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Gestión Municipal de
Proyectos de Inversión
(Con presupuesto entre Bs 50.001 y
Bs 1.000.000)
GESTIÓN MUNICIPAL DE PROYECTOS DE INVERSIÓN
(CON PRESUPUESTO ENTRE BS 50.001 Y BS 1.000.000)
Equipo técnico
– Ludmila Santa Cruz
– Ricardo Montecinos
– Grover Alvarez
Edición de publicación
– Isabel Mercado Heredia
Edición general
– Unidad de Comunicación PADEM
Diseño y diagramación
– Arturo Rosales
Este documento se imprimió con el apoyo de la Cooperación Suiza en Bolivia.
Se autoriza su reproducción, total o parcial, a condición de citar la fuente y la propiedad.
Impreso en Bolivia
2015
3
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
CONTENIDO
INTRODUCCIÓN	5
CICLO DEL PROYECTO	 5
PREPARACIÓN	6
Perfiles de Proyecto	 6
Estudios a diseño final	 7
Planos Tipo	 10
Especificaciones técnicas	 11
Precios Unitarios	 11
EVALUACIÓN DEL PROYECTO	 12
INSCRIPCIÓN PRESUPUESTARIA	 13
CONTRATACIÓN	15
EJECUCIÓN	18
Inicio de obra	 19
Boletas y Pólizas de garantía	 19
Libro de Órdenes de Trabajo	 21
Cronograma	22
Cómputos Métricos	 23
Planillas o Certificados de Avance de Obra	 23
Ampliaciones de Plazo	 24
Rutinas de supervisión de obras	 25
Informes del Supervisor	 26
Informes del fiscal municipal	 27
Modificaciones al Contrato	 27
Recepción provisional	 28
Recepción definitiva	 29
Multas	30
CIERRE DEL PROYECTO	 31
Anexos 	 32
ANEXO 1 Guias de Perfiles del VIPFE
ANEXO 2 Guias de Perfiles del FPS
ANEXO 3 Reglamento Básico de Preinversión
ANEXO 4 Guías para Proyectos a Diseño Final del FPS
ANEXO 5 Guía para Elaboración de Proyectos de Agua y Normas Sanitarias
ANEXO 6 Guias para Elaboración de Proyectos de Riego Menores
ANEXO 7 Planos Tipo
ANEXO 8 Especificaciones Técnicas
ANEXO 9 Análisis de Precios Unitarios
ANEXO 10 Precios Unitarios GAMLP
ANEXO 11 Formulación Presupuestaria
ANEXO 12 Registro de Proyecto en el SISIN WEB
ANEXO 13 Modificaciones Presupuestarias
ANEXO 14 Decreto Supremo 181
ANEXO 15 Acta de Inicio
ANEXO 16 Acta de Recepción Provisional
ANEXO 17 Acta de Recepción Definitiva
ANEXO 18 Principales Actores del Ciclo del Proyecto
5
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
La presente Guía tiene la finalidad de apoyar a los gobiernos autónomos municipales
en la ejecución de proyectos de inversión municipal entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000,
tomando en cuenta la normativa existente en Bolivia.
Los proyectos de este rango concentran una gran parte de la inversión municipal. En su
mayoría son financiados con recursos municipales y contratados bajo la modalidad de
apoyo a la producción y empleo de la norma boliviana de adquisiciones1
.
La ejecución de proyectos se entiende como una secuencia de actividades relacionadas
entre sí, destinadas a lograr un objetivo en un tiempo determinado y con un conjunto
definido de recursos. Desde su inicio, siguen un proceso denominado ciclo del proyecto,
independientemente del tema a que se refiera, a la duración y a los actores que
intervengan en el mismo.
Losproyectosmunicipalesatraviesanporvariasetapasdesdelapreparación,evaluación,
inscripción,contrataciónyejecución.Encadaunadelasetapasseproducendocumentos
inherentes al proyecto. La elaboración de estos en las distintas etapas está normada y
es de aplicación obligatoria; en las etapas en que no existan normas, la presente Guía
coadyuvará con ciertos instrumentos de uso referencial.
La guía procedimental operativa, en base al ciclo del proyecto, detalla cada uno de los
procesos,conlosrespectivosformularioseindicandosisondeusoobligatoriooreferencial.
El ciclo del proyecto tiene las etapas siguientes:
La etapa de preparación comprende la elaboración del estudio a diseño final,
comenzando en la elaboración del perfil y, posteriormente, aplicando la guía genérica
del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo (VIPFE), o guías
específicas desarrolladas por los distintos sectores2
hasta contar con el diseño final.
Para facilitar este proceso es posible utilizar información desarrollada por entidades y
sectores nacionales, especialmente en lo que concierne a: planos tipo, especificaciones
técnicas y precios unitarios.
La etapa de evaluación del proyecto, se realiza mediante el cálculo de varios indicadores
socioeconómicos como el valor actual neto (VAN) valor actual neto socioeconómico
(VANS), costo eficiencia (CE) y valor actual neto privado (VANP). Estos pueden calcularse
1	 Decreto Supremo Nº 0181, Modalidad de Apoyo a la Producción y Empleo de las Normas Básicas del Sistema de Administración de
Bienes y Servicios.
2	 Por ejemplo, el Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico, ha desarrollado la Guía Técnica de Diseño de Proyectos de Agua
Potable para Poblaciones Menores a 10.000 personas.
INTRODUCCIÓN
CICLO DEL PROYECTO
6
a través del paquete informático desarrollado por el VIPFE -denominado planillas
parametrizadas-. A partir de los resultados de los indicadores se decide ejecutar,
reformular o abandonar el proyecto.
LasiguienteetapaconsisteeninscribirelproyectoenelPresupuestoGeneraldelEstado.
Cuando este es aprobado por la Asamblea Legislativa, se viabiliza el uso de recursos. Los
pasos previos a la inscripción se refieren a la priorización participativa de los proyectos
a nivel local, la inscripción en el POA y presupuesto municipal, y su posterior registro en
el SISIN WEB.
Siguiendo el ciclo del proyecto, una vez inscrito el proyecto se debe realizar la
contratación de un proveedor o contratista para la ejecución del proyecto. En proyectos
de este rango el proceso de contratación debe sujetarse con carácter obligatorio a las
Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios y comprende varias
actividades desde la preparación de los documentos base de contratación hasta la
adjudicación y firma del contrato.
La siguiente etapa es la ejecución misma del proyecto, que comienza con el inicio de
obra, pasando por la recepción provisional y definitiva de la obra hasta el cierre del
proyecto.
La preparación de los proyectos se inicia con la preinversión en la que se elaboran dos
tipos de estudios: perfiles de proyectos y estudios a diseño final.
Los estudios de preinversión pueden ser elaborados de dos maneras:
	 En forma directa por los funcionarios del municipio, cuando éste tiene la
suficiente capacidad técnica.
	 Mediante la contratación a profesionales externos.
En ambos casos, la preinversión debe sujetarse a las estipulaciones técnicas y operativas
establecidas en las guías sectoriales. En los casos en que no haya estas guías se debe
utilizar el Reglamento Básico de Preinversión.
Perfiles de Proyecto
Los perfiles de proyectos son documentos que permiten realizar una preselección
de potenciales proyectos a apoyar. Si estos son aceptados, se pueden desarrollar los
estudios a diseño final. Los perfiles de proyectos se elaboran en base a especificaciones
PREPARACIÓN
s
s
s
s
s
Preparación Presupuesto EjecuciónEvaluación Contratación Cierre
7
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
técnicas elaboradas por el Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo
(VIPFE) y el Fondo de Inversión Productiva y Social (FPS).
Guías de Perfiles del VIPFE
El VIPFE ha desarrollado una serie de Guías de Perfiles para distintos tipos de
proyectos como: vías, salud, riego, agua, alcantarillado, mercados, educación y
caminos. En el ANEXO Nº 1 (CD adjunto) se pueden encontrar cada uno de estos
perfiles.
Guías de Perfiles del FPS
El FPS plantea un concepto básico de perfil de proyecto3
de la siguiente manera:
“Se entiende por perfil de proyecto una descripción del problema o la necesidad de la
demanda social. Además de definir el propósito, la pertinencia y toda la información
necesaria que sustente el perfil…... El perfil ayuda a asegurar que las gobernaciones,
municipios, y miembros de la comunidad comprendan sus objetivos, las posibles
implicaciones de su propuesta en términos de inversión, costos operativos, de
mantenimiento y otros factores. El perfil del proyecto permitirá, en primera instancia,
definir la pertinencia, elegibilidad y viabilidad de la idea del proyecto, antes de
elaborar y presentar estudios a diseño final completos o de requerir financiamiento
para la etapa de pre inversión”.
En el ANEXO Nº 2 (CD adjunto) se presentan las guías elaboradas por el FPS
para los proyectos siguientes: infraestructura educativa, salud, infraestructura de
agua y saneamiento básico, infraestructura de transporte, apoyo a la producción,
transformación y comercialización, y microriego.
Estudios a diseño final
Cuando los perfiles de proyectos son aceptados, es posible desarrollar propuestas más
completas como el Estudio de Identificación (EI) y el Estudio IntegralTécnico, Económico,
Social y Ambiental (TESA). El Reglamento Básico de Preinversión4
(RBP) es de uso y
aplicación obligatoria para todas las entidades del sector público, éste establece dos
tipos de estudios a diseño final en la fase de preinversión: el EI y el TESA. No obstante,
varias instituciones y sectores han desarrollado reglamentos específicos en base RBP;
estas herramientas han sido aprobadas por el VIPFE. En la actualidad, se cuentan con
guías de proyectos a diseño final del FPS, guías sectoriales del Viceministerio de Agua
Potable y Saneamiento Básico y del Viceministerio de Recursos Hídricos y Riego.
3	 Guía de elaboración de proyectos del FPS.
4	 Elaborado por el Viceministerio de Inversión Pública del Ministerio de Planificación del Desarrollo, aprobado por Resolución Ministerial
No. 29/2007 del 26 de febrero de 2007.
8
Estudio de Identificación (EI)
El Reglamento Básico de Preinversión aprobado por el VIPFE define el EI como:
la relación problema-proyecto, a través de la elaboración del diagnóstico de una
situación, un objetivo basado en indicadores y necesidades técnicas, sectoriales
y beneficiarios locales; en el marco del Plan Nacional de Desarrollo (PND), planes
departamentales y municipales.
El RBP es una guía general de uso obligatorio para proyectos cuyo monto de inversión
es menor a Bs. 1.000.000 (un millón de bolivianos), que se aplica en la elaboración de
proyectos de preinversión donde no existen guías específicas.
El EI se concentra en el planteamiento de las alternativas de solución al problema, es un
estudio incremental del proyecto; es decir, debe realizarse comparando la situación sin
proyecto y la situación con proyecto. El contenido del EI es el siguiente:
ŸŸ Diagnóstico.
ŸŸ Estudio de mercado.
ŸŸ Tamaño y localización.
ŸŸ Situación sin proyecto.
ŸŸ Análisis de ingeniería.
ŸŸ Especificaciones técnicas, administrativas y operacionales.
ŸŸ Ficha ambiental.
ŸŸ Evaluación socioeconómica.
En el ANEXO Nº 3 se tiene inextenso el Reglamento Básico de Preinversión del VIPFE
donde se describe el contenido de un Estudio de Identificación.
Proyectos a diseño Final del FPS
Los municipios y otras entidades que deseen solicitar financiamiento al FPS para
la ejecución de proyectos de inversión deben aplicar la Guía para Proyectos a
Diseño Final del FPS, para determinados sectores específicos.
Según el FPS, el estudio a diseño final es el resultado final de la etapa de
preinversión de un proyecto de inversión perteneciente a un sector determinado,
identificado para satisfacer alguna demanda social. Para llegar a esta etapa, el
mismo necesariamente cumple criterios de elegibilidad y es priorizado sobre
otros proyectos, aspecto que define su importancia.
El objetivo principal del estudio a diseño final del FPS, es contar con criterios integrales
(técnicos, sociales, económicos y ambientales) que permitan evaluar la viabilidad y
factibilidaddelproyecto,detalmaneraquepermitatomardecisionesobjetivasrespecto
al proyecto, a fin de asignar eficientemente los recursos destinados a su inversión.
El consultor o técnico municipal procederá con la elaboración del estudio de
diseño final, técnico, económico, social y ambiental, siendo responsable por el
9
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
trabajo establecido en el estudio. El contenido mínimo del estudio de diseño final
establecido en la Guía del FPS, está estructurado y formulado en el marco de las
Normas Básicas del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). Por lo que puede
ser usada de manera opcional al Estudio de Identificación.
El alcance que se describe en la Guía del FPS tiene carácter enunciativo y no
limitativo, pudiendo el consultor o técnico municipal ampliar y sustanciar dónde
y cuándo lo considere necesario, empero sin modificar el objetivo principal, ni la
norma mencionada.
En el ANEXO Nº 4 (CD adjunto) se expone la guía desarrollada para los siguientes
sectores: infraestructura educativa, salud, saneamiento básico, infraestructura
vial y microriego.
Guía Técnica de Diseño de Proyectos de Agua Potable para Poblaciones
Menores a 10.000 Habitantes
El Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico ha desarrollado la Guía
Técnica de Diseño de Proyectos de Agua Potable para Poblaciones Menores a
10.000 Habitantes, con el objetivo de mejorar la cobertura de los servicios de
agua potable en el área rural y poblaciones menores; y direccionar las acciones
necesarias para la reposición y/o ampliación de sistemas de agua existentes.
La Guía se ha elaborado tomando como base la Norma Boliviana (NB-689):
Instalaciones de agua – diseño para sistemas de agua potable y sus respectivos
reglamentos técnicos, editados en el año 2005. La guía establece los criterios
técnicos de diseño de sistemas de agua potable para poblaciones menores a 10.000
habitantes, considerando los parámetros, criterios y consideraciones establecidas
por la Norma y Reglamentos de Diseño para Sistemas de Agua Potable vigentes.
La Guía es un instrumento de apoyo a los profesionales del sector y a los gobiernos
municipales en la elaboración de estudios de preinversión para sistemas de agua
potable. Contiene un conjunto de documentos técnicos que incluyen: planos de
diseño tipo, especificaciones técnicas y costos referenciales para sistemas de agua
potable.
En el ANEXO Nº 5 (CD adjunto) se expone la guía que cuenta con los siguientes
capítulos:
ŸŸ Parámetros básicos de diseño.
ŸŸ Captación de agua superficial.
ŸŸ Captación de agua subterránea.
ŸŸ Captación de agua de lluvia.
ŸŸ Aducción de agua por gravedad.
ŸŸ Aducción de agua por bombeo.
ŸŸ Estaciones de bombeo.
10
ŸŸ Plantas potabilizadoras de agua.
ŸŸ Desinfección en sistemas de agua potable.
ŸŸ Tanques de almacenamiento de agua.
ŸŸ Redes de distribución.
ŸŸ Bombas manuales.
ŸŸ Válvulas, tuberías y accesorios.
ŸŸ Obras especiales en sistemas de agua potable.
Guía para la Elaboración de Proyectos de Riego Menores
El Viceministerio de Recursos Hídricos y Riego ha elaborado la Guía para la
elaboración de Proyectos de Riego Menores. La mayoría de estos proyectos tienen
un costo menor a Bs. 1.000.000 (un millón de bolivianos). Debido a que estos
proyectos tienen baja inversión y en general son menos complejos, se acepta que
la evaluación de la pertinencia de continuar o no con el estudio EI, se defina en
base a la Ficha de Identificación y Validación de Proyectos de Riego (FIV).
Todos los proyectos de riego, sin importar su tamaño, deben comenzar con el
llenado de la ficha FIV, el cual debe ser necesariamente realizado por un ingeniero
civil y un ingeniero agrónomo, ambos con experiencia en proyectos de riego.
Sus conclusiones permitirán identificar los factores de riesgo que amenazan
al proyecto, y definir si es conveniente continuar con la siguiente etapa de los
estudios.
Una vez definida en base a la FIV la continuación de los estudios del proyecto,
se elaborará el estudio EI, en el caso de proyectos menores con estudios
equivalentes al nivel de diseño final; y en el caso de proyectos mayores, con
estudios equivalentes al nivel de factibilidad, siguiendo los alcances establecidos
en las presentes guías.
En el ANEXO Nº 6 (CD adjunto) se presenta la Guía para la Elaboración de
Proyectos de Riego Menores que contiene lo siguiente:
ŸŸ Instructivo de uso de las Guías de Riego.
ŸŸ Ficha de Identificación y Validación de Proyectos de Riego (FIV).
ŸŸ Estudio de Identificación (EI) de un Proyecto de Riego Menor.
ŸŸ Anexos a la Guía.
Planos Tipo
Con el objeto de disminuir los costos de la preinversión, varias instituciones públicas
(como diversos ministerios) han desarrollado planos tipo de proyectos sectoriales
de uso recurrente. Estos planos facilitan el diseño de proyectos ya que contienen
dibujos elaborados en Autocad5
con detalles constructivos y algunos cuentan con
5	 Programa informático para elaboración de dibujos de ingeniería
11
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
sus respectivos cómputos métricos. Estos, pueden ser utilizados por los gobiernos
municipales para la elaboración de proyectos, sin embargo, se debe tener el cuidado
de adaptarlos a las condiciones propias del lugar del emplazamiento para obtener un
diseño más personalizado.
Los sectores que tienen diseños tipo son los siguientes:
ŸŸ Salud.
ŸŸ Educación.
ŸŸ Agua Potable.
ŸŸ Saneamiento Básico.
ŸŸ Riego y Microriego.
ŸŸ Caminos Vecinales.
ŸŸ Medioambiente.
En el ANEXO Nº 7 (CD adjunto) se exponen los planos tipo elaborados por cada sector.
Especificaciones técnicas
Las especificaciones técnicas son los documentos en los cuales se definen las normas,
exigencias y procedimientos a ser aplicados en los trabajos de construcción de obras.
En nuestro país, sólo el Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico ha
publicado el documento “Especificaciones Técnicas de Proyectos de Agua Potable y
Saneamiento Básico para Poblaciones Menores a 10.000 habitantes”. Este documento
puede facilitar y mejorar la calidad de los proyectos de preinversión e inversión del
sector apoyando el trabajo de los municipios.
El contenido de este documento es el siguiente:
ŸŸ Descripción de los materiales primarios.
ŸŸ Actividades comunes.
ŸŸ Especificaciones técnicas de saneamiento y alcantarillado.
ŸŸ Especificaciones de agua potable.
ŸŸ Glosario de términos.
En el ANEXO Nº 8 (CD djunto) se puede ver el documento.
Precios Unitarios
Una manera de calcular los costos de las obras es a través de los precios unitarios. Estos
establecen el costo por unidad de cada una de las actividades que se ejecutarán en
las obras. Al multiplicar estos precios unitarios por las cantidades de las actividades,
se obtendrá el importe total de la actividad. La suma de los importes de todas las
actividades nos da el presupuesto de la obra que se quiere analizar.
12
Los precios unitarios descomponen el precio total en sus componentes de materiales,
equipos, mano de obra, costos indirectos, utilidad e impuestos. Los precios unitarios se
acostumbran a presentar en planillas especialmente diseñadas para el efecto.
Dos instituciones públicas tienen precios unitarios, el Viceministerio de Vivienda y el
Gobierno Municipal de La Paz. Ambos documentos pueden servir de referencia para la
elaboración de proyectos de inversión municipal y se encuentran en el ANEXO Nº 9 y
ANEXO Nº 10 (CD adjunto).
La evaluación de proyectos con monto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000 se debe realizar
mediante indicadores socioeconómicos6
: valor actual neto socioeconómico (VANS),
costo eficiencia (CE) y valor actual neto privado (VANP).
	 El VANS representa la equivalencia presente de los beneficios netos futuros y
presentes de un proyecto, expresado a precios cuenta de eficiencia. Si el VANS es
positivo, el proyecto es rentable y genera un aumento en la riqueza de la sociedad
por lo que se recomienda su ejecución; cuando el VANS es negativo, el proyecto
no es rentable, lo que implica una pérdida en la riqueza de la sociedad y no se
recomienda su ejecución. Cuando el VANS es igual a cero, se gana el costo de
oportunidad de los recursos y, por tanto, el proyecto puede realizarse.
	 El CE representa el costo promedio por unidad de beneficio de una alternativa.
Expresa los costos de un equivalente anual, que distribuye las salidas de efectivo
uniformes en el flujo de caja, por unidad de servicio, producto y/o beneficiarios.
Si los beneficios de los proyectos no pueden ser cuantificados y/o valorados,
se establecerá el indicador CE. En tal caso, se elegirá la opción que tenga el CE
comprendido en el rango establecido por los Parámetros Costo Eficiencia (PCE).
	 El VANP representa la equivalencia presente de los ingresos netos futuros y
presentes de un proyecto, expresados a precios de mercado. Una vez determinada
la conveniencia socioeconómica de ejecutar el proyecto según lo establecido
por el Reglamento Básico de Preinversión (Artículos 15º y 16º), la decisión debe
complementarse con la determinación de la sostenibilidad operativa del mismo,
que mide la capacidad del proyecto basada en el VANP:
ŸŸ Cuando el VANP del proyecto es mayor o igual a cero, se recomendará la
ejecución del mismo y su licitación al sector privado.
ŸŸ Cuando el VANP del proyecto es negativo, pero la diferencia del valor
actualizado de los beneficios y costos de operación es mayor que cero, se
subsidiará la inversión.
6	 Reglamento Básico de Preinversión del VIPFE, Capítulo IV: Criterios para la Toma de Decisiones.
EVALUACIÓN DEL PROYECTO
13
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
Planillas parametrizadas
El cálculo de todos estos indicadores para la evaluación de un proyecto se puede realizar
mediante el uso de las planillas parametrizadas.
Las planillas parametrizadas sectoriales son un complemento a las metodologías
sectoriales de preparación y evaluación de proyectos desarrolladas por el VIPFE para
apoyar la preparación y ejecución de proyectos de inversión pública.
Las planillas son libros de Excel con macro funciones para la generación de indicadores
de evaluación. Este archivo se divide en ocho hojas que son las siguientes: preparación,
alternativas, evaluación privada, evaluación socioeconómica, indicadores, análisis de
sensibilidad, financiamiento, conclusiones y recomendaciones. Luego de hacer correr
las planillas parametrizadas, se obtiene una batería de indicadores de evaluación en
dos categorías: Indicadores de costo y rentabilidad (VANS, VANP); e Indicadores costo
eficiencia (CE).
Si el proyecto de inversión evaluado es aprobado, se debe seguir con el proceso de
formulación del presupuesto de inversión pública municipal asignando recursos en el
POA y presupuesto municipal; registro del proyecto en el SISIN WEB; inscripción en el
presupuesto de inversión pública municipal; emisión del dictamen por parte del Alcalde
aprobando en el SISIN –WEB el proyecto y enviándolo al VIPFE para su incorporación en
el anteproyecto del presupuesto general del Estado.
En el ANEXO Nº 11 se detalla el proceso de formulación presupuestaria.
