BoletíN Informativo 26 Junio 2009 Responsabilidad Social Empresarial O Corporativa
1. ESTUDIO YATACO ARIAS
ABOGADOS
BOLETÍN INFORMATIVO
SUMARIO
1. Normas Legales.
2. Noticias.
3. Artículos
4. Jurisprudencia
5. Entrevistas
6. Opiniones, etc…
Lima, 26 de Junio de 2009.
2. ESTUDIO YATACO ARIAS
ABOGADOS
BOLETÍN INFORMATIVO
26 de Junio de 2009
NORMAS LEGALES
DE LA SEPARATA DEL DIARIO OFICIAL “EL PERUANO” DEL VIERNES 26 DE JUNIO.
Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de
esquejes enraizados de Leucadendron, de origen y procedencia Sudáfrica. (R.D. N° 35-
2009-AG-SENASA-DSV)
Suspenden lo dispuesto en el artículo 3° de la R.M. N° 839-2009-PRODUCE para el litoral
sur del Perú y autorizan recojo, colecta y acopio de especimenes varados de algas
Se suspendió lo dispuesto en el artículo 3° de la resolución Ministerial N° 839-2008-PRODUCE para el
litoral del sur del Perú (Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna) y autorizar el recojo, la colecta y el acopio
de especímenes varados de algas de los géneros Macrocystis (sargazo, boyador o bolas) y Lessonia
(arancato o palo) a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución. (R.M. N° 264-2009-
PRODUCE)
Modifican las Normas Complementarias para la Prevención del Lavado de Activos y del
Financiamiento del Terrorismo y el Reglamento de Sanciones. (Res. N° 6561-2009)
JUDICIALES
Nada reseñable.
NOTICIAS
DIARIO LA REPÚBLICA
www.larepública.pe
IMPUESTO A LA RENTA SE APLICARÁ EN GRATIFICACIÓN
BONIFICACIÓN AYUDARÁ A ELEVAR LA DEMANDA INTERNA. EMPLEADORES NO
REALIZARÁN EN CAMBIO LOS PAGOS DE APORTES A ESSALUD, ONP O A LAS AFP.
A pocos días de comenzar julio, los trabajadores recibirán mayores
recursos en sus aguinaldos por Fiestas Patrias, pues entra en vigencia la
ley que desgrava parcialmente las gratificaciones de julio y diciembre. Y
para tal efecto el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE)
publicó el pasado sábado el reglamento de dicha ley.
DETALLE DE LA NORMA
Germán Lora, abogado laboralista, explicó que la inafectación a las
gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad se aplica para los beneficios
laborales que correspondan ser pagados a partir del semestre
correspondiente a la entrada en vigencia de la ley. Es decir, corresponde
su aplicación desde julio.
Asimismo señala que se exceptúa la inafectación a las retenciones por concepto de Impuesto a la
Renta (IR), a los descuentos autorizados por el trabajador y a los dispuestos por mandato judicial.
Otra parte del reglamento establece que las gratificaciones proporcionales (truncas) que se paguen
por motivos de ceses ocurridos a partir de la vigencia de la norma quedan comprendidas dentro de la
inafectación establecida por la ley.
BONIFICACIÓN
Por otro lado, el experto señaló que, en los convenios de remuneración integral que incluyan a las
gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, la inafectación alcanza a la parte proporcional
correspondiente de estos conceptos. En la planilla electrónica deberá discriminarse la porción
inafecta.
3. ESTUDIO YATACO ARIAS
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La bonificación extraordinaria establecida en el artículo tercero de la ley deberá ser pagada al
trabajador en la misma oportunidad en que se le abone la gratificación legal correspondiente.
En caso de cese, dicha bonificación deberá ser pagada junto con la gratificación proporcional (trunca)
respectiva. La gratificación extraordinaria solo se encuentra afecta al Impuesto a la Renta de quinta
categoría, señaló el experto.
