Este documento propone reformar los estatutos de la Corporación Canal Universitario Nacional Zoom. Se propone unificar el articulado actual con modificaciones para precisar aspectos jurídicos ante posibles cambios normativos. Se resumen los objetivos de la corporación como operar y emitir programas de televisión de interés público con contenido educativo, científico, social y cultural para la formación ciudadana a través de universidades e instituciones.
1. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
CAPITULO I CAPITULO I
CONSIDERACIONES PRELIMINARES CONSIDERACIONES PRELIMINARES
Las Universidades e Instituciones participantes de la 1. Que mediante acuerdo numero 05 de septiembre 18 de Todas estas consideraciones son de los estatutos
CORPORACION CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM 2006, la Junta Directiva de la Comisión Nacional de iniciales, por eso ya no deben colocarse en una
adoptan los presentes estatutos, previas las siguientes Televisión creó el Canal Universitario Nacional, acuerdo que reforma estatutaria, lo que se coloca como
consideraciones: posteriormente fue reformado mediante acuerdo 002 de preliminar son las razones que llevan a la
mayo 28 de 2009. necesidad de modificar los estatutos.
1. Que en noviembre de 2005 fue sometido a consideración de 2. Que la CORPORACIÓN se constituyó por Acta del 14 de
la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión el febrero de 2008, inscrita en la Cámara de Comercio el 19
proyecto de Acuerdo y la exposición de motivos para la de marzo de 2008, bajo el número de inscripción 132837
creación del Canal Universitario Nacional. del libro I de las entidades sin ánimo de lucro.
2. en febrero de 2006 la Junta Directiva de la Comisión Nacional 3. Que la Asamblea General mediante Acta No. 2 del 26 de
de Televisión, de conformidad con el procedimiento de
marzo de 2009 procedió a reformar parcialmente los
consulta dispuesto en el Artículo 13 de la Ley 182 de 1995,
estatutos sociales de LA CORPORACIÓN, que fueron
determinó someter a consideración de las Universidades, las
inscritos en la Cámara de Comercio el 3 de junio de 2009
instituciones del sector cultural y socio educativo y de la
bajo el número de inscripción 156034 del libro I de las
ciudadanía en general el proyecto de Acuerdo para la
entidades sin ánimo de lucro.
creación del Canal Universitario Nacional.
3. Que durante los meses de febrero y marzo de 2006 se 4. Que la Asamblea General mediante Acta No. 3 del 26 de
desarrollaron mesas de trabajo y consulta sobre el Canal marzo de 2010 procedió a reformar parcialmente los
Universitario en las ciudades de Barranquilla (Universidad estatutos sociales de LA CORPORACIÓN y fue inscrito en
Autónoma del Caribe), Medellín (Canal Universitario de la Cámara de Comercio el 29 de marzo de 2011 bajo el
Antioquia), Cali (Universidad del Valle), Bucaramanga número de inscripción 187187 del libro I de las Entidades
(Universidad Autónoma de Bucaramanga), Manizales sin Ánimo de Lucro.
(Universidad de Manizales), Tunja (Universidad Pedagógica y 5. Que de conformidad con la evolución de LA
Tecnológica de Colombia) y Bogotá (Pontificia Universidad CORPORACIÓN, la Asamblea General considera que los
Javeriana). estatutos sociales deben ajustarse a la nueva dinámica del
4. Que en agosto de 2006 la Comisión Nacional de Televisión sector, procurando una participación democrática de los
suscribió con Colciencias el Convenio número 055 de 2006, asociados en todas sus actividades y de todas las entidades
entre otros objetivos, para brindar impulso desde el Canal públicas afiliadas, razón por la cual procede a proclamar los
Universitario a la Política Nacional de Apropiación Social de la siguientes estatutos sociales:
1
2. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
Ciencia y la Tecnología adoptada por el Consejo Nacional de
Ciencia y Tecnología mediante Acuerdo número 07 de 2006.
5. Que previa sistematización y análisis de los aportes y
observaciones formuladas por las Universidades, los agentes
del sector y la ciudadanía en general, la Junta Directiva de la
Comisión Nacional de Televisión aprobó el Acuerdo numero
05 de 2006, mediante el cual creó el Canal Universitario
Nacional, y en atención al artículo 10 de la Ley 29 de 1991 y
el Acuerdo 07 de 2006 del Consejo Nacional de Ciencia y
Tecnología adoptó mecanismos y procedimientos para la
participación del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología
en la Televisión.
6. Que el artículo 7 del Acuerdo numero 05 de 2006 dispuso que
las Universidades y entidades participantes en el Canal
Universitario Nacional definirán de manera autónoma las
formas de asociación, derechos y deberes, aportes,
organización, funcionamiento, lineamientos y criterios de
programación del Canal, creándose un Comité Consultivo
Transitorio para poner en marcha este proceso.
CAPÌTULO II
NATURALEZA JURÍDICA,DOMICILIO Y DURACIÒN
ARTÍCULO 1. DENOMINACIÓN. Se constituye la IGUAL
“CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM”,
como una Entidad de participación mixta, sin ánimo de lucro, con
patrimonio propio.
ARTÍCULO 2. NATURALEZA JURÍDICA. La CORPORACIÓN ARTÍCULO 2. NATURALEZA JURÍDICA. La CORPORACIÓN
CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM es una persona es una persona jurídica conformada por instituciones de
jurídica conformada por instituciones de educación superior y educación superior y entes estatales que por su naturaleza
2
3. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
entes estatales que por su naturaleza jurídica son determinantes jurídica son determinantes para los cometidos de LA
para los cometidos de la Corporación; creada de conformidad con CORPORACIÓN; creada mediante acuerdo de conformidad con
el Artículo 96 de la Ley 489 de 1998, la cual se rige por la el Artículo 96 de la Ley 489 de 1998, la cual se rige por la
Constitución Política y las leyes colombianas, en especial por la Constitución Política y las leyes colombianas, en especial por la
Ley 182 de 1995 y la Ley 29 de 1991, con sus respectivas Ley 182 de 1995 y la Ley 29 de 1991, o las normas que a
disposiciones reglamentarias. En lo no previsto en dichas normas, futuro las reformen o las sustituyan con sus respectivas
les son aplicables las disposiciones que sobre Corporaciones disposiciones reglamentarias. En lo no previsto en dichas Precisiones jurídicas ante futuros cambios de
contiene el Código Civil Colombiano. En dicho marco, la normas, les son aplicables las disposiciones que sobre normatividad
Corporación se rige de conformidad con lo establecido en los corporaciones contiene el Código Civil Colombiano. En dicho
presentes estatutos y estará sometida a la vigilancia de la marco, LA CORPORACIÓN se rige de conformidad con lo
Comisión Nacional de Televisión. establecido en los presentes estatutos y estará sometida, en lo
pertinente, a la vigilancia de la Comisión Nacional de Televisión
o el (los) organismos que haga (n) sus veces.
ARTÍCULO 3. DOMICILIO. La CORPORACIÓN CANAL ARTÍCULO 3. DOMICILIO. La CORPORACIÓN tendrá su
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM tendrá su domicilio en la domicilio en la ciudad de Bogotá D.C. y podrá establecer las Se corrige que fueren
ciudad de Bogotá D.C. y podrá establecer las unidades unidades administrativas y operativas que fueren necesarias
administrativas y operativas que fueran necesarias para desarrollar para desarrollar sus actividades y prestar servicios en cualquier
sus actividades y prestar servicios en cualquier región del país. región del país.
