El documento habla sobre la formalización y operatividad de un consultorio odontológico. Explica que es necesario cumplir con requisitos formales a nivel profesional, municipal, sectorial, clínico, ocupacional, ambiental y sanitario. También es necesario registrarse en el Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (RENIPRESS) y cumplir con categorización y normativas del Ministerio de Salud.
Contaminación del agua en la ciudad de Arequipa.pdf
Formalización y Operatividad del Consultorio Odontológico - Formalización Sectorial
1. CD. Esp. Jorge E. Manrique Chávez
FORMALIZACIÓN Y OPERATIVIDAD DEL
CONSULTORIO ODONTOLÓGICO
2.
3. Dr. Jorge E. Manrique Chávez
Docente del DepartamentoAcadémico de Odontología Social (UPCH)
Perito Odontológico RNP N° 014 | Auditor Odontológico RNA N° 247
Especialista en Salud Pública Estomatológica RNE N° 3254
Doctorado en Gobierno y Política Pública – Maestría en Estomatología
Maestría en Salud Pública – Maestría en Gerencia de Servicios de Salud
Posgrado en Odontología Legal y Forense (Universidad Internacional de Cataluña - España)
Posgrado en Compliance Odontológico (Faculdade do Centro Oeste Paulista - Brasil)
Posgrado en Auditoría Odontológica (Asociación Civil Argentina de Auditoría Odontológica)
Posgrado en Evaluación Económica en Salud (Universidad de Antioquia - Colombia)
Posgrado en Medicina Basada en Evidencia (Pontificia Universidad Católica de Chile)
Past-Presidente de la Asociación Peruana de Odontología Preventiva y Social (APOPS)
Past-Vicepresidente de la Asociación Peruana de Peritos y Auditores Odontológicos (APPAO)
Miembro Honorario de la Asociación Peruana de Odontología Forense (APOFOR)
Coordinador del Programa de Segunda Especialidad en Odontología Forense (UPCH)
Coordinador del Programa de Segunda Especialidad en Auditoría Odontológica (UPCH)
Ex-Director Administrativo (FAEST-UPCH) | Ex-Director Clínico (CDD-UPCH) | Ex-Director de Planificación y Desarrollo (UPCH)
Director Regional de Planificación (COL) | Director de la Escuela de Perfeccionamiento Profesional (EPP-COL)
Consultor Principal, Asesor Estratégico, Perito Líder y Auditor Senior de Dental Enterprise Support & Integral Consulting S.A.
FORMALIZACIÓN Y OPERATIVIDAD DEL
CONSULTORIO ODONTOLÓGICO
6. CONSIDERACIONES:
❖ Título Profesional, Colegiatura y Habilitación del Odontólogo Responsable o Director Odontológico.
❖ Licencia para el uso de Equipos Radiológicos del Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN).
❖ Constancia de Categorización otorgada por el Ministerio de Salud (MINSA – DIRIS/DIRESA).
❖ Registro Nacional de Institución Prestadora de Servicios de Salud (RENIPRESS – SUSALUD).
❖ Certificado de Licencia de Apertura de Establecimiento - Licencia de Funcionamiento Municipal.
❖ Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones – ITSE (Gobierno Local).
❖ Libro de Reclamaciones en Salud (SUSALUD) – Gestión de Reclamaciones.
❖ Signos Distintivos - Código de Protección y Defensa del Consumidor (INDECOPI).
❖ Autorización Municipal para Instalación de Anuncios y Publicidad Exterior.
ASPECTOS ADMINISTRATIVOS (SECTORIALES)
