SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  3
Télécharger pour lire hors ligne
3
Viedma, 18 de Agosto de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5277
deberán acreditar su debida inscripción en el Registro que se crea a continua-
ción, atendiendo las prioridades, evaluaciones y criterios de la Secretaría de
Cultura de la Provincia, distribuyendo y garantizando como mínimo un diez
por ciento (10%), de los recursos del Fondo.
Los subsidios y aportes no reintegrables otorgados a Instituciones y
Entidades Culturales, con distintos fines, deberán indicar claramente en la
solicitud el objeto al que estarán destinados, en los términos que establecen
los Decretos N° 134/2010 y 229/13.
La Secretaría de Cultura de la Provincia, fiscalizará y hará cumplir a los
beneficiarios, la correcta utilización de los Fondos otorgados,
implementándose a tal efecto los convenios correspondientes y el control
de gestión.-
2.1.- Créase en el ámbito de la Secretaría de Cultura, o del organismo que
en el futuro la reemplace, el Registro de Instituciones Culturales de la Ley N°
4914. Sólo podrán inscribirse en el Registro las asociaciones, instituciones,
clubes, y demás entidades intermedias que tengan por objeto principal la
práctica, desarrollo y sostenimiento de las actividades culturales, en cualquiera
de sus manifestaciones.-
2.2.- Obligatoriedad de la Inscripción para acceder a los beneficios de la
Ley N° 4914.- Pueden inscribirse en el Registro las instituciones enunciadas
en el punto precedente, que hayan obtenido su personería jurídica. Dicha
inscripción constituye condición insoslayable para acceder a los beneficios
otorgados por la Ley que se reglamenta.-
2.3.- Además de acreditar su personería jurídica, las entidades inte-
resadas que requieran su inscripción, deberán presentar ante el Re-
gistro, nómina de autoridades de la Institución debidamente actualizada, su
Estatuto Social de cuyo contenido surge inequívocamente la actividad
principal vinculada a actividades culturales como objeto social de las
mismas.-
2.4.- El personal afectado al funcionamiento del Registro, previo a su
inscripción deberá verificar que la institución no posea irregularidades con
organismos oficiales, en cuanto a la rendición de aportes recibidos o
responsabilidad como estipendiarios de fondos públicos. A tal fin podrá
solicitar las informaciones correspondientes a los organismos competentes
en las respectivas materias, Contaduría General de la Provincia, Tribunal de
Cuentas, etc.-
2.5.- El trámite de la inscripción se deberá realizar ante la Secretaría de
Cultura u organismo que en el futuro la reemplace, quien informará a los
interesados los requisitos exigidos para la inscripción, que luego de ser
verificados, tomara razón de la misma.-
2.6.- Para un mejor ordenamiento en el cumplimiento de los requisitos
exigidos, se deberá presentar la siguiente documentación a fin de acceder al
otorgamiento de los Fondos:
a) Nota de solicitud firmada por la máxima autoridad de la Institución o
quien exhiba poderes suficientes para representarla, indicando
claramente el destino de los Fondos.
b) Fotocopia del CUIL y DNI, del máximo responsable de la
administración.
c) Datos identificatorios actualizados de la Institución (Dirección,
Teléfono, E-mail, Teléfono móvil de los responsables).
d) Formulario de Inscripción, que previamente deberá obtener en el
Registro de Instituciones Culturales, el que tendrá carácter de declaración
jurada y firmado por el Presidente de la Organización.
e) Copia autenticada de la Asamblea Constitutiva de la Organización.
f) Copia autenticada del Estatuto de la Organización.
g) Copia autenticada del Acta de designación de autoridades vigentes.
h)Copia autenticada de la última memoria y balance, firmada por Contador
Público Nacional y certificada por el Consejo Profesional de Ciencias
Económicas de Río Negro.
i) Copia autenticada del Decreto Nacional, Provincial, Municipal o Re-
solución que otorgara la Personería Jurídica dictada por la Inspección
General de Justicia, o Dirección Provincial de Personas Jurídicas, según
corresponda.
Las autenticaciones de las copias solicitadas precedentemente podrán
ser efectuadas por Escribano Público, Policía, Juez de Paz o autoridad
competente Nacional, Provincial o Municipal. En caso de presentar
las copias junto con los originales podrán ser certificadas por el per-
sonal del Registro.
2.7.- Luego de haber sido verificada la documentación pre-
sentada, se dictara al acto Administrativo por el cual se inscribirá a la
institución en el Registro de Instituciones Culturales y se extenderá el
certificado de inscripción con el número que le fue asignado. La inscripción
mantendrá su vigencia en tanto la organización actualice la información
relativa a su memoria y balance de acuerdo al vencimiento de su ejercicio
fiscal.-
2.8.- Vencido su ejercicio fiscal la entidad deberá presentar la si-
guiente documentación para mantener vigente su inscripción en el Re-
gistro:
a) Copia autenticada de la última memoria y balance, firmada por Contador
Público Nacional y certificada por el Consejo Profesional de Ciencias
Económicas de Río Negro.
b) Formulario de Inscripción/actualización, que previamente deberá
obtener en el Registro de Instituciones Culturales de la Ley N° 4914,
el que tendrá carácter de declaración jurada y firmado por el Presidente
de la Organización.
c) Copia autenticada del Acta de designación de autoridades vigentes (de
haber cambiado).
d) En el caso de contar con otro reconocimiento en el orden Nacional,
Provincial o Municipal, que no fuera presentado oportunamente, de-
berá adjuntar copia del mismo.
Verificada la documentación presentada, se extenderá el certificado de
inscripción, con el número de inscripción en el Registro y la nueva
fecha de vencimiento.
Las autenticaciones de las copias solicitadas precedentemente, podrán
ser efectuadas por Escribano Público, Policía, Juez de Paz o autoridad
competente Nacional, Provincial o Municipal. En caso de presentar
las copias junto con los originales podrán ser certificadas por el per-
sonal del Registro.
Art. 3º - Facúltase al Sr. Secretario de Cultura, la asignación de Subsidios
y/o Aportes No Reintegrables financiados con los recursos que estipula el
Art. 2° del presente Anexo, hasta el máximo fijado para el procedimiento
del Concurso de Precios, no pudiendo en ningún caso excederse de dicho
monto.
Art. 4º - Sin reglamentar.
Art. 5º - Sin reglamentar.
—oOo—
DECRETO Nº 976
Viedma, 04 de Agosto de 2014.
Visto, el Expte. Nº 2.871-SSP-14, del registro del Ministerio de Economía,
la Ley N° 4.924 de Presupuesto General para la Administración Provincial,
y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 4.924 autoriza al Poder Ejecutivo a realizar modi-
ficaciones dentro del total de los créditos que son asignados por la Ley de
Presupuesto, debiendo en todos los casos comunicarlas al Poder Legisla-
tivo;
Que en virtud de ello y a solicitud de las distintas Jurisdicciones
Administrativas, la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio
de Economía, debe adecuar los créditos presupuestarios contenidos en el
Presupuesto vigente, en el marco de las facultades conferidas por el Art. 15
de la Ley H N° 3186;
Que resulta necesaria la reestructuración del Presupuesto Operativo del
Instituto Autárquico Provincial del Seguro;
Que en el presente Decreto es de aplicación la Resolución Nº 119/13 de
la Fiscalía de Estado y la nota nº 1.309/12 “CG” de la Contaduría General de
la Provincia;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal y Técnica del
Ministerio de Economía;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art.
181, Inc. 1) de la Constitución Provincial.
Por ello,
El Gobernador de la Provincia de Río Negro
DECRETA:
Artículo 1º - Modifícase el Cálculo de Recursos de acuerdo al detalle
obrante en Planilla Anexa N° I, que forma parte del presente.
Art. 2º - Modifícase el Resumen de Gastos por Organismo y Objeto del
Gasto de acuerdo al detalle obrante en Planilla Anexa N° II, que forma parte
del presente.
Art. 3º - Modifícase el Presupuesto General de Gastos de acuerdo al
detalle obrante en Planilla Anexa N° III, que forma parte del presen-
te.
Art. 4º.- Modifícase el Presupuesto Operativo del Instituto Autárquico
Provincial del Seguro de acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa Nº
IV, que forma parte del presente.
