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Regulación y Formalización de la Actividad Odontológica - Formalización Comercial

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Regulación y Formalización de la Actividad Odontológica - Formalización Comercial

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Regulación y Formalización de la Actividad Odontológica (Escuela de Perfeccionamiento Profesional - Colegio Odontológico de Lima)

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Regulación y Formalización de la Actividad Odontológica - Formalización Comercial

  1. 1. CD. Esp. Jorge E. Manrique Chávez REGULACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ODONTOLÓGICA
  2. 2. Dr. Jorge E. Manrique Chávez Docente del Departamento Académico de Odontología Social (UPCH) Perito Odontológico RNP N° 014 | Auditor Odontológico RNA N° 247 Especialista en Salud Pública Estomatológica RNE N° 3254 Doctorado en Gobierno y Política Pública – Maestría en Estomatología Maestría en Salud Pública – Maestría en Gerencia de Servicios de Salud Posgrado en Odontología Legal y Forense (Universidad Internacional de Cataluña - España) Posgrado en Compliance Odontológico (Faculdade do Centro Oeste Paulista - Brasil) Posgrado en Auditoría Odontológica (Asociación Civil Argentina de Auditoría Odontológica) Posgrado en Evaluación Económica en Salud (Universidad de Antioquia - Colombia) Posgrado en Medicina Basada en Evidencia (Pontificia Universidad Católica de Chile) Past-Presidente de la Asociación Peruana de Odontología Preventiva y Social (APOPS) Past-Vicepresidente de la Asociación Peruana de Peritos y Auditores Odontológicos (APPAO) Miembro Honorario de la Asociación Peruana de Odontología Forense (APOFOR) Coordinador del Programa de Segunda Especialidad en Odontología Forense (UPCH) Coordinador del Programa de Segunda Especialidad en Auditoría Odontológica (UPCH) Ex-Director Administrativo (FAEST-UPCH) | Ex-Director Clínico (CDD-UPCH) | Ex-Director de Planificación y Desarrollo (UPCH) Director Regional de Planificación (COL) | Director de la Escuela de Perfeccionamiento Profesional (EPP-COL) Consultor Principal, Asesor Estratégico, Perito Líder y Auditor Senior de Dental Enterprise Support & Integral Consulting S.A. FORMALIZACIÓN Y OPERATIVIDAD DEL CONSULTORIO ODONTOLÓGICO
  3. 3. REGULACIÓN Y FORMALIZACIÓN Formalización Legal Formalización Prestacional Formalización Jurídica Formalización Contable- Tributaria Formalización Laboral Formalización Financiera- Bancaria Formalización Intelectual Formalización Comercial
  4. 4. FORMALIZACIÓN COMERCIAL MARKETING ÉTICO Y COMPETENCIA LEAL
  5. 5. MARKETING ÉTICO LIBERTAD DE EXPRESIÓN COMERCIAL La Constitución Política del Perú, en el inciso 4. del artículo 2º, reconoce la libertad de información, opinión, expresión y difusión y en el artículo 59º estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria (El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad pública). Bajo el ámbito de ambas libertades, resulta protegida la libertad comercial, dentro de la cual se enmarca la publicidad. La publicidad es la manera en que los proveedores dan a conocer u ofrecen sus productos y servicios en el mercado, enviando mensajes dirigidos a captar consumidores para ellos. Quienes concurren al mercado tienen el DERECHO DE EXPRESAR LIBREMENTE SUS IDEAS A TRAVÉS DE LA PUBLICIDAD, DENTRO DE LOS LÍMITES ESTABLECIDOS POR LA LEGISLACIÓN SOBRE PUBLICIDAD COMERCIAL.
  6. 6. MARKETING ÉTICO
  7. 7. MARKETING ÉTICO
  8. 8. MARKETING ÉTICO
  9. 9. MARKETING ÉTICO
  10. 10. https://www.gob.pe/institucion/indecopi/colecciones/4189-marco-normativo-de-competencia-desleal MARKETING ÉTICO
  11. 11. MARKETING ÉTICO
  12. 12. https://conarperu.org/wp-content/uploads/2019/01/CO%CC%81DIGO-DE-PROCEDIMIENTOS-DEL-CONAR.pdf
  13. 13. PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL
  14. 14. PUBLICIDAD ANTIÉTICA
  15. 15. PUBLICIDAD ÉTICA
  16. 16. PUBLICIDAD ANTIÉTICA
