Este documento presenta los fundamentos conceptuales, legales e institucionales de la participación ciudadana en la gestión pública en Venezuela. Explica que la participación ciudadana es un derecho y un deber consagrado en la Constitución. Describe las principales instancias de participación como los consejos comunales, planes de desarrollo participativos y control social. Finalmente, presenta el marco legal e institucional que promueve la participación ciudadana a nivel nacional, estadal y municipal.
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1. LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA
EN LA GESTIÓN PÚBLICA LOCAL
Programa de Formación Básica en
Gestión Comunitaria
Miguel González Marregot
Caracas. Abril, 2010
2. Objetivo del taller
• Brindar a los (as) participantes los
fundamentos conceptuales, legales e
institucionales que faciliten y potencian su
participación e influencia en los distintos
niveles de la gestión gubernamental con
particular énfasis en la gestión pública local,
como expresión de gobierno más cercana a la
población.
3. Contenido del programa
• 1ra sesión: Introducción al tema de
participación ciudadana.
• 2da sesión: El municipio como espacio
gubernamental más cercano al pueblo.
• 3ra sesión: Los consejos comunales como
instancias de protagonismo popular.
• 4ta sesión: Presupuesto participativo y
contraloría social: expresiones concretas de
participación.
4. Primera sesión de trabajo
• Participación ciudadana: concepto y tipos
• Participación ciudadana y derechos humanos. Valores
supremos de la participación ciudadana
• La Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana en la
Gestión Pública.
• La participación ciudadana en el marco de la Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela.
• El Mapa Institucional de la participación ciudadana en
Venezuela.
• Los procesos de participación ciudadana en la gestión
pública: formación, ejecución y control.
5. Entorno Socio - Político Actual
Crisis y Desafíos
Hoy han entrado en franca crisis:
- los grandes partidos políticos
- los órganos colegiados de representación popular
- los esquemas tradicionales de gobierno
Antecedentes
• Las políticas económicas y sociales se han mostrado insuficientes para atacar los
problemas sociales de la población más pobre.
• Ni el Estado ni el mercado han podido dar respuesta a problemas de la
pobreza y la exclusión social.
• Se comienza a consolidar un amplio consenso sobre la necesidad de un
nuevo paradigma para la reducción de la pobreza que incorpore, como
elemento clave la participación.
• Los países de América Latina y el Caribe están atravesando cambios
acelerados.
• Las reformas económicas, políticas y sociales que se están instrumentando
representan la construcción de nuevos sistemas de relaciones sociales entre
grupos poblacionales y las instituciones.
6. Diversidad de visiones sobre la participación ciudadana: una visión
multilateral, un enfoque gubernamental y otro no gubernamental. Una
propuesta académica para su clasificación.
ALGUNOS CONCEPTOS SOBRE LA PARTICIPACIÓN
CIUDADANA EN LA GESTIÓN PÚBLICA.
TIPOS DE PARTICIPACIÓN.
7. La participación, según la Carta Iberoamericana
de Participación Ciudadana en la Gestión
Pública
• Proceso de construcción social de las políticas
públicas que, conforme al interés general de
la sociedad democrática, canaliza, da
respuesta o amplía los derechos
económicos, sociales culturales y políticos y
civiles de las personas, y los derechos de las
organizaciones o grupos que en se
integran, así como los de las comunidades y
pueblos indígenas.
8. La participación ciudadana según
el Ministerio del Poder Popular para la Planificación y
Desarrollo (2001)
• El ejercicio ciudadano de involucrarse y
comprometerse de manera organizada en el
desarrollo de la gestión pública, desde los
ámbitos de actuación local, estadal, regional
y nacional, soportada en los principios de
corresponsabilidad, cogestión y contraloría
social, dirigidos a mejorar las condiciones de
vida de la población venezolana bajo
criterios de sustentabilidad.
9. La participación ciudadana, según el
Centro de Derechos Humanos de la UCAB
Proceso social, dinámico, autónomo,
consciente y crítico que se propone la
democratización del poder. Se motiva por
intereses y/o valores que se pueden
desarrollar individual o colectivamente, en la
sociedad y con respecto al Estado, dentro de
un contexto histórico determinado y bajo
unas condiciones expresamente establecidas.
10. Tipos de participación ciudadana
(Nuria Cunil, 1999)
Participación comunitaria: iniciativas ciudadanas con el propósito
de recibir asistencia estatal para atender asuntos inmediatos en
ámbitos territoriales determinados.
Participación política: intervención de los ciudadanos a través de
los partidos políticos, en órganos de representación como
parlamentos, concejos municipales y cualquier otro tipo que
represente los intereses globales de una comunidad política.
Participación Social: referida a los fenómenos de agrupación de los
individuos en organizaciones en la sociedad civil para la defensa
de intereses sociales específicos.
11. Consideraciones importantes sobre el marco ético conceptual que
resguarda la participación ciudadana en la gestión de los asuntos
públicos.
LOS PRINCIPIOS DE LA PARTICIPACIÓN
CIUDADANA. LA PARTICIPACIÓN Y
DERECHOS HUMANOS
12. Principios fundamentales
de la participación ciudadana
UNIVERSALIDAD CORRESPONSABILIDAD EQUIDAD COOPERACIÓN
PARTICIPACIÓN
INCLUSIÓN LEGALIDAD
CIUDADANA
SOLIDARIDAD PLURALISMO TRANSPARENCIA TOLERANCIA
13. Participación ciudadana y derechos humanos
• Los derechos humanos son un conjunto de
facultades e instituciones que en cada
momento histórico concretan las exigencias
de la dignidad, la libertad y la igualdad
humanas las cuales deben ser reconocidas
positivamente por los ordenamientos a nivel
nacional y a nivel internacional.
• Antonio Pérez Luño (Estado, Política y Derechos Humanos)
14. Derechos humanos
y participación ciudadana
• Artículo 21, de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos (10-12-1948).
• Artículo 25, del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos (16-12-166).
