El documento describe el proyecto educativo como el documento fundamental que define la identidad de un centro educativo y sienta las bases de su diseño curricular y programación didáctica. Debe recoger los valores, objetivos y prioridades del centro y tener en cuenta las características del entorno. Las leyes orgánicas de educación han reforzado la autonomía de los centros a través de la elaboración de sus proyectos educativos.
1. SU ELABORACIÓN DEBE SENTAR LAS BASES DEL DISEÑO
CURRICULAR Y DE LA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA EN LOS
CENTROS EDUCATIVOS EN EL MARCO DE SU AUTONOMÍA
PEDAGÓGICA Y DE GESTIÓN
1
2. El Proyecto Educativo es el documento que
materializa el proceso de toma de decisiones que
definen la identidad de un centro y de las etapas o
enseñanzas que en él se desarrollan.
En el Proyecto educativo, el profesorado de una etapa
o modalidad de enseñanza, a través de diferentes cauces
de coordinación docente, determina las concreciones del
currículo oficial para las diferentes materias; es decir,
los acuerdos sobre de los propósitos, las estrategias, los
medios y los contenidos de intervención didáctica que va
a utilizar.
Tales medidas responderán a las características y
necesidades del contexto y asegurarán la coherencia y la
calidad de su práctica docente
2
3. EL PROYECTO EDUCATIVO EN LAS
LEYES ORGÁNICAS DE EDUCACIÓN
La autonomía pedagógica y organizativa de los
Centros ha sido uno de los aspectos a los que ha
prestado una especial atención las distintas
Leyes Educativas.
LOPEGCE
(Ley orgánica 9/1995 de participación , evaluación y gobierno de los
centros)
Capítulo II-Artículos 5-6:
Se refiere a la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión , que debe definirse
mediante la elaboración de los correspondientes Proyectos Educativos, Proyectos
Curriculares y normas de funcionamiento.
Lo define como un documento elaborado por el Centro y en el que se fijarán los
objetivos, las prioridades y los procedimientos de actuación.
Partirá de las directrices del Consejo Escolar que deberán basarse en las
características del entorno escolar y las necesidades específicas de los alumnos.
Deberá tomar en consideración las propuestas que realice el Claustro.
3
4. EL PROYECTO EDUCATIVO EN LAS
LEYES ORGÁNICAS DE EDUCACIÓN
LOCE
(Ley orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de calidad en la
educación)
TÍTULO V- Capítulo II
Los centros elaborarán el Proyecto Educativo en el que se fijarán los objetivos y
prioridades educativas, así como los procedimientos de actuación.
Se tendrá en cuenta las características del Centro y del entorno escolar así como las
necesidades educativas de los alumnos.
LOE
(Ley orgánica 2/2006, de educación)
TÍTULO V- Capítulo II (Autonomía de los Centros)
Hace referencia a la autonomía de los centros que se concretará en la elaboración,
aprobación y ejecución de un Proyecto Educativo, un Proyecto de Gestión y las
Normas de Organización y Funcionamiento del Centro.
Dedica su artículo 121 al Proyecto al Proyecto Educativo:
Las medidas que incluye suponen un avance y un incremento real de la
autonomía de los Centros, pero también de su responsabilidad ante la
4
Administración y ante la Comunidad Educativa a la que sirven
5. TÍTULO V: PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y
GOBIERNO DE LOS CENTROS (LOE)
CAPÍTULO II: AUTONOMÍA DE LOS CENTROS (Art. 120-125)
DISPOSICIONES GENERALES:
-Los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de
gestión.
-Los centros elaborarán un proyecto educativo y otro de gestión.
-En el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar experimentaciones,
formas de organización o ampliación del horario escolar, sin que éstas
puedan suponer aportaciones a las familias.
PROYECTO EDUCATIVO
-Los proyectos educativos recogerán la atención a la diversidad del
alumnado, la acción tutorial y el plan de convivencia.
-Los proyectos de los centros públicos y concertados serán públicos.
-Las Administraciones educativas favorecerán la coordinación entre los
proyectos educativos de los centros de educación primaria y secundaria.
-Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias y el
propio centro. 5
6. RECURSOS
-Los centros podrán recibir mayores dotaciones de recursos en función
de los proyectos que realicen.
-Los centros públicos podrán obtener recursos complementarios y no
podrán provenir de las actividades de las asociaciones de padres y de
alumnos.
PROYECTO DE GESTIÓN
-Las Administraciones educativas podrán delegar en los órganos de
gobierno de los centros la adquisición de bienes, contratación de obras y
servicios.
