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1  sur  53
Instituto Tecnológico Superior de San Martín Texmelucan.


                       LICENCIATURA EN CONTADURIA.
                            MEDIOS DE DEFENSA.
                   PROFESOR: LIC. MARTIN TORRES MORENO
                                   EQUIPO: N°3.
VISITA                            INTEGRANTES:
                             *
DOMICILIARIA
                                 Integrantes:
                                Jannine Minero Rodríguez
                                Mauro Solís Juárez
                                Dulce María Monge Martínez
                                Eliab Pérez Reyes
                                María Andrea Quiroz Grande
                                José Jorge Gutiérrez García
                                Abigail Jiménez Cortez
                                Francisco Isidro López
                                Anayeli Aguilar García
                                Juan Díaz Juárez
                                Patricia Benítez Juárez
                                                                7° A
INTRODUCCIÓN
Contribuir al gasto
      publico
(Art. 34,fracc. IV,
    CPMEUM)




  Contribuyente          PROCESO DEL INICIO DE LA VISITA
    Irregular
                                 DOMICILIARIA

                                                 Practicar visitas
  Notificación al     Acto de     Omisión del
                                                   domiciliarias
  contribuyente                    Acto de      (Art. 42, fracc. III,
                      Molestia
                                   Molestia            C.F.F.)
*

Medios que utilizan las autoridades
fiscales para auditar a los
contribuyentes y así comprobar el
cumplimiento de las obligaciones
fiscales de éstos.




                                      Artículo 42 CFF
                                      FRACCIÓN - V
* Persona física o moral investida de facultades por la ley para hacer
 efectivo el cumplimiento de las obligaciones, o en su caso mantener
 el orden dentro de una sociedad.


* Autoridad Fiscal, aquella que con las atribuciones y facultades
 ejecutivas que señala la ley del (SAT), el objetivo primordial de la
 determinación, liquidación y recaudación de impuestos,
 contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos
 federales y sus accesorios para el financiamiento del gasto público.


   SAT                                        INFONAVIT


   IMSS                                       SFA

                                                           Artículo 33
“Articulo 16 CPEUM                                                           “V. Practicar visitas
                                         “La autoridad administrativa      “Artículo 42. CFF Las                      domiciliarias a los
“ARTÍCULO 31 LOAPF.- A la                podrá practicar visitas           autoridades fiscales a fin de              contribuyentes, a fin
Secretaría de Hacienda y                 domiciliarias                     comprobar                                  de verificar el cumplimiento de
Crédito                                  únicamente para cerciorarse de    que los contribuyentes, los                las obligaciones fiscales en
Público corresponde el                   que se han cumplido los           responsables solidarios o los              materia de la expedición de
despacho de los siguientes               reglamentos sanitarios y de       terceros con ellos relacionados            comprobantes fiscales y de la
asuntos:”                                policía; y exigir la exhibición   han cumplido con las                       presentación de solicitudes o
“XI.- Cobrar los impuestos,              de los                            disposiciones fiscales y, en su            avisos en materia del
contribuciones de mejoras,               libros y papeles indispensables   caso, determinar las                       registro federal de
derechos,                                para comprobar que se han         contribuciones omitidas o los              contribuyentes, así como para
productos y aprovechamientos             acatado las disposiciones         créditos fiscales, así como                solicitar
federales en los términos de las         fiscales, sujetándose en estos    para comprobar la comisión de              la exhibición de los
leyes aplicables y vigilar y             casos                             delitos fiscales y para                    comprobantes que amparen la
asegurar el cumplimiento de las          a las leyes respectivas y a las   proporcionar información a                 legal
disposiciones fiscales;”                 formalidades prescriptas para     otras autoridades fiscales,                propiedad o posesión de las
                                         los                               estarán facultadas para:”
                                         cateos.”                                                                     mercancías,




                                   1.- Motivo por el cual se hace una visita domiciliaria (art. 16
                                   CFF)                                                                                                                  Tal vez
                                                                                                                                                        debamos
                                                                                                    Observen el banco                                    hacerle
                                                                                                                                                          una
                                                                                                    reporta ingresos muy
                                                 Este contribuyente                                                                                      visita?
                                                 a omitido el pago
                                                                                                    altos para su el giro
                                                       de sus                                       que tiene!!
                                                  contribuciones…




                                                                                                                 Una vez motivado el acto…
Requisitos para una Orden de Visita Domiciliaria (art.38º y
43º de CFF)
1. Debe hacerse por escrito en documento impreso.
2. Señalar lugar y fecha de emisión.
3. El nombre del visitado.
4. Señalar la autoridad que lo emite.
5. El lugar o lugares donde debe efectuarse la visita.
6. El nombre de los visitadores, quienes pueden actuar conjunta o
   separadamente.
7. Señalar los fundamentos o disposiciones legales y los motivos con base en
   los cuales se emite, e indicar el objeto o propósito de la visita.
8. La firma autógrafa del funcionario competente.
9. El o los ejercicios y/o periodos y las obligaciones fiscales que se van a
   revisar.