ARTÍCULO 4. DURACIÓN. La CORPORACIÓN CANAL IGUAL
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM tendrá una duración
indefinida, pero podrá disolverse en cualquier tiempo por
disposición de la Asamblea General, en los términos señalados en
los presentes estatutos.
CAPÍTULO III
OBJETIVOS, FINES , PRINCIPIOS Y OBJETIVOS
ARTÍCULO 5. OBJETO SOCIAL. La CORPORACIÓN CANAL IGUAL
3
4. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM tiene como objeto la
operación, prestación, producción y emisión de programas de
televisión –mediante la plataforma tecnológica de transmisión que
se considere conveniente-, de interés público, con un contenido
educativo, científico, social y cultural para la formación ciudadana;
encaminado a la construcción de nación, permitiéndole al sistema
universitario público y privado, a las instituciones del campo socio
educativo y cultural y al Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología
prestar el servicio público de televisión con la finalidad principal de
comunicar masivamente los desarrollos institucionales en el
campo de la investigación, las actividades académicas y
formativas, así como los proyectos de extensión, y la vida social y
cultural de las universidades colombianas y la divulgación de las
manifestaciones culturales de la Nación.
En desarrollo de su objeto principal, la CORPORACIÓN CANAL
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM podrá prestar servicios de
entrenamiento y capacitación, para posibilitar la mejora de la
prestación de servicios de Televisión.
IGUAL
ARTÍCULO 6. DESARROLLO DEL OBJETO SOCIAL. De
acuerdo con su naturaleza la CORPORACIÓN CANAL
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM podrá, para el desarrollo de
su objeto social:
1. Prestar y operar el servicio público de televisión. 1. IGUAL
2. Celebrar con sujeción al régimen de derecho privado,
contratos de producción, coproducción y programación con 2. IGUAL
personas naturales o jurídicas, públicas o privadas,
nacionales y extranjeras.
3. Elaborar y desarrollar los planes y proyectos de desarrollo 3. IGUAL
4
5. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
inherentes al objeto social de la CORPORACIÓN CANAL
UNIVERSITARI0 NACIONAL ZOOM.
4. Celebrar contratos con personas naturales o Jurídicas, 4. IGUAL
nacionales o extranjeras, públicas o privadas, dentro del
propósito de desarrollar proyectos y acciones dentro del
objeto social de la CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARI0
NACIONAL ZOOM.
5. Suscribir convenios para ofrecer o recibir cooperación técnica 5. Suscribir convenios para ofrecer y/o recibir cooperación
en telecomunicaciones y campos afines y cualquier otra técnica en telecomunicaciones y campos afines y cualquier otra Se adiciona y/o
materia requerida para el cumplimiento del objeto. materia requerida para el cumplimiento del objeto.
6. Emitir las señales de televisión -utilizando cualquier 6. Emitir las señales de televisión -utilizando cualquier plataforma
plataforma tecnológica de transmisión, incluida la red de tecnológica de transmisión, incluida la red de Internet y la
Internet y la Televisión móvil-, que origine y retransmitir la televisión móvil-, que origine, y retransmitir la señal o señales en
señal o señales en forma encadenada o no, de acuerdo con forma encadenada o no, de acuerdo con lo dispuesto en el Precisión jurídica por cambios ante la normatividad
lo dispuesto en la Ley 182 de 1995 y lo ordenado por la ordenamiento jurídico vigente, y en lo regulado por la
Comisión Nacional de Televisión. Comisión Nacional de Televisión o el (los) organismos que
hagan sus veces.
7. En desarrollo del objeto antes enunciado, la Corporación IGUAL
podrá adquirir a cualquier título toda clase de bienes muebles
e inmuebles, arrendarlos, enajenarlos, gravarlos y darlos en
garantía de sus propias obligaciones; explotar, marcas,
nombres comerciales, patentes, invenciones o cualquier otro
bien incorporal, siempre que ello sea afín al objeto principal;
girar, aceptar, endosar, cobrar y pagar toda clase de títulos
valores; participar en licitaciones públicas; tomar dinero en
mutuo con o sin intereses; celebrar contratos de seguros,
transporte, cuentas en participación, contratos con entidades
bancarias y/o financieras, y en general celebrar todo acto o
contrato que se relacione con el objeto social o sea necesario
5
6. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
para su desarrollo eficiente y adecuado. IGUAL
8. Las demás actividades que se requieran para el cumplimiento
de los fines de la sociedad y aquellas que se desprendan de la
ley.
ARTÍCULO 7. FINES. En concordancia con lo establecido en el IGUAL
Artículo 2º de la Ley 182 de 1995, los fines del servicio público de
televisión son: formar, educar, informar veraz e imparcialmente y
recrear de manera sana. Con el cumplimiento de los mismos, se
busca satisfacer las finalidades sociales del Estado, promover el
respeto de las garantías, deberes y derechos fundamentales y
demás libertades, fortalecer la consolidación de la democracia y la
paz y propender por la difusión de los valores humanos y
expresiones culturales de carácter nacional, regional y local.
ARTÍCULO 8. PRINCIPIOS. La CORPORACIÓN CANAL
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM se regirá por los principios
del servicio público de Televisión y, en especial, por los siguientes:
a. El reconocimiento, desarrollo, promoción y respeto a la
Autonomía Universitaria, según lo dispuesto en la
Constitución y la Ley. IGUAL
b. La consideración de la televisión como un medio de difusión
de la cultura y como una herramienta para la formación
humana, la construcción de opinión pública libre y la IGUAL
apropiación social de la ciencia y la tecnología.
c. La comprensión de la televisión universitaria como una
televisión autónoma, de interés público y de carácter social,
cultural y educativo.
d. La observancia de los principios de colaboración armónica IGUAL
entre los Poderes Públicos y de participación de todos en la
6
7. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
vida cultural de la nación en el marco del respeto a los
derechos de las personas y el fortalecimiento de la
prevalencia del interés general. IGUAL
e. Respeto por el equilibrio entre las regiones, la solidaridad y la
discriminación positiva desde una perspectiva local, regional,
nacional y global.
IGUAL
CAPÍTULO IV
CAPÍTULO IV DE LOS MIEMBROS
DE LOS MIEMBROS
ARTÍCULO 9. MIEMBROS. La CORPORACIÓN CANAL ARTÍCULO 9. MIEMBROS. La CORPORACIÓN CANAL
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM contará con tres (3) clases UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM contará con tres (3) clases
de miembros: de miembros:
a. Miembros Afiliados a. Miembros Afiliados
b. Miembros fundadores asociados b. Miembros fundadores asociados
c. Miembros honorarios c. Miembros honorarios
Miembros Afiliados. Son las instituciones de educación superior y Miembros Afiliados. Son las instituciones de educación Se trata de un hecho del pasado
las que por su naturaleza y objeto comparten los fines de la superior y las que por su naturaleza y objeto comparten los fines
Corporación, que suscriben el acta de constitución de la de LA CORPORACIÓN, que suscribieron el acta de
CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM en constitución de la CORPORACIÓN en condición de fundadoras
condición de fundadoras afiliadas y las que posteriormente afiliadas y las que posteriormente deseen adherir como
deseen adherir como miembros afiliados y sean admitidas por la miembros afiliados y sean admitidas por la Junta Directiva de
Junta Directiva de conformidad con los términos y condiciones conformidad con los términos y condiciones previstos en los
previstos en los presentes estatutos, haciendo los aportes presentes estatutos, haciendo los aportes establecidos por la
establecidos por la Asamblea y participando activamente en la Asamblea y participando activamente en la definición y/o
definición o ejecución de sus planes de acción. Las Instituciones ejecución de sus planes de acción.