-Los centros públicos expresarán la ordenación y utilización de sus
recursos a través de su proyecto de gestión.
-Los centros podrán formular requisitos de titulación y capacitación
profesional respecto a determinados puestos de trabajo del mismo.
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
-Los centros docentes elaborarán sus normas de organización y
funcionamiento, que deberán incluir las que garanticen el cumplimiento
del plan de convivencia.
6
7. EL PROYECTO EDUCATIVO EN LA LOE
•El proyecto educativo del centro recogerá los valores, los objetivos y las prioridades
•El proyecto educativo del centro recogerá los valores, los objetivos y las prioridades
de actuación y deberá respetar el principio de no discriminación y de inclusión
de actuación y deberá respetar el principio de no discriminación y de inclusión
educativa como valores fundamentales.
educativa como valores fundamentales.
• Deberá tener en cuenta las características del entorno social y cultural del centro.
• Deberá tener en cuenta las características del entorno social y cultural del centro.
•Corresponde a las Administraciones educativas establecer el marco general que
•Corresponde a las Administraciones educativas establecer el marco general que
permita a los centros públicos y privados concertados elaborar sus proyectos
permita a los centros públicos y privados concertados elaborar sus proyectos
educativos, que deberán hacerse públicos con objeto de facilitar su conocimiento por
educativos, que deberán hacerse públicos con objeto de facilitar su conocimiento por
el conjunto de la comunidad educativa.
el conjunto de la comunidad educativa.
•Incorporará la concreción de los currículos que corresponde fijar y aprobar al
•Incorporará la concreción de los currículos que corresponde fijar y aprobar al
Claustro, así como el tratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la
Claustro, así como el tratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la
educación en valores y otras enseñanzas.
educación en valores y otras enseñanzas.
•Recogerá la forma de atención a la diversidad del alumnado y la acción tutorial
•Recogerá la forma de atención a la diversidad del alumnado y la acción tutorial
• Formará parte de él, el plan de convivencia del Centro.
• Formará parte de él, el plan de convivencia del Centro.
•las Administraciones educativas contribuirán al desarrollo del currículo
•las Administraciones educativas contribuirán al desarrollo del currículo
favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de
favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de
materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y del
materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y del
profesorado.
profesorado.
7
8. EL PROYECTO EDUCATIVO EN LA LOE
Se pretende impulsar, incrementar y asegurar una
Se pretende impulsar, incrementar y asegurar una También se intenta
También se intenta
mayor coordinación y conexión entre los Centros,
mayor coordinación y conexión entre los Centros, mejorar la
mejorar la
especialmente en el tránsito entre etapas, pero
especialmente en el tránsito entre etapas, pero participación de las
participación de las
también en el ámbito de los propios centros entre sus
también en el ámbito de los propios centros entre sus familias en el
familias en el
estructuras de coordinación didáctica (ETCP,
estructuras de coordinación didáctica (ETCP, proceso educativo
proceso educativo
Departamentos y Equipos Educativos)
Departamentos y Equipos Educativos)
•Corresponde a las Administraciones educativas favorecer la
coordinación entre los proyectos educativos de los centros de
educación primaria y los de educación secundaria obligatoria con
objeto de que la incorporación de los alumnos a la educación
secundaria sea gradual y positiva.
• Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias o
tutores legales y el propio centro en los que se consignen las
actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a
desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumnado
8
9. EL PROYECTO EDUCATIVO EN LA LEA
LEA
(Ley 17/2007, de educación en Andalucía)
TÍTULO IV- Capítulo I Centros docentes
(Autonomía pedagógica, organizativa y de
gestión)
Hace referencia a la autonomía de los centros que se
concretará en la elaboración, aprobación y ejecución
de un Plan de Centro que incluirá el Proyecto
Educativo, el Reglamento de organización y
funcionamiento y el Proyecto de Gestión.
Dedica su artículo 127 al Proyecto Educativo:
9
10. TÍTULO IV: CENTROS DOCENTES
CAPÍTULO I: AUTONOMÍA PEDAGÓGICA, ORGANIZATIVA Y DE GESTIÓN
DISPOSICIONES GENERALES:
-Los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión.
-Los centros concretarán sus modelos mediante los proyectos educativos, sus
reglamentos de organización y funcionamiento y, en su caso, proyectos de
gestión.
- Podrán contemplar planes de trabajo, formas de organización, agrupamiento del
alumnado, ampliación del horario escolar o proyectos de innovación e
investigación.