Tratándose de obligaciones relativas al Comercio Exterior, en lugar de
especificar qué ejercicio o periodo será sujeto a revisión, podrán
mencionarse operaciones específicas.
1

        4




    3
            2




                9
7
6


    9
9
VERIFICACIÓN DE AUTENTICIDAD DE PERSONAL DEL SAT Y
DOCUMENTOS
OPERACIÓN DEL SISTEMA
En la primer pantalla del sistema, debe de capturar su RFC y el Número de Orden que desea consultar, después presione el botón
de Aceptar para continuar con el procedimiento.
Opción “B”
Verifique la autenticidad de la carta, correo electrónico o llamada telefónica
que haya recibido invitándolo a pagar sus adeudos.
OPCIÓN “C”
Comprobar que quien lo visita en su domicilio está acreditado para ello.
Esta comprobación
de autentificación,
también puede
efectuarse en el 01
8000 INFOSAT (01
800 46 36 728),
cualquier opción.
Reglas:



INICIO
         La visita se llevará a cabo
         en el lugar de la “orden de
         visita” . (ART. 10 C.F.F.)
 DE


 LA
                                  En caso de que no se
                                  encuentre el
                                  contribuyente se
VISITA                            dejará un citatorio
                                  para que espere el día
                                  siguiente la “orden de
                                  visita”.
En caso de que el
contribuyente no se                                La visita se realizará en
encuentre, la visita                               horas y días hábiles (7:30-
se iniciará con                                    18:00 hrs.)
quien se encuentre
en el lugar.




                       Los visitadores se
                       deberán identificar y sus
                       datos deberán coincidir
                       con los que se
                       encuentran en la orden
                       de visita.
Los visitadores deberán     El contribuyente
entregar original de la     deberá designar 2
“orden de visita” al        testigos; si no lo hace
contribuyente               los visitadores los
visitado.                   designarán.




   COMIENZA EL DESARROLLO
   DE LA VISITA
*
* LA VISITA SE REALIZARA EN EL LUGAR O LUGARES SEÑALADOS EN LA ORDEN
 DE VISITA.

* Cuando se realice la visita y no estuviera el visitado o representante,
 se le dejará un citatorio con la persona que se encuentre en ese
 momento para que al día siguiente los espere a la hora determinada
 para que reciba la orden de visita.

* Si el contribuyente presenta cambios de domicilio después de recibir el
 citatorio , la vista podrá llevarse a cabo en el nuevo domicilio
 manifestado por el contribuyente.

* Si la visita se realiza
                        simultáneamente en dos o más lugares, en cada
 uno de ellos se levantará actas parciales, mismas que se agregarán a la
 acta final, la cual puede ser levantada en cualquiera de dichos lugares.



                                                              Artículo 44 CFF
*
* LAS AUTORIDADES FISCALES DEBERAN CONCLUIR LA VISITA DENTRO DE UN PLAZO
 MAXIMO DE DOCE MESES, SE SUSPENDERÁN EN LOS CASOS DE:

* HUELGA

* FALLECIMIENTO DEL CONTRIBUYENTE

* CUANDO  EL CONTRIBUYENTE DESOCUPE SU DOMICILIO FISCAL SIN HABER PRESENTADO EL
 AVISO DE CAMBIO CORRESPONDIENTE

* CUANDO EL CONTRIBUYENTE NO ATIENDA EL REQUERIMIENTO DE DATOS

* CUANDO LA AUTORIDAD SE VEA IMPEDIDA PARA CONTINUAR EL EJERCICIO DE SUS
 FACULTADES DE COMPROBACION POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR




                                                                  Artículo 46-A
*
*
Actas por
hechos y
omisiones
 Actas          Presencia
Parciales         de dos
                 testigos
Colocación
 de Sellos
 o marcas
                Designació
   Actas
                   n de
Compleme
                representa
  ntarias
                   ntes
Firma, cierre
y entrega de
 Acta Final
Visitador (art. 49, C.F.F.)             Visitado (art. 45 C.F.F.)
-Entregaran la orden de verificación   -Permitir acceso a las autoridades
al visitado.                           fiscales el acceso al lugar.

-Deberán identificarse y no designo    -Designaran dos testigos
testigos el visitado deberán
designarlos.
                                       -Preparar documentación y
-Levantara actas sobre los hechos u    contabilidad
omisiones .

-Elaborar acta final


                *
DIRIGIRSE CON
                                      RESPETO
             NO PODRÁN
            AMENAZAR O
             INSINUAR AL                                RESPETAR LOS
                                                         DERECHOS DE
            VISITADO QUE                               INTERPONER LOS
              EXISTE LA                               MEDIOS DE DEFENSA
           POSIBILIDAD DE
          IMPUTARLE DELITOS




    NO PODRÁN
   COMUNICAR AL
CONTRIBUYENTE EN
                                 ACTITUD                          NO MANIFESTAR
FORMA VERBAL LAS
 IRREGULARIDADES
   ENCONTRADAS
                                  DE LA                           PRESUNCIONES
                                                                   INFUNDADAS.
    DURANTE LA
    AUDITORÍA.
                                AUTORIDAD


          SI LOS VISITADORES
                                                         HACER CONSTAR
        INTIMIDAN AL VISITADO
                                                      PORMENORIZADAMENT
            O INCURREN EN
                                                       E EN LAS ACTAS DE
              CUALQUIER
                                                         AUDITORÍA, LAS
          IRREGULARIDAD, SE
                                                        IRREGULARIDADES
         PODRÁ DENUNCIAR EN
                                                            FISCALES
         CUALQUIER MOMENTO
                                   NO EXIGIR UNA
                                FORMA ESPECIFICA DE
                                 PAGO DE LAS MULTAS
* Artículo 46-A.   CFF. un plazo máximo de doce meses contado a partir de que
  se notifique salvo tratándose de:
A. Contribuyentes que integran el sistema financiero, así como de aquéllos que
     consoliden. En estos casos, el plazo será de dieciocho meses a partir de la
     fecha en la que se notifique
B. Contribuyentes respecto de los cuales la autoridad fiscal o aduanera solicite
     información a autoridades fiscales o aduaneras de otro país cuando la
     autoridad aduanera esté llevando a cabo la verificación de origen a
     exportadores o productores de otros países de conformidad con los tratados
     internacionales celebrados por México. En estos casos, el plazo será de dos
     años