• Artículo 23, de la Convención Interamericana
sobre Derechos Humanos / Pacto de José (07-
11-1969).
• Artículos 2, 6 y 27 de Carta Democrática
Interamericana (11-09-2001).
15. En el caso venezolano la CRBV:
• Reconoce y se compromete a la protección de los derechos humanos de
acuerdo al principio de progresividad y sin discriminación alguna; con
base a los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la
República (artículo 19);
• Establece que la no enunciación expresa de derechos humanos en el
texto constitucional no supone su negación, ni el ejercicio de los mismos
(CRBV, artículo 22);
• Determina que los pactos y convenciones relativos a los derechos
humanos suscritos y ratificados por Venezuela tienen jerarquía
constitucional y prevalecen en el orden interno; siempre y cuando sean
más favorables que las establecidas en la Constitución y las leyes de la
República. (CRBV, artículo 24);
• Determina la obligación del Estado a investigar y sancionar las
violaciones de los derechos humanos (CRBV, artículo 29) y,
• Establece el recurso de amparo ante organismos internacionales, en caso
de que haya personas afectadas en el disfrute de sus derechos humanos
(CRBV, artículo 31).
16. El marco jurídico-institucional de la participación ciudadana. Referentes
internacional y nacional.
LA CARTA IBEROAMERICANA DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA. LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y OTRAS LEYES. MAPA
INSTITUCIONAL PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
17. La Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana
en la Gestión Pública. (Portugal. Junio, 2009)
• XI Conferencia Iberoamericana de Ministros de
Administración Pública y Reforma del Estado.
• Preámbulo. 6 Capítulos. 50 artículos. Consideración Final.
– Capítulo I. Objeto, fundamento y principios de la participación
ciudadana en la gestión pública.
– Capítulo II. Participación ciudadano en el proceso de formación de la
políticas públicas.
– Capítulo III. Formas de participación.
– Capítulo IV. La participación como organización y proceso.
– Capítulo V. El acceso a la información pública para la participación
ciudadana.
– Capítulo VI. La evaluación del proceso de participación en la gestión
pública.
18. Antecedentes en el caso venezolano 1958-1998
1969: Organismos Regionales de - Constitución República de
Desarrollo. Venezuela (1961).
1980: del Consejo Nacional de Desarrollo - Ley Régimen Municipal (1972)
Regional. Asambleas Estadales de - Ley Orgánica Ambiente (1976).
Participación. - Ley Orgánica Educación (1980).
1984: creación de la COPRE - Ley Orgánica de Ordenación
1988: redes sociales para gestión de MARCO Urbanística (1989).
políticas sociales. - Ley Orgánica de
1989: elección popular de LEGAL Descentralización (1989).
gobernadores; y creación de Comités - Ley Orgánica de Justicia de Paz
Estadales de Coordinación y (1994).
Planificación. - Ley Orgánica del Sufragio (1998).
1993: Consejo Territorial de Gobierno. - Reglamento nº1 de la LORM las
Comités de Planificación Estadal. Asociaciones de Vecinos (1979).
Asociación Nacional de Alcaldes.
1995: Consejos Parroquiales de
Planificación (Fundacomún).
1997: Gabinetes Móviles.
DESARROLLO PLANES
INSTITUCIONAL DE LA NACIÓN
Cada uno de los nueve Planes de la Nación (1958-
1998), contiene proyectos orientados a la organización popular
y a su participación en la gestión pública. Especial énfasis en
los planes VI, VIII y IX.
19. Venezuela: un 37% de la Constitución
Bolivariana contempla la “participación popular”
• La elección directa, universal y secreta de las autoridades
gubernamentales en los Poderes Ejecutivo y Legislativo; de los tres
niveles político-territoriales (Nacional, Estadal y Municipal).
• La elección directa, universal y secreta de los Jueces de Paz, exclusiva de
los municipios.
• La designación de ciertas autoridades nacionales como el Tribunal
Supremo de Justicia, del Poder Ciudadano, y de la Junta Directiva del
Consejo Nacional Electoral; de manera indirecta y difusa; a través de
representantes en Comités de Postulaciones o mediante la expresión de
opiniones y/o reparos.
• En la formación, ejecución y control de políticas públicas a el nivel
nacional, estadal y municipal.
• En los procesos de formación de leyes, de enmienda, de reforma
constitucional y del proceso constituyente.
• Y por último, debemos citar la cogestión ciudadana en los procesos
electorales.
20. La participación: Un derecho y un deber
CRBV Artículo 62: Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen
el derecho a participar libremente en los asuntos públicos
directamente o por medio de sus representantes.
La participación del pueblo en la formación, ejecución y
control de la gestión pública es el medio necesario para lograr
el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto
individual como colectivo.
Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la
generación de las condiciones más favorables para su
práctica.
21. La participación: Un derecho y un deber
CRBV Artículo 132: Toda persona tiene el deber
de cumplir sus responsabilidades sociales y
participar solidariamente en la vida política, civil
y comunitaria del país, promoviendo y
defendiendo los derechos humanos como
fundamento de la convivencia democrática.
22. El estratégico artículo 184 de la CRVB
Descentralización y transferencia de programas a
comunidades y grupos vecinales organizados.
Participación de comunidades y ciudadanos (as),
asociaciones vecinales y organizaciones sociales en la
formulación de propuestas de inversión, en los planes de
inversión y el control de obras y programas sociales.
Impulso de nuevas formas de organización popular
(cooperativas, empresas comunitarias, cajas de ahorro).
Nuevos sujetos de descentralización en parroquias,
comunidades, barrios y vecindades.
La autogestión y cogestión.
