1. La protección a la
Infancia desde el
paradigma de los
derechos.
Araceli Lázaro Aparicio.
Analista de Programes i
secretària de l’Observatori dels
Drets de la Infància.
2. Objetivos estratégicos de este encuentro 1
Reconocer nuestras propias prácticas preventivas y
compartirlas.
Proyectar nuestra propia política de prevención y
abordaje de las situaciones de maltrato y abuso
sexual.
3. Objetivos 2
Clarificar y unificar los conceptos básicos más importantes
sobre maltrato y abuso sexual infantil: definición, tipologías,
indicadores, etc.
Aunar criterios respecto de los procedimientos a seguir en
casos de maltrato y agresión sexual infantil dentro o fuera de
los colegios y otros servicios.
Aclarar y motivar a todos los trabajadores de la institución
sobre su papel en la prevención y detección del maltrato y el
abuso sexual infantil.
4. Aunar criterios respecto de los procedimientos y espacios
al interior del colegio o servicio que generan un ambiente
preventivo y protegido frente al maltrato y abuso sexual.
Definir los procesos de detección, notificación y
denuncia, indicando cuándo, cómo y a quién debe
comunicarse la situación observada.
Promover respuestas coordinadas entre las diferentes
unidades de la Comunidad Educativa o Servicio (Dirección,
Coordinadores, Inspectoría, docentes, educadores etcétera).
5. Primera parte: Ubicación conceptual
- Elementos significativos aportados
por la Convención.
- Cambios conceptuales en las
políticas de infancia: de la P de
protección a las respuestas integrales
de las cuatro P: promoción,
prevención, protección y participación.
- De los programas basados en el
maltrato infantil a la definición del
BUEN TRATO INFANTIL
- Aquello ya INCUESTIONABLE: Los
límites de los debates legales, éticos
y profesionales.
6. De la Declaración a la Convención: Del
enfoque de las necesidades al enfoque de
los derechos
El enfoque de necesidades (1959)
Soluciona problemas específicos.
Considera al niño/a como objeto de protección y
como sujeto pasivo.
El enfoque de Derechos (1989)
Considera al niño/a como sujeto de derechos y
miembro de la sociedad.
Como persona con opinión que participa y aporta al
cambio.
El Estado cumple su compromiso, y la
sociedad vigila al Estado y colabora con el.
7. Principios reafirmados por la
Convención
No discriminación (Artº 2). Todos los derechos se deben aplicar a todos los niños y todas las niñas sin excepción alguna.
Interés superior (Artº 3). Todas las acciones que conciernen al niño o a la niña deben desarrollarse en aras de su interés superior y no de ningún otro sujeto
social .
8. Derecho a la vida y a las garantías para su supervivencia y desarrollo (Artº 6). Derecho de todo niño a la vida, y por otro, al desarrollo, incluyendo aspectos físicos, cognitivos,
emocionales, espirituales, sociales y culturales .
Derecho a expresar su opinión y a que sea tenida en cuenta (Artº 12). Todos los niños y todas las niñas tienen derecho a involucrarse en las decisiones que les afectan.
Los derechos son inalienables e universales, todos los niños y niñas son sujetos de derechos y que el cumplimiento de estos derechos es una responsabilidad de los gobiernos, de los
padres y madres y de toda la sociedad.
9. Premisa básica para las nuevas políticas de
infancia
Los niños y niñas no son objecto de
protección con necesidades para satisfacer
Son sujetos con derechos, con
exigencias legítimas a la sociedad
EXIGIBILIDAD DE DERECHOS.
(Tratado de obligado cumplimiento)
10. Intervenir desde las necesidades con un
enfoque de derechos
Representa intervenir también en la parte ética
del ser humano.
Elementos materiales básicos, mas elementos emocionales
y espirituales, mas el respeto y la valoración personal.
Es asumir la responsabilidad en el contexto en
que se encuentra.
