SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  14
Télécharger pour lire hors ligne
Mío, Tuyo, Suyo
Que es la propiedad intelectual?
    La Propiedad Intelectual es el conjunto de
derechos que corresponden a los autores y a otros
 titulares (artistas, productores, organismos de
     radiodifusión...) respecto de las obras y
        prestaciones fruto de su creación.
¿Quién es el autor de una obra?
Se considera autor a la persona natural que aparece
como tal en la obra. En algunos casos previstos por la
ley las personas jurídicas pueden tener algunos
derechos económicos de propiedad intelectual.
En las obras en colaboración los derechos pertenecen a
todos los autores, sin embargo en las obras colectivas
corresponden a la persona bajo cuya iniciativa y
coordinación se edita y divulga la obra.
¿Qué obras son objeto de propiedad
intelectual?
Todas las creaciones originales literarias, artísticas o
científicas expresadas por cualquier medio o
soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o
que se invente en le futuro.
¿Qué se excluye del objeto de propiedad
intelectual?
 En general lo que no puede incluirse en la definición
 anterior (ideas, información, y todo conocimiento que
 es patrimonio común).

 Se excluyen las disposiciones legales, deliberaciones y
 dictámenes de organismos públicos y traducciones
 oficiales de todos ellos.
¿Cuáles son los derechos de explotación?

 La ley establece como derechos de explotación los
 derechos de
 reproducción, distribución, comunicación pública
 y transformación.
¿A quién corresponden los derechos de
explotación?

 Los derechos de explotación corresponden
 exclusivamente al autor y no pueden ser realizados
 sin su autorización, salvo en los casos previstos en
 la ley.
¿Que son las excepciones a los derechos de
autor?
 También llamados límites, son casos en los que la ley
 autoriza el ejercicio de actos de explotación sin
 necesidad de una autorización por parte del titular de
 los derechos.
¿Qué es el dominio público?


 Cuando los derechos de explotación se
 extinguen, normalmente por el transcurso de su plazo
 de duración, las obras pasan al dominio público y
 pueden ser utilizadas por cualquiera siempre que se
 respete su autoría e integridad.
¿Es obligatorio inscribir las obras en el
Registro de la Propiedad Intelectual?

  No. Los derechos de autor nacen en el momento de la
  creación de la obra. El Registro es sólo un medio de
  protección y de prueba de los derechos.
Ejemplo (muy muy genérico)

  MIO: autor



 Tuyo:
 productores, organi
 smos de
 radiodifusión…


  Suyo: consumidor
  final…
En resumen:
Webgrafia
  La información usada en esta presentación ha sido
  extraída de las siguientes páginas:
 www.javiergonzalez.org
 Photobuket.com (Santiago Azajo)
SERGIO, ALBERT & MARTA

Contenu connexe

Tendances

Propiedad intelectual ssab 11 1
Propiedad intelectual ssab 11 1Propiedad intelectual ssab 11 1
Propiedad intelectual ssab 11 1SoniaArias24
 
Derechos De Autor
Derechos De AutorDerechos De Autor
Derechos De Autornatalie
 
Derechos de autor
Derechos de autorDerechos de autor
Derechos de autortapimadri
 
Derechos de autor
Derechos de autorDerechos de autor
Derechos de autortapimadri
 
Derechos De Autor
Derechos De AutorDerechos De Autor
Derechos De Autorsotelo25
 
Los derechos de autor en el Ecuador-Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intele...
Los derechos de autor en el Ecuador-Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intele...Los derechos de autor en el Ecuador-Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intele...
Los derechos de autor en el Ecuador-Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intele...Latindex
 

Tendances (13)

Propiedad intelectual ssab 11 1
Propiedad intelectual ssab 11 1Propiedad intelectual ssab 11 1
Propiedad intelectual ssab 11 1
 
Derechos Autor.2008 2009
Derechos Autor.2008 2009Derechos Autor.2008 2009
Derechos Autor.2008 2009
 
Derechos de Autor, Derechos Conexos y Sociedades de Gestión Colectiva
Derechos de Autor, Derechos Conexos y Sociedades de Gestión ColectivaDerechos de Autor, Derechos Conexos y Sociedades de Gestión Colectiva
Derechos de Autor, Derechos Conexos y Sociedades de Gestión Colectiva
 
Trabajo sobre los Derechos de autor
Trabajo sobre los Derechos de autor Trabajo sobre los Derechos de autor
Trabajo sobre los Derechos de autor
 
Derechos de autor
Derechos de autorDerechos de autor
Derechos de autor
 
Derechos De Autor
Derechos De AutorDerechos De Autor
Derechos De Autor
 
Derechos de autor
Derechos de autorDerechos de autor
Derechos de autor
 
Derechos de autor
Derechos de autorDerechos de autor
Derechos de autor
 
Derechos De Autor
Derechos De AutorDerechos De Autor
Derechos De Autor
 
Los derechos de autor en el Ecuador-Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intele...
Los derechos de autor en el Ecuador-Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intele...Los derechos de autor en el Ecuador-Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intele...
Los derechos de autor en el Ecuador-Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intele...
 