Fuente: Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Extermo
INSCRIPCIÓN PRESUPUESTARIA
14
Asignación de recursos al proyecto
De acuerdo al Plan de Desarrollo Municipal (PDM) y la priorización realizada por la
población del municipio en los espacios de participación, se seleccionan los proyectos
de inversión pública que serán inscritos en el POA y presupuesto municipal. Los montos
delosproyectosdebenestarpreviamentecalculadosdeacuerdoalasguíasdeproyectos
mencionadas anteriormente.
Si el gobierno autónomo municipal no elaboró previamente el proyecto, se puede hacer
una estimación de su costo. Sin embargo, existe el riesgo de que el monto estimado sea
mayor o menor al monto real para ejecutar la obra. Si el monto estimado es menor, se
tiene que realizar una modificación presupuestaria para asignar mayores recursos de
otro proyecto municipal, este trámite presupuestario conlleva un tiempo que puede
retrasar el inicio de la obra. Si es mayor, el recurso en exceso debe ser asignado a otro
proyecto. Si este último trámite no se realiza, disminuye la ejecución presupuestaria
anual del municipio en base a su programación inicial.
Registro del Proyecto en el SISIN-WEB
En el Sistema Nacional de Inversión Pública se establece que el Reglamento Básico de
Operaciones del SISIN-WEB es de uso y aplicación obligatoria para todas las entidades
del sector público. Por ello, todos los proyectos deben ser registrados en este sistema.
El procedimiento y forma de registro se explica en el ANEXO Nº 12 sobre Registro de
Proyectos en el SISIN-WEB.
Elaboración del Anteproyecto de Presupuesto de Inversión Pública
Municipal
La elaboración del presupuesto de inversión pública municipal se elabora una vez
al año. El proceso comienza en el mes de julio del año anterior, a partir del proceso
de planificación municipal participativa. La MAE elabora el presupuesto municipal
que es puesto a consideración del Concejo Municipal para su aprobación. Una vez
aprobado, se emite el dictamen en el formulario del SISIN WEB y se remite al VIPFE
para su incorporación en el presupuesto de inversión pública del presupuesto general
del Estado (PGE), el mismo es consolidado y enviado a la Asamblea Legislativa para su
aprobación mediante Ley.
Una vez que el PGE es aprobado, los gobiernos autónomos municipales pueden
ejecutar los proyectos que estén inscritos en este presupuesto. Si durante la gestión
existe la necesidad de ejecutar un proyecto nuevo, éste debe ser inscrito en el SISIN –
WEB. Luego se deberá realizar una modificación presupuestaria para asignarle recursos
y para que pueda ser ejecutado.
15
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
Modificaciones presupuestarias
Como se señaló, si durante la gestión se demandan nuevos proyectos o se modifica
el presupuesto de los que se encuentran inscritos en el PGE, se deben realizar
modificaciones presupuestarias7
para asignar recursos a estos nuevos proyectos o para
modificar el presupuesto de los que se encuentran inscritos en el PGE.
Existen dos tipos de modificaciones presupuestarias. Las que modifican el PGE y las
que no modifican el PGE. Las primeras son generalmente para inscribir un presupuesto
adicional para las entidades públicas y las normas de aprobación varían desde la
aprobación de una Ley hasta una Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y
Finanzas Públicas.
Las segundas, a su vez, se dividen en dos tipos: modificaciones intrainstitucionales
donde los traspasos, incrementos, o modificaciones se realizan al interior de la entidad
pública, estas son de varios tipos y la norma de aprobación puede variar desde una
Ley hasta una resolución de la máxima instancia resolutiva de la entidad. El segundo
tipo son la interinstitucionales donde los traspasos y transferencias se realizan entre
entidades públicas (por ejemplo proyectos que son cofinanciados por dos municipios
y se delega a uno de ellos la ejecución) y son aprobados mediante Decretos Supremos
hasta la firma de convenios entre las dos entidades.
En el ANEXO Nº 13 se puede ver un detalle de los procedimientos para realizar las
modificaciones presupuestarias de inversión pública.
Los proyectos que tienen un costo referencial entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000 deben
ser contratados mediante las Normas Básicas del Sistema de Administración de
Bienes y Servicios8
. Ver ANEXO Nº 14 (CD adjunto) en la modalidad Apoyo Nacional
a la Producción y Empleo (ANPE). A continuación se enuncian en forma resumida las
principales actividades de esta etapa del ciclo del proyecto, así como de los actores que
participan.
Actividades Previas
Son aquellas que se realizan antes de que se publique el proceso de contratación de un
proyecto. Los distintos actores e instancias tienen las siguientes actividades que deben
ejecutar:
7	 El Decreto Supremo Nº29881 del 7 de enero de 2009 aprueba el Reglamento de Modificaciones Presupuestarias; y Ley 2042 de
Administración Presupuestaria, Art. 4°, establece que la asignación presupuestaria de gasto aprobada por Ley constituye límite máximo
de gasto. Toda modificación presupuestaria dentro de estos límites deberá efectuarse según Reglamento.
8	 Decreto Supremo Nº 0181 de 28 de junio de 2009.
CONTRATACIÓN
16
La Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE)
EsnecesarioresaltarquelaMAEdelmunicipioeselalcaldeoalcaldesayesresponsable
de todos los procesos de contratación desde su inicio hasta su conclusión. En las
actividadespreviasdebedesignarodelegarmedianteresoluciónexpresaalResponsable
del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA).
La Unidad Solicitante
Esta Unidad debe realizar las siguientes funciones:
ŸŸ Calcular el Precio Referencial (PR) incluyendo todos los costos y tributos
que incidan en el costo total. Este PR debe tener la información de respaldo
correspondiente, además no deberá tener una antigüedad mayor a cuatro
meses. Posteriormente, este precio es público y es señalado en el DBC.
ŸŸ Elaborar las Especificaciones Técnicas o Términos de Referencia.
ŸŸ Definir el Método de Selección y Adjudicación.
ŸŸ Verificar si se tiene un saldo presupuestario, además si se encuentra inscrito
en el POA y Programa Anual de Contrataciones (PAC).
ŸŸ Solicitar la contratación del bien o servicio.
ŸŸ Diseño de la construcción debidamente aprobado y autorizado por las
instancias que corresponda, con planos de construcción.
ŸŸ Cumplimiento de la regulación ambiental.
ŸŸ Derecho propietario del terreno donde se va a construir a nombre de la
municipalidad.
Unidad Administrativa
Esta unidad debe realizar las siguientes actividades:
ŸŸ Realizar todos los actos administrativos del proceso de contratación y
velar por el cumplimiento de las condiciones y plazos establecidos en los
procesos de contratación.
ŸŸ Elaborar el Documento Base de Contratación (DBC) incorporando las
especificaciones técnicas o términos de referencia elaborados por la Unidad
Solicitante. Para la modalidad ANPE se tienen varios modelos de DBC que
son de aplicación obligatoria. Los modelos DBC son para la contratación
de: bienes, obras, servicios generales, servicios de consultoría, seguros y
medicamentos.
ŸŸ Emitir la certificación presupuestaria.
El Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la
Producción y Empleo (RPA)
ŸŸ Verificar que la solicitud de contratación se encuentra inscrita en el POA, en
el PAC y verificar la certificación presupuestaria.
17
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
ŸŸ Aprobar el DBC y autorizar el inicio de contratación.
ŸŸ Designar al Responsable de Evaluación o a los integrantes de la Comisión
de Calificación, y rechazar o aceptar las excusas presentadas.
Publicación de la Convocatoria
El proceso de contratación debe ser publicado en la Mesa de Partes y en el Sistema de
Contrataciones Estatales (SICOES).Toda publicación que se realice en el SICOES (como el
DBC) se constituye en la documentación oficial del proceso de contratación.
Opcionalmente, para mayor trasparencia, se puede publicar en otros medios de
comunicación alternativos de carácter público, tales como ferias de contrataciones
estatales, radioemisoras, canales de televisión, medios de prensa escrita y otros.
Los plazos se computarán a partir de la publicación del proceso de contratación en
el SICOES. Para la modalidad de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo son los
siguientes:
ŸŸ Contrataciones mayores a Bs 20.000 hasta Bs 200.000, mínimo cuatro días
ŸŸ Contrataciones mayores a Bs 200.000 hasta Bs 1.000.000, mínimo ocho días
Actividades opcionales
Para la modalidad “Apoyo Nacional a la Producción y Empleo” las siguientes son las
actividades opcionales previas a la presentación de propuestas:
ŸŸ Consultas escritas.
ŸŸ Inspección previa.
ŸŸ Reunión informativa de aclaración.
ŸŸ Preparar cuando corresponda aclaración a las especificaciones técnicas o
términos de referencia.
Evaluación y Adjudicación
La Comisión de Calificación tiene que realizar las siguientes actividades en el proceso de
la evaluación y adjudicación:
ŸŸ Cierre y recepción de propuestas.
ŸŸ Apertura pública y lectura de precios ofertados.
ŸŸ Evaluación en acto continuo de las propuestas presentadas.
ŸŸ Convocatoria a todos los proponentes que presentaron propuestas, cuando
se requiera la aclaración de una o más propuestas.
ŸŸ Elaboración del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación
o Declaratoria Desierta.
ŸŸ Notificación.
18
Existen los siguientes métodos de selección y adjudicación:
ŸŸ Calidad, propuesta técnica y costo.
ŸŸ Calidad.
ŸŸ Presupuesto fijo.
ŸŸ Menor costo.
ŸŸ Precio evaluado más bajo
Suscripción de Contrato
La Unidad Jurídica tiene que realizar las siguientes actividades:
ŸŸ Elaborar los contratos para los procesos de contratación.
ŸŸ Firmarovisarelcontratodeformapreviaasususcripción,comoresponsable
de su elaboración.
ŸŸ Revisar la legalidad de la documentación presentada por el proponente
adjudicado para la suscripción del contrato.
Una buena fuente para desarrollar la etapa de contratación de obras y bienes
municipales es el documento“Proceso de Contratación de Bienes y Servicios del Estado
Plurinacional (D.S. 0181 de 28/06/09)”, elaborado por el Centro Nacional de Capacitación
de la Contraloría General del Estado.
La fase de ejecución de obra es el proceso clave del ciclo de proyectos. Se inicia cuando
ya se han contratado los servicios de una empresa constructora y, además, ya se tiene
contratado la supervisión de la obra. Comprende el periodo de tiempo desde el inicio
de la obra hasta la recepción definitiva; período que también se conoce como de
ejecución física de la obra. En este lapso de tiempo tienen lugar las planillas de avance
de obra. También pueden surgir las ampliaciones de plazo, órdenes de trabajo, órdenes
de cambio y contratos modificatorios.
En forma simplificada se puede ver en el siguiente gráfico la etapa de ejecución:
Recepción
Plazo de ejecución de la Obra
Las fases que se describen a continuación parten del Modelo del Documento Base para
la Contratación de Obras con costos mayores a Bs 1.000.000 de (Licitación Pública),
el que incluye el modelo de Contrato de Obra. Se utiliza esta herramienta porque
contempla todas las etapas del ciclo del proyecto. De igual manera, se ha utilizado para
complementar los conceptos de cada fase, el Manual de Supervisión y Fiscalización de
Obras de Infraestructura del FPS.
EJECUCIÓN
19
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
Inicio de obra
Es el momento en el que se inicia la construcción física de la obra. Comienza con la firma
del Acta de Inicio u Orden de Proceder in situ. Este documento respalda la fecha de
inicio oficial de obra y a partir de esta, se controla el plazo contractual establecido hasta
la recepción provisional de la obras.
Una vez suscrito el contrato, se convoca a una reunión en la que participan: el fiscal de
obra, el supervisor de obra, el director o residente de obra y el representante social del
Comité de Construcción, para elaborar y suscribir el Acta de Inicio, que llevará la fecha y
hora de la reunión convocada.
En el ANEXO Nº15 se adjunta un ejemplo de Acta de Inicio de Obra elaborado por el
FPS.
Boletas y Pólizas de garantía
La normativa vigente de contrataciones9
establece los tipos de garantías que deben ser
renovables, irrevocables y de ejecución inmediata. Hasta Bs 1.000.000.- (un millón de
bolivianos), el proponente decidirá el tipo de garantía a presentar:
ŸŸ Boleta de garantía: Emitida por cualquier entidad de intermediación
financiera bancaria o no bancaria, regulada y autorizada por la instancia
competente.
ŸŸ Boleta de garantía a primer requerimiento: Emitida por una entidad de
intermediación financiera bancaria o no bancaria, regulada y autorizada
por la instancia competente.
ŸŸ Póliza de seguro de caución a primer requerimiento: Emitida por una
empresa aseguradora, regulada y autorizada por la instancia competente.
Las garantías según el objeto son:
Garantía de Seriedad de Propuesta
Tiene por objeto garantizar que los proponentes participan de buena fe y con la
intención de culminar el proceso. Será por un monto equivalente al uno por ciento
(1%) de la propuesta económica del proponente. Para servicios de consultoría se
constituye por el cero punto cinco por ciento (0.5%). La vigencia de esta garantía
debe ser mayor en treinta (30) días calendario, al plazo de validez de la propuesta
establecida en el DBC.
La garantía de seriedad de propuesta se devuelve al proponente adjudicado
contra entrega de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, y a los proponentes
9	 Decreto Supremo 0181 de 28 de junio de 2009.
20
no adjudicados con anterioridad a su vencimiento, siempre que no haya sido
objeto de ejecución por parte de la entidad convocante.
En el caso de la modalidad ANPE, cuando la entidad lo requiera podrá solicitar la
presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta, sólo para contrataciones
con precio referencial mayor a Bs 200.000.- (Doscientos Mil 00/100 Bolivianos).
ParalaContrataciónDirectadeBienesyServiciosprestadosporEmpresasPúblicas,
Empresas Públicas Nacionales Estratégicas, Empresas con Participación Estatal
Mayoritaria y la Contratación por Excepción de entidades públicas establecidas en
los incisos g) y h) del Artículo 65º de las NB-SABS, no se requerirá la presentación
de la Garantía de Seriedad de Propuesta.
Garantía de Cumplimiento de Contrato
Tiene por objeto garantizar la conclusión y entrega del objeto del contrato, es
equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. En la modalidad ANPE,
cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitución de la Garantía de
Cumplimiento de Contrato, se podrá prever una retención del siete por ciento
(7%) de cada pago.
En contrataciones hasta Bs 1.000.000.- (un millón de bolivianos), las micro y
pequeñas empresas, asociaciones de pequeños productores urbanos y rurales, y
organizaciones económicas campesinas, presentarán esta garantía por un monto
equivalente al tres y medio por ciento (3.5%) del valor del contrato o se hará una
retención del tres y medio por ciento (3.5%) correspondiente a cada pago cuando
se tengan previstos pagos parciales.
Para la contratación directa de bienes y servicios prestados por Empresas Públicas,
Empresas Públicas Nacionales Estratégicas, Empresas con Participación Estatal
Mayoritaria y la Contratación por Excepción de Entidades Públicas, establecida en
los incisos g) y h) del Artículo 65º de las NB-SABS, en reemplazo de la garantía de
cumplimiento de contrato, la entidad contratante deberá efectuar una retención
del siete por ciento (7%) de cada pago.
La vigencia de la garantía será computable a partir de la firma del contrato hasta
la recepción definitiva del bien, obra, servicio general o servicio de consultoría.
Esta garantía o la retención, será devuelta al contratista una vez que se cuente con
la conformidad de la recepción definitiva.
Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato de Obras
El proponente adjudicado, cuya propuesta económica esté por debajo del
ochenta y cinco por ciento (85%) del precio referencial, deberá presentar una
Garantía Adicional a la de Cumplimiento de Contrato, equivalente a la diferencia
entre el ochenta y cinco por ciento (85%) del precio referencial y el valor de su
propuesta económica.
21
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
Cuando la propuesta económica esté por debajo del ochenta y cinco por ciento
(85%) del precio referencial, deberá adicionarse la Garantía Adicional a la Garantía
de Cumplimiento de Contrato de Obras, equivalente a la diferencia entre el
ochenta y cinco por ciento (85%) del Precio Referencial y el valor de su propuesta
económica.
El contratista tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de
Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el supervisor, por razones
justificadas. Este llevará el control directo de vigencia de la misma. El supervisor
llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y
plazo, a efectos de requerir su ampliación al contratista, o solicitar a la entidad su
ejecución.
Garantía de Correcta Inversión de Anticipo
Tiene por objeto garantizar la devolución del monto entregado al proponente
por concepto de anticipo inicial. Se constituye por un monto equivalente al cien
por ciento (100%) del anticipo otorgado y deberá tener una vigencia mínima de
noventa (90) días calendario, computables a partir de la entrega del anticipo,
debiendo ser renovada mientras no se deduzca el monto total. Conforme el
contratista reponga el monto del anticipo otorgado, se podrá reajustar la garantía
en la misma proporción.
A solo requerimiento del gobierno municipal, el importe de las garantías citadas
anteriormente será ejecutado en caso de incumplimiento contractual, incurrido por el
contratista, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial.
Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en
forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente suscrita
por las partes contratantes, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación
del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato.
LagarantíadeCumplimientodeContrato,GarantíaAdicionalalaGarantíadeCumplimiento
de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad
Administrativa de la Entidad, lo cual no exime la responsabilidad del supervisor.
Libro de Órdenes de Trabajo
Es un instrumento legalmente habilitado ante Notario de Fe Pública, para dar cuenta de
las acciones de ejecución de obras, registrando históricamente todas las actuaciones
del proceso de construcción realizadas principalmente por el supervisor de obras y el
director o residente de obras.
Bajo su responsabilidad y en la obra, el contratista llevará un Libro de Órdenes deTrabajo
con páginas numeradas y dos copias, el mismo que deberá ser abierto con participación
de un Notario de Fe Pública en la fecha en que el contratista reciba la Orden de Proceder.
22
En este libro el supervisor anotará las instrucciones, órdenes y observaciones impartidas
al contratista. Cada orden llevará fecha y firma del supervisor y la constancia firmada del
director de obra de haberla recibido.
Asimismo, el contratista está facultado para hacer conocer al supervisor mediante el Libro
de Órdenes, los aspectos del desarrollo de la obra que considere relevantes, como por
ejemplo los días de lluvia que puedan afectar el cronograma de ejecución de la obra;
registrando el hecho el mismo día para que el supervisor se pronuncie de forma objetiva.
El original del Libro de Órdenes será entregado al gobierno municipal a tiempo de la
Recepción Definitiva de la obra, quedando una copia en poder del supervisor y otra con
el contratista. Las comunicaciones cursadas entre partes, sólo entrarán en vigor cuando
sean efectuadas y entregadas por escrito, a través del Libro de Órdenes o notas oficiales.
El contratista tiene la obligación de mantener el Libro de Órdenes en el lugar de ejecución
de la obra, salvo instrucción escrita del supervisor con conocimiento del fiscal de obra.
Cronograma
El cronograma es parte de la propuesta aceptada y contratada, por lo que no puede ser
modificada por el contratista; sin embargo, en el inicio de las obras puede ser revisada
con el propósito de ajustar el plan en base a mejores estrategias laborales, prioridades,
condicionesclimáticas,socialesyoptimizaciónderendimientos.Elcronogramaajustado
debe ser aprobado por el supervisor de obras sin que esto represente una modificación
del plazo total contractual, el cual no puede ser afectado.
El cronograma revisado y aprobado por el supervisor de obras no podrá ser modificado
y regirá como sistema de control cronológico de la ejecución de obras. Cualquier
modificación posterior solo se justificará previo reconocimiento de Ampliaciones de
Plazo, y deberá tramitarse y aprobarse formalmente, siempre y cuando las causales de
ampliación sean justificadas.
El cronograma se elabora a través de la programación de actividades de obra siguiendo
el método de la Ruta Crítica (CPM) que se esquematiza mediante barras en un diagrama
de Gantt10
. Es importante llevar un control diario del cronograma para planificar trabajos
extraordinarios que permitan nivelar atrasos parciales. El supervisor de obra deberá
advertir periódicamente al director o residente de obras sobre los atrasos que no hayan
sido resueltos oportunamente. Los atrasos que inciden en el plazo total contractual
de la obra, pueden constituirse en mora y por tanto pasible a sanciones económicas
previstas en el contrato.
Las ampliaciones de plazo por circunstancias y razones establecidas de manera
oportuna, documental y formalmente conferidas, modifican el cronograma y el plazo
10	Para esta labor es recomendable utilizar el MS Project (MS Office), software que facilita la labor de programación y diagramación
considerando la “ruta crítica” o plazo total contractual.
23
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
total contractual. Es una mala práctica encubrir ineficiencias de la empresa contratista
con ampliaciones de plazo, más aún si éstas no son resueltas, atrasando de todos modos
la conclusión de la obra con penalizaciones subestimadas que causan daño económico
al municipio. La omisión o encubrimiento total o parcial de penalizaciones, puede
derivar en responsabilidad penal.
En caso de una paralización de obras debidamente justificada e instruida por el
supervisor de obras acorde a las formalidades previamente establecidas en los pliegos,
el cronograma será diferido en el número de días que dure la paralización hasta la orden
de reinicio de la misma, manteniéndose la programación de actividades en vigencia al
momento de la paralización.
Cómputos Métricos
El cómputo métrico permite valorizar las obras, su implicación es de carácter financiero,
por tanto justifica el gasto y debe realizarse con precisión, responsabilidad, ética y
profesionalismo. Un error por exceso puede considerarse daño económico y lesivo a
los intereses del municipio, por tanto susceptible de una acción penal en contra de los
responsables por prácticas fraudulentas y/o dolo. Cualquier error por defecto, puede ser
motivo de reclamo del contratista en cualquier momento, llegando hasta el cierre de la
relación contractual. Por ello, éste tiene el derecho irrenunciable a los beneficios de su
trabajo o prestación de servicios.
El procedimiento para el cómputo métrico es el siguiente:
ŸŸ Notificación: la medición de la cantidad de obra ejecutada mensualmente
debe ser notificada por el contratista al supervisor con dos (2) días hábiles
de anticipación.
ŸŸ Elaboración de la planilla: los resultados de las mediciones y los cálculos
respectivos se consignarán en una planilla que será elaborada por el
contratista en dos ejemplares, debiendo entregar un ejemplar en la fecha,
de manera definitiva al supervisor para su control y aprobación.
ŸŸ Elaboración del certificado de pago o planilla mensual: el contratista
debe preparar la planilla mensual en función de las mediciones realizadas
con el supervisor. Las obras deberán medirse netas, excepto cuando los
documentos de contrato prescriban un procedimiento diferente. No se
medirán volúmenes excedentes cuya ejecución no haya sido aprobada por
escrito por el supervisor.
Planillas o Certificados de Avance de Obra
Es un documento técnico-administrativo que certifica oficialmente los volúmenes de
obra ejecutados en un periodo de tiempo, con el objeto de gestionar un pago parcial
por avance de obras. Los pagos deben procesarse en correspondencia con el progreso
de la obra.
24
El procedimiento para elaborar la planilla de avance de obra es el siguiente:
ŸŸ Presentación de la planilla de avance de obra: Dentro de los cinco (5) días
hábiles siguientes al mes vencido, el contratista presentará este documento
al supervisor para su revisión en versión definitiva, con los respaldos
técnicos requeridos, con fecha y firmado por el superintendente de obra. El
documento consignará todos los trabajos ejecutados a los precios unitarios
establecidos, de acuerdo a la medición efectuada en forma conjunta.