Familia
Comunidad
Estado
Sólo se consigue una intervención desde
los derechos del niño cuando ellos son los
actores principales, los sujetos activos y
protagonistas de la intervención.
11. De la P de protección a las 4 P
1990 - 2005
Prevención
Protección
12. De 2005 a la actualidad ++++
Promoción
Participación
13. De la teoría a la práctica
El necesario equilibrio
entre los derechos
llamados “sociales” y
los “derechos civiles”
La P de protección
+ las P de.
Prevención .
Promoción.
Participación.
14. El difícil camino hacia la CIUDADANIA
Visualizar a los niños/as y
adolescentes como
ciudadanos de pleno derecho
implica adoptar políticas de
participación en las que
puedan ejercer sus derechos
como cualquier ciudadano, lo
que representa tener la misma
representación , de consulta y
de opinión que el resto de
colectivos sociales. TAMBIÉN
DESDE LA PROTECCIÓN !
15. El maltrato desde la perspectiva de
derechos.
El maltrato infantil es toda acción u omisión con
la intención de hacer un daño inmediato a la
persona agredida. El maltrato puede ser: físico,
emocional, psicológico, sexual, por negligencia
o abandono ++++ Estas formas de maltrato
producen lesiones físicas y emocionales
indelebles, muerte o cualquier daño severo.
(Informe Estado Mundial de las Naciones
Unidas, 2006)
16. Las víctimas del maltrato infantil y el
abandono son aquel segmento de la
población conformado por niños, niñas y
adolescentes hasta los 18 años, que
sufren ocasional o habitualmente actos
de violencia física, sexual o emocional,
sea en el grupo familiar o en las
instituciones sociales. (UNICEF, 2006)
17. Algunas definiciones
Maltrato psicológico / emocional
-Ofensas
verbales,
descalificaciones,
críticas
constantes y permanentes, ridiculizaciones, rechazo
emocional y afectivo, amenazas, discriminación
Abandono o negligencia
-Abandono de tareas de cuidado personal y diario de
los niños, que pueden comprometer un riesgo vital
en
lactantes,
pre-escolares
y
niños
con
discapacidad.
18. Maltrato físico
-Daño físico efectuado con el fin de controlar la
conducta de un niño, o con cualquier otro fin. Ej.:
castigo corporal, golpes, palmadas, tirones de pelo,
empujones, etc.
Abuso sexual infantil
-Contacto o interacción entre un niño y un adulto, en
el que es utilizado (a) para satisfacer sexualmente
al adulto. Pueden ser actos cometidos con niños del
mismo sexo o de diferente sexo del agresor.
19. Maltrato institucional
-“Se entiende por malos tratos institucionales cualquier
legislación, programa procedimiento, actuación u omisión
procedente de los poderes públicos o bien derivada de la
actuación individual del profesional o funcionario de las
mismas que comporte abuso, negligencia, detrimento de la
salud, la seguridad, el estado emocional, el bienestar físico, la
correcta maduración o que viole los derechos básicos del niño
y/o la infancia …” (Martínez Roig y Sánchez Marín, Barcelona
1989).
20. Nuevas situaciones, nuevos retos.
Históricamente se han
detectado
elementos de
desprotección
y
maltrato
infantil
centrados
fundamentalmente en los niños/as dentro de su familia y
entornos inmediatos.
Pero es evidente que se están generando nuevos
escenarios y problemáticas en la socialización de niños y
niñas que hacen aparecer nuevos factores de riesgo hasta
ahora no evaluados. Éste es sin duda un reto de futuro.
21. Podríamos hablar de nuevos grupos de infancia en situación
de riesgo social donde los indicadores de maltrato no están
ubicados en las funciones parentales, sino en el entorno
ecológico (familia, escuela, barrio, vecinos, instituciones...)
que forman parte de la socialización secundaria y que por
acción u omisión no cubre sus necesidades.
El maltrato entre iguales.
La violencia escolar.
Los movimientos migratorios.
Los mass media.