LA CLAVE
En corto. El monto que pagan los empleadores por concepto de aportaciones a EsSalud con relación a
las gratificaciones de julio y de diciembre será abonado a los trabajadores bajo la modalidad de
bonificación extraordinaria de carácter temporal, no remunerativo ni pensionable. La ley entró en
vigencia el 2 de mayo del 2009 y rige hasta el 31 de diciembre del 2010
DIARIO EL COMERCIO
www.elcomercio.com.pe
CALIFICAN PARA CUARTO OPERADOR
RECEPCIÓN Y APERTURA DE SOBRES PARA LA BUENA PRO SE REALIZARÁ EL 15 DE JULIO
Las empresas Hits Telecom Holding Company y Americatel Perú
calificaron para la concesión de la banda C, para un cuarto operador
de servicio de telefonía celular en el país, informó la Agencia de
Promoción de la Inversión Privada (Pro Inversión).
El proyecto consiste en la concesión de la banda para la prestación de
servicios de telefonía móvil de tercera generación en todo el país.
El Comité de Pro Inversión en Proyectos de Telecomunicaciones,
Energía e Hidrocarburos indicó que la ceremonia de recepción y
apertura de los sobres N° 2 (oferta técnica) y N° 3 (oferta económica)
se realizará el 15 de julio y posteriormente se otorgará la buena pro.
INVERSIÓN CALCULADA
Según estima Pro Inversión, con este proyecto se espera captar una inversión aproximada de
US$150 millones durante los 20 años que durará la concesión.
Con la concesión de la banda C se concretará el ingreso de un nuevo operador al mercado de
telefonía móvil, donde actualmente participan América Móvil (Claro), Telefónica Móviles (Movistar) y
Nextel del Perú.
DIARIO GESTIÓN
www.gestion.com.pe
PETITORIOS MINEROS EN EL PAÍS DISMINUYEN EN 48% HASTA MAYO
LA SNMPE MOSTRÓ SU PREOCUPACIÓN PORQUE EL EJECUTIVO HAYA ACEPTADO
ELIMINAR CONCESIONES MINERAS SI LAS COMUNIDADES ESTÁN EN DESACUERDO.
Nuevamente, las concesiones mineras vuelven a ser un tema
de debate en el país, luego de que entre las exigencias al
Gobierno por parte de los campesinos de Apurímac, Cusco y
Puno se pidiera la eliminación de estos derechos adquiridos
por inversionistas privados para explorar y explotar recursos
minerales en sus regiones.
Según Ingemmet, actualmente, el 14% del territorio ha sido
concesionado para la actividad minera, pero solo se está
explotando el 0.56% y apenas el 0.67% está en exploración.
Es decir, que casi el 12% del territorio nacional en concesión
aún no ha sido explorado.
Esta situación preocupa a los inversionistas y se presenta en un momento en que, impactado por la
crisis internacional, las solicitudes de concesiones mineras cayeron un 48% en los cinco primeros
4. ESTUDIO YATACO ARIAS
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meses, pasando de 4,839 pedidos entre enero y mayo del 2008 a 2,516 en similar período de este
año.
La incertidumbre en el gremio empresarial minero no se dejó esperar, sobre todo preocupados por
las acciones del Gobierno, pues para poner fin a las paralizaciones en Apurimac, el primer Ministro,
Yehude Simon, firmó un acta en la que aceptó que solo se otorgarán concesiones mineras si las
comunidades están de acuerdo (Gestión 24.06.09).
"Si esta acta va a ser leída como un derecho a veto por parte de la población, definitivamente
tendremos problemas porque en esa región (Apurímac) no se podrán hacer actividades de minería. Y
probablemente no se pueda realizar ninguna otra actividad económica, y esto va a contagiarse por
todo el resto del país", afirmó el presidente de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía,
Hans Flury.
Consideró que el Estado está desistiendo de su capacidad de decidir por el bienestar común, además
calificó de "totalmente incongruente" un acta en la cual se pide que los recursos generados por la
minería se inviertan directamente en las comunidades campesinas, mientras se exige eliminar las
concesiones mineras.
