2. INTRODUCCIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS
ORIGEN Y EVOLUCIÓN HISTÓRICA
CONCEPTUALIZACIÓNPRINCIPIOS Y CARACTERÍSTICAS
TIPOLOGÍA DE LOS DH
VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS (CASOS)
PROHIBICIÓN DE LA TORTURA, TRATOS CRUELES INHUMANOS O DEGRADANTES
USO PROGRESIVO DE LA FUERZA Y EMPLEO DE LAS ARMAS DE FUEGO.
SUMARIO
3. El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las
Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración
Universal de Derechos Humanos, tras este acto histórico,
la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que
publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que
fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las
escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin
distinción fundada en la condición política de los países o
de los territorios. . .”
4. ORIGEN INMEDIATO DE LA
DIDH DE 1948
Necesidad de legislar los
Derechos Humanos
después de los crímenes
contra la Humanidad de
la II Guerra Mundial.
La creación de la ONU.
La votación de la
Asamblea General de la
ONU el 10 de
Diciembre de 1948.
5. PROTEGEN
Es todo aquello que
nos permite crecer y
desarrollarnos
plenamente como
personas en todos sus
aspectos .
Johan Galtung
LA VIDA
LA INTEGRIDAD
JURIDICA
PROPIEDAD
DIGNIDAD
IGUALDAD
LIBERTAD
Qué es?
6. 1ra GENERACIÓN 3ra GENERACIÓN2da GENERACIÓN
Derechos Civiles y
Políticos.
Derechos
Económicos, Sociales
y Culturales.
Derechos de los
Pueblos.
CLASIFICACIÓN DE
LOS DERECHOS
HUMANOS
A la Vida.
Al Honor.
A la Libertad,
seguridad e
integridad personal.
A la Libertad de
Expresión.
A elegir y ser
elegido.
A petición.
A libre tránsito.
Al trabajo
A la educación
A la salud
A la protección y
asistencia a los
menores de la
familia
A la vivienda
Al Desarrollo
A la
autodeterminación
de los pueblos
Al medio ambiente
A la paz
Derecho
Derecho
Derecho
7. ¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS?
¿PARA QUÉ SIRVEN LOS DERECHOS HUMANOS
¿POR QUÉ DEBEMOS RESPETAR LOS DERECHOS HUMANOS?
¿QUÉ ES UNA VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS?
¿QUIÉNES VIOLAN LOS DERECHOS HUMANOS?
¿QUÉ SE ENTIENDE POR INTEGRIDAD PERSONAL?
¿QUÉ ES LA DEBIDA DILIGENCIA?
8. 1. ¿QUÉ SON LOS
DERECHOS
HUMANOS?
Son el conjunto de derechos y libertades básicas
reconocidas en la constitución de la república del ecuador,
para garantizar la dignidad humana.
La razón de ser de los derechos humanos es propiciar y
favorecer que las personas alcancen el buen vivir, y con
ello su proyecto de vida, en un nuevo escenario de
convivencia ciudadana y respeto a la diversidad.
De otra parte, se los considera como atributos y facultades
jurídicas inherentes a la persona como ser humano y que
ni el estado ni sus representantes los pueden transgredir,
ya que direccionan y limitan el ejercicio del poder.
2. ¿PARA QUÉ
SIRVEN LOS
DERECHOS
HUMANOS?
Los derechos humanos sirven para proteger la dignidad
humana que nos garantizará la vida, la libertad, la
igualdad real, la seguridad, la no discriminación, la no
exclusión, etc. Y convivir con el respeto al derecho ajeno.
9. 3. ¿POR QUÉ
DEBEMOS
RESPETAR LOS
DERECHOS
HUMANOS?
El estado reconoce que todo ser humano tiene derechos y
está en la obligación de satisfacerlos, respetarlos,
protegerlos, garantizarlos y repararlos de ser el caso; a
través, de un ordenamiento jurídico asumido por el
compromiso a la suscripción de convenios y tratados
internacionales; y, de otra parte, porque están incluidos en
la constitución y leyes internas.
4. ¿QUÉ ES UNA
VIOLACIÓN DE
DERECHOS
HUMANOS?
Son acciones u omisiones de tipo delincuencial cometidas
por los agentes del estado arbitrariamente, con o sin el
conocimiento del estado que lesionan los derechos y
libertades de las personas establecidos en la constitución
ecuatoriana, la cual contempla las leyes internas y tratados
internacionales en materia de derechos humanos.
5. ¿QUIÉNES
VIOLAN LOS
DERECHOS
HUMANOS?
Todos los funcionarios o servidores públicos que son parte
del estado, en el ejercicio de su cargo, por tanto, el estado
es el único responsable directo de estas violaciones; por lo
que, un particular no es responsable, sino que cometería
un delito común.
10. 7. ¿QUÉ SE
ENTIENDE POR
INTEGRIDAD
PERSONAL?
