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Actividad financiera del estado venezolano

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  1. 1. Universidad Fermín Toro Vice Rectorado Académico Facultad De Ciencia Jurídicas y Políticas Escuela De Derecho ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO VENEZOLANO Alumna: Mischelle Santeliz Profesora: Emily Ramírez Catedra: Derecho Tributario
  2. 2. La Actividad Financiera Del Estado El Estado debe cumplir funciones complejas para la realización de sus fines, tanto en lo referente a la selección de los objetivos, a las derogaciones, a la obtención de los medios para atenderlas (pecuniarias o de otra especie y a la gestión y manejo de ellos, cuyo conjunto constituye la actividad financiera. Son actividades fundamentales de la gestión financiera. Teorías Económicas Consideran la actividad financiera estatal como fenómeno económico, pero difieren en la formulación de las explicaciones. Según Smith, Ricardo y sus continuadores; nos dicen que la acción del Estado se traduce en un consumo improductivo, pues al intensificar la presión tributaria sustrae a los particulares una porción de renta que podrían utilizar en una nueva producción de bienes. Teoría Sociológica Según Wilfredo Pareto; el discute cual es la realidad de la existencia del estado y que esconde bajo sus atributos de mando. Pareto criticó los estudios financieros, lo hizo por entender que estos elaboraban principios teóricos que se apartaban de la verdad experimental. El estado es un ser real; ya que éste es el único sujeto activo de las finanzas, y del cual se tiene que partir para estudiar las relaciones entre el Estado y los contribuyentes. Teorías Políticas Se entiende que el problema referente a la naturaleza de la actividad financiera solo puede ser resuelto analizando la naturaleza de su sujeto “El Estado”. Griziotti nos dice; que siendo político el sujeto de la actividad financiera (Estado), así como los medios y los fines perseguidos, debe aceptarse que esta actividad tiene esencialmente naturaleza política. Fines de la actividad financiera *Hacer cumplir con las funciones que le corresponden. *Recaudar ingresos. *Los ingresos deben ser utilizado el gasto la satisfacción de necesidades colectivas. *Los fondos generados no deben ser utilizados para otra finalidad que no sea las necesidades colectivas del gasto público.
  3. 3. Presupuesto publico Bujanda (1993), define el presupuesto del Estado como “La Ley mediante la cual se autoriza el montante máximo de los gastos que el Gobierno puede realizar durante un período de tiempo determinado, en las atenciones que detalladamente se especifican, y se prevén los ingresos necesarios para cubrirlos” El presupuesto público es un instrumento fundamental en la vida del Estado moderno, esto en razón de que le permite al Poder Ejecutivo y a la Administración Pública dar cumplimiento a los cometidos sociales. Principios técnicos del presupuesto Anticipación: El presupuesto es siempre una previsión que trata de recoger las operaciones del sector público en un periodo futuro (generalmente un año máximo) Programación: El principio establece que el presupuesto debe incluir el contenido y la forma de la programación, es decir, que deben programarse los objetivos adoptados vinculados a los expresados en los planes de desarrollo, el conjunto de acciones necesarias requeridas para el logro de esos objetivos, los recursos humanos, materiales y otros necesarios para ejecutar dichas acciones y los financieros para la adquisición de los recursos. En el sector público, el presupuesto debe elaborarse siguiendo los lineamientos del Plan de Desarrollo Económicoy Social de la Nación. El presupuesto es un instrumento a través del cual se cumplen los planes del Estado. Universalidad:Todo aquello que sea materia de presupuesto, debe ser incorporado en él. El presupuesto debe contemplar la totalidad de ingresos y gastos, de allí que de no existir la previsión presupuestaria (crédito presupuestario), no podrá acordarse gasto alguno. Este principio está previsto en el Art. 12 de la LOAF y es de tal importancia en nuestro sistema presupuestario que, salvo situaciones de emergencia su violación es sancionada por la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, cuyo Art. 35 impone multa, independientemente de la responsabilidad civil y penal, a todos aquellos funcionarios que, sin disponer de los recursos presupuestarios, efectúen gastos o contraigan compromisos que puedan afectarla responsabilidad del ente público. Unidad: Debe existir un solo presupuesto para cada función y todos los que se aplican deben estar debidamente coordinados. El presupuesto en el sector publico deben ser elaborados con plena influencia de la política presupuestaria única definida en la Ley, basándose en un solo método y expresándose uniformemente. Periodicidad/Anualidad: Se refiere al período de duración o de validez que debe tener el presupuesto. En la mayoría de los países se considera el período presupuestario de duración anual. Mediante este principio se procura la armonización