DIARIO CORREO
www.correoperu.com.pe
BIOCOMBUSTIBLE
PIDEN NO CAMBIAR REGLAS DE JUEGO
Sería contraproducente para el país frenar el desarrollo de los
biocombustibles, ya que en la actualidad se han invertido más
de US$400 millones, y cualquier cambio al respecto alteraría o
pondría en peligro futuras inversiones, expresó Samir
Abudayeh Giha, gerente general de Heaven Petroleum
Operators S.A.
El empresario mostró su preocupación por la prepublicación
del proyecto de decreto supremo que modifica artículos del
reglamento para la comercialización de biocombustibles,
teniendo en cuenta que se cambiaba la condición de uso obligatorio a optativo del alcohol carburante
y se dejaba sin efecto el incremento del 2% al 5% en el uso de biodiesel en mezcla con diesel 2 a
partir de enero del 2011.
JURISPRUDENCIA
JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL
ACCIÓN DE AMPARO
SENTENCIA Nº 03294-2007-PA/TC DE FECHA 26 DE JUNIO DE 2009.
Contrato de Trabajo.
Con relación al contrato de trabajo, este Tribunal considera necesario precisar que se presume la
existencia de un contrato de trabajo cuando concurren tres elementos: la prestación personal de
servicios, la subordinación y la remuneración (prestación subordinada de servicios a cambio de una
remuneración). Es decir, el contrato de trabajo presupone el establecimiento de una relación laboral
permanente entre el empleador y el trabajador, en virtud de la cual éste se obliga a prestar servicios
en beneficio de aquél de manera diaria, continua y permanente, cumpliendo un horario de trabajo.
Por su parte, el contrato de locación de servicios ha sido definido en el artículo 1764º del Código Civil
como aquel acuerdo de voluntades por el cual “el locador se obliga, sin estar subordinado al
comitente, a prestarle sus servicios por cierto tiempo o para un trabajo determinado, a cambio de
una retribución”. Es evidente que, de la definición dada por el Código Civil, el elemento esencial y
diferenciador de este contrato es la independencia del locador frente al comitente en la prestación de
sus servicios.
5. ESTUDIO YATACO ARIAS
ABOGADOS
De lo expuesto, se aprecia que el elemento determinante y característico del contrato de trabajo en
relación con el contrato de locación de servicios es el de la subordinación del trabajador con respecto
al empleador, lo cual le otorga a este último la facultad de dar órdenes, instrucciones o directrices a
los trabajadores con relación al trabajo para el que se les contrató (poder de dirección), así como la
de imponerle sanciones ante el incumplimiento de sus obligaciones de trabajo (poder sancionador o
disciplinario).
Asimismo, en relación al principio de primacía de la realidad, el cual es un elemento implícito en
nuestro ordenamiento jurídico y, concretamente, impuesto por la propia naturaleza tuitiva de nuestra
Constitución, este Tribunal ha precisado, en la STC N.° 1944-2002-AA/TC, que mediante este
principio “(...) en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que fluye de los
documentos, debe darse preferencia a lo primero; es decir, a lo que sucede en el terreno de los
hechos”
Para mayor información visite la siguiente página:
http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2009/03294-2007-AA.html
HÁBEAS CORPUS
SENTENCIA Nº 02220-2009-PHC/TC. LIMA DE FECHA 26 DE JUNIO DE 2009.
La Actividad del Ministerio Público.
La actividad del Ministerio Público en la investigación preliminar del delito, al formalizar la denuncia,
o al formular la acusación fiscal se encuentra vinculada al principio de interdicción de la arbitrariedad
y al debido proceso, dicho órgano autónomo no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la
libertad individual. Las actuaciones del Ministerio Público son pues postulatorias y en ningún caso
decisorias sobre lo que la judicatura resuelva.
