2. Finanzas Públicas:
Necesidad Servicio Gasto Recursos
Pública Público Público
Son aquellas Son las
Se establece mediante
que nacen de la actividades que
la satisfacción de las
vida colectiva y realiza el Estado
necesidades públicas
las satisface el para satisfacer las
mediante erogaciones
Estado necesidades
y previsión de los
públicas
recursos
3. CONCEPTO
Es considerada genéricamente que su objeto es examinar como el
Estado obtiene sus ingresos y efectúa sus gastos
Son los recursos o rentas públicas recaudadas y administradas
por el estado, e invertidos o destinados directamente por el mismo
a la satisfacción de las necesidades generales de la población.
4. IMPORTANCIA DE LAS
FINANZAS PÚBLICAS
Vigilante de los Influencia la
Su evolución actividad económica
recursos del Estado
5. Ámbito de la Finanzas Públicas o Hacienda Publica
Se establece como
la economía del
sector público
Asignaciones
Distribución
Crecimiento
Se centra en las funciones
del sector público Estabilidad
6. La Ciencia de la Finanzas Públicas
Es la disciplina científica que se encarga del estudio formal de los
recursos del Estado.
Diversidad de enfoques para
la definición de la ciencia de
la finanzas públicas
Objeto de estudio de la
Carácter instrumental Ciencia Finanzas Públicas
Limitación en las La no limitación de
variables de actividad las variables sino
financiera también evaluarse los
fines y objetivos que
se persiguen con la
administración de
esas variables
7. Relación de la Finanzas Públicas con otras Ciencias
La Historia
Ciencias Ciencias
Jurídicas Económicas
La Estadistica
8. •Con la Ciencias Económicas: Contadas las
excepciones todas las medidas financieras están Con las Ciencias Jurídicas: Toda vida
relacionadas con hechos económicos. Por un lado, los financiera debe ceñirse en forma jurídica. Las
fenómenos de la actividad económica privada dentro medidas de tipo financieros aparecen bajo forma
de la producción, circulación y consumo, son de leyes y se refieren ha hechos jurídicos, de los
elementos causales de fenómenos financieros. Todo cual se desprende que no puede comprenderse
conocimiento profundo relativo a la ciencia financiera la naturaleza y función de la ciencias de las
es imposible sin referirse de continuo a los principios finanzas sin referirse a lo jurídico existente.
de las ciencias económicas.
• Con la historia Existe por lo tanto, una historia de
actividad y pensamiento financiero, cuyo examen tiene •Con la estadística: Es un valioso auxiliar de la
singular importancia para comprender el estado actual ciencia financiera, puesto que registra
de los estudios en la materia. Con aciertos sostiene automáticamente los datos cuantitativos de
Gerloff que la historia financiera muestra evolución en ciertos fenómenos y establece las diferentes
cada fase, las condiciones de el tiempo y lugar de relaciones posibles entre los datos diferidos a un
economía publica, enseñando así con la comprensión mismo fenómeno.
de los resultados históricos, la justa apreciación del
estado actual y la problemática del futuro
9. EVOLUCIÓN DE PENSAMIENTO FINANCIERO
Edad Media: Se conocieron como las finanzas patrimoniales, basándose en los bienes del
Estado, relacionándose con los bienes del soberano esta época no ofreció ningún aporte a la
finanzas publicas, porque estaba evocado a lo político y lo social.
Mercantilismo: Surgió de la necesidad de crear los estados modernos mediante los
tesoros nacionales conocidos como Cameralismo, en esta época predomino lo político como
la economía publica que se desarrollaban con la actuación paternalista del Estado.