                             *
*

      • HUELGA
 I

      • FALLECIMIENTO DEL CONTRIBUYENTE
II

      • CUANDO EL CONTRIBUYENTE DESOCUPE SU DOMICILIO FISCAL SIN
III     HABER PRESENTADO EL AVISO

      • EL CONTRIBUYENTE NO ATIENDA EL REQUERIMIENTO
IV

      • CUANDO EL PROCEDIMIENTO NO SE AJUSTO A LAS NORMAS LEGALES
V

      • POR CASO FORTUITO O DE FURZA MAYOR
VI
* Sidurante el plazo para concluir la visita domiciliaria, los
 contribuyentes interponen algún medio de defensa en el país
 o en el extranjero contra los actos o actividades que deriven
 del ejercicio de sus facultades de comprobación, dichos
 plazos se suspenderán desde la fecha en que se interpongan
 los citados medios de defensa hasta que se dicte resolución
 definitiva de los mismos.
* Cuando las autoridades no levanten el acta final de visita o no
 notifiquen el oficio de observaciones, o en su caso, el de
 conclusión de la revisión dentro de los plazos mencionados,
 ésta se entenderá concluida en esa fecha, quedando sin
 efectos la orden y las actuaciones que de ella se derivaron
 durante dicha visita o revisión.
* Artículo 47.- Las autoridades fiscales deberán concluir
 anticipadamente las visitas en los domicilios fiscales
* Cuando se encuentren en los supuestos en los artículos 32-A,
 52-A Y 53-A
* Se   deberá levantar acta en la que se señale la razón de tal
*

* Artículo 48.- Cuando las autoridades fiscales soliciten de los
 contribuyentes, responsables solidarios o terceros, informes,
 datos o documentos o pidan la presentación de la
 contabilidad o parte de ella, para el ejercicio de sus
 facultades de comprobación, fuera de una visita domiciliaria,
 se estará a lo siguiente:
• LA SOLICITUD SE NOTIFICARÁ AL CONTRIBUYENTE
 I

      • EN LA SOLICITUD SE INDICARÁ EL LUGAR Y EL PLAZO
II

      • LOS INFORMES, LIBROS O DOCUMENTOS REQUERIDOS DEBERÁN SER PROPORCIONADOS POR
        LA PERSONA A QUIEN SE DIRIGIÓ LA SOLICITUD O POR SU REPRESENTANTE.
III

      • COMO CONSECUENCIA DE LA REVISIÓN LAS AUTORIDADES FISCALES FORMULARÁN OFICIO DE
        OBSERVACIONES
IV

      • CUANDO NO HUBIERA OBSERVACIONES LA AUTORIDAD COMUNICARÁ AL CONTRIBUYENTE
        MEDIANTE OFICIO, LA CONCLUSIÓN DE LA REVISIÓN DE GABINETE
V

      • RN EL CASO DE LA FRACCION IV ANTERIOR, EL CONTRIBUYENTE TENDRA UN PLAZO DE 20
        DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE NOTIFICO EN LA CARTA DE OBSERVACIONES
vi      PARA DESVIRTUAR LOS HECHOS U OMICIONES O CORREGIR SU SITUACION FISCAL
• SE TENDRÁN POR CONSENTIDOS LOS HECHOS U OMISIONES CONSIGNADOS
         EN EL OFICIO DE OBSERVACIONES, SI EN EL PLAZO PROBATORIO EL
         CONTRIBUYENTE NO PRESENTA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA QUE LOS
         DESVIRTÚE.



       • EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTICULOS 215 Y 216 DE LA LISR, EL PLAZO
         SERA DE DOS MESES .
VII

       • DENTRO DEL PLAZO PARA DESVIRTUAR LOS HECHOS U OMISIONES EL
         CONTRIBUYENTE PODRÁ OPTAR POR CORREGIR SU SITUACIÓN FISCAL EN
VIII     LAS DISTINTAS CONTRIBUCIONES



       • CUANDO EL CONTRIBUYENTE NO CORRIJA TOTALMENTE SU SITUACIÓN
         FISCAL CONFORME AL OFICIO DE OBSERVACIONESSE EMITIRÁ LA
         RESOLUCIÓN QUE DETERMINE LAS CONTRIBUCIONES O APROVECHAMIENTOS
IX       OMITIDOS
*ACTAS PARCIALES.
¿QUE ES UNA ACTA FISCAL?

Documento que narra los hechos y omisiones que se generan en la
visita domiciliaria, así como todo lo que se descubra durante la
revisión dan do a conocer al auditor los resultados obtenido.
También se le informa al contribuyente las irregularidades del
incumplimiento de su obligación.

La visita domiciliaria empieza levantando un acta parcial inicial, esta
clase de actas puede levantarse cuantas veces sea necesario; el
fundamento legal de las catas lo podemos ubicar en el articulo 46
fracción IV del CFF.



