2. Nacionalidad: Estado propio de la persona nacida o
naturalizada en una nación.
Ciudadanía: Condición que habilita a los individuos
para ejercer sus derechos políticos en el marco de la
democracia constitucional.
3. Incisos Argumento
Nacidos en territorio Chileno, excepto los
hijos de extranjeros que se encuentren en
Chile en servicio de su respectivo gobierno y
los hijos de extranjeros transeúntes
Nacidos en territorio nacional , separado del
vientre materno y que haya sobrevivido
aunque sea un momento (marítimo,
terrestre, aéreo)
Los hijos de padres o madres Chilenos,
nacidos en territorio extranjero. Pero sus
ascendientes en línea recta deben ser
Chilenos
Derecho de sangre o filiación, que consiste
que los ascendientes por línea directa, hayan
adquirido la nacionalidad por cualquier
inciso, que no sea este mismo
Los extranjeros que obtuvieron carta de
nacionalización en conformidad de ley
Presentar una solicitud formal ante la
intendencia o gobernación
Haber cumplido 18 años, llevar 5 años de
residencia continua en Chile y tener permiso
de residencia definitiva
Los que obtuvieron especial gracia de
nacionalización por ley
Ley simple, el otorgamiento no es obligatorio
de aceptar y no exige la renuncia de la
nacionalidad anterior
4. 1. Por renuncia voluntaria manifestada ante la
autoridad chilena. Sólo producirá efectos si la
persona se ha nacionalizado en país extranjero.
La adquisición de nacionalidad en un país extranjero,
es suficiente para perder la nacionalidad chilena,
siempre que el estado Chileno
cuente con la información
fidedigna que ese evento ha
ocurrido.
5. 2. En caso de prestación de servicios durante una guerra
exterior, a enemigos chilenos o de sus aliados, conocido
como Traición a la Patria.
Se llevará a cabo en caso de ser autor, cómplice o
encubridor, contra al país.
6. 3. Por cancelación de la carta de nacionalización.
Decreto supremo fundado: basada en los hechos que
justifican el decreto.
Que el decreto sea firmado por el presidente.
Que el consejo de ministros de estado haya expresado
su acuerdo con la cancelación.
4. Por ley que revoque la nacionalización concedida por
gracia
7. Ser chileno, sin embargo en los casos de la
nacionalidad por filiación y por gracia, se necesita que
además, estén avecinados en Chile para ejercer los
derechos ciudadanos.
Ser mayor de 18 años, lo cual se comprueba con cédula
de identidad vigente.
No haber condenado a pena aflictiva (pena primitiva
de libertad igual o superior a 3 años y un día).
8. Postular cargos de elección popular
Pueden postular a cargos de presidente, diputado,
senador, alcalde y concejal comunal, siempre y cuando sea
chileno.
Para los chilenos por filiación y por gracia, deben estar
avecinados en Chile por un año.
Chilenos por carta: se requieran 5 años desde que
obtuvieran la carta de nacionalización.
9. Se exige ser ciudadano para ser intendente y
gobernador, ministro de estado, vocal de mesa o para
afiliarse a un partido político.
10. Derecho al voto, sin embargo no es privado del
ciudadano, ya que extranjeros también pueden votar
(si cumplen ciertos requisitos).
Sólo se necesita ser ciudadano.
11. 1- Por suspensión en caso de demencia.
Cuando se reconoce a una persona como incapaz
para realizar actos jurídicos.
Si la persona logra superar su estado de demencia,
debe ser revocada la resolución judicial que
estableció la interdicción.
12. 2- Si la persona acusa merecer pena aflictiva o por
delito que la ley califique como conducta terrorista
La pena aflictiva es privativa de liberar, ya que
sanciona con presidio, reclusión, cotidianamente,
extrañamente o relegación menor.
13. 3- Por haber sido sancionado por el tribunal
constitucional.
En caso de que el Tribunal Constitucional declarase
inconstitucionales a movimientos que no respeten los
principios democráticos y constitucionales, procuren
establecer un régimen totalitario, o inciten la violencia
como método de lucha política.
Se les suspende el derecho de voto por 5 años. Y luego
de eso el derecho se recupera por la ley de Quórum
Calificado.
14. Ley de Quórum Calificado: trata sobre materias
señaladas en la constitución. Para ser aprobadas,
modificadas o derogadas se necesita la mayoría
absoluta de diputados y senadores.
15. Participación ciudadana:
Derivadas de los derechos políticos que reconoce la
constitución para los ciudadanos que se relaciona con
participación en movimientos sociales u
organizaciones secretas.
16. El régimen político es democrático .
Directa: todos los ciudadanos pueden participar
activamente al menos una vez en su vida (Actualmente
es un modelo teórico, que presenta muchas desventajas).
Representativa: los ciudadanos eligen, cada cierto
tiempo a las autoridades que los representaran en el
gobierno. La mayoría se contenta con participar
políticamente en elecciones periódicas.
