Unidad 1: Constitucionalismo y Estado de Derecho Conquistas de la Época Moderna El Derecho Constitucional. El objeto de estudio es la aplicación y perfeccionamiento del régimen constitucional El constitucionalismo como sistema jurídico – político institucionalizado
Derechos de Virginia 1776 Revolución Norteamericana Constitución 1787 Revolución Francesa 1789 Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano
Embrionaria Formación Consolidación y perfeccionamiento Estado actual Greco-romana, estoicos España, Inglaterra , EEUU Declaraciones Derechos, Revolución Francesa Difusión de principios PROCESO DEL DESARROLLO DEL CONSTITUCIONALISMO
¿Por qué del poder constituyente? ORIGINARIA EXTRAORDINARIA SUPREMA DIRECTA Es su primera manifestación de soberanía y da origen al orden jurídico. Sólo actúa cuando es necesario dictar una constitución o reformarla. Cesa cuando ha llenado su cometido. Es superior a toda manifestación de autoridad. Determina su naturaleza. Organiza su func ionam iento Fija sus límites. Requiere la intervención directa del pueblo.
Puede ser: CONSTITUIDO O DERIVADO Es espontáneo y no está sujeto al Derecho positivo pues es el pueblo el que da su estructura y organización iniciales. Presupone la existencia del Estado de Derecho y por lo mismo está sujeto a un régimen legal vigente. ORIGINARIO PODER CONSTITUYENTE
Diferencias: Raúl Isaías Baduel PODER ORIGINARIO PODERES CONSTITUIDOS 1. Es un poder originario en sí. 1. Son poderes derivados de la Constitución. 2. Es un poder creador de todo el orden jurídico. 2. Son poderes creados por el constituyente. 3. En un principio es un poder ilimitado. 3. Están completamente limitados. No pueden actuar más allá de su competencia. 4. Es poder de una sola función: darse su constitución. 4. Tienen múltiples funciones. 5. No gobierna. 5. Fueron precisamente creados para gobernar.
Democracia Semidirecta Plebiscito Referéndum I niciativa Popular Elige “por sí o por no” sobre una propuesta Concede o no concede la aprobación final de una norma Grupo que propone sanción o derogación de una ley
¿Qué significa que consagra y garantiza los derechos humanos y determina la organización fundamental del Estado y de sus elementos, cuyas atribuciones, deberes y relaciones mutuas los regula? ESTABLECE NORMAS SUPERIORES ORDEN Y SISTEMATIZACIÓN ESTATAL PARTICULAR CAMPO DE ACCIÓN ELEMENTO HUMANO PROCLAMA DERECHOS GARANTIZA LIBERTADES
Clasificación clásica Descripción de una realidad. Conjunto de normas jurídicas que regulan y determinan el modo en que debe ser ejercido el poder político.
Esquema de una constitución moderna PLAN SISTEMA Se distribuye en partes, títulos, capítulos, secciones, artículos, numerales e incisos. Ordenamiento por materias, enlace entre ellas y concurrencia a un mismo fin.
Por tanto, la locución “constitutio” –derivada de la anterior- sugiere la idea de arreglo, disposición, organización. En el proceso histórico el término Constitución ha sido usado con múltiples significados. Diríamos, que es un término que ha sido abusado.
En nuestro caso la primera se denomina Asamblea Nacional Constituyente y el segundo, Congreso Nacional.
Pero el Derecho Constitucional se limita a lo fundamental de tal organización, es decir que sólo da las normas básicas, generales y superiores, pues el vasto campo restante queda para la legislación ordinaria.
Real: Es el objeto de estudio de las ciencias sociales, especialmente, de la Sociología Política y de la Ciencia Política, y su método de estudio es el propio de las ciencias empíricas. Formal: Es el objeto de estudio de las disciplinas jurídicas y su método es el deductivo. Real: Estudia los temas de ¿quién ejerce el poder?, ¿cómo los ejerce? Y ¿cuáles son las relaciones entre quienes ejercen el poder y entre éstos y los gobernados?. Formal: Aprende los mismos temas pero con un elemento adicional: quién debe, cómo debe y cuáles deben ser las relaciones en y desde el poder. Real: Se refiere a hechos, conductas, actitudes que aparecen y desaparecen. Formal: Es un concepto puro, que no contiene datos empíricos, que pertenece al mundo de la cultura.