Art. 5º - Creánse las Categorías Programáticas correspondientes a las
distintas Jurisdicciones Administrativas detalladas en la Planilla Anexa Nº V,
que forma parte del presente.
Art. 6°.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha del
mismo.-
Art. 7°.- Comuníquese al Poder Legislativo las modificaciones presupues-
tarias.-
Art. 8°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Mtro. de Economía.
Art. 9º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín
Oficial y archívese.-
WERETILNECK.– A. Palmieri.
4
Viedma, 18 de Agosto de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5277
PLANILLA ANEXA Nº I
QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 976
TOTAL DE RECURSOS
—————————
PLANILLA ANEXA Nº II
QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 976
RESUMEN DE GASTOS POR ORGANISMO Y OBJETO DEL GASTO
– En Pesos –
CÓDIGO DETALLE ORGANISMO MONTO EN PESOS TOTAL ORGANISMO EN PESOS
89,836.01
9,102,345.35
89,836.01
8,655.33
16,177.62
3,437,517.27
2,309,192.96
2,550,923.37
779,878.80
12944
18111
12911
11131
17236
12255
12947
12952
34486
22236
OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS-REMANENTES LEY DE PRESUPUESTO
DE LA ADMINISTRACION CENTRAL PROVINCIAL
OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS
IMPUESTO A LAS APUESTAS DE CARRERAS DE CABALLOS
DE LA ADMINISTRACION CENTRAL NACIONAL
GUÍAS DE TRANSPORTE
COMPROMISO DE CAPACITACION
COMPROMISO DE APORTE
REM REC 11731 APORTE OBRAS INF. LEY 23966, ART.18, INC.B
PLAN MÁS CERCA: MÁS MUNICIPO, MEJOR PAÍS
00
00
02
11
26
27
27
27
31
38
31,367.06
58,468.95
8,655.33
16,177.62
3,437,517.27
709,105.52
800,000.00
800,087.44
2,550,923.37
779,878.80
TOTAL DE RENTAS GENERALES
TOTAL DE RECURSOS ADMINISTRACION CENTRAL Y PODERES
TOTAL DE RECURSOS 9,192,181.36 9,192,181.36
ORGANISMO GRUPO 100 GRUPO 200 GRUPO 300 GRUPO 400 GRUPO 500 GRUPO 600 GRUPO 700 GRUPO 900 TOTALGRUPO 800
01
02
03
08
11
17
22
26
27
28
30
31
32
38
41
42
43
44
45
51
54
56
PODER JUDICIAL
PODER LEGISLATIVO
TRIBUNAL DE CUENTAS
SECRETARIA DE TRABAJO
MINISTERIO DE TURISMO, CULTURA Y
DEPORTE
MINISTERIO DE GOBIERNO
SECRETARIA GENERAL
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA
SECRETARIA DE ENERGIA
MINISTERIO DE ECONOMIA
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO
DIRECCION DE VIALIDAD RIONEGRINA
INST. DE PLANIF. Y PROMOCION DE LA
VIVIENDA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS
CONSEJO PROVINCIAL DE SALUD PUBLICA
CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACION
ENTE DE DESARROLLO LINEA SUR
ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE
ELECTRICIDAD
AGENCIA PROVINCIAL DE DESARROLLO
RIONEGRINO
-2,590,000.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
52,101.33
0.00
0.00
-58,468.95
0.00
0.00
-52,101.33
0.00
0.00
0.00
0.00
58,468.95
0.00
0.00
0.00
0.00
390,000.00
0.00
0.00
17,504.48
-97,284.00
0.00
1,000.00
0.00
0.00
20,000.00
-9,500.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
30,000.00
59,750.00
-16,150.00
-392,000.00
28,000.00
-5,200.00
2,050,000.00
8,655.33
0.00
13,862.58
113,461.62
0.00
-1,000.00
0.00
2,309,192.96
-20,000.00
9,500.00
1,350,923.37
0.00
0.00
0.00
0.00
-330,000.00
-59,750.00
16,150.00
-447,650.00
-31,000.00
5,200.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
1,200,000.00
1,135,092.50
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
-43,000.00
2,000.00
0.00
150,000.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
13,437,517.27
0.00
0.00
0.00
0.00
-1,135,092.50
779,878.80
0.00
0.00
300,000.00
0.00
0.00
882,650.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
-10,000,000.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
58,468.95
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
-2,590,000.00 26,120.48 4,987,545.86 2,294,092.50 14,414,953.57 0.00 -10,000,000.00 58,468.95
0.00
8,655.33
0.00
31,367.06
16,177.62
0.00
52,101.33
13,437,517.27
2,309,192.96
-58,468.95
0.00
2,550,923.37
-52,101.33
-9,161,652.25
0.00
0.00
0.00
58,468.95
0.00
0.00
0.00
0.00
9,192,181.36
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
1,000.00
0.00
1,000.00
TOTALES: -2,590,000.00 26,120.48 4,987,545.86 2,294,092.50 14,414,953.57 0.00 -10,000,000.00 58,468.95 9,192,181.361,000.00
10
Viedma, 18 de Agosto de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5277
—————————
PLANILLA ANEXA Nº IV QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 976
FINANCIAMIENTO DENOMINACION IMPORTEPROGRAMA SUBPROG. PROYECTO ACT/OBRA PARTIDA
11 00 00 01 61210 APORTES DE CAPITAL A EMPRESAS PUBLICAS NO
FINANCIERAS
3,500,000.00
ORGAN.. FINANCIAM IENTO CONCEPTO IM PORTEPROGR. SUBPROG. PROYECTO ACTIV-
OBRA
PARTID A
51
54
20
20
21
21
21
21
21
21
21
21
21
21
22
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
351
371
211
243
256
296
345
349
351
371
372
572
322
211
222
256
264
265
345
349
351
371
372
111
114
115
116
118
121
123
124
125
127
131
235
292
313
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
12121
12121
12121
12121
12121
12121
12121
12121
12121
12121
12121
34465
34465
34465
TRA NSP O RTE
P AS AJES
A LIM E NTOS P ARA P ERS O NAS
CUBIE RTA S Y CAM A RAS DE AIRE
CO M BUSTIB LES Y LUB RICA NTE S
REP UES TOS Y ACCES O RIOS
DE CAP ACITA CION
O TRO S NO ES PECIFICA DOS PRECE DENTEM E NTE
TRA NSP O RTE
P AS AJES
V IA TICOS
O TRA S TRA NSFE RE NCIAS A M UNICIPALIDADE S
A LQ UILE R DE M A QUINA RIA Y EQUIPO
A LIM E NTOS P ARA P ERS O NAS
P RE NDAS DE V ES TIR
CO M BUSTIB LES Y LUB RICA NTE S
HERRAM IENTAS M E NORES
M A TE RIAL DE SEG URIDAD
DE CAP ACITA CION
O TRO S NO ES PECIFICA DOS PRECE DENTEM E NTE
TRA NSP O RTE
P AS AJES
V IA TICOS
RETRIB UCIO N DE L CA RGO
S UE LDO A NUAL COM P LEM E NTARIO Y O TRO S BENEFICIO S
CO NTRIBUCIO NE S PA TRO NALE S PA RA JUB ILA CIO N
A PO RTE P ATRO NAL PA RA OB RA SO CIA L
O TRA S CO NTRIBUCIO NES PA TRO NALE S
RETRIB UCIO N DE L CA RGO
S UE LDO A NUAL COM P LEM E NTARIO Y O TRO S BENEFICIO S
CO NTRIBUCIO NE S PA TRO NALE S PA RA JUB ILA CIO N
A PO RTE P ATRO NAL PA RA OB RA SO CIA L
O TRA S CO NTRIBUCIO NES PA TRO NALE S
A SIGNA CIO NE S FAM ILIA RES VA RIAS
LIBRO S, RE VISTAS Y PE RIO DICOS
UTILES DE ES CRITO RIO, O FICINA Y ENS ENANZA
G AS
-7,500.00
-2,250.00
-10,000.00
-5,000.00
-20,000.00
-10,000.00
-10,000.00
-5,000.00
-6,500.00
-6,000.00
-6,000.00
-250,000.00
-200,000.00
-10,000.00
-5,000.00
-5,000.00
-7,000.00
-8,000.00
-30,000.00
-10,000.00
-5,000.00
-3,000.00
-3,000.00
-91,500.00
-15,250.00
-49,215.00
-6,405.00
-14,138.00
91,500.00
15,250.00
19,215.00
6,405.00
14,138.00
30,000.00
5,000.00
20,000.00
1,000.00
54
56
01
01
01
01
01
11
11
12
12
12
12
12
12
01
01
01
01
11
12
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
01
01
01
01
01
01
01
01
01
02
02
02
02
03
03
03
03
01
02
335
349
372
399
847
315
371
292
393
291
331
351
437
211
329
349
355
279
256
34465
34465
34465
34465
34465
34465
34465
34465
34465
34465
34465
34465
34465
11273
11273
11273
11273
11273
11273
LIM PIEZA, ASE O Y FUM IGA CION
O TRO S NO ESPE CIFICADOS PRECE DENTE M ENTE
V IA TICOS
O TRO S NO ESPE CIFICADOS PRECE DENTE M ENTE
O TRA S PERDIDAS AJE NAS A LA OPE RA CIO N
CO RRE O S Y TE LEG RA FOS
P AS AJES
UTILES DE ESCRITO RIO, O FICINA Y ENSE NANZA
S ERVICIOS DE V IGILANCIA
E LE M ENTOS DE LIM PIEZA
M A NTE NIM IE NTO Y RE PARA CIO N DE EDIFICIOS Y LO CALES
TRA NSPO RTE
E QUIPO S DE O FICINA Y M UEB LES
A LIM E NTO S PA RA PE RS O NAS
O TRO S NO ESPE CIFICADOS PRECE DENTE M ENTE
O TRO S NO ESPE CIFICADOS PRECE DENTE M ENTE
CO M ISIONES Y G ASTOS B ANCA RIOS
O TRO S NO ESPE CIFICADOS PRECE DENTE M E NTE
CO M BUS TIBLES Y LUB RICANTE S
-40,000.00
-70,000.00
10,000.00
75,000.00
1,000.00
-20,000.00
5,000.00
1,000.00
2,000.00
2,000.00
5,000.00
1,000.00
2,000.00
1,500.00
3,000.00
1,200.00
1,000.00
1,000.00
-7,700.00
—————————
PLANILLA ANEXA Nº V QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 976
31
MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
43
Obras p/la Admin. Gral.
A Discriminar
00 -,-
01 Const. Ref. Amp. Y Equip. Viv.
Ofic. Y Edif. Públicos
57 Refacción Delegación Rentas en S. C. Bariloche
52 Obras de Infraestructura
00 -,-
01 Obras de Infraestructura
55 M ejoram iento Infraestructura Ferroviaria (*)
55
Obras Fondo Federal
Solidario- Dec Nac. Nº
206/09.
00 -,-
12 Obra Fondo Federal Solidario XI.
60 O bras Agua Potable en Darw in (*) 3-80
4-32
1-39
JURISDICCIÓN ACTIVIDAD/OBRA FINALIDAD-FUNCIÓNSUBPROG. PROYECTOPROGRAMA
(*) = estructura programática creada.