PLAN DE CENTRO
-Lo constituirán el proyecto educativo, el reglamento de organización y
funcionamiento y el proyecto de gestión.
-Tendrá carácter plurianual, obligará a todo el personal del centro y vinculará a
la comunidad educativa del mismo.
-Será público y se facilitará su conocimiento por la comunidad educativa y la
ciudadanía, en general.
10
11. NUEVOS ELEMENTOS DE
PLANIFICACIÓN DE LOS
CENTROS EN
DESARROLLO DE SU
AUTONOMÍA PROYECTO
EDUCATIVO
PLAN DE
PROYECTO CENTRO
DE GESTIÓN
CARÁCTER
PLURIANUAL
R.O.F.
11
12. CONCEPTO DE PROYECTO EDUCATIVO COMO ELEMENTO DE
PLANIFICACIÓN EN LA LEY DE EDUCACIÓN DE ANDALUCÍA
-Definirá los objetivos particulares que pretende
alcanzar, partiendo de la realidad y tomando como
referencia la regulación normativa.
-Constituye las señas de identidad del centro docente y
expresa la educación que desea y va a desarrollar,
debiendo contemplar los valores, los objetivos y las
prioridades de actuación, no sólo en sus aspectos
curriculares, sino también a aquellos otros que, desde un
punto de vista cultural, hacen del centro un elementos
dinamizador de la zona donde está ubicado.
12
13. ELEMENTOS DEL PROYECTO EDUCATIVO DE ACUERDO CON LA LEA
Líneas generales de actuación pedagógica.
Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, así
como el tratamiento transversal de la educación en valores
Forma de atención a la diversidad del alumnado
El plan de orientación y acción tutorial.
El plan de convivencia.
Objetivos para la mejora del rendimiento escolar y la
continuidad del alumnado en el sistema educativo.
El plan de formación del profesorado.
Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así
como los objetivos y programas de intervención en el tiempo
extraescolar.
Los procedimientos de evaluación interna.
Otros que le sean atribuidos por la Administración educativa. 13
14. El Proyecto Educativo: Definición y Fuentes
Se concibe como una propuesta integral que
contextualizada en la realidad concreta y definiendo las metas
de identidad, permite llevar a cabo, de forma coherente y
eficaz, los procesos educativos del centro.
Es un instrumento que posibilita encontrar justificación o
respuesta a las decisiones que se toman, tanto en el Proyecto
Curricular y los programas específicos de las áreas, materias y
módulos (programaciones didácticas), como las relativas a la
organización y gestión.
Su función básica es la de proporcionar un marco global de
referencia a la institución escolar, que permita la actuación
coordinada y eficaz del equipo docente y de toda la comunidad
educativa general.
14
15. Instrumento con proyección de futuro, pensado y elaborado
colectivamente por la comunidad escolar a partir del análisis de
su propia realidad, que actúa de modo coherente sobre la práctica
docente con la intención de mejorarla, dotando a los centros de la
eficacia necesaria para alcanzar los objetivos pretendidos.
No debe quedar en un documento burocrático
formal, sino que debe ser un vehículo que sirva
para conformar y perfeccionar la realidad
educativa del Centro, en la convicción de que
los mayores beneficios se obtienen mientras se
dialoga, se interioriza y se proyecta.
15
17. Su elaboración se justifica desde la necesidad sentida por la
Su elaboración se justifica desde la necesidad sentida por la
Comunidad Educativa de tener un marco de referencia para las
Comunidad Educativa de tener un marco de referencia para las
actuaciones de cada uno, porque:
actuaciones de cada uno, porque:
•Al ser el resultado del consenso de toda la Comunidad Educativa,
compromete y vincula a todos los miembros en una finalidad común.
•Al proporcionar unas metas y unos criterios comunes, garantiza una
actuación coherente y eficaz de todos los sectores de la Comunidad Educativa.
•Favorece una mayor participación e implicación de todas las personas que
conviven en el centro, al tiempo que posibilita la cohesión de los equipos
educativos y la confluencia de intereses diversos.
•Permite racionalizar el trabajo, evitando la improvisación y la rutina.
•Ayuda a configurar y hacer explícita la personalidad propia de cada centro,
recogiendo por escrito tanto los planteamientos institucionales como las
directrices formales del mismo.
