La conducta es el primer elemento básico del delito y se define como el comportamiento humano voluntario, positivo o negativo, encaminado a un propósito. La ausencia de conducta se presenta en casos de fuerza mayor o irresistible, o movimientos reflejos. Los delitos de acción consisten en un acto voluntario que produce un resultado o peligro, mientras que los delitos de omisión ocurren cuando se incumple el deber jurídico de realizar una acción.