Contenu connexe

Tendances

D. l.-1342-que-promueve-la-transparencia-y-el-derecho-de-acceso-de-la-ciudada...
D. l.-1342-que-promueve-la-transparencia-y-el-derecho-de-acceso-de-la-ciudada...D. l.-1342-que-promueve-la-transparencia-y-el-derecho-de-acceso-de-la-ciudada...
D. l.-1342-que-promueve-la-transparencia-y-el-derecho-de-acceso-de-la-ciudada...Massey Abogados (Oscar Massey)
 
Decreto+legislativo+n°+1342 sobre las salas penales nacionales y la publicida...
Decreto+legislativo+n°+1342 sobre las salas penales nacionales y la publicida...Decreto+legislativo+n°+1342 sobre las salas penales nacionales y la publicida...
Decreto+legislativo+n°+1342 sobre las salas penales nacionales y la publicida...Monica Garcia Armas
 
D8d835c0fafae7a2d53dc34fc864a223
D8d835c0fafae7a2d53dc34fc864a223D8d835c0fafae7a2d53dc34fc864a223
D8d835c0fafae7a2d53dc34fc864a223EX ARTHUR MEXICO
 
Boletín Oficial del 5 de julio de 2013
Boletín Oficial del 5 de julio de 2013Boletín Oficial del 5 de julio de 2013
Boletín Oficial del 5 de julio de 2013Eduardo Nelson German
 
Boletín 2-2013-dgdoj-minjus que es la union de hecho
Boletín 2-2013-dgdoj-minjus que es la union de hechoBoletín 2-2013-dgdoj-minjus que es la union de hecho
Boletín 2-2013-dgdoj-minjus que es la union de hechoJosias Espinoza
 
Reglamento del decreto legislativo n° 1252, decreto legislativo que crea el s...
Reglamento del decreto legislativo n° 1252, decreto legislativo que crea el s...Reglamento del decreto legislativo n° 1252, decreto legislativo que crea el s...
Reglamento del decreto legislativo n° 1252, decreto legislativo que crea el s...Instituto Autónomo de Gestión Pública
 
REGLAMENTO D.L. N° 1252 SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN...
REGLAMENTO D.L. N° 1252 SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN...REGLAMENTO D.L. N° 1252 SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN...
REGLAMENTO D.L. N° 1252 SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN...Emilio Castillo Aroni
 
Decreto Supremo N° 403 2016-EF - Reglamento del régimen mype tributario del i...
Decreto Supremo N° 403 2016-EF - Reglamento del régimen mype tributario del i...Decreto Supremo N° 403 2016-EF - Reglamento del régimen mype tributario del i...
Decreto Supremo N° 403 2016-EF - Reglamento del régimen mype tributario del i...Rooswelth Gerardo Zavaleta Benites
 
Dto591 16
Dto591 16Dto591 16
Dto591 16EPRE
 
De la comisión de turismo
De la comisión de turismoDe la comisión de turismo
De la comisión de turismoUNAM
 
Res cg265 13
Res cg265 13Res cg265 13
Res cg265 13EPRE
 
Testado _25-2015_recomendaci_n
 Testado _25-2015_recomendaci_n Testado _25-2015_recomendaci_n
Testado _25-2015_recomendaci_nEX ARTHUR MEXICO
 
Ley de presupuesto para el ejercicio fiscal 2013
Ley de presupuesto para el ejercicio fiscal 2013Ley de presupuesto para el ejercicio fiscal 2013
Ley de presupuesto para el ejercicio fiscal 2013controldelagestionpublica
 

Tendances (19)

D. l.-1342-que-promueve-la-transparencia-y-el-derecho-de-acceso-de-la-ciudada...
D. l.-1342-que-promueve-la-transparencia-y-el-derecho-de-acceso-de-la-ciudada...D. l.-1342-que-promueve-la-transparencia-y-el-derecho-de-acceso-de-la-ciudada...
D. l.-1342-que-promueve-la-transparencia-y-el-derecho-de-acceso-de-la-ciudada...
 