Proporciona una referencia base para
la toma de decisiones
17
18. Elaboración de proyectos educativos y sus concreciones curriculares.
LA ELABORACIÓN DE LOS PROYECTOS EDUCATIVOS SE ENTIENDE COMO UN
PROCESO COMPLEJO, SIEMPRE INACABADO YA QUE PARA QUE SEA
REALISTA Y RESPONDA A LAS NECESIDADES EDUCATIVAS DEL CONTEXTO,
HA DE SER REVISADO PERIÓDICAMENTE Y PERMANENTEMENTE
MEJORADO
ESTRATEGIAS Y PLAN DE ACTUACIÓN PARA EQUIPO
SU ELABORACIÓN DIRECTIVO
UTILIZACIÓN PLANIFICADA DE LOS RECURSOS ETCP
DISPONIBLES EN EL CENTRO
DEPARTAMENTOS
CLAUSTRO
Recursos Personales y
Órganos de Gobierno y Recursos Materiales
CONSEJO
Coordinación ESCOLAR
18
19. El Claustro de profesores establece los El equipo técnico de coordinación
criterios, aprueba y evalúa las concreciones pedagógica supervisa la elaboración y
del currículo y todos los aspectos educativos revisión las concreciones del currículo,
de los Proyectos. Decide las posibles genera las estrategias necesarias , unifica
modificaciones posteriores. procedimientos y prevé la
temporalización del proceso.
Los Departamentos de Coordinación
Didáctica elaboran las propuestas al ETCP
relativas a la elaboración o modificación de
las concreciones del currículo
Recursos materiales.
La determinación de la estrategia o plan de trabajo también debe definir los
recursos materiales que se pueden utilizar para elaborar las concreciones del
currículo. Entre ellos:
-
Materiales normativos, como el Currículo oficial y el Reglamento
Orgánico de Centros para identificar los elementos concretos que debe
contener un Proyecto Educativo y los responsables de su proceso de 19
20. FUENTES DEL PROYECTO
EDUCATIVO
EN SU ELABORACIÓN
INCIDEN MÚLTIPLES
VARIABLES, PERO
DESTACAN
20
21. I. EL SISTEMA EDUCATIVO
I. EL SISTEMA EDUCATIVO
NO ES SÓLO UN ORDENAMIENTO LEGAL, ES TAMBIÉN UNA
CONCEPCIÓN DE ENSEÑANZA QUE CONLLEVA DETERMINADAS
ESTRATEGIAS EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA - APRENDIZAJE
Principios fundamentales de nuestro Sistema Educativo:
1.Es, desde su propia concepción constitucional, universal, afectando
en sus niveles obligatorios a la totalidad de la población y con una clara
vocación de servicio público.
2.Su objetivo es ofrecer una educación de calidad a todos los
ciudadanos de ambos sexos.
3. Exige la implicación en ese ambicioso objetivo, de todos los
elementos de la Comunidad Educativa.
4.Requiere un esfuerzo compartido por todos: Administraciones,
familias, centros, profesorado, alumnos..).
5.Requiere y persigue una escolarización equitativa.
6.Se compromete claramente con los objetivos educativos planteados
por la Unión Europea para los próximos años. 21
22. Pedagógicamente nuestro sistema educativo sigue
la línea iniciada en la LOGSE del aprendizaje
significativo y la educación permanente.
Esta manera de entender el proceso de enseñanza-
aprendizaje necesita de una marco, precisamente el
Proyecto Educativo, para poder desarrollar un tipo
de formación personalizada, una metodología activa y
unos hábitos intelectuales y técnicas de trabajo que
procuren al alumnado la adquisición de aprendizajes
significativos. Para ello, es necesario adecuarlo al
entorno y a las características de los alumnos.
22
23. II. IDENTIDAD DEL CENTRO
II. IDENTIDAD DEL CENTRO
Conocido por el ideario del Centro, a
través de los signos de identidad que se
van a extraer de las características del
propio contexto.
III. CONTEXTO SOCIO CULTURAL Es el marco donde se
III. CONTEXTO SOCIO CULTURAL Es el marco donde se
desenvuelve la acción educativa que está muy mediatizada por:
desenvuelve la acción educativa que está muy mediatizada por:
1. el tipo de padres: características socio-económicas, ambiente
1. el tipo de padres: características socio-económicas, ambiente
cultural, preocupación por el estudio, relación con el centro
cultural, preocupación por el estudio, relación con el centro
2.Profesores: concepción educativa, manera de coordinarse, interés
2.Profesores: concepción educativa, manera de coordinarse, interés
por la renovación pedagógica, etc..,
por la renovación pedagógica, etc..,
3.Alumnos que atiende: actitud ante el estudio, orientación,
3.Alumnos que atiende: actitud ante el estudio, orientación,
relaciones etc
relaciones etc
4.Medios: características del edificio, dependencias y recursos con
4.Medios: características del edificio, dependencias y recursos con
que cuenta
que cuenta
23
24. Estas fuentes son las que reflejan los rasgos
que permiten identificar al centro como
realidad educativa organizada, posibilitando
que se conozca desde fuera; es decir el tipo
de educación que ofrece y las características
básicas de la Comunidad educativa. En
definitiva “quiénes somos”.