14. Los documentos mínimos son:
1. Registro Nacional de IPRESS / RENIPRESS.
2. Designación del Director Médico/Clínico/Odontológico del IPRESS.
3. Manual de Organización y Funciones (MOF) de la IPRESS.
4. Plan de seguridad (contingencia frente a emergencias y desastres).
5. Plan anual de manejo de residuos sólidos.
6. Libro de reclamaciones en salud (SUSALUD).
7. Plan anual de mantenimiento preventivo de equipos biomédicos.
8. Archivo de identificación del personal (File de RRHH).
9. Credencial de identificación personal (fotocheck).
10. Manual de Bioseguridad, según normativa MINSA.
Documentos de Gestión de la IPRESS
15. Los documentos mínimos son:
11. Guías de práctica clínica (GPC), según normativa MINSA.
12. Historia clínica con odontograma, según normativa MINSA.
13. Recetario médico (prescripción), según normativa DIGEMID.
14. Consentimiento(s) Informado(s).
15. Control de stock de medicamentos (Kardex), según normativa DIGEMID.
16. Plan de capacitación continua del personal.
17. Plan de inducción al nuevo personal.
18. Registro y análisis de eventos adversos (EA).
19. Registro y notificación de accidentes de trabajo (SUNAFIL).
20. Plan Anual de Auditoría en Salud y Plan Anual de Seguridad del Paciente.
Documentos de Gestión de la IPRESS
16. Reglamento de Establecimientos de Salud (EESS)
y Servicios Médicos de Apoyo (SMA)
Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo
DECRETO SUPREMO Nº 013-2006-SA
17. Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo
DECRETO SUPREMO Nº 013-2006-SA
Reglamento de Establecimientos de Salud (EESS)
y Servicios Médicos de Apoyo (SMA)
25. IPRESS
❖ Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS), según el artículo 7°
del Decreto Legislativo Nº 1158 "… son aquellos establecimientos de salud y
servicios médicos de apoyo, públicos, privados o mixtos, creados y por
crearse, que realizan atención de salud con fines de prevención, promoción,
diagnóstico, tratamiento y/o rehabilitación; así como aquellos servicios
complementarios o auxiliares de la atención médica, que tienen por finalidad
coadyuvar en la prevención, promoción, diagnóstico, tratamiento y/o
rehabilitación de la salud…".
26. ❖ El Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de Servicios de
Salud (RENIPRESS) permite realizar los procesos de registro, renovación,
actualización y/o retiro de las Instituciones Prestadoras de Servicios de
Salud (IPRESS), públicas, privadas o mixtas, en el registro administrado
por la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD).
❖ Todas las IPRESS deberán inscribirse en cumplimiento al Reglamento de
la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud (DS N° 008-2010-SA)
REGISTROS:
❖ Solicitud para Persona Natural
❖ Solicitud para Persona Jurídica Privada, Pública o Mixta
REGISTRO NACIONAL DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
(RENIPRESS)
27. El RENIPRESS es el registro
administrativo a cargo de SUSALUD que
sistematiza la información de todas las
IPREESS públicas, privadas y mixtas a
nivel nacional. El registro otorga un
código único de IPRESS, con el cual se
identifica a la institución frente a la
autoridad sanitaria. Con este código la
IPRESS queda autorizada para brindar
servicios de salud.
Forman parte del RENIPRESS todos los
establecimientos de salud y servicios
médicos de apoyo inscritos en el RENAES
que al 6 de diciembre del 2014 se
encuentren con estado activo, incluyendo
aquellos registrados en el RIPRESS.
RENAES
Registro Nacional de Establecimientos
de Salud y Servicios Médicos
REGISTRO NACIONAL DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
(RENIPRESS)
28. REGISTRO NACIONAL DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
(RENIPRESS)
29. REGISTRO NACIONAL DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
(RENIPRESS)
30. REGISTRO NACIONAL DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
(RENIPRESS)
31. REGISTRO NACIONAL DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
(RENIPRESS)
32. REGISTRO NACIONAL DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
(RENIPRESS)
33. REGISTRO NACIONAL DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
(RENIPRESS)
34. ❖ El sistema emite un documento, que deberá imprimir y presentar en la autoridad sanitaria correspondiente.
❖ Genera un código de trámite que le será de utilidad para consultar el estado de su expediente.
❖ Además recibirá un correo electrónico con la misma información.
REGISTRO NACIONAL DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
(RENIPRESS)
35. REGISTRO NACIONAL DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
(RENIPRESS)
37. DPTO. DE
MEDICINA
DPTO. DE
CIRUGÍA
DPTO. DE
PEDIATRÍA
DPTO. DE
GINECO-OBST.
CONSULTA EXTERNA
HOSPITALIZACIÓN
EMERGENCIA
CENTRO
QUIRÚRGICO
ESTRUCTURA
FORMAL
ESTRUCTURA
FUNCIONAL
ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS
38. ❖ UNIDAD PRODUCTORA DE SERVICIOS (UPS):
Es la unidad básica funcional del establecimiento de salud, constituida por el conjunto de
recursos humanos y tecnológicos en salud (infraestructura, equipamiento, medicamentos,
procedimientos clínicos, entre otros), organizada para desarrollar funciones homogéneas y
producir determinados SERVICIOS, en relación directa con su nivel de complejidad.
