1. LA CONSTITUCION ESPAÑOLA (1812)
La constitución española mas conocida como la pepa.
Fue una acontecimiento llevado a cabo en Cádiz y se le
da este nombre porque se hizo el dia de san José. La
importancia histórica de la misma es grande, al
tratarse de la primera Constitución promulgada en
España, además de ser una de las más liberales de su
tiempo.
Oficialmente estuvo en vigencia dos años, desde su
promulgación hasta el 19 de marzo de 1814, con la
vuelta a España de Fernando VII. Posteriormente
estuvo vigente durante el Trienio Liberal (1820-1823),
así como durante un breve período en 1836-1837, bajo
el gobierno progresista que preparaba la Constitución
de 1837.
Sin embargo, apenas si entró en vigor de facto, puesto
que en su período de gestación buena parte de España
se encontraba en manos del gobierno pro-francés de
José I de España, el resto en mano de juntas interinas
más preocupadas en organizar su oposición a José I, y
el resto de los territorios de la corona española (los
virreinatos) se hallaban en un estado de confusión y
vacío de poder causado por la invasión napoleónica.
La constitución se hizo hasta tres veces —1812, 1820 y
1836—y se convirtió en unos de los hechos históricos
del siglo XIX transcendió a varias constituciones
europeas e impactó en los orígenes constitucionales y
parlamentarios de la mayor parte de los Estados
americanos durante y tras su independencia. Sólo por
esto ya hubiera merecido la inmortalidad.
2. La Constitución de 1812 recoge muchos de los
principios fundamentales que siguen vigentes en
nuestros días. Algunos de ellos los tenemos tan
asimilados que parece increíble que en otro tiempo las
cosas no fueran iguales. Pero lo cierto es que, en el
momento de su proclamación, significaron una
auténtica ruptura con lo que existía con anterioridad.
Es muy importante mostrar a los ciudadanos que
principios que para ellos son tan habituales como la
libertad individual, la libertad de prensa, o la
inviolabilidad del propio domicilio son derechos que
disfrutamos ahora, pero que se planteaban como
absolutamente modernos e innovadores en La Pepa.
Mostramos aquí un extracto de los principios
fundamentales de la Constitución de 1812 explicados
en un lenguaje sencillo y también enlazamos con el
texto integro.
Los diputados liberal Agustín Argüelles, Diego Muñoz
Torero y Pérez de Castro son las figuras más
destacadas en su elaboración.
Estos son los rasgos principales de la Constitución:
Soberanía nacional. El poder reside en la nación,
idea opuesta a la soberanía monárquica.
División de Poderes.
o Poder legislativo: Cortes Unicamerales
o Poder judicial: tribunales
o Poder ejecutivo: Rey, pero con importantes
limitaciones:
Sus órdenes deben ir validadas por la
firma del Ministro correspondiente.
No puede disolver las Cortes
3. Veto suspensivo transitorio durante dos
años, tras ello la decisión de las Cortes se
convierte en ley.
Nombra a los ministros, pero estos deben
ser refrendados por las Cortes (“doble
confianza”)
Nuevo derecho de representación. La nación
ejerce su soberanía mediante sus representantes
en Cortes.
Complicado procedimiento electoral por sufragio
universal masculino indirecto en cuarto grado.
Derecho de voto: todos los hombres mayores de 25
años, que elegían a unos compromisarios que a su
vez elegían a los diputados.
Igualdad de los ciudadanos ante la ley. Esto
supuso el fiin de los privilegios estamentales.
Se omite toda referencia a los territorios con
fueros, lo que equivalía a su no reconocimiento.
No obstante, los regímenes forales de las
provincias vascas y de Navarra no se derogaron
esplícitamente.
Reconocimiento de derechos individuales: a la
educación, libertad de imprenta, inviolabilidad del
domicilio, a la libertad y a la propiedad.
4. El catolicismo es la única confesión religiosa
permitida. La necesidad de contar con la
colaboración del clero en la lucha contra los
franceses explica este rasgo intolerante que choca
con el espíritu avanzado de la constitución.