de Educación Superior que suscribieron el acta de constitución, La parte final de la definición, está contenida en la
además de ser miembros fundadores, tendrán la calidad de parte inicial
7
8. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
miembros afiliados. Se suprime la parte subrayada
Miembros Fundadores Asociados. Los miembros fundadores Armonizar los estatutos con la nueva denominación
asociados son la Comisión Nacional de Televisión, el Ministerio de del Ministerio de Comunicaciones y prever los
Educación Nacional, el Ministerio de Comunicaciones, el Ministerio Miembros Fundadores Asociados. Los miembros fundadores cambios de nombres de las instituciones.
de Cultura, el SENA, y COLCIENCIAS, estas constituirán la asociados son la Comisión Nacional de Televisión, el Ministerio
representación del Estado en la CORPORACIÓN CANAL de Educación Nacional, el Ministerio de las Tecnologías de la
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM. El objeto de su participación Información y las Comunicaciones, el Ministerio de Cultura,
será contribuir al desarrollo de la CORPORACIÓN CANAL el SENA, y COLCIENCIAS, o los organismos que hagan sus
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM como instrumento para el veces. Estas instituciones, constituirán la representación del
fomento de la educación superior, la cultura, la ciencia y la Estado en la CORPORACIÓN. El objeto de su participación
tecnología. Estas entidades, interesadas en promover y apoyar los será contribuir al desarrollo de la CORPORACIÓN como Se elimina la parte subrayado.
objetivos de la Corporación, realizarán aportes en la clase, la instrumento para el fomento de la educación superior, la cultura,
cuantía y en los términos establecidos inicialmente por la la ciencia y la tecnología. Estas entidades no tendrán la calidad
Asamblea General de Asociados y posteriormente por la Junta de miembros afiliados. Sin embargo, participarán en los órganos
Directiva. Estas entidades no tendrán la calidad de miembros administrativos según lo establecido en las disposiciones legales
afiliados. Sin embargo, participarán en los órganos administrativos y los estatutos.
según lo establecido en las disposiciones legales y los estatutos.
Miembros Honorarios. Aquellas personas naturales o jurídicas
que por su apoyo económico a los programas de la Miembros Honorarios. Aquellas personas naturales o jurídicas Ampliar las postulaciones a todos los miembros, no
CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM o que por su apoyo económico a los programas de la como una facultad exclusiva de un directivo de LA
por su contribución o servicios prestados al tema del desarrollo CORPORACIÓN, por su contribución o servicios prestados al CORPORACIÓN, toda vez que es la Asamblea
comunitario a nivel nacional e internacional se hagan acreedores a tema del desarrollo comunitario a nivel nacional e internacional o General la que aprueba la afiliación de un miembro
tal distinción. Para ser miembro honorario se requiere ser por su importancia académica o institucional se hagan honorario.
postulado por un directivo de la Corporación, la cual será aprobada acreedores a tal distinción. Para ser miembro honorario se
en la Asamblea General y aceptada por el postulado con voluntad requiere ser postulado ante la Junta Directiva por cualquier
expresa de cooperación permanente con los fines de la miembro o directivo de LA CORPORACIÓN y posteriormente
Corporación. este organismo someterá dicha postulación a aprobación de la
Asamblea General, sin que el concepto de la Junta Directiva sea
vinculante. El postulado deberá aceptar y manifestar su voluntad
expresa de cooperación permanente con los fines de LA
CORPORACIÓN.
8
9. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
ARTÍCULO 10. REQUISITOS DE LOS MIEMBROS AFILIADOS. IGUAL
Los miembros afiliados de la Corporación deben cumplir los
siguientes requisitos:
a. Tener la calidad de Institución de Educación Superior en IGUAL
cualquiera de las modalidades establecidas por la ley.
b. Presentar a la Junta Directiva de la Corporación la solicitud IGUAL
de admisión firmada por el Representante Legal acreditado,
con autorización escrita de la instancia definida por la
institución para estos trámites y declarar que conocen y
comparten los propósitos y objetivos de la CORPORACIÓN
CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM.
c. Cumplir con los requisitos y documentos solicitados por la IGUAL
CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL
ZOOM.
d. Pagar los aportes correspondientes a la cuota de afiliación, Pagar los aportes, las cuotas de sostenimiento y las cuotas Unificación de la terminología de los aportes en
cuotas extraordinarias y las cuotas de sostenimiento extraordinarias establecidas por la Asamblea General todo el cuerpo de los estatutos
establecidas por la Asamblea General.
PARÁGRAFO. La Junta Directiva de CORPORACIÓN CANAL PARÁGRAFO. La Junta Directiva de la CORPORACIÓN
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM decidirá acerca de las decidirá acerca de las instituciones o entidades que soliciten
instituciones o entidades que soliciten formalmente ser afiliadas a formalmente ser afiliadas a LA CORPORACIÓN. Para esto
la Corporación. Para esto deben tener una votación favorable de deben tener una votación favorable de la mitad más uno de los
la mitad más uno de los miembros de la Junta. Las entidades a la miembros de la Junta. Las entidades a las que les sea
que le sea aprobada la afiliación quedarán inscritas en el libro de aprobada la afiliación quedarán inscritas en el libro de registro
Registro de Asociados. de asociados, a partir de la fecha de la aprobación por parte de
la Junta Directiva de LA CORPORACIÓN.
9
10. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
ARTÍCULO 11. DERECHOS DE LOS MIEMBROS. Los miembros
de la CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL IGUAL
ZOOM tendrán derecho a:
1. Derechos de los Miembros Afiliados y los Asociados
a. Participar en las reuniones de la Asamblea General, con voz
y voto, siempre y cuando se encuentren a paz y salvo con las IGUAL
obligaciones adquiridas con CORPORACIÓN CANAL
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM.
b. Presentar a la CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO
NACIONAL ZOOM las iniciativas y recomendaciones IGUAL
relacionadas con su funcionamiento y proyección.
c. Recibir y/o solicitar a la Junta Directiva información sobre el
desarrollo de las actividades, los balances y demás IGUAL
documentos de CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO
NACIONAL ZOOM.
d. Ejercer la libre y voluntaria decisión de adherir o retirarse de
la Corporación.
e. Elegir y ser elegido para ser miembro de la Junta Directiva y e. Elegir y ser elegido para ser miembro de la Junta Directiva,
del Comité de Programación del Canal, en los términos del Comité de Programación del Canal, y demás equipos de
previstos estatutariamente. trabajo que se conformen en cualquier momento, en los
términos previstos estatutariamente.
f. Participar y/o ejecutar los proyectos y programas que
gestione la Corporación y en los eventos que ésta programe. IGUAL
2. Derechos de los Miembros Asociados
a) Participar en las reuniones de la Asamblea General, con Se manifestó por parte de algunos miembros de la
voz pero sin voto. Junta Directiva su desacuerdo en que los Miembros
b) Presentar a la CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO Asociados no sean considerados en el quórum y
10
11. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
NACIONAL ZOOM las iniciativas y recomendaciones que no tengan voto, pues se rompe el esquema de
relacionadas con su funcionamiento y proyección. cooperación necesario entre el estado y la
c) Ejercer la libre y voluntaria decisión de adherir o retirarse academia. En lugar de atraer estas instituciones
de la Corporación. para el Canal las estaríamos alejando.
d) Ser elegido para ser miembro de la Junta Directiva en los
términos previstos estatutariamente.
e) Participar y/o ejecutar los proyectos y programas que
gestione la Corporación y en los eventos que ésta
programe.