  17. 17. PUBLICIDAD ANTIÉTICA
  18. 18. PUBLICIDAD ANTIÉTICA
  19. 19. PUBLICIDAD ANTIÉTICA
  20. 20. COMPETENCIA DESLEAL
  21. 21. COMPETENCIA DESLEAL
  22. 22. COMPETENCIA DESLEAL ❖ La Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del INDECOPI sanciona todos aquellos actos que se encuentren reñidos con la buena fe comercial que debe sustentar toda actividad empresarial en el mercado. ACTOS QUE AFECTAN LA TRANSPARENCIA DEL MERCADO • Actos de engaño. • Actos de confusión. ACTOS INDEBIDOS VINCULADOS CON LA REPUTACIÓN DE OTRO AGENTE ECONÓMICO • Actos de explotación indebida de la reputación ajena. • Actos de denigración. • Actos de comparación y equiparación indebida. ACTOS QUE ALTERAN INDEBIDAMENTE LA POSICIÓN COMPETITIVA PROPIA O AJENA • Actos de violación de secretos empresariales. • Actos de violación de normas. • Actos de sabotaje. ACTOS DE COMPETENCIA DESLEAL DESARROLLADOS MEDIANTE LA ACTIVIDAD PUBLICITARIA • Actos contra el principio de autenticidad • Actos contra el principio de legalidad • Actos contra el principio de adecuación social
  23. 23. DUMPING (PRECIOS PREDATORIOS) ¿QUÉ ES EL DUMPING? ❖ La venta a pérdida​ (del inglés dumping), “dumpin” o competencia desleal se refiere a la práctica de vender por debajo del precio normal o a precios inferiores al coste con el fin de eliminar a la competencia y adueñarse del mercado. El dumping predatorio es clasificado como práctica desleal de competencia y como la forma más dañina de venta a pérdidas. ¿QUÉ SON LOS PRECIOS PREDATORIOS? ❖ Es una conducta que consiste en competir agresivamente a través de PRECIOS MUY BAJOS, soportando pérdidas o renunciando a beneficios en el corto plazo, con el fin de EXCLUIR A UN COMPETIDOR o evitar la entrada y así obtener o reforzar una posición dominante en el futuro.
  24. 24. CONCERTACIÓN DE PRECIOS ¿QUÉ ES LA CONCERTACIÓN DE PRECIOS? ❖ Es una CONDUCTA ILEGAL que afecta el libre funcionamiento del mercado. Se produce cuando las empresas acuerdan entre ellas para fijar el monto de sus precios. Esto va contra el normal funcionamiento del mercado donde el costo de los productos está regido por la ley de la oferta y la demanda. ❖ INDECOPI sostiene que es una práctica perjudicial que afecta directamente la economía de los consumidores y la libre competencia en el mercado reduciendo la posibilidad de que los consumidores puedan buscar y elegir según su conveniencia por quedarse sin opciones.
  25. 25. CONCERTACIÓN DE PRECIOS
  26. 26. PUBLICIDAD ENGAÑOSA ¿QUÉ ES LA PUBLICIDAD ENGAÑOSA? ❖ Es aquella que de cualquier manera (por presentación u omisión de información relevante) induzca o pueda inducir a error a los consumidores respecto a: ▪ El origen de un producto o servicio y/o su naturaleza ▪ Modo de fabricación o distribución de un producto ▪ Características, aptitud para su uso, calidad ▪ Cantidad, precio, condiciones de venta ▪ Y en general sobre los atributos, beneficios, limitaciones o condiciones de venta de los productos, servicios, establecimientos y/o transacciones que el proveedor pone a disposición de los consumidores en el mercado. ❖ El Decreto Legislativo Nº 1044 - Ley de Represión de la Competencia Desleal, establece que toda publicidad debe ser cierta y no inducir al error a los consumidores
  27. 27. PUBLICIDAD ENGAÑOSA
  28. 28. PUBLICIDAD ENGAÑOSA
  29. 29. PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR https://www.yalosabes.pe/yalosabes
  30. 30. PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR https://www.consumidor.gob.pe/
  31. 31. PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR
  32. 32. PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR
  33. 33. PROMOCIONES COMERCIALES
  34. 34. MEZCLA DE PROMOCIÓN (Comunicación Comercial) • Sus herramientas se clasifican en: 1. Promoción de ventas 2. Publicidad 3. Venta personal (Fuerza de ventas) 4. Marketing directo (Comunicación interactiva) 5. Relaciones públicas
  35. 35. MEZCLA DE PROMOCIÓN (Comunicación Comercial)