23. Participación ciudadana en el marco legal vigente
• Ley Orgánica de los Consejos Legislativos de los Estados
(2001)
• Ley Orgánica Ley Orgánica de Planificación (2001/2009 en
reforma)
• Ley Orgánica de la Administración Pública (2002/2007)
• Ley de los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación
de Políticas Públicas (2002)
• Ley de los Consejos Locales de Planificación (2002/2006)
• Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (2001)
• Ley Orgánica del Poder Público Municipal (2005/2006)
• Ley Orgánica de la Comisión Central de Planificación
(2007/2009)
• Ley de los Consejos Comunales (2006/2009)
• Ley y Reglamento del Consejo Federal de Gobierno (2010)
• Ley Orgánica de Participación Ciudadana (primera discusión)
24. Participación ciudadana e institucionalidad pública. La distribución
político-territorial de las instancias de participación ciudadana. La
participación y la planificación. La nueva propuesta del Consejo Federal
de Gobierno.
MAPA INSTITUCIONAL DE LA
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
25. Participación ciudadana e
institucionalidad pública
El derecho y el deber a la participación
supone su relación con los poderes públicos
Poder Poder Poder Poder Poder
Ejecutivo Legislativo Judicial Electoral Moral
26. Instancias político-territoriales • Gobernador
• Alcaldes del estado
• Vice-Presidente de la
para la participación • Directores Estadales
República de los Ministerios
• Ministros • Representantes de
• Gobernadores la Asamblea Nacional
• Un Alcalde por estado CFG CEPCPP • Representantes del
• Representantes de la Consejo Legislativo
Sociedad Civil organizada • Representantes de los
Concejales
• Alcalde Metropolitano 185 CRBV 166 CRBV • Representantes de la
• Alcaldes de la entidad Comunidad Organizada
• Un Concejal por cada • Comunidades Indígenas
municipio
• Un representante de la CMPCPP CLPP • Alcalde
gobernación • Presidentes de juntas
• Presidentes de las juntas parroquiales
parroquiales • Concejales
• Representantes de las • Representantes de las
organizaciones vecinales y 33 LERDMC 182 CRBV comunidades
otras de la sociedad • Representantes de la
organizada sociedad civil organizada
Consejos • Comunidades Indígenas
• Voceros vecinales electos en Comunales
asambleas de ciudadanos (as)
LOCC/2009
27. La participación y la planificación unidas mediante
un sistema de instancias político-territorial
Poder Ejecutivo Organismos de Participación
Presidente Consejo Federal
Vicepresidente de Gobierno
Ministros
Consejo de
Planificación
Gobernación
y Coordinación de
Políticas Públicas
CLPP
Consejos Parroquiales
Alcaldía
Consejos Comunales
Asambleas de Ciudadanos
28. Organización del espacio geográfico según
Reglamento de la Ley Consejo Federal de
Gobierno (A-18)
Ejes Estratégicos de Desarrollo
Distrito Motor de Ejes
Desarrollo Comunales
Zonas de Ejes de
Comunas
Desarrollo desarrollo
29. La participación y la planificación están unidas mediante
un sistema instancias político-territorial
Poder Ejecutivo Organismos de Participación
Presidente Consejo Federal
Vicepresidentes de Gobierno
Ministros Fondo de Compensación
Interterritorial
Comisión Central de Planificación
Gobernación Consejo de Planificación
Autoridades de y Coordinación de P.P.
Distritos Motores Consejos Comunales
de Planificación
Ejes de Desarrollo
CLPP
Alcaldía Consejos Comunales de
Ciudades Comunales Planificación
Comunas Consejos Comunales
Asambleas de Ciudadanos
30. ESTRUCTURA Y RELACIONES OPERATIVAS
DEL CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO
Estructura Administrativa Relaciones Operativas
Plenaria Vice-presidentes
Ministros
Secretaría Ejecutiva CC de Planificación
Fondo de Compensación Gobernadores
Interterritorial
Alcaldes
Secretaría Técnica
Sociedad Civil
OFICINAS Compatibilización de Planes:
Autoridades Únicas Distritales
TÉCNICAS Gobernaciones-CEPLACOP
REGIONALES Alcaldías-CLPP
OFICINAS Gobernaciones-CEPLACOP
Alcaldías-CLPP
RECEPTORAS
Comunas
ESTADALES Consejos Comunales
31. La formación, ejecución y control de la gestión pública: mandato
constitucional y proceso técnico-político.
LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA
COMO PROCESO
32. LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Y LA GESTIÓN PÚBLICA
La participación cívica
en la gestión pública
supone la realización
de tres eventos
técnicos, diferentes
pero unidos entre sí. EJECUCIÓN
F
O C
R O
M
A
Gestión N
T
C Pública R
I O
Ó L
N
33. Formación, Ejecución y Control
FORMACIÓN EJECUCIÓN CONTROL
Proceso vinculado Proceso vinculado a Proceso vinculado al
a la planificación la realización de control ciudadano o
de políticas políticas públicas; social de la actividad
públicas; mediante mediante la gubernamental.
la presentación de cogestión, los Implica la rendición
iniciativas, convenios de de cuentas y la
propuestas y gestión, la gestión por
recomendaciones. descentralización y la resultados.
privatización.
34. El ejercicio del derecho a la participación
y las instituciones públicas
Procesos Poderes Públicos
Ejecutivo Legislativo Judicial Electoral Moral
Formación de
Solicitudes leyes Participación semi-directa en la
Formación Propuestas Enmienda, conformación de estos poderes.
Proyectos reforma y
Presentación de casos, solicitudes.
Planes constituyente
Referendos
Descentralización Cumplimiento Escabinos Administración Integrante
Ejecución Cogestión mandatos Justicia de procesos sistema de
Privatización legales de Paz electorales control
fiscal
Control Mediante el seguimiento de las decisiones públicas
35. FORMACIÓN, EJECUCIÓN Y CONTROL
de políticas públicas
Niveles de Mecanismos
Sectores
Gobierno
Movilizaciones
Ambiente Planes
Formación Ciencia Presupuestos
Cultura Propuestas
Nacional Defensa Opiniones
Estadual Deporte
Convenios de
Ejecución Municipal Infraestructura
Gestión
Educación
Cooperativas
Económico
Cogestión
Salud
Control Social Contraloría Social
Territorial Comité de Usuarios
36. Segunda sesión de trabajo
• El poder público municipal
• La división funcional del poder público
municipal
• Las instancias de gobierno del municipio
• La planificación municipal
• Los mecanismos de participación en el
municipio
37. El Municipio en el marco de la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela. Importancia del municipio como instancia de gobierno
más cercana al pueblo. La división funcional del poder municipio.