2. Derechos de los Miembros Honorarios
a. Recibir reconocimiento por su aporte.
b. Ser ocasionalmente invitado a la Asamblea General, en la
que participaran con voz y sin voto. IGUAL
c. Presentar iniciativas y recomendaciones relacionadas con su IGUAL
funcionamiento y proyección.
d. Recibir información sobre el desarrollo de las actividades, IGUAL
procesos y logros de la Corporación.
e. Ser invitados a eventos, instancias y reuniones de análisis y IGUAL
divulgación sobre propuestas y programas del Canal.
IGUAL
ARTÍCULO 12. DEBERES DE LOS MIEMBROS
ARTÍCULO 12. DEBERES DE LOS MIEMBROS
1. Deberes de los Miembros Afiliados. Además de las
obligaciones señaladas anteriormente estos miembros 1. Deberes de los Miembros Afiliados.
también están obligados a: Además de las obligaciones señaladas anteriormente estos
a. Pagar en dinero, cuota de afiliación, que consistirá en el Unificar la terminología en cuanto a los aportes, en
11
12. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
equivalente a cincuenta (50) salarios mínimos mensuales miembros también están obligados a: todo el cuerpo de los estatutos y garantizar el flujo
legales vigentes, que serán pagados cada año, durante los de caja. Se propone abrir un articulo solo para el
primeros cuatro (4) años de afiliación, hasta completar la a. Pagar, en dinero dentro del primer trimestre de cada vigencia, asunto de los aportes Ver propuesta de artículo
suma de doscientos (200) SMMLV. los aportes, las cuotas de sostenimiento y las cuotas nuevo en el artículo siguiente “aportes y cuotas
extraordinarias, según sea el caso. de sostenimiento”.
b. Pagar las cuotas extraordinarias que la Asamblea General
establezca, a título de donación.
b. Pagar las cuotas extraordinarias que la Asamblea General
establezca.
c. Cumplir las obligaciones pecuniarias que se tengan con la
CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL c. Cumplir las obligaciones pecuniarias que se tengan con
ZOOM. la CORPORACIÓN
d. Promover y velar por el buen nombre de la CORPORACIÓN Se propone tratarlo en un artículo independiente
CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM. relativo a los aportes y cuotas de sostenimiento Ver
d. Promover y velar por el buen nombre de la propuesta de artículo nuevo en el artículo
e. Contribuir con la parrilla de programación de la CORPORACIÓN. siguiente “aportes y cuotas de sostenimiento”.
CORPORACION CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL
ZOOM, de acuerdo con los lineamientos de estilo y e. Contribuir con la parrilla de programación del CANAL
necesidades de programación. UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM, de acuerdo con los
lineamientos de estilo y necesidades de programación
f. Pagar anualmente a partir del año 2012, como cuota de
sostenimiento, el equivalente a veinte (20) salarios mínimos El pago de los aportes ya está en las
mensuales legales vigentes. Suma que será facturada a cada obligaciones. Ver literal a) donde se define que el
uno de los Miembros Afiliados para ser cancelada en el Se propone eliminar este literal pago se realice en el primer trimestre.
primer trimestre de cada año.
PARÁGRAFO PRIMERO. Las Instituciones de Educación
Superior, que suscribieron el acta de constitución de la
CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM y Se considera que este parágrafo sobra. Las formas
12
13. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
quienes se afilien posteriormente deberán pagar el aporte social de vinculación ya están definidas.
en los contados y fechas que defina la Junta Directiva de la
Corporación. Se propone eliminarlo
PARÁGRAFO SEGUNDO. A partir del año 2012 la Asamblea
General determinará de manera excepcional la posibilidad de
vinculación de nuevos afiliados y determinará la cuota de admisión
que habrá de cobrarse al solicitante.
Se propone eliminarlo
PARÁGRAFO TERCERO. Las Instituciones que se afilien a partir Esto se convierte en una barrera de entrada a
de la fecha y después del año 2012, deberán cancelar en cada nuevos afiliados porque tendrían que cancelar 70
ejercicio, cuando corresponda, tanto la cuota de sostenimiento SMMLV cada año a partir del 2012 ($38 millones
como la cuota de afiliación. anuales lo que haría muy onerosa la entrada de un
Se propone eliminarlo nuevo afiliado.
Permite realizar planes de pago para casos
especiales y así facilitar el recaudo de la cartera
morosa.
2. Deberes de los Miembros Asociados
Parágrafo NUEVO. En casos especiales y previa solicitud del
a. El objeto de la participación de la representación Estatal será afiliado la Junta Directiva, podrá aprobar una distribución del
contribuir al desarrollo de la CORPORACIÓN CANAL pago mediante cuotas.
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM como instrumento para el
fomento de la educación superior, la cultura, la ciencia, la
tecnología y la innovación. 3. Deberes de los Miembros Asociados
b. Velar y contribuir al cumplimiento de los objetivos de la a. El objeto de la participación de la representación Estatal
CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL
será contribuir al desarrollo de la CORPORACIÓN como
ZOOM haciendo propuestas y recomendaciones relacionadas
instrumento para el fomento de la educación superior, la
con su funcionamiento y proyección.
13
14. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
cultura, la ciencia, la tecnología y la innovación.
c. De conformidad con lo establecido en los artículos 4º y 5º del
Acuerdo 05 de 2006, la Comisión Nacional de Televisión, en b. Velar y contribuir al cumplimiento de los objetivos de la El literal c. debe eliminarse, porque la obligación
cada vigencia fiscal, apropiará y aportará recursos CORPORACIÓN haciendo propuestas y recomendaciones surge del acuerdo que expide la CNTV
económicos para apoyar la capacidad satelital, emisión y relacionadas con su funcionamiento y proyección. voluntariamente, y no de los estatutos de ZOOM.
operación del Canal Universitario. Además el acuerdo 05 ya está derogado mediante
otro acuerdo de la CNTV
Se propone su eliminación. Este artículo está derogado
mediante otro acuerdo de la CNTV
d. Presentar a la Junta Directiva, al comienzo de cada vigencia Renumerar a partir de este literal
aquellos planes, programas, proyectos, y acciones que el
Estado tiene interés en desarrollar en el marco de los
objetivos, fines, principios y reglamentos de la Corporación. Acorde con lo propuesto al eliminar las obligaciones
De conformidad con las competencias y funciones de las de la CNTV y actuando en armonía con el
entidades estatales asociadas reservarán y trasladarán al articulado, no se deberían establecer desde los
Canal Universitario los recursos necesarios para la ejecución estatutos de la Corporación obligaciones a terceros
de tales proyectos. Sobre la adecuada ejecución de estos que no cuentan con los documentos que respalden
recursos los organismos de control aplicaran la vigilancia y Se propone su eliminación este tipo de decisiones firmados por el
procedimientos establecidos por la Ley para el efecto. representante de los Miembros Asociados
e. Sin perjuicio de su autonomía administrativa y obligaciones
adquiridas en materia de derechos de emisión, las entidades
que forman parte de la representación del Estado en la Acorde con lo propuesto al eliminar las obligaciones
Corporación diseñarán un plan para poner sus inventarios de de la CNTV y actuando en armonía con el
producción a disposición de la CORPORACIÓN CANAL articulado, no se deberían establecer desde los
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM y, previo aporte de los estatutos de la Corporación obligaciones a terceros
recursos correspondientes, podrán ejecutar sus proyectos de que no cuentan con los documentos que respalden
producción de televisión con el concurso de las instituciones este tipo de decisiones firmados por el
afiliadas de la CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO Se propone su eliminación representante de los Miembros Asociados
NACIONAL ZOOM que en las regiones tengan la capacidad
técnica requerida para el efecto. Acorde con lo propuesto al eliminar las obligaciones
14
15. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
de la CNTV y actuando en armonía con el
f. Al comienzo de cada vigencia fiscal Colciencias informará a la articulado, no se deberían establecer desde los
Junta Directiva de la CORPORACIÓN CANAL estatutos de la Corporación, obligaciones a
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM los recursos que en terceros que no cuentan con los documentos que
desarrollo de la política de ciencia y tecnología anualmente respalden este tipo de decisiones firmados por el
ejecutará en el marco del Canal Universitario, con el apoyo representante de los Miembros Asociados
técnico que las instituciones afiliadas puedan prestar en las
regiones.
