La Fiscalía del Distrito Sur de Estados Unidos solicitó al juez Kevin Castel la unificación del juicio por narcotráfico contra el expresidente de Honduras, Juan Orlando Hernández, el exjefe de la Policía Nacional, Juan Carlos "El Tigre" Bonilla y el expolicía Mauricio Hernández Pineda, que estaría pactado a dar inicio el 18 de septiembre de 2023.
En un extenso documento, la Fiscalía del Distrito Sur argumentó los motivos de la unificación del juicio para los tres exfuncionarios hondureños, en donde además reveló los nombres de quiénes serían los testigos que se presentarán ante el jurado de la Corte estadounidense.
Inicialmente, los testigos se conocieron como co-conspiradores CW-1, CW-2, CW-3 y CW-4, quienes presentarán sus testimonios como colaboradores en el tráfico de drogas, donde se involucran a Juan Orlando Hernández, alias JOH (por sus siglas), "El Tigre" Bonilla y Hernández Pineda.
Primero, la Fiscalía indica que CW-1 es un expolicía identificado como Mario Guillermo Mejía Vargas, quien se entregó voluntariamente a la justicia de Estados Unidos en 2016, y que se declaró culpable de los cargos de conspiración en el tráfico de drogas; Mejía Vargas llegó a un arreglo para colaborar.
De acuerdo a la Fiscalía, Mejía Vargas trabajaba muy de cerca con Mauricio Hernández Pineda, primo de JOH y de Juan Antonio "Tony" Hernández (hermano del expresidente de Honduras), quien fue condenado en 2021 a cadena perpetua más 30 años de prisión por ser considerado "un narco a gran escala".
Según la acusación, Hernández Pineda abusó de su posición de alto rango desde la Policía Nacional para realizar el apoyo a la conspiración del tráfico de drogas.
Entre otras cosas, Hernández Pineda brindó seguridad armada a grandes cargamentos de cocaína que pasaban por Honduras, pertenecientes a narcotraficantes alineados a Juan Orlando y Tony Hernández.
En ese sentido, la Fiscalía buscará que Mario Guillermo describa los pasos que tomó para proteger los envíos de tráfico de drogas en las que Hernández Pineda y Tony estuvieron involucrados.
"El gobierno espera que CW-1 testifique sobre conversaciones que tuvo con Mauricio Hernández Pineda en las que le ordenó que no cooperara con las fuerzas del orden estadounidenses contra Juan Orlando y Juan Antonio Hernández", revela el escrito.
Según el documento, Hernández Pineda llevó a Mejía Vargas a la casa de Tony Hernández en Tegucigalpa, y mientras estaba allí observó en la habitación de huéspedes un armario lleno de fajos de 20 dólares, que fueron envueltos de la misma manera que los sobornos que había recibido anteriormente a cambio de brindar protección y seguridad a los cargamentos.
Estos sobornaron a otros oficiales para que no registraran a los vehículos cargados de cocaína en los puntos de control.
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la Capital
Estos serían los testigos en el juicio de JOH, 'El Tigre' y Mauricio Hernández
1. S7 15 Cr. 379 (PKC)
Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Presentado el 22/03/23 Página 1 de 30
S8 15 Cr. 379 (PKC)
TRIBUNAL DE DISTRITO DE LOS ESTADOS UNIDOS
Acusados.
DISTRITO SUR DE NUEVA YORK
EN OPOSICIÓN A LOS ACUSADOS
MEMORÁNDUM DE LEY DEL GOBIERNO
JUAN ORLANDO HERNANDEZ'S AND JUAN CARLOS BONILLA VALLADARES'S
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
en.
MOCIONES PARA CORTAR
JUAN ORLANDO HERNANDEZ, a/k/a
“JOH,” and
Damian Williams
Fiscal Federal para el Distrito Sur
de Nueva York One St. Andrew's
Plaza New York, NY 10007
Jacob H. Gutwillig
David J. Robles
Elinor L. Tarlow Kyle
A. Wirshba Abogados
adjuntos de los Estados Unidos Of
Counsel
JUAN CARLOS BONILLA VALLADARES, a/k/a “Tigre,”
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2. 2. CW2................................................... .................................................... ............................. 9
Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 2 de 30
3. CW3................................................... .................................................... .......................... 13
TABLA DE CONTENIDO
4. CW4................................................ .................................................... .......................... 14
TABLA DE CONTENIDO ............................................... .................................................... ............. i
A. Legislación aplicable.................................................... .................................................... ........... 15
DISCUSIÓN................................................. .................................................... ........................... 15
B.
TABLA DE AUTORIDADES ............................................... .................................................... ...... yo
DECLARACIÓN PRELIMINAR ............................................... .................................................. 1
Discusión................................................. .................................................... .......... 18
FONDO ................................................. .................................................... ...................... 2
CONCLUSIÓN ................................................. .................................................... .......................... 26
i
1. CW1.................................................. .................................................... ............................. 7
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3. Estados Unidos contra Feyrer,
674 F.2d 167 (2d Cir. 1982) ....................................... .................................................... .......... 19
Estados Unidos contra Rosa,
TABLA DE AUTORIDADES
Estados Unidos contra Carson,
85 F.3d 1023 (2d Cir. 1996) ....................................... .................................................... .......... 19
Estados Unidos contra Richard,
481 EE.UU. 200 (1987) ............................................. .................................................... .......... 17
Estados Unidos contra Gotti,
76 F. Supl. 2d 478 (SDNY 1999) ............................................... .......................................... 18
yo
Casos
Estados Unidos contra Finkelstein
750 F.2d 1141 (2d Cir. 1984) ....................................... .................................................... ........ 18
Página(s)
702 F.2d 351 (2d Cir. 1983) ....................................... .................................................... .......... 19
94 F. Supl. 2d 304 (EDNY 20 de abril de 2000) ........................................... ............................. 17
333 F.3d 110 (2d Cir. 2003) .......................................... . .................................................. . .passim _
Estados Unidos v. Losada,
Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 3 de 30
15 F.3d 230 (2d Cir. 1994) ....................................... .................................................... ...... 1718
739 F.2d 784 (2d Cir. 1984) ....................................... .................................................... .......... 19
Estados Unidos v. Hernández,
Estados Unidos contra Amato,
Estados Unidos v. potamitis,
No. 02 Cr. 743 (RCC), 2004 WL 602689 (SDNY 26 de marzo de 2004) ................................ .. 18
Richardson contra Marsh,
526 F.2d 517 (2d Cir. 1975) ....................................... .................................................... .... 25, 26
Estados Unidos contra Panza,
Estados Unidos contra Pirro,
11 F.3d 315 (2d Cir. 1993) ....................................... .................................................... ...... 18, 24
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4. 260 F. Supl. 3d 247 (EDNY 19 de abril de 2017) .................................. ............................. 27
Alimentado. R. Crim. Pág. 8 ............................................... .................................................... ............... pasajero
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Alimentado. R. Crim. Pág. 13 ............................................... .................................................... ...................... 17
Estados Unidos contra Turoff,
Estados Unidos contra Salameh,
853 F.2d 1037 (2d Cir. 1988) ....................................... .................................................... ........ dieciséis
152 F.3d 88 (2d Cir. 1998) ........................................... . .................................................. . ... pasajero
506 EE. UU. 534 (1993) ............................................. .................................................... ..... 17, 19, 24
Alimentado. R. Crim. pág. 14
Zafiro v. Estados Unidos,
estatutos
Estados Unidos v. