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CONTRATO DE
INTERMEDIARIO DE
JUGADORES
Gustavo Lopes Pires de Souza
gustavolpsouza@hotmail.com
Gustavo Lopes Pires de Souza
- Doctorando en Física Activitat i Esport - INEFC ( Esp )
- Master en Derecho Deportivo - UDL ( España )
- Director del Instituto Brasileño de Derecho Deportivo
- Juez de la Confederación Brasileña de Atletismo
- Autor del libro "Estatuto del Torcedor: la evolución de
los derechos de los consumidores de deporte "
- Columnista de la Universidad Fútbol
Estatutos
La " Federación Internacional de Fútbol " ( FIFA ) es una
asociación de acuerdo con el art. 60 del Código Civil Suizo .
FIFA debe consistir en asociaciones nacionales afiliadas y
reconocidas como las más importantes de cada país .
Sólo una federación se puede reconocer en cada país .
Cada una de las cuatro asociaciones británicas deben ser
reconocidos como miembro de la FIFA.
El artículo 60 del Código Civil Suizo - Asociaciones que tienen objetivo
político , religioso, científico, artístico , benéfico , social , o cualquier otro que
el industrial , adquirir la condición de persona así mostrar a través de sus
constituciones su intención de existir como una corporación. La constitución
debe redactarse por escrito y debe determinar el propósito , la capital y la
organización de la sociedad.
Reglamento de Agentes
En función de las disposiciones del nuevo
Reglamento de la FIFA intermediarios , los
intermediarios ahora serán contratados por
clubes o jugadores , para actuar
exclusivamente en la redacción y negociación
de contratos de trabajo y las transferencias de
atletas , mediante la celebración de un
acuerdo de representación , qué modelo será
proporcionado por la entidad y será observado
por los clubes, jugadores y entidades afiliadas
a la FIFA .
Definición de Intermediario
De acuerdo con los términos establecidos en
el Reglamento de la FIFA Intermediarios , se
considera intermedia toda persona física o
jurídica que actúe jugadores o clubes como
representativos , mediante el pago de una
cuota o de forma gratuita, con el fin de
negociar un contrato de trabajo o transferir
acuerdo de uno .
Pagos a los intermediarios
El art. 7 del nuevo Reglamento de
Intermediarios establece el porcentaje máximo
del 3 % ( tres por ciento) del monto de la
transacción para el pago de la comisión por el
intermediario , teniendo en cuenta los
servicios prestados por el intermediario , de la
siguiente manera :
( I) la remuneración del intermediario
contratado para actuar en nombre de un
jugador no puede superar el 3 % del salario
bruto para el atleta durante la vigencia del
contrato ;
( Ii ) la remuneración del intermediario
contratado para actuar en nombre del club,
con el fin de firmar un contrato de trabajo con
un jugador en particular , no puede superar el
3 % del salario bruto para el atleta durante la
vigencia del contrato ;
(iii) la remuneración del intermediario para
actuar en nombre del club, con el fin de
preparar un acuerdo de transferencia no
podrá ser superior al 3% de la tasa de
transferencia . En cuanto a los atletas
menores de edad , la FIFA incorporado un
tratamiento más estricto en el nuevo
Reglamento de Intermediarios que prohíba
expresamente el pago de comisiones a los
intermediarios en las operaciones relativas
atletas menores de edad, de conformidad con
el art. 7 , artículo 7 del Reglamento .
Sistema de Registro y Publicación de Información
Según los términos del art. 6 de los nuevos
intermediarios Reglamento , los jugadores y los
clubes deben proporcionar los datos de su asociación
de todas las cuotas o pagos de cualquier tipo que se
han hecho o se hará a un intermediario. El arte. 6 ,
artículo 3 establece que las asociaciones afiliadas a la
FIFA publicará anualmente , al final de cada mes de
marzo , los nombres de todos los intermediarios que
estén registrados con ellos . Además , las
asociaciones también deben proporcionar el monto
total de los pagos efectuados por los atletas y clubes
a los intermediarios
Acuerdo de Representación
Dependiendo de la serie por el art. 5 del Reglamento de
nuevos intermediarios , los intermediarios deben firmar un
acuerdo de representación con sus clientes.
El intermediario debe firmar un documento llamado
Declaración de Intermedio ( anexo 1 del Reglamento) , a las
personas físicas o jurídicas , por medio del cual el
intermediario está declarando que tienen la ciencia y
observa los términos de los estatutos y reglamentos de la
FIFA , las confederaciones y las asociaciones , relativa a
este asunto , su reputación intachable , así como las
condiciones relativas a la divulgación de información
relacionada con la transacción.