❖ UNIDAD PRODUCTORA DE SERVICIOS DE SALUD (UPSS):
Es la UPS organizada para desarrollar funciones homogéneas y producir determinados
SERVICIOS DE SALUD en relación directa con su nivel de complejidad.
ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS
39. UPSS DE ATENCIÓN DIRECTA
CONSULTA EXTERNA
HOSPITALIZACIÓN
EMERGENCIA
CENTRO
QUIRÚRGICO
CENTRO
OBSTÉTRICO
UNIDAD DE
CUIDADOS
INTENSIVOS
UPSS DE ATENCIÓN DIRECTA
Realizan las prestaciones finales a los usuarios.
ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS
40. UPSS DE ATENCIÓN DIRECTA
CONSULTA EXTERNA
HOSPITALIZACIÓN
EMERGENCIA
CENTRO
QUIRÚRGICO
CENTRO
OBSTÉTRICO
UNIDAD DE
CUIDADOS
INTENSIVOS
PRODUCTOS / RESULTADOS
ATENCIÓN DE
CONSULTA EXTERNA
EGRESO
HOSPITALARIO
ATENCIÓN DE
URGENCIAS Y EMERGENCIAS
ATENCIÓN DE
INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA
ATENCIÓN DE
PARTO
EGRESO DE
CUIDADOS INTENSIVOS
ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS
41. UPSS DE ATENCIÓN DE SOPORTE
PATOLOGÍA CLÍNICA
CENTRAL DE
ESTERILIZACIÓN
DIAGNÓSTICO POR
IMÁGENES
ANATOMÍA
PATOLÓGICA
NUTRICIÓN Y
DIETÉTICA
FARMACIA
MEDICINA DE
REHABILITACIÓN
CENTRO DE
HEMOTERAPIA Y
BANCO DE SANGRE
HEMODIÁLISIS
RADIOTERAPIA
MEDICINA NUCLEAR
UPSS DE ATENCIÓN DE SOPORTE
Realizan las prestaciones que coadyudan al
diagnóstico y tratamiento de los problemas
quirúrgicos de usuarios que acuden a UPSS de
Atención Directa.
ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS
42. CATEGORÍA
❖ Tipo de establecimientos de salud que comparten funciones,
características y niveles de complejidad comunes, las cuales responden a
realidades socio-sanitarias similares y están diseñadas para enfrentar
demandas equivalentes.
❖ CRITERIOS PARA CATEGORÍA:
▪ Tamaño (infraestructura, equipamiento y RRHH)
▪ Nivel tecnológico (especialización y tecnificación)
▪ Capacidad resolutiva cuantitativa (volumen de demanda / servicios y producción)
▪ Capacidad resolutiva cualitativa (diagnóstico y severidad, satisfacción y referencia)
43. DEMANDA
Cuantitativa
Volumen de demanda
Cualitativa
Diagnóstico y severidad de los
mismos
OFERTA
Capacidad Resolutiva cuantitativa
Volumen de producción: consultas,
atención de hospitalización (egresos),
atención de emergencias, intervenciones
quirúrgicas, exámenes, entre otros
+
Capacidad de referir pacientes
Capacidad Resolutiva cualitativa
Complejidad de los servicios de salud
otorgados
+
Capacidad de referir pacientes
Capacidad Resolutiva Estructura
Tamaño
Cantidad y rendimiento de
recursos: Humanos,
equipamiento, infraestructura,
insumos, entre otros
Nivel Tecnológico
Especialización de recursos
humanos y tecnificación de
equipamiento, infraestructura,
insumos, entre otros recursos
RELACIÓN CARACTERÍSTICAS DE LA DEMANDA Y OFERTA
45. NIVELES DE ATENCIÓN
❖ Conjunto de recursos humanos, físicos y tecnológicos (oferta) organizados
en funciones de producción (funciones de atención), que se caracterizan
específicamente por la capacidad que tienen para resolver (capacidad
resolutiva) los problemas de salud de la comunidad (demanda) hasta un
cierto nivel de volumen y de complejidad.
46. NIVELES DE ATENCIÓN
NIVEL I
❖ Preservar y conservar la Salud de la
Población a través de acciones de
promoción, protección específica,
diagnóstico precoz y tratamiento
oportuno de padecimientos sencillos
que se presentan frecuentemente y
cuya resolución es factible mediante
recursos simples.
