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Guía práctica para
implantarse en España
desde China

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Índice
Principales Estructuras Societarias.
Ejemplo de un Proceso Tipo.

Regulación respecto a las Sucursales.
Principales Impuestos: Directos e Indirectos.
Doble Imposición. Diferencias entre China Continental y Hong Kong.
Entorno Laboral.
Ayudas para atraer inversiones.

Residencia en España: costes y requisitos.
Otros aspectos a considerar.
Obtención del NIE.
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Principales Estructuras Societarias
Sociedad Anónima (S.A.): capital mínimo de 60.000€,
responsabilidad limitada al capital aportado. Es la forma más
frecuente para compañías grandes y/o cotizadas. Los accionistas
pueden ser personas físicas o jurídicas, nacionales o internacionales.
Sociedad Limitada (S.L.): capital mínimo de 3.000€, responsabilidad
limitada. Forma escogida más habitualmente, por tener costes más
reducidos y mayor flexibilidad. No puede cotizar en Bolsa. Puede ser
creada por personas físicas o jurídicas, nacionales ó internacionales.

Hay otras Opciones (Cooperativa, JV, …) pero no ofrecen ventajas para
la inversión extranjera respecto a las SA y las SL, por lo que se
recomienda apostar por éstas.
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Ejemplo de un Proceso Tipo (I)
a) Solicitud del nombre de la compañía en el Registro Mercantil Central.
b) En su caso, preparación de los documentos relativos a la sociedad inversora,
debidamente legalizados, apostillados y traducidos.
c) Preparar el Borrador de los Estatutos que regirán la compañía.
d) En su caso, designar un representante de los inversores, el cual deberá ser
mandatado mediante un Poder con la Apostilla de la Haya.
e) Obtención del Número de Identificación Fiscal español (NIF) para los
inversores personas físicas, o para el Apoderado si éste es una persona no
residente.
f) Certificado Bancario conforme los Fondos se encuentran disponibles en
cuenta.
g) Documento de Constitución de la sociedad, que deberá ser firmado ante
Notario español, por todos los socios, locales y extranjeros (o su Apoderado).
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Ejemplo de un Proceso Tipo (II)
h) Declaración ante la Dirección General de Transacciones con el exterior en
España.
i) En su caso, si el inversor es una sociedad no residente, obtención del Número
de Identificación Fiscal para la sociedad inversora.
j) Obtención del número de identificación fiscal (NIF) para la sociedad española
(ya constituida) que le permite operar financieramente. Alta de obligaciones
fiscales por Impuestos Directos e Indirectos.
k) Autoliquidaciones y presentación ante la Administración Autonómica
competente.
l) Inscripción en el Registro Mercantil.
m) Obtención de Número de Identificación Fiscal definitivo para la sociedad
española.
n) Legalización de los propietarios y los Estatutos de la sociedad. Obtención del
Libro de Actas y el de Registro de Socios, ambos legalizados por el Registro
Mercantil.
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Regulación respecto a las Sucursales
a) No tienen personalidad jurídica propia, no son independientes de la matriz.
b) Por tanto, la matriz responde de forma ilimitada de sus deudas y