Para mayor información visite la siguiente página:
http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2009/02220-2009-HC%20Resolucion.html
PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL ADMINISTRATIVO
TRIBUNAL FISCAL
RESOLUCIÓN Nº 0941-1-2006 DE FECHA 21 DE FEBRERO 2006.
Operaciones No fehacientes.
Se declara nula e insubsistente la apelada en cuanto al reparo por activo fijo cargado a gastos
indebidamente a efecto que la Administración verifique si dicho gasto aumentó la vida útil del
inmueble o si fue efectuado para reparar algún deterioro o mantener ciertas estructuras del
inmueble. Se confirma la apelada respecto de dicho reparo en el extremo referido a otro gasto,
debido a que el mismo si califica como mejoras de carácter permanente al incrementar el valor del
bien (confección e instalación de una reja de seguridad.
Para mayor información visite la siguiente página:
http://tribunal.mef.gob.pe/Tribunal_Fiscal/PDFS/2006/1/2006_1_00941.pdf
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ARTÍCULO
CONOCIENDO UN POCO MAS SOBRE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL O
CORPORATIVA
La responsabilidad social empresarial o corporativa es uno de
los principales temas de interés de los empresarios en el
mundo, porque los mercados de consumo y de capitales
premian o castigan la relación de las empresas e instituciones
con su medio.
Sin embargo, en la actualidad este abordaje es aún incipiente y
presenta varias incorrecciones: es reactivo, excesivamente mediático,
poco especializado y confunde filantropía o relaciones públicas con
responsabilidad social. Refleja poco conocimiento no sólo de los
conceptos básicos, sino también de la razón de ser de todo el proceso
de responsabilidad social: la mejora constante de las relaciones con la
población como base para el desarrollo sostenible.
Para lograr esta meta es necesario trazar objetivos claros, definir adecuadamente el público objetivo
y diseñar planes de acción estructurados y coherentes. Sólo así podremos evaluar el éxito o fracaso
de nuestra intervención.
Por lo general, la RSAC se confunde con la filantropía o con la caridad. Así, se la utiliza para «lavar la
cara» de la empresa respecto de errores que haya cometido en el pasado, ya sea de carácter social o
ambiental; por ejemplo, contaminación o resquebrajamiento social causados por una operación poco
cuidadosa. Asimismo, las acciones dirigidas a la sociedad se conciben con fines de relaciones
públicas. Se «vende» la imagen de una empresa sensible a las necesidades de la población.
Lo primero que debe tener en cuenta una empresa o institución es que la RSA no es un gasto, sino
una inversión. La RSAC proporciona los siguientes beneficios:
Disminuye los costos por paralización de operaciones o seguridad, al reducir la posibilidad de
conflictos con la población.
Mejora la productividad, al contar con trabajadores motivados o con mejores condiciones de salud,
lo cual contribuye a incrementar su fidelidad con la empresa.
Mejora el ambiente interno y la seguridad de los trabajadores, al considerar sus necesidades.
Mejora el ambiente externo, al identificar y mitigar los impactos que sus actividades pueden
generar en el entorno.
Brinda una imagen de responsabilidad en la empresa.
En el tema de la RSAC, como en muchos otros, es frecuente preguntarse por dónde comenzar.
Bestratén y Pujol (2004) presentan una clasificación de responsabilidad social que incluye tres
categorías: primarias, secundarias y terciarias, y nos permite tener una respuesta. Estas
responsabilidades son un continuo, es decir, no se puede (o no se debe) pasar a las
responsabilidades secundarias sin haber abordado las primarias.
Las responsabilidades primarias son inherentes a la misma actividad, razón por la cual no pueden
considerarse aún acciones propias de RSAC. Sin embargo, constituyen la mejor forma de empezar a
desarrollarlas. Entre las principales podemos citar:
Brindar productos de calidad a precios justos.
Crear riqueza en la empresa y en la sociedad.
Respetar los derechos de los trabajadores y darles condiciones de trabajo dignas, que favorezcan
su desarrollo personal y profesional.
7. ESTUDIO YATACO ARIAS
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Promover una empresa sostenible y en crecimiento.
