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Universidad Central del Ecuador
 Facultad de Filosofía, Letras y
   Ciencias de la Educación
    Escuela de Comercio y
        Administración
Tema: Comprobantes de Venta
         Realizado por:
       Romero Michelle
          Suntaxi Ana
     Quinto Semestre “A”
CONCEPTO
Son documentos autorizados previamente por el
SRI, que respaldan las transacciones efectuadas por
los contribuyentes en la transferencia de bienes o
por la prestación de servicios o la realización de
otras transacciones gravadas con tributos, a
excepción de los documentos emitidos por las
instituciones del Estado que prestan servicios
administrativos y en los casos de los trabajadores
en relación de dependencia.
COMO SE DEBE LLENAR LOS
    COMPROBANTES DE VENTA

 Los comprobantes de venta podrán ser
  llenados en forma manual, mecánica o a
  través de sistemas computarizados.
 Las facturas en original y copia deben ser
  llenadas en forma simultánea mediante el
  uso de papel carbón, carbonado o
  autocopiativo químico; en cualquier caso
  las copias deberán ser idénticas al
  original, caso contrario no serán válidas.
FACTURA




                                                    LIQUIDACION DE
                                                      COMPRAS DE
NOTAS DE VENTA                                          BIENES Y
                                                    PRESTACION DE
                                                       SERVICIOS

                           COMPROBANTES
                             DE VENTA




              TIQUETS DE                   VOLETOS DE
               MAQUINA                      ENTRADA A
            REGISTRADORA                  ESPECTACULOS
DEFINICIONES




                     • Destinadas a sociedades o personas naturales que
    FACTURA            tengan derecho a crédito tributario y en operaciones
                       de exportación.




 Notas de venta -    • Son emitidas exclusivamente por contribuyentes
      RISE             inscritos en el Régimen Simplificado.




 Liquidaciones de    • Las emiten sociedades personas naturales y
compra de bienes y     sucesiones indivisas en servicios o adquisiciones de
                       acuerdo a las condiciones previstas en el Reglamento
   prestación de       de Comprobantes de Venta, Retención y
     servicios         Documentos Complementarios vigente.
Tiquetes emitidos
                     • Se emiten en transacciones con usuarios
   por máquinas        finales, no identifican al
  registradoras y      comprador, únicamente en la emisión de
boletos o entradas     tiquete si se requiere sustentar el gasto
                       deberá exigir una factura o nota de venta -
  a espectáculos       RISE.
     públicos


                     • Emitidos por Instituciones
                       Financieras, Documentos de importación y
Otros documentos       exportación, tickets aéreos, Instituciones del
                       Estado en la prestación de servicios
   autorizados         administrativos: sustenta costos y gastos y
                       crédito tributario siempre que cumpla con
                       las disposiciones vigentes.
DOCUMENTOS
   COMPLEMENTARIOS

 Notas    Notas
                    Guía de
  de        de
                   remisión
crédito   debito
DEFINICIONES


           • Se emiten para anular operaciones, aceptar
             devoluciones y conceder descuentos o
Notas de     bonificaciones.
 crédito


           • Se emiten para cobrar intereses de mora y para
             recuperar costos y gastos, incurridos por el vendedor
Notas de     con posterioridad a la emisión del comprobante.
 débito



           • Sustenta el traslado de mercaderías dentro del
Guías de     territorio nacional.
remisión
COMPROBANTES DE
         RETENCIÓN




    Comprobantes que acreditan la
retención del impuesto, lo efectúan las
personas o empresas que actúan como
        agentes de retención.
LOS AGENTES DE RETENCION ESTAN OBLIGADOS
                    A:




Entregar al proveedor el respectivo comprobante
de retención dentro de los cinco días hábiles
siguientes, contados a partir de la fecha de
presentación del comprobante de venta.




Declarar y depositar mensualmente los valores
retenidos en las entidades financieras
autorizadas para recaudar tributos.
IMPRESIÓN DE DOCUMENTOS
                              AUTORIZADOS
                   Todos los contribuyentes que quieran hacer uso de
                   comprobantes de venta, comprobantes de retención o
                   documentos complementarios deberán previamente
                   solicitar al SRI la autorización para la impresión de los
                   mismos.




