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Régimen de Dividendos



Marzo 2012       Elaborado por: Ing. Carlos Marín Quijije, Mg.
Doble imposición

                        Contribuyente
Jurídica




           Imposición                   Imposición
Doble imposición
                         Contribuyente
Económica


            Imposición                   Imposición




                         Contribuyente
Doble imposición
Métodos para evitar
la doble imposición


                         Exoneración



                         Imputación
                         • Total
                         • Ordinaria
Doble imposición

                     0%     • Tarifa de IR personas
Antes de la Ley de
Equidad Tributaria


                     25%      naturales residentes


                     25%    • Tarifa de IR sociedades


                            • Tarifa de IR personas
                     25%      naturales no residentes
Después de la Ley de
                       Doble imposición

                       0%     • Tarifa de IR personas
Equidad Tributaria



                       35%      naturales residentes


                       25%    • Tarifa de IR sociedades


                              • Tarifa de IR personas
                       25%      naturales no residentes
Dividendos
Ingresos       Antes del 2010: Los dividendos y utilidades,
exentos        calculados después del pago del impuesto a la
               renta, distribuidos, pagados o acreditados por
               sociedades nacionales, a favor de otras sociedades
               nacionales o de personas naturales, nacionales o
               extranjeras, residentes o no en el Ecuador

               Después      del   2010:     Los     dividendos    y
               utilidades, calculados después del pago del
               impuesto a la renta, distribuidos por sociedades
               nacionales o extranjeras residentes en el Ecuador, a
               favor de otras sociedades nacionales o
               extranjeras, no domiciliadas en paraísos fiscales o
               jurisdicciones de menor imposición o de personas
               naturales no residentes en el Ecuador.



Art. 9 LRTI Numeral 1
Dividendos

                                        Formarán
   Dividendos, utilidades                parte de
        y beneficios                     la renta
                                          global

    Teniendo crédito                   El menor de 3
     tributario por el                     límites
         impuesto                      establecidos
      pagado por la
         sociedad

Art. 36 LRTI literal e)
Dividendos – Crédito Tributario

      El impuesto pagado por la sociedad correspondiente al
                           dividendo



        Ingreso considerado en la renta global * Tarifa del IR
                           sociedades



      El impuesto a la renta que le correspondería pagar a la
        persona natural por ese ingreso dentro de su renta
        global. (IRPN con dividendo – IRPN sin dividendo)


Art. 36 LRTI literal e) y Art. 137 del RLRTI
Dividendos
                                   a) El ingreso gravado = Dividendo + impuesto
Consideraciones


                                   pago por el dividendo

                                   b) El crédito tributario en ningún caso podrá
                                   superar ninguno de los siguientes valores
                                   (lámina anterior)

                                   c) Cuando un mismo dividendo, utilidad o
                                   beneficio se perciba a través de más de una
                                   sociedad, se considerará como crédito
                                   tributario, el correspondiente impuesto pagado,
                                   por la primera sociedad que lo distribuyó.



                  Art. 137 RLRTI literales a), b) y c)
Dividendos
Consideraciones




                  Art. 137 RLRTI literal c)
Dividendos
Consideraciones




                  Art. 137 RLRTI literal c)
Dividendos
Consideraciones


                                                                   No tendrá
                              Sociedad distribuye                    crédito
                            dividendos, utilidades o             tributario por
                                   beneficios                     el impuesto
                                                                  pagado por
                                                                  la sociedad
                                                              Tendrá derecho a
                             Incentivos, benef              crédito tributario por lo
                              icios o ingresos              que el impuesto que la
                                exentos en la                  sociedad habría
                                 conciliación                     pagado sin
                                  tributaria               incentivos, beneficios o
                                                            ingresos exentos (Tax
                                                                    sparing)

                  Art. 137 RLRTI literal d)
Dividendos
Consideraciones

                                  Las sociedades que distribuyan
                                 utilidades, dividendos o beneficios
                                                         El valor que deberán
                                 Deberán informar a los considerar en su renta
                                    perceptores del        global y el crédito
                                     ingreso, en los    tributario al que tienen
                                 términos que defina el derecho, incluso para
                                   Servicio de Rentas    el caso contemplado
                                        Internas         en el literal c) de este
                                                                 artículo.