Conflictos de interés
Si obtiene el acuerdo por escrito de todas las partes
involucradas , antes del inicio de las negociaciones
comerciales , especialmente con respecto a los clubes y
jugadores , se permitirá la doble representación , al contrario
de lo sucedido con anterioridad.
Ocurriendo hipótesis de que la doble representación , las
partes deberán establecer qué parte del contrato ( el club o
deportista ) será responsable de la remuneración del
intermediario .
Sanciones
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 9 del nuevo
Reglamento de Intermediarios , caerá antes de que las
asociaciones encargadas de sancionar a los partidos (atletas
, clubes e intermediarios ) que violen lo dispuesto en el
Reglamento provisional .
No obstante , las asociaciones deben publicar e informar a
las sanciones impuestas de la FIFA y el Comité Disciplinario
de la FIFA , a su vez , determinarán si las sanciones deben
tener un alcance global , de acuerdo con el Código
Disciplinario de la FIFA
Reglamento de Transferências
El registro atleta sufre las siguientes limitaciones :
I) el atleta sólo podrá ser registrado por tres ( 3 ) clubes durante la
temporada ;
II) el atleta que ha servido por dos ( 2 ) otros clubes durante la
temporada en cualquier competiciones nacionales , no puede actuar
por un tercero , incluso si se registran con regularidad;
III ) competencias regionales y estatales son las tapas
IV ) significa una temporada el 1 de enero al 31 de diciembre de cada
año.
La participación en atleta de partida oficial no han sido registrados por
su club es ilegal, sometiendo atleta y / o club infractor a las sanciones
previstas en la Regulación y Competencia en el Código Brasileño de
Justicia Deportiva .
Es atribución exclusiva de clubes certificaremse condiciones de juego
reglamentarios de sus atletas y tendrá la responsabilidad de dicho
control
Os atletas transferidos do exterior pelo sistema do Transfer Matching
System (TMS) da FIFA, poderão ser inscritos e ter contratos liberados
para registro por seus respectivos clubes somente quando
cumulativamente: a) ocorrer em um dos dois períodos de registros
anuais fixados pela Federação; b) houver chegado o Certificado
Internacional de Transferência (CTI) na CBF.
El atleta profesional , dentro de los seis meses ( 6 ) restantes del
contrato en vigor , puede firmar un precontrato con otro club , siempre
que la notificación previa por escrito del club reclamante está
negociando con el atleta a su empleador actual , y en este caso , el
nuevo contrato sólo surtirá efecto a partir del final del contrato especial
de trabajo deportivo en progreso.
La falta de comunicación al club que tiene el contrato en vigor, el club
que tiene la obligación de notificar el pago de una multa.
El precontrato genera relación entre las partes y sólo no proporcionan
pacto definitivo si alguno de sus términos y condiciones no se hacen
mediante la importación de la obligación de indemnizar si cualquier
incumplimiento de contrato .
El atleta profesional transferencia asignación temporal podrá ser
acordada por el club que el atleta está contractualmente ( cedente ) a
otro club ( cesionario) , siendo nula cualquier cláusula acordada entre
las partes que tienen por objeto limitar , condicionar o gravar el libre
uso de atleta propuesta por el cesionario , por la duración de la cesión,
con sujeción a los contratos celebrados antes de la publicación del
presente Reglamento .
El término de la asignación temporal no podrá ser inferior a tres ( 3 )
meses , o más que el plazo restante del contrato de trabajo del atleta
del deporte profesional con el club cedente .
El salario de los atletas profesionales como al club cesionario no
podrá ser inferior al establecido en el contrato firmado con el club
cedente salvo disposición expresa en el acuerdo o convenio colectivo .
Un atleta profesional de transferencia internacional se realizará
únicamente a través del TMS , ya que el Reglamento sobre el Estatuto
y la Transferencia de Jugadores de la FIFA mediante el envío de la
información necesaria dentro de este sistema . Párrafo único - El TMS
y toda la información contenida en él son el campo de la FIFA y el
derecho a su uso deberán cumplir con las disposiciones de la FIFA.
La transferencia internacional de jugadores menores de dieciocho ( 18
) años de edad se llevará a cabo en estricto cumplimiento de la
normativa de la FIFA , en especial el art. 19 del Reglamento sobre el
Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA .
