1. Códigos Tipo
Su aplicación en el sector de los
Campamentos Turísticos
El artículo 32 de la Ley Orgánica 15/1999, de con la protección de datos personales al
protección de datos de carácter personal (LOPD), constituir un acuerdo sectorial encaminado a
atribuye al código tipo un carácter de código facilitar el cumplimiento de esas obligaciones
deontológico o de buena práctica profesional. No a las empresas que al mismo se acojan y
obstante este carácter poco conocido supone un someterse al control de la Agencia Española de
instrumento de garantía eficaz para cumplir las Protección de Datos. Descubramos en qué
obligaciones establecidas en la LOPD en relación consisten y cómo se elaboran los códigos tipo.
2. Códigos Tipo.
Su aplicación en el sector de Campamentos Turísticos
¿QUÉ SON LOS CÓDIGOS TIPO?
De forma genérica, los códigos tipo se
definen como conjunto de normas de buena
conducta, adoptados por entidades,
generalmente pertenecientes al mismo
sector, como modelos a seguir para el
desarrollo de sus actividades profesionales;
asimilables a los códigos deontológicos o de > Por otro, ante la propia
buena práctica profesional. Las actividades Administración - esto es, ante la
reguladas a través de un código tipo pueden Agencia Española de Protección de
ser de muy diversa naturaleza, dado que el Datos - pues dado que los códigos han
objetivo perseguido en su elaboración se de inscribirse en el Registro General
centra en predefinir pautas o estándares de de Protección de Datos, previo
actuación generales a tener en cuenta por los examen de los mismos, estaremos
sujetos englobados en un determinado sector ante un conjunto de normas que
tendrán el visto bueno de la AEPD.
Una de las dudas que más frecuentemente se
plantea se encuentra íntimamente
relacionada con la naturaleza de estos
APLICACIÓN DE LOS CÓDIGOS TIPO EN
LOS CAMPAMENTOS TURÍSTICOS
códigos y, en concreto, se refiere a su grado
de vinculación y obligatoriedad. En relación La autorregulación puede suponer una gran
con esta cuestión, la propia LOPD en su ayuda para el sector de los Campamentos
Artículo 32.1 y 3, establece, únicamente, la Turísticos, ya sea desde su condición de
posibilidad de formular códigos tipo y responsables de los ficheros o tratamientos de
reconoce su carácter de códigos deontológicos datos de carácter personal o de usuarios de
o de buena práctica profesional los mismos, adaptando la aplicación de las
previsiones de protección de datos a las
VENTAJAS DE LA APLICACIÓN DE peculiaridades propias de su actividad a
CÓDIGOS TIPO través de los denominados códigos tipo. La
> Por un lado, cara al ciudadano, o al elaboración de estos códigos, así como la
consumidor o potencial cliente, se le adhesión a los mismos por parte de los
estará dando la imagen de que el responsables de tratamientos, debe ir en
suscriptor del código tipo pone un aumento, en todos los sectores, pero resulta
interés o esmero especiales a la hora especialmente importante en aquéllos, como
de respetar los derechos de los el de los campamentos turísticos, donde se
mismos contemplados en la ley; están planteando mayores dificultades a la
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3. Códigos Tipo.
Su aplicación en el sector de Campamentos Turísticos
hora de aplicar la normativa de protección de que su compra conlleva automáticamente el
datos. cumplimiento de todas las obligaciones
legales de la Ley Orgánica de Protección de
Pese a ello, las dudas planteadas por las
Datos , sin mas controles posteriores como los
empresas que explotan campamentos
citados, razón por la que es necesario matizar
turísticos demuestran que nos movemos en un
que los códigos tipo no tienen carácter
campo en el que existe un desconocimiento
normativo, sino, como ya hemos dicho, de
generalizado en relación con estos códigos y,
códigos deontológicos o de buena práctica
en concreto, respecto a su existencia, qué son
profesional, recordándoles que la adhesión a
realmente y su grado de exigibilidad.
los mismo no significa que se esté cumpliendo
La implementación y la adscripción a los con las obligaciones establecidas por la
códigos tipo por parte de las empresas que normativa aplicable en materia de protección
gestionan los Campamentos Turísticos, es de datos.
totalmente voluntaria. No obstante, si una
organización se adhiere a un código tipo UNA GUÍA PARA LA IMPLANTACIÓN DE
LA LOPD
concreto, a partir de ese momento, queda
obligada al cumplimiento de las disposiciones
En definitiva, el Código Tipo puede y debe
incluidas en él y su incumplimiento podría ser
servir como guía básica para la implantación
sancionado por el Órgano creado a estos
en el sector de los campamentos turísticos,
efectos.
de la LOPD con lo que corresponde aplaudir
Consecuencia de ello, el responsable su impulso y creación esperando que se
suscriptor o adherido estará sometido a un proyecte en la realidad de un sector de gran
control periódico por parte del citado competencia, donde el tratamiento de datos
Órgano, que deberá verificar que cada una de personales resulta básico, a veces conflictivo,
las obligaciones aceptadas voluntariamente y donde la progresiva implantación de las
continúan siendo objeto de cumplimiento. tecnologías de la información ha hecho
aumentar los riesgos de dicho tratamiento.
Sin embargo, la utilización de éstos códigos
tipo por empresas de software informático
están llevando a los Gerentes de los
Campamentos Turísticos al convencimiento de
ascêndia reingeniería + consultoría
colabora con las siguientes Organizaciones
Instituto Nacional de Asociación Española Socios de Socio fundador del
Tecnologías de la para el Fomento de Asociación comité de Andalucía de
Información la Seguridad de la Andaluza de ITSMF (Information
Información Comercio Technology Service
Electrónico Management Forum)
www.inteco.es www.ismsforum.es www.andce.es www.itsmf.es
www.ascendiarc.com - info@ascendiarc.com
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