Identificar y mitigar o evitar los impactos negativos sobre el ambiente.
Cumplir las leyes y reglamentos que le sean aplicables.
Distribuir equitativamente la riqueza generada.
Las responsabilidades secundarias son aquellas que exceden lo obligatorio y cuya aplicación requiere
esfuerzos de la empresa. Podemos decir que este es el umbral entre la RSA y la obligatoriedad.
Bestratén y Pujol (2004) dividen estas responsabilidades entre aquellas que se contraen con los
trabajadores y aquellas que configuran las relaciones con la comunidad.
En cuanto a las responsabilidades terciarias, son aquellas que no están incluidas en la actividad
específica de la empresa. En la práctica, muchas de ellas son desarrolladas por las empresas antes
de asumir las responsabilidades primarias o secundarias, porque se relacionan con mayor facilidad
con lo social y causan un mayor impacto en el observador externo, como los medios de
comunicación. Entre ellas podemos citar:
Proporcionar a la población ayuda para comidas fuera del hogar (ejemplo, comedores populares).
Proporcionar a la población ayuda para vivienda (urbanizaciones, agua, alcantarillado, etc.).
Facilitar a los pobladores medios para el disfrute de actividades culturales y recreativas (cines,
parques, etc.).
Promover programas de ayuda a la comunidad o a otros.
Colaborar con centros de formación, como escuelas, universidades, entre otros.
Ayudar a la construcción de infraestructura social.
Mecenazgo en actividades culturales o deportivas.
Si bien estas actividades son necesarias, bajo ningún concepto deben significar el abandono de las
responsabilidades primarias o secundarias, como muchas veces ocurre. Desarrollarlas no justifica, de
modo alguno, descuidar lo primario ni lo secundario.
OPINIÓN
PYMES, ESTRATEGIA EMPRESARIAL Y RS
Por: Guillermo Casafranca.
Consultor de Responsabilidad Social Empresarial.
Considerando que en Latinoamérica más del 90% de
empresas corresponden a pymes, su rol dentro de la
economía de cada país como generadores de trabajo es de
vital importancia, contribuyendo en promedio, sólo las
microempresas, con más del 50% del empleo
latinoamericano.
Esta importancia no sólo es cuantitativa, ya que también cumplen
un rol básico al contribuir como amortiguadores sociales al dar
cabida a la mayoría de personas que conforman nuestra sociedad, incluso a aquellos que en
condiciones normales no conseguirían empleo en las grandes empresas, como son las personas
mayores a 50 años.
En este contexto, entre los meses finales del 2006 y los primeros del 2007 se ejecutó la parte final
del proyecto “Fomento de la RSE en las Américas”, financiado por el BID/FOMIN, OEA, el cual
8. ESTUDIO YATACO ARIAS
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consistió en el diagnóstico, implementación y verificación de un sistema de gestión que incorpore la
responsabilidad social en un grupo de 44 pymes en cuatro países: Brasil, Chile, El Salvador y el Perú.
Estas pymes debían estar vinculadas a la cadena de suministros de una gran empresa. El proyecto
incluyó la sensibilización, mapeo de grupos de interés y el alineamiento estratégico. Entre los
resultados que el grupo de consultores pudo obtener, aparte de cumplir con los objetivos del
proyecto, fue el poder apreciar cómo la mayoría de estas empresas venían ya realizando algunas
prácticas de responsabilidad social (RS), aunque en ese momento no las conocían como tales, las
mismas que eran producto de la actitud positiva de los dueños/gerentes de la empresa.
En todas se encontró el ánimo de brindar un servicio lo más personalizado posible, un gran respeto
hacia los clientes e iniciativas para cumplir con los requerimiento yendo aún más allá del simple
negocio. Así por ejemplo, en el Perú, fue saltante el caso de una pequeña imprenta que, al atender el
pedido de una cadena de comida rápida, decidió utilizar una tinta ecológica que no cause daño al
consumidor final, pese a que ese detalle no estaba en el requerimiento del pedido, lo que le valió la
confianza y fidelidad de ese cliente. Por otro lado, una empresa de servicios cuando debe reducir
personal, no lo hace inmediatamente, los emplea en suplencia de los que salen de vacaciones y les
asigna distintas labores hasta que se reubiquen.