Cuando el contratista no presente la planilla en el plazo previsto, los días
de demora serán contabilizados a efectos de deducirlos del lapso que el
gobierno municipal debe ejecutar el pago de la citada planilla.
ŸŸ Aprobaciónorechazodelcertificado:El supervisor dentro de los tres (3) días
hábiles siguientes de recibido el certificado o planilla de pago, indicará por
escrito su aprobación o rechazo, emitiendo criterio para que se enmienden las
observaciones.Elcontratista,enesteúltimocaso,deberealizarlascorrecciones
necesarias y volverá a presentar el certificado, con la nueva fecha.
ŸŸ Autorización de pago: El certificado aprobado por el supervisor será
remitido al fiscal de obra, quien dentro del término de tres (3) días hábiles
subsiguientes a su recepción podrá solicitar aclaraciones que deberán ser
resueltas en un plazo máximo de (5) días hábiles; caso contrario lo enviará al
gobierno municipal para procesar el pago, con la firma y fecha respectivas.
El área administrativa expedirá la orden de pago dentro del plazo máximo
de cinco (5) días hábiles computables desde su recepción.
El pago de cada certificado o planilla mensual de avance de obra se realizará dentro
de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de remisión del fiscal de obra al
gobierno municipal para su pago. El contratista, recibirá el pago del monto certificado
menos las deducciones que correspondieran. Si el pago del certificado mensual no se
realizara dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles computables a partir de la fecha
de remisión del fiscal de obra para el pago, el contratista tendrá derecho a reclamar la
ampliación de plazo por día de atraso por el lapso transcurrido desde el día cuarenta y
seis (46) hasta el día en que se haga efectivo el pago.
Si en ese lapso el pago que se realiza es parcial, el contratista podrá reclamar la
compensación en tiempo por similar porcentaje a la falta de pago. Si la demora de pago
parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación de
la planilla de pago por el supervisor, el contratista podrá reclamar un interés equivalente
a la tasa promedio pasiva anual del sistema bancario por el monto no pagado, valor que
será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de
días de retraso, como compensación económica, independiente del plazo.
Ampliaciones de Plazo
Es toda modificación al plazo contractual por razones de fuerza mayor o caso fortuito
debidamentesolicitada,verificada,documentada,cuantificadayaprobadaoportunamente.
25
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
Con el fin de exceptuar al contratista de determinadas responsabilidades por mora
durante la vigencia del presente contrato, el supervisor tendrá la facultad de calificar
las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito que pudieran tener efectiva consecuencia
sobre la ejecución del contrato.
Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina
una fuerza extraña al hombre y con tal medida impide el cumplimiento de la obligación
(ejemplo: incendios, inundaciones y/o desastres naturales).
Se entiende caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o
inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser
cumplida (ejemplo: conmociones civiles, huelgas, bloqueos, revoluciones, etc.).
Para que la ampliación de plazo sea procedente el contratista debe recabar del fiscal de
obra un certificado de existencia del impedimento, dentro de los cinco (5) días hábiles
de ocurrido el hecho, con este documento solicitará al supervisor la ampliación de
plazo. En caso de que la ampliación sea procedente, el plazo será extendido mediante
una Orden de Cambio.
En ningún caso y bajo ninguna circunstancia, se considerará como causa de Fuerza
Mayor el mal tiempo que no sea notablemente fuera de lo común en el área de ejecución
de la obra. Asimismo, tampoco se considerarán como fuerza mayor o caso fortuito, las
demoras en la entrega en la obra de los materiales, equipos e implementos necesarios.
Para el reclamo de ampliaciones de plazos, toda causal debe documentarse a través
de: certificaciones de precipitación pluvial extraordinaria emitida por organismos
oficiales y competentes (SENAMHI o AASANA), disposiciones legales que declaran
“zona de emergencia”o“desastre”, publicaciones de prensa con cuantificación de daños
y perjuicios, fotografías, videos y otro tipo de documentación que será valorada para
considerarse suficiente o insuficiente.
Rutinas de supervisión de obras
Se refiere a las intervenciones rutinarias u ordinarias de trabajo del supervisor de obras,
en favor del desarrollo de la construcción y dirigidas al director o residente de obras, las
mismas que se registran en:
Libro de Órdenes: De manera de dejar precedentes y antecedentes escritos.
Órdenes verbales: Cuando se trata de recomendaciones complementarias,
ilustrativas y demostrativas a las registradas por escrito.
ŸŸ La supervisión ejercerá la inspección y control permanente en campo,
exigiendo el cumplimiento de las especificaciones técnicas, en todas las
fases del trabajo y en toda o cualquier parte de la obra.
ŸŸ Elcontratistadeberáproporcionarrápidamenteysincargoadicionalalguno,
todas las facilidades razonables, mano de obra y materiales necesarios para
26
las inspecciones y ensayos que serán efectuados, de tal manera que no se
demore innecesariamente el trabajo.
ŸŸ La supervisión estará autorizada para llamar la atención del contratista
sobre cualquier discordancia del trabajo con los planos o especificaciones, y
para suspender todo trabajo mal ejecutado y rechazar material defectuoso.
Las instrucciones u observaciones verbales de la supervisión deberán ser
ratificadas por escrito, en el Libro de Órdenes que para el efecto deberá
tener disponible el contratista.
ŸŸ Ningúntrabajoserácubiertoopuestofueradevistasinlapreviaaprobación
de la supervisión. El contratista estará obligado a solicitar dicha aprobación
dando aviso a la supervisión con la debida anticipación cuando los trabajos
se encuentren listos para ser examinados. La infracción de esta condición
obligará al contratista a realizar por su parte todos los trabajos que la
supervisión considere necesarios para verificar la calidad de la obra cubierta
sin su previa autorización.
ŸŸ Es responsabilidad del contratista cumplir con las especificaciones del
contrato por lo que la presencia o ausencia extraordinaria de la supervisión
en cualquier fase de los trabajos, no podrá de modo alguno exonerar al
contratista de sus responsabilidades para la ejecución de la obra de acuerdo
con el contrato.
Informes del Supervisor
Son documentos oportunos de análisis técnico y documentado con recomendación de
acciones a tomar, dirigidos al Ejecutivo Municipal, bajo determinadas circunstancias.
El Supervisor de Obras debe desarrollar capacidades de: 1) análisis, 2) síntesis y 3)
propuesta; de manera que un informe técnico refleje un buen manejo profesional de
aptitudes mecánicas, conceptuales y gerenciales.
Un Informe de Supervisión es un documento básico e importante para: 1) respaldar
la toma de decisiones, 2) facilitar procesos de control interno y; 3) efectos de control
posterior. Tipos de informes del supervisor:
ŸŸ Informe Técnico Inicial: Muestra las condiciones de trabajo en el inicio
de las obras, certificando la verificación del proyecto y la suficiencia de
documentación para la ejecución de obras. Deberá ser presentado a los 15
días de iniciadas las obras.
ŸŸ Informe Técnico Mensual sobre Estado de las Obras y/o el pago de
Planillas por Avance de Obras (si corresponde): Deberá ser presentado
como máximo dentro los últimos cinco días del mes que termina.
ŸŸ Informe Técnico sobre Modificaciones de Obra (Órdenes de Trabajo u
Órdenes de Cambio y Contrato Modificatorio): Deberá ser presentado
proveyendo una gestión de 15 a 30 días calendario para su aprobación.
27
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
ŸŸ Informe Técnico sobre Ampliaciones de Plazo: Deberá ser presentado
proveyendo una gestión de 15 días calendario para su aprobación.
ŸŸ Informe Técnico sobre Conclusión de Obras para proceder con la
Recepción Provisional: Deberá ser presentado máximo a las 72 horas de
recibida la solicitud de la empresa contratista.
ŸŸ Informe Técnico sobre Cierre de Contrato, Planilla de Avance de Obra de
Liquidación Final, Certificación de cumplimiento de las observaciones de
la Recepción Provisional y Recepción Definitiva: Deberá ser presentado
dentro los siete días antes de concluir los 90 días para la Recepción Definitiva.
Informes del fiscal municipal
SoninformesquereportaelfiscaldeobraalEjecutivoMunicipalconelobjetodeaprobar
o no las acciones del supervisor de obras y la empresa contratista.
Son también informes que realiza el fiscal de obras a iniciativa propia para: 1) evaluar
el trabajo del supervisor de obras; 2) sugerir determinadas conductas en relación al
proyecto y; 3) apoyar internamente gestiones y requerimientos del Concejo Municipal,
Control Social, Auditoría Interna, etc.
Modificaciones al Contrato
Orden de trabajo
Cuando la modificación esté referida a un ajuste o redistribución de cantidades
de obra, sin que ello signifique cambio sustancial en el diseño de la misma en
las condiciones o en el monto del contrato. Estas órdenes serán emitidas por el
supervisor, mediante carta expresa, o en el Libro de Órdenes, siempre en procura
de un eficiente desarrollo y ejecución de la obra. La emisión de Órdenes de
Trabajo, no deberán dar lugar a la emisión posterior de Orden de Cambio para el
mismo objeto.
Ordenes de cambio
La orden de cambio se aplicará cuando la modificación a ser introducida implique
una modificación del precio del contrato o plazos del mismo, donde se pueden
introducir modificación de volúmenes o cantidades de obra (no considerados
en la licitación). No debe dar lugar al incremento de los precios unitarios, ni
crear nuevos ítems. Una orden de cambio no puede modificar las características
sustanciales del diseño. El incremento o disminución mediante Orden de Cambio
(una o varias sumadas) sólo admite el máximo del cinco por ciento (5%) del monto
total de contrato. El documento denominado Orden de Cambio que tendrá
número correlativo y fecha del día de emisión, será elaborado con los sustentos
técnicos y de financiamiento (disponibilidad de recursos), por el supervisor y será
28
puesto a conocimiento y consideración del fiscal, quien con su recomendación
enviará al Ejecutivo Municipal, para el procesamiento de su emisión. La Orden de
Cambio será firmada por la misma autoridad (o su reemplazante si fuese el caso)
que firmó el contrato original.
Contratos modificatorios
Sólo en el caso extraordinario en que la obra deba ser complementada o por otras
circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que determinen una modificación
significativa en el diseño de la obra y que signifique un decremento o incremento
independiente a la emisión de órdenes de cambio, el supervisor podrá formular
el documento de sustento técnico-financiero que establezca las causas y razones
por las cuales debiera ser suscrito este documento.
Esta modalidad de modificación de la obra sólo es admisible hasta el diez por
ciento (10%) del monto original del contrato, e independiente de la emisión de
Orden (es) de Cambio. Los precios unitarios producto de creación de nuevos
ítems deberán ser consensuados entre la entidad y el contratista, y no se
podrán incrementar los porcentajes en lo referido a costos indirectos. En el caso
que signifique una disminución en la obra, deberá concertarse previamente
con el contratista, a efectos de evitar reclamos posteriores. El supervisor, será
responsable por la elaboración de las especificaciones técnicas de los nuevos
ítems creados.
El informe-recomendación y antecedentes deberán ser cursados por el supervisor
al fiscal de obra, quien luego de su análisis y con su recomendación enviará dicha
documentación a la Oficialía Mayor Técnica, para el procesamiento de su análisis
técnico legal y formulación del contrato, antes de su suscripción, considerando
lo establecido en el Artículo 89º del Decreto Supremo Nº 0181. Recibida la
recomendación e informe, la MAE podrá instruir la conformación de una comisión
técnica que analizará el informe y emitirá recomendación, considerando aspectos
técnicos, financieros y de aprobación del Sistema Nacional de Inversión Pública.
Aprobado el mismo, la MAE instruirá el procesamiento de su emisión. El Contrato
Modificatorio será firmado por la misma autoridad (o su reemplazante si fuese el
caso) que firmó el contrato original.
Recepción provisional
Es el documento formal y legal que demuestra la “conclusión física” de las obras de
conformidad a los volúmenes de obra contratados o los que pudieron haber sido
ordenados, modificados, aprobados y ejecutados.
El Acta de Recepción Provisional es el único documento legal que formalmente declara
la “conclusión física de las obras”, por tanto sirve a objeto de controlar los plazos de
ejecución utilizados.
29
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
Para el contratista representa el acto formal de Entrega Provisional y para el contratante
de Recepción Provisional.
La Recepción Provisional se iniciará cuando el supervisor reciba la carta de aceptación
de la entidad. En este caso, tiene un plazo máximo de tres (3) días hábiles para
proceder a dicha Recepción Provisional, de lo cual se dejará constancia escrita en
acta circunstanciada que se levantará al efecto, en la que se harán constar todas las
deficiencias, anomalías e imperfecciones que pudieran ser verificadas en esta diligencia,
instruyéndose sean subsanadas por el contratista dentro del periodo de corrección de
defectos, computables a partir de la fecha de dicha Recepción Provisional.
El supervisor deberá establecer de forma racional en función al tipo de obra, el plazo
máximo para la realización de la Recepción Definitiva. Este plazo no podrá exceder los
ciento ochenta (180) días calendario. La fecha de esta recepción servirá para efectos del
cómputo final del plazo de ejecución de la obra. Si a juicio del supervisor, las deficiencias y
observaciones anotadas no son de magnitud y el tipo de obra lo permite, podrá autorizar
que dicha obra sea utilizada. Empero, si las anomalías fueran mayores, el supervisor tendrá
la facultad de rechazar la recepción provisional y, consiguientemente, correrán las multas
y sanciones al contratista hasta que la obra sea entregada en forma satisfactoria.
En el ANEXO Nº 16 se puede observar dos actas. La primera es el Acta de Recepción
Provisional sin Observaciones y la segunda con Observaciones elaboradas por el FPS.
Recepción definitiva
Es el documento formal y legal que demuestra la “conclusión física y financiera” de las
obras de conformidad a las observaciones subsanadas de la Recepción Provisional
y otras eventuales que pueden haberse producido desde la fecha que se realizó al
Recepción Provisional.
Cinco (5) días hábiles antes de que concluya el plazo previsto para la recepción definitiva,
posterior a la entrega provisional, el contratista, mediante carta expresa o en el Libro de
Órdenes, solicitará al supervisor señalar el día y hora para la Recepción Definitiva de la
obra, haciendo conocer que han sido corregidas las fallas y subsanadas las deficiencias
y observaciones señaladas en el Acta de Recepción Provisional (si estas existieron).
El supervisor señalará la fecha y hora para el verificativo de este acto y pondrá en
conocimiento de la entidad.
La Comisión de Recepción realizará un recorrido e inspección técnica total de la obra y, si
no surgen observaciones, procederá a la redacción y suscripción del Acta de Recepción
Definitiva. Ningún otro documento que no sea el Acta de Recepción Definitiva de la obra
podrá considerarse como una admisión de que el contrato, o alguna parte del mismo,
ha sido debidamente ejecutado, por tanto, no se podrá considerar que el contrato ha
sido completamente ejecutado, mientras no sea suscrita el Acta de Recepción Definitiva
de la Obra, en la que conste que la misma ha sido concluida a entera satisfacción de la
entidad, y entregada a esta institución.
30
Si en la inspección se establece que no se subsanaron o corrigieron las deficiencias
observadas, no se procederá a la Recepción Definitiva hasta que la obra esté concluida
a satisfacción y, en el lapso que medie desde el día en que debió hacerse efectiva la
entrega hasta la fecha en que se realice, correrá la multa pertinente.
Si el supervisor no realizara el acto de recepción de la obra en los treinta (30) días
hábiles posteriores a la notificación del contratista, se aplicará el silencio positivo y se
entenderá que dicha recepción ha sido realizada sin ninguna observación, debiendo la
entidad emitir la certificación de recepción definitiva a requerimiento del contratista.
Si la entidad no elaborase el mencionado documento, la notificación presentada por
el contratista será el instrumento legal que dará por concluida la relación contractual.
Este proceso, desde la presentación de la solicitud por parte del contratista hasta el día
de realización del acto, no debe exceder el plazo de diez (10) días hábiles.
En el ANEXO Nº 17 se puede ver un ejemplo de Acta de Recepción Definitiva elaborado
por el FPS.
Multas
Queda convenido entre las partes contratantes, que una vez suscrito el contrato, el
cronograma de ejecución de obra propuesto será ajustado en función de la fecha de
emisión de la Orden de Proceder, dentro de los quince (15) días subsiguientes y será
presentado para su aprobación al supervisor.
Una vez aprobado por el supervisor y aceptado por la entidad, este cronograma
constituye un documento fundamental del contrato, a los fines del control mensual de
avance de la obra, así como de control del plazo total.
A los efectos de aplicarse morosidad en la ejecución de la obra, el contratista y el
supervisor deberán tener muy en cuenta el plazo estipulado en el cronograma para cada
actividad, por cuanto si el plazo total fenece sin que haya concluido un su integridad
y en forma satisfactoria la obra, el contratista se constituirá en mora sin necesidad de
ningún previo requerimiento de la entidad, obligándose a ésta última el pago de una
multa por cada día calendario de retraso de acuerdo a la siguiente fórmula:
Dónde:
M = Multa
DM = Número de días de mora
DT = Número de días pactados para la conclusión de contrato
MT = Monto total del contrato
2 MD
3 DT
M = MT
31
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
De establecer el supervisor que por la aplicación de multas por moras por no conclusión
de la obra dentro del plazo previsto, se ha llegado al límite máximo del 10% del monto
total del contrato, comunicará oficialmente esta situación a la entidad a efectos del
procesamiento de la resolución del contrato, si corresponde, conforme a lo estipulado
en este mismo documento.
Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por
el supervisor, bajo su directa responsabilidad, de los certificados o planillas de pago
mensuales o del certificado de liquidación final, sin perjuicio de que la entidad ejecute la
garantía de Cumplimiento de Contrato y proceda al resarcimiento de daños y perjuicios
por medio de la acción coactiva fiscal por la naturaleza del contrato, conforme lo
establecido en el Artículo 47º de la Ley 1178.
El cierre de los proyectos se debe efectuar por etapas en sus distintos aspectos, con
el propósito de garantizar que la documentación de cada proyecto sea acopiada de
manera ordenada y correlativa.
Las tres etapas de cierre, descritas brevemente en las siguientes líneas, pueden dar
algunas pautas para un manejo adecuado de la documentación de los proyectos de
inversión pública en general.
Primera Etapa, Cierre Legal
Se inicia al término del proceso de adquisiciones. Reúne todos los documentos
del proceso de contratación y, también, los documentos legales y técnicos de
la fase de preinversión y evaluación. El responsable de esta primera etapa es la
Asesoría Legal del municipio.
Segunda Etapa, Cierre Operativo
Seiniciaalaconclusióndelaejecucióndelcontrato;esdecir,altérminodelproceso
de ejecución del ciclo del proyecto. Los contratos cuentan con acta de recepción
provisional, acta de recepción definitiva y acta de entrega a la comunidad. Esta
etapa debe ser realizada por la Secretaría u Oficialía Mayor Técnica del municipio.
Segunda Etapa, Cierre Institucional
Esta última etapa se inicia con la recepción en archivos de la documentación que
correspondealasdosprimerasetapasdecierre.SedebeincluirtodoslosCertificados
de Desembolsos o Planillas de Pago incluidos los documentos de respaldo. El Cierre
Institucional debe ser realizado por la Secretaría u Oficialía Mayor Administrativa.
Los actores de todo el ciclo del proyecto están descritos en el ANEXO Nº 18.
CIERRE DE PROYECTO
32
Anexos
33
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
ANEXO 3
REGLAMENTO BÁSICO DE PREINVERSIÓN
Dirección General de Inversión Pública
Instrumentos del SNIP
RESOLUCION MINISTERIAL No. 29/2007
La Paz, 26 de febrero de 2007
REGLAMENTO BÁSICO DE PREINVERSIÓN
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Preinversión
Es la Fase del Ciclo de Vida en la que los proyectos son estudiados y analizados con el
objetivo de obtener la información necesaria para la toma de decisiones de inversión.
Este proceso de estudio y análisis se realiza a través de la preparación y evaluación de
proyectos para determinar la rentabilidad socioeconómica y privada.
Artículo 2.- Marco Normativo del Reglamento
El Reglamento Básico de Preinversión apoya la aplicación del Sistema Nacional de
Inversión Pública (SNIP).
Artículo 3.- Objetivos del Reglamento
El objetivo general es orientar y apoyar el proceso racional de toma de decisiones de las
entidades públicas, de manera de asignar recursos a las alternativas de inversión pública
de mayor impacto en el bienestar de la sociedad.
Sus objetivos específicos son: i) establecer procedimientos, instrumentos y reglas
comunes que deben cumplir las instituciones del sector público; ii) proporcionar
lineamientos conceptuales a través del establecimiento de contenidos mínimos para
los estudios de preinversión; y iii) criterios uniformes para apoyar la toma de decisiones
de inversión.
Artículo 4.- Ámbito de Aplicación
El Reglamento Básico de Preinversión es de uso y aplicación obligatoria para todas las
entidades del sector público.
34
Artículo 5.- Estudios de la Fase de Preinversión
1) Estudio de Identificación (EI)
Se define la relación problema-proyecto, a través de la elaboración del diagnóstico
de una situación objetivo, basado en indicadores y necesidades técnicas,
sectoriales y beneficiarios locales, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo
(PND), planes departamentales y municipales.
En la preparación del proyecto se realiza el planteamiento de las alternativas
técnicas de solución al problema, la selección de la alternativa técnica más
adecuada desde el punto de vista técnico, económico, social, ambiental y legal, y
la evaluación socioeconómica y financiera privada del proyecto.
2) Estudio Integral Técnico, Económico, Social y Ambiental (TESA)
Se realiza la preparación basándose en la alternativa técnica seleccionada en el EI
y la evaluación socioeconómica y financiera privada del proyecto, para obtener
indicadores de rentabilidad y tomar decisiones sobre la inversión del proyecto de
inversión pública.
Artículo 6.- Requisitos para el Financiamiento de los Estudios de Preinversión
Constituye requisito fundamental para iniciar el financiamiento del Estudio de
Identificación (EI), la presentación de los términos de referencia aprobados por la
máxima autoridad ejecutiva y el presupuesto referencial.
ConstituyerequisitofundamentalparainiciarelfinanciamientodelTESA,lapresentación
del EI, la categorización ambiental del proyecto, los términos de referencia aprobados
por la máxima autoridad ejecutiva y el presupuesto referencial.
Artículo 7.- Proyectos de Inversión Pública Menores y Mayores
Los proyectos de inversión pública menores son aquellos cuyo monto de inversión no
excede Bs 1.000.000 (Un millón 00/100 Bolivianos), cifra que podrá ser ajustada por el
Órgano Rector del SNIP.
Los proyectos de inversión pública mayores son los que presentan un costo mayor al
monto mencionado.
En el caso de los proyectos de inversión pública menores, las entidades públicas sólo
deberán presentar el EI para pasar posteriormente a la fase de inversión.