Como reflejo de los artículos 18bis y 18ter del Reglamento sobre el
Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA , ningún club o
jugador puede entrar en un contrato con un tercero por el que dicho
tercero para obtener el derecho a participar , total o parcialmente, de
un valor de transferencia abona en la cuenta de la futura transferencia
de los derechos de inscripción de un jugador de un club a otro, o por
los que ceden ningún derecho en relación con una futura transferencia
o el valor de transferencia.
A los efectos de este artículo , se entiende como cualquier otro tercero
que no sea la transferencia de dos atletas de clubes participantes o
cualquier otro club al que el jugador ha sido registrado con
anterioridad.
Transfer Matching System
Plataforma online inspirada fornecida para transferências
internacionais de jogadores.
Há, ainda, a DTMS, para transferências domésticas que já é
utilizado pela Federação Holandesa.
Os sistemas são integrados.
Antes de Transferência Matching System da FIFA (TMS) foi
ao ar em outubro de 2010, os jogadores que se deslocavam
através das fronteiras nacionais tinham que se adequar a um
burocrático e demorado procedimento.
Dois clubes teriam que chegar a um acordo, o jogador
assinaria o contrato e, em seguida, teria-se que esperar pelo
"Certificado Internacional de Transferência" (ITC).
Para obtê-lo, deveria-se enviar a documentação para a FIFA
(porfax ou correior), que iria verifica-la e, em seguida, enviá-la
à associação nacional do “clube de compra”.
Então, o “clube de compra” deveria solicitar o registo do
jogador da associação do “clube de venda” para, após, a Fifa
emitir o CIT.
Mecanismo de Solidariedad
Debido al antiguo club en las transferencias internacionales hasta el
final de la carrera del atleta.
Corresponde a los jóvenes del club atleta calcular el valor de la
contribución de solidaridad y distribuirlo por el número de años o
proporcionalmente , de acuerdo con la historia de su constante atleta
Deportes Pasaporte , el atleta debe cooperar con su nuevo empleador
para que pueda cumplir cabalmente con la obligación con el club o los
clubes que se han formado.
Mecanismo (indenización) de formación
Debido al antiguo club en la firma del primer contrato profesional atleta
, así como sus posteriores transferencias internacionales hasta el año
en que cumpla los 23 años .
Correo electrónico:
gustavolpsouza@hotmail.com
Twitter: @gustavolpsouza
Facebook: Gustavo Souza
Whats App: +553187162710

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Derecho Deportivo - Intermediarios de jugadores

  • 1. CONTRATO DE INTERMEDIARIO DE JUGADORES Gustavo Lopes Pires de Souza gustavolpsouza@hotmail.com
  • 2. Gustavo Lopes Pires de Souza - Doctorando en Física Activitat i Esport - INEFC ( Esp ) - Master en Derecho Deportivo - UDL ( España ) - Director del Instituto Brasileño de Derecho Deportivo - Juez de la Confederación Brasileña de Atletismo - Autor del libro "Estatuto del Torcedor: la evolución de los derechos de los consumidores de deporte " - Columnista de la Universidad Fútbol
  • 3.
  • 5. La " Federación Internacional de Fútbol " ( FIFA ) es una asociación de acuerdo con el art. 60 del Código Civil Suizo . FIFA debe consistir en asociaciones nacionales afiliadas y reconocidas como las más importantes de cada país . Sólo una federación se puede reconocer en cada país . Cada una de las cuatro asociaciones británicas deben ser reconocidos como miembro de la FIFA.
  • 6. El artículo 60 del Código Civil Suizo - Asociaciones que tienen objetivo político , religioso, científico, artístico , benéfico , social , o cualquier otro que el industrial , adquirir la condición de persona así mostrar a través de sus constituciones su intención de existir como una corporación. La constitución debe redactarse por escrito y debe determinar el propósito , la capital y la organización de la sociedad.
  • 8. En función de las disposiciones del nuevo Reglamento de la FIFA intermediarios , los intermediarios ahora serán contratados por clubes o jugadores , para actuar exclusivamente en la redacción y negociación de contratos de trabajo y las transferencias de atletas , mediante la celebración de un acuerdo de representación , qué modelo será proporcionado por la entidad y será observado por los clubes, jugadores y entidades afiliadas a la FIFA .