El logro principal del proyecto, implementar un sistema de gestión que incluya la RS, se alcanzó en
diferentes grados. Sin embargo, se consiguió que todas identifiquen a sus grupos de interés y sus
expectativas, prioricen y planteen los objetivos estratégicos y operativos, de los cuales, a su vez,
surgieron los programas de RS con sus respectivos planes de acción.
Estrategias de RS en la cadena de valor
Conforme señalan Porter y Kramer, dentro del análisis competitivo, la empresa debe identificar qué
aspectos de su entorno social pueden aportarle mayor valor estratégico. Asimismo, en el análisis de
su cadena de valor, deben identificar cuáles son los impactos sociales generados. Esta información
les permitirá formular los respectivos programas de RS que, de esta forma, estarán plenamente
integrados a la estrategia competitiva del negocio.
Las empresas deben efectuar el análisis de toda su cadena de suministro, lo cual incluye a sus pymes
como proveedores. Este análisis debe incluir un cuestionamiento a su sistema de gestión para
verificar que no esté presionando a su cadena de valor en contra de su cadena de suministro, por el
logro de las metas financieras de corto plazo.
En otras palabras, tenemos que alinear todo nuestro sistema de gestión para que sea compatible con
los requerimientos sociales de nuestro entorno, sólo así lograremos una empresa sostenible que
trabaje con verdadera responsabilidad social.
APUNTES
CÓMO ELABORAR UN CÓDIGO DE ÉTICA
Por: Baltazar Caravedo M.
Economista
Un código de ética es una pauta de principios y valores que
debe orientar el quehacer diario de una organización. Guía
a los responsables que toman las decisiones y al resto del
personal en sus conductas y prácticas para asegurar la
consistencia e integridad de la organización.
Para su elaboración es necesario que participen en su confección,
no sólo los altos funcionarios sino, también, los colaboradores
(funcionarios, empleados, trabajadores).
Los elementos que usualmente contiene un Código están referidos a los siguientes aspectos o temas:
principios o estándares de conducta esperados, obediencia a la ley y trato a los empleados. También,
las relaciones con los clientes, accionistas y socios de negocios, así como el compromiso con la
9. ESTUDIO YATACO ARIAS
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comunidad, innovación, competencia, medio ambiente, actividades públicas, integridad en los
negocios y conflictos de Interés.
Cada organización es un universo particular que requiere tener un código adecuado a sus
circunstancias y especificidades. Para desarrollar sus contenidos se necesita tener un diagnóstico de
los principales riesgos y problemas en los diferentes aspectos señalados en el párrafo anterior. En
otras palabras, es necesario describir la ruta del proceso productivo, administrativo, comercial, y
laboral para establecer qué tipo de riesgos suelen estar involucrados en la diversidad de actividades,
en qué partes de toda la cadena de valor y de qué forma afectan el desenvolvimiento de la
organización.
El diagnóstico de riesgos éticos y las propuestas de políticas y valores orientadores sugeridos se
puede hacer por medio de entrevistas a colaboradores ubicados en las diferentes áreas y niveles
jerárquicos. Identificados y sistematizados los riesgos, las políticas sugeridas y los valores
orientadores, se puede presentar estas descripciones y conclusiones en talleres con los colaboradores
de la entidad. Ello permitirá realizar los ajustes del caso para su aprobación por parte de la instancia
de mayor jerarquía dentro de la organización.
Algunas de las herramientas para realizar la gerencia ética son las siguientes:
1. Los enunciados de visión y misión que le dan sentido a toda la organización.
2. El código de ética que debe estar a la vista y alcance de todos los colaboradores, pudiéndose
ofrecer una capacitación constante al respecto con el personal y con los proveedores y otras
partes interesadas.