                                  37
* 1.- Encabezado del acta
* 2.- Cuerpo del acta
*En el caso de un acta final, se agregan los
 apartados para :
Antecedentes
Personalidad


 Generalidades
 Hechos
                    *
Complementarias
Lectura del acta
Firmas                     38
* En el cuerpo de las actas parciales o complementarias, se consigna
 lo siguiente:
* Constitución de los visitadores
* Referencia de antecedentes, personalidad y generalidades
* Hechos no consignados en el acta anterior
* Referencias de complementarias del acta final
* Designación e identificación de testigos
* Lectura y cierre del acta
* Fe de erratas
* Firmas



                                   39
* 3.- Antecedentes
* Es el inicio de un acta final de una visita domiciliaria y, los datos
 que se incluyan,
* son la introducción a la formulación de la misma, sus componentes
 son:
* Lugar: ciudad y estado
* Tiempo: Horas y minutos
* Fecha: Día, mes, año
* Visitadores
* Domicilio
* Nombre del visitado
* Periodo a revisar
* Numero de la orden de visita domiciliaría y fecha de oficio que la
 contiene
                                     40
4.- Personalidad                   Visitas que se le han practicado
Se compone de los siguientes       de carácter fiscal
elementos:                         Régimen fiscal
Con quien se entendió la visita   Constitución de la sociedad
Acredita miento de la              Modificaciones a los estatutos
personalidad                       contenidos en la escritura
Identificación del visitado       constitutiva
Nombramiento e identificación     Fecha de inicio de operaciones
de testigos                        Avisos presentados
5.- Generalidades                  Giro o actividad
Contiene una variedad de asuntos  Contratos
que impactan en forma general a   Libros de contabilidad y
la visita                        sociedades
domiciliaría:

                                   41
* 6.- Hechos
* 8.- Lectura y cierre del acta


* 9.- Fe de erratas
* En el articulo 272, del Código Federal de procedimientos civiles, que es
 supletorio
* al Código Fiscal Federal, se establece que en las actuaciones, no se deben
* emplear abreviaturas ni se debe de borrar frase equivocada, sobre la que
 solo se
* pondrá una línea delgada, salvándose con toda precisión el error cometido.
* Cuando se lee el acta y existe algún error mecanográfico se anota en forma
 de
* columna lo siguiente:
* Numero de folio Numero de renglón          Dice   Debe decir

                                       42
Para el levantamiento del acta existen dos posibles lugares:


1.- El domicilio fiscal y establecimiento del contribuyente:


Se debe anotar el lugar o lugares señalados en la orden de visita, el nuevo
domicilio o ambos cuando el contribuyente haya presentado aviso de cambio de
domicilio después de recibir citatorio.


2.- Domicilio fiscal distinto:
Cuando se recoge la contabilidad del contribuyente visitado en el domicilio de la
autoridad, a lo cual dicha acta se levanta en la oficina de la autoridad, cuando
no es posible continuar o concluir el ejercicio de las facultades de comprobación
en los establecimientos del contribuyente.




                                             43
En dicha acta se deben expresar claramente los siguientes puntos:
Que fue lo leído y explicado en su contenido y alcance del compareciente
Que no hay mas hechos de constar
 hora y fecha en que da por terminada esta fase de diligencia
 La
 cuantos tantos se levanto el acta (original y copia)
 En
Que se entrego una copia legible a la persona con quien se entiende el
desarrollo de esta parte de la diligencia
Que fue firmada al final y en cada uno de los márgenes de los folios por
todas las personas que intervinieron como: el visitado, su representante
legal o tercero compareciente, los visitados por parte de la entidad




                                        44
* ULTIMA ACTA PARCIAL (FINAL)
Se dice que es la terminación de la visita. en este momento la
autoridad fiscal analiza lo encontrado dentro de la revisión, a efecto
de determinar la situación legal del contribuyente.

Sin embargo, no debe perderse de vista que aun cuando los
visitadores asientan los hechos en las actas de visita y ante ellos se
presentan los documentos, libros y registros, son solamente
auxiliares de las autoridades fiscales y no deciden en definitiva la
situación del contribuyente visitado, ya que las actas que levantan
son analizadas y calificadas por las autoridades competentes para,
en su caso, liquidar un crédito fiscal o dictar otra resolución en su
caso.




                                  45
*
* ULTIMA ACTA PARCIAL (FINAL)
Se dice que es la terminación de la visita. en este
momento la autoridad fiscal analiza lo encontrado
dentro de la revisión, a efecto de determinar la
situación legal del contribuyente.




                        47
*
* Debe contener hechos u omisiones de la visita y se entenderá
 que las actas parciales forman parte integrante del acta final,
 aunque no se señale así expresamente.
* INCONFORMIDADES ADMINISTRATIVAS.-


CONTRA LOS HECHOS OBSERVADOS        EN   LA   ULTIMA   ACTA
PARCIAL DE AUDITORIA.


Cuando la autoridad se encuentre practicando visita
domiciliaria a un contribuyente, antes de levantar el acta
final, debe darle la oportunidad de ser oído.




                             49
*
* Debe ser levantada una vez que concluya el plazo para la
 presentación de pruebas o de corrección fiscal.
* Debe estar presente el contribuyente o el representante legal
* El acta debe ser firmada por el contribuyente o con quien se
 entienda la diligencia
* Los visitados podrán levantar el acta final en el domicilio de
 la autoridad
* No se levantaran actas complementarias sin que exista una
 nueva orden.
*   QUE ES UNA VISITA DOMICILIARIA Y OBJETIVO
*   CONDUCTA QUE DEBEN ASUMIR LOS VISITADORES CON EL CONTRIBUYENTE
*   DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE DURANTE LOS ACTOS DE FISCALIZACIÓN


*   ACTOS DE FISCALIZACIÓN
*   OBLIGACIONES DEL CONTRIBUYENTE
*   OBTENCIÓN DE COPIAS DE LA CONTABILIDAD


*   REQUISITOS DE LAS ÓRDENES DE VISITA


*   EL O LOS EJERCICIOS Y PERIODOS SUJETOS A REVISIÓN AUDITADO
*   REGLAS QUE DEBEN CUMPLIRSE PARA INICIAR LA VISITA


*   DÍAS Y HORAS EN QUE PUEDE EFECTUARSE LA VISITA DOMICILIARIA


*   DESARROLLO DE LA VISITA DOMICILIARIA


*   LEVANTAMIENTO DE ACTAS PARCIALES
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*   VERIFICACIÓN DE AUTENTICIDAD DE PERSONAL DEL SAT Y DOCUMENTOS
REQUISITOS DEL OFICIO DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN

Debe hacerse por escrito en documento impreso.