EL ÁMBITO MÁS CERCANO PARA LA
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
38. El municipio en el marco de la CRBV
Capítulo IV. Artículos 168-184
• Los municipios constituyen la unidad primaria de la organización
nacional, gozan de personalidad jurídica y autonomía, dentro los
límites de la Constitución y la ley. La autonomía municipal
comprende:
– la elección de sus autoridades
– la gestión de las materias de su competencia
– la creación, recaudación e inversión de sus ingresos
• Las actuaciones del Municipio en el ámbito de sus competencias
se cumplirán incorporando la participación ciudadana al proceso
de definición y ejecución de la gestión pública y al control y
evaluación de sus resultados, en forma efectiva, suficiente y
oportuna conforma a la ley.
• CRBV: Artículo 168
39. Importancia del Municipio
para la participación popular
• Instancia más específica dentro de la actuación y
distribución espacial del Estado.
• Unidad de territorio que muestra características
particulares con una población determinada, en
donde existe una mayor cercanía entre las
comunidades y las instituciones públicas.
• Espacio propicio para aprovechar las potencialidades
y recursos locales, encaminado a potenciar el
desarrollo
40. Los municipios del país
y su diversidad demográfica
35 municipios tienen menos de 10.000 habitantes. Son casi
vecindades.
120 municipios tienen entre 10 mil y 30.000 habitantes
correspondientes a la escala de una parroquia
117 municipios se ubican entre 30 mil y 100.000 habitantes con
la escala de 2-5 parroquias
56 municipios tienen entre cien mil y 500.000 habitantes ya son
organizaciones sociales más complejas
Solo 7 municipios venezolanos tienen más de 500.000
habitantes y si revisamos las ciudades solo 8 ciudades tienen
más de esa población pero concentran el 49% de la población
41. La áreas metropolitanas
como espacios de gestión pública
Áreas Componentes Urbanos Población
Metropolitanas
Caracas Libertador, Sucre, Baruta, Chacao, El Hatillo, 4.989.299
Guaicaipuro, Carrizal, Los Salias, Charallave, Santa
Lucía, Santa Teresa, San Francisco de Yare, Ocumare,
Cúa, Guarenas, Guatire y Vargas.
Maracaibo Maracaibo y San Francisco 1.989.971
Valencia Valencia, Tocuyito, Naguanagua, Los Guayos, San Diego 1.738.341
y Guacara.
Barquisimeto Irribaren y Cabudare. 1.137.050
Maracay Girardot, Mario Briceño, Mariño, Turmero, Libertad, Palo
Negro, Sucre, Cagua, Linares y Lamas. 1.119.138
Ciudad Guayana San Félix y Puerto Ordaz. 809.468
Barcelona- Barcelona y Puerto La Cruz. 634.027
Puerto La Cruz
San Cristóbal San Cristóbal 509.648
42. Principios generales
de la organización municipal
El poder público municipal se ejerce a través de 4 funciones: la
función ejecutiva, desarrollada por el alcalde o alcaldesa a
quien corresponde el gobierno y administración; la función
deliberante que corresponde al concejo municipal, integrado
por los concejales y concejalas. La función de control fiscal
corresponderá a la Contraloría Municipal. Y la función de
planificación que será ejercida en corresponsabilidad con el
Consejo Local de Planificación Pública.
Los órganos del poder público municipal la participación
ciudadana en el proceso de definición y ejecución de la gestión
pública y en el control y evaluación de sus resultados, en forma
efectiva, suficiente y oportuna, para lo cual deberán crear los
mecanismos que lo garanticen (LOPPM, artículo 75).
43. Competencias Sociales de Estados y Municipios
Competencias Concurrentes Competencias Exclusivas
Servicios para Infancia, juventud y tercera
Protección de la familia y el niño
edad
Integración de personas con discapacidad
Protección social
Atención a violencia contra la mujer y la familia
Comunidades campesinas e indígenas
Espacios libres y equipamiento comunitario
Servicios de empleo y bienestar laboral
Autogestión y Cogestión de Empresas
Empleo Turismo local
Nación, Estados y Municipios
Públicas
Cooperativas
Cultura y conservación Cultura Actividades e instalaciones culturales
Educación en todas sus modalidades Educación Educación preescolar
Deporte y
Municipios
Deporte, educación física y recreación Plazas, parques y jardines, balnearios
Recreación
Prestación y administración descentralizada
Salud Atención primaria en salud
del Sistema Público Nacional de Salud
Aseo urbano y domiciliario
Aguas residuales
Agua, electricidad y gas domiciliario
Saneamiento,
Alumbrado público
Vivienda popular Vivienda y Servicios
Alcantarillado
Públicos
Aguas servidas
Vivienda social
Protección ambiental
Nutrición Alimentos Abastecimiento y mercados
Policia
Descentralización administrativa y Seguridad
jurisdiccional del Sistema Judicial Ciudadana y Justicia de paz
Descentralización administrativa de Justicia
Establecimientos Penitenciarios
44. La función de planificación y la participación ciudadana. El sistema de
planificación participativa territorial. El consejo local de planificación
pública.
LA PLANIFICACIÓN LOCAL Y LA
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
45. El sistema de planificación
participativa previsto en el CFG
• El Consejo Federal de Gobierno, los consejos
estadales de planificación y coordinación de
políticas públicas, los consejos locales de
planificación pública, los comunas y consejos
comunales constituyen en este orden el sistema de
planificación participativa territorial.