  • 9. Definición de Intermediario De acuerdo con los términos establecidos en el Reglamento de la FIFA Intermediarios , se considera intermedia toda persona física o jurídica que actúe jugadores o clubes como representativos , mediante el pago de una cuota o de forma gratuita, con el fin de negociar un contrato de trabajo o transferir acuerdo de uno .
  • 10. Pagos a los intermediarios El art. 7 del nuevo Reglamento de Intermediarios establece el porcentaje máximo del 3 % ( tres por ciento) del monto de la transacción para el pago de la comisión por el intermediario , teniendo en cuenta los servicios prestados por el intermediario , de la siguiente manera :
  • 11. ( I) la remuneración del intermediario contratado para actuar en nombre de un jugador no puede superar el 3 % del salario bruto para el atleta durante la vigencia del contrato ; ( Ii ) la remuneración del intermediario contratado para actuar en nombre del club, con el fin de firmar un contrato de trabajo con un jugador en particular , no puede superar el 3 % del salario bruto para el atleta durante la vigencia del contrato ;
  • 12. (iii) la remuneración del intermediario para actuar en nombre del club, con el fin de preparar un acuerdo de transferencia no podrá ser superior al 3% de la tasa de transferencia . En cuanto a los atletas menores de edad , la FIFA incorporado un tratamiento más estricto en el nuevo Reglamento de Intermediarios que prohíba expresamente el pago de comisiones a los intermediarios en las operaciones relativas atletas menores de edad, de conformidad con el art. 7 , artículo 7 del Reglamento .
  • 13. Sistema de Registro y Publicación de Información Según los términos del art. 6 de los nuevos intermediarios Reglamento , los jugadores y los clubes deben proporcionar los datos de su asociación de todas las cuotas o pagos de cualquier tipo que se han hecho o se hará a un intermediario. El arte. 6 , artículo 3 establece que las asociaciones afiliadas a la FIFA publicará anualmente , al final de cada mes de marzo , los nombres de todos los intermediarios que estén registrados con ellos . Además , las asociaciones también deben proporcionar el monto total de los pagos efectuados por los atletas y clubes a los intermediarios
  • 14. Acuerdo de Representación Dependiendo de la serie por el art. 5 del Reglamento de nuevos intermediarios , los intermediarios deben firmar un acuerdo de representación con sus clientes. El intermediario debe firmar un documento llamado Declaración de Intermedio ( anexo 1 del Reglamento) , a las personas físicas o jurídicas , por medio del cual el intermediario está declarando que tienen la ciencia y observa los términos de los estatutos y reglamentos de la FIFA , las confederaciones y las asociaciones , relativa a este asunto , su reputación intachable , así como las condiciones relativas a la divulgación de información relacionada con la transacción.
  • 15. Conflictos de interés Si obtiene el acuerdo por escrito de todas las partes involucradas , antes del inicio de las negociaciones comerciales , especialmente con respecto a los clubes y jugadores , se permitirá la doble representación , al contrario de lo sucedido con anterioridad. Ocurriendo hipótesis de que la doble representación , las partes deberán establecer qué parte del contrato ( el club o deportista ) será responsable de la remuneración del intermediario .
  • 16. Sanciones De acuerdo con lo dispuesto en el art. 9 del nuevo Reglamento de Intermediarios , caerá antes de que las asociaciones encargadas de sancionar a los partidos (atletas , clubes e intermediarios ) que violen lo dispuesto en el Reglamento provisional . No obstante , las asociaciones deben publicar e informar a las sanciones impuestas de la FIFA y el Comité Disciplinario de la FIFA , a su vez , determinarán si las sanciones deben tener un alcance global , de acuerdo con el Código Disciplinario de la FIFA
  • 18. El registro atleta sufre las siguientes limitaciones : I) el atleta sólo podrá ser registrado por tres ( 3 ) clubes durante la temporada ; II) el atleta que ha servido por dos ( 2 ) otros clubes durante la temporada en cualquier competiciones nacionales , no puede actuar por un tercero , incluso si se registran con regularidad; III ) competencias regionales y estatales son las tapas IV ) significa una temporada el 1 de enero al 31 de diciembre de cada año. La participación en atleta de partida oficial no han sido registrados por su club es ilegal, sometiendo atleta y / o club infractor a las sanciones previstas en la Regulación y Competencia en el Código Brasileño de Justicia Deportiva . Es atribución exclusiva de clubes certificaremse condiciones de juego reglamentarios de sus atletas y tendrá la responsabilidad de dicho control
  • 19. Os atletas transferidos do exterior pelo sistema do Transfer Matching System (TMS) da FIFA, poderão ser inscritos e ter contratos liberados para registro por seus respectivos clubes somente quando cumulativamente: a) ocorrer em um dos dois períodos de registros anuais fixados pela Federação; b) houver chegado o Certificado Internacional de Transferência (CTI) na CBF.