Fisiócratas : En el siglo XVIII se conoció una transformación de la vida del Estado
señalando que la riqueza viene de la tierra, siendo este el primer postulado a la teoría
económica
Escuela Clásica: Fundada por Adam Smith, significando el estudio de los recursos y
gastos del Estado, por su obra en 1.776, Investigación de la naturaleza y causa de las
riquezas de la naciones, dejando como base la actividad financiera del Estado
Siglo XIX: En este siglo comienza la finanzas públicas a emplearse como una disciplina
autónoma surgiendo grandes tratadista que efectuaron estudios financiero
10. LA FINANZAS PÚBLICAS
La sangre del aparato gubernamental son los recursos públicos que una vez
recaudados fluyen a través de su sistema circulatorio logrando que el ente
público se mueva, que funcione. Sin embargo, actualmente se observan
preocupantes arritmias y esclerosis vasculares en nuestro sistema. El
colesterol de la corrupción y el burocratismo evitan que el vital fluido
presupuestal llegue hasta los más recónditos vasos sanguíneos. De esta
manera, se corre el peligro de gangrena y necrosis en varias partes de la
integridad del cuerpo público. Una reforma profunda se requiere.
Las finanzas públicas son los recursos con los que el gobierno proyecta sus
actividades, desarrolla sus proyecto y controla ¾o por lo menos pretende¾ la
economía nacional. Las finanzas públicas comprenden subsistemas
recaudatorios y distributorios del gasto así como supervisores del ejercicio del
mismo. Desde siempre las finanzas públicas han servido como uno de los
más eficaces instrumentos de control político del gobierno.
Nos parece que una de las ópticas más interesantes para el análisis de la
nación
11. TÉRMINOS BÁSICOS
Derecho Tributario :Conjunto de
normas y principios del derecho
que atañe a los tributos y,
especialmente, a los impuestos.
Derecho financiero: Es la
disciplina jurídica que
estudia los principios que
rigen la Organización del
Estado para la gestión,
percepción, administración y
empleo de los recursos
públicos.
Actividad Económica :Es actividad
del hombre en sociedad, con el
objeto de satisfacer sus
necesidades, empleando para ello
recursos escasos, susceptibles de
usos alternativos.
12. TÉRMINOS BÁSICOS
Flujo Real: Son todos aquellos bienes y servicios que están a disposición
de la economía, que circulan en la economía, materia prima, productos
semiacabados y productos finales.
Flujo Nominal: Es la cantidad de ingreso monetario que circulan en la
economía..
Gasto Público: El estado subdesarrollado promueve el desarrollo
captando recursos y gastándolos.
Deuda Pública (DPN): La deuda pública se define como un instrumento
financiero de naturaleza pasiva para el ente público emisor (País,
Provincia, Estado, Departamento, Distrito o Municipio) que busca en los
mercados nacionales o extranjeros captar fondos bajo la promesa de
futuro pago y renta fijada por una tasa en los tiempos estipulados por el
bono.
13. TÉRMINOS BÁSICOS
La balanza de pagos :es un cuadro contable en que se registran las
transacciones con el exterior. El control se realiza en unidades
monetarias determinadas (divisas).
Moneda: Es la cantidad de dinero fraccionario, billetes y depósitos
bancarios en poder del público.
Precio: Es el monto en dinero que debe ser dado a cambio del bien o
servicio.
Producto Interno Bruto: Mide el crecimiento económico de la nación.
14. TÉRMINOS BÁSICOS
Endeudamiento: Utilizar recursos de terceros a través de una deuda con
el objetivo de obtener liquidez a cambio de una remuneración por dicho
capital en detrimento de la renta personal.
Impuestos : El impuesto es una clase de tributo (obligaciones
generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por
derecho publico. Se caracteriza por no requerir una contraprestación
directa o determinada por parte de la administración hacendaría
(acreedor tributario).
Las empresas Públicas: Son empresas creadas por el gobierno para
prestar servicios públicos. Son aquellas entidades que pertenecen al
Estado, tienen personalidad jurídica, patrimonio y régimen jurídico
propio.
15. DERECHO TRIBUTARIO
Derecho Tributario: Llamado también derecho fiscal o derecho
impositivo. Es el conjunto de normas jurídicas que regulan el tributo.