                                                                               Medios electrónicos
Establecimientos




                               computarizados




                                                        registradoras
                                                          Maquinas
                                  Sistemas
    gráficos




                    Todos deberán ser autorizados por el SRI
PLAZOS DE AUTORIZACIÓN PARA COMPROBANTES
                 DE VENTA
1 año Cuando esté al día en sus obligaciones tributarias.

      Cuando tiene pendiente alguna obligación tributaria. Este
 3
      permiso se otorga una sola vez, hasta que el contribuyente
meses
      regularice su situación.


        Cuando ya se le otorgó la autorización por 3 meses y no ha
  Sin
        cumplido con sus obligaciones tributarias pendientes; o no
autoriz
        se le ubica en el domicilio declarado; o su RUC se encuentra
 ación
        cancelado.
VERIFICACIÓN LISTA BLANCA

La validación del cumplimiento de la                En esta lista se encuentran
obligaciones tributarias de un contribuyente        todos los contribuyentes que
se lo verifica en el sistema denominado             se encuentran al día con sus
Lista Blanca.                                       obligaciones.


                  Declaraciones
                  de IVA mensual   Declaraciones                    Declaraciones
Actualmente de                                      Declaraciones
                  y semestral.     de retenciones                   de impuestos a
lista blanca se                                     de impuesto a
                                   en la fuente                     los consumos
controla:                                           la renta
                                                                    especiales
ANULACIÓN DE COMPROBANTES DE
VENTA, DOCUMENTOS COMPLEMENTATRIOS Y
     COMPROBANTES DE RETENCIÓN


       Cuando hayan sido emitidos
       con errores el contribuyente
       tiene la obligación de:




       Anular los     documentos
       autorizados




       Conservar (original y todas
       las copias) en orden
       cronológico
MULTAS Y SANCIONES


La falta de emisión o entrega de facturas, notas o
boletas de venta, la emisión incompleta o falsa de
estas, y el no uso o uso parcial de los
sellos, constituyen casos de defraudación que serán
sancionados de conformidad con el Código Tributario.
Los únicos documentos
considerados para crédito
  tributario del IVA son:




                facturas

        Liquidaciones en compras

          Declaración aduanera
                  única

         Boletos y tickets aéreos

        Documentos emitidos por
         instituciones financieras
Identificar al comprador mediante su
                                                                       numero de RUC o cedula de ciudadanía




                                                                           Identificar la razón social




                                                                       Hacer constar por separado el
                                                                                                                          TRIBUTARIO DEBERÁN




                                                                                   IVA
                       adquirientes o usuarios
                                                                                                                       PUEDAN SUSTENTAR CRÉDITO
                                                                                                                      PARA QUE ESTOS DOCUMENTOS




                                                                          Cumplir con los requisitos pre impresos
                                                                      establecidos en el reglamento de comprobantes
                                                                                          de venta
    el RISE no darán derecho a CRÉDITO TRIBUTARIO de IVA a sus
Los comprobantes de ventas emitidos por contribuyentes inscritos en
OPORTUNIDAD DE ENTREGA
         DE LOS DOCUMENTOS
             AUTORIZADOS




De acuerdo al Reglamento de Comprobantes de
Venta     y   Retención,  los comprobantes de
venta, comprobantes de retención y documentos
complementarios, deberán ser entregados en las
siguientes oportunidades:
1. De manera general serán                   3. En el caso de transferencia de
emitidos y entregados en el                  bienes concertada por       medios
momento en el que se efectúe el              electrónicos, teléfono, telefax u
acto o se celebre el contrato que            otros medios similares, en el que el
tenga por objeto la transferencia            pago se efectué mediante tarjeta
de dominio de los bienes muebles             de crédito, débito, abono en
o la prestación de los servicios.            cuenta o pago contra entrega, el
                                             comprobante de venta será
                                             entregado conjuntamente con el
                                             bien.