• En orden ascendente deberán ensamblando planes
comunitarios, comunales, locales, municipales, esta
dales, regionales y nacionales atendiendo al Plan de
Desarrollo Económico y Social de la Nación.
46. Sistema de planificación participativa territorial
Plan de
Desarrollo
Económico
Gestión y Social
Planes
Pública Nacionales
Local Plan
Regional
Plan
Estadal de
Desarrollo
Plan
Municipal
de
Desarrollo
Plan Local
Plan
Comunal
Ciudades, pueblos, u
Plan
Comunitario rbanizaciones, barrio
s, aldeas, caseríos.
47. El Consejo Local de Planificación Pública (CLPP)
Alcalde
(Presidente)
Vicepresidente
(Vecinal) Representantes
vecinales por
Concejales parroquia
del Municipio
Representantes
de la Comunidad
Organizada
Presidentes
Juntas
Parroquiales Representantes
de los pueblos
Sala Técnica / indígenas
Secretario (a)
48. PRODUCTOS INSTITUCIONALES DEL CLPP
Red de
Organizaciones Plan Muncipal
Vecinales y de Desarrollo
Comunales
Mapa Presupuesto
Social del de Inversión
Municipio Municipal
CLPP
Convenios de Presupuesto
Descentralización Participativo
Defensa de Control
Derechos: Familia Social y
Niñez y Ciudadano
Adolescencia
49. El CLPP, la Alcaldía y las Comunidades
en el ámbito de la planificación municipal
ALCALDÍA CONSEJO LOCAL
Gestión de planes,
proyectos y recursos
Ejecuta
programas Promueven
y proyectos la
participación
Evalúan y
Plantean
controlan la
carencias y
gestión
prioridades
COMUNIDADES
ORGANIZADAS
50. Balance de la experiencia de los CLPP
• La polarización del país ha dificultado el ejercicio de los
derechos a la participación.
• Inapropiado desarrollo legislativo en los instrumentos
vinculados al tema participativo.
• Baja capacidad gerencial y operativa de un buen número de
gobierno locales.
• Cultura clientelar que aún predomina en los procesos de
gestión pública.
• La desinformación que acompañó su creación.
• La inexperiencia y desinterés de la sociedad civil en participar
en estos eventos.
• Resistencia de las autoridades públicas a implementación de
estas órganos de inclusión ciudadana.
51. Los planes de la gestión local: plan municipal de desarrollo, plan de
inversión municipal, plan operativo anual, plan de desarrollo urbano
local, planes de inversión especial, ordenanzas municipales.
LOS PLANES DE LA GESTIÓN LOCAL
52. Planes Municipales:
diversidad y corresponsabilidad
CLPP Mancomunidades
Comunales
Asociaciones
de Vecinos
Organizaciones
sociales
Consejos
Comunales
La población tiene derecho a participar en las políticas públicas locales;
y esa cualidad genera corresponsabilidad.
53. El Plan Municipal de Desarrollo
• El Plan Municipal de Desarrollo expresa las
directrices de gobierno de cada uno de los
municipios, para el período de cuatro años de
gestión. En su formulación debe tomarse en
consideración lo dispuesto en las líneas generales
del Plan de Desarrollo Económico y Social de la
Nación, en el Plan Nacional de Desarrollo, en el Plan
de Desarrollo Regional y el Plan Estadal de
Desarrollo (artículo; 55 LOP; 2001)
54. El Plan de Desarrollo Urbano Local
• Cada municipio tendrá su plan de desarrollo urbano
mediante el cual se regulará el uso y
aprovechamiento del suelo; según las directrices
contenidas en el plan nacional de ordenación
urbanística … este plan contendrá la ordenación del
territorio municipal, hará una clasificación de los
suelos y sus usos, y regulará los diferentes usos y
niveles de intensidad de los mismos, definirá los
espacios libres y el equipamiento
comunitario, definirá los espacios libres y la
protección del medio ambiente.
(artículo 61; LOPPM, 2005)
55. Las Ordenanzas Municipales
• Son los actos que sanciona el Concejo Municipal
para establecer normas con carácter de ley
municipal, de aplicación sobre asuntos
específicos de interés local (artículo, 54 LOPPM, 2005).
• Los ciudadanos y ciudadanas en un porcentaje
no menor al cero coma uno por ciento (0,1%) de
los electores del municipio podrán presentar
proyectos de ordenanzas o de modificación, de
las ya vigentes (artículo, 277, LOPPM, 2005).
56. Los diferentes medios para la participación ciudadana en la gestión
pública local: cabildos abiertos, asambleas ciudadanas, consultas
públicas, iniciativa popular y legislativa, controlaría social, presupuesto
participativo, cogestión y autogestión, instancias de atención
ciudadana.
EL MUNICIPIO Y LA PARTICIPACIÓN
CIUDADANA
57. El municipio y la participación
El municipio posee medios de
participación popular para que los
ciudadanos de manera individual como
colectiva manifiesten de manera
autónoma su
aprobación, rechazo, observaciones, prop
uestas, iniciativas, quejas denuncias y en
general su voluntad en asuntos de
interés colectivos. (LOPPM, artículo 258)
58. El municipio
y los medios de participación
Cabildos Abiertos Referendos
Asambleas Ciudadanas Iniciativa Legislativa
Medios de Comunicación
Consultas Públicas Social Alternativos
Iniciativa Popular Instancias de Atención
Ciudadana
Presupuesto Participativo Autogestión
Control Social Cogestión
59. Los medios de participación ciudadana en el municipio
• Cabildo Abierto (LOPPM, artículos 260, 261): sesión abierta de la Cámara
Municipal organizada con el propósito de buscar soluciones a problemas que
afecten a una comunidad determinada.
• Asambleas de ciudadanos (LOPPM artículos 262, 263): un medio de
participación local deliberativo en el que participan los ciudadanos
relacionados a la comunidad o al tema específico considerado. Sus decisiones
son de carácter vinculante.