24
26. El carácter propio
define la identidad del centro y transmite al entorno su
forma de educar; es decir, quiénes somos.
Se estructura a través de diversos indicadores que
representan su identidad referida a aspectos sociales,
individuales y académicos; su opción en cuanto a lo
pedagógico, tutorial o paraescolar y su formación prevista
para los padres y profesores.
Son las variables que orientan
Finalidades Educativas
26
27. Las Finalidades Educativas
Constituyen la opción que realiza la comunidad educativa, concretando y
priorizando los principios, los valores y las normas legitimadas por el
ordenamiento legal vigente, que dotan de identidad y estilo propio a cada Centro.
“qué queremos alcanzar” como educadores con los alumnos, tanto desde el punto
de vista intelectual como personal y social, con las familias y, en general, con toda
la Comunidad educativa.
tienen que hacer referencia a
a) Los Alumnos, para los que se formulan objetivos que desarrollen sus capacidades
(opción pedagógica, tutorial y paraescolar), sus estrategias de aprendizaje (identidad
académica) y sus actitudes y valores (identidad individual).
b) Los Profesores, para los que se formulan objetivos para perfeccionar sus estrategias de
enseñanza, mediante la potenciación de la formación permanente.
c) Los Padres, para los que se formulan objetivos para favorecer su colaboración.
d) La Convivencia para la que se formulan objetivos tendentes a potenciar las
interrelaciones con el entorno.
Todo ello exige una adecuada Organización, que se va a concretar en el Reglamento
de Organización y Funcionamiento que es el tercer documento del proyecto educativo.
27
28. El Reglamento de organización y Funcionamiento
El reglamento de organización y funcionamiento recogerá las normas
organizativas y funcionales que faciliten la consecución del clima adecuado
para alcanzar los objetivos que el centro se haya propuesto y permitan
mantener un ambiente de respeto, confianza y colaboración entre todos los
sectores de la comunidad educativa (SE EXTRAE DE ÉL, TODO LO RELATIVO A
LA CONVIVENCIA QUE PASA A FORMAR PARTE DEL PROYECTO EDUCATIVO)
Deberá incluir
a) Los cauces de participación de los distintos sectores
a) Los cauces de participación de los distintos sectores
de la comunidad educativa.
de la comunidad educativa.
b) Los criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de
b) Los criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de
decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente, especialmente
decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente, especialmente
en los procesos relacionados con la escolarización y la evaluación del alumnado.
en los procesos relacionados con la escolarización y la evaluación del alumnado.
c) La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro, con especial
c) La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro, con especial
referencia al uso de la biblioteca escolar, así como las normas para su uso correcto.
referencia al uso de la biblioteca escolar, así como las normas para su uso correcto.
d) La organización de la vigilancia, en su caso, de los tiempos de recreo y de los períodos de
d) La organización de la vigilancia, en su caso, de los tiempos de recreo y de los períodos de
entrada y salida de clase.
entrada y salida de clase.
Tanto en la elaboración del reglamento de organización y
funcionamiento, como en su desarrollo posterior, se fomentará
la implicación de toda la comunidad educativa.
28
29. El PROYECTO DE
GESTIÓN
El proyecto de gestión de los
centros públicos recogerá la
ordenación y utilización de los
recursos del centro, tanto
materiales como humanos.
29
30. El PROYECTO CURRICULAR
DEBE SER RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO SERIO Y REFLEXIVO
Consta de los Proyectos Curriculares de las distintas etapas y/o
modalidades de enseñanza que se cursen en el Centro. (Proyecto
Curricular de Ciclo Formativo, PC de Bachillerato, PC de ESO)
Es el elemento más laborioso del Proyecto educativo
Su elaboración pretende mejorar la calidad de la educación a
través de las siguientes estrategias básicas:
Formar y consolidar equipos docentes que eliminen las
estructuras de funcionamiento individual y permitan una mayor
coherencia inter e intraniveles. (Trabajo en Equipo)
Tomar decisiones a partir de la reflexión y consideración de la
propia práctica educativa.
