Derecho Internacional Privado en Venezuela: normas y diferencias clave
1.
2. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Universidad “Fermín Toro”
Escuela de Ciencias Jurídicas y Políticas
Barquisimeto-Edo. Lara
Por:
Rebeca Guédez C.I.: V- 22.272.181
Derecho Internacional Privado
Prof. Cristina Virgûez
Sección SAIA - B
Barquisimeto – Agosto 2016
4. Acoger la necesidad que existe entre los individuos de
los diferentes Estados de:
COMERCIALIZAR
Trayendo como consecuencia “Conflictos de Leyes” o
“Conflictos de Jurisdicción” por la gran facilidad que
existe en cuanto a traslado de personas y de bienes.
Pero asimismo defender sus
NACIONALIDADES
6. La determinación de la relación jurídica
especial, puesto que se debe distinguir que
ordenamiento deber ser aplicado a la
situación presentada y se debe conectar el
Juez Nacional con el Juez Extranjero
8. Establecer
Determinar
Vincular
Las normas acordadas por los Estados, que deben
ser aplicadas en cuanto a una relación jurídica se
refiere ya que mayormente tiene que ver con el
Derecho Mercantil y las relaciones que este
origina.
10. •Es DISTRIBUTIVOD.I.P
•Es DISPOSITIVOD.M
Ya que le da a conocer la
materia o los reglamentos a
uno o mas interesados
Establece un hecho que a su
vez esta vinculado
directamente a una
consecuencia Jurídica
12. SUJETOS…
Es el Estado, y se
ocupa de las
relaciones entre sí
D.I.PRIVADO D.I.PÚBLICO
Se ocupa de las
relaciones entre los
habitantes de los
Estado y de sus
relaciones
internacionales
mayormente en
cuanto a sus
intereses personales
se refiere, como el
comercio
13. FUENTES…
La Costumbre
La Codificación
Las Leyes Nacionales
(Afecta
INDIRECTAMENTE)
D.I.PRIVADO D.I.PÚBLICO
La Costumbre
La Codificación
Las Leyes Nacionales
(Afecta
DIRECTAMENTE)
14. FUNDAMENTOS…
Ambas persiguen el fin ultimo que es la Justicia pero solo que
el DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO establece las leyes
vigentes aplicables y el DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
indica más los principios que deben regir la relaciones de los
Estados entre si.
D.I.PRIVADO D.I.PÚBLICO
16. La Ley Nacional, como fuente principal.
Los Tratados internacionales, teniendo en su intensión normas
de origen publico y normar a las personas entre si.
La Convención Particular, promociona la autonomía de las
partes.
17. La Costumbre, ya que se toma en cuenta por sus fundamento
rutinarios.
La Jurisprudencia Nacional o Internacional, como ayuda en la
toma de decisiones.
La Doctrina, ya que ayuda a tomar inicio como basamentos
históricos del Derecho.
18. Código Bustamante
En su fondo, tiene como finalidad normar las actividades
internacionales que se relacionen con las actividades
Mercantiles, Penales y Procesales, estableciendo que cada
Estado aplicará las leyes pertenecientes al domicilio.
19. Ley de Derecho
Internacional Privado
Tiene como objeticos principales:
• Resolver las lagunas que dejaba el Código Civil Venezolano
en cuanto a las conexiones personales internacionales se
debía.
• Actualizar y adaptar las soluciones y las leyes venezolanas
con respecto al Derecho Internacional Privado en relación
a la realidad del país.
20. Ley Hemls – Burton, Ley
Para la Libertad y la
Solidaridad Democrática
Cubana
Establece fundamentalmente la protección a la nación
Estados Unidos indicando que se debía escoger entre
establecer relaciones comerciales con Cuba o con esa misma
nación norteamericana.
22. Siempre que el Derecho Extranjero indique que se debe
aplicar el derecho Venezolano, se debe aplicar.
Si el derecho extranjero es competente, aplacará las
normas que reinen en esa nacion tomando siempre en
cuenta que no se deben despegar del objetivo venezolano
perseguido.