• Referendos (CRVB artículo 70 y LOPPM artículo 273): los consultivos de
carácter revocatorio, abrogatorio o aprobatorio deberán cumplir con los
requisitos establecidos por el CNE. Las convocatorias a referendos sobre una
ordenanza o tema específico sólo podrá realizarse una vez, durante un período
constitucional.
• Consultas Públicas (LOPPM artículos 265, 266): ciudadanos, comunidades
organizadas y los colectivos sociales tienen derecho a formular observaciones
y propuestas a proyectos de ordenanzas en discusión, en especial a aquellos
referidos el desarrollo urbano y la conservación ambiental.
60. Los medios de participación ciudadana en el municipio
• Iniciativa Popular (CRBV, artículo 70): las comunidades organizadas y los colectivos
sociales emprenden de manera autónoma decisiones para alcanzar ciertos objetivos en
función de mejorar su calidad de vida.
• Iniciativa Legislativa (LOPPM, artículo 274): medio de participación ciudadana; a través
de la cual los habitantes de un municipio en un porcentaje no menor del 0,1 pueden
presentar de sus electores proyectos de ordenanzas o modificaciones a las vigentes para
la consideración del respectivo concejo municipal.
• Medios de Comunicación Alternativos (CRBV, artículo 70): medios de participación
popular; mediante los cuales los vecinos, las comunidades organizadas y los colectivos
sociales desarrollan canales comunitarios o sectoriales independientes y sin fines de
lucro, con el propósito de generar espacios para el fortalecimiento de la confianza, la
solidaridad y la cooperación mutua, en función de mejorar su calidad de vida.
• Autogestión y Cogestión (CRBV; artículos 70, 184): expresiones de gestión asociativa de
carácter corresponsable, descentralizado, desconcentrado y democrático que se
producen bajo la figura de convenios entre el municipio y las comunidades organizadas o
los colectivos sociales; o entre estos dos últimos para la prestación de servicios públicos o
la gestión de programas sociales.
61. MUNICIPIOS Y EL MARCO JURÍDICO INSTITUCIONAL PARA LA PARTICIPACIÓN
Situación del Consejo
Municipio Habitantes Oficina de Ordenanza de Local de Planificación Número de
Participación Participación Pública Consejos
Ciudadana Ciudadana Comunales
Libertador 1.980.194 Sí posee Sí posee Con período vencido 952
(DC) desde el año 2005
Baruta 337.342 Sí tiene Sí tiene Renovado para 120
(Miranda) el lapso
2009-2011
El Hatillo 65.916 Sí tiene Sí posee Renovado para 83
(Miranda) el lapso
2009-2011
Sucre 954.606 Sí posee No tiene Renovado para 386
(Miranda) el lapso
2009-2011
Valencia 962.232 Sí tiene No posee En proceso de 150
(Carabobo) renovación
Lechería 21.200 Sí tiene Sí tiene Renovado e impugnado 7
(Anzoátegui) por un sector
comunitario
Iribarren 989.060 Sí posee No tiene Con el período vencido -
(Lara)
Maracaibo 1.538.761 Sí tiene No tiene Con el período vencido 310
(Zulia)
San Francisco 445.210 No tiene Hay proyecto de Con el período vencido 270
(Zulia) ordenanza de
participación
Libertador 204.879 Sí tiene No tiene Renovado para el lapso 80
(Mérida) 2009-2011
San Cristóbal 509.648 Sí tiene No tiene Con el período vencido -
(Táchira)
62. Tercera sesión de trabajo
• Los consejos comunales como medios
de organización popular
• Fortalezas y debilidades de los consejos
comunales
• El nuevo consejo comunal
• El ciclo comunal:
diagnóstico, plan, presupuesto, ejecució
n y control de proyectos comunitarios
63. Antecedentes de los consejos comunales. Fortalezas y debilidades de
los consejos comunales.
LOS CONSEJOS COMUNALES
64. Antecedentes de los consejos comunales
• Su base: el artículo 62 de la CRBV.
• El gobierno sostiene como valor estratégico: el organizar y
movilizar a la población.
• 2002: los consejos comunales se crean dentro de los
Consejos Locales de Planificación Pública.
• 2004: el “Mapa de los 10 objetivos estratégicos”. Se reitera
su importancia dentro de los CLPP.
• 2006: las dificultades de los CLPP determinan una nueva
ruta: los consejos comunales. Ley de los Consejos
Comunales.
• 2007: la Explosión del Poder Comunal, como un objetivo del
gobierno.
• 2009: Reforma de la Ley de los Consejos Comunales.
65. Un balance de los consejos comunales:
fortalezas
• Reactivaron de manera importante el debate, en
torno a la organización comunitaria.
• Se consolidaron como medios de inclusión popular
en los asuntos públicos locales.
• “Democratizaron” el conocimiento de la gestión de
proyectos.
• Potenciaron la presión vecinal sobre los agentes
gubernamentales.
• Están renovando el liderazgo social y comunitario.
66. Un balance de los consejos comunales:
debilidades
• Ambigüedad en los criterios para la definición
del ámbito territorial.
• Dificultades en su organización, gestión
financiera y rendición de cuentas.
• Incomunicación con las entidades públicas
locales.
• Sobrecarga funcional de los consejos comunales
y de su voluntariado.
• Priva el partidismo en algunos consejos
comunales.
67. Otro diagnóstico
de los consejos comunales
• Según el Encuentro del “Poder Popular” de la
Región Central (2008):
• Nacieron sin orientación clara. Se conformaron sin
asesoría adecuada.
• Se observa poca participación de la gente.
• Existen fallas en la comunicación entre el consejo y
las comunidades.
• Obstáculos para el registro de los consejos.
• No hay respuesta oportuna del gobierno.
• Hay consejos comunales de la oposición.