Hacer programaciones realistas.
Para abordarse ha de hacerse desde la perspectiva de los
diferentes niveles de Concreción Curricular.
30
31. AUTONOMÍA PEDAGÓGICA Y NECESIDAD DE LOS NIVELES DE CONCRECIÓN CURRICULAR
En una sociedad como la nuestra, existen responsables, en distintos niveles del sistema educativo.
Estos deben tomar una serie de decisiones, deben decidir qué conocimientos se transmiten, de qué
manera, en qué lugares y momentos, quiénes están preparados para comunicarlos, etc. etc. Deben decidir
también cómo se acredita la adquisición de esos conocimientos y cómo se atiende a las diferencias entre
los sujetos objeto de la educación.
Todo ello en su ámbito de actuación: El gobierno del Estado, las Comunidades Autónomas en sus
competencias, los centros educativos y el profesorado.
En los distintos niveles se toman distintas decisiones referidas a cómo se tiene que producir esa
transmisión. Esas decisiones se plasman en documentos que tienen su ámbito de aplicación y obligan a su
cumplimiento, pero dejan un espacio de autonomía para el siguiente nivel.
De esta manera se produce una serie de planificaciones en cascada que cumplen con la necesidad
social de organizar el proceso de enseñanza y aprendizaje.
Esto es:
1. Gobierno del Estado: Leyes Orgánicas, Reales Decretos, Órdenes Ministeriales…
2. Gobierno Autonómico : Leyes Autonómicas, Decretos, Órdenes, Resoluciones…
3. Centros Educativos: PLAN DE CENTRO: Proyecto Educativo, Proyecto Curricular, ROF..
4. Departamentos de Coordinación Didáctica: Programaciones Didácticas
Los últimos 35 años en España han sido en general y en Educación en particular, de
auténtica convulsión. En el ámbito educativo hemos pasado durante ese periodo por 4 leyes
orgánicas: LGE, LODE, LOGSE, LOCE,… y tantos decretos, tantas órdenes, tanto desarrollo
normativo que, si los profesionales no supieran lo que han de hacer, sería una auténtica proeza
cumplir lo reglamentado.
31
32. El trabajo en equipo aumenta de forma considerable la riqueza de la acción educadora.
El intercambio de opiniones, estudios y experiencias; la reflexión sobre la práctica
SENTIDO Y FUNCIONES DE LAS CONCRECIONES DEL CURRÍCULO
individual y colectiva derivada de ese trabajo conjunto son factores que contribuyen de
forma decisiva a la calidad de la enseñanza.
De todo ello se desprenden el sentido y las funciones de las concreciones del currículo:
-
Contextualizar o adecuar al entorno del centro las prescripciones y orientaciones de la
Administración Educativa.
-
Garantizar acuerdos que aseguren la coherencia de la prácti-ca educativa. Ello será
factible a través de la toma de decisiones que expresen soluciones conjuntas para
establecer la continuidad y el equilibrio en los elementos del currículo para los distintos
cursos.
-
Formar. El desarrollo y concreción del currículo contribuye al aumento de las
competencias docentes del profesorado, que reflexiona sobre sus conocimientos y sobre
su práctica para justificar las decisiones que se plasmarán en el documento.
-
Orientar el trabajo del aula. Las concreciones curriculares, a través de uno de sus
elementos, las Programaciones de los Departamentos.
32
33. PRIMER NIVEL DE CONCRECIÓN CURRICULAR:
PRIMER NIVEL DE CONCRECIÓN CURRICULAR:
EL DISEÑO CURRICULAR BASE (DCB)
EL DISEÑO CURRICULAR BASE (DCB)
1. Tiene carácter normativo, siendo competencias de las
Administraciones Educativas.
2. Su finalidad es determinar las experiencias educativas que han
de garantizarse a todos los alumnos de una determinada Etapa o
modalidad de enseñanza, Ciclo o Nivel Educativo, sin distinción.
3. Refleja las intenciones educativas del Sistema así como sus
principios psicopedagógicos
Es un documento abierto y flexible, ya que deja gran parte de las
Es un documento abierto y flexible, ya que deja gran parte de las
decisiones curriculares en manos de los profesores al incluir únicamente
decisiones curriculares en manos de los profesores al incluir únicamente
objetivos generales, grandes bloques de contenidos y orientaciones sobre
objetivos generales, grandes bloques de contenidos y orientaciones sobre
la metodología, la orientación y la evaluación.
la metodología, la orientación y la evaluación.