  4. 4. de dos posiciones extremas; adoptando un período que no sea tan amplio que imposibilite la previsión con cierto grado de minuciosidad, ni tan breve que impida la realización de las metas. De acuerdo a este principio el presupuesto debe formularse para un año y ejecutarse en el mismo, iniciándose el 1 de enero y concluyendo el 31 de diciembre de cada ejercicio fiscal. Ello quiere decir que los gastos deben afectar el respectivo ejercicio presupuestario, o sea, que no es posible imputar el presupuesto de gastos, con la única excepción que se establezcaen una partida especial prevista en el presupuesto para tal fin. Sinceridad: se refiere a la forma de presentación del documento presupuestario, el cual para facilitar la comprensión de todos los sectores debe expresarse de manera clara y ordenada. Publicidad: Exige que las diversas fases del presupuesto, se verifiquen en público, de modo que todo el mundo tenga la posibilidad de enterarse de la administración financiera. A tal efecto, debe cumplirse lo siguiente: *Publicarse en forma regular y clara el proyecto de presupuesto y la contabilidad presupuestaria. *La discusión del presupuesto y de los empréstitos en la Asamblea Nacional debe ser pública. *Cualquiera pude criticar el presupuesto, sin ningún temor. Efectos jurídicos de la ley de presupuesto La Ley de Presupuestos apenas tiene virtualidad jurídica respecto a los ingresos públicos, para los que no supone ni autorización, ni limitación alguna en cuanto al monto de su recaudación, sino puramente una previsión o cálculo de los que se estima obtener. No obstante, podría pensarse que la estabilidad presupuestaria incidirá en los derechos presupuestados, configurando el estado de ingresos del Presupuesto como algo más que una previsión. Con relación a los gastos públicos, los créditos presupuestarios tienen el valor de autorización de máximos y, generalmente, son un límite cualitativo, cuantitativo y temporal que la Administración no debe sobrepasar. Gasto publico Son gastos públicos las erogaciones dinerarias que realiza es estado en virtud de ley para cumplir sus funciones consistentes en la satisfacción de necesidades públicas;
  5. 5. es el gasto que realizan los gobiernos a través de inversiones públicas. Un aumento en el gasto público producirá un aumento en el nivel de renta nacional, y una reducción tendrá el efecto contrario. Durante un periodo de inflación es necesario reducir el gasto público para manejar la curva de la demanda agregada hacia una estabilidad deseada. El manejo del gasto público representa un papel clave para dar cumplimiento a los objetivos de la política económica. Efectos económicos del gasto público Las Erogaciones destinadas a la adquisición de los factores e insumos para la producción de bienes y servicios públicos. Los efectos de dichas erogaciones consisten en los efectos del suministro de los bienes y servicios a sus destinatarios; en el enfoque de las finanzas redistributivas consisten en las medidas destinadas a lograr modificaciones en la distribución de los ingresos entre los diferentes sectores; y en el enfoque de las finanzas estabilizadoras y como instrumento de promoción del desarrollo, en el incremento del ingreso y de la ocupación hasta llegar al pleno empleo y, respectivamente, en la aceleración del ritmo de crecimiento económico. El análisis de los efectos de los gastos debe efectuarse suponiendo un determinado recurso. De ello resulta, una mejor formulación del problema no sólo como efecto de los gastos público, sino globalmente como efectos de la economía presupuestaria sobre la economía del mercado. Calificación del gasto público Son múltiples los criterios de clasificación. 1- Los gastos en gastos en especie y en moneda según el instrumento de pago con que han sido efectuados; 2- los gastos internos o externos según el lugar en que se han efectuado, ya sea dentro o fuera de las fronteras del país. 3- También se distinguen en gastos personales, que son los que se pagan en concepto de sueldos y remuneraciones del personal, y gastos reales cuando se emplean para la adquisición de bienes. 4- Los gastos ordinarios, cuando atienden al normal desenvolvimiento del país, y gastos extraordinarios, cuando se trata de aquellos que deben hacer frente a situaciones imprevistas. Veremos las clasificaciones que modernamente se consideran como las más importantes: A) Criterio administrativo: Según este criterio, los gastos se agrupan según los órganos que realizan las erogaciones y las funciones, basándose en la estructura administrativa del Estado y en la regulación jurídica de su accionar. En Argentina, los gastos se distribuyen en orden decreciente (de lo general a lo particular):
