1. EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
DISPOCISIONES GENERALES:
Concepto:
La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada es una persona
jurídica de derecho privado, constituida por voluntad unipersonal, con
patrimonio propio distinto al de su Titular, que se constituye para el
desarrollo exclusivo de actividades económicas de Pequeña Empresa,
al amparo del Decreto Ley Nº 21435;
El patrimonio de la Empresa está constituido inicialmente por los bienes que aporta quien la
constituye. El valor asignado a este patrimonio inicial constituye el capital de la Empresa.
La responsabilidad de la Empresa está limitada a su patrimonio. El Titular de la Empresa no
responde personalmente por las obligaciones de ésta.
Sólo las personas naturales pueden constituir o ser Titulares de Empresas Individuales de
Responsabilidad Limitada.
Cada persona natural podrá ser titular de una o más Empresas Individuales de Responsabilidad
Limitada".
DE LA CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA
La Empresa se constituirá por escritura pública
otorgada en forma personal por quien la constituye y
deberá ser inscrita en el Registro Mercantil.
La inscripción es la formalidad que otorga personalidad
jurídica a la Empresa, considerándose el momento de la
inscripción como el de inicio de las operaciones.
DE LOS APORTES
El patrimonio inicial de la Empresa se forma por los
aportes de la persona natural que la constituye.
Sólo podrá aportarse dinero o bienes muebles e inmuebles. No podrán aportarse bienes que tengan el
carácter de inversión extranjera directa.
El aporte en dinero se hará mediante el depósito en un Banco para ser acreditado en cuenta a nombre
de la Empresa.
Los bienes no dinerarios como ejemplo muebles, equipos, enseres y
maquinarias;
Los bienes dinerarios, que es el efectivo;
2. Los bienes mixtos, que son aquellos que pueden ser valorados económicamente y transferidos al
patrimonio de la Empresa.
Ejemplo:
Don Javier Martínez manifiesta que desea formar una Pequeña Empresa para construir una Agencia de
Viajes y Turismo; quiere ser asesorado para tomar la mejor decisión en lo relacionado a los pasos que
debería seguir para formar su Empresa. No quiere tener problemas con la SUNAT ni con la
Municipalidad ni con otra institución.
Para lo cual el es una persona natural por lo tanto puede constituir la empresa, ya que la empresa es de
responsabilidad limitada sus bienes propios son muy diferentes de los bienes de la empresa por lo tanto
no corre riesgo en caso la empresa caiga en bancarrota.
Su aporte en bines no dinerarios fue de una computadora i7, dos escritorios, dos sillas y una impresora.
En bienes dinerarios su aporte fue de s/. 30 000.00 El aporte del dinero se depósito en un Banco para
ser acreditado en cuenta a nombre de la Empresa.
Don Javier se ha apersonado a las diferentes instituciones para hacer los tramites correspondientes ya
que solo Don Javier puede hacerlo, es de manera personal.
DE LOS ORGANOS DE LA EMPRESA
Son órganos de la Empresa:
a) El Titular; y,
b) La Gerencia.
El Titular es el órgano máximo de la Empresa y tiene a su cargo la decisión sobre los bienes y actividades
de ésta. El Titular responde en forma personal e ilimitada:
La Gerencia es el órgano que tiene a su cargo la administración y representación de la Empresa. La
Gerencia será desempeñada por una o más personas naturales, con capacidad para contratar,
designadas por el Titular.
DE LAS SUCURSALES
El Titular de la Empresa puede establecer sucursales en el territorio de la República. El establecimiento
de la sucursal será inscrito en el Registro Mercantil del lugar del domicilio de la Empresa y del domicilio
de la sucursal.
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA EMPRESA
Se produce cuando:
Pérdidas que reduzcan el patrimonio de la Empresa en más de cincuenta por ciento (50%)
fallecimiento del titular (En caso de fallecimiento del empresario, sus herederos pueden
continuar con la empresa.)
