El documento describe las medidas formativas y sanciones aplicadas a aprendices matriculados en el SENA. Describe medidas formativas como planes de mejoramiento académico o disciplinario y llamados de atención. Entre las sanciones se encuentran llamados de atención escritos, condicionamiento o cancelación de matrícula. También presenta el procedimiento para aplicar sanciones, que incluye recibir una queja, revisión por un comité y notificación al aprendiz para que presente descargos antes de imponer una sanción.
3. Articulo numero 23 Sanciones Las sanciones son las medidas adoptadas ante una falta académica o disciplinaria LLAMADO DE ATENCIÓN POR ESCRITO CONDICIONAMIENTO DE MATRICULA CANCELACION DE LA MATRICULA
5. Articulo 23 : SancionesPor faltas académicas o disciplinarias LLAMADO DE ATENCIÓN ESCRITO CONDICIONAMIENTO DE LA MATRICULA CANCELACION DE LA MATRICULA Acuerdo 00015 de 2009 – Reglamento del aprendiz SENA
6. Articulo 24: PRINCIPIOS RECTORES PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES Acuerdo 00015 de 2009 – Reglamento del aprendiz SENA
14. Sena Capitulo numero 10 Procedimiento para la aplicación de sanciones
15. Articulo numero 25 Es un informe o queja que se presenta al coordinador Académico o subdirector del centro el cual llevara: fecha de la queja descripción del echo testigo y pruebas dirección de el informante Firma
16. Articulo numero 26 En cada centro de formación se encuentra comités de evaluación y seguimiento de cuya acción no sean permitidas
17. Articulo numero 27 Reuniones El comité de evaluación y seguimiento Se reunirán para tomar las decisiones correspondientes cada caso.
18. Articulo numero 28 Comunicación para el aprendiz Dentro de los tres días hábiles el aprendiz o los implicados en el echo deberán recibir una comunicación.
19. Articulo numero 28 la queja presentada con su respectiva copia de la evidencias identificación a que curso pertenecen dichos implicados normas y reglas que infringió Tipo de falta académica o disciplinaria calificación de la falta presentación de defesa o requerimiento de mas pruebas
20. Articulo 29Sesión del comité de Evaluación y Seguimiento Llegada la fecha y hora de la sesión del comité se deberá verificar si hay quórum es decir el numero de personas citadas que requiere para decidir sobre la situación. Visto esto el coordinador expondrá el caso a tratar:
21. Los aprendices tendrán el derecho de presentar pruebas, esclarecer los hechos, podrán estar presentes en la entrega de pruebas, a controvertir y contrainterrogar en caso de los testimonios.
23. ACTO SANCIONATORIO Una vez recibido el expediente respectivo si el subdirector del centro lo considera necesario, podrá de oficio solicitarle al aprendiz por escrito dentro de 2 días hábiles que amplíe sus descargos sobre aspectos puntuales y aporte las pruebas adicionales a que hubiere lugar.
24.
25. tipo de falta (académica o disciplinaria) recomendación del comité de evaluación y seguimiento sanción que se impone si la sanción impuesta es de llamado escrito o de condicionamiento de la matricula se indicara al instructor o coordinador académico que elabora con el aprendiz el de residencia reportada al SENA solicitándole que se presente dentro de los 5 días hábiles para notificarlo o de lo contrario se hará por edicto.
26. Articulo 31: Recurso Este procedimiento deberá ser resuelto por el subdirector del centro académico durante los 15 días hábiles después haber sido expuesta la situación.