6sconez, Soledad Vela y Maria Augusta Calle en sesi6n de 02 de julio de 2014. No asistieron los asambleistas Mary Verduga, Diego Salgado y Eduardo Zambrano. Lo certifico.- COMISIoN ESPECIALIZADA PERMANENTE DE SOBERANiA, INTEGRACI6N, RELACIONES INTERNACIONALES Y SEGT]RIDAD INTEGRAL 13