80%
47. NIVELES DE ATENCIÓN
NIVEL II
❖ Restauración de la salud, con atención
a daños poco frecuentes y de mediana
complejidad; los servicios que otorga
son proporcionados a pacientes
derivados del Nivel I y los que se
presentan espontáneamente con
urgencias médicas o quirúrgicas.
12%
48. NIVELES DE ATENCIÓN
NIVEL III
❖ Restauración y rehabilitación de la
Salud a usuarios que presentan
padecimientos de alta complejidad de
diagnóstico y tratamiento que han sido
enviados por los otros niveles de
atención.
8%
49. CATEGORÍAS Y CATEGORIZACIÓN
CATEGORIZACIÓN:
❖ Clasificación de las unidades
productoras de servicios de salud de
acuerdo al grado de resolución de las
patologías que atiende, en términos
cuantitativos y cualitativos (capacidad
resolutiva), y del tamaño y
complejidad de las mismas.
50. NTS Nº 021-MINSA/DGSP/V.03 Norma Técnica
de Salud "Categorías de Establecimientos del
Sector Salud"
CATEGORIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD
125. • Ley 28028: Ley de Regulación del Uso de Fuentes de Radiación Ionizante (2003)
• Reglamento de Ley 28028, Ley de Regulación del Uso de Fuentes de Radiación
Ionizante (D.S. Nro. 039-2008-EM)
• Reglamento de Seguridad Radiológica (D.S. Nro. 009-97-EM)
• Norma Técnica IR.003.2013 "Requisitos de Protección Radiológica en Diagnóstico
Médico con Rayos X" (R.P. 123-13-IPEN/PRES)
• Ley 30646: Ley que regula el descanso físico adicional del personal de la salud por
exposición a radiaciones ionizantes o sustancias radiactivas
126.
127. Ley 28028
Ley de Regulación del Uso de Fuentes de Radiación Ionizante
Reglamento de la Ley 28028
(D.S. Nro. 039-2008-EM)
Norma Técnica IR.003.2013 "Requisitos de Protección
Radiológica en Diagnóstico Médico con Rayos X“
(R.P. 123-13-IPEN/PRES)
Reglamento de Seguridad
Radiológica
(D.S. Nro. 009-97-EM)
Oficina Técnica de la Autoridad Nacional (OTAN) → Formulario 1 (Registro de Instalación) y Formulario 3 (Licencia Individual)
128.
129. CONTROL DE CALIDAD DE EQUIPOS DE RAYOS X
• Consiste en realizar pruebas no invasivas para verificar
el estado de funcionamiento de un equipo de rayos X,
así como la adecuada correspondencia entre los
VALORES INDICADOS Y MEDIDOS DE LOS
PARÁMETROS DEL EQUIPO, que son de utilidad para la
obtención de la imagen radiográfica.
130. CONTROL DE CALIDAD DE EQUIPOS DE RAYOS X
• Permite conocer el NIVEL DE SEGURIDAD y estabilidad
del equipo, exactitud y repetibilidad de los parámetros
que caracterizan el haz de rayos X, así como las dosis
recibidas por los pacientes. Se realiza en cumplimiento
de la Ley Nº 28028, Ley de Regulación del Uso de
Fuentes de Radiación Ionizante y su Reglamento.
137. LICENCIA DE INSTALACIÓN válido por 5 años
REGISTRO DE INSTALACIÓN válido por 5 años
CONTROL DE CALIDAD válido por 1 año
LICENCIA INDIVIDUAL válida por 5 años
LICENCIA INDIVIDUAL:
• Odontólogo General
• Odontólogo Especialista
• Asistente Dental
• Personal Técnico
140. PROTECCIÓN Y SEGURIDAD RADIOLÓGICA
El CONCRETO BARITADO, comúnmente
conocido como BARITA para rayos x, es una
mezcla de sulfato de bario (SO4Ba)
especialmente diseñada para ser un excelente
material de protección contra la radiación.
La barita para rayos x puede ser colocada por
cualquier maestro albañil calificado y es una
excelente opción para la protección radiológica
tomando en cuenta el costo beneficio. La barita
para rayos x es uno de los material aprobados
para el blindaje de salas de rayos x establecido.
Las LÁMINAS DE PLOMO son útiles para la
protección y blindaje radiológico, pueden ser
colocados en las paredes. Por su parte, el
VIDRIO EMPLOMADO permite al personal tener
contacto visual con el paciente mientras se
encuentra protegido de la radiación.
