2. LEY 1257 DE 2008
Por la cual se dictan normas de
sensibilización, prevención y sanción de
formas de violencia y discriminación
contra las mujeres, se reforman los
Códigos Penal, de Procedimiento Penal,
la Ley 294 de 1996 y se dictan otras
disposiciones.
3. ARTÍCULO 2o. DEFINICIÓN DE
VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Por violencia contra la mujer se entiende cualquier
acción u omisión, que le cause muerte, daño o
sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o
patrimonial por su condición de mujer, así como las
amenazas de tales actos, la coacción o la privación
arbitraria de la libertad, bien sea que se presente en
el ámbito público o en el privado.
4. ARTÍCULO 2o. DEFINICIÓN DE
VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Por violencia económica, se entiende cualquier
acción u omisión orientada al abuso económico, el
control abusivo de las finanzas, recompensas o
castigos monetarios a las mujeres por razón de su
condición social, económica o política. Esta forma de
violencia puede consolidarse en las relaciones de
pareja, familiares, en las laborales o en las
económicas.
5. Daño psicológico
Consecuencia proveniente de la acción u omisión
destinada a degradar o controlar las acciones,
comportamientos, creencias y decisiones de otras
personas, por medio de intimidación, manipulación,
amenaza, directa o indirecta, humillación,
aislamiento o cualquier otra conducta que implique
un perjuicio en la salud psicológica, la
autodeterminación o el desarrollo personal.
6. Daño o sufrimiento físico
Riesgo o disminución de la integridad
corporal de una persona.
7. Daño o sufrimiento sexual
Consecuencias que provienen de la acción
consistente en obligar a una persona a mantener
contacto sexualizado, físico o verbal, o a participar en
otras interacciones sexuales mediante el uso de
fuerza, intimidación, coerción, chantaje, soborno,
manipulación, amenaza o cualquier otro mecanismo
que anule o limite la voluntad personal.
8. Daño o sufrimiento sexual
Igualmente, se considerará daño o sufrimiento
sexual el hecho de que la persona agresora obligue a
la agredida a realizar alguno de estos actos con
terceras personas.
10. Daño patrimonial
Pérdida, transformación, sustracción, destrucción,
retención o distracción de objetos, instrumentos de
trabajo, documentos personales, bienes, valores,
derechos o económicos destinados a satisfacer las
necesidades de la mujer.
12. La violencia física infligida por la
pareja
La violencia moderada:
Ser abofeteada o haberle arrojado algún objeto que
pudiera herirla.
Haber sufrido empujones o empellones o haberle
tirado el cabello
13. La violencia grave:
Haber sido golpeada con el puño u otra cosa que
pudiera herirla.
Haber sido golpeada con el pie, arrastrada o haber
recibido alguna vez una paliza.
Haber sido estrangulada o quemada a propósito.
Un agresor la ha amenazado con una pistola, un
cuchillo u otra arma o ha usado cualquiera de ellas
en su contra.
15. La violencia sexual infligida por una
pareja
Haber sido obligada físicamente a tener relaciones
sexuales en contra de su voluntad.
Haber tenido relaciones sexuales por temor a lo que
pudiera hacer su pareja.
Haber sido obligada a realizar algún acto sexual que
consideraba degradante o humillante.
18. Los actos de maltrato psíquico
infligidos por una pareja
Haber sido insultada o haberla hecho sentir mal
sobre sí misma.
Haber sido denigrada o humillada delante de los
demás.
Un agresor la ha asustado o intimidado a propósito,
por ejemplo con la forma como la mira, gritando o
rompiendo cosas.
Un agresor ha amenazado con herir a alguien
importante para ella.
20. Los comportamientos dominantes
infligidos por una pareja
Haber tratado de impedirle que vea a sus amigos.
Haber limitado el contacto con su familia carnal.
Haber insistido en saber dónde está en todo
momento.
Haberla ignorado o tratado con indiferencia.
22. Los comportamientos dominantes
infligidos por una pareja
Haberse enojado si habla con otros hombres.
Haberla acusado con frecuencia de ser infiel.
Esperar que pida permiso antes de buscar atención
de salud para ella misma.
26. Historia Típica
Un hombre abusa a su pareja. Después de pegarle
experimenta culpa y dice, "Siento haberte lastimado."
Lo que no dice es, "Porque me pueden descubrir."
Después el razona (excusa) su comportamiento
diciendo que su pareja tiene un amante. Le dice, "Si
no fueras una inútil no tendría que pegarte."
Entonces parece arrepentido y le asegura que no la
lastimará otra vez.