Es una rama del Derecho Público. Estudia las normas que regulan
el tributo y sus formas de recaudación, evitando a través de los
diversos principios que la rigen, la arbitrariedad por parte de los
órganos del estado encargados de su recaudación.
Conjunto de normas y principios del derecho que atañe a los
tributos y, especialmente, a los impuestos.
Según Héctor B. Villegas El tributo son las prestaciones en dinero
que el Estado exige en ejercicio de su poder de imperio, en virtud
de una Ley para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento
de sus fines.
Autonomía del Derecho Tributario: El Derecho Tributario es una
rama del Derecho Público. Específicamente es una disciplina del
derecho financiero.
16. DERECHO TRIBUTARIO
Derecho Financiero y Derecho Tributario
La actividad financiera del Estado, o fenómeno financiero desde
el punto de vista económico, es el objeto de estudio de la
Hacienda Publica, desde el ángulo jurídico, tal fenómeno es el
objeto de estudio del Derecho Financiero.
Derecho financiero:
"Es la disciplina jurídica que estudia los principios que rigen la
Organización del Estado para la gestión, percepción,
administración y empleo de los recursos públicos y las relaciones
jurídicas a que los impuestos dan origen entre el Estado y los
contribuyentes a consecuencia de la imposición".
17. DERECHO TRIBUTARIO
El objeto de estudio del Derecho Financiero:
Es en consecuencia muy amplio, comprende desde las normas
financieras básicas contenidas en la Constitución Política, los
principios económicos, administrativos y éticos de los impuestos,
las institucionales financieras del Estado; la teoría general de los
impuestos, hasta las relaciones que las leyes tributarias establecen
entre el Estado y los particulares a consecuencia de los impuestos.
18. DERECHO TRIBUTARIO
Concepto De Derecho Tributario
Es el conjunto de principios y normas que regulan los impuestos
y las relaciones jurídicas que se generan, tanto entre el Estado
y los contribuyentes, como entre estos últimos, a consecuencia
de la imposición.
Contenido Del Derecho Tributario
El objeto de estudio o contenido del Derecho Tributario es el
impuesto o tributo, los principios que informan el fenómeno
impositivo, y las relaciones jurídicas o que da origen al
establecimiento de un impuesto.
19. IMPUESTOS
"son impuestos las prestaciones en dinero o en especies,
exigidas por el Estado en virtud del poder del imperio, a
quienes se hayan en las situaciones consideradas por la ley
como los hechos imponibles (Villegas,2000)
También, se define como la prestación pecuniaria que
una entidad pública tiene el derecho de exigir en virtud de
su poder de imperio, en medida y formas establecidas en la
ley con el propósito de tener un ingreso..Gianni ni, citado por
Moya 2009.
20. CARACTERÍSTICAS DE LOS
IMPUESTOS
•Una obligación de dar dinero o cosa (prestación).
•Emanada del poder de imperio Nacional, Estatal o Municipal lo
que se supone su obligatoriedad y la compulsión para hacerse
efectivo su cumplimiento.
• Establecida por la ley.
•Aplicable a personas individuales o colectivas.
•Que se encuentren en distintas situaciones predecibles como
puede ser determinada capacidad económica, realización de
ciertos actos, etc.
21. Clasificación de los impuestos
Impuestos Impuestos
Impuestos
Directos e Proporcionales
Generales y
Indirectos Progresivos
Especiales
De acuerdo a su fin determinado De acuerdo al gravamen
22. Clasificación de los Impuestos
•Impuestos directos e indirectos:
Impuestos directo: Gravan Patrimonio, Toman la capacidad
económica del contribuyente e inmediatos
Impuestos Indirectos: Gravan el consumo, la transferencia, no toman
la capacidad económica del contribuyente, son mediatas por que no
existe la certeza que ocurra.