Como derecho fundamental, la integridad personal se
relaciona al derecho a no ser objeto de vulneraciones en
la persona física, como lesiones, tortura o muerte. Desde
el punto de vista ético, seria la manera de manejarse
coherentemente con los valores personales y compartidos
con la comunidad a la que se pertenece.
6. ¿QUÉ ES LA
DEBIDA
DILIGENCIA?
Es la capacidad del estado de enunciar políticas tendientes
a respetar y hacer respetar los derechos garantizados en
la constitución , generando las condiciones jurídico-
sociales que permitan su implementación; y a la par,
generar la posibilidad de aplicar medidas tendientes a
controlar los abusos del poder y, en caso de presentarse
tener la capacidad de investigarlos, procesar a los
responsables en goce de su derecho a ser exigible.
12. EVOLUCIÓN
HISTÓRICA
Nacen en la constitución misma
de la sociedad humana, a
través de los hechos y la cultura
que ejercen gran influencia;
hechos sociales; crueldad en los
castigos; conflictos de poder;
intolerancias: raciales,
culturales, religiosas; las
experiencias de las personas
humanas frente al dolor, la
crueldad, el despotismo, la
intolerancia, exclusión,
discriminación; son factores que
dan origen y hacen que
evolucionen los derechos
humanos.
En 1789 con la revolución
francesa nace la declaración de
los derechos del hombre y del
ciudadano.
La o. N. U. Al amparo de los
principios: de libertad, justicia,
y paz en el mundo; y derechos
de la familia humana que son
iguales e inalienables y ante el
menosprecio de los DD.HH.
Que han originado actos de
barbarie ultrajantes para la
conciencia de la humanidad,
aprueba el 25 de junio de 1945
la carta de las naciones unidas
que estipula el desarrollo y
respeto delos derechos
humanos.
El 10 de diciembre de 1948 es
aprobada por la asamblea
general de las naciones unidas
la declaración universal de los
derechos humanos.
Se suscribe el pacto
internacional de derechos
civiles y políticos; convenciones
para la prevención y sanción de
delitos de genocidio, contra la
eliminación de todas las formas
de discriminación racial, de
eliminación de todas las formas
de discriminación a la mujer,
entre otras.
13. Son el conjunto de valores fundamentales que posee la persona humana en todo momento y lugar
que le permiten alcanzar una vida digna, gozando de libertades básicas para lograr el régimen del
buen vivir, sin distinciones.
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de
nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier
otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos
derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
14. PRICIPIOS DE
LOS DERECHOS
HUMANOS
Se puede definir como la facultad natural que posee el ser humano de obrar
según su propia voluntad. También como un estado en el que la persona no es
esclavizada ni privada de su libertad por otra. Se relaciona con la independencia
y con la facultad para realizar aquello que se estime adecuado o conveniente.
Forma de organización de grupos de personas, cuya característica predominante
es que la titularidad del poder reside en la totalidad de sus miembros, haciendo
que la toma de decisiones responda a la voluntad colectiva de los miembros del
grupo.
Conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las
relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo
acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones.
LIBERTAD
JUSTICIA
DEMOCRACIA
IGUALDAD
. Es el trato idéntico entre personas, al margen de los pueblos, sexo, condición
socio – económica y otras circunstancias diferenciadoras.
INCLUSIÓN
EQUIDAD
Es el modo en que se debe responder a la diversidad.
El término equidad hace referencia a la igualdad de ánimo. El concepto se utiliza
para mencionar nociones de justicia e igualdad social con valoración de la
individualidad. La equidad representa un equilibrio entre la justicia natural y la
ley positiva
16. • Se extienden a todo el género humano, en todo tiempo y lugar. No pueden
invocarse diferencias culturales, sociales o políticas como excusa para su
desconocimiento o aplicación parcial.
• Afirma que existen y deben ser respetados y protegidos en todas partes su
existencia no depende de las características o particularidades de una
sociedad o de su cultura; ni de una región geográfica; ni de la orientación
ideológica de un determinado sistema político.
• Se aplican a todos los seres humanos sin importar edad, género, raza,
religión, ideas, nacionalidad. Cada persona tiene la misma dignidad y
nadie puede estar excluido o discriminado del disfrute de sus derechos.
• La "universalidad" admite la importancia de particularidades nacionales y
regionales
17. Se aplican como un todo, no tiene jerarquía entre sí, no se permite poner unos
encima de otros, ni sacrificar un tipo de derecho en menoscabo de otro.
La concepción moderna de los derechos humanos afirma que estos constituyen
un todo indivisible, las distintas categorías de DD.HH se refuerzan
mutuamente, no pueden sustituirse unos a los otros, ni pueden ser usados unos
para negar el valor, reconocimiento y disfrute de los otros.