Explicacion
ExplicacionExplicacion
Explicacion
 
Derechos de autor
Derechos de autorDerechos de autor
Derechos de autor
 
Dhtic
DhticDhtic
Dhtic
 

En vedette

Präsentation Bildungskiste
Präsentation BildungskistePräsentation Bildungskiste
Präsentation Bildungskistecarbury91
 
La unión!! zombie (2)
La unión!! zombie (2)La unión!! zombie (2)
La unión!! zombie (2)gayoda
 
Actividad en clase
Actividad en claseActividad en clase
Actividad en clasecorina18
 
Tarea 3 puestos y responsabilidades de personal BD
Tarea 3 puestos y responsabilidades de personal BDTarea 3 puestos y responsabilidades de personal BD
Tarea 3 puestos y responsabilidades de personal BDalimeth27
 
Región caribe
Región caribeRegión caribe
Región caribekllorente
 
Educación Ambiental
Educación AmbientalEducación Ambiental
Educación Ambientaljose26501041
 
Netiqueta viafara
Netiqueta viafaraNetiqueta viafara
Netiqueta viafaracrhiss
 
Proyecto de acuerdo no. 21 de agosto 17 de 2012
Proyecto de acuerdo no. 21 de agosto 17 de 2012Proyecto de acuerdo no. 21 de agosto 17 de 2012
Proyecto de acuerdo no. 21 de agosto 17 de 2012mutata123
 
Educación ambiental, karla velasquez 1 b
Educación ambiental, karla velasquez 1 bEducación ambiental, karla velasquez 1 b
Educación ambiental, karla velasquez 1 bkarla velasquez
 
10 compartimentos digitales
10 compartimentos digitales10 compartimentos digitales
10 compartimentos digitalesDani Ruiz
 

En vedette (20)

Ecologia#1
Ecologia#1Ecologia#1
Ecologia#1
 
Präsentation Bildungskiste
Präsentation BildungskistePräsentation Bildungskiste
Präsentation Bildungskiste
 
Manos futuro1
Manos futuro1Manos futuro1
Manos futuro1
 
La unión!! zombie (2)
La unión!! zombie (2)La unión!! zombie (2)
La unión!! zombie (2)
 
Transporte
TransporteTransporte
Transporte
 
Herramientas telematicas 3 punto
Herramientas telematicas 3 puntoHerramientas telematicas 3 punto
Herramientas telematicas 3 punto
 
Actividad en clase
Actividad en claseActividad en clase
Actividad en clase
 
Tarea 3 puestos y responsabilidades de personal BD
Tarea 3 puestos y responsabilidades de personal BDTarea 3 puestos y responsabilidades de personal BD
Tarea 3 puestos y responsabilidades de personal BD
 
Sistemas
SistemasSistemas
Sistemas
 
Programa 28 de julio
Programa 28 de julioPrograma 28 de julio
Programa 28 de julio
 
Región caribe
Región caribeRegión caribe
Región caribe
 
Educación Ambiental
Educación AmbientalEducación Ambiental
Educación Ambiental
 
3legislación profesional químicos
3legislación profesional químicos 3legislación profesional químicos
3legislación profesional químicos
 
Netiqueta viafara
Netiqueta viafaraNetiqueta viafara
Netiqueta viafara
 
Tuaregs Manar
Tuaregs ManarTuaregs Manar
Tuaregs Manar
 
Dic informativo
Dic informativoDic informativo
Dic informativo
 
Proyecto de acuerdo no. 21 de agosto 17 de 2012
Proyecto de acuerdo no. 21 de agosto 17 de 2012Proyecto de acuerdo no. 21 de agosto 17 de 2012
Proyecto de acuerdo no. 21 de agosto 17 de 2012
 
Educación ambiental, karla velasquez 1 b
Educación ambiental, karla velasquez 1 bEducación ambiental, karla velasquez 1 b
Educación ambiental, karla velasquez 1 b
 
10 compartimentos digitales
10 compartimentos digitales10 compartimentos digitales
10 compartimentos digitales
 
Dengue
Dengue Dengue
Dengue
 

Similaire à M2 a4 sergiomartaalbert

Similaire à M2 a4 sergiomartaalbert (20)

Trabajo Derechos De Autor
Trabajo Derechos De AutorTrabajo Derechos De Autor
Trabajo Derechos De Autor
 
Derechos De Autor
Derechos De AutorDerechos De Autor
Derechos De Autor
 
Derechos de autor
Derechos de autorDerechos de autor
Derechos de autor
 
Derecho de autor
Derecho de autorDerecho de autor
Derecho de autor
 
La propiedad intelectual y el Derecho Laboral.
La propiedad intelectual y el Derecho Laboral.La propiedad intelectual y el Derecho Laboral.
La propiedad intelectual y el Derecho Laboral.
 