Decreto 4774/16
Decreto 4774/16Decreto 4774/16
Decreto 4774/16
 
Decreto+legislativo+n°+1342 sobre las salas penales nacionales y la publicida...
Decreto+legislativo+n°+1342 sobre las salas penales nacionales y la publicida...Decreto+legislativo+n°+1342 sobre las salas penales nacionales y la publicida...
Decreto+legislativo+n°+1342 sobre las salas penales nacionales y la publicida...
 
D8d835c0fafae7a2d53dc34fc864a223
D8d835c0fafae7a2d53dc34fc864a223D8d835c0fafae7a2d53dc34fc864a223
D8d835c0fafae7a2d53dc34fc864a223
 
Boletín Oficial del 5 de julio de 2013
Boletín Oficial del 5 de julio de 2013Boletín Oficial del 5 de julio de 2013
Boletín Oficial del 5 de julio de 2013
 
Boletín 2-2013-dgdoj-minjus que es la union de hecho
Boletín 2-2013-dgdoj-minjus que es la union de hechoBoletín 2-2013-dgdoj-minjus que es la union de hecho
Boletín 2-2013-dgdoj-minjus que es la union de hecho
 
Contataciones
ContatacionesContataciones
Contataciones
 
Reglamento del decreto legislativo n° 1252, decreto legislativo que crea el s...
Reglamento del decreto legislativo n° 1252, decreto legislativo que crea el s...Reglamento del decreto legislativo n° 1252, decreto legislativo que crea el s...
Reglamento del decreto legislativo n° 1252, decreto legislativo que crea el s...
 
REGLAMENTO D.L. N° 1252 SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN...
REGLAMENTO D.L. N° 1252 SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN...REGLAMENTO D.L. N° 1252 SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN...
REGLAMENTO D.L. N° 1252 SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN...
 
D.s. 265 2016-ef.
D.s. 265 2016-ef.D.s. 265 2016-ef.
D.s. 265 2016-ef.
 
Decreto Supremo N° 403 2016-EF - Reglamento del régimen mype tributario del i...
Decreto Supremo N° 403 2016-EF - Reglamento del régimen mype tributario del i...Decreto Supremo N° 403 2016-EF - Reglamento del régimen mype tributario del i...
Decreto Supremo N° 403 2016-EF - Reglamento del régimen mype tributario del i...
 
Dto591 16
Dto591 16Dto591 16
Dto591 16
 
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 49-2016/JNAC/RENIEC
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 49-2016/JNAC/RENIECRESOLUCIÓN JEFATURAL N° 49-2016/JNAC/RENIEC
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 49-2016/JNAC/RENIEC
 
De la comisión de turismo
De la comisión de turismoDe la comisión de turismo
De la comisión de turismo
 
Res cg265 13
Res cg265 13Res cg265 13
Res cg265 13
 
D.s. 138 2012-ef
D.s. 138 2012-efD.s. 138 2012-ef
D.s. 138 2012-ef
 
Sanc presupuesto-2012 el 13-12-11
Sanc presupuesto-2012 el 13-12-11Sanc presupuesto-2012 el 13-12-11
Sanc presupuesto-2012 el 13-12-11
 
Testado _25-2015_recomendaci_n
 Testado _25-2015_recomendaci_n Testado _25-2015_recomendaci_n
Testado _25-2015_recomendaci_n
 
Ley de presupuesto para el ejercicio fiscal 2013
Ley de presupuesto para el ejercicio fiscal 2013Ley de presupuesto para el ejercicio fiscal 2013
Ley de presupuesto para el ejercicio fiscal 2013
 

Similaire à Dec976 14

Ley 633 ICPARD (INSTITUTO DE CONTADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS DE LA REPÚBLICA ...
Ley 633 ICPARD (INSTITUTO DE CONTADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS DE LA REPÚBLICA ...Ley 633 ICPARD (INSTITUTO DE CONTADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS DE LA REPÚBLICA ...
Ley 633 ICPARD (INSTITUTO DE CONTADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS DE LA REPÚBLICA ...yanibelmartepeguero
 
Ley 633 sobre Contadores Públicos Autorizados, República Dominicana
Ley 633 sobre Contadores Públicos Autorizados, República DominicanaLey 633 sobre Contadores Públicos Autorizados, República Dominicana
Ley 633 sobre Contadores Públicos Autorizados, República DominicanaGaillardConsultingGr
 
Res economia-22
Res economia-22Res economia-22
Res economia-22EPRE
 
diapo-subvencion- 2014.ppt
diapo-subvencion- 2014.pptdiapo-subvencion- 2014.ppt
diapo-subvencion- 2014.pptVictorGalvez32
 
REFORMA A LA LEY DEL NIT.pdf
REFORMA A LA LEY DEL NIT.pdfREFORMA A LA LEY DEL NIT.pdf
REFORMA A LA LEY DEL NIT.pdfssuser1d8d36
 
Ley 11945 deudores alimentarios
Ley 11945 deudores alimentariosLey 11945 deudores alimentarios
Ley 11945 deudores alimentariosCPAS
 
Boletín Oficial de La Rioja 2014 08-08
Boletín Oficial de La Rioja 2014 08-08Boletín Oficial de La Rioja 2014 08-08
Boletín Oficial de La Rioja 2014 08-08Eduardo Nelson German
 
Formato fuap
Formato fuapFormato fuap
Formato fuapnamcz
 
Dec1910 13
Dec1910 13Dec1910 13
Dec1910 13EPRE
 
Ley N° 31358 Ley de Control Concurrente.pdf
Ley N° 31358 Ley de Control Concurrente.pdfLey N° 31358 Ley de Control Concurrente.pdf
Ley N° 31358 Ley de Control Concurrente.pdfJosAntonioFloresRosa2
 
REFORMAS REGLAMENTO DE LA LEY ORGANICA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS.....
REFORMAS REGLAMENTO DE LA LEY ORGANICA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS.....REFORMAS REGLAMENTO DE LA LEY ORGANICA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS.....
REFORMAS REGLAMENTO DE LA LEY ORGANICA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS.....CECEPrincipalCano
 
1era Practica Derecho Mercantil II
1era Practica Derecho Mercantil II1era Practica Derecho Mercantil II
1era Practica Derecho Mercantil IIyohevesugey
 
Reglamento general credito, BNF
Reglamento general credito, BNFReglamento general credito, BNF
Reglamento general credito, BNFAnrubjc
 
Pierde demanda por más de $7 millones la empresa Rioja Vial SAU
Pierde demanda por más de $7 millones la empresa Rioja Vial SAUPierde demanda por más de $7 millones la empresa Rioja Vial SAU
Pierde demanda por más de $7 millones la empresa Rioja Vial SAUEduardoNelsonGerman1
 
Requisitos para creamicroempresas no 002
Requisitos para creamicroempresas no 002Requisitos para creamicroempresas no 002
Requisitos para creamicroempresas no 002organizatejuventud
 
Contraloría General de la República Res. 759-03
Contraloría General de la República Res. 759-03 Contraloría General de la República Res. 759-03
Contraloría General de la República Res. 759-03 Vanni Masman León
 

Similaire à Dec976 14 (20)

Contabilidad Dominicana Ley 633 (Angelow Cedano)
Contabilidad Dominicana Ley 633 (Angelow Cedano)Contabilidad Dominicana Ley 633 (Angelow Cedano)
Contabilidad Dominicana Ley 633 (Angelow Cedano)
 
Ley 633 ICPARD (INSTITUTO DE CONTADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS DE LA REPÚBLICA ...
Ley 633 ICPARD (INSTITUTO DE CONTADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS DE LA REPÚBLICA ...Ley 633 ICPARD (INSTITUTO DE CONTADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS DE LA REPÚBLICA ...
Ley 633 ICPARD (INSTITUTO DE CONTADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS DE LA REPÚBLICA ...
 