18. • La declaración sobre el derecho al desarrollo (1986) afirma:
"todos los derechos humanos y las libertades fundamentales son indivisibles e
interdependientes; debe darse igual atención urgente consideración a la
aplicación, promoción y protección de los derechos civiles, políticos, económicos,
sociales y culturales"
• Forman un conjunto inseparable de derechos. Todos deben ser ejercidos en su
contenido esencial, al tener igual grado de importancia.
• No son susceptibles de renuncia por parte de sus titulares.
• No se pierden por el transcurso del tiempo, están vinculados a su titular durante
toda su vida.
19. Entre todo el conjunto de los distintos derechos humanos existe una múltiple
interdependencia
El párrafo i-8 de la declaración de Viena dice que "la democracia, el desarrollo
y el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales son
conceptos interdependientes que se refuerzan mutuamente"
Todos los derechos están relacionados entre sí.
Forman parte de un sistema que protege y garantiza la aplicación integral del
ser humano.
20. No pueden trasmitirse o renunciar a los mismos, bajo ningún precepto.
Su respeto se puede reclamar indistintamente a cualquier persona o autoridad.
• Es posible que en el futuro se extienda la categoría de DD.HH a otros derechos que
en el pasado no se reconocían como tales, o aparezcan otros que en su momento se
vean como necesarios a la dignidad humana y, por tanto, inherentes a toda persona.
21. Todo derecho reconocido como inherente a las personas queda
irrevocablemente integrado a la categoría de derechos humanos, categoría
que en el futuro no puede perderse.
Cuando, en sus propias leyes internas o cuando ratifica un tratado
internacional, el estado reconoce formalmente un derecho
Resultaría un contrasentido, si ya se ha reconocido un derecho como
"inherente a la persona humana", el que se pueda posteriormente
desconocer
La irreversibilidad se reconoce en el orden jurídico en la medida en que los
tratados internacionales en materia de derechos humanos no prevén su
renuncia (es el caso del pacto internacional de derechos civiles y políticos).
22. Ninguna persona o autoridad puede actuar ilegítimamente en contra de ellos,
salvo las justas limitaciones que puedan imponerse de acuerdo con las
exigencias del bien común.
Nadie puede atentar, lesionar o destruir los derechos humanos, las personas y
los gobiernos deben regirse por el respeto a los derechos humanos
Los derechos humanos imponen una obligación concreta a las personas y al
estado de respetarlos , no son negociables
son bienes pertenecientes, de manera absoluta, a cada ser humano, por ello
ninguna autoridad puede negociarlos.
23. A través del tiempo se ha clasificado en derechos de primera
generación o primarios , secundarios de acuerdo a la época
Derechos civiles y políticos. Son considerados de primera
generación y son fruto de las revoluciones liberales de
Inglaterra, norte américa y Francia que, posteriormente, se
plasmaron en el pacto internacional de derechos civiles y
políticos de las naciones unidas. Algunos de ellos son: el
derecho a la vida, integridad física, igualdad ante la ley,
libertad de opinión, de conciencia, de libertad de reunión, de
asociación, seguridad, al voto, entre otros. Se refieren a los
primeros derechos que fueron consagrados en los
ordenamientos jurídicos internos e internacionales.
24. Son derechos de segunda generación. Nacen
de la constitución francesa de 1793, el
manifiesto comunista escrito por Marx, la
declaración del pueblo trabajador aprobada
por el ii congreso ruso
Recopilados en el pacto de derechos
económicos, sociales y culturales de naciones
unidas. Algunos de ellos son:
El derecho al trabajo digno y libre, a la
salud, a la seguridad social, a la educación, a
sindicalizarse libremente, a la vivienda, entre
otros.
25. • A LA LIBRE DETERMINACIÓN
• LA IGUALDAD
• AL DESARROLLO
• LA PAZ Y UN MEDIO AMBIENTE SANO.
Derechos de tercera generación o derechos de los pueblos contemplan cuestiones de carácter
supranacional
26. DENTRO DE LOS DERECHOS COLECTIVOS, ESTÁN:
• EL DERECHO A LA PAZ
• DERECHOS DE LA NATURALEZA
• DEL CONSUMIDOR,
• EL DERECHO AL DESARROLLO
• DERECHO AL MEDIO AMBIENTE
• LIBRE DETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS, ENTRE
OTROS.
Hoy se reconoce que para la efectividad de los DD.HH, los estados
y la comunidad internacional deben adoptar medidas destinadas a
crear las condiciones y los marcos jurídicos necesarios para su
ejercicio.
Por ello, se hace hincapié en los principios de universalidad,
indivisibilidad e interdependencia de todos los derechos humanos.
27. DERECHOS
HUMANOSDerecho a no estar en estado
de es no estar en estado de
esclavitud o servidumbre.
Derecho a la libertad y la
seguridad de la persona,
incluido a un derecho a un
juicio justo.
Derecho a no ser sometido a
torturas, tratos crueles,
inhumanos o degradantes.
Derecho a la intimidad e
inviolabilidad en el hogar.
Derecho a la vida