Es orientador, ya que no se considera como un producto acabado sino
Es orientador, ya que no se considera como un producto acabado sino
que serán los profesores quienes se encarguen de concretarlo para la
que serán los profesores quienes se encarguen de concretarlo para la
realidad educativa en que trabajan.
realidad educativa en que trabajan.
Es prescriptivo, está destinado no sólo a orientar a los profesores y
Es prescriptivo, está destinado no sólo a orientar a los profesores y
centros sino que hay que asegurar su cumplimiento.
centros sino que hay que asegurar su cumplimiento.
33
34. Así tendríamos: por ejemplo,
• ORDEN de 24 de septiembre de 1997, por la que se establecen
• ORDEN de 24 de septiembre de 1997, por la que se establecen
orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos
orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos
curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios
curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios
formativos de los títulos de Formación Profesional específica que
formativos de los títulos de Formación Profesional específica que
se integran en la Familia Profesional de Sanidad.
se integran en la Familia Profesional de Sanidad.
• ORDEN de 24 de junio de 1997, por la que se establecen
• ORDEN de 24 de junio de 1997, por la que se establecen
orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos
orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos
curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios
curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios
formativos de los títulos de Formación Profesional Específica, que
formativos de los títulos de Formación Profesional Específica, que
se integran en la Familia Profesional de Electricidad y Electrónica
se integran en la Familia Profesional de Electricidad y Electrónica
• R.D. 542/1995 (BOE 15/06/95) POR EL QUE SE ESTABLECE EL
• R.D. 542/1995 (BOE 15/06/95) POR EL QUE SE ESTABLECE EL
TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR EN ORTOPROTÉSICA Y LAS
TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR EN ORTOPROTÉSICA Y LAS
CORRESPONDIENTES ENSEÑANZAS MÍNIMAS
CORRESPONDIENTES ENSEÑANZAS MÍNIMAS
•DECRETO 474/1996, de 22 de octubre, por el que se establecen
•DECRETO 474/1996, de 22 de octubre, por el que se establecen
las enseñanzas correspondientes al título de Formación
las enseñanzas correspondientes al título de Formación
Profesional de Técnico Superior en Ortoprotésica.
Profesional de Técnico Superior en Ortoprotésica.
REAL DECRETO 1394/2007, de 29 de octubre, por el que se
REAL DECRETO 1394/2007, de 29 de octubre, por el que se
establece el título de Técnico Superior en Educación infantil y se
establece el título de Técnico Superior en Educación infantil y se
fijan sus enseñanzas mínimas.
fijan sus enseñanzas mínimas.
34
35. El DCB está compuesto, para cada TÍTULO de los siguientes elementos
1.Identificación del Título: denominación, nivel, duración, familia a la que
pertenece y su referente europeo.
2. Perfil Profesional del Título: determinado por su competencia general,
sus competencias profesionales, personales y sociales, por la relación de
cualificaciones y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo Nacional
de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
3. Definición de las diferentes Competencias.
4. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título
5.Entorno Profesional y prospectiva del Título en el Sector
correspondiente.
6.Objetivos Generales
7.Módulos
8.Acceso y Equipamientos.
9.Profesorado.
10.Convalidaciones y Exenciones.
11. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos
profesionales con las unidades de competencia.
12.Referencia Europea y Oferta a Distancia
35
36. PARA CADA MÓDULO:
1.Objetivos expresados en resultados de aprendizaje.
2. Criterios de Evaluación.
3. Organización de espacios, tiempos y recursos
4. Orientaciones pedagógicas metodológicas.
5.Objetivos Generales
6.Acceso y Equipamientos.
7.Profesorado.
8.Convalidaciones y Exenciones.
9. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia
de módulos profesionales con las unidades de competencia.
36
37. SEGUNDO NIVEL DE CONCRECIÓN CURRICULAR:
SEGUNDO NIVEL DE CONCRECIÓN CURRICULAR:
EL PROYECTO CURRICULAR
EL PROYECTO CURRICULAR
1. Constituye el instrumento pedagógico-didáctico que articula a medio y largo
plazo el conjunto de actuaciones del equipo docente de un Centro educativo.
2. Tiene como finalidad alcanzar las capacidades previstas en los objetivos de cada
una de los Títulos y Ciclos Formativos, en coherencia con las Finalidades
Educativas del mismo.
3. Es un conjunto de decisiones articuladas que permitan concretar el D.C.B. en
proyectos de intervención didáctica adecuadas a un contexto específico.