Ley 633 sobre Contadores Públicos Autorizados, República Dominicana
Ley 633 sobre Contadores Públicos Autorizados, República DominicanaLey 633 sobre Contadores Públicos Autorizados, República Dominicana
Ley 633 sobre Contadores Públicos Autorizados, República Dominicana
 
Res economia-22
Res economia-22Res economia-22
Res economia-22
 
diapo-subvencion- 2014.ppt
diapo-subvencion- 2014.pptdiapo-subvencion- 2014.ppt
diapo-subvencion- 2014.ppt
 
REFORMA A LA LEY DEL NIT.pdf
REFORMA A LA LEY DEL NIT.pdfREFORMA A LA LEY DEL NIT.pdf
REFORMA A LA LEY DEL NIT.pdf
 
Ley 11945 deudores alimentarios
Ley 11945 deudores alimentariosLey 11945 deudores alimentarios
Ley 11945 deudores alimentarios
 
7071791
70717917071791
7071791
 
Boletín Oficial de La Rioja 2014 08-08
Boletín Oficial de La Rioja 2014 08-08Boletín Oficial de La Rioja 2014 08-08
Boletín Oficial de La Rioja 2014 08-08
 
Formato fuap
Formato fuapFormato fuap
Formato fuap
 
Dec1910 13
Dec1910 13Dec1910 13
Dec1910 13
 
Ley N° 31358 Ley de Control Concurrente.pdf
Ley N° 31358 Ley de Control Concurrente.pdfLey N° 31358 Ley de Control Concurrente.pdf
Ley N° 31358 Ley de Control Concurrente.pdf
 
Libros de actas
Libros de actasLibros de actas
Libros de actas
 
Padrinazgo Cultural
Padrinazgo CulturalPadrinazgo Cultural
Padrinazgo Cultural
 
REFORMAS REGLAMENTO DE LA LEY ORGANICA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS.....
REFORMAS REGLAMENTO DE LA LEY ORGANICA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS.....REFORMAS REGLAMENTO DE LA LEY ORGANICA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS.....
REFORMAS REGLAMENTO DE LA LEY ORGANICA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS.....
 
1era Practica Derecho Mercantil II
1era Practica Derecho Mercantil II1era Practica Derecho Mercantil II
1era Practica Derecho Mercantil II
 
Reglamento general credito, BNF
Reglamento general credito, BNFReglamento general credito, BNF
Reglamento general credito, BNF
 
Pierde demanda por más de $7 millones la empresa Rioja Vial SAU
Pierde demanda por más de $7 millones la empresa Rioja Vial SAUPierde demanda por más de $7 millones la empresa Rioja Vial SAU
Pierde demanda por más de $7 millones la empresa Rioja Vial SAU
 
Requisitos para creamicroempresas no 002
Requisitos para creamicroempresas no 002Requisitos para creamicroempresas no 002
Requisitos para creamicroempresas no 002
 
Contraloría General de la República Res. 759-03
Contraloría General de la República Res. 759-03 Contraloría General de la República Res. 759-03
Contraloría General de la República Res. 759-03
 

Plus de EPRE

Res.EPRE 321a323-17
Res.EPRE 321a323-17Res.EPRE 321a323-17
Res.EPRE 321a323-17EPRE
 
Dto198 18
Dto198 18Dto198 18
Dto198 18EPRE
 
Res epre66 70-72-18
Res epre66 70-72-18Res epre66 70-72-18
Res epre66 70-72-18EPRE
 
Res epre65 18
Res epre65 18Res epre65 18
Res epre65 18EPRE
 
Res epre 31-48-63-18
Res epre 31-48-63-18Res epre 31-48-63-18
Res epre 31-48-63-18EPRE
 
Res epre05 18
Res epre05 18Res epre05 18
Res epre05 18EPRE
 
Res epre255
Res epre255Res epre255
Res epre255EPRE
 
Res epre251-2-3-4
Res epre251-2-3-4Res epre251-2-3-4
Res epre251-2-3-4EPRE
 
Res epre247 8-9-50
Res epre247 8-9-50Res epre247 8-9-50
Res epre247 8-9-50EPRE
 
Resepre245-6
Resepre245-6Resepre245-6
Resepre245-6EPRE
 
Dto2066 17
Dto2066 17Dto2066 17
Dto2066 17EPRE
 
Res174 17
Res174 17Res174 17
Res174 17EPRE
 
Res173 17
Res173 17Res173 17
Res173 17EPRE
 
Res171 2-17
Res171 2-17Res171 2-17
Res171 2-17EPRE
 
Res170 17
Res170 17Res170 17
Res170 17EPRE
 
Res169 17
Res169 17Res169 17
Res169 17EPRE
 
Res168 17
Res168 17Res168 17
Res168 17EPRE
 
Res166 7-17
Res166 7-17Res166 7-17
Res166 7-17EPRE
 
Res165 17
Res165 17Res165 17
Res165 17EPRE
 
Res163 4-17
Res163 4-17Res163 4-17
Res163 4-17EPRE
 

Plus de EPRE (20)

Res.EPRE 321a323-17
Res.EPRE 321a323-17Res.EPRE 321a323-17
Res.EPRE 321a323-17
 
Dto198 18
Dto198 18Dto198 18
Dto198 18
 
Res epre66 70-72-18
Res epre66 70-72-18Res epre66 70-72-18
Res epre66 70-72-18
 
Res epre65 18
Res epre65 18Res epre65 18
Res epre65 18
 
Res epre 31-48-63-18
Res epre 31-48-63-18Res epre 31-48-63-18
Res epre 31-48-63-18
 
Res epre05 18
Res epre05 18Res epre05 18
Res epre05 18
 
Res epre255
Res epre255Res epre255
Res epre255
 
Res epre251-2-3-4
Res epre251-2-3-4Res epre251-2-3-4
Res epre251-2-3-4
 
Res epre247 8-9-50
Res epre247 8-9-50Res epre247 8-9-50
Res epre247 8-9-50
 
Resepre245-6
Resepre245-6Resepre245-6
Resepre245-6
 
Dto2066 17
Dto2066 17Dto2066 17
Dto2066 17
 
Res174 17
Res174 17Res174 17
Res174 17
 
Res173 17
Res173 17Res173 17
Res173 17
 
Res171 2-17
Res171 2-17Res171 2-17
Res171 2-17
 
Res170 17
Res170 17Res170 17
Res170 17
 
Res169 17
Res169 17Res169 17
Res169 17
 
Res168 17
Res168 17Res168 17
Res168 17
 
Res166 7-17
Res166 7-17Res166 7-17
Res166 7-17
 
Res165 17
Res165 17Res165 17
Res165 17
 
Res163 4-17
Res163 4-17Res163 4-17
Res163 4-17
 

Dernier

Revista de Semana Santa Pozo de Alcón 2024
Revista de Semana Santa Pozo de Alcón 2024Revista de Semana Santa Pozo de Alcón 2024
Revista de Semana Santa Pozo de Alcón 2024ayuntamientodepozoalcon
 
activos criticos nacionales 2022 actualizado.pptx
activos criticos nacionales 2022 actualizado.pptxactivos criticos nacionales 2022 actualizado.pptx
activos criticos nacionales 2022 actualizado.pptxpassonialdo88
 
informe de supermercado correspondiente a enero del 2024
informe de supermercado correspondiente a enero del 2024informe de supermercado correspondiente a enero del 2024
informe de supermercado correspondiente a enero del 2024Siemprefm Cientouno Punto Cinco
 