  • 20. El atleta profesional , dentro de los seis meses ( 6 ) restantes del contrato en vigor , puede firmar un precontrato con otro club , siempre que la notificación previa por escrito del club reclamante está negociando con el atleta a su empleador actual , y en este caso , el nuevo contrato sólo surtirá efecto a partir del final del contrato especial de trabajo deportivo en progreso. La falta de comunicación al club que tiene el contrato en vigor, el club que tiene la obligación de notificar el pago de una multa. El precontrato genera relación entre las partes y sólo no proporcionan pacto definitivo si alguno de sus términos y condiciones no se hacen mediante la importación de la obligación de indemnizar si cualquier incumplimiento de contrato .
  • 21. El atleta profesional transferencia asignación temporal podrá ser acordada por el club que el atleta está contractualmente ( cedente ) a otro club ( cesionario) , siendo nula cualquier cláusula acordada entre las partes que tienen por objeto limitar , condicionar o gravar el libre uso de atleta propuesta por el cesionario , por la duración de la cesión, con sujeción a los contratos celebrados antes de la publicación del presente Reglamento . El término de la asignación temporal no podrá ser inferior a tres ( 3 ) meses , o más que el plazo restante del contrato de trabajo del atleta del deporte profesional con el club cedente . El salario de los atletas profesionales como al club cesionario no podrá ser inferior al establecido en el contrato firmado con el club cedente salvo disposición expresa en el acuerdo o convenio colectivo .
  • 22. Un atleta profesional de transferencia internacional se realizará únicamente a través del TMS , ya que el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA mediante el envío de la información necesaria dentro de este sistema . Párrafo único - El TMS y toda la información contenida en él son el campo de la FIFA y el derecho a su uso deberán cumplir con las disposiciones de la FIFA. La transferencia internacional de jugadores menores de dieciocho ( 18 ) años de edad se llevará a cabo en estricto cumplimiento de la normativa de la FIFA , en especial el art. 19 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA .
  • 23. Como reflejo de los artículos 18bis y 18ter del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA , ningún club o jugador puede entrar en un contrato con un tercero por el que dicho tercero para obtener el derecho a participar , total o parcialmente, de un valor de transferencia abona en la cuenta de la futura transferencia de los derechos de inscripción de un jugador de un club a otro, o por los que ceden ningún derecho en relación con una futura transferencia o el valor de transferencia. A los efectos de este artículo , se entiende como cualquier otro tercero que no sea la transferencia de dos atletas de clubes participantes o cualquier otro club al que el jugador ha sido registrado con anterioridad.
  • 24. Transfer Matching System Plataforma online inspirada fornecida para transferências internacionais de jogadores. Há, ainda, a DTMS, para transferências domésticas que já é utilizado pela Federação Holandesa. Os sistemas são integrados.
  • 25. Antes de Transferência Matching System da FIFA (TMS) foi ao ar em outubro de 2010, os jogadores que se deslocavam através das fronteiras nacionais tinham que se adequar a um burocrático e demorado procedimento. Dois clubes teriam que chegar a um acordo, o jogador assinaria o contrato e, em seguida, teria-se que esperar pelo "Certificado Internacional de Transferência" (ITC).
  • 26. Para obtê-lo, deveria-se enviar a documentação para a FIFA (porfax ou correior), que iria verifica-la e, em seguida, enviá-la à associação nacional do “clube de compra”. Então, o “clube de compra” deveria solicitar o registo do jogador da associação do “clube de venda” para, após, a Fifa emitir o CIT.
  • 28. Debido al antiguo club en las transferencias internacionales hasta el final de la carrera del atleta.
  • 29. Corresponde a los jóvenes del club atleta calcular el valor de la contribución de solidaridad y distribuirlo por el número de años o proporcionalmente , de acuerdo con la historia de su constante atleta Deportes Pasaporte , el atleta debe cooperar con su nuevo empleador para que pueda cumplir cabalmente con la obligación con el club o los clubes que se han formado.
  • 31. Debido al antiguo club en la firma del primer contrato profesional atleta , así como sus posteriores transferencias internacionales hasta el año en que cumpla los 23 años .