Voluntad del Titular
Fusión
3. Quiebra de la Empresa
Resolución judicial
Por cualquier otra causa de disolución prevista en la ley
El Poder Ejecutivo puede solicitar a la Corte Superior del distrito judicial del domicilio de la Empresa la
disolución de ésta, si sus fines o actividades son contrarios al orden público o a las buenas costumbres.
La empresa se disuelve mediante escritura pública en la que consta la causal de disolución y el
nombramiento del liquidador
PASOS PARA CONSTITUIR UNA E.I.R.L.
PASO 1: Reunión del titular y los interesados
1.1. Discutir y presentar los aspectos generales y ventajas sobre la decisión de constituir una E.I.R.L.
PASO 2: Identificación de la razón social
1) Seleccionar el nombre
2) Identificar el nombre propuesto
2.1. Tramitar identificación de razón social en la oficina de los Registros Públicos, previo pago.
2.3. Recibir constancia de búsqueda (CERTIFICADO DE BÚSQUEDA MERCANTIL), que señala si hay o
no otra empresa con ese nombre.
2.4. Resultado:
Negativo: Nombre procede; Positivo: Escoger otro nombre y reiniciar el trámite.
PASO 3: Elaboración de la minuta
3.1. Datos personales del titular, domicilio legal de la empresa, aportes del capital social.
3.2. Discutir el contenido del estatuto, para esto contar con asesoría legal.
3.3. Un abogado redacta la minuta con el fin de entender cada uno de los términos del compromiso.
3.4. Aprobar la minuta.
3.5. Suscribir la minuta, con la firma del abogado.
PASO 4: Escritura Pública
4. 4.1. Realizar un depósito bancario en cuenta corriente a nombre de la empresa por el 25% del capital
declarado en la minuta.
4.2. Pagar al fondo mutual del abogado el 1/1000 del capital social suscrito. Este pago se deposita en
la cuenta del Colegio de Abogados.
4.3. Llevar a la notaria la minuta, los comprobantes de los pagos anteriores para que el notario
elabore el testimonio de constitución.
4.4. El titular irá a la notaria para firmar y poner su huella digital.
PASO 5: Inscripción SUNAT (RUC)
5.1. Presentar documento de identidad del titular o representante legal.
5.2. Reunir documentos con respecto a la sociedad:
Recibo de agua, luz, teléfono, televisión por cable o declaración jurada de predios.
Contrato de alquiler o cesión de uso de predio con firmas legalizadas notarialmente.
Acta probatoria levantada por el fedetario fiscalizador de la Sunat donde se señale el domicilio.
Testimonio de constitución de la empresa, donde conste la inscripción ante la Sunarp.
Constancia de numeración emitida por la municipalidad.
PASO 6: Autorización de impresión de comprobantes de pago Formulario 806
6.1. Régimen Especial
6.2. Régimen General del Impuesto a la Renta.
PASO 7: Licencia de funcionamiento municipal(¿?¿?¿??¿???¿?¿)
7.1. Formato de solicitud
7.2. Registro Único del Contribuyente (RUC)
7.3. Certificado de compatibilidad de uso.
7.4. Copia certificada notarial o legalizada por el fedatario de la Municipalidad del Testimonio de
Constitución de la empresa.
7.5. Declaración Jurada de ser microempresa o pequeña empresa.
5. 7.6. Recibo de pago por los derechos correspondientes.
PASO 8: Autorización del libro de planillas ante el MTPS
8.1. Solicitud según formato debidamente llenada.
8.2. Comprar el libro de planillas.
8.3. El mismo libro u hojas sueltas.
8.4. Copia del RUC
8.5. Pago del derecho del trámite
PASO 9: Legalización de libros contables ante notario
9.1. Solicitud requiriendo la legalización respectiva
9.2. Copia del RUC
9.3. Copia del DNI del representante legal de la empresa
9.4. Pago por el derecho de trámite