Contener correctamente los daos del nombre, denominación o
razón social del contribuyente a quien se dirige.

Señalar la autoridad que lo emite.

Señalar los fundamentos o disposiciones legales y los motivos
con base en los cuales se emite, e indicar el objeto o el propósito
de la revisión.

La firma autógrafa del funcionario competente.

El nombre o nombres de las personas a las que va dirigida.

El o los ejercicios y/o periodos y las obligaciones fiscales a
revisar.

El lugar donde se deba entregar la información solicitada.
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  • 1. Instituto Tecnológico Superior de San Martín Texmelucan. LICENCIATURA EN CONTADURIA. MEDIOS DE DEFENSA. PROFESOR: LIC. MARTIN TORRES MORENO EQUIPO: N°3. VISITA INTEGRANTES: * DOMICILIARIA Integrantes:  Jannine Minero Rodríguez  Mauro Solís Juárez  Dulce María Monge Martínez  Eliab Pérez Reyes  María Andrea Quiroz Grande  José Jorge Gutiérrez García  Abigail Jiménez Cortez  Francisco Isidro López  Anayeli Aguilar García  Juan Díaz Juárez  Patricia Benítez Juárez 7° A
  • 2. INTRODUCCIÓN Contribuir al gasto publico (Art. 34,fracc. IV, CPMEUM) Contribuyente PROCESO DEL INICIO DE LA VISITA Irregular DOMICILIARIA Practicar visitas Notificación al Acto de Omisión del domiciliarias contribuyente Acto de (Art. 42, fracc. III, Molestia Molestia C.F.F.)
  • 3. * Medios que utilizan las autoridades fiscales para auditar a los contribuyentes y así comprobar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de éstos. Artículo 42 CFF FRACCIÓN - V
  • 4. * Persona física o moral investida de facultades por la ley para hacer efectivo el cumplimiento de las obligaciones, o en su caso mantener el orden dentro de una sociedad. * Autoridad Fiscal, aquella que con las atribuciones y facultades ejecutivas que señala la ley del (SAT), el objetivo primordial de la determinación, liquidación y recaudación de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos federales y sus accesorios para el financiamiento del gasto público.  SAT  INFONAVIT  IMSS  SFA Artículo 33
  • 5. “Articulo 16 CPEUM “V. Practicar visitas “La autoridad administrativa “Artículo 42. CFF Las domiciliarias a los “ARTÍCULO 31 LOAPF.- A la podrá practicar visitas autoridades fiscales a fin de contribuyentes, a fin Secretaría de Hacienda y domiciliarias comprobar de verificar el cumplimiento de Crédito únicamente para cerciorarse de que los contribuyentes, los las obligaciones fiscales en Público corresponde el que se han cumplido los responsables solidarios o los materia de la expedición de despacho de los siguientes reglamentos sanitarios y de terceros con ellos relacionados comprobantes fiscales y de la asuntos:” policía; y exigir la exhibición han cumplido con las presentación de solicitudes o “XI.- Cobrar los impuestos, de los disposiciones fiscales y, en su avisos en materia del contribuciones de mejoras, libros y papeles indispensables caso, determinar las registro federal de derechos, para comprobar que se han contribuciones omitidas o los contribuyentes, así como para productos y aprovechamientos acatado las disposiciones créditos fiscales, así como solicitar federales en los términos de las fiscales, sujetándose en estos para comprobar la comisión de la exhibición de los leyes aplicables y vigilar y casos delitos fiscales y para comprobantes que amparen la asegurar el cumplimiento de las a las leyes respectivas y a las proporcionar información a legal disposiciones fiscales;” formalidades prescriptas para otras autoridades fiscales, propiedad o posesión de las los estarán facultadas para:” cateos.” mercancías, 1.- Motivo por el cual se hace una visita domiciliaria (art. 16 CFF) Tal vez debamos Observen el banco hacerle una reporta ingresos muy Este contribuyente visita? a omitido el pago altos para su el giro de sus que tiene!! contribuciones… Una vez motivado el acto…
  • 6. Requisitos para una Orden de Visita Domiciliaria (art.38º y 43º de CFF) 1. Debe hacerse por escrito en documento impreso. 2. Señalar lugar y fecha de emisión. 3. El nombre del visitado. 4. Señalar la autoridad que lo emite. 5. El lugar o lugares donde debe efectuarse la visita. 6. El nombre de los visitadores, quienes pueden actuar conjunta o separadamente. 7. Señalar los fundamentos o disposiciones legales y los motivos con base en los cuales se emite, e indicar el objeto o propósito de la visita. 8. La firma autógrafa del funcionario competente. 9. El o los ejercicios y/o periodos y las obligaciones fiscales que se van a revisar. Tratándose de obligaciones relativas al Comercio Exterior, en lugar de especificar qué ejercicio o periodo será sujeto a revisión, podrán mencionarse operaciones específicas.
  • 7. 1 4 3 2 9
  • 8. 7
  • 9. 6 9
  • 10. 9
  • 11. VERIFICACIÓN DE AUTENTICIDAD DE PERSONAL DEL SAT Y DOCUMENTOS
  • 12. OPERACIÓN DEL SISTEMA En la primer pantalla del sistema, debe de capturar su RFC y el Número de Orden que desea consultar, después presione el botón de Aceptar para continuar con el procedimiento.
