1. Es aquella en la que el propietario es un solo individuo, quien se
beneficia de las ganancias de la actividad productiva de su
empresa, pero también asume las pérdidas ocasionadas aún a
costa de su patrimonio. Esto se debe claramente a que se trata
de un "único" propietario en el sentido de que el propietario no
tiene socios (asociación).
2. Decreto Ley Nº 21621 y su modificatoria Ley 26312
Disponen Que las Personas Naturales Podrán Ser
Titulares de Una o Más Empresas Individuales de
Responsabilidad Limitada
3. Es una persona
jurídica de derecho
privado.
Se constituye por
voluntad unipersonal.
Posee su propio
patrimonio distinto al
de su titular.
4. Se constituye para la formalización y el desarrollo exclusivo
de actividades económicas de Pequeñas Empresas.
El titular de la EIRL es siempre una persona natural.
La EIRL es siempre comercial.
La EIRL podrá desarrollar operaciones civiles y comerciales,
con algunas excepciones.
Su constitución es por escritura pública.
Puede transformarse en una sociedad de cualquier tipo.
5. T i t u l a r :
Persona que tiene a
su cargo la decisión
de los bienes y
actividades.
G e r e n c i a :
Órgano que tiene a su
cargo la administración
y representación de la
empresa, es designado
por el Titular.
6. Se constituyen por los bienes que aporta el
titular.
Bienes dinerarios
Bienes mixtos
Bienes no dinerarios
7. No requiere capital mínimo para su constitución.
La motivación de cada socio para dedicar su mejor esfuerzo es grande,
dado que participan directamente en los beneficios.
La posibilidad de reunir un mayor capital para la empresa.
Son varias las experiencias que se dedican a imprimir dinamismo a la
empresa.
Las responsabilidades ante las obligaciones sociales de la empresa están
limitadas al patrimonio de ésta.
La sociedad se mantiene aún después de la muerte de alguno de sus socio.
8. La admisión de nuevos socios requiere del consentimiento de los
otros.
Existe un límite de 20 socios máximo.
Las responsabilidades ante las obligaciones sociales de la empresa
están limitadas al patrimonio de ésta.
El capital de la empresa no puede aumentar a menos que este sea
integra y efectivamente pagado, lo que puede ocasionar lentitud
en los procesos de expansión de la empresa.