Taller lectura critica xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Taller lectura critica xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxTaller lectura critica xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Taller lectura critica xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxjacamgarcia
 
REGLAS DE OPERACION: Programa "Por la Justicia social y el bienestar de las f...
REGLAS DE OPERACION: Programa "Por la Justicia social y el bienestar de las f...REGLAS DE OPERACION: Programa "Por la Justicia social y el bienestar de las f...
REGLAS DE OPERACION: Programa "Por la Justicia social y el bienestar de las f...FlorencioCalixto
 
Nueva fórmula jubilatoria del Gobierno de Javier Milei
Nueva fórmula jubilatoria del Gobierno de Javier MileiNueva fórmula jubilatoria del Gobierno de Javier Milei
Nueva fórmula jubilatoria del Gobierno de Javier MileiKevinMaroto1
 
Regularizaciones Maipú - Puente Alto - San Bernardo
Regularizaciones Maipú - Puente Alto - San BernardoRegularizaciones Maipú - Puente Alto - San Bernardo
Regularizaciones Maipú - Puente Alto - San BernardoJuan Luis Menares, Arquitecto
 
#DigitalTierra nº 98 Paso del Vístula
#DigitalTierra nº 98 Paso del Vístula#DigitalTierra nº 98 Paso del Vístula
#DigitalTierra nº 98 Paso del VístulaEjército de Tierra
 
historia de BOLIVIA de Carlos Mesa .pdf
historia de BOLIVIA de  Carlos Mesa .pdfhistoria de BOLIVIA de  Carlos Mesa .pdf
historia de BOLIVIA de Carlos Mesa .pdfPalaciosnachoJosefer
 

Dernier (9)

Revista de Semana Santa Pozo de Alcón 2024
Revista de Semana Santa Pozo de Alcón 2024Revista de Semana Santa Pozo de Alcón 2024
Revista de Semana Santa Pozo de Alcón 2024
 
activos criticos nacionales 2022 actualizado.pptx
activos criticos nacionales 2022 actualizado.pptxactivos criticos nacionales 2022 actualizado.pptx
activos criticos nacionales 2022 actualizado.pptx
 
informe de supermercado correspondiente a enero del 2024
informe de supermercado correspondiente a enero del 2024informe de supermercado correspondiente a enero del 2024
informe de supermercado correspondiente a enero del 2024
 
Taller lectura critica xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Taller lectura critica xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxTaller lectura critica xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Taller lectura critica xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
 
REGLAS DE OPERACION: Programa "Por la Justicia social y el bienestar de las f...
REGLAS DE OPERACION: Programa "Por la Justicia social y el bienestar de las f...REGLAS DE OPERACION: Programa "Por la Justicia social y el bienestar de las f...
REGLAS DE OPERACION: Programa "Por la Justicia social y el bienestar de las f...
 
Nueva fórmula jubilatoria del Gobierno de Javier Milei
Nueva fórmula jubilatoria del Gobierno de Javier MileiNueva fórmula jubilatoria del Gobierno de Javier Milei
Nueva fórmula jubilatoria del Gobierno de Javier Milei
 
Regularizaciones Maipú - Puente Alto - San Bernardo
Regularizaciones Maipú - Puente Alto - San BernardoRegularizaciones Maipú - Puente Alto - San Bernardo
Regularizaciones Maipú - Puente Alto - San Bernardo
 
#DigitalTierra nº 98 Paso del Vístula
#DigitalTierra nº 98 Paso del Vístula#DigitalTierra nº 98 Paso del Vístula
#DigitalTierra nº 98 Paso del Vístula
 
historia de BOLIVIA de Carlos Mesa .pdf
historia de BOLIVIA de  Carlos Mesa .pdfhistoria de BOLIVIA de  Carlos Mesa .pdf
historia de BOLIVIA de Carlos Mesa .pdf
 

