2. Objetivos:
•Identificar la normativa a nivel nacional e
internacional que rigen el lavad de activos;
•Establecer la naturaleza de los diferentes
instrumentos internacionales que rigen la materia.
•Delimitar el campo de aplicación de estos
instrumentos internacionales en el ordenamiento
interno.
•Identificar los diferentes órganos y grupos de trabajo
estructurados en el ámbito internacional en torno al
Lavado de Activos.
4. Normativa internacional
• En la lucha contra la prevención y persecución del
crimen de lavado de activos se han generado grandes
iniciativas, dirigidas a enfrentar y desarticular estas
estructuras delincuenciales transnacionales, a partir
de la indisposición de las cuantiosas ganancias que
reciben de estas actividades ilícitas;
5. A partir de esta realidad, se ha estructurado un marco
jurídico que permite a los estados contar con
instrumentos normativos de naturaleza multilateral o
bilateral que posibiliten una eficaz cooperación o
asistencia judicial internacional para la detección,
incautación y posterior decomiso de los bienes objeto
del proceso de lavado de activos;
6. A nivel preventivo:
• Se ha establecido la necesidad de crear mecanismos y
controles con relación a un conjunto de actividades
empresariales y profesionales, proclives a ser
utilizadas en el proceso de lavado de activos; así
como a monitorear el grado de cumplimiento y la
vulnerabilidad de los sistemas económicos de los
Estados;
7. Instrumentos Internacionales
Las iniciativas internacionales, en la lucha contra el
lavado de activos, se caracteriza por su diversidad;
desatancándose entre estos:
Tratados o Convenios Internacionales
(auténticas normas que comprometen o vinculan a los
Estados);
Las Declaraciones y Recomendaciones de grupos de
importancia;
Propuestas normativas que procuran la homogeneidad
en las diferentes legislaciones
8. Normativa nacional
• En nuestro derecho con las principales tendencias
internacionales y aliniandose con las circunstancias
descritas, y en los términos políticos criminales, se
crearon los instrumentos para la prevención,
detección , determinación y represión del delito;
amén de sumarnos a los instrumentos de carácter
internacional, acogiendo las recomendaciones;
9. En la República Dominicana comenzó a verse la
necesidad de tipificar el lavado de activos,
partiendo de la urgencia de impedir que los
bienes procedentes del crimen previo de
narcotráfico, fueran insertados o colocados en la
economía nacional, dando la apariencia de
haber sido obtenidos de forma legitima; lo que
hizo imperativo la regulación de esta materia no
prevista en nuestro Código Penal;
10. En la actualidad se
cuenta con:
• Leyes adjetivas
• Reglamentos
• Decretos
• Declaraciones
• Recomendaciones
• Tratados internacionales
aspectos a identificar en los foros y
asignaciones propuestas