El Derecho
Constitucional
El Derecho
Constitucional
sería el conjunto de
reglas contenidas
en la Constitución.
El Derecho Constitucional es la
rama del Derecho cuyo objeto es el
estudio e interpretación de la
Constitución y de todas aquellas
leyes que tienen por finalidad
desarrollar las previsiones
constitucionales relativas a las
instituciones básicas del Estado, la
distribución territorial del poder, los
derechos fundamentales y
libertades públicas, el régimen
electoral general y las relaciones
políticas entre los ciudadanos y los
poderes públicos, o la de éstos
entre sí
La misión del Derecho
Constitucional es “organizar, en el
marco del Estado-Nación, una
coexistencia pacífica del poder y
de la libertad”9 y puede definirse como
“ciencia de las reglas jurídicas según
las cuales se establece,
ejerce y trasmite el poder político”.
CONDICIONES DE UNA
CONSTITUCIÓN
Una
Constitución
Normas
Jurídicas
Un alto grado
de generalidad
y abstracción
Normas jurídicas que
constituyen un
determinado orden
jurídico capaz de ser
modificadas cada vez
que las
nuevas realidades así lo
requieran
Su aplicación
permitirá
Deben ser
caracterizadas
creación
Adecuación a la realidad institucional significa que la Constitución debe ser producto de la
realidad social y política que pretende regir.
Estabilidad implica la posibilidad de la Constitución de mantenerse en el tiempo, permitiendo el
desarrollo de las instituciones y la concreción de sus propósitos.
Flexibilidad significa que la Constitución debe estar dotada de elasticidad suficiente para
adecuarse a las variadas situaciones políticas y sociales que se le presentan en su trayectoria
histórica
Fundamentalidad significa que las normas constitucionales deben circunscribirse a señalar los
elementos primordiales de la organización del Estado.
Claridad para que la Constitución pueda ser fácilmente inteligible para todos y concisión en el
estilo, es decir, precisión, certeza.
ORIGEN Y EVOLUCIÓN
DERECHO CONSTITUCIONAL
La Ciencia del Derecho Constitucional es relativamente reciente
La preocupación por las cosas del Estado y su organización
política es antiquísima, conforme se evidencia históricamente a
través de numerosos documentos.
Así puede hacerse un ligerísimo bosquejo histórico sobre la
evolución que nuestra disciplina ha tenido en el tiempo.
ORIGEN Y EVOLUCIÓN
DERECHO CONSTITUCIONAL
Edad Media: Los problemas propios de la ordenación
fundamental de la comunidad política fueron resultados en la
Edad Media, en base a la tradición jurídica romana.
Siglo XVII: Se inicia en forma concreta el estudio de lo que más
tarde llegará a ser el Derecho Constitucional. Para ello, las
normas constitucionales inglesas, basadas en la costumbre,
prestan valiosísimo concurso.
Siglo XIX: A partir de la segunda mitad de este siglo, el Derecho
Constitucional alcanza plena autonomía científica. Esto se logra al librarse la
naciente disciplina de la contaminación de la filosofía, la política y otras
ciencias, que le impedían alcanzar un desarrollo independiente. A ello
contribuyó, en alto grado, la propagación de la Constitución política escrita.
ORIGEN Y EVOLUCIÓN
DERECHO CONSTITUCIONAL
La Constitución, en Venezuela, es la norma fundamental o Carta Magna, establecida para regir jurídicamente
al país, fijando los límites y definiendo las relaciones entre los poderes de la federación: poder legislativo,
ejecutivo, judicial, ciudadano y electoral entre los tres niveles diferenciados del gobierno (el nacional, estada y
municipal), y entre todos aquellos y los ciudadanos; asimismo, establece las bases para el gobierno y para la
organización de las instituciones en que el poder se asienta; y garantiza finalmente, en tanto que pacto social
supremo de la sociedad venezolana, los derechos y los deberes del pueblo.
Venezuela ha tenido diversas constituciones a lo largo de su historia. Desde que devino
una nación libre e independiente, se ha dado, según el momento histórico y la
circunstancia, varias constituciones hasta llegar a la que rige en la actualidad, que fue
promulgada el 30 de diciembre de 1999. Cada una de ellas ha tenido su razón política de
ser y un impacto social determinado. He aquí un breve resumen de cada una de ellas y
de su historia.
Derecho Particular
Se refiere al
análisis del
ordenamiento
constitucional de
un Estado en
particular.
Derecho General
Estudia los
ordenamientos
constitucionales en
general.
Derecho Comparado
Procura confirmar
entre sí las normas e
instituciones
constitucionales
adoptadas en
diferentes Estados,
destacando aquellas
notas similares y
diferentes, pero
todas ellas se
encuentran
necesariamente
unidas por varios
vínculos.
Derecho Constitucional
El Derecho Constitucional
Como Ciencia General: Se justifica por cuanto tiende a darnos una cultura sobre el desarrollo político y jurídico
de los pueblos, la vida de sus instituciones constitucionales, los mecanismos que movilizan sus maquinarias
gubernamentales.
Como Ciencia Jurídica Particular: Se aplica si se toma en cuenta que los preceptos estampados en el texto
constitucional deben ser conocido por todos los integrantes de la colectividad. El ciudadano está interesado en
conocer cuáles son sus derechos y deberes ante el Estado. Interesa a todas las capas sociales, sin distinción
alguna. Esta situación se pone más de manifiesto al considerar a la Constitución en el tope de la jerarquía jurídica
del Estado, de manera que todo el ordenamiento legal debe estar subordinado a sus preceptos.
Como Ciencia Política Particular: El Derecho Constitucional explica el fenómeno político, lo que determina la
formación de los partidos políticos y contribuye a colocar las instituciones en el conjunto de hechos sociales
dentro de los diversos aspectos de la vida de las colectividades que les concierne.
CONSTITUCIONAL CAUSAS
Económicas
CRISIS DEL DERECHO
• La perturbación que en esa esfera se produce por guerras, altos o bajos
salarios, la inflación entre otros factores.
Laborales
• Por falta de trabajo y alto índice de paro forzoso.
Ministeriales
• Cuando renuncia un gabinete o alguno de sus ministros y cuando se viola o se
irrespeta la Constitución Nacional área sagrada del Derecho Constitucional.
Crisis constitucional es la crisis política que afecta
a la vigencia y continuidad de las leyes
fundamentales, como la Constitución. Dependiendo
del grado de flexibilidad de ésta, el cambio de
constitución puede implicar una discontinuidad en la
legalidad que tenga problemas políticos.
Por otro, y esto es lo importante, la universalización
constitucionalista se ha hecho a costa de admitir el
fenómeno de la existencia de Constituciones muy
distintas, algunas de las cuales no merecen el
nombre. Se ha terminado aceptando, como mal
menor, la idea externa de la necesidad de un
documento que organice el poder del Estado,
abstracción hecha de cómo esté efectuada dicha
organización, lo que conduce a una cierta renuncia
de la idea constitucional basada en la importancia
de organizar el poder de forma racional desde el
prisma aportado por la filosofía liberal.
CRISIS DEL DERECHO
CONSTITUCIONAL