contingencias.
c) Sus ventajas son:
Beneficios fiscales: deducción de los resultados negativos de la sucursal
por la matriz
No requiere de capital mínimo
d) Deben designar un representante legal en España.
e) Los pasos a seguir para su constitución son muy parecidos a los ya explicados.
f) A nivel fiscal: idénticas obligaciones que una filial respecto a los impuestos a
pagar.
g) De forma anual, debe procederse a depositar en el Registro Español una
copia de las Cuentas Anuales de la sociedad matriz, debidamente traducidas
y apostilladas.
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Impuestos (I)
España dispone de un régimen impositivo favorable a las inversiones extranjeras,
dado el gran número de Convenios de Doble Imposición firmados. Principales
Herramientas:
a) Exención en dividendos y ganancias de capital para extranjeros (régimen de
ETVE).
b) Régimen especial para compañías holding (régimen ETVE).
c) Tratados de doble imposición con numerosos países, y muy especialmente
con la práctica totalidad de Sudamérica. Plataforma para atacar esos
mercados.
d) Tratamiento muy ventajoso para el R&D.
e) En algunos casos, buen trato fiscal para los individuos (régimen de
desplazados a España/Ley Beckam).
f) La pertenencia a la UE unifica las reglas para los 27 estados miembros y
evita la doble imposición en todos los países asociados (directiva matriz/
filial).
Impuestos (II)
Existen 3 tipos de figuras impositivas: Impuestos, Tasas y Contribuciones
Especiales.
Incidiremos en los Impuestos. Éstos se dividen en 2 grandes categorías:
a) Impuestos Directos: asociados al hecho concreto: residir, beneficios…
b) Impuestos Indirectos: asociados al consumo.
Los principales Impuestos Directos y sus tipos son:
Para la empresa:
Impuesto sobre el Beneficio (Corporate Tax). Diferentes tipos de gravamen:
a) Entidades de nueva creación: 15%-20% sujeto a determinados
requisitos.
b) PYMES: 25%-30%
c) General: 30%, exento si hay Convenio de Doble Imposición.
Impuesto sobre los Dividendos a favor de socios: conforme al CDI. Si aplica
régimen de ETVE = 0%
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Impuestos (III)
Para la persona física/IRPF sobre rendimientos del trabajo:
Impuesto sobre Renta: si es residente. Del 24% al 56%, dependiendo de sus
ingresos y lugar de residencia. Deducible lo que ha pagado en su país.
Si es residente, y resulta aplicable el régimen especial (Ley Beckam) el
24,75% los 6 primeros años hasta 600.000€/año.
Si es no residente, conforme el Convenio de Doble Imposición.
Impuestos Indirectos
El más importante es el IVA, cuyo tipo general es del 21%.
Impuesto sobre Transacciones: 7% al 10% para vivienda en función de la
CCAA, y un reducido del 4% para otros.
Impuesto al Capital: 0% para incrementos de capital, mergers,…
Impuesto a la Propiedad: entre el 0,9% y el 1,1% del valor catastral.
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Impuestos (IV)
Hay Acuerdo de Doble Imposición con China desde 1992. Tras dicho
Acuerdo, los tipos con los que gravan los impuestos más significativos
quedan de la siguiente manera:
10% para los dividendos.
10% para los intereses.
10% para cánones y royalties.
La venta de una participada tributa si el porcentaje poseído equivale
como mínimo al 25% de su capital.