Dec976 14

  • 1. 3 Viedma, 18 de Agosto de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5277 deberán acreditar su debida inscripción en el Registro que se crea a continua- ción, atendiendo las prioridades, evaluaciones y criterios de la Secretaría de Cultura de la Provincia, distribuyendo y garantizando como mínimo un diez por ciento (10%), de los recursos del Fondo. Los subsidios y aportes no reintegrables otorgados a Instituciones y Entidades Culturales, con distintos fines, deberán indicar claramente en la solicitud el objeto al que estarán destinados, en los términos que establecen los Decretos N° 134/2010 y 229/13. La Secretaría de Cultura de la Provincia, fiscalizará y hará cumplir a los beneficiarios, la correcta utilización de los Fondos otorgados, implementándose a tal efecto los convenios correspondientes y el control de gestión.- 2.1.- Créase en el ámbito de la Secretaría de Cultura, o del organismo que en el futuro la reemplace, el Registro de Instituciones Culturales de la Ley N° 4914. Sólo podrán inscribirse en el Registro las asociaciones, instituciones, clubes, y demás entidades intermedias que tengan por objeto principal la práctica, desarrollo y sostenimiento de las actividades culturales, en cualquiera de sus manifestaciones.- 2.2.- Obligatoriedad de la Inscripción para acceder a los beneficios de la Ley N° 4914.- Pueden inscribirse en el Registro las instituciones enunciadas en el punto precedente, que hayan obtenido su personería jurídica. Dicha inscripción constituye condición insoslayable para acceder a los beneficios otorgados por la Ley que se reglamenta.- 2.3.- Además de acreditar su personería jurídica, las entidades inte- resadas que requieran su inscripción, deberán presentar ante el Re- gistro, nómina de autoridades de la Institución debidamente actualizada, su Estatuto Social de cuyo contenido surge inequívocamente la actividad principal vinculada a actividades culturales como objeto social de las mismas.- 2.4.- El personal afectado al funcionamiento del Registro, previo a su inscripción deberá verificar que la institución no posea irregularidades con organismos oficiales, en cuanto a la rendición de aportes recibidos o responsabilidad como estipendiarios de fondos públicos. A tal fin podrá solicitar las informaciones correspondientes a los organismos competentes en las respectivas materias, Contaduría General de la Provincia, Tribunal de Cuentas, etc.- 2.5.- El trámite de la inscripción se deberá realizar ante la Secretaría de Cultura u organismo que en el futuro la reemplace, quien informará a los interesados los requisitos exigidos para la inscripción, que luego de ser verificados, tomara razón de la misma.- 2.6.- Para un mejor ordenamiento en el cumplimiento de los requisitos exigidos, se deberá presentar la siguiente documentación a fin de acceder al otorgamiento de los Fondos: a) Nota de solicitud firmada por la máxima autoridad de la Institución o quien exhiba poderes suficientes para representarla, indicando claramente el destino de los Fondos. b) Fotocopia del CUIL y DNI, del máximo responsable de la administración. c) Datos identificatorios actualizados de la Institución (Dirección, Teléfono, E-mail, Teléfono móvil de los responsables). d) Formulario de Inscripción, que previamente deberá obtener en el Registro de Instituciones Culturales, el que tendrá carácter de declaración jurada y firmado por el Presidente de la Organización. e) Copia autenticada de la Asamblea Constitutiva de la Organización. f) Copia autenticada del Estatuto de la Organización. g) Copia autenticada del Acta de designación de autoridades vigentes. h)Copia autenticada de la última memoria y balance, firmada por Contador Público Nacional y certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Río Negro. i) Copia autenticada del Decreto Nacional, Provincial, Municipal o Re- solución que otorgara la Personería Jurídica dictada por la Inspección General de Justicia, o Dirección Provincial de Personas Jurídicas, según corresponda. Las autenticaciones de las copias solicitadas precedentemente podrán ser efectuadas por Escribano Público, Policía, Juez de Paz o autoridad competente Nacional, Provincial o Municipal. En caso de presentar las copias junto con los originales podrán ser certificadas por el per- sonal del Registro. 2.7.- Luego de haber sido verificada la documentación pre- sentada, se dictara al acto Administrativo por el cual se inscribirá a la institución en el Registro de Instituciones Culturales y se extenderá el certificado de inscripción con el número que le fue asignado. La inscripción mantendrá su vigencia en tanto la organización actualice la información relativa a su memoria y balance de acuerdo al vencimiento de su ejercicio fiscal.- 2.8.- Vencido su ejercicio fiscal la entidad deberá presentar la si- guiente documentación para mantener vigente su inscripción en el Re- gistro: a) Copia autenticada de la última memoria y balance, firmada por Contador Público Nacional y certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Río Negro. b) Formulario de Inscripción/actualización, que previamente deberá obtener en el Registro de Instituciones Culturales de la Ley N° 4914, el que tendrá carácter de declaración jurada y firmado por el Presidente de la Organización. c) Copia autenticada del Acta de designación de autoridades vigentes (de haber cambiado). d) En el caso de contar con otro reconocimiento en el orden Nacional, Provincial o Municipal, que no fuera presentado oportunamente, de- berá adjuntar copia del mismo. Verificada la documentación presentada, se extenderá el certificado de inscripción, con el número de inscripción en el Registro y la nueva fecha de vencimiento. Las autenticaciones de las copias solicitadas precedentemente, podrán ser efectuadas por Escribano Público, Policía, Juez de Paz o autoridad competente Nacional, Provincial o Municipal. En caso de presentar las copias junto con los originales podrán ser certificadas por el per- sonal del Registro. Art. 3º - Facúltase al Sr. Secretario de Cultura, la asignación de Subsidios y/o Aportes No Reintegrables financiados con los recursos que estipula el Art. 2° del presente Anexo, hasta el máximo fijado para el procedimiento del Concurso de Precios, no pudiendo en ningún caso excederse de dicho monto. Art. 4º - Sin reglamentar. Art. 5º - Sin reglamentar. —oOo— DECRETO Nº 976 Viedma, 04 de Agosto de 2014. Visto, el Expte. Nº 2.871-SSP-14, del registro del Ministerio de Economía, la Ley N° 4.924 de Presupuesto General para la Administración Provincial, y; CONSIDERANDO: Que la Ley N° 4.924 autoriza al Poder Ejecutivo a realizar modi- ficaciones dentro del total de los créditos que son asignados por la Ley de Presupuesto, debiendo en todos los casos comunicarlas al Poder Legisla- tivo; Que en virtud de ello y a solicitud de las distintas Jurisdicciones Administrativas, la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio de Economía, debe adecuar los créditos presupuestarios contenidos en el Presupuesto vigente, en el marco de las facultades conferidas por el Art. 15 de la Ley H N° 3186; Que resulta necesaria la reestructuración del Presupuesto Operativo del Instituto Autárquico Provincial del Seguro; Que en el presente Decreto es de aplicación la Resolución Nº 119/13 de la Fiscalía de Estado y la nota nº 1.309/12 “CG” de la Contaduría General de la Provincia; Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Economía; Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inc. 1) de la Constitución Provincial. Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA: Artículo 1º - Modifícase el Cálculo de Recursos de acuerdo al detalle obrante en Planilla Anexa N° I, que forma parte del presente. Art. 2º - Modifícase el Resumen de Gastos por Organismo y Objeto del Gasto de acuerdo al detalle obrante en Planilla Anexa N° II, que forma parte del presente. Art. 3º - Modifícase el Presupuesto General de Gastos de acuerdo al detalle obrante en Planilla Anexa N° III, que forma parte del presen- te. Art. 4º.- Modifícase el Presupuesto Operativo del Instituto Autárquico Provincial del Seguro de acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa Nº IV, que forma parte del presente. Art. 5º - Creánse las Categorías Programáticas correspondientes a las distintas Jurisdicciones Administrativas detalladas en la Planilla Anexa Nº V, que forma parte del presente. Art. 6°.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha del mismo.- Art. 7°.- Comuníquese al Poder Legislativo las modificaciones presupues- tarias.- Art. 8°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Mtro. de Economía. Art. 9º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín Oficial y archívese.- WERETILNECK.– A. Palmieri.
