El documento describe los aspectos clave de la ejecución de una auditoría, incluyendo la aplicación de programas de auditoría, papeles de trabajo y comunicación de hallazgos. Explica que los programas de auditoría guían la recopilación de evidencia para cumplir los objetivos de la auditoría y que los papeles de trabajo documentan el trabajo realizado y sirven como base para el informe final. También cubre consideraciones como la elaboración, contenido y organización de los papeles de trabajo y archivos de auditoría.
1. MÓDULO 4 EJECUCIÓN DE LA AUDITORÍA Docente: CPC. Paulino Donaire Chávez DIPLOMADO DE AUDITORÍA FINANCIERA GUBERNAMENTAL
2. CONTENIDO DEL MÓDULO 4.1 Aplicación de los Programas de Auditoría. 4.2 Papeles de Trabajo. 4.3 Comunicación de hallazgos de auditoría.
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14. Cédulas Sumarias Tipos de Cédulas Cédula Matríz Cédula principal Presenta en forma global montos objeto del examen o áreas (procesos) a examinarse Se originan de las cédulas matrices. Presentan las diferentes cuentas de un rubro o secuencia de una transacción o área operativa o proceso. Cédulas Analíticas Cédulas Auxiliares
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22. ... Consideraciones sobre la elaboración de los Papeles de Trabajo. La eficiencia de un auditor se mide en sus P/T. Aspectos a tener en cuenta: HÁBITOS DE TRABAJO DESORDENADOS PENSAMIENTOS DESORDENADOS DEFICIENTE VERIFICACIÓN DESINTERÉS DESCUIDO
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30. Marcas de Auditoría con Significado Uniforme Cotejado, comprobado, correcto . Verificado y revisado con documentación sustentatoria. Verificado con libros oficiales y auxiliares de contabilidad y registros presupuestales. Suma correcta vertical . Suma correcta horizontal . Cálculo verificado.
31. Marcas de Auditoría con Significado Uniforme Circularizado. Circularización confirmada. Verificación física. Operación autorizada. Pago Posterior. Cobro Posterior.
32. Ejemplo de Marcas de Auditoría con leyenda a criterio del auditor S Colocada bajo una cantidad en un registro, para señalar la última partida del período actual que se haya examinado . En el balance de comprobación al lado de una cuenta para indicar que será necesario elaborar una cédula respecto a dicha cuenta. Cuando la cédula de auditoría mencionada en el inciso anterior ha sido concluida. Cuando un comentario ha sido investigado y a su vez aceptado, o bien que se haya ajustado y aceptado. Ejemplos tomados de Principios Básicos de Auditoría de Arthur W. Holmes CPA. S
33. ...Ejemplo de Marcas de Auditoría con leyenda a criterio del auditor y Efectuado recuento en forma selectiva. N/A No Aplicable A,B,C... C/I 1 , C/I 2 ... Observaciones Observaciones
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35. Clasificación de los Archivos ARCHIVO PERMANENTE ARCHIVOS CORRIENTES I .-PERMANENTE (P) II.- DE PLANIFICACIÓN (L) III.- CORRIENTE DE AUDITORÍA FINANCIERA (F) IV.- CORRIENTE DE AUDITORÍA DE GESTIÓN (G) V.- DE EXAMEN ESPECIAL (E) VI.- COMUNICACIÓN DE HALLAZGOS (OC o DR) VII.- RESUMEN DE AUDITORÍA (R) VIII.- DE CORRESPONDENCIA (C) IX.- OPCIONAL (O) X.- VARIOS (V)
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37. ENTIDAD AUDITADA : EL MODELO EDILICIO SIGLAS : EME UBICACIÓN: LIMA UNIDAD : OAI TIPO DE AUDITORÍA: EXAMEN ESPECIAL ÁREA A EXAMINAR: ABASTECIMIENTO (LOGÍSTICA) PERÍODO EVALUADO: DEL 01.ENE.2007 AL 31.DIC.2008 FECHA INICIO: 15.03.2009 FECHA TÉRMINO: 15.05.2009 CATEGORÍA: NOMBRES Y APELLIDOS Gerente Pedro Pérez Liendo Sub Gerente Gavino Guerra Huertas Supervisor Carlos Herrera Frías Encargado Marisol Jara Fuertes Auditor Juan Lizama Julián Auditor
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53. Reserva o Confidencialidad de la información obtenida durante el desarrollo de la auditoría NAGU 1.40 El auditor gubernamental debe mantener absoluta reserva respecto a la información que conozca en el transcurso de su trabajo. Solo podrá acceder a la información relacionada con el examen, el personal vinculado directamente con la dirección y ejecución del trabajo de auditoría.
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56. Propiedad y Custodia de los Papeles de Trabajo Los P/T pertenecen a los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control y a las SOAs designadas por la Contraloría General.
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59. Propiedad y Custodia de los Papeles de Trabajo Los documentos que sustenten los informes de los órganos de control o auditorías contratadas para el efecto, deben ser guardados por diez (10) años, bajo responsabilidad. ( Ley Nº 27785 Art. 42 literal i)
60. L os P/T deben retenerse hasta el fin del año fiscal, después del período de 10 años desde la emisión del informe o informes sobre el examen, a no ser que el tema siga siendo contencioso o de interés corriente después de ese tiempo. Propiedad y Custodia de los Papeles de Trabajo
61. Supervisión y Revisión de los Papeles de Trabajo El objetivo de una correcta supervisión y revisión de los P/T es asegurarse que el proceso se ha ejecutado adecuadamente y está documentado y sustentado correctamente. Los P/T deben contener la evidencia de que los sistemas fueron descritos, verificados y evaluados oportunamente.