                  Art. 137 RLRTI literal e)
Dividendos
Consideraciones



                                                        Resolución
                                                       614 del 2010




                                              R.O. 301 del 15 de
                                               Octubre de 2010




                  Art. 137 RLRTI literal e)
Dividendos

            Retenciones en la fuente por
                    dividendos

                             Dividendo +
                              impuesto
       Ingreso gravado
                            pagado por el
                              dividendo


Art. 15 RLRTI
Dividendos
                                        Porcentaje de
                             Retención Retención sobre
       Fracción   Exceso
                              fracción    la fracción
        básica     hasta
                               básica    excedente
           -      100.000       0            1%

        100.000   200.000      1.000         5%
                    En
        200.000                6.000         10%
                  adelante




Art. 15 RLRTI
Dividendos
                                         Tarifa
                                        máxima
                Diferencia
                                       IR de PN
                                           y

                             Tarifa de IR
                             Sociedades



                    Porcentaje de Retención
                      a Paraísos fiscales



Art. 15 RLRTI
Dividendos



     Sociedades
                        Paguen
     exentas por
                     dividendos a
      Código de                      Retención del
                    accionistas en
     Producción,                         35%
                       paraísos
     Comercio e
                        fiscales
     Inversiones




Art. 125 RLRTI
Dividendos


           Préstamo a
                                             Se
    accionistas, socios, par            considerarán
     tícipes o beneficiarios            dividendos o
                                         beneficios


                                        No olvidar la
      Se efectuará la
                                      retención del IR
      retención en la
                                       por dividendos
      fuente (Art. 15
                                        anticipados
          RLRTI)
                                         (gross up)

Art. 37 LRTI, 125 y 126 RLRTI
Aclaraciones                     Dividendos


                                      Circular 2
                                      del 2011


                               R.O. 373 del 28
                              de Enero de 2011




        Circular 2 del 2011
Registro del ingreso                  Dividendos


                                          ¿Cuándo?

                                            PNOLC sin
                              PNOLC con
                                            dividendos
                               dividendos                PNNOLC
                                                 en
                                    en                  (Registro de
                                           contabilidad
                              contabilidad               ingresos)
                                           (Registro de
                                 (NEC)
                                             ingresos)



                Circular 2 del 2011
Retención en la fuente                   Dividendos


                                           Retenciones

                                 Al momento
                                                              Antes de
                                  del pago o
                                               Tabla del       junio de
                                  crédito en
                                               art. 15 del    2010: 2%
                                  cuenta, lo
                                                 RLRTI       (Resolución
                                 que suceda
                                                                 411)
                                   primero



                   Circular 2 del 2011
Crédito tributario                 Dividendos

                            Crédito Tributario más de 1
                                     sociedad
                                         Se deben
                             Se deben
                                       sumar todos
                            sumar los                   IRPN con
                                       los ingresos
                            impuestos                 dividendos –
                                        gravados y
                           pagados por                   IRPN sin
                                       multiplicar la
                             todas las                 dividendos
                                       tarifa del IR
                           sociedades
                                        sociedades



             Circular 2 del 2011
Crédito tributario                    Dividendos


                             Dividendos a un paraíso fiscal: diferencia entre la tarifa
                                  máxima del IR PN – Tarifa del IR Sociedades


                       Paraíso fiscal entrega dividendos a una persona natural
                                               residente


                            La persona natural sumará la retención como ingreso y
                               tendrá crédito tributario por el impuesto pagado.




             Circular 2 del 2011

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Impuesto a la renta sobre dividendos en Ecuador