g. Prestar a la CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO Se propone su eliminación
NACIONAL ZOOM la orientación y apoyo y suministrarle
información y documentación útiles para su desempeño y el
cumplimiento de su objeto social, dentro de planes de trabajo
previamente concertado.
h. Cumplir los presentes estatutos y reglamentos de la
CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL IGUAL
ZOOM.
i. Asistir y cumplir las decisiones de la Asamblea General. IGUAL
3. Deberes de los Miembros Honorarios IGUAL
a. Promover y velar por el buen nombre de la CORPORACIÓN
CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM.
b. Asistir y participar en las reuniones a las que sean invitados. IGUAL
c. Presentar a la CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO
NACIONAL ZOOM iniciativas y recomendaciones
relacionadas con su funcionamiento y proyección.
IGUAL
IGUAL
IGUAL
15
16. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
OJO RENUMERAR A PARTIR DE ESTA ARTÍCULO
Artículo nuevo. APORTES Y CUOTAS DE SOSTENIMIENTO
Las instituciones afiliadas pagarán por concepto de su ingreso a
LA CORPORACIÓN, un total de doscientos salarios mensuales
mínimos legales vigentes (200 SMMLV), que se constituyen en
el valor mínimo que pagará la institución al solicitar su afiliación
a LA CORPORACIÓN. Este valor podrá ser pagado durante
cuatro (4) años, a razón de cincuenta (50) SMMLV, anuales
hasta completar la totalidad del aporte.
A partir el quinto año de afiliación, el afiliado pagará el
equivalente a veinte salarios mensuales mínimos legales
vigentes (20 SMMLV) más el IVA a que haya lugar, a título de
cuota de sostenimiento.
ARTÍCULO 13. PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE MIEMBRO
ARTÍCULO 13. PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE MIEMBRO AFILIADO. Los miembros perderán esa condición por:
AFILIADO. Los miembros perderán esa condición por retiro
voluntario cuando así lo expresen mediante renuncia que será a) Retiro voluntario: Cuando así lo exprese mediante
presentada ante la Junta Directiva con una antelación no inferior a renuncia firmada por el representante legal de la institución
tres (3) meses; o cuando incumplan las disposiciones afiliada, que será presentada ante la Junta Directiva con
establecidas en los estatutos, reglamentos y convenios especiales una antelación no inferior a tres (3) meses.
que firmen con la Corporación.
b) Por decisión de la Junta Directiva de LA CORPORACIÓN:
Cuando se incumplan las disposiciones establecidas en los
estatutos, reglamentos y convenios especiales que firmen
con LA CORPORACIÓN.
Corresponde a la Junta Directiva decretar la pérdida de la Corresponde a la Junta Directiva decretar la pérdida de la
condición de miembro afiliado o aceptar las renuncias de los condición de miembro afiliado o aceptar las renuncias de los
16
17. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
mismos. mismos.
La Junta Directiva se pronunciará de conformidad con la La Junta Directiva se pronunciará de conformidad con la
reglamentación que se expida para el efecto, aunque se reglamentación que expida para el efecto y se abstendrá de
abstendrá de aceptar la renuncia en los siguientes casos: aceptar la renuncia a los afiliados cuando la entidad afiliada no
haya pagado la totalidad de sus aportes o no se encuentre a paz
a. Cuando como consecuencia del retiro se disminuya el mínimo y salvo con la CORPORACIÓN a la fecha de solicitud.
de aportes sociales a la CORPORACION CANAL
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM.
Se eliminan los literales a) y b) y se reemplaza tu
b. Cuando efectuando el cruce de cuentas la entidad afiliada no texto.
se encuentre a paz y salvo con la CORPORACIÓN CANAL
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM.
PARÁGRAFO. Todos los compromisos que el miembro que se PARÁGRAFO. Todos los compromisos que el miembro que se
retira haya adquirido con la CORPORACIÓN CANAL retira haya adquirido hasta la fecha de su retiro con la
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM deberán ser cumplidos hasta CORPORACIÓN deberán ser cumplidos hasta su culminación.
su culminación. En ningún caso el retiro de los miembros con En ningún caso el retiro de los miembros conllevará la
llevará la devolución de sus aportes o la condonación de sus devolución de sus aportes, cuotas de sostenimiento o la
deudas con la Corporación. condonación de sus deudas con LA CORPORACIÓN.
PARAGRAFO TRANSITORIO: Las instituciones que a la fecha
de aprobación de estos estatutos, no hayan cancelado las
cuotas respectivas de los aportes de los últimos dos (2) o más
años, ni hayan dado muestra de la intención de pago mediante
un acuerdo o similar, la Junta Directiva procederá a estudiar
cada uno de estos casos para determinar la pérdida de calidad
17
18. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
de afiliado por el incumplimiento de las obligaciones estatutarias
sin que LA CORPORACIÓN renuncie a las acciones legales que
tenga para tal fin.
ARTÍCULO 14. REINGRESO. Después de seis (6) meses de retiro ARTÍCULO 14. REINGRESO. Las instituciones que se hayan Esta modificación la propone el abogado pues no
de un miembro afiliado, la entidad afiliada que lo haya hecho desafiliado en forma voluntaria disponen de dos (2) años tendría sentido que a un miembro que hace un
voluntariamente, podrá solicitar nuevamente su reingreso contados a partir de la fecha de aceptación por parte de la Junta retiro voluntario, se le exigiera el cumplimiento de
cumpliendo los requisitos exigidos para la admisión de nuevas los requisitos para un nueva afiliados (dentro de los
Directiva, para reingresar a LA CORPORACIÓN y podrán
entidades. cuales está el haber pagado los 200 SMMVL).
solicitar nuevamente a la Junta Directiva de LA CORPORACIÓN
su reingreso con las condiciones y requisitos exigidos por la
reglamentación que este órgano de la entidad expida para tal
efecto. Pasados dos (2) años del retiro, las instituciones que se
hayan retirado de forma voluntaria podrán solicitar su reingreso
a LA CORPORACIÓN cumpliendo los requisitos de admisión de
nuevas entidades.