22. De los interrogantes a las certezas
*** Mitos y prejuicios sobre el
maltrato infantil
23. De los debates a la regulación
Más allá del debate ético y
Professional está la gestión
de los derechos.
25. Aquello que ya no es cuestionable !!
El maltrato y abuso sexual infantil es un tema que nos atañe como
personas, profesionales y como institución, de manera ética y
legal; en los ámbitos de la prevención, difusión, abordaje y
reparación de los involucrados. De ahí
• La importancia de la claridad en los procedimientos.
• Enfrentamos al deber de denunciar
• La importancia del trabajo terapéutico y reparador tanto al interior
de nuestros equipos, como en la coordinación intersectorial y
comunitaria involucrada en el tema.
26. Metodologías: De los programas contra el
maltrato infantil a los programas de BUEN
TRATO.
De la tendencia a pensar en el otro como
maltratador ( o de como derivar se
convierte en mandar a la deriva…) a la
implicación individual, colectiva e
institucional en el ejercicio de
la
responsabilidad adulta con los niños y los
adolescentes. Aceptación del concepto
maltrato institucional.
27. 1. Modelo basado en la deficiencia y las
limitaciones
Se ocupa sólo de los casos más extremos, en los que se cuestiona
la capacidad de los responsables del niño/a para mantener la tutela.
Se ocupa sólo de los casos que son notificados / denunciados.
No se centra en la identificación y desarrollo de los recursos
positivos de la familia maltratadora (por ejemplo, la posibilidad de
que el niño sigua conviviendo con ella), lo cual puede provocar la
criminalización de la relación entre la familia y las personas
encargadas de valorar la dinámica familiar.
No permite la consideración del caso desde una perspectiva más
global y compleja. Así mismo, no se centra en la comprensión de
las familias y de sus dificultades. No permite la consideración del
caso desde la perspectiva del niño y sus necesidades
28. 2. Modelo de Bienestar.
Características
Adopta una perspectiva desde los Derechos del Niño.
Construido sobre un modelo de máximos (garantizar el bienestar
infantil).
Definición de Maltrato Infantil:
“ Acción, omisión o trato negligente, no accidental, que prive al niño
de sus derechos y su bienestar, que amenacen y/o interfieran su
ordenado desarrollo físico, psíquico y/o social, cuyos autores
puedan ser personas, instituciones o la propia sociedad”.
29. Ventajas y dificultades
Se centra en el bienestar del niño.
No se limita a situaciones de maltrato extremas.
Reconoce la posibilidad de maltrato institucional y social.
Adopta una perspectiva claramente preventiva.
Permite organizar la intervención sobre los casos de
maltrato.
LIMITACIONES
Dificultades para la aplicación penal del modelo, ya que
se basa en criterios de garantizar el bienestar infantil
(modelo de máximos).
35. La humanización como derecho infantil y como
prevención del maltrato.
Pautas de crianza humanizadora y resiliente
Se anotan algunas pautas (prácticas) de crianza resiliente:
• Que los cuidadores adultos sean modelos dignos de imitar
(cuidadores adultos significativos) por niños, niñas y adolescentes.
• Que los cuidadores adultos reconozcan que los niños, niñas y
adolescentes son los sujetos gestores de su propio desarrollo.
• Que los cuidadores adultos sean seguros, firmes y claros en el
acompañamiento.
• Que el acompañamiento sea basado en la ternura.
36. * Que los cuidadores adultos se centren en lo firme de los niños,
niñas y adolescentes, con énfasis en el acompañamiento en lo
vocacional.
• Que los cuidadores adultos ejerzan la autoridad y no el
autoritarismo.
• Que los cuidadores adultos sean conscientes de su obligación
de acompañar a niños, niñas y adolescentes fijando límites que
favorezcan el autocontrol.
• Que los cuidadores adultos protejan y no sobreprotejan.
• Que los cuidadores adultos exijan y no sobre exijan.
37. • Que los cuidadores adultos escuchen genuinamente.
• Que los cuidadores adultos pidan y den respeto.