68. La gestión de los consejos comunales …
Autoridades
Red Institucional
Nacionales
Consejo Federal ESTADO Estadales
de Gobierno
Municipales
Consejos Estadales -CEPLACOP-
Consejos Locales -CLPP-
CORRESPONSABILIDAD
DESCENTRALIZACIÓN
TRANSFERENCIA
CONSEJO COOPERACIÓN
ELECCIÓN
CONTROL SOCIAL COMUNAL COORDINACIÓN
REMOCIÓN CONTROL SOCIAL
Ciclo Comunal ASOCIACIONES
COMUNIDAD Diagnóstico CIVILES
Plan
Presupuesto
Ejecución
Control
69. Basado en la Resolución del Ministerio del Poder Popular para las
Comunas y Protección Social. Gaceta Oficial Nº 374.959 de fecha 2 de
Marzo de 2010.
EL PROCESO DE ADECUACIÓN DE
LOS CONSEJOS COMUNALES
70. El contenido
de la resolución de MINCOMUNAS
• DISPOSICIONES GENERALES
• DEL PROCESO DE ADECUACIÓN
• DE LA TAQUILLA ÚNICA DE
REGISTRO
• DE LA LIQUIDACIÓN DE LAS
ASOCIACIONES COOPERATIVAS
BANCOS COMUNALES
71. Concepto de adecuación
• Adecuación del proceso mediante el
cual los consejos comunales ajustan sus
estatutos, organización y
funcionamiento interno a las
disposiciones de la nueva Ley Orgánica
de los Consejos Comunales.
72. Acciones derivadas del proceso de adecuación
• Convocatoria a una asamblea de ciudadanos para informar sobre la promulgación de la
nueva LOCC; así el proceso de adecuación de sus estatutos, organización y funcionamiento.
• Elección de los integrantes principales y suplentes de la comisión electoral permanente
(artículo 23 LOCC).
• Elección de los voceros (as) principales y suplentes de las distintas unidades del consejo
comunal vencidas o por vencerse en el lapso de 180 establecido por la Ley para el período
de adecuación.
• Elección de los voceros (as) suplentes de las distintas unidades del consejo comunal que se
encuentran vigentes.
• Proclamación del colectivo de coordinación comunitaria por parte de la comisión electoral
permanente.
• Actualización del ámbito geográfico y el censo demográfico y el censo socio-económico de
la comunidad.
• Modificación del acta constitutiva y los estatutos sociales en los términos previstos en los
artículo 2 y 16 de la LOCC.
• Registro ante la Taquilla Única del Poder Popular del Consejo Comunal.
• Transferencia de los recursos y liquidación de la asociación de cooperativas banco
comunal, en su carácter de unidad de Gestión Financiera del Banco Comunal.
73. Cuarta sesión de trabajo
• El presupuesto participativo
• La contraloría social
• Perspectivas y conclusiones
74. Base Legal. Plan de Inversión Municipal. Concepto de Presupuesto
Participativo. Procedimiento para su aplicación. Contraloría Social: base
legal, concepto, beneficios de su aplicación.
EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Y
LA CONTRALORÍA SOCIAL
75. BASE LEGAL EN VENEZUELA
• Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela: artículos 51, 62 y 184.
• Ley Orgánica del Poder Público Municipal:
artículos 231, 258, 268.
• Ley de los Consejos Locales de Planificación
Pública: artículos 35-40
• Ley Orgánica de los Consejos Comunales:
artículos 4 (9), 25, 29 (6 y 9), 44, 45, 46, 47.
• Ordenanzas de Participación Ciudadana o del
ese tema de cada municipio.
76. El Presupuesto de Inversión Municipal
Artículo •Seguridad
Prioridades
231 de las
•Educación
•Salud
LOPPM Comunidades •Programas
Sociales
•Vivienda
•Recreación
Presupuesto de
Proyectos de Proyectos de
Vialidad
Inversión Urbanismo
Municipal
Proyectos de
Servicios
Infraestructura Fondo de
Emergencias
77. El Plan y el Presupuesto de Inversión
Municipal
• El plan y el presupuesto anuales
resultan de la consolidación de los
requerimientos formulados en el Plan
Municipal de Desarrollo y por los
consejos comunales, las organizaciones
vecinales y comunitarias; a través del
proceso de formación del presupuesto
participativo; según lo establecido en la
LOPPM (artículo 35 LCLPP, 2006)
78. ¿Qué es el presupuesto participativo?
Es un mecanismo de participación ciudadana y, de
incidencia pública que contribuye a una mejor
distribución de los recursos públicos locales.
Para Ubiratan de Souza, uno de los primeros responsables del Presupuesto
Participativo en Porto Alegre (Brasil):
“El presupuesto participativo (PP) es un proceso de democracia directa, voluntaria y
universal, donde el pueblo puede discutir y decidir sobre el presupuesto y las
políticas públicas. El ciudadano no limita su participación al acto de votar para elegir
al Ejecutivo o al Parlamento, sino que también decide las prioridades de gastos y
controla la gestión del gobierno. Deja de ser un coadyuvante de la política tradicional
para ser protagonista permanente de la gestión pública. El PP combina la democracia
directa con la democracia representativa, una conquista a ser preservada y
calificada”
79. El presupuesto participativo
(CRBV, artículos 51, 62 y 184)
• El Presupuesto Participativo es resultado de la
utilización de los procesos mediante los cuales
los ciudadanos (as) del Municipio
proponen, deliberan y deciden en la
formulación, ejecución, control y evaluación del
presupuesto de inversión anual municipal. Todo
aquello con el propósito de materializarlo en
proyectos que permitan el desarrollo del
Municipio, atendiendo a las necesidades y
propuestas de las comunidades y sus
organizaciones en el Consejo Local de
Planificación Pública (LOPPM, artículo 268).
80. ¿CÓMO LO HACEMOS?
Actores que intervienen en el proceso
• Ejecutivo Municipal: el Alcalde, las
Direcciones y Servicios Autónomos.
• Concejo Municipal (apruebe el presupuesto
de inversión municipal).
• El Consejo Local de Planificación Pública y
Sala Técnica.