23. Clasificación de los Impuestos
•Impuestos Generales y Especiales:
•De acuerdo a su fin determinado:
Generales: Son aquellos cuya finalidad es cubrir todos los gastos sin ningún
fin en especial.
Especiales: Cuya finalidad es para beneficiar un grupo.
•Desde el punto de vista del Gravamen:
Generales: Es el que grava todas las rentas, todos los consumos, de todas
las personas naturales o jurídicas.
Especiales: Es aquel que grava a un solo contribuyente.
24. Clasificación de los Impuestos
•Impuestos Proporcionales y Progresivos:
Impuestos Proporcionales: Es aquel que mantiene una relación
constante entre su cuantía y el valor de la riqueza gravada.
Impuestos Progresivos: Es aquel en que la relación de cuantía del
impuesto con respecto al valor de la riqueza gravada aumenta a
medida que aumenta el valor de esta.
25. Impuestos Nacionales
Los impuestos nacionales están consagrados en la Carta
Magna de la República en el articulo 156 numeral 12 que
señala que es de competencia nacional la creación,
organización, recaudación, administración y control de
los impuestos sobre la renta, sobre sucesiones,
donaciones y demás ramos conexos, el capital, la
producción, el valor agregado, los hidrocarburos y
minas, de los gravámenes a la importación y exportación
de bienes y servicios, los impuestos que recaigan sobre
el consumo de licores, alcoholes y demás especies
alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del tabaco,
y de los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a
los Estados y Municipios por esta Constitución o por la
ley.
26. •IMPUESTO SOBRE LA RENTA
ISLR (Impuesto sobre la renta) ó (impuesto a las
ganancias): El impuesto sobre la renta como su nombre
lo indica, grava la renta, es decir la ganancia que
produce una inversión o rentabilidad del capital.
También puede ser el producto del trabajo bajo relación
de dependencia o lo producido por el ejercicio de una
profesión determinada.
27. Para que una renta sea gravable debe
cumplir las siguientes características:
•Que se trate de un enriquecimiento neto, como el
incremento del patrimonio después de restar de los
ingresos brutos, los costos y deducciones que establezca
la ley
•Que se trate de un enriquecimiento disponible de acuerdo
a la ley
•Que se trate de enriquecimientos de bienes y actividades
ocurridas dentro del país.
28. •Impuesto al valor agregado.
El impuesto al valor agregado está definido en el artículo 1 de la ley del
I.V.A. que expresa lo siguiente:
IVA (Impuesto al Valor Agregado): El Impuesto al Valor
Agregado es un gravamen sobre las ventas que se
aplican al valor que se aumenta a un producto o servicio
cada vez que cambia de manos. La Ley del Impuesto al
Valor Agregado en su Artículo 1º nos señala: "es un tributo
que grava la enajenación de bienes muebles, la
prestación de servicios y la importación de bienes,
aplicable en todo el territorio nacional, que deberán
pagar las personas naturales o jurídicas, las comunidades,
las sociedades irregulares o de hecho, los consorcios y
demás entes jurídicos y económicos, públicos o privados,
que en su condición de importadores de bienes
habituales o no, de fabricantes, productores,
ensambladores, comerciantes y prestadores de servicios
independientes, realizan las actividades definidas por la
ley como hecho imponible".
29. Características del impuesto al valor agregado
•Es un impuesto que tiene que estar establecido por la ley
•Es un impuesto indirecto, porque grava los consumos
•Es un impuesto real porque no toma las condiciones subjetivas
del contribuyente como nacionalidad, sexo, raza.
•Es un impuesto a la circulación ya que gravan la riqueza de los
manifiesto del movimiento económico de los bienes.
•No es un impuesto acumulativo
•Es un impuesto trasladado al consumidor final.