Cuando las instituciones a las cuales la Junta Directiva, les haya Si el retiro fue decretado por la Junta, el reingreso
decretado la pérdida de la calidad de miembro afiliado deseen implica que la Institución cumpla todos los
solicitar el reingreso a LA CORPORACIÓN, la Junta Directiva requisitos para ingresar de nuevo (una de ellas es
será quien tome la determinación sobre dicha situación y el pago de los 200 SMMLV, así ya los haya pagado.
estudiará la solicitud cumpliendo los requisitos exigidos para la
admisión de nuevas entidades.
CAPÌTULO V
DIRECCIÓN, ADMNISTRACIÓN Y CONTROL CAPÌTULO V
DIRECCIÓN, ADMNISTRACIÓN Y CONTROL
ARTÍCULO 15. DIRECCION. La CORPORACIÓN CANAL
18
19. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM será administrada y dirigida ARTÍCULO 15. DIRECCION. La CORPORACIÓN será Se cambia el texto Gerente General por Gerente
por la Asamblea General, la Junta Directiva, el Comité de administrada y dirigida por la Asamblea General, la Junta
Programación y el Gerente General. Directiva, el Comité de Programación y el Gerente.
ARTÍCULO 16. ASAMBLEA GENERAL. Es el máximo organismo
de la CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL
ZOOM. Está integrado por todos los Miembros Asociados y
Afiliados de ésta. Se compone de los miembros inscritos en el libro
de Registro de Asociados que tengan derecho a participar en ella, IGUAL
que se encuentren al día con sus obligaciones con la
CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM,
reunidos por convocatoria debidamente formulada conforme a los
estatutos, con el quórum y las condiciones que establecen los
estatutos.
ARTÍCULO 17. REUNIONES. La Asamblea General tendrá dos ARTÍCULO 17. REUNIONES. La Asamblea General tendrá dos
clases de reuniones: ordinarias y extraordinarias. clases de reuniones: ordinarias y extraordinarias.
• Reuniones ordinarias. Se realizarán una (1) vez al año, • Reuniones ordinarias. Se realizarán una (1) vez al año,
dentro de los tres (3) primeros meses. La convocatoria la dentro de los tres (3) primeros meses. La convocatoria la
realizará la Junta Directiva, mediante comunicación escrita realizará la Junta Directiva, mediante comunicación escrita
que se enviara a la dirección registrada de cada uno de los que se enviará a la dirección registrada de cada uno de los
miembros con una antelación no inferior a quince (15) días miembros con una antelación no inferior a treinta (30) días
hábiles, y donde constará el día, la hora, la ciudad, el lugar y calendario, y donde constará el día, la hora, la ciudad, el
el proyecto de orden del día de la reunión. lugar y el proyecto de orden del día de la reunión.
• Reuniones extraordinarias. Se realizarán cuando la • Reuniones extraordinarias. Se realizarán cuando la
convoquen la Junta Directiva, la Representación estatal en la convoquen la Junta Directiva, la representación estatal en
CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL la CORPORACIÓN, el Gerente, el Revisor Fiscal o, por lo
ZOOM, el Gerente General, el Revisor Fiscal o, por lo menos, menos, la tercera parte de las instituciones afiliadas a la
19
20. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
la tercera parte de las instituciones afiliadas a la CORPORACIÓN que se encuentren habilitadas para votar.
CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL La convocatoria a las reuniones extraordinarias se hará
ZOOM. La convocatoria a las reuniones extraordinarias se mediante comunicación escrita, que se enviara a la
hará mediante comunicación escrita, que se enviara a la dirección registrada de cada uno de los miembros con una
dirección registrada de cada uno de los miembros con una antelación no inferior a quince (15) días calendario.
antelación no inferior a cinco (5) días hábiles.
A las reuniones de la Asamblea concurrirán el Gerente de LA
A las reuniones de la Asamblea concurrirá el Gerente de la CORPORACIÓN con voz pero sin voto; y el Revisor Fiscal.
Corporación con voz pero sin voto; también podrá asistir el Revisor Asimismo, podrán asistir las demás personas que sean invitadas
Fiscal y las demás personas que sean invitadas por la Junta por la Junta Directiva.
Directiva.
Asambleas extraordinarias no presenciales. Las reuniones
extraordinarias de la Asamblea General podrán realizarse de
forma no presencial siempre y cuando pueda haber deliberación
y decisión por comunicación simultánea o sucesiva. Para ello, la
sucesión de comunicaciones deberá ocurrir de manera
inmediata de acuerdo con el medio empleado y en todo caso
deberán quedar pruebas tales como fax, donde aparezca la
hora, girador mensaje o grabación magnetofónica donde
queden los mismos registros.
En lo no previsto en este artículo, este tipo de reuniones se
regirá por lo dispuesto en el artículo 19 y demás concordantes
de la Ley 222 de 1995 o las normas que a futuro las
reformen o las sustituyan.
PARÁGRAFO PRIMERO. Por la ubicación dispersa de todos los
PARÁGRAFO PRIMERO. Por la ubicación dispersa de todos los miembros afiliados en el territorio nacional, las reuniones
Miembros Afiliados en el territorio nacional, las reuniones ordinarias se llevarán a cabo en cualquier ciudad capital de
ordinarias se llevarán a cabo en cualquier ciudad capital de departamento del territorio nacional donde tenga sede principal
departamento del territorio nacional donde tenga sede principal alguno de sus miembros afiliados.
20
21. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
alguno de sus miembros afiliados.
PARÁGRAFO SEGUNDO. La Asamblea General se reunirá por
PARÁGRAFO SEGUNDO. La Asamblea se reunirá por derecho derecho propio, si no fuese convocada, dentro de los tres (3) Se modificó para armonizarlo con la Ley Mercantil
propio, si no fuese convocada, dentro de los tres primeros meses primeros meses del año, el último viernes del mes de abril, a las
del año, el último viernes del mes de abril, en el domicilio social 10:00 a.m. en la sede administrativa de la CORPORACION.
principal de la CORPORACION CANAL UNIVERSITARIO
NACIONAL ZOOM.
PARÁGRAFO TERCERO. Reuniones no presenciales. Por la
ubicación dispersa en todo el territorio nacional de los Miembros
Asociados a la Corporación, cuando la necesidad lo amerite, se Se propone eliminarlo ya está incorporado en las
podrá convocar a Asamblea General Extraordinaria por medios Se elimina ya se incluyó arriba reuniones no presenciales arriba descritas acorde
electrónicos y desarrollarse por esta misma vía; para esto, deberá con la normatividad
quedar prueba de la adopción de las decisiones a través de
mensajes vía telefax, internet o cualquier otro método válido en
donde aparezca la hora, el texto del mensaje, las grabaciones
magnetofónicas u otros mecanismos similares, siendo de esta
manera válido lo allí expuesto y decidido. Esta facultad no será
aplicable para las Asambleas Ordinarias, las cuales
necesariamente deberán realizarse de forma presencial
ARTÍCULO 18. QUORUM. Constituirá quórum deliberatorio en las ARTÍCULO 18. QUORUM. Constituirá quórum deliberatorio en Se retiran del quórum las Instituciones Asociadas
reuniones de la Asamblea General la presencia de un número las reuniones de la Asamblea General la presencia de, al (representación del Estado en LA CORPORACIÓN:
plural de miembros afiliados hábiles para participar, no inferior a la menos, la mitad más uno de los miembros afiliados hábiles de SENA, COLCIENCIAS, CNTV y MINISTERIOS).
mitad más uno de todas las instituciones convocadas que hacen las instituciones afiliadas que hacen parte de la Asamblea Solo deben votar las instituciones hábiles.
parte de la Asamblea General de la Corporación. General de LA CORPORACIÓN.