4. Con su elaboración se pretende garantizar la adecuada progresión y coherencia
en la enseñanza de los contenidos educativos a lo largo de la escolaridad.
•Su diseño y elaboración es competencia de los equipos docentes
siendo coordinados por el ETCP debiendo ser aprobado por el Claustro
de Profesores.
El Proyecto Curricular de Centro está integrado por los Proyectos Curriculares de
cada Etapa y/o Modalidad Educativa que se imparta en él y debe dar respuesta a
.
¿Qué enseñar? ¿Cuándo enseñar? ¿Cómo enseñar? ¿Qué, cuándo y cómo
evaluar?. 37
38. Qué enseñar
•Significa plantearse primero los objetivos generales de cada etapa, o
modalidad (Ciclos Formativos) para lo que se deberá determinar el grado
de concordancia con los objetivos propuestos por la Administración y las
Finalidades del Centro, reformular estos objetivos con el fin de
especificar posibles matizaciones e incorporar nuevos objetivos
necesarios para dar cumplimiento a las Finalidades del Centro.
•Se deberán formular después los objetivos generales de cada uno de
los módulos del Ciclo, partiendo de los objetivos generales que el DCB
les asigna.
38
39. Cuándo enseñar
1. Significa secuenciar los aprendizajes que han de recibir los alumnos.
2. Hablamos de una secuencia doble: la de los propios contenidos y la
temporalización de los mismos.
Cómo enseñar.
Metodología
Disponer de buenos principios pedagógicos suele ser la respuesta
No sólo significa saberse posicionar delante de los alumnos en función de su edad,
lleva implícito otros elementos como los materiales y recursos que se usan en la
didáctica, los planteamientos que se hacen de las diversas actividades de evaluación y
aprendizaje, etc ; y la organización de los espacios y tiempos.
39
40. Qué, cuándo y cómo
evaluar
Significa que es necesario concretar los criterios para
evaluar y, en su caso, elaborar las correspondientes
propuestas de mejora en los procesos de enseñanza y en la
práctica docente del profesorado y cuáles son los criterios,
estrategias y procedimientos de evaluación de los
aprendizajes y de promoción de los alumnos.
Evaluación
Formativa
40
41. ORIENTACIONES PARA ELABORAR EL PROYECTO CURRICULAR
DE LOS CICLOS FORMATIVOS QUE INTEGRAN LA FAMILIA
PROFESIONAL CORRESPONDIENTE
El Proyecto Curricular del ciclo formativo constituye el
instrumento pedagógico-didáctico que articula a largo plazo el
conjunto de actuaciones educativas del centro y tiene como
objetivo alcanzar las finalidades educativas del mismo
ELEMENTOS
MÍNIMOS
1. Análisis del entorno socioeconómico y de sus posibilidades formativas : -
• Conocimiento de las empresas e instituciones de la zona que están relacionadas
con la formación a impartir.
• Determinación de sus productos y servicios más característicos.
• Conocimiento de las tecnologías y los sistemas organizativos que ofrecen.
• Conocimiento, en la medida de lo posible, de la evolución tecnológica y laboral
previsible en estas empresas e instituciones.
41
42. 2. Análisis de las características de los alumnos y de los recursos humanos y materiales del
centro educativo.
3. Adecuación de los objetivos generales del ciclo formativo al contexto profesional y
socioeconómico del centro educativo y a las características del alumnado.
4. Organización curricular del ciclo formativo que comprenderá, al menos, la
secuenciación de los módulos profesionales dentro de cada curso, los criterios sobre la
distribución del horario lectivo y la utilización de los espacios formativos que son
requeridos.
5. Establecer los criterios para la organización y secuenciación de los contenidos en cada
uno de los de los módulos profesionales y proceder a su distribución en unidades
didácticas.
6. Pautas sobre la evaluación de los alumnos con referencia explícita al modo de realizarla.
7. Orientaciones metodológicas adoptadas para el desarrollo del proceso de enseñanza y
aprendizaje.
8. Plan de recuperación para alumnos matriculados en segundo curso que tengan módulos
profesionales pendientes de evaluación positiva en el curso anterior.
9. Planificación y organización de los módulos profesionales de Formación en centros de
trabajo y Proyecto integrado.
10. Plan de orientación educativa, profesional y para la inserción laboral delos alumnos y
alumnas
11. Programaciones didácticas de los módulos profesionales.
12. Necesidades de formación permanente para el profesorado que imparte el
ciclo formativo .
13. Plan de evaluación del Proyecto Curricular del ciclo formativo
42