2. Índice
1.- DEFINICIÓN DE MALTRATO INFANTIL
2.- NÚMEROS SON PERSONAS, DATOS
3.- ¿POR QUÉ EXISTE EL MALTRATO INFANTIL?
4.- RESPUESTA EDUCATIVA ANTE EL MALTRATO
5.- NORMATIVA
6.- WEBGRAFÍA
4. A cada cosa por su nombre
La OMS lo define como los abusos y la
desatención de que son objeto los menores
de 18 años, e incluye todos los tipos de
maltrato físico o psicológico, abuso sexual,
desatención, negligencia y explotación
comercial o de otro tipo que causen o
puedan causar un daño a la salud, desarrollo
o dignidad del niño, o poner en peligro su
supervivencia, en el contexto de una relación
de responsabilidad, confianza o poder.
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5. Tipos de maltrato infantil
Informe (2011) del Centro Reina Sofía sobre el Maltrato infantil en la familia en España
Físico
cualquier
acción que
tienda a causar
lesiones físicas
a un niño (las
cause o no)
cualquier acción u
omisión que provoque o
pueda provocar daños
emocionales, cognitivos
o comportamentales en
el niño
cualquier acción
que involucre o
permita involucrar
a un menor en
actividades de
tipo sexual
Sexual
cualquier inacción por
la que se priva al niño
de la supervisión o
atención esencial para
su desarrollo
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Psicológico Negligencia
10. Factores de riesgo
Características de los padres
Características de los niños/as
Las relaciones en familia
Aspectos sociales o económicos
Contexto social y/o cultuiral
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13. PREVENCIÓN
Que toda la comunidad
educativa conozca los tipos de
maltrato y como identificarlos.
Comunicación franca.
Protocolos de actuación claros e
incluidos en el Plan de Centro.
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14. DETENCCIÓN
Postura activa de todos para
sacar los casos a la luz.
Atención a los indicadores,
signos, señales y
comportamientos.
Mejor actuar que inhibirse.
Apoyarse en los equipos
directivos y otros profesionales
para vencer el miedo de
represalias.
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15. NOTIFICACIÓN
Valoración de la urgencia y del
riesgo de la situación.
Mayor agilidad en los casos
urgentes.
Protección del menor y sus
intereses.
Notificación a los servicios
pertinentes de protección del
menor.
Seguimiento.
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18. * Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de
modificación parcial del Código Civil yde la Ley de Enjuiciamiento Civil.
* Ley 1/1998, de 20 de abril, de los derechos y la atención al menor.
Consultar aquí.* Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del régimen de
desamparo, tutela y guarda administrativa.
* Orden de 11 de febrero de 2004, por la que acuerda la publicación del
texto íntegro del Procedimiento de Coordinaciónpara la Atención a Menores
Víctimas de Malos Tratos en Andalucía.
* II Plan de Infancia y Adolescencia de Andalucía 2016-2020, aprobado por el
Consejo de Gobierno, mediante Acuerdode 7 de junio de 2016.
* Decreto 210/2018, de 20 de noviembre, por el que se regula el
procedimiento de actuación ante situaciones de riesgoy desamparo de la
infancia y adolescencia en Andalucía (SIMIA).
* Orden de 30 de julio de 2019, por la que se aprueba el formulario
normalizado de la hoja de notificación deposibles situaciones de riesgo y
desamparo de la infancia y adolescencia.
* Orden de 30 de julio de 2019, por la que se aprueba y publica el
instrumento para la valoración delas situaciones de riesgo y desamparo de la
infancia y adolescencia en Andalucía (VALÓRAME).
20. * Federación de Asociaciones para la Prevención del Maltrato Infantil
(FAPMI).
* Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. Observatorio de la
Infancia.
* Web de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
* Web del Observatorio de la Infancia en Andalucía.
* Consejería de Educación y Deporte. Portal de Convivencia escolar.
* Consejería de Salud y Familias. Red sabia.
* Ventana abierta a la familia.