35
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
CAPÍTULO II
MARCO CONCEPTUAL
Artículo 8.- Preparación de Proyectos
Es el proceso que permite establecer los estudios de viabilidad técnica, económica,
financiera, social, ambiental y legal con el objetivo de reunir información para la
elaboración del flujo de caja del proyecto.
Artículo 9.- Evaluación Socioeconómica
Es la comparación de los beneficios y costos atribuibles a la ejecución del proyecto desde
el punto de vista de la sociedad en su conjunto, con el objetivo de emitir un juicio sobre
la conveniencia de su ejecución y el aporte al bienestar neto de la sociedad. Con este fin,
se debe determinar el flujo de caja del proyecto corregido por las Razones Precio Cuenta
de Eficiencia de la Divisa y Mano de Obra.
Artículo 10.- Razón Precio Cuenta de Eficiencia
Es el parámetro que corrige las distorsiones de los precios de mercado, establecido por
el Órgano Rector del SNIP.
Artículo 11.- Parámetros Costo Eficiencia
Son rangos dentro de los cuales es factible recomendar la ejecución de proyectos de
inversión pública, establecidos por el Órgano Rector del SNIP.
Artículo 12.- Evaluación Financiera-Privada
Es la comparación de los beneficios y costos atribuibles a la ejecución del proyecto
desde el punto de vista privado, con el objetivo de emitir un juicio sobre la conveniencia
de que un inversionista privado pueda asignar recursos financieros al mismo. Con este
fin se debe determinar el flujo de caja del proyecto valorado a precios de mercado.
La evaluación privada incluye:
a) 	 Evaluación del proyecto sin financiamiento, que establece la capacidad
del proyecto para generar ingresos netos, sin considerar las fuentes de su
financiamiento.
b) 	 Evaluación financiera, que contempla en su análisis las fuentes de financiamiento.
Al respecto, se registra el capital prestado, el respectivo costo financiero y las
amortizaciones del mismo.
36
CAPÍTULO III
CONTENIDO MÍNIMO DE LOS ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN
Las entidades ejecutoras son responsables de la realización de estos estudios, los que
deben ser ejecutados en forma secuencial.
Artículo 13.- Estudio de Identificación
El estudio de identificación debe concentrarse en el planteamiento de las alternativas
de solución al problema, dicho estudio debe ser incremental; es decir, debe realizarse
comparando la situación“con proyecto”y la situación“sin proyecto”. Debe contener:
1.	 Diagnóstico de la situación que motiva considerar el proyecto, que permita
identificarlanecesidadinsatisfecha,elproblemaasolucionarolapotencialidad
a desarrollar con el proyecto. Para este efecto, se deben utilizar enfoques e
instrumentos metodológicos para identificar de forma adecuada la solución
de un problema - proyecto de manera participativa con los involucrados.
2.	 El diagnóstico incluirá aspectos demográficos, económicos, sociales,
ambientales, institucionales y legales.
3.	 Estudio de mercado que considere el análisis de la oferta y demanda del
bien o servicio que el proyecto generará.
4.	 Tamaño y localización del proyecto.
5.	 Definición de la situación “Sin Proyecto”, que consiste en establecer lo
que pasaría en el caso de no ejecutar el proyecto, considerando la mejor
utilización de los recursos disponibles.
6.	 Análisis de la ingeniería del proyecto en el que se realice el planteamiento
de las alternativas técnicas de solución y se seleccione la alternativa más
adecuada desde el punto de vista técnico, económico, social, ambiental
y legal, e identifiquen y estimen los beneficios y costos (de inversión y
operación) del proyecto.
7.	 Especificaciones técnicas, administrativas y operacionales del proyecto
(para proyectos menores).
8.	 Ficha ambiental.
9.	 Evaluación socioeconómica y financiera privada con la aplicación de las
planillas parametrizadas.
10.	 Análisis de sensibilidad de las variables que inciden directamente en la
rentabilidad del proyecto.
11.	 Conclusiones del estudio de identificación.
37
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
La información necesaria para la realización de este estudio, se debe obtener de fuentes
primarias, las cuales deben citarse con precisión.
Artículo 14.- Estudio integral Técnico, Económico, Social y Ambiental (TESA).
Las entidades del sector público deben realizar el TESA para sus proyectos mayores de
inversión pública.
El estudio debe concentrarse en la profundización de aquella alternativa seleccionada
como la más conveniente. Dicho estudio debe ser incremental; es decir, debe realizarse
comparando la situación“con proyecto”y la situación“sin proyecto”, debe contener:
1.	 Análisis técnico de la ingeniería del proyecto que permita determinar los costos
de inversión y los costos de operación del proyecto. Incluirá:
ŸŸ Estudio detallado de la alternativa seleccionada (Ingeniería Básica y Diseño
de estructuras).
ŸŸ Diseño de las obras auxiliares y complementarias.
ŸŸ Cómputos métricos.
ŸŸ Precios unitarios.
ŸŸ Presupuesto de ingeniería.
ŸŸ Costos de mantenimiento.
ŸŸ Programa de ejecución.
ŸŸ Elaboración de especificaciones técnicas, administrativas y operacionales
para la construcción.
2.	 Organización para la implementación del proyecto, que considere: tipo de
organización, su estructura orgánica - funcional, manual de funciones y manual
de procesos y procedimientos.
3.	 Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EEIA), cuyo alcance está definido en
la Ley 1333 y su Reglamento de Prevención y Control ambiental (RPCA), según la
categorización ambiental del proyecto obtenida en la etapa anterior.
4.	 Evaluación socioeconómica del proyecto que permita determinar la conveniencia
de su ejecución.
5.	 Evaluación financiera privada del proyecto sin financiamiento que permita
determinar su sostenibilidad operativa.
6.	 Análisisdesensibilidaddelasvariablesqueincidendirectamenteenlarentabilidad
del proyecto.
7.	 Conclusiones del TESA.
La información necesaria para la realización de este estudio, se debe obtener de fuentes
primarias, las cuales deben citarse con precisión. Al respecto, las entidades ejecutoras
quedan responsables de velar por la calidad de la información.
38
CAPÍTULO IV
CRITERIOS PARA LA TOMA DE DECISIONES
Artículo 15.- Indicadores de la Evaluación Socioeconómica-Valor Actual Neto
Socioeconómico (VANS)
El Valor Actual Neto Socioeconómico (VANS) representa la equivalencia presente de los
beneficios netos futuros y presentes de un proyecto, expresados a precios cuenta de
eficiencia.
En primera instancia, se deberá analizar el VANS; si éste es positivo, el proyecto es
rentable, generando un aumento en la riqueza de la sociedad, y se recomienda su
ejecución; cuando el VANS es negativo, el proyecto no es rentable lo que implica una
pérdida en la riqueza de la sociedad y no se recomienda su ejecución. Al respecto, si
se obtiene un VANS nulo, se enfrenta un punto de indiferencia y la decisión estará en
función al costo de oportunidad de los recursos.
Artículo 16.- Costo Eficiencia (CE)
El Costo Eficiencia (CE) representa el costo promedio por unidad de beneficio de una
alternativa. Expresa los costos de un equivalente anual, que distribuye las salidas de
efectivo uniformes en el flujo de caja, por unidad de servicio, producto y/o beneficiarios.
Silosbeneficiosdelosproyectosnopuedensercuantificadosy/ovalorados,seestablecerá
el Costo Eficiencia (CE). Al respecto, se elegirá la opción que tenga los indicadores CE
comprendidos en el rango establecido por los Parámetros Costo Eficiencia (PCE).
Artículo 17.- Indicadores de Evaluación Financiera Privada
El Valor Actual Neto Privado (VANP) representa la equivalencia presente de los ingresos
netos futuros y presentes de un proyecto expresados a precios de mercado.
Una vez determinada la conveniencia socioeconómica de ejecutar el proyecto según
lo establecido en los artículos 15 y 16 del presente Reglamento, la decisión debe ser
complementada con el establecimiento de la sostenibilidad operativa del mismo que
mide la capacidad del proyecto, determinada basándose en elValor Actual Neto Privado
(VANP).
ŸŸ Cuando el VANP del proyecto es mayor o igual a cero, se recomendará la
ejecución del mismo y su licitación al sector privado.
ŸŸ Cuando el VANP del proyecto es negativo, pero la diferencia del valor
actualizado de los beneficios y costos de operación es mayor que cero, se
subsidiará la inversión.
39
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
CAPÍTULO V
METODOLOGÍAS PARA LA PREINVERSIÓN
Artículo 18.- Preparación y Evaluación de Proyectos
Seencargandesistematizaryordenarlainformaciónparafacilitarlacuantificacióndelos
beneficios y costos de los proyectos de inversión pública, de acuerdo a la particularidad
de cada sector, disponen de las planillas parametrizadas como soporte informático para
proporcionar los criterios para la toma de decisiones.
Artículo 19.- Preparación de Términos de Referencia
Establecen las características técnicas de los servicios de consultoría que se requieren
contratar, que reflejan las características propias de los proyectos de inversión pública y
garantizan la calidad de sus estudios.
CAPÍTULO VI
ASISTENCIA TÉCNICA Y CAPACITACIÓN PARA LA PREINVERSIÓN
 
Artículo 20.- Asistencia Técnica y Capacitación para la Preinversión
ConelpropósitodeasegurarellogrodelosobjetivosdelpresenteReglamentoelÓrgano
Rector del SNIP, en coordinación con las entidades públicas, desarrollará el Proceso de
Capacitación en materia de Preinversión:
ŸŸ Procesos de difusión del marco normativo
ŸŸ Procesos de capacitación del marco técnico-metodológico
40
ANEXO 11
FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA
Definición
Conjunto de recursos asignados para la realización de los proyectos del Programa de
Inversión Pública, que deben ser incorporadas en los Presupuestos Institucionales de
cada entidad pública y en el Presupuesto General del Estado (PGE) para cada gestión
fiscal.SóloformanpartedelPresupuestodeInversiónPúblicalosproyectosdelPrograma
de Inversión Pública que cuenten con financiamiento asegurado.
Condiciones para incorporar proyectos en el presupuesto de inversión
pública
Todo proyecto debe:
ŸŸ Estar registrado en el SISIN.
ŸŸ Contar con dictamen, debidamente suscrito por la Máxima Autoridad
Ejecutiva (MAE).
ŸŸ 	Contar con Convenio Interinstitucional cuando se trate de proyectos entre
entidades públicas.
ŸŸ 	Registrarse en la Entidad Ejecutora que corresponda según la competencia
institucional, independientemente de la concurrencia del financiamiento.
ŸŸ 	No comprometer la situación financiera de la entidad ejecutora
41
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
Flujo de Formulación del Presupuesto de Inversión Pública - PGE
Lo que no se debe hacer
ŸŸ Incluir proyectos sin documentación
ŸŸ Incluir dos estudios o fases en forma simultánea en el presupuesto
ŸŸ Incluir “bolsones”. Se debe identificar el proyecto acción tipo de proyecto
(objeto) y localización
ŸŸ Identificar correctamente la fuente y organismo financiador
ŸŸ No incluir recursos de financiamiento sin la certificación correspondiente
ŸŸ No presupuestar como inversión gastos recurrentes (corrientes): ejemplo:
ŸŸ Camisolas, trofeos, viáticos, etc. en Deporte
ŸŸ Pago de personal de operación, viáticos, etc.
ŸŸ 	Incluir proyectos que no corresponden a la competencia institucional
ŸŸ Asignar recursos públicos en actividades de intervención directa del sector
privado
ŸŸ Programar parcialmente los proyectos
ŸŸ Comprometer o ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados
en sus presupuestos aprobados
42
ANEXO 12
REGISTRO DE PROYECTOS EN EL SISIN – WEB
1. 	 En el módulo de Proyectos del SISIN WEB, marcar“nuevo proyecto”.
2. 	 Complementar todos los Datos del Proyecto, considerando que el código
SISIN debe ser correlativo y que el Nombre debe contener: acción, objeto y
localización.
3. 	 Completar la información del proyecto en cada una de las pestañas:
Problemática, Localización, Fase-Componente y Costo Total.
4. 	 En“Dictamen”completar los datos para la firma de la Máxima Autoridad Ejecutiva
(MAE) y cerrarlo.
5. 	 Asignar Recursos y según fuente y organismos completar toda la información de
programación plurianual: Clasificadores, Programación, Reprogramación.
Envió oficial de la documentación al MPD—VIPFE para su registro.
43
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
ANEXO 13
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
Son cambios de la asignación de recursos adicionales y gastos al Presupuesto General
del Estado  (PGE) de cada gestión.
Límites de gastos
Asignaciones inscritas en el presupuesto aprobado por Ley para cada Entidad en las
categorías programáticas de programas y proyectos, por fuente y organismo, en las
partidas de gasto.
Marco Normativo
ŸŸ Art. Nº 4 de la Ley 2042 “Administración Presupuestaria”  establece que  la
asignación presupuestaria de gasto aprobada por Ley constituye límite
máximo de gasto… Toda modificación presupuestaria dentro de estos
límites deberá efectuarse según Reglamento.
ŸŸ Decreto Supremo Nº29881 del 7 de enero de 2009 aprueba el“Reglamento
de Modificaciones Presupuestarias”.
ŸŸ Ley del Presupuesto General del Estado (PGE) vigente reglamenta
la modificación y/o incremento de las partidas de Consultoría y de
Transferencias .
Tipos de Modificación
ŸŸ PresupuestoAdicional: Incorporaciónderecursosygastos,queincrementan
el monto total del PGE.
ŸŸ Traspasos Presupuestarios Interinstitucionales: Transferencias de recursos
entre entidades públicas.  
ŸŸ Traspasos Presupuestarios Intrainstitucionales: Reasignaciones de Recursos
al interior de cada Entidad Pública, que no incrementan o disminuyen el
monto total del presupuesto. 
44
TIPODEMODIFICACIÓN
Normade
Aprobación
Normade
Aprobación
Adicional
Iniciodel
Trámite
Finalizacióndel
Trámite*
Modificael
PGE
Presupuesto
adicional
SaldosdeCajayBancos
conrecursospropios
Resolucióndela
MáximaInstancia
Resolutiva
LEYEntidad
Registro
MPD-VIPFE
Ingresosdelagestiónde
recursospropios
exceptuandoempresas
estratégicas
LEYEntidad
Registro
MPD-VIPFE
Ingresosdelagestiónde
recursosdeempresas
estratégicas
Resolución
MEFP
Registro
MEFP
Incrementode
Donaciones
Entidad
Registro
MPD-VIPFE
Incrementode
Crédito
Resolución
Ministerial
MPD-VIPFE
Entidad
Registro
MPD-VIPFE
SaldosdeCajayBancode
RecursosInternos
LEYEntidad
Registro
MPD-VIPFE
SaldosdeCajayBancode
RecursosdeDonación
Entidad
Registro
MPD-VIPFE
SaldosdeCajayBancode
RecursosdeCrédito
Resolución
Ministerial
MPD-VIPFE
Registro
MPD-VIPFE
NOModifica
elPDG
Modificaciones
Intrainstitucionales
TraspasosaResoluciónde
proyectosdeinversión,
entreproyectosde
inversiónyalinteriorde
proyectosdeinversión
Resolucióndela
MáximaInstancia
Resolutiva
EntidadEntidad
Traspasosporcambiode
fuentedefinanciamiento
yorganismofinanciador,
quenogenerendéficit
fiscalynocomprometan
recursosdelTGN
EntidadEntidad
Traspasodegastode
inversiónaotrosgastos
LEYEntidad
Registro
MPD-VIPFE
45
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
Incrementodepartidasde
consultoríasconrecursos
internos
(exceptocontrapartede
FinanciamientoExterno)
Decreto
Supremo
Entidad
Registro
MPD-VIPFE
Transferenciapúblico-
privadasdecapital
LeyoDecreto
Supremo
Entidad-Informe
delMPD-VIPFEal
MEFPparaque
habilitepartidas
Entidad
Traspasoentrepartidas
25800yelgrupo46000
quenomodifiquenel
límitepresupuestario
Resolución
Administrativa
VIPFE
Entidad
Registro
MPD-VIPFE
Traspasoalinteriordelas
partidas25800ydel
grupo46000
EntidadEntidad
Incrementopartidas12100
paraproyectosde
inversiónexceptuando
donación
Resolucióndel
MEFP
Entidad
Registro
MPD-VIPFE
Modificaciones
presupuestariasque
afectenelresultadofiscal
global
Resolución
Administrativa
MPD-VIPFE
Entidad
Registro
MPD-VIPFE
Modificaciones
Intrainstitucionales
Incrementodepartidasde
consultoríasconrecursos
internos(excepto
contrapartede
FinanciamientoExterno)
Resolucióndela
MáximaInstancia
Resolutiva
Decreto
Supremo
Entidad
Registro
MPD-VIPFE
Transferenciasotorgadasa
otrasentidades
públicascomprendidasen
elPGE
ConvenioEntidad
Registro
MPD-VIPFE
Traspasoentrepartidas
25800yelgrupo46000
quenomodifiquenel
límitepresupuestario
Resolución
Administrativa
VIPFE-
Convenio
Entidad
Registro
MPD-VIPFE
Transferenciasotorgadasa
otrasentidadespúblicas
comprendidasenelPGE
DocumentoModAdicModInterModIntra
ResoluciónMáximaInstanciaResolutivao
NormadeAprobación*
Informestécnicoylegal-Detalledela
ModificaciónPresupuestaria*
 *RegistroenelcatálogoSIGMAsegúncorresponda
46
Requisitos para el Registro de la Modificación
 * Original o Copia Legalizada
25800 y el grupo 46000
que no modifiquen el
límite presupuestario
Administrativa
VIPFE -
Convenio
Entidad
Registro
MPD-VIPFE
Transferencias otorgadas a
otras entidades públicas
comprendidas en el PGE
Documento Mod Adic Mod Inter Mod Intra
Resolución Máxima Instancia Resolutiva o
Norma de Aprobación *
Informes técnico y legal - Detalle de la
Modificación Presupuestaria *
Documento Proyecto, según las Normas
Básicas del SNIP
Registro en el SISIN - Dictamen de
Aprobación firmado por la MAE*
Formulario SGP *
Convenio de Financiamiento Vigente y/o
certificación presupuestaria
Resolución Máxima Instancia Resolutiva de
la Entidad que recibe los recursos *
Informes Técnico y Legal de la Entidad que
recibe los recursos *
Convenio Interinstitucional que acredite la
conformidad del traspaso institucional
47
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
ANEXO 15
ACTA DE INICIO DE OBRAS
F.P.S
LA PAZ-BOLIVIA
SISTEMA
Fecha:
1 de 1Página:
ACTA DE INICIO
02/06/2014
Contrato Nº: C-FPS-02-002296 REP. EMB. RÍO ORKOJAHUIRA- AV. LOS LEONES (LA PAZ)
Monto total del Contrato : 1,284,503.64
Fecha de inicio : Plazo de Ejecución : 90 dias......./......../........
Moneda : BS
Nombre del Proyecto :
Código del Proyecto : FPS-02-00003126
Presupuesto :
1 INFRAESTRUCTURAComponente :
1 INFRAESTRUCTURA
Monto financiado por el FPS : 1,284,503.64
Monto de Contraparte del Solicitante : 0.00
Monto de contraparte del Beneficiario : 0.00
1,284,503.64
Solicitante :
INSTITUCION REPRESENTANTE
Beneficiario :
CARGO INSTITUCION REPRESENTANTE
Director de obra :
Esp. Operativo :
Supervisor :
FISCAL (FPS) EJECUTOR
SUPERVISOR INSPECTOR TECNICO
REPARACIÓN EMBOVEDADO RÍO ORKOJAHUIRA- AV. LOS LEONES FRENTE RÍO KORIPUJIO (LA PAZ)
48
ANEXO 16
ACTA DE RECEPCIÓN PROVISIONAL
F.P.S
LA PAZ-BOLIVIA
02/06/2014
SISTEMA
Fecha:
1 de 1Página:
ACTA DE RECEPCION PROVISIONAL
SIN OBSERVACIONES
Contrato Nº: C-FPS-02-002296 REP. EMB. RÍO ORKOJAHUIRA- AV. LOS LEONES (LA PAZ)
Monto total del Contrato : 1,284,503.64
Moneda : BS
Plazo de Ejecución : 90 dias
Fecha recepción provisional : ......../......../.......
Fecha de conclusion : ......../......../.......
Localidad : .....................................................
Hora : .....................................
Nombre del Proyecto : REPARACIÓN EMBOVEDADO RÍO ORKOJAHUIRA- AV. LOS LEONES FRENTE RÍO KORIPUJIO (LA PAZ)
Código del Proyecto : FPS-02-00003126
Presupuesto :
Componente : 1 INFRAESTRUCTURA
Monto Original Monto Ord. Cambio Monto Rec. Provisional
1 INFRAESTRUCTURA
Monto de Contraparte del Solicitante :
Monto financiado por el FPS :
Monto de contraparte del Beneficiario :
1,284,503.64
0.00
0.00
1,284,503.640.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
1,284,503.64
1,284,503.64
CARGO INSTITUCION REPRESENTANTE
Solicitante :
Ejecutor :
Esp. Operativo :
Supervisor :
RECEPCION PROVISIONAL SIN OBSERVACIONES
Se constató que la obra terminada fue construida ajustandose a las especificaciones tecnicas, planos y al contrato
La obra fue ejecutada en el lapso de ............. dias.
Se acordo un tiempo de conservacion de ............. dias y que la recepciòn definitiva se hará el dia ....... de .......... de 20...... a las ....... horas
FISCAL (FPS) EJECUTOR
SUPERVISOR INSPECTOR TECNICO
49
Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
SISTEMA
Fecha:
1 de 1Página:
ACTA DE RECEPCION PROVISIONAL
CON OBSERVACIONESF.P.S
LA PAZ-BOLIVIA
02/06/2014
Contrato Nº: C-FPS-02-002296 REP. EMB. RÍO ORKOJAHUIRA- AV. LOS LEONES (LA PAZ)
Monto total del Contrato : 1,284,503.64
Moneda : BS
Nombre del Proyecto : REPARACIÓN EMBOVEDADO RÍO ORKOJAHUIRA- AV. LOS LEONES FRENTE RÍO KORIPUJIO (LA PAZ)
Código del Proyecto : FPS-02-00003126
Presupuesto :
Componente : 1 INFRAESTRUCTURA
1 INFRAESTRUCTURA
REPARACIONES REQUERIDAS
................................................................................................................................................................................................................................
................................................................................................................................................................................................................................
................................................................................................................................................................................................................................
................................................................................................................................................................................................................................
................................................................................................................................................................................................................................
................................................................................................................................................................................................................................
................................................................................................................................................................................................................................
................................................................................................................................................................................................................................
................................................................................................................................................................................................................................
................................................................................................................................................................................................................................
Plazo para su ejecuciòn ............ dias
Fecha de recepciòn definitiva .............. de ............. de 20.........
Se constató que la obra terminada fue construida ajustandose a las especificaciones tecnicas, planos y al contrato
La obra fue ejecutada en el lapso de ............. dias.