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68. Control de Calidad NAGU 1.60 CONTROL DE CALIDAD Los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control y las Sociedades de Auditoría designadas, que ejecuten Auditoría Gubernamental de acuerdo con estas normas, deben establecer y mantener un adecuado sistema de control de calidad que permita ofrecer seguridad razonable que la Auditoría se ejecuta en concordancia con las Normas de Auditoría Gubernamental, el Manual de Auditoría Gubernamental y las Guías de Auditoría.
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72. 4.3 COMUNICACIÓN DE HALLAZGOS DE AUDITORÍA Los hallazgos de auditoría deben ser comunicados oportunamente a las personas comprendidas a fin que en un plazo determinado, presenten sus comentarios y aclaraciones sustentados documentadamente, para su evaluación y consideración pertinente en el Informe. Los hallazgos se refieren a presuntas deficiencias o irregularidades identificadas como resultado de la aplicación de los procedimientos de control gubernamental empleados. Su formulación y comunicación se realiza teniendo en consideración los principios y criterios que orientan el ejercicio del control. Es el proceso mediante el cual se hacen de conocimiento estén o no prestando servicios en la entidad examinada, con la finalidad de brindarles la oportunidad de presentar aclaraciones o comentarios y facilitar, en su caso, la adopción de acciones correctivas en forma oportuna.
73. 4.3 COMUNICACIÓN DE HALLAZGOS DE AUDITORÍA Los hallazgos a ser comunicados revelarán la situación o hecho detectado (condición), la norma, disposición o parámetro de medición transgredido (criterio); el resultado adverso o riesgo potencial identificado (efecto); así como la razón que motivó el hecho o incumplimiento establecido (causa), cuando ésta última haya podido ser determinada a la fecha de la comunicación. Se considerará la materialidad y/o importancia relativa, su vinculación a la participación y competencia personal del destinatario, así como en su redacción, la utilización de un lenguaje sencillo y fácilmente entendible que refiera a su contenido en forma objetiva, concreta y concisa.
74. 4.3 COMUNICACIÓN DE HALLAZGOS DE AUDITORÍA La comunicación se efectúa por escrito y su entrega al destinatario es directa y reservada, debiendo acreditarse la recepción correspondiente. De no encontrarse la persona, se le dejará una notificación para que se apersone a recabar los hallazgos en un plazo de dos (2) días hábiles. En caso de no apersonarse o de no ser ubicadas las personas comprendidas en los hallazgos materia de comunicación, serán citados para recabarlos dentro de igual plazo, mediante publicación, por una sola vez, en el Diario Oficial El Peruano u otro de mayor circulación, en la localidad donde se halle la entidad auditada. Los hallazgos podrán ser recabados personalmente o a través de representante debidamente acreditado mediante carta poder con firma legalizada . Vencido el plazo otorgado, se tendrá por agotado el procedimiento de comunicación de los mismos.
75. 4.3 COMUNICACIÓN DE HALLAZGOS DE AUDITORÍA En la comunicación se debe señalar el plazo perentorio para la recepción de las aclaraciones o comentarios, el cual será establecido por los responsables de la comisión auditora, teniendo en cuenta la naturaleza del hallazgo, el alcance de la acción de control y si la persona labora o no en la entidad auditada, no debiendo ser menor de dos (2) ni mayor de cinco (5) días hábiles, más el término de la distancia; precisándose que a su vencimiento o resultar extemporánea, tal situación se citará en el Informe, conjuntamente con los hechos materia de observación, no siendo obligatoria, en su caso, la evaluación e incorporación de los comentarios presentados extemporáneamente al plazo concedido. Excepcionalmente, el plazo otorgado podrá ser prorrogado por única vez y hasta por tres (3) días hábiles adicionales, en casos debidamente justificados por el solicitante; en estos casos, se entenderá que el pedido ha sido aceptado a du recepción, salvo denegación expresa.
76. 4.3 COMUNICACIÓN DE HALLAZGOS DE AUDITORÍA El inicio del proceso de comunicación de hallazgos debe ser puesto de conocimiento del Titular de la entidad auditada, con el propósito que disponga a las áreas correspondientes concedan las facilidades pertinentes a las personas notificadas, para los fines de presentación de sus aclaraciones o comentarios debidamente documentados. Para tal efecto, la comunicación cursada servirá como acreditación. Únicamente la comisión auditora previa autorización del nivel gerencial, podrá eximirse de notificar hallazgos cuando exista absoluta certeza en cuanto a su comisión, tipicidad, sustento e identificación de los presuntos responsables. Debiendo emitirse con inmediatez el respectivo Informe Especial, para su remisión a las autoridades competentes.
77. SE HACE NECESARIO EL TRABAJO EN EQUIPO PARA EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS PREVISTOS Conservación de nuestras riquezas naturales Logremos los objetivos para llegar a la cima. EXITOS EN SU DESARROLLO PROFESIONAL