El Tratado de doble imposición permite que los impuestos pagados por
los residentes en su país de origen sean deducidos de lo que deben
pagar en el país de residencia por sus ingresos.
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Impuestos (V)
Respecto a HK, el acuerdo se firma en 2011. En este caso, los tipos son:
Entre el 0% (si se posee más del 25% de la sociedad) y el 10% para
Dividendos.
5% para Intereses.
5% para Royalties.
0% para Ganancias de capital (salvo que se trate de una sociedad
inmobiliaria).

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Ayudas para atraer inversiones
GOLDEN VISA (residencia a cambio de inversión).
Existen numerosos programas para ayudar a las empresas en función de los
intereses buscados por el promotor de la ayuda: generar empleo, potenciar el
R&D, …
Las ayudas pueden venir del Gobierno Central, de los gobiernos regionales e
incluso de las mismas ciudades.

Al pertenecer a la UE, también se puede acudir a ayudas de la UE.
Los principales objetivos de dichas ayudas son:
Generar empleo.
Desarrollo del R&D y de las TIC.
Desarrollo de una región geográfica concreta o de un sector de actividad.
Coincidencia con las políticas europeas: empleo de jóvenes, medio
ambiente,…

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Aspectos laborales
La semana laboral es de 40 horas.
Las condiciones laborales suelen venir reguladas mediante convenios
sectoriales.
Las vacaciones pagadas suelen ser de 30 días por año completo trabajado.
Los trabajadores deben tener un Seguro Social, el cual suele tener un coste
medio del 28% del salario, el 23% pagado por la empresa y el 5% por el
trabajador.
Los trabajadores despedidos deben ser indemnizados, aunque los importes y
condiciones dependen de los motivos de la empresa para despedir.
Los cargos directivos o los expatriados pueden disponer de contratos
específicos para regular sus funciones y derechos/deberes, denominados
Contratos de Alta Dirección.
Una persona puede autoemplearse y desarrollar una actividad económica por
cuenta propia.
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¿Cómo obtener el NIE?
1. Autorización inicial para residencia temporal no lucrativa
Descripción: Autorización que puede solicitar un extranjero desde su país de
origen que le autoriza a residir en España sin tener que desempeñar ningún
tipo de actividad laboral durante 1 año.
Requisitos:
No ser ciudadano de la Unión Europea.
No encontrarse irregularmente en territorio español.
Carecer de antecedentes penales y no tener prohibida la entrada a
España.
Contar con recursos económicos suficientes durante su período de
residencia.
Contar con un seguro médico público o privado y no tener ninguna
enfermedad que afecte a la salud de los residentes.

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¿Cómo obtener el NIE?
Procedimiento:
Presentación de la documentación relevante del extranjero a la Oficina
Consular de España.
Pago de las tasas administrativas.
Resolución: 3 meses desde el registro de la solicitud.
Concesión del visado: una vez concedido el visado, debería trasladarse a
España en el plazo de 3 meses.
Una vez en España, deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero
en el Ministerio de Asuntos Exteriores o el Comisariado donde se ha
procesado la autorización.

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¿Cómo obtener el NIE?
2. Autorización inicial para residencia temporal y autoempleo
Descripción: Residencia temporal y trabajo para un no residente de fuera de
España que quiere desarrollar una actividad lucrativa por su cuenta.
Requisitos:
No ser ciudadano de la UE, encontrarse irregularmente en territorio español, carecer
de antecedentes penales en España o no tener prohibida la entrada en España.
No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno.
Cumplir con los requisitos legales de apertura y desempeño de la actividad
planeada.
Tener las cualificaciones y la experiencia suficiente para desarrollar la actividad (y
acreditarlo).
Tener la capacidad financiera suficiente para desarrollar la actividad (y acreditarlo).
Haber hecho las correspondientes notificaciones previas, declaraciones
responsables, autorizaciones o licencias de actividades o servicios tratados con los
cuerpos competentes.
Tener un proyecto que tenga que ver con lo indicado en la inversión planeada.
Ser capaz de demostrar el pago de las tasas administrativas.
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¿Cómo obtener el NIE?
Procedimiento:
Presentación del documento por la persona interesada en la Oficina
Diplomática o Consular de España,
Plazos: resolución en 3 meses, una vez resuelto, la persona tendrá 1 mes
para solicitar el visado en persona. Una vez concedido, se tiene que
recoger en el plazo de 1 mes. Después de recoger el visado, la persona
debe entrar en territorio español y tiene 3 meses para afiliarse al sistema
de Seguridad Social español (como autónomo) y luego tiene 1 mes para
solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero en el Comisariado
correspondiente o en la comisaría de policía.

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Costes de vivir en España
La adquisición de visado obliga a la adquisición de uno/varios inmuebles por
un valor mínimo (impuestos no incluidos) de 500.000€ y de 2.000.000€ si lo
adquirido es una (o varias) empresas o deuda pública.
Un piso para una familia en una zona céntrica de Barcelona ó Madrid puede
alquilarse por un importe cercano a los 1.200€/mensuales.
Un buen seguro médico familiar puede lograrse por 150€/mes.

Una familia de 4 personas puede tener unos gastos mensuales de
alimentación de entre 600€ y 1.000€.
El renting de un coche puede suponer entre 300€ (Skoda) y 700€ mensuales
(Audi).
Un colegio privado puede costar entre 250€ y 750€ mensuales, por persona.
Los gastos mensuales de una vivienda pueden situarse entre los 300€ y los
600€
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Obtención del NIE
El NIE debe ser solicitado ante la Policía o en las oficinas consulares ubicadas
en el respectivo país de residencia del solicitante.

Los documentos a aportar serán los siguientes:
Impreso oficial, rellenado y firmado.
Original y copia del pasaporte o documento de identidad válido.
Argumentación de las causas que justifican la solicitud.
Si quien solicita es un apoderado, demostración de dicho apoderamiento.
Todos aquellos documentos redactados en una lengua no oficial en España,
deberán ser convenientemente traducidos y apostillados, para su
comprensión y la demostración de veracidad.
Cumplimentado todo, la resolución debe producirse en un máximo de 2
meses.