Se acordo un tiempo de conservacion de ............. dias y que la recepciòn definitiva se hará el dia ....... de .......... de 20...... a las ....... horas
FISCAL (FPS) EJECUTOR
SUPERVISOR INSPECTOR TECNICO
50
ANEXO 17
ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA
F.P.S
LA PAZ-BOLIVIA
SISTEMA
Fecha:
1 de 1Página:
ACTA DE RECEPCION DEFINITIVA 02/06/2014
Contrato Nº: C-FPS-02-002218 AMP. ALC. SANIT. EXT. MEN. CIUDAD EL ALTO (EL ALTO
Monto total del Contrato : 3,556,841.62
Moneda : BS
Fecha de recepción definitiva : ......../......../.......
Plazo (dias) Ampliaciones Plazo Real
240 60 300
Nombre del Proyecto : AMP. ALC. SANIT. EXT. MENORES CIUDAD EL ALTO (EL ALTO)
Código del Proyecto : FPS-02-00003183
Presupuesto :
Componente : 1 INFRAESTRUCTURA
1 INFRAESTRUCTURA
Monto Original Monto Ord. Cambio Monto Rec. Provisional
Monto financiado por el FPS : 2,943,997.81 2,943,997.810.00
Monto de Contraparte del Solicitante : 612,843.81 612,843.810.00
Monto de contraparte del Beneficiario : 0.00 0.000.00
3,556,841.62 3,556,841.620.00
PARTICIPANTES NOMBRE INSTITUCION
Beneficiario :
Solicitante : G.A.M. EL ALTO DE LA PAZ
Ejecutor :
Esp. Operativo :
Supervisor :
CARGO
Zonal de seguimiento :
Director de obra :
Supervisor :
INSTITUCION REPRESENTANTERECEPCION DEFINITIVA
Se constató que las reparaciones requeridas en la recepción provisional y otras que se presentaron desde dicha recepciòn
se corrigieron en su totalidad.
El trabajo ralizado or el contratista esta en conformidad a las especificaciones técnicas y llega a un monto final de
A partir de la fecha, el solicitante y el beneficiario asumen la responsabilidad total del mantenimiento de la obra.
La continuidad del proyecto estará bajo la responsabilidad del beneficiario
con un lapso final de ejecucion de3,556,841.62BS 300 dias .
FISCAL (FPS) EJECUTOR
SUPERVISOR INSPECTOR TECNICO
GESTIÓN MUNICIPAL DE PROYECTOS DE INVERSIÓN (CON PRESUPUESTO ENTRE BS 50.001 Y BS 1.000.000)
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GESTIÓN MUNICIPAL DE PROYECTOS DE INVERSIÓN (CON PRESUPUESTO ENTRE BS 50.001 Y BS 1.000.000)

  • 1.
  • 2. Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000)
  • 3. GESTIÓN MUNICIPAL DE PROYECTOS DE INVERSIÓN (CON PRESUPUESTO ENTRE BS 50.001 Y BS 1.000.000) Equipo técnico – Ludmila Santa Cruz – Ricardo Montecinos – Grover Alvarez Edición de publicación – Isabel Mercado Heredia Edición general – Unidad de Comunicación PADEM Diseño y diagramación – Arturo Rosales Este documento se imprimió con el apoyo de la Cooperación Suiza en Bolivia. Se autoriza su reproducción, total o parcial, a condición de citar la fuente y la propiedad. Impreso en Bolivia 2015
  • 4. 3 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) CONTENIDO INTRODUCCIÓN 5 CICLO DEL PROYECTO 5 PREPARACIÓN 6 Perfiles de Proyecto 6 Estudios a diseño final 7 Planos Tipo 10 Especificaciones técnicas 11 Precios Unitarios 11 EVALUACIÓN DEL PROYECTO 12 INSCRIPCIÓN PRESUPUESTARIA 13 CONTRATACIÓN 15 EJECUCIÓN 18 Inicio de obra 19 Boletas y Pólizas de garantía 19 Libro de Órdenes de Trabajo 21 Cronograma 22 Cómputos Métricos 23 Planillas o Certificados de Avance de Obra 23 Ampliaciones de Plazo 24 Rutinas de supervisión de obras 25 Informes del Supervisor 26 Informes del fiscal municipal 27 Modificaciones al Contrato 27 Recepción provisional 28 Recepción definitiva 29 Multas 30 CIERRE DEL PROYECTO 31
  • 5. Anexos 32 ANEXO 1 Guias de Perfiles del VIPFE ANEXO 2 Guias de Perfiles del FPS ANEXO 3 Reglamento Básico de Preinversión ANEXO 4 Guías para Proyectos a Diseño Final del FPS ANEXO 5 Guía para Elaboración de Proyectos de Agua y Normas Sanitarias ANEXO 6 Guias para Elaboración de Proyectos de Riego Menores ANEXO 7 Planos Tipo ANEXO 8 Especificaciones Técnicas ANEXO 9 Análisis de Precios Unitarios ANEXO 10 Precios Unitarios GAMLP ANEXO 11 Formulación Presupuestaria ANEXO 12 Registro de Proyecto en el SISIN WEB ANEXO 13 Modificaciones Presupuestarias ANEXO 14 Decreto Supremo 181 ANEXO 15 Acta de Inicio ANEXO 16 Acta de Recepción Provisional ANEXO 17 Acta de Recepción Definitiva ANEXO 18 Principales Actores del Ciclo del Proyecto
  • 6. 5 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) La presente Guía tiene la finalidad de apoyar a los gobiernos autónomos municipales en la ejecución de proyectos de inversión municipal entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000, tomando en cuenta la normativa existente en Bolivia. Los proyectos de este rango concentran una gran parte de la inversión municipal. En su mayoría son financiados con recursos municipales y contratados bajo la modalidad de apoyo a la producción y empleo de la norma boliviana de adquisiciones1 . La ejecución de proyectos se entiende como una secuencia de actividades relacionadas entre sí, destinadas a lograr un objetivo en un tiempo determinado y con un conjunto definido de recursos. Desde su inicio, siguen un proceso denominado ciclo del proyecto, independientemente del tema a que se refiera, a la duración y a los actores que intervengan en el mismo. Losproyectosmunicipalesatraviesanporvariasetapasdesdelapreparación,evaluación, inscripción,contrataciónyejecución.Encadaunadelasetapasseproducendocumentos inherentes al proyecto. La elaboración de estos en las distintas etapas está normada y es de aplicación obligatoria; en las etapas en que no existan normas, la presente Guía coadyuvará con ciertos instrumentos de uso referencial. La guía procedimental operativa, en base al ciclo del proyecto, detalla cada uno de los procesos,conlosrespectivosformularioseindicandosisondeusoobligatoriooreferencial. El ciclo del proyecto tiene las etapas siguientes: La etapa de preparación comprende la elaboración del estudio a diseño final, comenzando en la elaboración del perfil y, posteriormente, aplicando la guía genérica del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo (VIPFE), o guías específicas desarrolladas por los distintos sectores2 hasta contar con el diseño final. Para facilitar este proceso es posible utilizar información desarrollada por entidades y sectores nacionales, especialmente en lo que concierne a: planos tipo, especificaciones técnicas y precios unitarios. La etapa de evaluación del proyecto, se realiza mediante el cálculo de varios indicadores socioeconómicos como el valor actual neto (VAN) valor actual neto socioeconómico (VANS), costo eficiencia (CE) y valor actual neto privado (VANP). Estos pueden calcularse 1 Decreto Supremo Nº 0181, Modalidad de Apoyo a la Producción y Empleo de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios. 2 Por ejemplo, el Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico, ha desarrollado la Guía Técnica de Diseño de Proyectos de Agua Potable para Poblaciones Menores a 10.000 personas. INTRODUCCIÓN CICLO DEL PROYECTO
  • 7. 6 a través del paquete informático desarrollado por el VIPFE -denominado planillas parametrizadas-. A partir de los resultados de los indicadores se decide ejecutar, reformular o abandonar el proyecto. LasiguienteetapaconsisteeninscribirelproyectoenelPresupuestoGeneraldelEstado. Cuando este es aprobado por la Asamblea Legislativa, se viabiliza el uso de recursos. Los pasos previos a la inscripción se refieren a la priorización participativa de los proyectos a nivel local, la inscripción en el POA y presupuesto municipal, y su posterior registro en el SISIN WEB. Siguiendo el ciclo del proyecto, una vez inscrito el proyecto se debe realizar la contratación de un proveedor o contratista para la ejecución del proyecto. En proyectos de este rango el proceso de contratación debe sujetarse con carácter obligatorio a las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios y comprende varias actividades desde la preparación de los documentos base de contratación hasta la adjudicación y firma del contrato. La siguiente etapa es la ejecución misma del proyecto, que comienza con el inicio de obra, pasando por la recepción provisional y definitiva de la obra hasta el cierre del proyecto. La preparación de los proyectos se inicia con la preinversión en la que se elaboran dos tipos de estudios: perfiles de proyectos y estudios a diseño final. Los estudios de preinversión pueden ser elaborados de dos maneras: En forma directa por los funcionarios del municipio, cuando éste tiene la suficiente capacidad técnica. Mediante la contratación a profesionales externos. En ambos casos, la preinversión debe sujetarse a las estipulaciones técnicas y operativas establecidas en las guías sectoriales. En los casos en que no haya estas guías se debe utilizar el Reglamento Básico de Preinversión. Perfiles de Proyecto Los perfiles de proyectos son documentos que permiten realizar una preselección de potenciales proyectos a apoyar. Si estos son aceptados, se pueden desarrollar los estudios a diseño final. Los perfiles de proyectos se elaboran en base a especificaciones PREPARACIÓN s s s s s Preparación Presupuesto EjecuciónEvaluación Contratación Cierre
  • 8. 7 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) técnicas elaboradas por el Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo (VIPFE) y el Fondo de Inversión Productiva y Social (FPS). Guías de Perfiles del VIPFE El VIPFE ha desarrollado una serie de Guías de Perfiles para distintos tipos de proyectos como: vías, salud, riego, agua, alcantarillado, mercados, educación y caminos. En el ANEXO Nº 1 (CD adjunto) se pueden encontrar cada uno de estos perfiles. Guías de Perfiles del FPS El FPS plantea un concepto básico de perfil de proyecto3 de la siguiente manera: “Se entiende por perfil de proyecto una descripción del problema o la necesidad de la demanda social. Además de definir el propósito, la pertinencia y toda la información necesaria que sustente el perfil…... El perfil ayuda a asegurar que las gobernaciones, municipios, y miembros de la comunidad comprendan sus objetivos, las posibles implicaciones de su propuesta en términos de inversión, costos operativos, de mantenimiento y otros factores. El perfil del proyecto permitirá, en primera instancia, definir la pertinencia, elegibilidad y viabilidad de la idea del proyecto, antes de elaborar y presentar estudios a diseño final completos o de requerir financiamiento para la etapa de pre inversión”. En el ANEXO Nº 2 (CD adjunto) se presentan las guías elaboradas por el FPS para los proyectos siguientes: infraestructura educativa, salud, infraestructura de agua y saneamiento básico, infraestructura de transporte, apoyo a la producción, transformación y comercialización, y microriego. Estudios a diseño final Cuando los perfiles de proyectos son aceptados, es posible desarrollar propuestas más completas como el Estudio de Identificación (EI) y el Estudio IntegralTécnico, Económico, Social y Ambiental (TESA). El Reglamento Básico de Preinversión4 (RBP) es de uso y aplicación obligatoria para todas las entidades del sector público, éste establece dos tipos de estudios a diseño final en la fase de preinversión: el EI y el TESA. No obstante, varias instituciones y sectores han desarrollado reglamentos específicos en base RBP; estas herramientas han sido aprobadas por el VIPFE. En la actualidad, se cuentan con guías de proyectos a diseño final del FPS, guías sectoriales del Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico y del Viceministerio de Recursos Hídricos y Riego. 3 Guía de elaboración de proyectos del FPS. 4 Elaborado por el Viceministerio de Inversión Pública del Ministerio de Planificación del Desarrollo, aprobado por Resolución Ministerial No. 29/2007 del 26 de febrero de 2007.
  • 9. 8 Estudio de Identificación (EI) El Reglamento Básico de Preinversión aprobado por el VIPFE define el EI como: la relación problema-proyecto, a través de la elaboración del diagnóstico de una situación, un objetivo basado en indicadores y necesidades técnicas, sectoriales y beneficiarios locales; en el marco del Plan Nacional de Desarrollo (PND), planes departamentales y municipales. El RBP es una guía general de uso obligatorio para proyectos cuyo monto de inversión es menor a Bs. 1.000.000 (un millón de bolivianos), que se aplica en la elaboración de proyectos de preinversión donde no existen guías específicas. El EI se concentra en el planteamiento de las alternativas de solución al problema, es un estudio incremental del proyecto; es decir, debe realizarse comparando la situación sin proyecto y la situación con proyecto. El contenido del EI es el siguiente: ŸŸ Diagnóstico. ŸŸ Estudio de mercado. ŸŸ Tamaño y localización. ŸŸ Situación sin proyecto. ŸŸ Análisis de ingeniería. ŸŸ Especificaciones técnicas, administrativas y operacionales. ŸŸ Ficha ambiental. ŸŸ Evaluación socioeconómica. En el ANEXO Nº 3 se tiene inextenso el Reglamento Básico de Preinversión del VIPFE donde se describe el contenido de un Estudio de Identificación. Proyectos a diseño Final del FPS Los municipios y otras entidades que deseen solicitar financiamiento al FPS para la ejecución de proyectos de inversión deben aplicar la Guía para Proyectos a Diseño Final del FPS, para determinados sectores específicos. Según el FPS, el estudio a diseño final es el resultado final de la etapa de preinversión de un proyecto de inversión perteneciente a un sector determinado, identificado para satisfacer alguna demanda social. Para llegar a esta etapa, el mismo necesariamente cumple criterios de elegibilidad y es priorizado sobre otros proyectos, aspecto que define su importancia. El objetivo principal del estudio a diseño final del FPS, es contar con criterios integrales (técnicos, sociales, económicos y ambientales) que permitan evaluar la viabilidad y factibilidaddelproyecto,detalmaneraquepermitatomardecisionesobjetivasrespecto al proyecto, a fin de asignar eficientemente los recursos destinados a su inversión. El consultor o técnico municipal procederá con la elaboración del estudio de diseño final, técnico, económico, social y ambiental, siendo responsable por el
  • 10. 9 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) trabajo establecido en el estudio. El contenido mínimo del estudio de diseño final establecido en la Guía del FPS, está estructurado y formulado en el marco de las Normas Básicas del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). Por lo que puede ser usada de manera opcional al Estudio de Identificación. El alcance que se describe en la Guía del FPS tiene carácter enunciativo y no limitativo, pudiendo el consultor o técnico municipal ampliar y sustanciar dónde y cuándo lo considere necesario, empero sin modificar el objetivo principal, ni la norma mencionada. En el ANEXO Nº 4 (CD adjunto) se expone la guía desarrollada para los siguientes sectores: infraestructura educativa, salud, saneamiento básico, infraestructura vial y microriego. Guía Técnica de Diseño de Proyectos de Agua Potable para Poblaciones Menores a 10.000 Habitantes El Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico ha desarrollado la Guía Técnica de Diseño de Proyectos de Agua Potable para Poblaciones Menores a 10.000 Habitantes, con el objetivo de mejorar la cobertura de los servicios de agua potable en el área rural y poblaciones menores; y direccionar las acciones necesarias para la reposición y/o ampliación de sistemas de agua existentes. La Guía se ha elaborado tomando como base la Norma Boliviana (NB-689): Instalaciones de agua – diseño para sistemas de agua potable y sus respectivos reglamentos técnicos, editados en el año 2005. La guía establece los criterios técnicos de diseño de sistemas de agua potable para poblaciones menores a 10.000 habitantes, considerando los parámetros, criterios y consideraciones establecidas por la Norma y Reglamentos de Diseño para Sistemas de Agua Potable vigentes. La Guía es un instrumento de apoyo a los profesionales del sector y a los gobiernos municipales en la elaboración de estudios de preinversión para sistemas de agua potable. Contiene un conjunto de documentos técnicos que incluyen: planos de diseño tipo, especificaciones técnicas y costos referenciales para sistemas de agua potable. En el ANEXO Nº 5 (CD adjunto) se expone la guía que cuenta con los siguientes capítulos: ŸŸ Parámetros básicos de diseño. ŸŸ Captación de agua superficial. ŸŸ Captación de agua subterránea. ŸŸ Captación de agua de lluvia. ŸŸ Aducción de agua por gravedad. ŸŸ Aducción de agua por bombeo. ŸŸ Estaciones de bombeo.
  • 11. 10 ŸŸ Plantas potabilizadoras de agua. ŸŸ Desinfección en sistemas de agua potable. ŸŸ Tanques de almacenamiento de agua. ŸŸ Redes de distribución. ŸŸ Bombas manuales. ŸŸ Válvulas, tuberías y accesorios. ŸŸ Obras especiales en sistemas de agua potable. Guía para la Elaboración de Proyectos de Riego Menores El Viceministerio de Recursos Hídricos y Riego ha elaborado la Guía para la elaboración de Proyectos de Riego Menores. La mayoría de estos proyectos tienen un costo menor a Bs. 1.000.000 (un millón de bolivianos). Debido a que estos proyectos tienen baja inversión y en general son menos complejos, se acepta que la evaluación de la pertinencia de continuar o no con el estudio EI, se defina en base a la Ficha de Identificación y Validación de Proyectos de Riego (FIV). Todos los proyectos de riego, sin importar su tamaño, deben comenzar con el llenado de la ficha FIV, el cual debe ser necesariamente realizado por un ingeniero civil y un ingeniero agrónomo, ambos con experiencia en proyectos de riego. Sus conclusiones permitirán identificar los factores de riesgo que amenazan al proyecto, y definir si es conveniente continuar con la siguiente etapa de los estudios. Una vez definida en base a la FIV la continuación de los estudios del proyecto, se elaborará el estudio EI, en el caso de proyectos menores con estudios equivalentes al nivel de diseño final; y en el caso de proyectos mayores, con estudios equivalentes al nivel de factibilidad, siguiendo los alcances establecidos en las presentes guías. En el ANEXO Nº 6 (CD adjunto) se presenta la Guía para la Elaboración de Proyectos de Riego Menores que contiene lo siguiente: ŸŸ Instructivo de uso de las Guías de Riego. ŸŸ Ficha de Identificación y Validación de Proyectos de Riego (FIV). ŸŸ Estudio de Identificación (EI) de un Proyecto de Riego Menor. ŸŸ Anexos a la Guía. Planos Tipo Con el objeto de disminuir los costos de la preinversión, varias instituciones públicas (como diversos ministerios) han desarrollado planos tipo de proyectos sectoriales de uso recurrente. Estos planos facilitan el diseño de proyectos ya que contienen dibujos elaborados en Autocad5 con detalles constructivos y algunos cuentan con 5 Programa informático para elaboración de dibujos de ingeniería
  • 12. 11 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) sus respectivos cómputos métricos. Estos, pueden ser utilizados por los gobiernos municipales para la elaboración de proyectos, sin embargo, se debe tener el cuidado de adaptarlos a las condiciones propias del lugar del emplazamiento para obtener un diseño más personalizado. Los sectores que tienen diseños tipo son los siguientes: ŸŸ Salud. ŸŸ Educación. ŸŸ Agua Potable. ŸŸ Saneamiento Básico. ŸŸ Riego y Microriego. ŸŸ Caminos Vecinales. ŸŸ Medioambiente. En el ANEXO Nº 7 (CD adjunto) se exponen los planos tipo elaborados por cada sector. Especificaciones técnicas Las especificaciones técnicas son los documentos en los cuales se definen las normas, exigencias y procedimientos a ser aplicados en los trabajos de construcción de obras. En nuestro país, sólo el Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico ha publicado el documento “Especificaciones Técnicas de Proyectos de Agua Potable y Saneamiento Básico para Poblaciones Menores a 10.000 habitantes”. Este documento puede facilitar y mejorar la calidad de los proyectos de preinversión e inversión del sector apoyando el trabajo de los municipios. El contenido de este documento es el siguiente: ŸŸ Descripción de los materiales primarios. ŸŸ Actividades comunes. ŸŸ Especificaciones técnicas de saneamiento y alcantarillado. ŸŸ Especificaciones de agua potable. ŸŸ Glosario de términos. En el ANEXO Nº 8 (CD djunto) se puede ver el documento. Precios Unitarios Una manera de calcular los costos de las obras es a través de los precios unitarios. Estos establecen el costo por unidad de cada una de las actividades que se ejecutarán en las obras. Al multiplicar estos precios unitarios por las cantidades de las actividades, se obtendrá el importe total de la actividad. La suma de los importes de todas las actividades nos da el presupuesto de la obra que se quiere analizar.