Serán miembros afiliados hábiles las instituciones o entidades que Serán miembros afiliados hábiles las instituciones que se
se encuentren al corriente con sus obligaciones con la Corporación encuentren a paz y salvo con sus obligaciones a la fecha de la
a la fecha de la Convocatoria, según listado previo que prepare el Asamblea, según listado previo que preparen los
Gerente de la Corporación con destino a la Junta Directiva. administradores de la Corporación previo a la iniciación de la
Se manifestó por parte de algunos miembros de la
21
22. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
En las Asambleas será necesaria también la presencia de los Asamblea. Junta Directiva su desacuerdo en que los Miembros
representantes de al menos dos de los Miembros Asociados. Asociados no sean considerados en el quórum y
Se propuso eliminarlo que no tengan voto, pues se rompe el esquema de
cooperación necesario entre el estado y la
academia. En lugar de atraer estas instituciones
para el Canal las estaríamos alejando.
Con todo, si pasada una (1) hora después de iniciada la reunión no
se hubiere reunido el número de miembros indicado anteriormente, Con todo, si pasada una (1) hora después de iniciada la reunión Se recomienda ser más amplio en el número de
constituirá quórum suficiente la presencia del veinte por ciento no se hubiere reunido el número de miembros indicado asistentes que hacen quórum para darle más
(20%) de las instituciones que hacen parte de la Asamblea anteriormente, constituirá quórum suficiente la presencia del soporte a las decisiones.
General. treinta por ciento (30%) de los miembros hábiles definidos en
este artículo.
Las instituciones de educación superior deberán estar
representadas por sus respectivos rectores, en caso de que no Las instituciones de educación superior deberán estar
puedan asistir podrán hacerse representar por otras personas, representadas por sus respectivos representantes legales o
mediante poder otorgado en forma individual, dirigido a la Junta por los rectores. En caso de que no puedan asistir se podrá
Directiva de la Corporación. otorgar un poder a otra persona, el cual deberá constar por
escrito.
PARÁGRAFO: En ningún caso una sola persona podrá
representar a más del diez por ciento (10%) de los miembros
afiliados hábiles.
ARTÍCULO 19. DECISIONES. Las decisiones de la Asamblea ARTÍCULO 19. DECISIONES. Las decisiones de la Asamblea Se aclara que votan los miembros afiliados hábiles
General requerirán al menos el voto favorable de la mitad más uno General requerirán al menos el voto favorable de la mitad más y se cambia liquidación por disolución pues curre
de los asistentes a la respectiva sesión, con excepción de la uno de los miembros hábiles asistentes a la respectiva sesión, primero esta última. .
Reforma de estatutos y la liquidación de la Corporación, para lo con excepción de la reforma de estatutos y la disolución de LA
cual se requerirá la presencia de al menos dos tercios de los CORPORACIÓN, para lo cual se requerirá el voto favorable de,
asistentes de la Asamblea General, incluida la representación del al menos, la mitad más uno de todos los miembros afiliados
Estado en la CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO hábiles.
NACIONAL ZOOM.
ARTÍCULO 20. PRESIDENCIA Y SECRETARIA DE LA ARTÍCULO 20. PRESIDENCIA Y SECRETARIA DE LA
22
23. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
ASAMBLEA. La Asamblea General será instalada en su orden por ASAMBLEA. La Asamblea General será instalada en su orden
el Presidente de la Junta Directiva de la CORPORACIÓN CANAL por el Presidente de la Junta Directiva de LA CORPORACIÓN o
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM o por cualquiera de los por cualquiera de los miembros de la Junta Directiva
Miembros de la Junta Directiva.
Luego de instalada la Asamblea General, se someterá a
Luego de instalada la Asamblea General, se someterá a consideración de los asambleístas la postulación y Se recomienda que la Presidencia siempre sea
consideración de los Asambleístas la postulación y nombramiento nombramiento de las personas para los cargos de Presidente y ejercida por un miembro afiliado hábil.
de las personas para el cargo de Presidente y Secretario de la Secretario de la asamblea respectiva, dentro de los miembros
reunión, para levantar el acta y formalizarla con la firma de quienes afiliados hábiles presentes a la Asamblea respectiva, quienes
hayan obrado en calidad de Presidente y Secretario de la reunión. deberán levantar el acta y formalizarla con su firma.
ARTÍCULO 21. FUNCIONES. Serán funciones de la Asamblea ARTÍCULO 21. FUNCIONES. Serán funciones de la Asamblea
General: General:
a. Adoptar las políticas y decisiones necesarias para la a. Adoptar las políticas y decisiones necesarias para la Se redefinen las propias de una Asamblea desde el
orientación y marcha de la Corporación y el cumplimiento de orientación y marcha de LA CORPORACIÓN y el punto de vista jurídico y la técnica jurídica.
su objeto social. cumplimiento de su objeto social.
b. Elegir la Junta Directiva y su Secretario. b. Hacer las elecciones que corresponda, según los estatutos
o las leyes, fijar las asignaciones de las personas así
elegidas y removerlas libremente.
c. Nombrar y remover libremente al revisor fiscal y su suplente c. Nombrar y remover libremente al revisor fiscal y a su
para período de un (1) año, reelegible, y fijarle su asignación. suplente, y fijar su asignación
d. Considerar, aprobar o improbar los estados financieros de d. Examinar, aprobar o improbar los balances de fin de
cierre de ejercicio o los que sean puestos a su consideración, ejercicio y las cuentas que deban rendir los
los informes y solicitar otros informes o documentos que administradores.
estime convenientes.
e. Velar por el cumplimiento de los estatutos e. Adoptar, en general, todas las medidas que reclamen el
23
24. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
cumplimiento de los estatutos y el interés común de los
asociados.
f. Aprobar las reformas estatutarias.
f. Estudiar y aprobar las reformas de los estatutos.
g. Aprobar las cuotas extraordinarias de capital u otros tipos de Armonizar la terminología de cuotas en todo el texto
aportes que deban realizar los Miembros Afiliados. g. Aprobar las cuotas extraordinarias u otros tipos de aportes de los estatutos
que deban realizar los miembros afiliados.
h. Considerar los informes de los administradores o del
representante legal sobre el estado de los negocios
h. Crear reservas para proteger los aportes sociales de las sociales, y el informe del revisor fiscal, en su caso. Armonizar la terminología de cuotas en todo el texto
entidades afiliadas y los de los estados de eventuales de los estatutos
i. Crear reservas para proteger los aportes de las entidades
pérdidas.
afiliadas y de los estados de eventuales pérdidas.
i. Crear fondos permanentes de destinación específica.
j. Crear fondos permanentes de destinación específica.
j. Expedir su propio reglamento.
k. Expedir su propio reglamento.
k. Decidir la disolución de la Corporación, designar el liquidador,
aprobar la liquidación y cuentas correspondientes. l. Decidir la disolución de LA CORPORACIÓN, designar el
l. Las demás que le señale las disposiciones legales y los liquidador, aprobar la liquidación y cuentas
estatutos. correspondientes.
m. Las demás que le señalen las disposiciones legales y los
estatutos.
ARTÍCULO 22. ACTAS DE LA ASAMBLEA GENERAL. De las
reuniones de la Asamblea se levantará un acta que será aprobada
por este organismo o por las personas que se delegue para el
efecto. Se formalizará el acta con la firma de las personas que
hayan obrado en calidad de Presidente y Secretario de la sesión.