3. La constitución de canales internos de reporte y consulta acerca de comportamientos y
situaciones éticas.
4. La creación de un sistema de registro de ocurrencias que permiten sistematizar las prácticas y
efectuar los ajustes en las políticas internas de la organización.
5. La formación de comités éticos integrados por personal de la organización.
6. Contar con consultores éticos externos.
7. La formación y entrenamiento permanente en ética a los colaboradores.
8. El establecimiento de programas de consulta y diálogo con las partes interesadas sobre
problemas importantes que enfrenta la empresa.
9. La preparación de auditorías y reportes.
ENTREVISTA
LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
En un blog de un importante diario local se le realizo
algunas preguntas al Sr. Ricardo Briceño, Presidente
de la CONFIEP, sobre Responsabilidad Social, al que
gustosamente contesto y que le brindamos a
continuación...
1. ¿Qué es lo que entiende usted como RS? ¿Cuál es
su plan de trabajo para su aplicación en todas las
empresas? ¿Cuál es su foco de atención al respecto?
La responsabilidad social (RS) es la forma en que todos nos
relacionamos con nuestro entorno y sus actores y corresponde a las personas, los trabajadores, los
sindicatos, las entidades públicas, el estado, las ONGs y las empresas.
10. ESTUDIO YATACO ARIAS
ABOGADOS
La RS es un concepto que cada vez está más presente en las empresas y el cual apoyaremos desde
la CONFIEP, para reforzar la gestión de los gremios, a través de la suscripción de códigos de
conducta.
El foco de atención de la RS, en el caso de las empresas, está en la forma en que se relaciona con
sus clientes, proveedores, trabajadores, accionistas y la comunidad y el medio ambiente.
2. ¿la RS tiene un beneficio tangible? ¿O es solo asistencialismo?
La RS no es filantropía, caridad, benevolencia o compra de indulgencias, es más bien un elemento
fundamental que apoya su accionar en las empresas que la tienen interiorizada. La RS si tiene
beneficios tangibles, que revierten a favor de las empresas, instituciones y personas que la aplican.
En el caso de las empresas, los consumidores tienen cada vez más información y toman en
consideración estos aspectos al tomar sus decisiones de compra.
3. ¿La crisis económica ha disminuido las acciones de responsabilidad social? sobre todo
en las mineras porque tengo entendido que en algunos sectores inclusive las inversiones
se han incrementado.
La RS forma parte de todos los proyectos y planes empresariales y debe mantenerse siempre, en
épocas de bonanza y también en épocas de crisis.
La RS en las empresas peruanas no es una moda pasajera; hay ejemplos que demuestran que, en la
mayoría de los casos, no se trata de filantropía, sino que está interiorizada y es esencial en la forma
de actuar y relacionarse con el entorno.
DICCIONARIO LEX
TERMINOLOGÍA LEGAL: RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
UNIÓN EUROPEA - LIBRO VERDE
La RSE se define como la “integración voluntaria, por parte de las empresas sobre las preocupaciones
sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus interlocutores”.
También es definida, en un sentido más amplio, como “un concepto con arreglo al cual las empresas
deciden voluntariamente contribuir al logro de una sociedad mejor y un medio ambiente más limpio”.
WORLD BUSINESS COUNCIL ON SUSTAINABLE DEVELOPMENT (WBCSD)
En 1999, el WBCSD, reconociendo también que “no existe una definición universalmente aceptada de
RSC”, la definía como “el compromiso continuo de las empresas de comportarse éticamente y
contribuir al desarrollo económico, mejorando a la vez la calidad de vida de los trabajadores y sus
familias, así como el de la comunidad local y sociedad en general”.
CORPORATE SOCIAL RESPONSABILITY EUROPE
A título de ejemplo, para Business in the Community, en el Reino Unido, “la RSC es entendida
generalmente como la expresión del compromiso de una empresa con la sociedad y la aceptación de
su rol en ella.