  • 13. 12 Los precios unitarios descomponen el precio total en sus componentes de materiales, equipos, mano de obra, costos indirectos, utilidad e impuestos. Los precios unitarios se acostumbran a presentar en planillas especialmente diseñadas para el efecto. Dos instituciones públicas tienen precios unitarios, el Viceministerio de Vivienda y el Gobierno Municipal de La Paz. Ambos documentos pueden servir de referencia para la elaboración de proyectos de inversión municipal y se encuentran en el ANEXO Nº 9 y ANEXO Nº 10 (CD adjunto). La evaluación de proyectos con monto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000 se debe realizar mediante indicadores socioeconómicos6 : valor actual neto socioeconómico (VANS), costo eficiencia (CE) y valor actual neto privado (VANP). El VANS representa la equivalencia presente de los beneficios netos futuros y presentes de un proyecto, expresado a precios cuenta de eficiencia. Si el VANS es positivo, el proyecto es rentable y genera un aumento en la riqueza de la sociedad por lo que se recomienda su ejecución; cuando el VANS es negativo, el proyecto no es rentable, lo que implica una pérdida en la riqueza de la sociedad y no se recomienda su ejecución. Cuando el VANS es igual a cero, se gana el costo de oportunidad de los recursos y, por tanto, el proyecto puede realizarse. El CE representa el costo promedio por unidad de beneficio de una alternativa. Expresa los costos de un equivalente anual, que distribuye las salidas de efectivo uniformes en el flujo de caja, por unidad de servicio, producto y/o beneficiarios. Si los beneficios de los proyectos no pueden ser cuantificados y/o valorados, se establecerá el indicador CE. En tal caso, se elegirá la opción que tenga el CE comprendido en el rango establecido por los Parámetros Costo Eficiencia (PCE). El VANP representa la equivalencia presente de los ingresos netos futuros y presentes de un proyecto, expresados a precios de mercado. Una vez determinada la conveniencia socioeconómica de ejecutar el proyecto según lo establecido por el Reglamento Básico de Preinversión (Artículos 15º y 16º), la decisión debe complementarse con la determinación de la sostenibilidad operativa del mismo, que mide la capacidad del proyecto basada en el VANP: ŸŸ Cuando el VANP del proyecto es mayor o igual a cero, se recomendará la ejecución del mismo y su licitación al sector privado. ŸŸ Cuando el VANP del proyecto es negativo, pero la diferencia del valor actualizado de los beneficios y costos de operación es mayor que cero, se subsidiará la inversión. 6 Reglamento Básico de Preinversión del VIPFE, Capítulo IV: Criterios para la Toma de Decisiones. EVALUACIÓN DEL PROYECTO
  • 14. 13 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) Planillas parametrizadas El cálculo de todos estos indicadores para la evaluación de un proyecto se puede realizar mediante el uso de las planillas parametrizadas. Las planillas parametrizadas sectoriales son un complemento a las metodologías sectoriales de preparación y evaluación de proyectos desarrolladas por el VIPFE para apoyar la preparación y ejecución de proyectos de inversión pública. Las planillas son libros de Excel con macro funciones para la generación de indicadores de evaluación. Este archivo se divide en ocho hojas que son las siguientes: preparación, alternativas, evaluación privada, evaluación socioeconómica, indicadores, análisis de sensibilidad, financiamiento, conclusiones y recomendaciones. Luego de hacer correr las planillas parametrizadas, se obtiene una batería de indicadores de evaluación en dos categorías: Indicadores de costo y rentabilidad (VANS, VANP); e Indicadores costo eficiencia (CE). Si el proyecto de inversión evaluado es aprobado, se debe seguir con el proceso de formulación del presupuesto de inversión pública municipal asignando recursos en el POA y presupuesto municipal; registro del proyecto en el SISIN WEB; inscripción en el presupuesto de inversión pública municipal; emisión del dictamen por parte del Alcalde aprobando en el SISIN –WEB el proyecto y enviándolo al VIPFE para su incorporación en el anteproyecto del presupuesto general del Estado. En el ANEXO Nº 11 se detalla el proceso de formulación presupuestaria. Fuente: Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Extermo INSCRIPCIÓN PRESUPUESTARIA
  • 15. 14 Asignación de recursos al proyecto De acuerdo al Plan de Desarrollo Municipal (PDM) y la priorización realizada por la población del municipio en los espacios de participación, se seleccionan los proyectos de inversión pública que serán inscritos en el POA y presupuesto municipal. Los montos delosproyectosdebenestarpreviamentecalculadosdeacuerdoalasguíasdeproyectos mencionadas anteriormente. Si el gobierno autónomo municipal no elaboró previamente el proyecto, se puede hacer una estimación de su costo. Sin embargo, existe el riesgo de que el monto estimado sea mayor o menor al monto real para ejecutar la obra. Si el monto estimado es menor, se tiene que realizar una modificación presupuestaria para asignar mayores recursos de otro proyecto municipal, este trámite presupuestario conlleva un tiempo que puede retrasar el inicio de la obra. Si es mayor, el recurso en exceso debe ser asignado a otro proyecto. Si este último trámite no se realiza, disminuye la ejecución presupuestaria anual del municipio en base a su programación inicial. Registro del Proyecto en el SISIN-WEB En el Sistema Nacional de Inversión Pública se establece que el Reglamento Básico de Operaciones del SISIN-WEB es de uso y aplicación obligatoria para todas las entidades del sector público. Por ello, todos los proyectos deben ser registrados en este sistema. El procedimiento y forma de registro se explica en el ANEXO Nº 12 sobre Registro de Proyectos en el SISIN-WEB. Elaboración del Anteproyecto de Presupuesto de Inversión Pública Municipal La elaboración del presupuesto de inversión pública municipal se elabora una vez al año. El proceso comienza en el mes de julio del año anterior, a partir del proceso de planificación municipal participativa. La MAE elabora el presupuesto municipal que es puesto a consideración del Concejo Municipal para su aprobación. Una vez aprobado, se emite el dictamen en el formulario del SISIN WEB y se remite al VIPFE para su incorporación en el presupuesto de inversión pública del presupuesto general del Estado (PGE), el mismo es consolidado y enviado a la Asamblea Legislativa para su aprobación mediante Ley. Una vez que el PGE es aprobado, los gobiernos autónomos municipales pueden ejecutar los proyectos que estén inscritos en este presupuesto. Si durante la gestión existe la necesidad de ejecutar un proyecto nuevo, éste debe ser inscrito en el SISIN – WEB. Luego se deberá realizar una modificación presupuestaria para asignarle recursos y para que pueda ser ejecutado.
  • 16. 15 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) Modificaciones presupuestarias Como se señaló, si durante la gestión se demandan nuevos proyectos o se modifica el presupuesto de los que se encuentran inscritos en el PGE, se deben realizar modificaciones presupuestarias7 para asignar recursos a estos nuevos proyectos o para modificar el presupuesto de los que se encuentran inscritos en el PGE. Existen dos tipos de modificaciones presupuestarias. Las que modifican el PGE y las que no modifican el PGE. Las primeras son generalmente para inscribir un presupuesto adicional para las entidades públicas y las normas de aprobación varían desde la aprobación de una Ley hasta una Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Las segundas, a su vez, se dividen en dos tipos: modificaciones intrainstitucionales donde los traspasos, incrementos, o modificaciones se realizan al interior de la entidad pública, estas son de varios tipos y la norma de aprobación puede variar desde una Ley hasta una resolución de la máxima instancia resolutiva de la entidad. El segundo tipo son la interinstitucionales donde los traspasos y transferencias se realizan entre entidades públicas (por ejemplo proyectos que son cofinanciados por dos municipios y se delega a uno de ellos la ejecución) y son aprobados mediante Decretos Supremos hasta la firma de convenios entre las dos entidades. En el ANEXO Nº 13 se puede ver un detalle de los procedimientos para realizar las modificaciones presupuestarias de inversión pública. Los proyectos que tienen un costo referencial entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000 deben ser contratados mediante las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios8 . Ver ANEXO Nº 14 (CD adjunto) en la modalidad Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (ANPE). A continuación se enuncian en forma resumida las principales actividades de esta etapa del ciclo del proyecto, así como de los actores que participan. Actividades Previas Son aquellas que se realizan antes de que se publique el proceso de contratación de un proyecto. Los distintos actores e instancias tienen las siguientes actividades que deben ejecutar: 7 El Decreto Supremo Nº29881 del 7 de enero de 2009 aprueba el Reglamento de Modificaciones Presupuestarias; y Ley 2042 de Administración Presupuestaria, Art. 4°, establece que la asignación presupuestaria de gasto aprobada por Ley constituye límite máximo de gasto. Toda modificación presupuestaria dentro de estos límites deberá efectuarse según Reglamento. 8 Decreto Supremo Nº 0181 de 28 de junio de 2009. CONTRATACIÓN
  • 17. 16 La Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) EsnecesarioresaltarquelaMAEdelmunicipioeselalcaldeoalcaldesayesresponsable de todos los procesos de contratación desde su inicio hasta su conclusión. En las actividadespreviasdebedesignarodelegarmedianteresoluciónexpresaalResponsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA). La Unidad Solicitante Esta Unidad debe realizar las siguientes funciones: ŸŸ Calcular el Precio Referencial (PR) incluyendo todos los costos y tributos que incidan en el costo total. Este PR debe tener la información de respaldo correspondiente, además no deberá tener una antigüedad mayor a cuatro meses. Posteriormente, este precio es público y es señalado en el DBC. ŸŸ Elaborar las Especificaciones Técnicas o Términos de Referencia. ŸŸ Definir el Método de Selección y Adjudicación. ŸŸ Verificar si se tiene un saldo presupuestario, además si se encuentra inscrito en el POA y Programa Anual de Contrataciones (PAC). ŸŸ Solicitar la contratación del bien o servicio. ŸŸ Diseño de la construcción debidamente aprobado y autorizado por las instancias que corresponda, con planos de construcción. ŸŸ Cumplimiento de la regulación ambiental. ŸŸ Derecho propietario del terreno donde se va a construir a nombre de la municipalidad. Unidad Administrativa Esta unidad debe realizar las siguientes actividades: ŸŸ Realizar todos los actos administrativos del proceso de contratación y velar por el cumplimiento de las condiciones y plazos establecidos en los procesos de contratación. ŸŸ Elaborar el Documento Base de Contratación (DBC) incorporando las especificaciones técnicas o términos de referencia elaborados por la Unidad Solicitante. Para la modalidad ANPE se tienen varios modelos de DBC que son de aplicación obligatoria. Los modelos DBC son para la contratación de: bienes, obras, servicios generales, servicios de consultoría, seguros y medicamentos. ŸŸ Emitir la certificación presupuestaria. El Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA) ŸŸ Verificar que la solicitud de contratación se encuentra inscrita en el POA, en el PAC y verificar la certificación presupuestaria.
  • 18. 17 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) ŸŸ Aprobar el DBC y autorizar el inicio de contratación. ŸŸ Designar al Responsable de Evaluación o a los integrantes de la Comisión de Calificación, y rechazar o aceptar las excusas presentadas. Publicación de la Convocatoria El proceso de contratación debe ser publicado en la Mesa de Partes y en el Sistema de Contrataciones Estatales (SICOES).Toda publicación que se realice en el SICOES (como el DBC) se constituye en la documentación oficial del proceso de contratación. Opcionalmente, para mayor trasparencia, se puede publicar en otros medios de comunicación alternativos de carácter público, tales como ferias de contrataciones estatales, radioemisoras, canales de televisión, medios de prensa escrita y otros. Los plazos se computarán a partir de la publicación del proceso de contratación en el SICOES. Para la modalidad de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo son los siguientes: ŸŸ Contrataciones mayores a Bs 20.000 hasta Bs 200.000, mínimo cuatro días ŸŸ Contrataciones mayores a Bs 200.000 hasta Bs 1.000.000, mínimo ocho días Actividades opcionales Para la modalidad “Apoyo Nacional a la Producción y Empleo” las siguientes son las actividades opcionales previas a la presentación de propuestas: ŸŸ Consultas escritas. ŸŸ Inspección previa. ŸŸ Reunión informativa de aclaración. ŸŸ Preparar cuando corresponda aclaración a las especificaciones técnicas o términos de referencia. Evaluación y Adjudicación La Comisión de Calificación tiene que realizar las siguientes actividades en el proceso de la evaluación y adjudicación: ŸŸ Cierre y recepción de propuestas. ŸŸ Apertura pública y lectura de precios ofertados. ŸŸ Evaluación en acto continuo de las propuestas presentadas. ŸŸ Convocatoria a todos los proponentes que presentaron propuestas, cuando se requiera la aclaración de una o más propuestas. ŸŸ Elaboración del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. ŸŸ Notificación.
  • 19. 18 Existen los siguientes métodos de selección y adjudicación: ŸŸ Calidad, propuesta técnica y costo. ŸŸ Calidad. ŸŸ Presupuesto fijo. ŸŸ Menor costo. ŸŸ Precio evaluado más bajo Suscripción de Contrato La Unidad Jurídica tiene que realizar las siguientes actividades: ŸŸ Elaborar los contratos para los procesos de contratación. ŸŸ Firmarovisarelcontratodeformapreviaasususcripción,comoresponsable de su elaboración. ŸŸ Revisar la legalidad de la documentación presentada por el proponente adjudicado para la suscripción del contrato. Una buena fuente para desarrollar la etapa de contratación de obras y bienes municipales es el documento“Proceso de Contratación de Bienes y Servicios del Estado Plurinacional (D.S. 0181 de 28/06/09)”, elaborado por el Centro Nacional de Capacitación de la Contraloría General del Estado. La fase de ejecución de obra es el proceso clave del ciclo de proyectos. Se inicia cuando ya se han contratado los servicios de una empresa constructora y, además, ya se tiene contratado la supervisión de la obra. Comprende el periodo de tiempo desde el inicio de la obra hasta la recepción definitiva; período que también se conoce como de ejecución física de la obra. En este lapso de tiempo tienen lugar las planillas de avance de obra. También pueden surgir las ampliaciones de plazo, órdenes de trabajo, órdenes de cambio y contratos modificatorios. En forma simplificada se puede ver en el siguiente gráfico la etapa de ejecución: Recepción Plazo de ejecución de la Obra Las fases que se describen a continuación parten del Modelo del Documento Base para la Contratación de Obras con costos mayores a Bs 1.000.000 de (Licitación Pública), el que incluye el modelo de Contrato de Obra. Se utiliza esta herramienta porque contempla todas las etapas del ciclo del proyecto. De igual manera, se ha utilizado para complementar los conceptos de cada fase, el Manual de Supervisión y Fiscalización de Obras de Infraestructura del FPS. EJECUCIÓN
  • 20. 19 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) Inicio de obra Es el momento en el que se inicia la construcción física de la obra. Comienza con la firma del Acta de Inicio u Orden de Proceder in situ. Este documento respalda la fecha de inicio oficial de obra y a partir de esta, se controla el plazo contractual establecido hasta la recepción provisional de la obras. Una vez suscrito el contrato, se convoca a una reunión en la que participan: el fiscal de obra, el supervisor de obra, el director o residente de obra y el representante social del Comité de Construcción, para elaborar y suscribir el Acta de Inicio, que llevará la fecha y hora de la reunión convocada. En el ANEXO Nº15 se adjunta un ejemplo de Acta de Inicio de Obra elaborado por el FPS. Boletas y Pólizas de garantía La normativa vigente de contrataciones9 establece los tipos de garantías que deben ser renovables, irrevocables y de ejecución inmediata. Hasta Bs 1.000.000.- (un millón de bolivianos), el proponente decidirá el tipo de garantía a presentar: ŸŸ Boleta de garantía: Emitida por cualquier entidad de intermediación financiera bancaria o no bancaria, regulada y autorizada por la instancia competente. ŸŸ Boleta de garantía a primer requerimiento: Emitida por una entidad de intermediación financiera bancaria o no bancaria, regulada y autorizada por la instancia competente. ŸŸ Póliza de seguro de caución a primer requerimiento: Emitida por una empresa aseguradora, regulada y autorizada por la instancia competente. Las garantías según el objeto son: Garantía de Seriedad de Propuesta Tiene por objeto garantizar que los proponentes participan de buena fe y con la intención de culminar el proceso. Será por un monto equivalente al uno por ciento (1%) de la propuesta económica del proponente. Para servicios de consultoría se constituye por el cero punto cinco por ciento (0.5%). La vigencia de esta garantía debe ser mayor en treinta (30) días calendario, al plazo de validez de la propuesta establecida en el DBC. La garantía de seriedad de propuesta se devuelve al proponente adjudicado contra entrega de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, y a los proponentes 9 Decreto Supremo 0181 de 28 de junio de 2009.
  • 21. 20 no adjudicados con anterioridad a su vencimiento, siempre que no haya sido objeto de ejecución por parte de la entidad convocante. En el caso de la modalidad ANPE, cuando la entidad lo requiera podrá solicitar la presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta, sólo para contrataciones con precio referencial mayor a Bs 200.000.- (Doscientos Mil 00/100 Bolivianos). ParalaContrataciónDirectadeBienesyServiciosprestadosporEmpresasPúblicas, Empresas Públicas Nacionales Estratégicas, Empresas con Participación Estatal Mayoritaria y la Contratación por Excepción de entidades públicas establecidas en los incisos g) y h) del Artículo 65º de las NB-SABS, no se requerirá la presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta. Garantía de Cumplimiento de Contrato Tiene por objeto garantizar la conclusión y entrega del objeto del contrato, es equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. En la modalidad ANPE, cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, se podrá prever una retención del siete por ciento (7%) de cada pago. En contrataciones hasta Bs 1.000.000.- (un millón de bolivianos), las micro y pequeñas empresas, asociaciones de pequeños productores urbanos y rurales, y organizaciones económicas campesinas, presentarán esta garantía por un monto equivalente al tres y medio por ciento (3.5%) del valor del contrato o se hará una retención del tres y medio por ciento (3.5%) correspondiente a cada pago cuando se tengan previstos pagos parciales. Para la contratación directa de bienes y servicios prestados por Empresas Públicas, Empresas Públicas Nacionales Estratégicas, Empresas con Participación Estatal Mayoritaria y la Contratación por Excepción de Entidades Públicas, establecida en los incisos g) y h) del Artículo 65º de las NB-SABS, en reemplazo de la garantía de cumplimiento de contrato, la entidad contratante deberá efectuar una retención del siete por ciento (7%) de cada pago. La vigencia de la garantía será computable a partir de la firma del contrato hasta la recepción definitiva del bien, obra, servicio general o servicio de consultoría. Esta garantía o la retención, será devuelta al contratista una vez que se cuente con la conformidad de la recepción definitiva. Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato de Obras El proponente adjudicado, cuya propuesta económica esté por debajo del ochenta y cinco por ciento (85%) del precio referencial, deberá presentar una Garantía Adicional a la de Cumplimiento de Contrato, equivalente a la diferencia entre el ochenta y cinco por ciento (85%) del precio referencial y el valor de su propuesta económica.
  • 22. 21 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) Cuando la propuesta económica esté por debajo del ochenta y cinco por ciento (85%) del precio referencial, deberá adicionarse la Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato de Obras, equivalente a la diferencia entre el ochenta y cinco por ciento (85%) del Precio Referencial y el valor de su propuesta económica. El contratista tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el supervisor, por razones justificadas. Este llevará el control directo de vigencia de la misma. El supervisor llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al contratista, o solicitar a la entidad su ejecución. Garantía de Correcta Inversión de Anticipo Tiene por objeto garantizar la devolución del monto entregado al proponente por concepto de anticipo inicial. Se constituye por un monto equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo otorgado y deberá tener una vigencia mínima de noventa (90) días calendario, computables a partir de la entrega del anticipo, debiendo ser renovada mientras no se deduzca el monto total. Conforme el contratista reponga el monto del anticipo otorgado, se podrá reajustar la garantía en la misma proporción. A solo requerimiento del gobierno municipal, el importe de las garantías citadas anteriormente será ejecutado en caso de incumplimiento contractual, incurrido por el contratista, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente suscrita por las partes contratantes, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. LagarantíadeCumplimientodeContrato,GarantíaAdicionalalaGarantíadeCumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la Entidad, lo cual no exime la responsabilidad del supervisor. Libro de Órdenes de Trabajo Es un instrumento legalmente habilitado ante Notario de Fe Pública, para dar cuenta de las acciones de ejecución de obras, registrando históricamente todas las actuaciones del proceso de construcción realizadas principalmente por el supervisor de obras y el director o residente de obras. Bajo su responsabilidad y en la obra, el contratista llevará un Libro de Órdenes deTrabajo con páginas numeradas y dos copias, el mismo que deberá ser abierto con participación de un Notario de Fe Pública en la fecha en que el contratista reciba la Orden de Proceder.
  • 23. 22 En este libro el supervisor anotará las instrucciones, órdenes y observaciones impartidas al contratista. Cada orden llevará fecha y firma del supervisor y la constancia firmada del director de obra de haberla recibido. Asimismo, el contratista está facultado para hacer conocer al supervisor mediante el Libro de Órdenes, los aspectos del desarrollo de la obra que considere relevantes, como por ejemplo los días de lluvia que puedan afectar el cronograma de ejecución de la obra; registrando el hecho el mismo día para que el supervisor se pronuncie de forma objetiva. El original del Libro de Órdenes será entregado al gobierno municipal a tiempo de la Recepción Definitiva de la obra, quedando una copia en poder del supervisor y otra con el contratista. Las comunicaciones cursadas entre partes, sólo entrarán en vigor cuando sean efectuadas y entregadas por escrito, a través del Libro de Órdenes o notas oficiales. El contratista tiene la obligación de mantener el Libro de Órdenes en el lugar de ejecución de la obra, salvo instrucción escrita del supervisor con conocimiento del fiscal de obra. Cronograma El cronograma es parte de la propuesta aceptada y contratada, por lo que no puede ser modificada por el contratista; sin embargo, en el inicio de las obras puede ser revisada con el propósito de ajustar el plan en base a mejores estrategias laborales, prioridades, condicionesclimáticas,socialesyoptimizaciónderendimientos.Elcronogramaajustado debe ser aprobado por el supervisor de obras sin que esto represente una modificación del plazo total contractual, el cual no puede ser afectado. El cronograma revisado y aprobado por el supervisor de obras no podrá ser modificado y regirá como sistema de control cronológico de la ejecución de obras. Cualquier modificación posterior solo se justificará previo reconocimiento de Ampliaciones de Plazo, y deberá tramitarse y aprobarse formalmente, siempre y cuando las causales de ampliación sean justificadas. El cronograma se elabora a través de la programación de actividades de obra siguiendo el método de la Ruta Crítica (CPM) que se esquematiza mediante barras en un diagrama de Gantt10 . Es importante llevar un control diario del cronograma para planificar trabajos extraordinarios que permitan nivelar atrasos parciales. El supervisor de obra deberá advertir periódicamente al director o residente de obras sobre los atrasos que no hayan sido resueltos oportunamente. Los atrasos que inciden en el plazo total contractual de la obra, pueden constituirse en mora y por tanto pasible a sanciones económicas previstas en el contrato. Las ampliaciones de plazo por circunstancias y razones establecidas de manera oportuna, documental y formalmente conferidas, modifican el cronograma y el plazo 10 Para esta labor es recomendable utilizar el MS Project (MS Office), software que facilita la labor de programación y diagramación considerando la “ruta crítica” o plazo total contractual.
  • 24. 23 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) total contractual. Es una mala práctica encubrir ineficiencias de la empresa contratista con ampliaciones de plazo, más aún si éstas no son resueltas, atrasando de todos modos la conclusión de la obra con penalizaciones subestimadas que causan daño económico al municipio. La omisión o encubrimiento total o parcial de penalizaciones, puede derivar en responsabilidad penal. En caso de una paralización de obras debidamente justificada e instruida por el supervisor de obras acorde a las formalidades previamente establecidas en los pliegos, el cronograma será diferido en el número de días que dure la paralización hasta la orden de reinicio de la misma, manteniéndose la programación de actividades en vigencia al momento de la paralización. Cómputos Métricos El cómputo métrico permite valorizar las obras, su implicación es de carácter financiero, por tanto justifica el gasto y debe realizarse con precisión, responsabilidad, ética y profesionalismo. Un error por exceso puede considerarse daño económico y lesivo a los intereses del municipio, por tanto susceptible de una acción penal en contra de los responsables por prácticas fraudulentas y/o dolo. Cualquier error por defecto, puede ser motivo de reclamo del contratista en cualquier momento, llegando hasta el cierre de la relación contractual. Por ello, éste tiene el derecho irrenunciable a los beneficios de su trabajo o prestación de servicios. El procedimiento para el cómputo métrico es el siguiente: ŸŸ Notificación: la medición de la cantidad de obra ejecutada mensualmente debe ser notificada por el contratista al supervisor con dos (2) días hábiles de anticipación. ŸŸ Elaboración de la planilla: los resultados de las mediciones y los cálculos respectivos se consignarán en una planilla que será elaborada por el contratista en dos ejemplares, debiendo entregar un ejemplar en la fecha, de manera definitiva al supervisor para su control y aprobación. ŸŸ Elaboración del certificado de pago o planilla mensual: el contratista debe preparar la planilla mensual en función de las mediciones realizadas con el supervisor. Las obras deberán medirse netas, excepto cuando los documentos de contrato prescriban un procedimiento diferente. No se medirán volúmenes excedentes cuya ejecución no haya sido aprobada por escrito por el supervisor. Planillas o Certificados de Avance de Obra Es un documento técnico-administrativo que certifica oficialmente los volúmenes de obra ejecutados en un periodo de tiempo, con el objeto de gestionar un pago parcial por avance de obras. Los pagos deben procesarse en correspondencia con el progreso de la obra.
