El documento habla sobre el concepto de domicilio en el derecho internacional privado. Define el domicilio como el lugar donde una persona ejerce sus derechos y obligaciones de manera permanente, aunque no esté físicamente presente. Explica que diferentes tipos de personas y entidades tienen domicilios específicos determinados por su función, como los funcionarios públicos, militares, compañías y personas sin residencia fija.
Domicilio legal y convención interamericana sobre domicilio de personas físicas
1. La tendencia hacia el domicilio se
recoge en la Convención
Interamericana sobre Domicilio de
las Personas Físicas en el Derecho
Internacional Privado
Lugar en que el individuo es
considerado siempre presente,
aunque momentáneamente no lo
este, para el ejercicio de sus derechos
y cumplimiento de sus obligaciones.
Es donde se celebran negocios,
derechos civiles y publicos.
El asiento legal de las personas
donde desarrollan todas sus
actividades de orden
económica, familiar y jurídico,
es decir donde ejercen sus
derechos y contraen
obligaciones
2. El domicilio legal es el lugar donde la Ley presume, que
una persona reside de una manera permanente para el
ejercicio de sus derechos y cumplimientos de sus
obligaciones, aunque de hecho no esté allí presente
Los funcionarios públicos,
eclesiásticos o seculares, tienen
su domicilio en el lugar donde
deben desempeñar sus
funciones
Los militares en servicio activo
tienen su domicilio en el lugar en
que se hallen prestando aquél, si no
manifestasen intención en
contrario
El domicilio de las sociedades,
corporaciones establecimientos y
asociaciones autorizadas por las Leyes o
por el Gobierno, es el lugar donde está
situada su dirección o administración
Las compañías que tengas muchos
establecimientos o sucursales, tienen su
domicilio especial en el lugar de dichos
establecimientos
Los transeúntes o las personas de ejercicio a
mbulante, como los que no
tuviesen domicilio conocido, lo tienen en el lu
gar de su residencia actual
3. El domicilio no es un lugar sino que una
noción abstracta que supone una
relación jurídica entre el sujeto y el lugar,
por lo cual la persona se considera
siempre presente en dicho lugar
El domicilio es un lugar concreto en que
la ley supone que la persona se
encuentra siempre para los efectos
jurídicos. (acogida por el CC)
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