  36. 36. PROMOCIÓN DE VENTAS 1 • Incentivos a corto plazo que estimulan las compras en el cliente. • Ejemplos: Muestras, cupones, descuentos, rebajas, artículos agregados, envío de premios, concursos, precio paquete, rifas, reembolsos, demostración, pruebas, degustación, activaciones.
  37. 37. PROMOCIÓN DE VENTAS 1
  38. 38. PUBLICIDAD 2 • Forma de comunicación comercial que intenta incrementar el consumo de un producto o servicio a través de los medios de comunicación y de técnicas de propaganda. • Forma impersonal de comunicación. • Audiencia masiva. • Fines persuasivos. • Se paga por hacer este tipo de comunicación. • Se da a través de una imagen (persona). • Intervienen dos variables: Alcance y Frecuencia. Above the line (ATL); medios convencionales: anuncios en TV, radio y prensa escrita (periódicos, revistas, etc.). Below the line (BTL); medios alternativos: emplazamiento publicitario, anuncios en exteriores, anuncios cerrados, anuncios en punto de venta, publicidad online.
  39. 39. PUBLICIDAD 2
  40. 40. PUBLICIDAD 2
  41. 41. VENTA PERSONAL 3 • Sirve para llegar a los clientes potenciales. • Representante de la empresa realiza las ventas y crea relaciones con los usuarios. • Vínculo principal entre usuario y empresa. • Para el cliente: representante (empresa). • Para la empresa: representante (cliente). Se combina con frecuencia con un sistema de información de mercadotecnia (Customer Relationship Management - CRM).
  42. 42. VENTA PERSONAL 3
  43. 43. MARKETING DIRECTO 4 • Es un sistema interactivo que utiliza uno o más medios de comunicación para obtener una respuesta medible en un público objetivo. • Ejemplos: Venta por catálogo, correo directo (mailing), buzoneo, correo electrónico (e-mailing), venta por teléfono (telemarketing), comercio electrónico (e-commerce) y envío masivo de faxes.
  44. 44. MARKETING DIRECTO 4
  45. 45. RELACIONES PÚBLICAS 5 • Construcción de una imagen favorable de la empresa con su público a través de la publicidad no pagada, las relaciones con los medios informativos y los eventos comunitarios. • Ejemplos: Comunicados de prensa, patrocinio de eventos, donativos, relaciones con la comunidad, conferencias, seminarios, publicaciones propias, responsabilidad social, organización de eventos, etc.
  46. 46. RELACIONES PÚBLICAS 5
  47. 47. ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR SOLICITAR AUTORIZACIÓN PARA EXHIBIR ANUNCIOS DE PUBLICIDAD ❖ Si desea colocar anuncios, avisos o elementos publicitarios en la vía pública, debe solicitar una autorización a la MUNICIPALIDAD de su distrito o provincia. La duración de este permiso varía en cada municipio. Cada MUNICIPIO promulga su respectiva “ORDENANZA QUE REGULA LA UBICACIÓN DE ANUNCIOS Y AVISOS PUBLICITARIOS EN EL DISTRITO…” ❖ Puede exhibir cualquier elemento de PUBLICIDAD EXTERIOR como avisos luminosos, afiches, carteles, banderolas, gigantografías, pasacalles (carteles que van de vereda a vereda por lo alto) y material de campañas o eventos temporales.
  48. 48. ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR
  49. 49. ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR
  50. 50. ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR
  51. 51. NOMBRES DE DOMINIOS ❖ La extensión de dominio .pe ha sido administrada por la Red Científica Peruana, institución que ha desempeñado por más de 30 años la función de Network Information Center en el Perú. A través de su gestión, el .pe ha logrado preservar la estabilidad de los dominios peruanos y la operatividad de Internet, así como obtener una mayor representación digital de las comunidades peruanas en el escenario global. https://punto.pe/
  52. 52. NOMBRES DE DOMINIOS
  53. 53. NOMBRES DE DOMINIOS
  54. 54. NOMBRES DE DOMINIOS
  55. 55. NOMBRES DE DOMINIOS
  56. 56. NOMBRES DE DOMINIOS
  57. 57. ✉️ jorgemanriquechavez@gmail.com 🌐 www.jorgemanriquechavez.com

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