  • 25. 24 El procedimiento para elaborar la planilla de avance de obra es el siguiente: ŸŸ Presentación de la planilla de avance de obra: Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al mes vencido, el contratista presentará este documento al supervisor para su revisión en versión definitiva, con los respaldos técnicos requeridos, con fecha y firmado por el superintendente de obra. El documento consignará todos los trabajos ejecutados a los precios unitarios establecidos, de acuerdo a la medición efectuada en forma conjunta. Cuando el contratista no presente la planilla en el plazo previsto, los días de demora serán contabilizados a efectos de deducirlos del lapso que el gobierno municipal debe ejecutar el pago de la citada planilla. ŸŸ Aprobaciónorechazodelcertificado:El supervisor dentro de los tres (3) días hábiles siguientes de recibido el certificado o planilla de pago, indicará por escrito su aprobación o rechazo, emitiendo criterio para que se enmienden las observaciones.Elcontratista,enesteúltimocaso,deberealizarlascorrecciones necesarias y volverá a presentar el certificado, con la nueva fecha. ŸŸ Autorización de pago: El certificado aprobado por el supervisor será remitido al fiscal de obra, quien dentro del término de tres (3) días hábiles subsiguientes a su recepción podrá solicitar aclaraciones que deberán ser resueltas en un plazo máximo de (5) días hábiles; caso contrario lo enviará al gobierno municipal para procesar el pago, con la firma y fecha respectivas. El área administrativa expedirá la orden de pago dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles computables desde su recepción. El pago de cada certificado o planilla mensual de avance de obra se realizará dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de remisión del fiscal de obra al gobierno municipal para su pago. El contratista, recibirá el pago del monto certificado menos las deducciones que correspondieran. Si el pago del certificado mensual no se realizara dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles computables a partir de la fecha de remisión del fiscal de obra para el pago, el contratista tendrá derecho a reclamar la ampliación de plazo por día de atraso por el lapso transcurrido desde el día cuarenta y seis (46) hasta el día en que se haga efectivo el pago. Si en ese lapso el pago que se realiza es parcial, el contratista podrá reclamar la compensación en tiempo por similar porcentaje a la falta de pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación de la planilla de pago por el supervisor, el contratista podrá reclamar un interés equivalente a la tasa promedio pasiva anual del sistema bancario por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso, como compensación económica, independiente del plazo. Ampliaciones de Plazo Es toda modificación al plazo contractual por razones de fuerza mayor o caso fortuito debidamentesolicitada,verificada,documentada,cuantificadayaprobadaoportunamente.
  • 26. 25 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) Con el fin de exceptuar al contratista de determinadas responsabilidades por mora durante la vigencia del presente contrato, el supervisor tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito que pudieran tener efectiva consecuencia sobre la ejecución del contrato. Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraña al hombre y con tal medida impide el cumplimiento de la obligación (ejemplo: incendios, inundaciones y/o desastres naturales). Se entiende caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (ejemplo: conmociones civiles, huelgas, bloqueos, revoluciones, etc.). Para que la ampliación de plazo sea procedente el contratista debe recabar del fiscal de obra un certificado de existencia del impedimento, dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, con este documento solicitará al supervisor la ampliación de plazo. En caso de que la ampliación sea procedente, el plazo será extendido mediante una Orden de Cambio. En ningún caso y bajo ninguna circunstancia, se considerará como causa de Fuerza Mayor el mal tiempo que no sea notablemente fuera de lo común en el área de ejecución de la obra. Asimismo, tampoco se considerarán como fuerza mayor o caso fortuito, las demoras en la entrega en la obra de los materiales, equipos e implementos necesarios. Para el reclamo de ampliaciones de plazos, toda causal debe documentarse a través de: certificaciones de precipitación pluvial extraordinaria emitida por organismos oficiales y competentes (SENAMHI o AASANA), disposiciones legales que declaran “zona de emergencia”o“desastre”, publicaciones de prensa con cuantificación de daños y perjuicios, fotografías, videos y otro tipo de documentación que será valorada para considerarse suficiente o insuficiente. Rutinas de supervisión de obras Se refiere a las intervenciones rutinarias u ordinarias de trabajo del supervisor de obras, en favor del desarrollo de la construcción y dirigidas al director o residente de obras, las mismas que se registran en: Libro de Órdenes: De manera de dejar precedentes y antecedentes escritos. Órdenes verbales: Cuando se trata de recomendaciones complementarias, ilustrativas y demostrativas a las registradas por escrito. ŸŸ La supervisión ejercerá la inspección y control permanente en campo, exigiendo el cumplimiento de las especificaciones técnicas, en todas las fases del trabajo y en toda o cualquier parte de la obra. ŸŸ Elcontratistadeberáproporcionarrápidamenteysincargoadicionalalguno, todas las facilidades razonables, mano de obra y materiales necesarios para
  • 27. 26 las inspecciones y ensayos que serán efectuados, de tal manera que no se demore innecesariamente el trabajo. ŸŸ La supervisión estará autorizada para llamar la atención del contratista sobre cualquier discordancia del trabajo con los planos o especificaciones, y para suspender todo trabajo mal ejecutado y rechazar material defectuoso. Las instrucciones u observaciones verbales de la supervisión deberán ser ratificadas por escrito, en el Libro de Órdenes que para el efecto deberá tener disponible el contratista. ŸŸ Ningúntrabajoserácubiertoopuestofueradevistasinlapreviaaprobación de la supervisión. El contratista estará obligado a solicitar dicha aprobación dando aviso a la supervisión con la debida anticipación cuando los trabajos se encuentren listos para ser examinados. La infracción de esta condición obligará al contratista a realizar por su parte todos los trabajos que la supervisión considere necesarios para verificar la calidad de la obra cubierta sin su previa autorización. ŸŸ Es responsabilidad del contratista cumplir con las especificaciones del contrato por lo que la presencia o ausencia extraordinaria de la supervisión en cualquier fase de los trabajos, no podrá de modo alguno exonerar al contratista de sus responsabilidades para la ejecución de la obra de acuerdo con el contrato. Informes del Supervisor Son documentos oportunos de análisis técnico y documentado con recomendación de acciones a tomar, dirigidos al Ejecutivo Municipal, bajo determinadas circunstancias. El Supervisor de Obras debe desarrollar capacidades de: 1) análisis, 2) síntesis y 3) propuesta; de manera que un informe técnico refleje un buen manejo profesional de aptitudes mecánicas, conceptuales y gerenciales. Un Informe de Supervisión es un documento básico e importante para: 1) respaldar la toma de decisiones, 2) facilitar procesos de control interno y; 3) efectos de control posterior. Tipos de informes del supervisor: ŸŸ Informe Técnico Inicial: Muestra las condiciones de trabajo en el inicio de las obras, certificando la verificación del proyecto y la suficiencia de documentación para la ejecución de obras. Deberá ser presentado a los 15 días de iniciadas las obras. ŸŸ Informe Técnico Mensual sobre Estado de las Obras y/o el pago de Planillas por Avance de Obras (si corresponde): Deberá ser presentado como máximo dentro los últimos cinco días del mes que termina. ŸŸ Informe Técnico sobre Modificaciones de Obra (Órdenes de Trabajo u Órdenes de Cambio y Contrato Modificatorio): Deberá ser presentado proveyendo una gestión de 15 a 30 días calendario para su aprobación.
  • 28. 27 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) ŸŸ Informe Técnico sobre Ampliaciones de Plazo: Deberá ser presentado proveyendo una gestión de 15 días calendario para su aprobación. ŸŸ Informe Técnico sobre Conclusión de Obras para proceder con la Recepción Provisional: Deberá ser presentado máximo a las 72 horas de recibida la solicitud de la empresa contratista. ŸŸ Informe Técnico sobre Cierre de Contrato, Planilla de Avance de Obra de Liquidación Final, Certificación de cumplimiento de las observaciones de la Recepción Provisional y Recepción Definitiva: Deberá ser presentado dentro los siete días antes de concluir los 90 días para la Recepción Definitiva. Informes del fiscal municipal SoninformesquereportaelfiscaldeobraalEjecutivoMunicipalconelobjetodeaprobar o no las acciones del supervisor de obras y la empresa contratista. Son también informes que realiza el fiscal de obras a iniciativa propia para: 1) evaluar el trabajo del supervisor de obras; 2) sugerir determinadas conductas en relación al proyecto y; 3) apoyar internamente gestiones y requerimientos del Concejo Municipal, Control Social, Auditoría Interna, etc. Modificaciones al Contrato Orden de trabajo Cuando la modificación esté referida a un ajuste o redistribución de cantidades de obra, sin que ello signifique cambio sustancial en el diseño de la misma en las condiciones o en el monto del contrato. Estas órdenes serán emitidas por el supervisor, mediante carta expresa, o en el Libro de Órdenes, siempre en procura de un eficiente desarrollo y ejecución de la obra. La emisión de Órdenes de Trabajo, no deberán dar lugar a la emisión posterior de Orden de Cambio para el mismo objeto. Ordenes de cambio La orden de cambio se aplicará cuando la modificación a ser introducida implique una modificación del precio del contrato o plazos del mismo, donde se pueden introducir modificación de volúmenes o cantidades de obra (no considerados en la licitación). No debe dar lugar al incremento de los precios unitarios, ni crear nuevos ítems. Una orden de cambio no puede modificar las características sustanciales del diseño. El incremento o disminución mediante Orden de Cambio (una o varias sumadas) sólo admite el máximo del cinco por ciento (5%) del monto total de contrato. El documento denominado Orden de Cambio que tendrá número correlativo y fecha del día de emisión, será elaborado con los sustentos técnicos y de financiamiento (disponibilidad de recursos), por el supervisor y será
  • 29. 28 puesto a conocimiento y consideración del fiscal, quien con su recomendación enviará al Ejecutivo Municipal, para el procesamiento de su emisión. La Orden de Cambio será firmada por la misma autoridad (o su reemplazante si fuese el caso) que firmó el contrato original. Contratos modificatorios Sólo en el caso extraordinario en que la obra deba ser complementada o por otras circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que determinen una modificación significativa en el diseño de la obra y que signifique un decremento o incremento independiente a la emisión de órdenes de cambio, el supervisor podrá formular el documento de sustento técnico-financiero que establezca las causas y razones por las cuales debiera ser suscrito este documento. Esta modalidad de modificación de la obra sólo es admisible hasta el diez por ciento (10%) del monto original del contrato, e independiente de la emisión de Orden (es) de Cambio. Los precios unitarios producto de creación de nuevos ítems deberán ser consensuados entre la entidad y el contratista, y no se podrán incrementar los porcentajes en lo referido a costos indirectos. En el caso que signifique una disminución en la obra, deberá concertarse previamente con el contratista, a efectos de evitar reclamos posteriores. El supervisor, será responsable por la elaboración de las especificaciones técnicas de los nuevos ítems creados. El informe-recomendación y antecedentes deberán ser cursados por el supervisor al fiscal de obra, quien luego de su análisis y con su recomendación enviará dicha documentación a la Oficialía Mayor Técnica, para el procesamiento de su análisis técnico legal y formulación del contrato, antes de su suscripción, considerando lo establecido en el Artículo 89º del Decreto Supremo Nº 0181. Recibida la recomendación e informe, la MAE podrá instruir la conformación de una comisión técnica que analizará el informe y emitirá recomendación, considerando aspectos técnicos, financieros y de aprobación del Sistema Nacional de Inversión Pública. Aprobado el mismo, la MAE instruirá el procesamiento de su emisión. El Contrato Modificatorio será firmado por la misma autoridad (o su reemplazante si fuese el caso) que firmó el contrato original. Recepción provisional Es el documento formal y legal que demuestra la “conclusión física” de las obras de conformidad a los volúmenes de obra contratados o los que pudieron haber sido ordenados, modificados, aprobados y ejecutados. El Acta de Recepción Provisional es el único documento legal que formalmente declara la “conclusión física de las obras”, por tanto sirve a objeto de controlar los plazos de ejecución utilizados.
  • 30. 29 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) Para el contratista representa el acto formal de Entrega Provisional y para el contratante de Recepción Provisional. La Recepción Provisional se iniciará cuando el supervisor reciba la carta de aceptación de la entidad. En este caso, tiene un plazo máximo de tres (3) días hábiles para proceder a dicha Recepción Provisional, de lo cual se dejará constancia escrita en acta circunstanciada que se levantará al efecto, en la que se harán constar todas las deficiencias, anomalías e imperfecciones que pudieran ser verificadas en esta diligencia, instruyéndose sean subsanadas por el contratista dentro del periodo de corrección de defectos, computables a partir de la fecha de dicha Recepción Provisional. El supervisor deberá establecer de forma racional en función al tipo de obra, el plazo máximo para la realización de la Recepción Definitiva. Este plazo no podrá exceder los ciento ochenta (180) días calendario. La fecha de esta recepción servirá para efectos del cómputo final del plazo de ejecución de la obra. Si a juicio del supervisor, las deficiencias y observaciones anotadas no son de magnitud y el tipo de obra lo permite, podrá autorizar que dicha obra sea utilizada. Empero, si las anomalías fueran mayores, el supervisor tendrá la facultad de rechazar la recepción provisional y, consiguientemente, correrán las multas y sanciones al contratista hasta que la obra sea entregada en forma satisfactoria. En el ANEXO Nº 16 se puede observar dos actas. La primera es el Acta de Recepción Provisional sin Observaciones y la segunda con Observaciones elaboradas por el FPS. Recepción definitiva Es el documento formal y legal que demuestra la “conclusión física y financiera” de las obras de conformidad a las observaciones subsanadas de la Recepción Provisional y otras eventuales que pueden haberse producido desde la fecha que se realizó al Recepción Provisional. Cinco (5) días hábiles antes de que concluya el plazo previsto para la recepción definitiva, posterior a la entrega provisional, el contratista, mediante carta expresa o en el Libro de Órdenes, solicitará al supervisor señalar el día y hora para la Recepción Definitiva de la obra, haciendo conocer que han sido corregidas las fallas y subsanadas las deficiencias y observaciones señaladas en el Acta de Recepción Provisional (si estas existieron). El supervisor señalará la fecha y hora para el verificativo de este acto y pondrá en conocimiento de la entidad. La Comisión de Recepción realizará un recorrido e inspección técnica total de la obra y, si no surgen observaciones, procederá a la redacción y suscripción del Acta de Recepción Definitiva. Ningún otro documento que no sea el Acta de Recepción Definitiva de la obra podrá considerarse como una admisión de que el contrato, o alguna parte del mismo, ha sido debidamente ejecutado, por tanto, no se podrá considerar que el contrato ha sido completamente ejecutado, mientras no sea suscrita el Acta de Recepción Definitiva de la Obra, en la que conste que la misma ha sido concluida a entera satisfacción de la entidad, y entregada a esta institución.
  • 31. 30 Si en la inspección se establece que no se subsanaron o corrigieron las deficiencias observadas, no se procederá a la Recepción Definitiva hasta que la obra esté concluida a satisfacción y, en el lapso que medie desde el día en que debió hacerse efectiva la entrega hasta la fecha en que se realice, correrá la multa pertinente. Si el supervisor no realizara el acto de recepción de la obra en los treinta (30) días hábiles posteriores a la notificación del contratista, se aplicará el silencio positivo y se entenderá que dicha recepción ha sido realizada sin ninguna observación, debiendo la entidad emitir la certificación de recepción definitiva a requerimiento del contratista. Si la entidad no elaborase el mencionado documento, la notificación presentada por el contratista será el instrumento legal que dará por concluida la relación contractual. Este proceso, desde la presentación de la solicitud por parte del contratista hasta el día de realización del acto, no debe exceder el plazo de diez (10) días hábiles. En el ANEXO Nº 17 se puede ver un ejemplo de Acta de Recepción Definitiva elaborado por el FPS. Multas Queda convenido entre las partes contratantes, que una vez suscrito el contrato, el cronograma de ejecución de obra propuesto será ajustado en función de la fecha de emisión de la Orden de Proceder, dentro de los quince (15) días subsiguientes y será presentado para su aprobación al supervisor. Una vez aprobado por el supervisor y aceptado por la entidad, este cronograma constituye un documento fundamental del contrato, a los fines del control mensual de avance de la obra, así como de control del plazo total. A los efectos de aplicarse morosidad en la ejecución de la obra, el contratista y el supervisor deberán tener muy en cuenta el plazo estipulado en el cronograma para cada actividad, por cuanto si el plazo total fenece sin que haya concluido un su integridad y en forma satisfactoria la obra, el contratista se constituirá en mora sin necesidad de ningún previo requerimiento de la entidad, obligándose a ésta última el pago de una multa por cada día calendario de retraso de acuerdo a la siguiente fórmula: Dónde: M = Multa DM = Número de días de mora DT = Número de días pactados para la conclusión de contrato MT = Monto total del contrato 2 MD 3 DT M = MT
  • 32. 31 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) De establecer el supervisor que por la aplicación de multas por moras por no conclusión de la obra dentro del plazo previsto, se ha llegado al límite máximo del 10% del monto total del contrato, comunicará oficialmente esta situación a la entidad a efectos del procesamiento de la resolución del contrato, si corresponde, conforme a lo estipulado en este mismo documento. Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por el supervisor, bajo su directa responsabilidad, de los certificados o planillas de pago mensuales o del certificado de liquidación final, sin perjuicio de que la entidad ejecute la garantía de Cumplimiento de Contrato y proceda al resarcimiento de daños y perjuicios por medio de la acción coactiva fiscal por la naturaleza del contrato, conforme lo establecido en el Artículo 47º de la Ley 1178. El cierre de los proyectos se debe efectuar por etapas en sus distintos aspectos, con el propósito de garantizar que la documentación de cada proyecto sea acopiada de manera ordenada y correlativa. Las tres etapas de cierre, descritas brevemente en las siguientes líneas, pueden dar algunas pautas para un manejo adecuado de la documentación de los proyectos de inversión pública en general. Primera Etapa, Cierre Legal Se inicia al término del proceso de adquisiciones. Reúne todos los documentos del proceso de contratación y, también, los documentos legales y técnicos de la fase de preinversión y evaluación. El responsable de esta primera etapa es la Asesoría Legal del municipio. Segunda Etapa, Cierre Operativo Seiniciaalaconclusióndelaejecucióndelcontrato;esdecir,altérminodelproceso de ejecución del ciclo del proyecto. Los contratos cuentan con acta de recepción provisional, acta de recepción definitiva y acta de entrega a la comunidad. Esta etapa debe ser realizada por la Secretaría u Oficialía Mayor Técnica del municipio. Segunda Etapa, Cierre Institucional Esta última etapa se inicia con la recepción en archivos de la documentación que correspondealasdosprimerasetapasdecierre.SedebeincluirtodoslosCertificados de Desembolsos o Planillas de Pago incluidos los documentos de respaldo. El Cierre Institucional debe ser realizado por la Secretaría u Oficialía Mayor Administrativa. Los actores de todo el ciclo del proyecto están descritos en el ANEXO Nº 18. CIERRE DE PROYECTO
  • 34. 33 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) ANEXO 3 REGLAMENTO BÁSICO DE PREINVERSIÓN Dirección General de Inversión Pública Instrumentos del SNIP RESOLUCION MINISTERIAL No. 29/2007 La Paz, 26 de febrero de 2007 REGLAMENTO BÁSICO DE PREINVERSIÓN CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Preinversión Es la Fase del Ciclo de Vida en la que los proyectos son estudiados y analizados con el objetivo de obtener la información necesaria para la toma de decisiones de inversión. Este proceso de estudio y análisis se realiza a través de la preparación y evaluación de proyectos para determinar la rentabilidad socioeconómica y privada. Artículo 2.- Marco Normativo del Reglamento El Reglamento Básico de Preinversión apoya la aplicación del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). Artículo 3.- Objetivos del Reglamento El objetivo general es orientar y apoyar el proceso racional de toma de decisiones de las entidades públicas, de manera de asignar recursos a las alternativas de inversión pública de mayor impacto en el bienestar de la sociedad. Sus objetivos específicos son: i) establecer procedimientos, instrumentos y reglas comunes que deben cumplir las instituciones del sector público; ii) proporcionar lineamientos conceptuales a través del establecimiento de contenidos mínimos para los estudios de preinversión; y iii) criterios uniformes para apoyar la toma de decisiones de inversión. Artículo 4.- Ámbito de Aplicación El Reglamento Básico de Preinversión es de uso y aplicación obligatoria para todas las entidades del sector público.
  • 35. 34 Artículo 5.- Estudios de la Fase de Preinversión 1) Estudio de Identificación (EI) Se define la relación problema-proyecto, a través de la elaboración del diagnóstico de una situación objetivo, basado en indicadores y necesidades técnicas, sectoriales y beneficiarios locales, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo (PND), planes departamentales y municipales. En la preparación del proyecto se realiza el planteamiento de las alternativas técnicas de solución al problema, la selección de la alternativa técnica más adecuada desde el punto de vista técnico, económico, social, ambiental y legal, y la evaluación socioeconómica y financiera privada del proyecto. 2) Estudio Integral Técnico, Económico, Social y Ambiental (TESA) Se realiza la preparación basándose en la alternativa técnica seleccionada en el EI y la evaluación socioeconómica y financiera privada del proyecto, para obtener indicadores de rentabilidad y tomar decisiones sobre la inversión del proyecto de inversión pública. Artículo 6.- Requisitos para el Financiamiento de los Estudios de Preinversión Constituye requisito fundamental para iniciar el financiamiento del Estudio de Identificación (EI), la presentación de los términos de referencia aprobados por la máxima autoridad ejecutiva y el presupuesto referencial. ConstituyerequisitofundamentalparainiciarelfinanciamientodelTESA,lapresentación del EI, la categorización ambiental del proyecto, los términos de referencia aprobados por la máxima autoridad ejecutiva y el presupuesto referencial. Artículo 7.- Proyectos de Inversión Pública Menores y Mayores Los proyectos de inversión pública menores son aquellos cuyo monto de inversión no excede Bs 1.000.000 (Un millón 00/100 Bolivianos), cifra que podrá ser ajustada por el Órgano Rector del SNIP. Los proyectos de inversión pública mayores son los que presentan un costo mayor al monto mencionado. En el caso de los proyectos de inversión pública menores, las entidades públicas sólo deberán presentar el EI para pasar posteriormente a la fase de inversión.
