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Diputado Independiente Marco Antonio Martinez presenta exhorto en el Congreso de NL
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DIP. DANIEL CARRILLO MARTINEZ
PRESIDENTE DEL CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO
LEÓN
PRESENTE.-
Los que suscriben, Diputados integrantes del Grupo Legislativo
Independiente de la LXXIV Legislatura al Honorable Congreso
del Estado de Nuevo León, con fundamento en los artículos
123 y 124 del Reglamento para el Gobierno Interior del
Congreso del Estado de Nuevo León, acudimos a esta tribuna
para someter a su consideración PUNTO DE ACUERDO al
tenor de los siguientes:
A N T E C E D E N T E S
Con motivo de diversos trabajos que realizan en la vía publica
empresas privadas como entidades paraestatales como Agua
y Drenaje, Gas Natural, Comisión Federal de Electricidad,
compañías de telefonía e internet entre otras se observan
múltiples daños en la carpeta asfáltica, como son: perdida de
la continuidad de la superficie de rodamiento, zanjas
únicamente cubiertas por tierra, hundimientos que se
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convierten en baches etc., en la instalación o reparación de
servicios en los municipios del área metropolitana de
Monterrey Nuevo León.
El Reglamento para Construcciones del Municipio de
Monterrey, Nuevo León establece que para realizar
trabajos en la vía pública, debe contarse con la
autorización expresa correspondiente.
Dicho ordenamiento señala en su artículo 143, fracción V
que en el caso de que la Autoridad competente al
supervisar el tapado de las zanjas encuentre defectos,
notificará tal situación de inmediato a las empresas
prestadoras de servicios de agua y drenaje, gas natural,
electricidad, telefonía o similares, que corresponda,
quienes tienen el compromiso de hacer los trabajos de
reparación en un lapso no mayor de 24 horas;
En caso de incumplimiento en el contenido del presente
punto, la Autoridad competente quedará en libertad de
reparar los defectos con cargo a las empresas prestadoras
de servicios citadas.
Por otra parte el artículo 15, del Reglamento de Permisos
de Construcción del Municipio de Guadalupe, Nuevo
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León, refiere que se requiere autorización expresa de la
Secretaría, para realizar en la vía pública, ocupando parcial
o totalmente su superficie, subsuelo o espacio aéreo,
obras, excavaciones…
Los solicitantes estarán obligados a efectuar las
reparaciones correspondientes para restaurar o mejorar
hasta el estado original la vía pública, o al pago de su
importe, cuando la Secretaría de Obra Pública solicitará
una garantía que el Municipio asigne, hasta recibir a su
entera satisfacción los trabajos realizados.
El incumplimiento de los preceptos mencionados ha sido
evidenciado recientemente por diversos medios de
comunicación, y es palpable al circular por calles de los
municipios de nuestro estado.
Por lo anteriormente expuesto y en razón del reclamo
ciudadano es que solicitamos a este H. Congreso del Estado
de Nuevo León la aprobación del siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. La LXXIV Legislatura del Congreso del Estado de
Nuevo León, exhorta a los 51 municipios del Estado de Nuevo
León a fin de que realicen las inspecciones necesarias a las
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obras efectuadas en la vía pública por empresas públicas,
privadas con motivo de la instalación de los servicios básicos
y reparación de registros, y en caso de existir afectación a la
vía publica se exija la reparación inmediata.
Monterrey, Nuevo León 10 Noviembre 2015.
Grupo Legislativo Independiente
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DIP. KARINA MARLEN BARRON PERALES
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DIP. MARCO ANTONIO DIAZ MARTINEZ