  • 2. 4 Viedma, 18 de Agosto de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5277 PLANILLA ANEXA Nº I QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 976 TOTAL DE RECURSOS ————————— PLANILLA ANEXA Nº II QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 976 RESUMEN DE GASTOS POR ORGANISMO Y OBJETO DEL GASTO – En Pesos – CÓDIGO DETALLE ORGANISMO MONTO EN PESOS TOTAL ORGANISMO EN PESOS 89,836.01 9,102,345.35 89,836.01 8,655.33 16,177.62 3,437,517.27 2,309,192.96 2,550,923.37 779,878.80 12944 18111 12911 11131 17236 12255 12947 12952 34486 22236 OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS-REMANENTES LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION CENTRAL PROVINCIAL OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS IMPUESTO A LAS APUESTAS DE CARRERAS DE CABALLOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL NACIONAL GUÍAS DE TRANSPORTE COMPROMISO DE CAPACITACION COMPROMISO DE APORTE REM REC 11731 APORTE OBRAS INF. LEY 23966, ART.18, INC.B PLAN MÁS CERCA: MÁS MUNICIPO, MEJOR PAÍS 00 00 02 11 26 27 27 27 31 38 31,367.06 58,468.95 8,655.33 16,177.62 3,437,517.27 709,105.52 800,000.00 800,087.44 2,550,923.37 779,878.80 TOTAL DE RENTAS GENERALES TOTAL DE RECURSOS ADMINISTRACION CENTRAL Y PODERES TOTAL DE RECURSOS 9,192,181.36 9,192,181.36 ORGANISMO GRUPO 100 GRUPO 200 GRUPO 300 GRUPO 400 GRUPO 500 GRUPO 600 GRUPO 700 GRUPO 900 TOTALGRUPO 800 01 02 03 08 11 17 22 26 27 28 30 31 32 38 41 42 43 44 45 51 54 56 PODER JUDICIAL PODER LEGISLATIVO TRIBUNAL DE CUENTAS SECRETARIA DE TRABAJO MINISTERIO DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE MINISTERIO DE GOBIERNO SECRETARIA GENERAL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA SECRETARIA DE ENERGIA MINISTERIO DE ECONOMIA MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO DIRECCION DE VIALIDAD RIONEGRINA INST. DE PLANIF. Y PROMOCION DE LA VIVIENDA DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS CONSEJO PROVINCIAL DE SALUD PUBLICA CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACION ENTE DE DESARROLLO LINEA SUR ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE ELECTRICIDAD AGENCIA PROVINCIAL DE DESARROLLO RIONEGRINO -2,590,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 52,101.33 0.00 0.00 -58,468.95 0.00 0.00 -52,101.33 0.00 0.00 0.00 0.00 58,468.95 0.00 0.00 0.00 0.00 390,000.00 0.00 0.00 17,504.48 -97,284.00 0.00 1,000.00 0.00 0.00 20,000.00 -9,500.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 30,000.00 59,750.00 -16,150.00 -392,000.00 28,000.00 -5,200.00 2,050,000.00 8,655.33 0.00 13,862.58 113,461.62 0.00 -1,000.00 0.00 2,309,192.96 -20,000.00 9,500.00 1,350,923.37 0.00 0.00 0.00 0.00 -330,000.00 -59,750.00 16,150.00 -447,650.00 -31,000.00 5,200.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 1,200,000.00 1,135,092.50 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 -43,000.00 2,000.00 0.00 150,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 13,437,517.27 0.00 0.00 0.00 0.00 -1,135,092.50 779,878.80 0.00 0.00 300,000.00 0.00 0.00 882,650.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 -10,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 58,468.95 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 -2,590,000.00 26,120.48 4,987,545.86 2,294,092.50 14,414,953.57 0.00 -10,000,000.00 58,468.95 0.00 8,655.33 0.00 31,367.06 16,177.62 0.00 52,101.33 13,437,517.27 2,309,192.96 -58,468.95 0.00 2,550,923.37 -52,101.33 -9,161,652.25 0.00 0.00 0.00 58,468.95 0.00 0.00 0.00 0.00 9,192,181.36 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 1,000.00 0.00 1,000.00 TOTALES: -2,590,000.00 26,120.48 4,987,545.86 2,294,092.50 14,414,953.57 0.00 -10,000,000.00 58,468.95 9,192,181.361,000.00
  • 3. 10 Viedma, 18 de Agosto de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5277 ————————— PLANILLA ANEXA Nº IV QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 976 FINANCIAMIENTO DENOMINACION IMPORTEPROGRAMA SUBPROG. PROYECTO ACT/OBRA PARTIDA 11 00 00 01 61210 APORTES DE CAPITAL A EMPRESAS PUBLICAS NO FINANCIERAS 3,500,000.00 ORGAN.. FINANCIAM IENTO CONCEPTO IM PORTEPROGR. SUBPROG. PROYECTO ACTIV- OBRA PARTID A 51 54 20 20 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 22 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 351 371 211 243 256 296 345 349 351 371 372 572 322 211 222 256 264 265 345 349 351 371 372 111 114 115 116 118 121 123 124 125 127 131 235 292 313 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 12121 12121 12121 12121 12121 12121 12121 12121 12121 12121 12121 34465 34465 34465 TRA NSP O RTE P AS AJES A LIM E NTOS P ARA P ERS O NAS CUBIE RTA S Y CAM A RAS DE AIRE CO M BUSTIB LES Y LUB RICA NTE S REP UES TOS Y ACCES O RIOS DE CAP ACITA CION O TRO S NO ES PECIFICA DOS PRECE DENTEM E NTE TRA NSP O RTE P AS AJES V IA TICOS O TRA S TRA NSFE RE NCIAS A M UNICIPALIDADE S A LQ UILE R DE M A QUINA RIA Y EQUIPO A LIM E NTOS P ARA P ERS O NAS P RE NDAS DE V ES TIR CO M BUSTIB LES Y LUB RICA NTE S HERRAM IENTAS M E NORES M A TE RIAL DE SEG URIDAD DE CAP ACITA CION O TRO S NO ES PECIFICA DOS PRECE DENTEM E NTE TRA NSP O RTE P AS AJES V IA TICOS RETRIB UCIO N DE L CA RGO S UE LDO A NUAL COM P LEM E NTARIO Y O TRO S BENEFICIO S CO NTRIBUCIO NE S PA TRO NALE S PA RA JUB ILA CIO N A PO RTE P ATRO NAL PA RA OB RA SO CIA L O TRA S CO NTRIBUCIO NES PA TRO NALE S RETRIB UCIO N DE L CA RGO S UE LDO A NUAL COM P LEM E NTARIO Y O TRO S BENEFICIO S CO NTRIBUCIO NE S PA TRO NALE S PA RA JUB ILA CIO N A PO RTE P ATRO NAL PA RA OB RA SO CIA L O TRA S CO NTRIBUCIO NES PA TRO NALE S A SIGNA CIO NE S FAM ILIA RES VA RIAS LIBRO S, RE VISTAS Y PE RIO DICOS UTILES DE ES CRITO RIO, O FICINA Y ENS ENANZA G AS -7,500.00 -2,250.00 -10,000.00 -5,000.00 -20,000.00 -10,000.00 -10,000.00 -5,000.00 -6,500.00 -6,000.00 -6,000.00 -250,000.00 -200,000.00 -10,000.00 -5,000.00 -5,000.00 -7,000.00 -8,000.00 -30,000.00 -10,000.00 -5,000.00 -3,000.00 -3,000.00 -91,500.00 -15,250.00 -49,215.00 -6,405.00 -14,138.00 91,500.00 15,250.00 19,215.00 6,405.00 14,138.00 30,000.00 5,000.00 20,000.00 1,000.00 54 56 01 01 01 01 01 11 11 12 12 12 12 12 12 01 01 01 01 11 12 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 00 01 01 01 01 01 01 01 01 01 02 02 02 02 03 03 03 03 01 02 335 349 372 399 847 315 371 292 393 291 331 351 437 211 329 349 355 279 256 34465 34465 34465 34465 34465 34465 34465 34465 34465 34465 34465 34465 34465 11273 11273 11273 11273 11273 11273 LIM PIEZA, ASE O Y FUM IGA CION O TRO S NO ESPE CIFICADOS PRECE DENTE M ENTE V IA TICOS O TRO S NO ESPE CIFICADOS PRECE DENTE M ENTE O TRA S PERDIDAS AJE NAS A LA OPE RA CIO N CO RRE O S Y TE LEG RA FOS P AS AJES UTILES DE ESCRITO RIO, O FICINA Y ENSE NANZA S ERVICIOS DE V IGILANCIA E LE M ENTOS DE LIM PIEZA M A NTE NIM IE NTO Y RE PARA CIO N DE EDIFICIOS Y LO CALES TRA NSPO RTE E QUIPO S DE O FICINA Y M UEB LES A LIM E NTO S PA RA PE RS O NAS O TRO S NO ESPE CIFICADOS PRECE DENTE M ENTE O TRO S NO ESPE CIFICADOS PRECE DENTE M ENTE CO M ISIONES Y G ASTOS B ANCA RIOS O TRO S NO ESPE CIFICADOS PRECE DENTE M E NTE CO M BUS TIBLES Y LUB RICANTE S -40,000.00 -70,000.00 10,000.00 75,000.00 1,000.00 -20,000.00 5,000.00 1,000.00 2,000.00 2,000.00 5,000.00 1,000.00 2,000.00 1,500.00 3,000.00 1,200.00 1,000.00 1,000.00 -7,700.00 ————————— PLANILLA ANEXA Nº V QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 976 31 MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS 43 Obras p/la Admin. Gral. A Discriminar 00 -,- 01 Const. Ref. Amp. Y Equip. Viv. Ofic. Y Edif. Públicos 57 Refacción Delegación Rentas en S. C. Bariloche 52 Obras de Infraestructura 00 -,- 01 Obras de Infraestructura 55 M ejoram iento Infraestructura Ferroviaria (*) 55 Obras Fondo Federal Solidario- Dec Nac. Nº 206/09. 00 -,- 12 Obra Fondo Federal Solidario XI. 60 O bras Agua Potable en Darw in (*) 3-80 4-32 1-39 JURISDICCIÓN ACTIVIDAD/OBRA FINALIDAD-FUNCIÓNSUBPROG. PROYECTOPROGRAMA (*) = estructura programática creada.