 2. En el caso de pago de servicios a        4. Cuando el giro del negocio sea la
 través de débitos en cuentas                transferencia de bienes inmuebles, el
 corrientes, cuentas de ahorros o tarjetas   comprobante de venta se entregará en
 de crédito, los comprobantes de venta       la fecha en que se perciba el ingreso o
 emitidos por el prestador del servicio      en la que se celebre la escritura
 serán      entregados      al     cliente   pública, lo que ocurra primero.
 conjuntamente con su estado de cuenta.
OBLIGADOS A EMITIR
                                           COMPROBANTES




Todos los    sujetos pasivos de los
impuestos a  la renta, al valor agregado
(IVA) o a    los consumos especiales
(ICE), sean    sociedades o personas
                naturales.
La obligación nace con ocasión de la
transferencia de bienes o de la
prestación de servicios de cualquier
naturaleza.      Se     exceptúan       las
transacciones que se realicen por
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Comprobantes de venta

  • 1. Universidad Central del Ecuador Facultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación Escuela de Comercio y Administración Tema: Comprobantes de Venta Realizado por: Romero Michelle Suntaxi Ana Quinto Semestre “A”
  • 2.
  • 3. CONCEPTO Son documentos autorizados previamente por el SRI, que respaldan las transacciones efectuadas por los contribuyentes en la transferencia de bienes o por la prestación de servicios o la realización de otras transacciones gravadas con tributos, a excepción de los documentos emitidos por las instituciones del Estado que prestan servicios administrativos y en los casos de los trabajadores en relación de dependencia.
  • 4. COMO SE DEBE LLENAR LOS COMPROBANTES DE VENTA  Los comprobantes de venta podrán ser llenados en forma manual, mecánica o a través de sistemas computarizados.  Las facturas en original y copia deben ser llenadas en forma simultánea mediante el uso de papel carbón, carbonado o autocopiativo químico; en cualquier caso las copias deberán ser idénticas al original, caso contrario no serán válidas.
  • 5. FACTURA LIQUIDACION DE COMPRAS DE NOTAS DE VENTA BIENES Y PRESTACION DE SERVICIOS COMPROBANTES DE VENTA TIQUETS DE VOLETOS DE MAQUINA ENTRADA A REGISTRADORA ESPECTACULOS
  • 6. DEFINICIONES • Destinadas a sociedades o personas naturales que FACTURA tengan derecho a crédito tributario y en operaciones de exportación. Notas de venta - • Son emitidas exclusivamente por contribuyentes RISE inscritos en el Régimen Simplificado. Liquidaciones de • Las emiten sociedades personas naturales y compra de bienes y sucesiones indivisas en servicios o adquisiciones de acuerdo a las condiciones previstas en el Reglamento prestación de de Comprobantes de Venta, Retención y servicios Documentos Complementarios vigente.
  • 7. Tiquetes emitidos • Se emiten en transacciones con usuarios por máquinas finales, no identifican al registradoras y comprador, únicamente en la emisión de boletos o entradas tiquete si se requiere sustentar el gasto deberá exigir una factura o nota de venta - a espectáculos RISE. públicos • Emitidos por Instituciones Financieras, Documentos de importación y Otros documentos exportación, tickets aéreos, Instituciones del Estado en la prestación de servicios autorizados administrativos: sustenta costos y gastos y crédito tributario siempre que cumpla con las disposiciones vigentes.
  • 8. DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS Notas Notas Guía de de de remisión crédito debito
  • 9. DEFINICIONES • Se emiten para anular operaciones, aceptar devoluciones y conceder descuentos o Notas de bonificaciones. crédito • Se emiten para cobrar intereses de mora y para recuperar costos y gastos, incurridos por el vendedor Notas de con posterioridad a la emisión del comprobante. débito • Sustenta el traslado de mercaderías dentro del Guías de territorio nacional. remisión
  • 10. COMPROBANTES DE RETENCIÓN Comprobantes que acreditan la retención del impuesto, lo efectúan las personas o empresas que actúan como agentes de retención.
  • 11. LOS AGENTES DE RETENCION ESTAN OBLIGADOS A: Entregar al proveedor el respectivo comprobante de retención dentro de los cinco días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de presentación del comprobante de venta. Declarar y depositar mensualmente los valores retenidos en las entidades financieras autorizadas para recaudar tributos.
