2. DECRETO 28994 Del 1 de enero de 2007 Modifica el DS Nº 2413 Art. 2. I. Se modifica el Artículo 140 del Reglamento de las Telecomunicaciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 24132 de 27 de septiembre de 1995, de la siguiente manera: “ ARTICULO 140.- II. En los servicios básicos de telecomunicaciones, en los que los proveedores realizan la facturación por tiempo de consumo o por pulso de duración limitada, la tasación, tarifación y facturación se realizará por el tiempo efectivo de la comunicación y con fraccionamiento al segundo, no estando permitido ningún tipo de redondeo, salvo imposibilidad técnica verificada por la Superintendencia de Telecomunicaciones.”
3. Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor 2011 @consumidorbo www.consumidor.gob.bo