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China Desk
chinadesk@agmabogados.com

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Guía práctica para implantarse en España desde China

  • 1. Guía práctica para implantarse en España desde China w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 2. Índice Principales Estructuras Societarias. Ejemplo de un Proceso Tipo. Regulación respecto a las Sucursales. Principales Impuestos: Directos e Indirectos. Doble Imposición. Diferencias entre China Continental y Hong Kong. Entorno Laboral. Ayudas para atraer inversiones. Residencia en España: costes y requisitos. Otros aspectos a considerar. Obtención del NIE. w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 3. Principales Estructuras Societarias Sociedad Anónima (S.A.): capital mínimo de 60.000€, responsabilidad limitada al capital aportado. Es la forma más frecuente para compañías grandes y/o cotizadas. Los accionistas pueden ser personas físicas o jurídicas, nacionales o internacionales. Sociedad Limitada (S.L.): capital mínimo de 3.000€, responsabilidad limitada. Forma escogida más habitualmente, por tener costes más reducidos y mayor flexibilidad. No puede cotizar en Bolsa. Puede ser creada por personas físicas o jurídicas, nacionales ó internacionales. Hay otras Opciones (Cooperativa, JV, …) pero no ofrecen ventajas para la inversión extranjera respecto a las SA y las SL, por lo que se recomienda apostar por éstas. w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 4. Ejemplo de un Proceso Tipo (I) a) Solicitud del nombre de la compañía en el Registro Mercantil Central. b) En su caso, preparación de los documentos relativos a la sociedad inversora, debidamente legalizados, apostillados y traducidos. c) Preparar el Borrador de los Estatutos que regirán la compañía. d) En su caso, designar un representante de los inversores, el cual deberá ser mandatado mediante un Poder con la Apostilla de la Haya. e) Obtención del Número de Identificación Fiscal español (NIF) para los inversores personas físicas, o para el Apoderado si éste es una persona no residente. f) Certificado Bancario conforme los Fondos se encuentran disponibles en cuenta. g) Documento de Constitución de la sociedad, que deberá ser firmado ante Notario español, por todos los socios, locales y extranjeros (o su Apoderado). w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 5. Ejemplo de un Proceso Tipo (II) h) Declaración ante la Dirección General de Transacciones con el exterior en España. i) En su caso, si el inversor es una sociedad no residente, obtención del Número de Identificación Fiscal para la sociedad inversora. j) Obtención del número de identificación fiscal (NIF) para la sociedad española (ya constituida) que le permite operar financieramente. Alta de obligaciones fiscales por Impuestos Directos e Indirectos. k) Autoliquidaciones y presentación ante la Administración Autonómica competente. l) Inscripción en el Registro Mercantil. m) Obtención de Número de Identificación Fiscal definitivo para la sociedad española. n) Legalización de los propietarios y los Estatutos de la sociedad. Obtención del Libro de Actas y el de Registro de Socios, ambos legalizados por el Registro Mercantil. w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 6. Regulación respecto a las Sucursales a) No tienen personalidad jurídica propia, no son independientes de la matriz. b) Por tanto, la matriz responde de forma ilimitada de sus deudas y contingencias. c) Sus ventajas son: Beneficios fiscales: deducción de los resultados negativos de la sucursal por la matriz No requiere de capital mínimo d) Deben designar un representante legal en España. e) Los pasos a seguir para su constitución son muy parecidos a los ya explicados. f) A nivel fiscal: idénticas obligaciones que una filial respecto a los impuestos a pagar. g) De forma anual, debe procederse a depositar en el Registro Español una copia de las Cuentas Anuales de la sociedad matriz, debidamente traducidas y apostilladas. w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 7. Impuestos (I) España dispone de un régimen impositivo favorable a las inversiones extranjeras, dado el gran número de Convenios de Doble Imposición firmados. Principales Herramientas: a) Exención en dividendos y ganancias de capital para extranjeros (régimen de ETVE). b) Régimen especial para compañías holding (régimen ETVE). c) Tratados de doble imposición con numerosos países, y muy especialmente con la práctica totalidad de Sudamérica. Plataforma para atacar esos mercados. d) Tratamiento muy ventajoso para el R&D. e) En algunos casos, buen trato fiscal para los individuos (régimen de desplazados a España/Ley Beckam). f) La pertenencia a la UE unifica las reglas para los 27 estados miembros y evita la doble imposición en todos los países asociados (directiva matriz/ filial).