  • 12. IMPRESIÓN DE DOCUMENTOS AUTORIZADOS Todos los contribuyentes que quieran hacer uso de comprobantes de venta, comprobantes de retención o documentos complementarios deberán previamente solicitar al SRI la autorización para la impresión de los mismos. Medios electrónicos Establecimientos computarizados registradoras Maquinas Sistemas gráficos Todos deberán ser autorizados por el SRI
  • 13. PLAZOS DE AUTORIZACIÓN PARA COMPROBANTES DE VENTA 1 año Cuando esté al día en sus obligaciones tributarias. Cuando tiene pendiente alguna obligación tributaria. Este 3 permiso se otorga una sola vez, hasta que el contribuyente meses regularice su situación. Cuando ya se le otorgó la autorización por 3 meses y no ha Sin cumplido con sus obligaciones tributarias pendientes; o no autoriz se le ubica en el domicilio declarado; o su RUC se encuentra ación cancelado.
  • 14. VERIFICACIÓN LISTA BLANCA La validación del cumplimiento de la En esta lista se encuentran obligaciones tributarias de un contribuyente todos los contribuyentes que se lo verifica en el sistema denominado se encuentran al día con sus Lista Blanca. obligaciones. Declaraciones de IVA mensual Declaraciones Declaraciones Actualmente de Declaraciones y semestral. de retenciones de impuestos a lista blanca se de impuesto a en la fuente los consumos controla: la renta especiales
  • 15. ANULACIÓN DE COMPROBANTES DE VENTA, DOCUMENTOS COMPLEMENTATRIOS Y COMPROBANTES DE RETENCIÓN Cuando hayan sido emitidos con errores el contribuyente tiene la obligación de: Anular los documentos autorizados Conservar (original y todas las copias) en orden cronológico
  • 16. MULTAS Y SANCIONES La falta de emisión o entrega de facturas, notas o boletas de venta, la emisión incompleta o falsa de estas, y el no uso o uso parcial de los sellos, constituyen casos de defraudación que serán sancionados de conformidad con el Código Tributario.
  • 17. Los únicos documentos considerados para crédito tributario del IVA son: facturas Liquidaciones en compras Declaración aduanera única Boletos y tickets aéreos Documentos emitidos por instituciones financieras
  • 18. Identificar al comprador mediante su numero de RUC o cedula de ciudadanía Identificar la razón social Hacer constar por separado el TRIBUTARIO DEBERÁN IVA adquirientes o usuarios PUEDAN SUSTENTAR CRÉDITO PARA QUE ESTOS DOCUMENTOS Cumplir con los requisitos pre impresos establecidos en el reglamento de comprobantes de venta el RISE no darán derecho a CRÉDITO TRIBUTARIO de IVA a sus Los comprobantes de ventas emitidos por contribuyentes inscritos en
  • 19. OPORTUNIDAD DE ENTREGA DE LOS DOCUMENTOS AUTORIZADOS De acuerdo al Reglamento de Comprobantes de Venta y Retención, los comprobantes de venta, comprobantes de retención y documentos complementarios, deberán ser entregados en las siguientes oportunidades:
  • 20. 1. De manera general serán 3. En el caso de transferencia de emitidos y entregados en el bienes concertada por medios momento en el que se efectúe el electrónicos, teléfono, telefax u acto o se celebre el contrato que otros medios similares, en el que el tenga por objeto la transferencia pago se efectué mediante tarjeta de dominio de los bienes muebles de crédito, débito, abono en o la prestación de los servicios. cuenta o pago contra entrega, el comprobante de venta será entregado conjuntamente con el bien. 2. En el caso de pago de servicios a 4. Cuando el giro del negocio sea la través de débitos en cuentas transferencia de bienes inmuebles, el corrientes, cuentas de ahorros o tarjetas comprobante de venta se entregará en de crédito, los comprobantes de venta la fecha en que se perciba el ingreso o emitidos por el prestador del servicio en la que se celebre la escritura serán entregados al cliente pública, lo que ocurra primero. conjuntamente con su estado de cuenta.
  • 21. OBLIGADOS A EMITIR COMPROBANTES Todos los sujetos pasivos de los impuestos a la renta, al valor agregado (IVA) o a los consumos especiales (ICE), sean sociedades o personas naturales. La obligación nace con ocasión de la transferencia de bienes o de la prestación de servicios de cualquier naturaleza. Se exceptúan las transacciones que se realicen por montos inferiores a los diez mil sucres.