  6. 6. a) anexos: poder legislativo, poder ejecutivo, Presidencia de la Nación, ministerios, entidades descentralizadas de carácter administrativo, Tribunal de Cuentas, deuda pública, obligaciones generales a cargo del tesoro nacional y crédito global de emergencia; b) incisos; c) ítems; d) partidas. Estas últimas son principales si su monto es fijado numéricamente por el presupuesto, y parciales si se trata de la distribución de las anteriores por conceptos sin fijación de cantidades. La ventaja de este tipo de clasificación es que permite apreciar comparativamente la evolución de los distintos sectores de la administración. Pero pierde importancia en cuanto a la posibilidad de dar una idea de cómo influye cada uno de esos gastos en la economía nacional tomada en su conjunto. B) Criterio económico: Desde este punto de vista se establece la diferencia entre gastos de funcionamiento (u operativos) y gastos de inversión (o de capital), clasificación ésta, que ha sustituido a la separación entre gastos ordinarios y extraordinarios. Ingresos Públicos Los ingresos públicos son los recursos que capta el sector público para realizar sus actividades. Desde un punto de vista cuantitativo, los impuestos constituyen el principal componente de los ingresos públicos. Un segundo componente de los mismos son los precios públicos establecidos por la utilización de instalaciones públicas. Otras vías de recursos públicos son los procedentes de la venta de determinados activos, por ejemplo a través de la privatización de empresas y también el Estado puede captar recursos mediante el endeudamiento. Principios legales de los ingresos públicos Son los que se encuentran regulados por leyes nacionales vinculadas, directa o indirectamente a la materia hacendística. Estos principios, aun cuando rigen para la Hacienda Pública Nacional, son aplicables a la Hacienda Pública Municipal, “en cuanto ello sea posible”. Por razones igualmente didácticas, los principios legales pueden subdividirse según la ley que los establece, de la manera siguiente: Principios contenidos en la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP). Principios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM). Cabe apuntar que la mayoría de los municipios suele incorporar, en el texto de las Ordenanzas que tratan materias hacendistas, lo concerniente a los principios
  7. 7. constitucional o legalmente establecidos. Así, por ejemplo, las ordenanzas sobre Régimen Presupuestario, Hacienda Pública Municipal, Controlaría Municipal, Ejidos y otros bienes inmuebles municipales y, de manera concreta, en las ordenanzas mediante las cuales se crean impuestos, tasas o contribuciones especiales. Recursos ordinarios y extraordinarios Si hizo la mención de esta clasificación en oportunidad de examinar la clasificación de los gastos en ordinarios y extraordinarios y dijimos al respecto que se trata de una clasificación perimida, sobre todo a causa de la doctrina moderna que ha refutado la correlatividad entre gastos y recursos ordinarios y gastos y recursos extraordinarios. En efecto, gastos destinados al pago de sueldos y salarios del personal administrativo del Estado pueden financiarse con endeudamiento, cuando así lo exija la coyuntura económica y, por el contrario, gastos excepcionales como los de movilización total de la Nación para la defensa en caso de guerra, pueden financiarse con impuestos en alta proporción, a fin de evitar la explosión inflacionaria. Recursos Originarios y Derivados Esta clasificación distingue los recursos obtenidos por el Estado de su propio patrimonio o del ejercicio de actividades comerciales, industriales, mineras, agrícola-ganaderas, bancarias, de seguros, los que por proceder de los bienes o de las empresas propias del Estado- se consideran originarios de aquellos que son extraídos del patrimonio ajeno por el poder de imperio del Estado y que se denominan derivados. En esta categoría debe incluirse no sólo a los recursos tributarios, sino también a los procedentes del crédito, porque el endeudamiento del Estado implica la creación de recursos tributarios para cubrir los servicios por