  • 1. Régimen de Dividendos Marzo 2012 Elaborado por: Ing. Carlos Marín Quijije, Mg.
  • 2. Doble imposición Contribuyente Jurídica Imposición Imposición
  • 3. Doble imposición Contribuyente Económica Imposición Imposición Contribuyente
  • 4. Doble imposición Métodos para evitar la doble imposición Exoneración Imputación • Total • Ordinaria
  • 5. Doble imposición 0% • Tarifa de IR personas Antes de la Ley de Equidad Tributaria 25% naturales residentes 25% • Tarifa de IR sociedades • Tarifa de IR personas 25% naturales no residentes
  • 6. Después de la Ley de Doble imposición 0% • Tarifa de IR personas Equidad Tributaria 35% naturales residentes 25% • Tarifa de IR sociedades • Tarifa de IR personas 25% naturales no residentes
  • 7. Dividendos Ingresos Antes del 2010: Los dividendos y utilidades, exentos calculados después del pago del impuesto a la renta, distribuidos, pagados o acreditados por sociedades nacionales, a favor de otras sociedades nacionales o de personas naturales, nacionales o extranjeras, residentes o no en el Ecuador Después del 2010: Los dividendos y utilidades, calculados después del pago del impuesto a la renta, distribuidos por sociedades nacionales o extranjeras residentes en el Ecuador, a favor de otras sociedades nacionales o extranjeras, no domiciliadas en paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición o de personas naturales no residentes en el Ecuador. Art. 9 LRTI Numeral 1
  • 8. Dividendos Formarán Dividendos, utilidades parte de y beneficios la renta global Teniendo crédito El menor de 3 tributario por el límites impuesto establecidos pagado por la sociedad Art. 36 LRTI literal e)
  • 9. Dividendos – Crédito Tributario El impuesto pagado por la sociedad correspondiente al dividendo Ingreso considerado en la renta global * Tarifa del IR sociedades El impuesto a la renta que le correspondería pagar a la persona natural por ese ingreso dentro de su renta global. (IRPN con dividendo – IRPN sin dividendo) Art. 36 LRTI literal e) y Art. 137 del RLRTI
  • 10. Dividendos a) El ingreso gravado = Dividendo + impuesto Consideraciones pago por el dividendo b) El crédito tributario en ningún caso podrá superar ninguno de los siguientes valores (lámina anterior) c) Cuando un mismo dividendo, utilidad o beneficio se perciba a través de más de una sociedad, se considerará como crédito tributario, el correspondiente impuesto pagado, por la primera sociedad que lo distribuyó. Art. 137 RLRTI literales a), b) y c)
  • 11. Dividendos Consideraciones Art. 137 RLRTI literal c)
  • 12. Dividendos Consideraciones Art. 137 RLRTI literal c)
  • 13. Dividendos Consideraciones No tendrá Sociedad distribuye crédito dividendos, utilidades o tributario por beneficios el impuesto pagado por la sociedad Tendrá derecho a Incentivos, benef crédito tributario por lo icios o ingresos que el impuesto que la exentos en la sociedad habría conciliación pagado sin tributaria incentivos, beneficios o ingresos exentos (Tax sparing) Art. 137 RLRTI literal d)
  • 14. Dividendos Consideraciones Las sociedades que distribuyan utilidades, dividendos o beneficios El valor que deberán Deberán informar a los considerar en su renta perceptores del global y el crédito ingreso, en los tributario al que tienen términos que defina el derecho, incluso para Servicio de Rentas el caso contemplado Internas en el literal c) de este artículo. Art. 137 RLRTI literal e)
  • 15. Dividendos Consideraciones Resolución 614 del 2010 R.O. 301 del 15 de Octubre de 2010 Art. 137 RLRTI literal e)
  • 16. Dividendos Retenciones en la fuente por dividendos Dividendo + impuesto Ingreso gravado pagado por el dividendo Art. 15 RLRTI
  • 17. Dividendos Porcentaje de Retención Retención sobre Fracción Exceso fracción la fracción básica hasta básica excedente - 100.000 0 1% 100.000 200.000 1.000 5% En 200.000 6.000 10% adelante Art. 15 RLRTI
  • 18. Dividendos Tarifa máxima Diferencia IR de PN y Tarifa de IR Sociedades Porcentaje de Retención a Paraísos fiscales Art. 15 RLRTI
  • 19. Dividendos Sociedades Paguen exentas por dividendos a Código de Retención del accionistas en Producción, 35% paraísos Comercio e fiscales Inversiones Art. 125 RLRTI
  • 20. Dividendos Préstamo a Se accionistas, socios, par considerarán tícipes o beneficiarios dividendos o beneficios No olvidar la Se efectuará la retención del IR retención en la por dividendos fuente (Art. 15 anticipados RLRTI) (gross up) Art. 37 LRTI, 125 y 126 RLRTI
  • 21. Aclaraciones Dividendos Circular 2 del 2011 R.O. 373 del 28 de Enero de 2011 Circular 2 del 2011
  • 22. Registro del ingreso Dividendos ¿Cuándo? PNOLC sin PNOLC con dividendos dividendos PNNOLC en en (Registro de contabilidad contabilidad ingresos) (Registro de (NEC) ingresos) Circular 2 del 2011
  • 23. Retención en la fuente Dividendos Retenciones Al momento Antes de del pago o Tabla del junio de crédito en art. 15 del 2010: 2% cuenta, lo RLRTI (Resolución que suceda 411) primero Circular 2 del 2011
  • 24. Crédito tributario Dividendos Crédito Tributario más de 1 sociedad Se deben Se deben sumar todos sumar los IRPN con los ingresos impuestos dividendos – gravados y pagados por IRPN sin multiplicar la todas las dividendos tarifa del IR sociedades sociedades Circular 2 del 2011
  • 25. Crédito tributario Dividendos Dividendos a un paraíso fiscal: diferencia entre la tarifa máxima del IR PN – Tarifa del IR Sociedades Paraíso fiscal entrega dividendos a una persona natural residente La persona natural sumará la retención como ingreso y tendrá crédito tributario por el impuesto pagado. Circular 2 del 2011