142. PROTECCIÓN CONTRA LA RADIACIÓN
1. Protección del paciente:
▪ Prescripción de las radiografías.
▪ Equipo adecuado (calibrado).
▪ Delantal de plomo y collar tiroideo.
▪ Películas rápidas.
▪ Aditamentos para sostener la película.
▪ Técnica adecuada.
▪ Sistemas de radiovisiografía (RVG).
143. PROTECCIÓN CONTRA LA RADIACIÓN
2. Protección del operador
▪ Guías de protección
▪ Vigilancia de la radiación
3. Protección en el embarazo
▪ Protocolo de toma de radiografías
▪ Señalética e información
144. PROPÓSITO:
• Organizar y mantener funcionando un sistema de
condiciones y medidas que garanticen el cumplimiento
de los requisitos de seguridad y protección radiológica.
OBJETIVOS:
• Asegurar los niveles considerados aceptables:
• Identificar los aspectos deficientes.
• Optimizar la protección:
• Evaluar si los esfuerzos son razonables y suficientes.
PROGRAMA DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA
145. ELEMENTOS:
• Organización y dirección
• Selección y capacitación del personal
• Control de la exposición ocupacional
• Control de la exposición del público
• Planificación y preparación para emergencias
• Garantía de calidad
PROGRAMA DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA
146. PRUEBAS:
• PRUEBAS DE ACEPTACIÓN: Tienen como objeto el
verificar que se cumplen las especificaciones técnicas y de
funcionamiento declaradas por el fabricante. La aceptación
con éxito del equipamiento da inicio al período de garantía.
• PRUEBAS DE REFERENCIA: Se realizan antes del
funcionamiento del equipo para recabar datos físico-
técnicos necesarios antes de iniciar su uso. También se
aplica en aquellos casos en que el equipamiento ya en uso
sufra modificaciones importantes.
• PRUEBAS DE CONSTANCIA: Verificación de la constancia
en el tiempo de los diferentes parámetros físico-técnicos del
equipamiento. Cuando se observa una desviación superior
a la tolerancia se toman las medidas necesarias.
PROGRAMA DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA
148. OBJETIVOS:
1. Proporcionar los conocimientos técnicos sobre protección radiológica
requeridos para la operación y supervisión de equipos de rayos X dental.
2. Capacitar al personal a fin de que pueda obtener la Licencia Individual de
acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 039-2008-EM y
Reglamento de la Ley 28028.
CENTRO SUPERIOR DE ESTUDIOS NUCLEARES
INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR (IPEN)
CURSO DE PROTECCIÓN RADIOLÓGICA EN RADIOLOGÍA DENTAL
149. PARTICIPANTES:
• Odontólogos y personal técnico.
CONTENIDO:
• Temas requeridos por la Oficina Técnica de la Autoridad Nacional (OTAN):
1. Conceptos fundamentales
2. Interacción de los rayos x con la materia
3. Magnitudes y unidades radiológicas
4. Detección de las radiaciones
5. Rayos X
6. Efectos biológicos de las radiaciones
7. Protección Radiológica
8. Normativa en protección radiológica
CENTRO SUPERIOR DE ESTUDIOS NUCLEARES
INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR (IPEN)
CURSO DE PROTECCIÓN RADIOLÓGICA EN RADIOLOGÍA DENTAL
150. Solicitud de Licencia Individual o Revalidación
Formulario 3 (Para el manejo de equipos de Rayos X)
151. LICENCIAS Y AUTORIZACIONES
O.T.A.N. - Oficina Técnica de la Autoridad Nacional
Formularios para solicitar licencias y autorizaciones
Formulario 1 - Solicitud de Registro de Instalación
Formulario 2 - Solicitud de Licencia de Operación
Formulario 3 - Solicitud de Licencia Individual o Revalidación
Guías reguladoras
Guía reguladora No. 1 - Para la obtención de Licencias para instalaciones de Rayos X
Guía reguladora No. 2 - Para la obtención de Registros para Rx Dental
Guía reguladora No. 3 - Para la obtención de Licencias individuales para el manejo de equipos de Rayos X
¿Cómo llenar los formularios?
Modelo referencial de Licencia Individual
Modelo referencial de Licencia RX Médico
Modelo referencial de Registro RX Dental