  • 13.
  • 14.
  • 15.
  • 16. Opción “B” Verifique la autenticidad de la carta, correo electrónico o llamada telefónica que haya recibido invitándolo a pagar sus adeudos.
  • 17.
  • 18.
  • 19.
  • 20. OPCIÓN “C” Comprobar que quien lo visita en su domicilio está acreditado para ello.
  • 21. Esta comprobación de autentificación, también puede efectuarse en el 01 8000 INFOSAT (01 800 46 36 728), cualquier opción.
  • 22. Reglas: INICIO La visita se llevará a cabo en el lugar de la “orden de visita” . (ART. 10 C.F.F.) DE LA En caso de que no se encuentre el contribuyente se VISITA dejará un citatorio para que espere el día siguiente la “orden de visita”.
  • 23. En caso de que el contribuyente no se La visita se realizará en encuentre, la visita horas y días hábiles (7:30- se iniciará con 18:00 hrs.) quien se encuentre en el lugar. Los visitadores se deberán identificar y sus datos deberán coincidir con los que se encuentran en la orden de visita.
  • 24. Los visitadores deberán El contribuyente entregar original de la deberá designar 2 “orden de visita” al testigos; si no lo hace contribuyente los visitadores los visitado. designarán. COMIENZA EL DESARROLLO DE LA VISITA
  • 25. * * LA VISITA SE REALIZARA EN EL LUGAR O LUGARES SEÑALADOS EN LA ORDEN DE VISITA. * Cuando se realice la visita y no estuviera el visitado o representante, se le dejará un citatorio con la persona que se encuentre en ese momento para que al día siguiente los espere a la hora determinada para que reciba la orden de visita. * Si el contribuyente presenta cambios de domicilio después de recibir el citatorio , la vista podrá llevarse a cabo en el nuevo domicilio manifestado por el contribuyente. * Si la visita se realiza simultáneamente en dos o más lugares, en cada uno de ellos se levantará actas parciales, mismas que se agregarán a la acta final, la cual puede ser levantada en cualquiera de dichos lugares. Artículo 44 CFF
  • 26. * * LAS AUTORIDADES FISCALES DEBERAN CONCLUIR LA VISITA DENTRO DE UN PLAZO MAXIMO DE DOCE MESES, SE SUSPENDERÁN EN LOS CASOS DE: * HUELGA * FALLECIMIENTO DEL CONTRIBUYENTE * CUANDO EL CONTRIBUYENTE DESOCUPE SU DOMICILIO FISCAL SIN HABER PRESENTADO EL AVISO DE CAMBIO CORRESPONDIENTE * CUANDO EL CONTRIBUYENTE NO ATIENDA EL REQUERIMIENTO DE DATOS * CUANDO LA AUTORIDAD SE VEA IMPEDIDA PARA CONTINUAR EL EJERCICIO DE SUS FACULTADES DE COMPROBACION POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR Artículo 46-A
  • 27. *
  • 28. * Actas por hechos y omisiones Actas Presencia Parciales de dos testigos Colocación de Sellos o marcas Designació Actas n de Compleme representa ntarias ntes Firma, cierre y entrega de Acta Final
  • 29. Visitador (art. 49, C.F.F.) Visitado (art. 45 C.F.F.) -Entregaran la orden de verificación -Permitir acceso a las autoridades al visitado. fiscales el acceso al lugar. -Deberán identificarse y no designo -Designaran dos testigos testigos el visitado deberán designarlos. -Preparar documentación y -Levantara actas sobre los hechos u contabilidad omisiones . -Elaborar acta final *
  • 30. DIRIGIRSE CON RESPETO NO PODRÁN AMENAZAR O INSINUAR AL RESPETAR LOS DERECHOS DE VISITADO QUE INTERPONER LOS EXISTE LA MEDIOS DE DEFENSA POSIBILIDAD DE IMPUTARLE DELITOS NO PODRÁN COMUNICAR AL CONTRIBUYENTE EN ACTITUD NO MANIFESTAR FORMA VERBAL LAS IRREGULARIDADES ENCONTRADAS DE LA PRESUNCIONES INFUNDADAS. DURANTE LA AUDITORÍA. AUTORIDAD SI LOS VISITADORES HACER CONSTAR INTIMIDAN AL VISITADO PORMENORIZADAMENT O INCURREN EN E EN LAS ACTAS DE CUALQUIER AUDITORÍA, LAS IRREGULARIDAD, SE IRREGULARIDADES PODRÁ DENUNCIAR EN FISCALES CUALQUIER MOMENTO NO EXIGIR UNA FORMA ESPECIFICA DE PAGO DE LAS MULTAS
  • 31. * Artículo 46-A. CFF. un plazo máximo de doce meses contado a partir de que se notifique salvo tratándose de: A. Contribuyentes que integran el sistema financiero, así como de aquéllos que consoliden. En estos casos, el plazo será de dieciocho meses a partir de la fecha en la que se notifique B. Contribuyentes respecto de los cuales la autoridad fiscal o aduanera solicite información a autoridades fiscales o aduaneras de otro país cuando la autoridad aduanera esté llevando a cabo la verificación de origen a exportadores o productores de otros países de conformidad con los tratados internacionales celebrados por México. En estos casos, el plazo será de dos años *
  • 32. * • HUELGA I • FALLECIMIENTO DEL CONTRIBUYENTE II • CUANDO EL CONTRIBUYENTE DESOCUPE SU DOMICILIO FISCAL SIN III HABER PRESENTADO EL AVISO • EL CONTRIBUYENTE NO ATIENDA EL REQUERIMIENTO IV • CUANDO EL PROCEDIMIENTO NO SE AJUSTO A LAS NORMAS LEGALES V • POR CASO FORTUITO O DE FURZA MAYOR VI
