4. Resolución 2400 de
1979
Capítulo VII
De la
electricidad, continua
y estática
Art. 121 - 152
Capítulo VIII
De las
concentraciones
máximas permisibles
Art 153 - 154
Capítulo IX
Contaminación
Ambiental
Art 155 - 162
Capítulo X
De las sustancias
infecciosas y toxicas
Art 163 - 165
5. Capitulo VII
De la electricidad alterna, continua y
estática
Todos los equipos eléctricos deben estar protegidos, instalados e aislados para
evitar los riesgos de contacto accidental
Cuando se trabaje en una serie de circuitos de alumbrado, debe tener su
señalización como advertencia, señalando el sistema eléctrico
El sistema eléctrico debe estar protegido evitando la presencia de cables
dispersos en el piso y en la zona de trabajo evitando el deterioro y el accidente a
los trabajadores.
Art 121-152
6. Se considerara todo trabajo que se realice donde exista
conductores vivos como:
A- circuitos con capacitadores y circuitos transformadores
de corriente
B- empalmados de líneas neutrales
C- colocación de aisladores, postes y crucetas
D- instalación de pararrayos
E- realización y terminación de líneas vivas
F- reemplazo de aceites en transformadores vivos
G- realización en líneas supuestamente muertas, durante una
tormenta eléctrica
7.
8. Al trabajar sobre circuitos o conductores vivos se
deberán observar las diferentes precauciones:
- Hasta 5000 voltios se usaran guantes de cauchos con
guanteletes
- Desde 5000 hasta 15000 voltios se usaran varas de líneas
calientes
- Mas de 15000 voltios se usaran varas o herramientas
para trabajos en calientes
Se deberá actuar siempre en los sistemas eléctricos
como si todos los circuitos estuviesen conectados a
tierra y aislar al cuerpo debidamente contra todos los
conductores y los equipos deben tener un polo a tierra
para su protección
En los establecimientos de trabajo esta prohibido
utilizar la corriente alterna y continua ya que constituye
alta peligrosidad
9. Se prohíbe trabajar a menos de 6 pies de
distancia de cables eléctricos aéreos de altos
voltajes
Las lámparas portátiles ofrecerán suficiente
garantía de seguridad, serán de mango
aislante, dispositivo protector, cable resistente
y la tensión de la lámpara no deberá ser superior
a los 27 voltios
En las instalaciones industriales de grandes
distribución de energía eléctrica donde se use
diferentes corrientes alterna o continua se
distinguirá por medio de colores
10. Los motores eléctricos en cuyo interior puedan producir
chispas, estarán instalados en cuartos aislados de gases
explosivos o inflamables para evitar incendios o futuros
daños.
Las baterías de acumuladores fijas que cedan una tensión
de 150 voltios para una duración de descarga de 8 horas
estarán colocadas en compartimientos construidas
especialmente para ellas en pisos resistentes a ácidos y
ventiladas
Los trabajadores que ejecutan labores eléctricas usaran
todos los elementos de protección:
- Cinturón de seguridad de cuero con agarre de madera o
fibra
- Anteojos de seguridad
- Alfombras cubiertas de cauchos, guanteletes y mangas de
caucho
- Botas de caucho con clavos en la suela, cascos dieléctricos
y ropas sin accesorios metálicos.
11. Todos los trabajadores que laboren en empresas de energía
eléctrica deberán aprender las técnicas de primeros
auxilios, y los métodos de respiración artificial como medida
preventiva por riesgos de accidente
Para evitar peligros de explosión en atmosferas
inflamables, los cuerpos susceptibles a acumular electricidad
estática deberá neutralizarse.
Cuando los trabajadores ejecutan labores de manipulación
de explosivos y exista el riesgo de producirse chispas
deberán estar provistos de calzados antiestático.
12.
13. Capitulo VIII
De las concentraciones máximas permisibles
Es la concentración atmosférica de un
material peligroso que no alcanza afectar la
salud de un trabajador estando expuesto a
una jornada de 8 horas durante un prolongado
periodo de tiempo.
Las empresas o fabricas que operen
sustancias nocivas o peligrosa que desprendan
sustancias toxicas deberán de fijar los
niveles máximos permisibles de acuerdo con la
tabla establecida por la Conferencia
Americana De Higienistas Industriales
Gubernamentales (C.A.H.I.G) o con los valores
limites permisibles fijados por el Ministerio
De Salud.
Art 153-154
14. Capitulo IX
Contaminación Ambiental
Adoptar todas las medidas necesarias para controlar
en forma efectiva los agentes nocivos preferente
mente en origen
Métodos:
- Sustitución de sustancias
- Cambios o modificación del proceso
- Encerramiento o aislamiento de procesos
- Ventilación general: controla el ambiente
con presencia convectiva
- Ventilación local exhaustiva: recopila
primeramente el aire del origen
Art 155-162
15. Capitulo X
De las sustancias infecciosas y toxicas
En los establecimientos de trabajos relacionados con las industrias de
alimentos, fabricación de grasas, empaquetados de carnes, de embutidos, de frutas
y verduras etc., y donde se presentan los riesgos biológicos donde se presenten
enfermedades como fungosas, ántrax, foliculitis, fiebre
ondulante, celulitis, erisipelas. Los patronos estarán obligados a ejercer un control
de higiene, sanidad y asepsia en cada dependencia de trabajo para evitar una
contaminación de gérmenes o virus.
Los recipientes que contengan sustancias peligrosas estarán pintados o marcados de
etiquetas de manera caracterizada para que sean fácilmente identificables con
instrucciones que indiquen la manipulación del contenido y precaución para evitar los
riesgos por contactos, y en caso de intoxicación el antídoto especifico para la
sustancia venenosa.
En todos los establecimientos de trabajo donde se manejan o procesen productos
de origen animal, vegetal, productos biológicos y tóxicos, los patronos estarán
obligados a tomar todas las medidas necesarias para impedir la propagación o
exposición de los agentes bilógicos y tóxicos, nocivos para la salud de los
trabajadores.
Art 163-165