2. Se basa en:
Involucra a todos los subsistemas que
imparten educación media superior
Construcción de un marco curricular
común, con enfoque por competencias y para
facilitar el tránsito entre subsistemas
Profesionalización de los servicios educativos
Certificación de instituciones y profesores
Formación y actualización de docentes
3. Es una pieza fundamental de la RIEMS, porque
permitirá ir acreditando la medida en la cual los
planteles y los subsistemas realizan los cambios
previstos en la reforma.
Los planteles que ingresan al SNB son los que
han acreditado un elevado nivel de calidad.
Para ello se someten a una evaluación exhaustiva
por parte del Consejo para la Evaluación de la
Educación del Tipo Medio Superior
(COPEEMS), que es el organismo con
independencia técnica creado para ese efecto.
http://www.copeems.mx/
4.
5. 1. La adopción del marco curricular común
y, consecuentemente, la instauración de
mecanismos para fortalecer el desempeño
académico de los alumnos y el logro de las
competencias que determinan los acuerdos 442 y
444;
2. La existencia de una planta docente suficiente y
con las competencias que se determinan en el
Acuerdo 447;
3. Las instalaciones que satisfagan las condiciones
de higiene y seguridad adecuadas para los
servicios pedagógicos que se ofrezcan;
4. Los requisitos aplicables en función de la
modalidad educativa en que se imparta el
servicio;
6. 5. La generación de espacios de orientación y
tutoría para la atención de las necesidades de
los alumnos;
6. La participación en los procesos de
evaluación que determine la SEP (federal);
7. La operación de la gestión escolar con base
en el establecimiento de
metas, objetivos, priorización, transparencia
y planes de mejora permanente del SNB;
8. La adopción del sistema de control escolar o
de servicios escolares del SNB
7. 9. La facilitación del tránsito de alumnos de tal manera que
sólo esté condicionado a la disponibilidad de espacios en
los planteles;
10. La expedición de una certificación complementaria a la
conclusión de los estudios.
El plantel deberá contar con biblioteca, laboratorios, talleres
y en general con las instalaciones y el equipamiento
necesarios para el desarrollo de la enseñanza y el
aprendizaje. Para tal efecto se tomarán como referencia
los indicadores establecidos en el Sistema de Gestión
Escolar de la Educación Media Superior (SIGEEMS);
Es necesario que el plantel atienda las necesidades de
orientación y tutoría que atiendan las necesidades de los
estudiantes.
8. Esos cambios atienden a los siguientes aspectos:
Planes y programas ajustados a la educación por
competencias y al desarrollo de los campos del
conocimiento que se han determinado
necesarios, conforme a la RIEMS.
Docentes que deben reunir las competencias
previstas por la RIEMS.
Organización de la vida escolar apropiada para el
proceso de aprendizaje, la seguridad y en
general el desarrollo de los alumnos.
Instalaciones materiales suficientes para llevar a
cabo el proceso de aprendizaje y el desarrollo de
competencias.
9. Todos los planteles del nivel medio superior
irán cumpliendo por etapas los niveles
exigidos en cada uno de los aspectos
mencionados.
A cada etapa de cumplimiento corresponde
un nivel dentro del SNB, el cual asigna cuatro
niveles, del IV al I, siendo el de mayor
categoría el nivel I, en el cual el plantel
puede acreditar que ha cumplido cabalmente
con la RIEMS y que se encuentra en un
proceso de mejora institucional continua.
10. Manual para evaluar planteles que solicitan el
ingreso y la promoción al Sistema Nacional de
Bachillerato. (versión 3.0. Junio 2013)
http://www.copeems.mx/docs/Manual-3-0-
301013.pdf