27. Historia Típica
Después tiene fantasías y recuerda abusos pasados y
cómo la volverá a lastimar. Él planea decirle que
vaya a comprar el mercado. No le dice que tiene
cierto límite de tiempo para hacerlo. Cuando, debido
al tráfico, llega minutos tarde, se siente
completamente justificado para asaltarla porque "el
empleado de la tienda es tu amante.“
Le ha puesto una trampa. La mayoría de las mujeres
abusadas no tienen el tiempo, energía, ni interés en
tener amantes. Sin embargo, es la acusación más
común porque nunca pueden demostrar que no
tienen amantes.
33. Los factores de riesgo y de
protección
Las mujeres y los hombres con grados inferiores de
instrucción presentan un riesgo más alto de ser
víctimas de actos de violencia infligida por la pareja
o de cometerlos, respectivamente.
La exposición al maltrato infantil se asocia
estrechamente con la comisión y el padecimiento de
actos de violencia de pareja y violencia sexual.
El trastorno de personalidad antisocial constituye un
factor de riesgo alto de cometer actos de violencia
infligida por la pareja y violencia sexual.
34. Los factores de riesgo y de
protección
El consumo perjudicial de alcohol se encuentra con
frecuencia asociado con el ejercicio de la violencia de
pareja y la violencia sexual.
Los hombres que tienen parejas múltiples o de
quienes su pareja sospecha infidelidad tienen mayor
probabilidad de cometer violencia sexual o violencia
contra la pareja.
Las actitudes de aceptación de la violencia se asocian
estrechamente con el ejercicio de la violencia de
pareja y la violencia sexual o el padecimiento de las
mismas.
35. Los factores de riesgo y de
protección
Los antecedentes de actos de violencia ya sea como
autor o como víctima constituyen un factor de alto
riesgo de futura violencia infligida por la pareja.
La discordia y la insatisfacción conyugal se asocian
estrechamente con el ejercicio de violencia infligida
por la pareja y el padecimiento de la misma.
36. Los factores de riesgo y de
protección
Falta de presión social que persuada a los hombres
jóvenes que el sexo coactivo es un agravio.
La violencia sexual cometida por los hombres se
arraiga en gran medida en las ideologías sobre el
derecho de los hombres en materia sexual. Estos
sistemas de creencias dejan a las mujeres muy pocas
alternativas legítimas de rehusar las insinuaciones
sexuales.
37. Los factores de riesgo y de
protección
Las sanciones judiciales débiles a la violencia sexual
transmiten un mensaje de tolerancia de esta violencia
y pueden incluso excluir ciertas formas de violencia
sexual de la definición jurídica.
41. NO ESTAS SOLA
El Estudio multipaís de la OMS sobre salud de la
mujer y violencia doméstica contra la mujer
aporta un panorama sobre la experiencia de las
mujeres en materia de violencia infligida por la
pareja y violencia sexual en entornos de ingresos
medianos y bajos.
Se entrevistó a más de 24 000 mujeres entre los
15 años y los 49 años de edad en las zonas
rurales y urbanas de diez países.
42. Principales resultados de la
encuesta
Entre 1% y 21% de las mujeres entrevistadas
comunicaron haber sufrido abuso sexual antes de los 15
años de edad
Entre 13% y 61% de las entrevistadas en todos los
centros del estudio notificaron un maltrato físico por
parte de la pareja.
Entre 6% y 59% de las entrevistadas comunicaron
violencia sexual infligida por una pareja.
Entre 0,3% y 11,5% de las entrevistadas informaron
violencia sexual infligida por otra persona (no pareja).
44. ¿Por qué te quedas?
¿Por qué continúa agrediéndote?
48. ¿Qué podemos hacer?
Diseñar y llevar a cabo programas de visitas a los
hogares y de educación de los padres y las madres
para prevención del maltrato infantil
Mejorar la salud mental de la madre
Detectar y tratar los trastornos afectivos y
conductuales en la niñez
Hacer terapias de rehabilitación a niños y
adolescentes que sufrieron maltrato infantil o que
estuvieron expuestos a la violencia de pareja
49. ¿Qué podemos hacer?
Fomentar las aptitudes sociales y emocionales en la
escuela
Capacitación en las escuelas encaminada a ayudar a
los niños a reconocer y evitar las situaciones
propicias al abuso sexual
Programas de prevención del matoneo (‘bullying’)
50. ¿Qué podemos hacer?
Programas de prevención de la violencia sexual en
las poblaciones escolares y universitarias
Enfoques participativos y de empoderamiento
encaminados a disminuir la desigualdad de género
Programas de visitas a los hogares encaminados a
prevenir la violencia infligida por la pareja
51. ¿Qué podemos hacer?
Restringir el acceso al alcohol y disminuir su
consumo perjudicial
Modificar las normas sociales y culturales
relacionadas con el género que propician la violencia
infligida por la pareja y la violencia sexual