4. Activación
• ¿Cuales han sido tus experiencias con el voto?
• ¿Algún integrante de tu familia vota?
• ¿Has acompañado a alguien a votar alguna vez?
5. Sistema electoral
• El sistema electoral se refiere a las normativas y procedimientos
técnicos establecidos por la ley, a través de los cuales los
electores de un país expresan su voluntad política mediante
votaciones populares que permiten la elección de sus
representantes
6. Sistema electoral
• Actualmente, Chile cuenta con cuatro sistemas electorales: el de
mayoría absoluta (para elegir a Presidente de la República en
primera votación y Alcaldes), mayoría simple (para elegir
Presidente de la República en segunda votación), proporcional
inclusivo (para escoger Senadores y Diputados) y cifra repartidora
(para elegir a Concejales y Consejeros Regionales).
7. Sistema electoral
•¿Voto voluntario?
• Sí, efectivamente en Chile el voto es voluntario y
la inscripción es automática. La inscripción
automática y voto voluntario, se refiere a que un
ciudadano queda inscrito automáticamente en el
Registro Electoral y podrá sufragar siempre y
cuando lo desee estando habilitado para votar, es
decir, se encuentre en el Padrón Electoral.
8. •En Chile, la ciudadanía puede votar para
elegir Presidente de la República,
Senadores, Diputados, Alcaldes, Concejales
y Consejeros Regionales.
9.
10. Vocal de mesa
• Es el ciudadano designado por la Junta Electoral para cumplir la
función de recibir los votos que emitan los electores y de realizar
el primer escrutinio, entre otras funciones que encomienda la Ley
N° 18.700.
• Cada Mesa Receptora de Sufragios se compondrá de 5 (cinco)
vocales.
11. Colegio escrutador
• Es el ciudadano designado por La Junta Electoral para cumplir la
función de reunir las actas de los escrutinios realizados en las
Mesas Receptoras de Sufragios y sumar los votos que en ellas se
consignen.
• Los Colegios Escrutadores son determinados por resolución del
Servicio Electoral, que indica la localidad de funcionamiento y la
cantidad de Mesas que les corresponderá escrutar
12. Como excusarse
•Estar ausente del país o encontrarse a más
de 300 Km. del lugar de votación o en un
lugar cuyas comunicaciones no sean
expeditas.
•Tener más de 70 años.
•Estar física o mentalmente imposibilitado.
13. • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios los días de la
elección
• Desempeñar en los mismos días y horas otras funciones
que encomiende la Ley Nº 18.700.
• Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de
las seis semanas previas al parto y hasta veinticuatro semanas
siguientes a éste, circunstancia que deberá acreditarse mediante
certificado médico, o con la documentación que acredite estar
recibiendo el subsidio a que se refiere el artículo 198 del Código
del Trabajo.
14. Si no se presenta
• Las personas designadas como vocales o miembros de Colegios
Escrutadores, que no concurran a desempeñar sus funciones,
incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una
multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 U.T.M., es decir,
aproximadamente entre $ 79.500.- y $ 318.000.- (artículo 138 de
la Ley Nº 18.700).