  • 8. Impuestos (II) Existen 3 tipos de figuras impositivas: Impuestos, Tasas y Contribuciones Especiales. Incidiremos en los Impuestos. Éstos se dividen en 2 grandes categorías: a) Impuestos Directos: asociados al hecho concreto: residir, beneficios… b) Impuestos Indirectos: asociados al consumo. Los principales Impuestos Directos y sus tipos son: Para la empresa: Impuesto sobre el Beneficio (Corporate Tax). Diferentes tipos de gravamen: a) Entidades de nueva creación: 15%-20% sujeto a determinados requisitos. b) PYMES: 25%-30% c) General: 30%, exento si hay Convenio de Doble Imposición. Impuesto sobre los Dividendos a favor de socios: conforme al CDI. Si aplica régimen de ETVE = 0% w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 9. Impuestos (III) Para la persona física/IRPF sobre rendimientos del trabajo: Impuesto sobre Renta: si es residente. Del 24% al 56%, dependiendo de sus ingresos y lugar de residencia. Deducible lo que ha pagado en su país. Si es residente, y resulta aplicable el régimen especial (Ley Beckam) el 24,75% los 6 primeros años hasta 600.000€/año. Si es no residente, conforme el Convenio de Doble Imposición. Impuestos Indirectos El más importante es el IVA, cuyo tipo general es del 21%. Impuesto sobre Transacciones: 7% al 10% para vivienda en función de la CCAA, y un reducido del 4% para otros. Impuesto al Capital: 0% para incrementos de capital, mergers,… Impuesto a la Propiedad: entre el 0,9% y el 1,1% del valor catastral. w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 10. Impuestos (IV) Hay Acuerdo de Doble Imposición con China desde 1992. Tras dicho Acuerdo, los tipos con los que gravan los impuestos más significativos quedan de la siguiente manera: 10% para los dividendos. 10% para los intereses. 10% para cánones y royalties. La venta de una participada tributa si el porcentaje poseído equivale como mínimo al 25% de su capital. El Tratado de doble imposición permite que los impuestos pagados por los residentes en su país de origen sean deducidos de lo que deben pagar en el país de residencia por sus ingresos. w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 11. Impuestos (V) Respecto a HK, el acuerdo se firma en 2011. En este caso, los tipos son: Entre el 0% (si se posee más del 25% de la sociedad) y el 10% para Dividendos. 5% para Intereses. 5% para Royalties. 0% para Ganancias de capital (salvo que se trate de una sociedad inmobiliaria). w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 12. Ayudas para atraer inversiones GOLDEN VISA (residencia a cambio de inversión). Existen numerosos programas para ayudar a las empresas en función de los intereses buscados por el promotor de la ayuda: generar empleo, potenciar el R&D, … Las ayudas pueden venir del Gobierno Central, de los gobiernos regionales e incluso de las mismas ciudades. Al pertenecer a la UE, también se puede acudir a ayudas de la UE. Los principales objetivos de dichas ayudas son: Generar empleo. Desarrollo del R&D y de las TIC. Desarrollo de una región geográfica concreta o de un sector de actividad. Coincidencia con las políticas europeas: empleo de jóvenes, medio ambiente,… w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 13. Aspectos laborales La semana laboral es de 40 horas. Las condiciones laborales suelen venir reguladas mediante convenios sectoriales. Las vacaciones pagadas suelen ser de 30 días por año completo trabajado. Los trabajadores deben tener un Seguro Social, el cual suele tener un coste medio del 28% del salario, el 23% pagado por la empresa y el 5% por el trabajador. Los trabajadores despedidos deben ser indemnizados, aunque los importes y condiciones dependen de los motivos de la empresa para despedir. Los cargos directivos o los expatriados pueden disponer de contratos específicos para regular sus funciones y derechos/deberes, denominados Contratos de Alta Dirección. Una persona puede autoemplearse y desarrollar una actividad económica por cuenta propia. w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 14. ¿Cómo obtener el NIE? 1. Autorización inicial para residencia temporal no lucrativa Descripción: Autorización que puede solicitar un extranjero