  • 33. * Sidurante el plazo para concluir la visita domiciliaria, los contribuyentes interponen algún medio de defensa en el país o en el extranjero contra los actos o actividades que deriven del ejercicio de sus facultades de comprobación, dichos plazos se suspenderán desde la fecha en que se interpongan los citados medios de defensa hasta que se dicte resolución definitiva de los mismos. * Cuando las autoridades no levanten el acta final de visita o no notifiquen el oficio de observaciones, o en su caso, el de conclusión de la revisión dentro de los plazos mencionados, ésta se entenderá concluida en esa fecha, quedando sin efectos la orden y las actuaciones que de ella se derivaron durante dicha visita o revisión. * Artículo 47.- Las autoridades fiscales deberán concluir anticipadamente las visitas en los domicilios fiscales * Cuando se encuentren en los supuestos en los artículos 32-A, 52-A Y 53-A * Se deberá levantar acta en la que se señale la razón de tal
  • 34. * * Artículo 48.- Cuando las autoridades fiscales soliciten de los contribuyentes, responsables solidarios o terceros, informes, datos o documentos o pidan la presentación de la contabilidad o parte de ella, para el ejercicio de sus facultades de comprobación, fuera de una visita domiciliaria, se estará a lo siguiente:
  • 35. • LA SOLICITUD SE NOTIFICARÁ AL CONTRIBUYENTE I • EN LA SOLICITUD SE INDICARÁ EL LUGAR Y EL PLAZO II • LOS INFORMES, LIBROS O DOCUMENTOS REQUERIDOS DEBERÁN SER PROPORCIONADOS POR LA PERSONA A QUIEN SE DIRIGIÓ LA SOLICITUD O POR SU REPRESENTANTE. III • COMO CONSECUENCIA DE LA REVISIÓN LAS AUTORIDADES FISCALES FORMULARÁN OFICIO DE OBSERVACIONES IV • CUANDO NO HUBIERA OBSERVACIONES LA AUTORIDAD COMUNICARÁ AL CONTRIBUYENTE MEDIANTE OFICIO, LA CONCLUSIÓN DE LA REVISIÓN DE GABINETE V • RN EL CASO DE LA FRACCION IV ANTERIOR, EL CONTRIBUYENTE TENDRA UN PLAZO DE 20 DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE NOTIFICO EN LA CARTA DE OBSERVACIONES vi PARA DESVIRTUAR LOS HECHOS U OMICIONES O CORREGIR SU SITUACION FISCAL
  • 36. • SE TENDRÁN POR CONSENTIDOS LOS HECHOS U OMISIONES CONSIGNADOS EN EL OFICIO DE OBSERVACIONES, SI EN EL PLAZO PROBATORIO EL CONTRIBUYENTE NO PRESENTA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA QUE LOS DESVIRTÚE. • EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTICULOS 215 Y 216 DE LA LISR, EL PLAZO SERA DE DOS MESES . VII • DENTRO DEL PLAZO PARA DESVIRTUAR LOS HECHOS U OMISIONES EL CONTRIBUYENTE PODRÁ OPTAR POR CORREGIR SU SITUACIÓN FISCAL EN VIII LAS DISTINTAS CONTRIBUCIONES • CUANDO EL CONTRIBUYENTE NO CORRIJA TOTALMENTE SU SITUACIÓN FISCAL CONFORME AL OFICIO DE OBSERVACIONESSE EMITIRÁ LA RESOLUCIÓN QUE DETERMINE LAS CONTRIBUCIONES O APROVECHAMIENTOS IX OMITIDOS
  • 37. *ACTAS PARCIALES. ¿QUE ES UNA ACTA FISCAL? Documento que narra los hechos y omisiones que se generan en la visita domiciliaria, así como todo lo que se descubra durante la revisión dan do a conocer al auditor los resultados obtenido. También se le informa al contribuyente las irregularidades del incumplimiento de su obligación. La visita domiciliaria empieza levantando un acta parcial inicial, esta clase de actas puede levantarse cuantas veces sea necesario; el fundamento legal de las catas lo podemos ubicar en el articulo 46 fracción IV del CFF. 37
  • 38. * 1.- Encabezado del acta * 2.- Cuerpo del acta *En el caso de un acta final, se agregan los apartados para : Antecedentes Personalidad   Generalidades Hechos * Complementarias Lectura del acta Firmas 38
  • 39. * En el cuerpo de las actas parciales o complementarias, se consigna lo siguiente: * Constitución de los visitadores * Referencia de antecedentes, personalidad y generalidades * Hechos no consignados en el acta anterior * Referencias de complementarias del acta final * Designación e identificación de testigos * Lectura y cierre del acta * Fe de erratas * Firmas 39
  • 40. * 3.- Antecedentes * Es el inicio de un acta final de una visita domiciliaria y, los datos que se incluyan, * son la introducción a la formulación de la misma, sus componentes son: * Lugar: ciudad y estado * Tiempo: Horas y minutos * Fecha: Día, mes, año * Visitadores * Domicilio * Nombre del visitado * Periodo a revisar * Numero de la orden de visita domiciliaría y fecha de oficio que la contiene 40
  • 41. 4.- Personalidad Visitas que se le han practicado Se compone de los siguientes de carácter fiscal elementos: Régimen fiscal Con quien se entendió la visita Constitución de la sociedad Acredita miento de la  Modificaciones a los estatutos personalidad contenidos en la escritura Identificación del visitado constitutiva Nombramiento e identificación Fecha de inicio de operaciones de testigos Avisos presentados 5.- Generalidades Giro o actividad Contiene una variedad de asuntos  Contratos que impactan en forma general a  Libros de contabilidad y la visita sociedades domiciliaría: 41