IGUAL
PARÁGRAFO. Las actas se enumerarán sucesivamente con la
fecha respectiva en el libro correspondiente.
.
ARTÍCULO 23. JUNTA DIRECTIVA. Estará conformada por siete ARTÍCULO 23. JUNTA DIRECTIVA. Estará conformada por
24
25. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
(7) Miembros, así: siete (7) Miembros, así: Si se logra mayor participación de universidades en
la Junta Directiva, los procesos serán más
1. Cinco (5) representantes de los Miembros Afiliados así: uno, 1. Cinco (5) Instituciones de Educación Superior democráticos y las universidades se sentirán más
un Rector designado por la Asociación Colombiana de representantes de los miembros afiliados, con sus representadas en la Junta y por tanto con mayor
Universidades - ASCUN-; uno , un Rector designado por el respectivos suplentes. participación en las decisiones del canal.
Sistema Universitario Estatal -SUE-; y tres (3), elegidos por
la Asamblea General, uno de los cuales será elegido entre las
universidades que tengan o sean socias o miembros de
canales universitarios locales.
2. Un miembro elegido por las instituciones que de
2. Un miembro elegido por las instituciones que de conformidad conformidad con el artículo 6º del Acuerdo 05 de 2006,
con el artículo 6º del Acuerdo 05 de 2006, que creó el Canal que creó el Canal Universitario Nacional, hacen parte de la
Universitario Nacional, hacen parte de la representación del representación del Estado en el mismo, que será elegido
Estado en el mismo. en forma rotativa.
3. En representación de la Comisión Nacional de Televisión, 3. En representación de la Comisión Nacional de Televisión,
asistirá el Comisionado de que trata el literal d) del artículo 1º
o la institución que haga sus veces asistirá el Comisionado
de la Ley 335 de 1996, o quién este delegue.
de que trata el literal d) del artículo 1º de la Ley 335 de
1996, o quién este delegue.
PARÁGRAFO PRIMERO. Los miembros de la Junta Directiva
PARÁGRAFO PRIMERO. Los miembros de la Junta Directiva
serán elegidos de entre los delegados acreditados formalmente
de que trata el numeral 1 serán elegidos de entre los delegados
por las instituciones ante la Corporación. Ninguna de las
acreditados formalmente por las instituciones ante LA
instituciones afiliadas o asociadas a la CORPORACIÓN CANAL
CORPORACIÓN. Ninguna de las instituciones afiliadas o
UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM podrá tener simultáneamente
asociadas a la CORPORACIÓN podrá tener simultáneamente
más de un miembro en la Junta Directiva de la Corporación.
más de un miembro en la Junta Directiva de LA
CORPORACIÓN.
25
26. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
PARÁGRAFO SEGUNDO. Los miembros de la Junta Directiva
tendrán un período de dos (2) años y su elección será
reglamentada por la Junta Directiva. PARÁGRAFO SEGUNDO. Los miembros de la Junta Directiva
tendrán un período de un (1) año, con posibilidad de reelección
por máximo un (1) año adicional.
PARÁGRAFO TERCERO. Las Instituciones de Educación
Superior estarán representadas en la Junta Directiva, por sus
representantes legales, o por quien ellos deleguen.
Las entidades que hacen parte de la representación del Estado,
estarán representadas por sus directores o quien haga sus
veces, o por quien ellos deleguen.
ARTÍCULO 24. PRESIDENCIA. Las reuniones de la Junta ARTÍCULO 24. PRESIDENCIA. Las reuniones de la Junta
Directiva serán presididas anualmente y en forma rotativa por un Directiva serán presididas anualmente y en forma rotativa por un
miembro elegido por los integrantes de la Junta Directiva, con miembro elegido por los integrantes de la Junta Directiva. En Se elimina el renglón subrayado por contradecirse
posibilidad de ser reelegido por un periodo adicional. En ausencia ausencia del presidente titular, la reunión podrá ser presidida por el artículo, de la manera como está hoy vigente.
del presidente titular, la reunión podrá ser presidida por cualquiera cualquiera de los miembros elegido entre los miembros
de los miembros elegido entre sus integrantes. presentes.
ARTÍCULO 25. SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA. ARTÍCULO 25. SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA.
Ejercerá como secretario de la Junta Directiva el Gerente de la Ejercerá como secretario de la Junta Directiva el Gerente de LA
Corporación y tendrá como funciones suscribir las actas CORPORACIÓN –con voz pero sin voto-, y tendrá como
conjuntamente con el Presidente de la Junta Directiva, custodiar funciones suscribir las actas conjuntamente con el Presidente de
los libros de actas y registro de miembros y despachar la la Junta Directiva, custodiar los libros de actas y registro de
correspondencia emanada de la Junta Directiva. miembros y despachar la correspondencia emanada de la Junta
Directiva.
26
27. CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM
PROPUESTA DE REFORMA A LOS ESTATUTOS
JULIO DE 2011
ESTATUTOS VIGENTES ARTICULADO PROPUESTO UNIFICADO COMENTARIOS/JUSTIFICACIÒN
ARTÍCULO 26. REUNIONES. La Junta Directiva se reunirá ARTÍCULO 26. REUNIONES. La Junta Directiva se reunirá
ordinariamente al menos cuatro (4) veces al año, en las fechas ordinariamente al menos seis (6) veces al año, en las fechas que
que señale y siempre que sea convocada por la misma, por el señale, siempre que sea convocada por el Gerente de LA
Gerente de la Corporación, por el Revisor Fiscal o por cinco (5) CORPORACIÓN, el Revisor Fiscal o por cinco (5) miembros que
miembros que estén actuando como principales. Sesionará estén actuando como principales. Sesionará extraordinariamente
extraordinariamente cuando sea convocada por estas mismas cuando sea convocada por estas mismas personas.
personas.
La convocatoria para las sesiones ordinarias debe hacerse por
La convocatoria para las sesiones ordinarias debe hacerse por escrito y con una antelación no menor a quince (15) días
escrito y con una antelación no menor a quince (15) días calendario. Para las sesiones extraordinarias la convocatoria
calendario. Para las sesiones extraordinarias la convocatoria debe debe hacerse por escrito con una antelación no menor a cinco
hacerse por escrito con una antelación no menor a cinco (5) días (5) días calendario.
calendario.
Juntas Directivas no presenciales. Las reuniones de la Junta
PARÁGRAFO. A efectos de darle celeridad y economía a la Directiva podrán realizarse de forma no presencial siempre y
gestión y toma de decisiones, la Junta Directiva de la cuando pueda haber deliberación y decisión por comunicación
CORPORACIÓN CANAL UNIVERSITARIO NACIONAL ZOOM simultánea o sucesiva. Para ello, la sucesión de
podrá adoptar decisiones ad referéndum, sesionar por medios comunicaciones deberá ocurrir de manera inmediata de acuerdo
electrónicos, de red, adoptar decisiones vía fax u otro medio con el medio empleado y en todo caso deberán quedar pruebas
electrónico, mediante formatos elaborados para el efecto. tales como fax, donde aparezca la hora, girador, mensaje, o
grabación magnetofónica donde queden los mismos registros.
En lo no previsto en este artículo, este tipo de reuniones se
regirá por lo dispuesto en el artículo 19 y demás concordantes
de la Ley 222 de 1995 o las normas que a futuro, las
reformen o las sustituyan.
27