desde su país de origen que le autoriza a residir en España sin tener que desempeñar ningún tipo de actividad laboral durante 1 año. Requisitos: No ser ciudadano de la Unión Europea. No encontrarse irregularmente en territorio español. Carecer de antecedentes penales y no tener prohibida la entrada a España. Contar con recursos económicos suficientes durante su período de residencia. Contar con un seguro médico público o privado y no tener ninguna enfermedad que afecte a la salud de los residentes. w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 15. ¿Cómo obtener el NIE? Procedimiento: Presentación de la documentación relevante del extranjero a la Oficina Consular de España. Pago de las tasas administrativas. Resolución: 3 meses desde el registro de la solicitud. Concesión del visado: una vez concedido el visado, debería trasladarse a España en el plazo de 3 meses. Una vez en España, deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero en el Ministerio de Asuntos Exteriores o el Comisariado donde se ha procesado la autorización. w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 16. ¿Cómo obtener el NIE? 2. Autorización inicial para residencia temporal y autoempleo Descripción: Residencia temporal y trabajo para un no residente de fuera de España que quiere desarrollar una actividad lucrativa por su cuenta. Requisitos: No ser ciudadano de la UE, encontrarse irregularmente en territorio español, carecer de antecedentes penales en España o no tener prohibida la entrada en España. No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno. Cumplir con los requisitos legales de apertura y desempeño de la actividad planeada. Tener las cualificaciones y la experiencia suficiente para desarrollar la actividad (y acreditarlo). Tener la capacidad financiera suficiente para desarrollar la actividad (y acreditarlo). Haber hecho las correspondientes notificaciones previas, declaraciones responsables, autorizaciones o licencias de actividades o servicios tratados con los cuerpos competentes. Tener un proyecto que tenga que ver con lo indicado en la inversión planeada. Ser capaz de demostrar el pago de las tasas administrativas. w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 17. ¿Cómo obtener el NIE? Procedimiento: Presentación del documento por la persona interesada en la Oficina Diplomática o Consular de España, Plazos: resolución en 3 meses, una vez resuelto, la persona tendrá 1 mes para solicitar el visado en persona. Una vez concedido, se tiene que recoger en el plazo de 1 mes. Después de recoger el visado, la persona debe entrar en territorio español y tiene 3 meses para afiliarse al sistema de Seguridad Social español (como autónomo) y luego tiene 1 mes para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero en el Comisariado correspondiente o en la comisaría de policía. w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 18. Costes de vivir en España La adquisición de visado obliga a la adquisición de uno/varios inmuebles por un valor mínimo (impuestos no incluidos) de 500.000€ y de 2.000.000€ si lo adquirido es una (o varias) empresas o deuda pública. Un piso para una familia en una zona céntrica de Barcelona ó Madrid puede alquilarse por un importe cercano a los 1.200€/mensuales. Un buen seguro médico familiar puede lograrse por 150€/mes. Una familia de 4 personas puede tener unos gastos mensuales de alimentación de entre 600€ y 1.000€. El renting de un coche puede suponer entre 300€ (Skoda) y 700€ mensuales (Audi). Un colegio privado puede costar entre 250€ y 750€ mensuales, por persona. Los gastos mensuales de una vivienda pueden situarse entre los 300€ y los 600€ w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 19. Obtención del NIE El NIE debe ser solicitado ante la Policía o en las oficinas consulares ubicadas en el respectivo país de residencia del solicitante. Los documentos a aportar serán los siguientes: Impreso oficial, rellenado y firmado. Original y copia del pasaporte o documento de identidad válido. Argumentación de las causas que justifican la solicitud. Si quien solicita es un apoderado, demostración de dicho apoderamiento. Todos aquellos documentos redactados en una lengua no oficial en España, deberán ser convenientemente traducidos y apostillados, para su comprensión y la demostración de veracidad. Cumplimentado todo, la resolución debe producirse en un máximo de 2 meses. w w w . a g m a b o g a d o s . co m
  • 20. China Desk chinadesk@agmabogados.com w w w . a g m a b o g a d o s . co m