17. La democracia representativa es predominante, no son
pocos los ejemplos de democracia indirecta.
Existen representantes que son electos para tomar las
decisiones de gobierno, los ciudadanos pueden
participar directamente en plebiscitos, referéndum,
revocación de autoridades de gobierno.
18. Forma en que se utiliza el sufragio
en Chile:
Elecciones periódicas: evento
público en que eligen autoridades
representativas del estado:
elecciones presidenciales,
parlamentarias y municipales.
19. Plebiscito:
Constitucional se convoca para resolver una
discrepancia entre el poder ejecutivo y el legislativo
respecto del contenido de una reforma constitucional.
Comunal el alcalde, con acuerdos del consejo
municipal, o por iniciativa de los ciudadanos de las
comunas, convocan a un plebiscito comunal.
(ejemplo: inversiones específicas de la comunidad local)
20. Los partidos políticos designan a sus candidatos
(presidentes de la república, a parlamentarios y a alcalde)
Este mecanismo es voluntario para los ciudadanos, ya que
nadie esta obligado a participar en estos eventos.
El Servel (Servicio Electoral) es el organismo encargado de
organizar las primarias, los cuales debe realizarse a nivel
nacional y 20 semanas antes de la elección oficial
Los gastos electorales de los candidatos, son responsables
las mismas candidaturas o de los partidos.
21. La democracia chilena es representativa
Condiciones fundamentales a cumplir:
Principios de soberanía popular: el poder reside en el
pueblo.
Principio de representación popular: el pueblo elige a sus
gobernantes mediante elecciones periódicas y libres.
Separación de poderes: distribución de competencias, sin
invadir el trabajo del otro.
La existencia de una constitución: como norma superior
escrita y rígida.
Existencia de pluralidad de alternativas políticas:
igualitarias entre ellas para acceder al poder (los partidos y
el ideal del liberalismo).
22. La democracia en chile es el pluripartidista.
Los partidos políticos son una forma de participación
política de la ciudadanía:
invita a participar voluntariamente
Resolver dudas e inquietudes sociales y políticas.
En las elección y en las instituciones representativas
del estado los partidos proponen programas de acción
Movilizan políticamente a los ciudadanos
Reclutan militantes para capacitarlos para organizar
gobiernos y así formar lideres de opinión
23. Orgánica constitucional sobre votaciones populares.
Plantea que los canales de televisión de libre recepción
deben destinar gratuitamente 30 minutos diarios de
sus transmisiones a propaganda electoral en los casos
de elección al presidente de la república, diputados y
senadores.
24. Elecciones conjuntas (presidente y parlamentario), se
deben destinar 40 minutos diarios de propaganda
electoral. Se dividen 20 minutos para el presidente y 20
minutos para la elección de diputados y senadores.
Candidato independientes: el tiempo de propaganda
es equivalente al del partido que hubiera obtenido
menos sufragios en la propaganda electoral.
En el caso de que haya más de un candidato
independiente se distribuyen los tiempos de manera
equitativa.
26. Para territorios que se encuentran muy alejados entre
sí (Chile), éstas cumplen un rol central en la
información política durante los periodos de campaña
electoral.
Propaganda: destinada a inducir a los votantes a
sufragar por un determinado candidato. Esta es
emitida por los propios candidatos o por los partidos a
los que pertenecen (Radio emisora, prensa, canales de
emisión).
27. Ley de elecciones(18.700): Propaganda solo puede
efectuarse desde el día 30 y hasta el tercer día anterior
a una elección o plebiscito.
28. No todas las formas de participación que están
reconocidas en la constitución se refieren a lo político
(administración del estado y/o del gobierno).
29. Denominadas ONG.
Hogar de Cristo, Techo para Chile, Green Peace, entre
otros.
Función: mejorar la calidad de vida de las personas.
No tienen fines de lucro.
30. Se movilizan en temas de interés publico.
Trabajan en áreas como: infancia, derechos de la
mujer, medio ambiente, derechos humanos, empleo,
seguridad, ciudadana, entre otras.
Presentes en la mayoría de las comunas del país
Fueron reconocidas (ONG) por la ONU en la década
de 1950 y en Chile en la de 1980, como instituciones de
servicio social que trabajan por la democratización del
país
31. Agrupaciones de personas que se organizan para
desarrollar una acción colectiva, con el objetivo de un
cambio social, o para llamar la atención de la
autoridades.
32. Ámbito Características
Organización
Interna
•Altos grados de informalidad
•Escasas o nulas diferenciaciones de jerarquías
entre sus miembros.
•Tienen representantes
Formas de la acción
colectiva
Protestas, manifestaciones públicas, entre otras
Relación con el
estado
Son autónomas ( tanto económica como
políticamente respecto al estado)
Relación con otros
sujetos políticos
Militantes pueden ser parte de movimientos.
Autónomos de partidos políticos