2. • LEY 769 DE 2002 ARTICULO 135 MODIFICADO POR EL ART 22 DE
LA LEY 1383 DE 2010. Procedimiento ( se toma lo concerniente a
medios técnicos y tecnológicos)
“Las autoridades competentes podrán contratar el servicio de medios
técnicos y tecnológicos que permitan evidenciar la comisión de
infracciones o contravenciones, el vehículo, la fecha, el lugar y la
hora. En tal caso se enviará por correo dentro de los tres (3) días
hábiles siguientes la infracción y sus soportes al propietario quien
estará obligado al pago de la multa. Para el servicio público
además se enviará por correo dentro de este mismo término copia
del comparendo y sus soportes a la empresa a la cual se encuentre
vinculado y a la Superintendencia de Puertos y Transporte para lo
de su competencia.”
MARCO LEGAL
2
3. ¿Qué son los equipos de detección de
infracciones?
El sistema de Fotomultas esta
constituido por equipos de alta
tecnología para detección, registro,
notificación y control del proceso
contravencional de las infracciones de
tránsito cometidas en las calles,
sometidas a su inspección.
Esta solución va en armonía con el Plan
de Desarrollo Municipal, “Para vivir la
vida dignamente”.
3
4. EQUIPO DE FOTOMULTA
4
SISTEMA DE FOTOMULTA DE LA
CALLE 13 CON CARRERA 66, SENTIDO
NORTE-SUR
CAMARA DE FOTOMULTA
CENTRO DE FISCALIZACION
5. Funcionamiento de los
equipos
Estos equipos son
máquinas automáticas que
trabajan las 24 horas del día
toda la semana.
Las pruebas y datos
quedan registrados
inmediatamente en el
sistema.
5
6. ¿Cuál va a ser el beneficio para la ciudad?
• Es la ganancia en calidad de vida con el aumento de la
seguridad de conductores y peatones y la consecuente
reducción de los accidentes de tránsito, disminuyendo
pérdida de vidas y millonarias cuantías por siniestros, ya
que la experiencia internacional muestra que el uso de
equipos electrónicos para monitoreo de tránsito reduce
alrededor del 60% los accidentes y el 80% las muertes.
6
7. ¿Cómo se van a realizar las notificaciones a
los infractores??
• La prueba de la infracción con la
citación, son enviadas mediante correo
certificado a la dirección de residencia
del propietario para su notificación junto
con un instructivo que orienta al
ciudadano como proceder para resolver
situación.
7
8. • La cámara detecta automáticamente las infracciones y las
documenta con dos fotografías a color, (una fotografía
infrarroja en el caso de pico y placa) y un video de 12
segundos (excepto para pico y placa).
• La cámara por medio de OCR identifica el número de la
placa y los registra en un archivo con las fotografías y el
video.
• La solución implementada fiscaliza exceso de velocidad,
pico y placa, invasión de espacio prohibido y semáforo en
rojo.
PROCEDIMIENTO
8
9. • El operador selecciona la infracción y realiza un acercamiento
en la imagen A para visualizar la placa del vehículo; se guarda
la imagen de la placa vehículo junto a las dos imágenes
proporcionadas por la cámara.
• Una vez validados los archivos, se exportan para ser cargadas
en el aplicativo.
• El operador carga los archivos listados, con las
correspondientes fotografías de la infracción, en el aplicativo
9
PROCEDIMIENTO
(CONTINUACION)
10. • La información del propietario se envía al Contact Center
para validación de dirección y teléfono para que la
notificación sea efectiva.
• El operador asigna a la infracción un numero consecutivo
autorizado por el RUNT, imprime la prueba de la infracción
y la citación con firma mecánica de la autoridad de
tránsito.
PROCEDIMIENTO
(CONTINUACION)
10
11. • Las pruebas, la citación y el instructivo de orientación
son enviados mediante correo certificado y
simultáneamente el Contact Center realiza gestión
personalizada informando al ciudadano la imposición
del comparendo.