intereses y amortizaciones. Es dudosa, en cambio, la inclusión en ésta o en la otra clase de recursos, de los que el Estado obtiene de la emisión de moneda-papel o de otras operaciones monetarias; porque, por un lado, el régimen monetario es función típica del Estado que la cumple a través de la Banco Central o Bancos de Emisión, por lo que los recursos obtenidos podrían asimilarse a los originarios; por otro lado, los efectos de la emisión sobre el nivel general de los precios y las consecuencias de la reducción del poder de compra de importantes sectores de la población, permitiría clasificar a estos recursos entre los derivados y, más precisamente, entre los tributarios. La característica de la coerción está presente en la moderna economía por la asunción de la emisión como monopolio legal del Estado y por el curso forzoso de los billetes emitidos. En resumen, la clasificación de los recursos en originarios y derivados se identifica parcialmente con la clasificación de los recursos en patrimoniales y tributarios. La coincidencia no es total, por las observaciones que acabamos de formular respecto
  8. 8. de los recursos del crédito y de la emisión u otras operaciones monetarias y las que exponemos a continuación. Recursos patrimoniales propiamente de dominio RECURSOS PATRIMONIALES PROPIAMENTE DICHOSO DE DOMINIO: Ingresos que el Estado obtiene de los bienes de dominio público y de los de dominio privado. Los bienes correspondientes al Estado le corresponden en virtud de un derecho de dominio que es de carácter público o privado de acuerdo al origen y al destino de los que están afectados. BIENES DE DOMINIO PÚBLICO: El Estado posee bienes destinados al disfrute de toda la comunidad y que son utilizables por sus componentes en forma directa y general. Surgen por causas naturales. No pueden ser objetos de apropiación privada, porque su destino es el uso común. La utilización es gratuita, salvo en ocasiones donde el Estado puede exigir el pago de sumas de dinero para su uso particularizado, esta alteración de gratuidad puede ser ejercida por el Estado en virtud de su poder de imperio. Estos recursos entran en las arcas estatales, corresponde su inclusión como ingresos del Estado. BIENES DE DOMINIO PRIVADO: El Estado posee otros bienes que pueden satisfacer necesidades individuales o colectivas, pero que no se afectan al uso de todos los habitantes sino al de determinadas personas vinculadas a ellos por algún tipo de contratación. Son bienes generalmente enajenables y sujetos a los efectos de la prescripción. Los ingresos obtenibles de estos bienes los agrupamos de la siguiente manera 1) rentas o resultados provenientes de la explotación o de la venta de bienes patrimoniales, denominados bienes del dominio privado 2) las rentas de los capitales mobiliarios del Estado, o sea los dividendos y los intereses percibidos por el cómo consecuencia de su participación en el mercado financiero 3) las rentas provenientes de la explotación directa o mediante concesionarios, por Ej. : Arrendamiento de tierras publicas 4) las tarifas o precios cobrados por las empresas que prestan servicios públicos o desarrollan actividades de índole diversa produciendo bienes o servicios con destino al mercado interno o externo.
  9. 9. Recursos por sanciones patrimoniales Una de las misiones más trascendentales del Estado consiste en asegurar el orden jurídico normativo, castigando mediante sanciones a quienes lo infringen, por Ej. : Multas, que son prestaciones pecuniarias coactivamente exigidas a los particulares para reprimir las acciones ilícitas, e intimidar a los potenciales transgresores. A pesar de que estas penalidades generan algún ingreso al Estado, no es la finalidad de este y de ahí su diferencia con el tributo, cuyo objetivo sí, es obtener rentas para el ente público, mientras que las penalidades patrimoniales procuran disuadir de la comisión de actos ilícitos. Por ello mientras los ingresos tributarios son entradas dinerales que el Estado obtiene en la medida de sus objetivos y necesidades, los ingresos por sanciones patrimoniales son ingresos anormales que no están destinados con ese fin. BIBLIOGRAFIA
  10. 10. http://presupuesto-publico.blogspot.com/2008/10/presupuesto-publico-en- venezuela.html https://prezi.com/fgs-hbssy7mf/actividad-financiera-en-el-estado-venezolano/ https://derechofinancieroytributario.wordpress.com/2012/03/09/efectos-juridicos-de- la-ley-de-presupuestos/ http://www.monografias.com/trabajos5/polifisc/polifisc2.shtml http://www.monografias.com/trabajos30/gasto-publico/gasto-publico.shtml https://es.wikipedia.org

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