Informe cecolda
Informe cecolda Informe cecolda
Informe cecolda
 
Propiedad intelectual
Propiedad intelectual Propiedad intelectual
Propiedad intelectual
 
Pamela derechos de autor
Pamela derechos de autorPamela derechos de autor
Pamela derechos de autor
 
Seguridad derechos de autor
Seguridad derechos de autor Seguridad derechos de autor
Seguridad derechos de autor
 
DERECHOS DE AUTOR
DERECHOS DE AUTORDERECHOS DE AUTOR
DERECHOS DE AUTOR
 
DERECHOS DE AUTOR
DERECHOS DE AUTORDERECHOS DE AUTOR
DERECHOS DE AUTOR
 
Colegio emilio sotomayor
Colegio emilio sotomayorColegio emilio sotomayor
Colegio emilio sotomayor
 
El
ElEl
El
 
Desarrollo y patentamiento - Modulo I.pdf
Desarrollo y patentamiento - Modulo I.pdfDesarrollo y patentamiento - Modulo I.pdf
Desarrollo y patentamiento - Modulo I.pdf
 
Informe cecolda.
Informe cecolda.Informe cecolda.
Informe cecolda.
 
Informe cecolda.
Informe cecolda.Informe cecolda.
Informe cecolda.
 
Derecho de autor
Derecho de autorDerecho de autor
Derecho de autor
 
El derecho de autor
El derecho de autorEl derecho de autor
El derecho de autor
 
Propiedad intelectual slideshare
Propiedad intelectual slidesharePropiedad intelectual slideshare
Propiedad intelectual slideshare
 
Los derechos del autor1
Los derechos del autor1Los derechos del autor1
Los derechos del autor1
 

M2 a4 sergiomartaalbert

  • 2. Que es la propiedad intelectual? La Propiedad Intelectual es el conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares (artistas, productores, organismos de radiodifusión...) respecto de las obras y prestaciones fruto de su creación.
  • 3. ¿Quién es el autor de una obra? Se considera autor a la persona natural que aparece como tal en la obra. En algunos casos previstos por la ley las personas jurídicas pueden tener algunos derechos económicos de propiedad intelectual. En las obras en colaboración los derechos pertenecen a todos los autores, sin embargo en las obras colectivas corresponden a la persona bajo cuya iniciativa y coordinación se edita y divulga la obra.
  • 4. ¿Qué obras son objeto de propiedad intelectual? Todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en le futuro.
  • 5. ¿Qué se excluye del objeto de propiedad intelectual? En general lo que no puede incluirse en la definición anterior (ideas, información, y todo conocimiento que es patrimonio común). Se excluyen las disposiciones legales, deliberaciones y dictámenes de organismos públicos y traducciones oficiales de todos ellos.
  • 6. ¿Cuáles son los derechos de explotación? La ley establece como derechos de explotación los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación.
  • 7. ¿A quién corresponden los derechos de explotación? Los derechos de explotación corresponden exclusivamente al autor y no pueden ser realizados sin su autorización, salvo en los casos previstos en la ley.
  • 8. ¿Que son las excepciones a los derechos de autor? También llamados límites, son casos en los que la ley autoriza el ejercicio de actos de explotación sin necesidad de una autorización por parte del titular de los derechos.
  • 9. ¿Qué es el dominio público? Cuando los derechos de explotación se extinguen, normalmente por el transcurso de su plazo de duración, las obras pasan al dominio público y pueden ser utilizadas por cualquiera siempre que se respete su autoría e integridad.
  • 10. ¿Es obligatorio inscribir las obras en el Registro de la Propiedad Intelectual? No. Los derechos de autor nacen en el momento de la creación de la obra. El Registro es sólo un medio de protección y de prueba de los derechos.
  • 11. Ejemplo (muy muy genérico) MIO: autor Tuyo: productores, organi smos de radiodifusión… Suyo: consumidor final…
  • 13. Webgrafia La información usada en esta presentación ha sido extraída de las siguientes páginas:  www.javiergonzalez.org  Photobuket.com (Santiago Azajo)