• Los consejos comunales y otras asociaciones.
• Los vecinos y vecinas
81. FASES DEL PROCESO DE ELABORACIÓN DEL P.P.
Desde el punto de vista gubernamental
o El CLPP prepara procedimientos para elaboración del
presupuesto participativo (abril-mayo).
o El Alcalde entregará al CLPP en el mes de julio de cada
año, la cifra correspondiente a la inversión del
presupuesto participativo.
o El CLPP informa a las comunidades y, abre el proceso
de recepción de solicitudes (agosto-septiembre).
o Una vez recibidas las solicitudes, la Comisión de
Planificación del CLPP, directivos de la alcaldía, y Sala
Técnica elaboran propuesta de Plan de Inversión
(septiembre).
o CLPP evalúa y envía al Concejo Municipal para su
aprobación dentro del presupuesto (octubre).
82. Presupuesto Participativo: desde el punto de vista vecinal –ejemplo-
Designan Realizan reunión
equipos para preparar
vecinales diagnóstico
para realizar comunitario
la contraloría Comunidades o mapa de
social reunidas en Asambleas : necesidades
Consejos Comunales,
Envían al Grupos Vecinales, Reciben del
CLPP las Grupos Temáticos, CLPP, monto
prioridades Asociaciones Civiles, de la
establecidas Sectores Organizados inversión
para ser Consejeros, total y por
incluidas en Vecinas y Vecinos sectores
el PIM
Deciden en Analizan el
asamblea las monto de
prioridades de inversión; de
su ámbito acuerdo sus
territorial prioridades
83. ¿QUÉ ES LA CONTROLARÍA SOCIAL?
Se entiende por control social, la
participación de los sectores en la
supervisión y evaluación del
cumplimiento de las acciones
planificadas, y la proposición de
correctivos cuando se estimen
convenientes.
Artículo 14, Ley Orgánica de Planificación
84. Base Legal
de la Contraloría Social
• Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
(51, 62, 168 y 184 )
• Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y el
Sistema Nacional de Control Fiscal (1, 6, 14, 24, 25, 75 y 76)
• Ley Orgánica de Planificación (14, 58, 59, 60)
• Ley de los Consejos Locales de Planificación (10)
• Ley Orgánica de la Administración Pública (10, 138)
• Ley Orgánica del Poder Público Municipal
(1,2, 4,7, 8, 75, 109, 130, 269, 270, 271, 272,
• Ley de Consejos Comunales (6 y 11)
85. Rasgos distintivos de la Contraloría Social
1. El control de la gestión pública es un derecho
constitucional.
2. La contraloría social es para el ejercicio CIUDADANO.
3. La contraloría social abarca los tres niveles de gobierno
(nacional, estadual, municipal).
4. El ejercicio de la contraloría social es de carácter
vinculante.
5. Los ciudadanos y ciudadanas son una parte integrante
del Sistema Nacional de Control Fiscal.
6. El ejercicio de la actividad de control sobre la gestión
pública, puede ser realizado en forma individual o
colectiva.
86. ¿A quién se aplica la contraloría social?
• A la gestión pública municipal
• A los funcionarios públicos
• A los organismos del Estado
• A las organizaciones de la sociedad
organizada
• A la gestión de los consejos comunales
• A la empresa privada
87. Aspectos de la gestión a controlar desde
la sociedad….
Las Obras públicas
Los Planes Municipales:
Plan Municipal de Desarrollo
Plan de Desarrollo Urbano Local
Planes Parroquiales
Planes Comunales
Planes comunitarios
La actuación gubernamental de los funcionarios públicos en
el desempeño de su cargo.
88. Beneficios de la contraloría social
• Promueve la actitud responsable y comprometida
de la ciudadanía en la gestión pública.
• La gestión pública es “controlada” por la
ciudadanía.
• Contribuye a mayores niveles de eficiencia y
transparencia de la gestión de los gobiernos
municipales.
• Incentiva los procesos de rendición de cuentas.
90. Condiciones institucionales para la participación
1. Un marco legal democrático que sustente, promueva y apoye su
ejercicio.
2. Principios éticos basados en la honestidad, solidaridad, tolerancia y
en la crítica libre y responsable.
3. Desarrollo de programas educativos para elevar las capacidades
cívicas; tanto de los actores civiles como gubernamentales.
4. El Estado y sus instituciones deben facilitar los recursos
organizativos, técnicos y tecnológicos, informativos e informáticos
y, los espacios fijos para su ejercicio.
5. El Estado garantizará los recursos presupuestarios para el
funcionamiento eficaz y eficiente de las instancias de participación.
6. Compromiso institucional entre el Estado y la sociedad civil para el
desarrollo y ejercicio corresponsable de los procesos de
participación ciudadana en la gestión pública.
91. Los retos para impulsar la participación
1. La apertura a la ciudadanía, a las comunidades y a la sociedad en
general de ámbitos de gestión y producción políticos, económicos
y sociales que estaban bajo el monopolio del Estado.
2. Una reforma institucional profunda en la estructura y los procesos
gubernamentales que se producen en el Estado venezolano; y
más aún en la Administración Pública.
3. La elaboración y ejecución de programas de adiestramiento y
fortalecimiento institucional, dirigidos a ajustar los valores de la
cultura administrativa dominante en el aparato público.
4. La promoción de la organización de las comunidades y, su
participación en el diseño y el control de las políticas públicas
vinculadas a la resolución de sus demandas.
5. La formación de las personas en el disfrute responsable de los
bienes materiales y no materiales asociados a su calidad de vida.
92. Las posibilidades de la participación...
Mayor acercamiento entre Mayor legitimidad de las
el Estado y la Sociedad políticas adoptadas y de
los funcionarios
Participación en
Mayor control
ciudadano la Gestión Optimización de la
Pública capacidad de
gobierno
Incremento del Capital
Social: Mayor Gobernabilidad
solidaridad, confianza y
civismo