30. IMPUESTOS DE SUCESIONES, DONACIONES Y
RAMOS CONEXOS
ISDRC (Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y Ramos
Conexos): El Artículo 1 dice: Que son las transmisiones
gratuitas de derechos por causa de muerte o por actos
entre vivos serán gravadas con el impuesto a que se refiere
la presente Ley en los términos y condiciones que en ella se
establecen. Según dicha ley están obligados a pagar este
impuesto los beneficiarios de herencias y legados que
comprendan bienes, muebles o inmuebles, derechos o
acciones situados en el territorio nacional.
31. •IMPUESTOS SOBRE ADUANAS:
IMPUESTOS SOBRE ADUANAS
Es un impuesto nacional que grava los derechos de carácter aduanero y
las relaciones jurídicas derivadas de ellos, la entrada, permanencia y salida
del territorio nacional de mercancías objeto de trafico internacional y de los
medios de transporte que lo conduzcan.
32. IAEA (Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas: Es
un impuesto aplicado al alcohol etílico y a las especies
alcohólicas de producción nacional o importadas,
destinadas al consumo en el país; así como al ejercicio de
la industria y del comercio del alcohol etílico y especies
alcohólicas. La importación del alcohol etílico y especies
alcohólicas está gravada con un impuesto específico
interno que será exigible en la misma oportunidad en que
se recaude el impuesto de importación. Las Tarifas (en
Bolívares por litro): Las Tarifas establecidas en la Ley de
Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas
33. El impuesto sobre cigarrillo y
manufacturas del tabaco
Es un impuesto que grava la producción nacional o
importación de cigarrillos, tabaco y picadura de fumar,
destinados al consumo del país.
El Ejecutivo Nacional podrá aumentar o disminuir el precio de
venta de las especie
La tarifa aplicable es el 70% del precio de venta al público.
No se causara este impuesto cuando estas especies de
producción nacional sean destinados a la exportación o al
consumo en zona francas u otros territorios sujetos a régimen
aduaneros,
34. Impuestos Municipales
Los Municipios son consagrados en la Constitución Nacional de 1.999 en su artículo 168
que dice lo siguiente en cuanto su autonomía tributaria.
La autonomía es la facultad que tiene el ente municipal para actuar dentro de las
competencias que han sido asignadas por la Constitución y las leyes
Los Municipios constituyen la unidad política primaria de la organización
nacional, gozan de personalidad jurídica y autonomía dentro de los límites de
la Constitución y de la ley. La autonomía municipal comprende:
1. La elección de sus autoridades.
1. La gestión de las materias de su competencia.
1. La creación, recaudación e inversión de sus ingresos.
Las actuaciones del Municipio en el ámbito de sus competencias se
cumplirán incorporando la participación ciudadana al proceso de definición y
ejecución de la gestión pública y en el control y evaluación de sus resultados,
en forma efectiva, suficiente y oportuna, conforme a la ley.
Los actos de los Municipios no podrán ser impugnados sino ante los
tribunales competentes, de conformidad con la Constitución y la ley.
35. Impuestos de actividades económicas:
Son conocidos como el impuesto de patente de industria y comercio que gravan
los ingresos brutos que se originan de toda actividad comercial, industrial o de
índole similar realizada en forma habitual en un determinado municipio y
vinculado a un local comercial, agencia o lugar físico, cuyo fin sea el lucro.
Impuestos de inmuebles urbanos:
Esta imposición consiste en gravar la propiedad inmobiliaria dentro de la zona
urbana. Es un impuesto que grava a toda persona que tenga derechos de
propiedad y otros derechos reales sobre bienes e inmuebles situados en el
territorio de un determinado municipio o sean beneficiarios de concesiones
administrativas sobre los mismos bienes.
Impuestos de Espectáculos Públicos:
Es un impuesto que se establece como objeto, la presentación o exhibición de
espectáculos públicos en dicho municipio, así como las diversiones o
entretenimientos que se ofrezcan
Patente de Vehículos:
Es el impuesto que grava a personas naturales o jurídicas que sean propietarios
de vehículos tracción mecánica, cualquier clase o categoría, que residan o estén
domiciliados en un municipio determinado.