  • 42. * 6.- Hechos * 8.- Lectura y cierre del acta * 9.- Fe de erratas * En el articulo 272, del Código Federal de procedimientos civiles, que es supletorio * al Código Fiscal Federal, se establece que en las actuaciones, no se deben * emplear abreviaturas ni se debe de borrar frase equivocada, sobre la que solo se * pondrá una línea delgada, salvándose con toda precisión el error cometido. * Cuando se lee el acta y existe algún error mecanográfico se anota en forma de * columna lo siguiente: * Numero de folio Numero de renglón Dice Debe decir 42
  • 43. Para el levantamiento del acta existen dos posibles lugares: 1.- El domicilio fiscal y establecimiento del contribuyente: Se debe anotar el lugar o lugares señalados en la orden de visita, el nuevo domicilio o ambos cuando el contribuyente haya presentado aviso de cambio de domicilio después de recibir citatorio. 2.- Domicilio fiscal distinto: Cuando se recoge la contabilidad del contribuyente visitado en el domicilio de la autoridad, a lo cual dicha acta se levanta en la oficina de la autoridad, cuando no es posible continuar o concluir el ejercicio de las facultades de comprobación en los establecimientos del contribuyente. 43
  • 44. En dicha acta se deben expresar claramente los siguientes puntos: Que fue lo leído y explicado en su contenido y alcance del compareciente Que no hay mas hechos de constar  hora y fecha en que da por terminada esta fase de diligencia La  cuantos tantos se levanto el acta (original y copia) En Que se entrego una copia legible a la persona con quien se entiende el desarrollo de esta parte de la diligencia Que fue firmada al final y en cada uno de los márgenes de los folios por todas las personas que intervinieron como: el visitado, su representante legal o tercero compareciente, los visitados por parte de la entidad 44
  • 45. * ULTIMA ACTA PARCIAL (FINAL) Se dice que es la terminación de la visita. en este momento la autoridad fiscal analiza lo encontrado dentro de la revisión, a efecto de determinar la situación legal del contribuyente. Sin embargo, no debe perderse de vista que aun cuando los visitadores asientan los hechos en las actas de visita y ante ellos se presentan los documentos, libros y registros, son solamente auxiliares de las autoridades fiscales y no deciden en definitiva la situación del contribuyente visitado, ya que las actas que levantan son analizadas y calificadas por las autoridades competentes para, en su caso, liquidar un crédito fiscal o dictar otra resolución en su caso. 45
  • 46. *
  • 47. * ULTIMA ACTA PARCIAL (FINAL) Se dice que es la terminación de la visita. en este momento la autoridad fiscal analiza lo encontrado dentro de la revisión, a efecto de determinar la situación legal del contribuyente. 47
  • 48. * * Debe contener hechos u omisiones de la visita y se entenderá que las actas parciales forman parte integrante del acta final, aunque no se señale así expresamente.
  • 49. * INCONFORMIDADES ADMINISTRATIVAS.- CONTRA LOS HECHOS OBSERVADOS EN LA ULTIMA ACTA PARCIAL DE AUDITORIA. Cuando la autoridad se encuentre practicando visita domiciliaria a un contribuyente, antes de levantar el acta final, debe darle la oportunidad de ser oído. 49
  • 50. * * Debe ser levantada una vez que concluya el plazo para la presentación de pruebas o de corrección fiscal. * Debe estar presente el contribuyente o el representante legal * El acta debe ser firmada por el contribuyente o con quien se entienda la diligencia * Los visitados podrán levantar el acta final en el domicilio de la autoridad * No se levantaran actas complementarias sin que exista una nueva orden.
  • 51. * QUE ES UNA VISITA DOMICILIARIA Y OBJETIVO * CONDUCTA QUE DEBEN ASUMIR LOS VISITADORES CON EL CONTRIBUYENTE * DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE DURANTE LOS ACTOS DE FISCALIZACIÓN * ACTOS DE FISCALIZACIÓN * OBLIGACIONES DEL CONTRIBUYENTE * OBTENCIÓN DE COPIAS DE LA CONTABILIDAD * REQUISITOS DE LAS ÓRDENES DE VISITA * EL O LOS EJERCICIOS Y PERIODOS SUJETOS A REVISIÓN AUDITADO * REGLAS QUE DEBEN CUMPLIRSE PARA INICIAR LA VISITA * DÍAS Y HORAS EN QUE PUEDE EFECTUARSE LA VISITA DOMICILIARIA * DESARROLLO DE LA VISITA DOMICILIARIA * LEVANTAMIENTO DE ACTAS PARCIALES * REQUISITOS CONSTITUCIONALES QUE DEBEN CUMPLIR LAS ÓRDENES DE VISITAS DOMICILIARIA * VISITAS DOMICILIARIAS ADMINISTRATIVAS. FORMALIDADES * ORDENES DE VISITA DOMICILIARIA, REQUISITOS QUE DEBEN CONTENER * VERIFICACIÓN DE AUTENTICIDAD DE PERSONAL DEL SAT Y DOCUMENTOS
  • 52. REQUISITOS DEL OFICIO DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN Debe hacerse por escrito en documento impreso. Contener correctamente los daos del nombre, denominación o razón social del contribuyente a quien se dirige. Señalar la autoridad que lo emite. Señalar los fundamentos o disposiciones legales y los motivos con base en los cuales se emite, e indicar el objeto o el propósito de la revisión. La firma autógrafa del funcionario competente. El nombre o nombres de las personas a las que va dirigida. El o los ejercicios y/o periodos y las obligaciones fiscales a revisar. El lugar donde se deba entregar la información solicitada.