PROCEDIMIENTO
(CONTINUACION)
11
12. PROCEDIMIENTO
(CONTINUACION)
• Una vez notificado el propietario del vehículo, se registra la fecha
de notificación a partir de la cual corren los términos:
– Cinco días para cancelar con el 50% de descuento. (*)
– 20 días para acogerse al 25% de descuento. (*)
– Si el inculpado rechaza la comisión de la infracción deberá
comparecer ante el funcionario en audiencia pública .
– Si el contraventor no comparece sin justa causa comprobada dentro
de los cinco (5) días hábiles siguientes, la autoridad de tránsito
después de 30 días de ocurrida la presunta infracción seguirá el
proceso, entendiéndose que queda vinculado al mismo, fallándose en
audiencia pública y notificándose en estrados (aparte de la Ley 769
art. 136 modificado por el art 24 de la ley 1383).
(*) previa realización del curso vial
12
13. PROCESO GENERAL
INICIO
PROCESO Y
GESTIÒN DE
COBRO
INICIO
PROCESO Y
GESTIÒN DE
COBRO
PREPARACION
DEL
EXPEDIENTE
CAPTURA DE
EVIDENCIAS Y
SELECCIÓN DE
CASOS
ENVIO DE
CITACIONES AL
PROPIETARIO /
EMP.
TRANSPORTE
FALLO
GESTIÓN
DE
CARTERA
PROPIETARIO
CANCELA LA
MULTA
PROPIETARIO
SE PRESENTA A
AUDIENCIA
COBRO
COACTIVO
FinFin
PROPIETARIO
NO SE
PRESENTA A
AUDIENCIA
NOTIFICACIÒN
POR ESTRADO
13
15. • Las pruebas son confiables porque la cámara toma
automáticamente las pruebas del vehículo en el que se
comete la infracción, quedando las pruebas en
fotografías y video.
• Transparencia en el debido proceso para el inicio del
proceso contravencional.
• Seguimiento de la infracción e inicio de cobro
persuasivo desde el mismo momento de la detección.
CONSIDERACIONES PARA EL PROCESO:
15
16. • Utilización de la georeferenciación para la efectividad de
la entrega de las citaciones de notificación de
infracciones.
• Si se trata de vehículos de servicio público se debe
enviar por correo copia del comparendo y sus soportes a
la empresa a la cual se encuentre vinculado y a la
Superintendencia de Puertos y Transporte para lo de su
competencia.
• Controles y pasos en el control de los términos:
– 3 días para envío de la citación de notificación.
– 5 días contados a partir del recibo de la citación para
inicio del proceso contravencional.
16
CONSIDERACIONES PARA EL
PROCESO (CONTINUACIÓN)
17. Estadísticas Incidentes
17
SEMANA 1 2 3 4 5 6 7
INCIDENTES
3.70
9 3.442 3.271 3.099 3.132 2.937 2.867
PROMEDIO DIA 530 492 467 443 447 420 410
VARIACIÓN Vs.
SEMANA ANTERIOR
-7,2% -5,0% -5,3% 1,1% -6,2% -2,4%
VARIACIÓN Vs.
PRIMERA SEMANA
(*)
-7,2% -11,8% -16,4% -15,6% -20,8% -22,7%
INCIDENTES SEMANALES A PARTIR
DEL 11 DE AGOSTO DEL 2010
(*) Al aumentar el número de semanas se observa una reducción en la
cantidad de incidentes con respecto a la primera semana, esto nos indica que
el ciudadano ha mejorado su comportamiento disminuyendo así, el riesgo de
accidentes
18. INCIDENTES SEMANALES A PARTIR
DEL 11 DE AGOSTO DEL 2010
3.709
3.442 3.271
3.099 3.132
2.937 2.867- 7,2 %
- 11,8 %
- 16 ,4 %
- 15,6 %
- 2 0 ,8 %
- 2 2 ,7%
0
500
1.000
1.500
2.000
2.500
3.000
3.500
4.000
1 2 3 4 5 6 7
SEMANAS
No.INCIDENTES
-0,25
-0,2
-0,15
-0,1
-0,05
0
INCIDENTES VARIACION Vs PRIMERA SEMANA
Estadísticas Incidentes
La Variación Vs primera semana muestra una curva de aprendizaje exitosa, desde la
instalación del equipo de fotomulta el número incidentes se redujo.