  • 36. 35 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) CAPÍTULO II MARCO CONCEPTUAL Artículo 8.- Preparación de Proyectos Es el proceso que permite establecer los estudios de viabilidad técnica, económica, financiera, social, ambiental y legal con el objetivo de reunir información para la elaboración del flujo de caja del proyecto. Artículo 9.- Evaluación Socioeconómica Es la comparación de los beneficios y costos atribuibles a la ejecución del proyecto desde el punto de vista de la sociedad en su conjunto, con el objetivo de emitir un juicio sobre la conveniencia de su ejecución y el aporte al bienestar neto de la sociedad. Con este fin, se debe determinar el flujo de caja del proyecto corregido por las Razones Precio Cuenta de Eficiencia de la Divisa y Mano de Obra. Artículo 10.- Razón Precio Cuenta de Eficiencia Es el parámetro que corrige las distorsiones de los precios de mercado, establecido por el Órgano Rector del SNIP. Artículo 11.- Parámetros Costo Eficiencia Son rangos dentro de los cuales es factible recomendar la ejecución de proyectos de inversión pública, establecidos por el Órgano Rector del SNIP. Artículo 12.- Evaluación Financiera-Privada Es la comparación de los beneficios y costos atribuibles a la ejecución del proyecto desde el punto de vista privado, con el objetivo de emitir un juicio sobre la conveniencia de que un inversionista privado pueda asignar recursos financieros al mismo. Con este fin se debe determinar el flujo de caja del proyecto valorado a precios de mercado. La evaluación privada incluye: a) Evaluación del proyecto sin financiamiento, que establece la capacidad del proyecto para generar ingresos netos, sin considerar las fuentes de su financiamiento. b) Evaluación financiera, que contempla en su análisis las fuentes de financiamiento. Al respecto, se registra el capital prestado, el respectivo costo financiero y las amortizaciones del mismo.
  • 37. 36 CAPÍTULO III CONTENIDO MÍNIMO DE LOS ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN Las entidades ejecutoras son responsables de la realización de estos estudios, los que deben ser ejecutados en forma secuencial. Artículo 13.- Estudio de Identificación El estudio de identificación debe concentrarse en el planteamiento de las alternativas de solución al problema, dicho estudio debe ser incremental; es decir, debe realizarse comparando la situación“con proyecto”y la situación“sin proyecto”. Debe contener: 1. Diagnóstico de la situación que motiva considerar el proyecto, que permita identificarlanecesidadinsatisfecha,elproblemaasolucionarolapotencialidad a desarrollar con el proyecto. Para este efecto, se deben utilizar enfoques e instrumentos metodológicos para identificar de forma adecuada la solución de un problema - proyecto de manera participativa con los involucrados. 2. El diagnóstico incluirá aspectos demográficos, económicos, sociales, ambientales, institucionales y legales. 3. Estudio de mercado que considere el análisis de la oferta y demanda del bien o servicio que el proyecto generará. 4. Tamaño y localización del proyecto. 5. Definición de la situación “Sin Proyecto”, que consiste en establecer lo que pasaría en el caso de no ejecutar el proyecto, considerando la mejor utilización de los recursos disponibles. 6. Análisis de la ingeniería del proyecto en el que se realice el planteamiento de las alternativas técnicas de solución y se seleccione la alternativa más adecuada desde el punto de vista técnico, económico, social, ambiental y legal, e identifiquen y estimen los beneficios y costos (de inversión y operación) del proyecto. 7. Especificaciones técnicas, administrativas y operacionales del proyecto (para proyectos menores). 8. Ficha ambiental. 9. Evaluación socioeconómica y financiera privada con la aplicación de las planillas parametrizadas. 10. Análisis de sensibilidad de las variables que inciden directamente en la rentabilidad del proyecto. 11. Conclusiones del estudio de identificación.
  • 38. 37 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) La información necesaria para la realización de este estudio, se debe obtener de fuentes primarias, las cuales deben citarse con precisión. Artículo 14.- Estudio integral Técnico, Económico, Social y Ambiental (TESA). Las entidades del sector público deben realizar el TESA para sus proyectos mayores de inversión pública. El estudio debe concentrarse en la profundización de aquella alternativa seleccionada como la más conveniente. Dicho estudio debe ser incremental; es decir, debe realizarse comparando la situación“con proyecto”y la situación“sin proyecto”, debe contener: 1. Análisis técnico de la ingeniería del proyecto que permita determinar los costos de inversión y los costos de operación del proyecto. Incluirá: ŸŸ Estudio detallado de la alternativa seleccionada (Ingeniería Básica y Diseño de estructuras). ŸŸ Diseño de las obras auxiliares y complementarias. ŸŸ Cómputos métricos. ŸŸ Precios unitarios. ŸŸ Presupuesto de ingeniería. ŸŸ Costos de mantenimiento. ŸŸ Programa de ejecución. ŸŸ Elaboración de especificaciones técnicas, administrativas y operacionales para la construcción. 2. Organización para la implementación del proyecto, que considere: tipo de organización, su estructura orgánica - funcional, manual de funciones y manual de procesos y procedimientos. 3. Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EEIA), cuyo alcance está definido en la Ley 1333 y su Reglamento de Prevención y Control ambiental (RPCA), según la categorización ambiental del proyecto obtenida en la etapa anterior. 4. Evaluación socioeconómica del proyecto que permita determinar la conveniencia de su ejecución. 5. Evaluación financiera privada del proyecto sin financiamiento que permita determinar su sostenibilidad operativa. 6. Análisisdesensibilidaddelasvariablesqueincidendirectamenteenlarentabilidad del proyecto. 7. Conclusiones del TESA. La información necesaria para la realización de este estudio, se debe obtener de fuentes primarias, las cuales deben citarse con precisión. Al respecto, las entidades ejecutoras quedan responsables de velar por la calidad de la información.
  • 39. 38 CAPÍTULO IV CRITERIOS PARA LA TOMA DE DECISIONES Artículo 15.- Indicadores de la Evaluación Socioeconómica-Valor Actual Neto Socioeconómico (VANS) El Valor Actual Neto Socioeconómico (VANS) representa la equivalencia presente de los beneficios netos futuros y presentes de un proyecto, expresados a precios cuenta de eficiencia. En primera instancia, se deberá analizar el VANS; si éste es positivo, el proyecto es rentable, generando un aumento en la riqueza de la sociedad, y se recomienda su ejecución; cuando el VANS es negativo, el proyecto no es rentable lo que implica una pérdida en la riqueza de la sociedad y no se recomienda su ejecución. Al respecto, si se obtiene un VANS nulo, se enfrenta un punto de indiferencia y la decisión estará en función al costo de oportunidad de los recursos. Artículo 16.- Costo Eficiencia (CE) El Costo Eficiencia (CE) representa el costo promedio por unidad de beneficio de una alternativa. Expresa los costos de un equivalente anual, que distribuye las salidas de efectivo uniformes en el flujo de caja, por unidad de servicio, producto y/o beneficiarios. Silosbeneficiosdelosproyectosnopuedensercuantificadosy/ovalorados,seestablecerá el Costo Eficiencia (CE). Al respecto, se elegirá la opción que tenga los indicadores CE comprendidos en el rango establecido por los Parámetros Costo Eficiencia (PCE). Artículo 17.- Indicadores de Evaluación Financiera Privada El Valor Actual Neto Privado (VANP) representa la equivalencia presente de los ingresos netos futuros y presentes de un proyecto expresados a precios de mercado. Una vez determinada la conveniencia socioeconómica de ejecutar el proyecto según lo establecido en los artículos 15 y 16 del presente Reglamento, la decisión debe ser complementada con el establecimiento de la sostenibilidad operativa del mismo que mide la capacidad del proyecto, determinada basándose en elValor Actual Neto Privado (VANP). ŸŸ Cuando el VANP del proyecto es mayor o igual a cero, se recomendará la ejecución del mismo y su licitación al sector privado. ŸŸ Cuando el VANP del proyecto es negativo, pero la diferencia del valor actualizado de los beneficios y costos de operación es mayor que cero, se subsidiará la inversión.
  • 40. 39 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) CAPÍTULO V METODOLOGÍAS PARA LA PREINVERSIÓN Artículo 18.- Preparación y Evaluación de Proyectos Seencargandesistematizaryordenarlainformaciónparafacilitarlacuantificacióndelos beneficios y costos de los proyectos de inversión pública, de acuerdo a la particularidad de cada sector, disponen de las planillas parametrizadas como soporte informático para proporcionar los criterios para la toma de decisiones. Artículo 19.- Preparación de Términos de Referencia Establecen las características técnicas de los servicios de consultoría que se requieren contratar, que reflejan las características propias de los proyectos de inversión pública y garantizan la calidad de sus estudios. CAPÍTULO VI ASISTENCIA TÉCNICA Y CAPACITACIÓN PARA LA PREINVERSIÓN   Artículo 20.- Asistencia Técnica y Capacitación para la Preinversión ConelpropósitodeasegurarellogrodelosobjetivosdelpresenteReglamentoelÓrgano Rector del SNIP, en coordinación con las entidades públicas, desarrollará el Proceso de Capacitación en materia de Preinversión: ŸŸ Procesos de difusión del marco normativo ŸŸ Procesos de capacitación del marco técnico-metodológico
  • 41. 40 ANEXO 11 FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA Definición Conjunto de recursos asignados para la realización de los proyectos del Programa de Inversión Pública, que deben ser incorporadas en los Presupuestos Institucionales de cada entidad pública y en el Presupuesto General del Estado (PGE) para cada gestión fiscal.SóloformanpartedelPresupuestodeInversiónPúblicalosproyectosdelPrograma de Inversión Pública que cuenten con financiamiento asegurado. Condiciones para incorporar proyectos en el presupuesto de inversión pública Todo proyecto debe: ŸŸ Estar registrado en el SISIN. ŸŸ Contar con dictamen, debidamente suscrito por la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE). ŸŸ Contar con Convenio Interinstitucional cuando se trate de proyectos entre entidades públicas. ŸŸ Registrarse en la Entidad Ejecutora que corresponda según la competencia institucional, independientemente de la concurrencia del financiamiento. ŸŸ No comprometer la situación financiera de la entidad ejecutora
  • 42. 41 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) Flujo de Formulación del Presupuesto de Inversión Pública - PGE Lo que no se debe hacer ŸŸ Incluir proyectos sin documentación ŸŸ Incluir dos estudios o fases en forma simultánea en el presupuesto ŸŸ Incluir “bolsones”. Se debe identificar el proyecto acción tipo de proyecto (objeto) y localización ŸŸ Identificar correctamente la fuente y organismo financiador ŸŸ No incluir recursos de financiamiento sin la certificación correspondiente ŸŸ No presupuestar como inversión gastos recurrentes (corrientes): ejemplo: ŸŸ Camisolas, trofeos, viáticos, etc. en Deporte ŸŸ Pago de personal de operación, viáticos, etc. ŸŸ Incluir proyectos que no corresponden a la competencia institucional ŸŸ Asignar recursos públicos en actividades de intervención directa del sector privado ŸŸ Programar parcialmente los proyectos ŸŸ Comprometer o ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados
  • 43. 42 ANEXO 12 REGISTRO DE PROYECTOS EN EL SISIN – WEB 1. En el módulo de Proyectos del SISIN WEB, marcar“nuevo proyecto”. 2. Complementar todos los Datos del Proyecto, considerando que el código SISIN debe ser correlativo y que el Nombre debe contener: acción, objeto y localización. 3. Completar la información del proyecto en cada una de las pestañas: Problemática, Localización, Fase-Componente y Costo Total. 4. En“Dictamen”completar los datos para la firma de la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) y cerrarlo. 5. Asignar Recursos y según fuente y organismos completar toda la información de programación plurianual: Clasificadores, Programación, Reprogramación. Envió oficial de la documentación al MPD—VIPFE para su registro.
  • 44. 43 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) ANEXO 13 MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS Son cambios de la asignación de recursos adicionales y gastos al Presupuesto General del Estado  (PGE) de cada gestión. Límites de gastos Asignaciones inscritas en el presupuesto aprobado por Ley para cada Entidad en las categorías programáticas de programas y proyectos, por fuente y organismo, en las partidas de gasto. Marco Normativo ŸŸ Art. Nº 4 de la Ley 2042 “Administración Presupuestaria”  establece que  la asignación presupuestaria de gasto aprobada por Ley constituye límite máximo de gasto… Toda modificación presupuestaria dentro de estos límites deberá efectuarse según Reglamento. ŸŸ Decreto Supremo Nº29881 del 7 de enero de 2009 aprueba el“Reglamento de Modificaciones Presupuestarias”. ŸŸ Ley del Presupuesto General del Estado (PGE) vigente reglamenta la modificación y/o incremento de las partidas de Consultoría y de Transferencias . Tipos de Modificación ŸŸ PresupuestoAdicional: Incorporaciónderecursosygastos,queincrementan el monto total del PGE. ŸŸ Traspasos Presupuestarios Interinstitucionales: Transferencias de recursos entre entidades públicas.   ŸŸ Traspasos Presupuestarios Intrainstitucionales: Reasignaciones de Recursos al interior de cada Entidad Pública, que no incrementan o disminuyen el monto total del presupuesto. 
  • 45. 44 TIPODEMODIFICACIÓN Normade Aprobación Normade Aprobación Adicional Iniciodel Trámite Finalizacióndel Trámite* Modificael PGE Presupuesto adicional SaldosdeCajayBancos conrecursospropios Resolucióndela MáximaInstancia Resolutiva LEYEntidad Registro MPD-VIPFE Ingresosdelagestiónde recursospropios exceptuandoempresas estratégicas LEYEntidad Registro MPD-VIPFE Ingresosdelagestiónde recursosdeempresas estratégicas Resolución MEFP Registro MEFP Incrementode Donaciones Entidad Registro MPD-VIPFE Incrementode Crédito Resolución Ministerial MPD-VIPFE Entidad Registro MPD-VIPFE SaldosdeCajayBancode RecursosInternos LEYEntidad Registro MPD-VIPFE SaldosdeCajayBancode RecursosdeDonación Entidad Registro MPD-VIPFE SaldosdeCajayBancode RecursosdeCrédito Resolución Ministerial MPD-VIPFE Registro MPD-VIPFE NOModifica elPDG Modificaciones Intrainstitucionales TraspasosaResoluciónde proyectosdeinversión, entreproyectosde inversiónyalinteriorde proyectosdeinversión Resolucióndela MáximaInstancia Resolutiva EntidadEntidad Traspasosporcambiode fuentedefinanciamiento yorganismofinanciador, quenogenerendéficit fiscalynocomprometan recursosdelTGN EntidadEntidad Traspasodegastode inversiónaotrosgastos LEYEntidad Registro MPD-VIPFE
  • 46. 45 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) Incrementodepartidasde consultoríasconrecursos internos (exceptocontrapartede FinanciamientoExterno) Decreto Supremo Entidad Registro MPD-VIPFE Transferenciapúblico- privadasdecapital LeyoDecreto Supremo Entidad-Informe delMPD-VIPFEal MEFPparaque habilitepartidas Entidad Traspasoentrepartidas 25800yelgrupo46000 quenomodifiquenel límitepresupuestario Resolución Administrativa VIPFE Entidad Registro MPD-VIPFE Traspasoalinteriordelas partidas25800ydel grupo46000 EntidadEntidad Incrementopartidas12100 paraproyectosde inversiónexceptuando donación Resolucióndel MEFP Entidad Registro MPD-VIPFE Modificaciones presupuestariasque afectenelresultadofiscal global Resolución Administrativa MPD-VIPFE Entidad Registro MPD-VIPFE Modificaciones Intrainstitucionales Incrementodepartidasde consultoríasconrecursos internos(excepto contrapartede FinanciamientoExterno) Resolucióndela MáximaInstancia Resolutiva Decreto Supremo Entidad Registro MPD-VIPFE Transferenciasotorgadasa otrasentidades públicascomprendidasen elPGE ConvenioEntidad Registro MPD-VIPFE Traspasoentrepartidas 25800yelgrupo46000 quenomodifiquenel límitepresupuestario Resolución Administrativa VIPFE- Convenio Entidad Registro MPD-VIPFE Transferenciasotorgadasa otrasentidadespúblicas comprendidasenelPGE DocumentoModAdicModInterModIntra ResoluciónMáximaInstanciaResolutivao NormadeAprobación* Informestécnicoylegal-Detalledela ModificaciónPresupuestaria*  *RegistroenelcatálogoSIGMAsegúncorresponda
  • 47. 46 Requisitos para el Registro de la Modificación  * Original o Copia Legalizada 25800 y el grupo 46000 que no modifiquen el límite presupuestario Administrativa VIPFE - Convenio Entidad Registro MPD-VIPFE Transferencias otorgadas a otras entidades públicas comprendidas en el PGE Documento Mod Adic Mod Inter Mod Intra Resolución Máxima Instancia Resolutiva o Norma de Aprobación * Informes técnico y legal - Detalle de la Modificación Presupuestaria * Documento Proyecto, según las Normas Básicas del SNIP Registro en el SISIN - Dictamen de Aprobación firmado por la MAE* Formulario SGP * Convenio de Financiamiento Vigente y/o certificación presupuestaria Resolución Máxima Instancia Resolutiva de la Entidad que recibe los recursos * Informes Técnico y Legal de la Entidad que recibe los recursos * Convenio Interinstitucional que acredite la conformidad del traspaso institucional
  • 48. 47 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) ANEXO 15 ACTA DE INICIO DE OBRAS F.P.S LA PAZ-BOLIVIA SISTEMA Fecha: 1 de 1Página: ACTA DE INICIO 02/06/2014 Contrato Nº: C-FPS-02-002296 REP. EMB. RÍO ORKOJAHUIRA- AV. LOS LEONES (LA PAZ) Monto total del Contrato : 1,284,503.64 Fecha de inicio : Plazo de Ejecución : 90 dias......./......../........ Moneda : BS Nombre del Proyecto : Código del Proyecto : FPS-02-00003126 Presupuesto : 1 INFRAESTRUCTURAComponente : 1 INFRAESTRUCTURA Monto financiado por el FPS : 1,284,503.64 Monto de Contraparte del Solicitante : 0.00 Monto de contraparte del Beneficiario : 0.00 1,284,503.64 Solicitante : INSTITUCION REPRESENTANTE Beneficiario : CARGO INSTITUCION REPRESENTANTE Director de obra : Esp. Operativo : Supervisor : FISCAL (FPS) EJECUTOR SUPERVISOR INSPECTOR TECNICO REPARACIÓN EMBOVEDADO RÍO ORKOJAHUIRA- AV. LOS LEONES FRENTE RÍO KORIPUJIO (LA PAZ)
  • 49. 48 ANEXO 16 ACTA DE RECEPCIÓN PROVISIONAL F.P.S LA PAZ-BOLIVIA 02/06/2014 SISTEMA Fecha: 1 de 1Página: ACTA DE RECEPCION PROVISIONAL SIN OBSERVACIONES Contrato Nº: C-FPS-02-002296 REP. EMB. RÍO ORKOJAHUIRA- AV. LOS LEONES (LA PAZ) Monto total del Contrato : 1,284,503.64 Moneda : BS Plazo de Ejecución : 90 dias Fecha recepción provisional : ......../......../....... Fecha de conclusion : ......../......../....... Localidad : ..................................................... Hora : ..................................... Nombre del Proyecto : REPARACIÓN EMBOVEDADO RÍO ORKOJAHUIRA- AV. LOS LEONES FRENTE RÍO KORIPUJIO (LA PAZ) Código del Proyecto : FPS-02-00003126 Presupuesto : Componente : 1 INFRAESTRUCTURA Monto Original Monto Ord. Cambio Monto Rec. Provisional 1 INFRAESTRUCTURA Monto de Contraparte del Solicitante : Monto financiado por el FPS : Monto de contraparte del Beneficiario : 1,284,503.64 0.00 0.00 1,284,503.640.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 1,284,503.64 1,284,503.64 CARGO INSTITUCION REPRESENTANTE Solicitante : Ejecutor : Esp. Operativo : Supervisor : RECEPCION PROVISIONAL SIN OBSERVACIONES Se constató que la obra terminada fue construida ajustandose a las especificaciones tecnicas, planos y al contrato La obra fue ejecutada en el lapso de ............. dias. Se acordo un tiempo de conservacion de ............. dias y que la recepciòn definitiva se hará el dia ....... de .......... de 20...... a las ....... horas FISCAL (FPS) EJECUTOR SUPERVISOR INSPECTOR TECNICO
  • 50. 49 Gestión Municipal de Proyectos de Inversión (Con presupuesto entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000) SISTEMA Fecha: 1 de 1Página: ACTA DE RECEPCION PROVISIONAL CON OBSERVACIONESF.P.S LA PAZ-BOLIVIA 02/06/2014 Contrato Nº: C-FPS-02-002296 REP. EMB. RÍO ORKOJAHUIRA- AV. LOS LEONES (LA PAZ) Monto total del Contrato : 1,284,503.64 Moneda : BS Nombre del Proyecto : REPARACIÓN EMBOVEDADO RÍO ORKOJAHUIRA- AV. LOS LEONES FRENTE RÍO KORIPUJIO (LA PAZ) Código del Proyecto : FPS-02-00003126 Presupuesto : Componente : 1 INFRAESTRUCTURA 1 INFRAESTRUCTURA REPARACIONES REQUERIDAS ................................................................................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................................................................................ ................................................................................................................................................................................................................................ Plazo para su ejecuciòn ............ dias Fecha de recepciòn definitiva .............. de ............. de 20......... Se constató que la obra terminada fue construida ajustandose a las especificaciones tecnicas, planos y al contrato La obra fue ejecutada en el lapso de ............. dias. Se acordo un tiempo de conservacion de ............. dias y que la recepciòn definitiva se hará el dia ....... de .......... de 20...... a las ....... horas FISCAL (FPS) EJECUTOR SUPERVISOR INSPECTOR TECNICO
  • 51. 50 ANEXO 17 ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA F.P.S LA PAZ-BOLIVIA SISTEMA Fecha: 1 de 1Página: ACTA DE RECEPCION DEFINITIVA 02/06/2014 Contrato Nº: C-FPS-02-002218 AMP. ALC. SANIT. EXT. MEN. CIUDAD EL ALTO (EL ALTO Monto total del Contrato : 3,556,841.62 Moneda : BS Fecha de recepción definitiva : ......../......../....... Plazo (dias) Ampliaciones Plazo Real 240 60 300 Nombre del Proyecto : AMP. ALC. SANIT. EXT. MENORES CIUDAD EL ALTO (EL ALTO) Código del Proyecto : FPS-02-00003183 Presupuesto : Componente : 1 INFRAESTRUCTURA 1 INFRAESTRUCTURA Monto Original Monto Ord. Cambio Monto Rec. Provisional Monto financiado por el FPS : 2,943,997.81 2,943,997.810.00 Monto de Contraparte del Solicitante : 612,843.81 612,843.810.00 Monto de contraparte del Beneficiario : 0.00 0.000.00 3,556,841.62 3,556,841.620.00 PARTICIPANTES NOMBRE INSTITUCION Beneficiario : Solicitante : G.A.M. EL ALTO DE LA PAZ Ejecutor : Esp. Operativo : Supervisor : CARGO Zonal de seguimiento : Director de obra : Supervisor : INSTITUCION REPRESENTANTERECEPCION DEFINITIVA Se constató que las reparaciones requeridas en la recepción provisional y otras que se presentaron desde dicha recepciòn se corrigieron en su totalidad. El trabajo ralizado or el contratista esta en conformidad a las especificaciones técnicas y llega a un monto final de A partir de la fecha, el solicitante y el beneficiario asumen la responsabilidad total del mantenimiento de la obra. La continuidad del proyecto estará bajo la responsabilidad del beneficiario con un lapso final de ejecucion de3,556,841.62BS 300 dias . FISCAL (FPS) EJECUTOR SUPERVISOR INSPECTOR TECNICO