• Que los cuidadores adultos ejerzan reflexivamente los valores.
* Que los cuidadores adultos presten atención a cualquier signo
de anormalidad.
• Que los cuidadores adultos señalen como negativas, cuando
sea necesario, las acciones y no los actores (niños, niñas y
adolescentes)
• Que los cuidadores adultos estimulen las acciones positivas de
los niños, niñas y adolescentes y no simplemente elogien a los
actores de esas acciones.
38. La necesaria redefinición de la palabra
INSTITUCIÓN.
• Organismo que cumple una
función de interés público. (
En teoría, Administraciones y
Entidades )
• Termino vinculado a la
persona que merece especial
respeto o consideración por
sus valores morales,
intelectuales, etc.
RELACIÓN AFECTIVA
INSTITUIDA!!
39. Segunda parte: Desarrollo operativo
" No hay que dar pasos que
conduzcan a la meta, es
menester que cada paso sea una
meta, sin dejar de ser un paso".
Goethe.
-Análisis crítico. Propuestas
para el debate y posterior
trabajo en grupos.
-Metodología.
40. Análisis crítico
- Se observa una mayor concienciación sobre lo que hoy es
maltrato infantil, o trato inadecuado por parte de algunas
personas, pero esto se queda en un conocimiento general y en
el momento de practicarlo se olvida. ( Amplio consenso y baja
intensidad)
- Mientras persista la conceptualización de los adultos hacia los
niños como seres en proceso, “aún no capaces”, inestables,
propiedad de los padres, vulnerables, que hay que proteger,
indómitos y conflictivos en la adolescencia, se estará
obstaculizando su reconocimiento como sujetos plenos de
derecho, y decir pleno es decir un sujeto que tiene algo que
decir, que tiene voz.
41. Propuestas preventivas, ya contrastadas, a
implementar
Puesta en práctica de conductas de Buen Trato, hacia el
establecimiento de una cultura de Buen Trato, en lo que todos
estamos involucrados.
Barudy señala “los buenos tratos durante la infancia son el
principal factor de prevención de comportamientos violentos”
Contar con una planificación específica para cada unidad en
materias de prevención de maltrato y abuso sexual, con tareas
específicas cuya implementación se evalúe anualmente.
Nominación de monitores o encargados por unidad que lideren y
coordinen estas actividades.
Trabajo en redes comunitarias
42. Inclusión y participación activa de padres, cuidadores
educadores y los propios niños/as; incorporándolos en los roles de
prevención, en talleres para padres, incorporación de los
contenidos de los talleres para niños en las reuniones de
apoderados o responsables.
Política de transparencia y puertas abiertas en los centros y
servicios. Mayores espacios de participación de las familias dentro
de los centros para compartir las actividades de sus hijos.
Implementar protocolos que permitan que el personal pueda
desarrollar algunas actividades en conjunto, que permita proteger
también a los profesionales y trabajadores de eventuales
acusaciones.
44. 1. Definición desde la experiencia de cada grupo de
una situación de maltrato ( una situación diferente
en cada grupo: maltrato físico / abandono / Trato
degradante o humillante, maltrato emocional/
abandono emocional, abuso sexual, maltrato
institucional, maltrato entre iguales en la escuela
( acoso escolar o bullying ) o en las redes sociales
( ciberbullyng )
45. Una vez definida la situación, leerla en el grupo y hacerse las siguientes
preguntas
- ¿Que hemos sentido al escuchar el relato?
- ¿Qué derecho o derechos de la infancia se veu violentado o agredido
en el caso relatado (partir de la Convención como marco base)
- ¿Conocen casos similares a este?
- ¿Como afecta la respuesta del adulto/profesional al niño/a afectado?
- ¿Que hemos de hacer ante una situación similar?: ELABORACIÓN DE
PROPUESTAS ESPECIFICAS. (adulto responsable o profesionales ante
el niño/a, ante los padres , ante la institución a la que pertenece, ante la
comunidad de la que el servicio forma parte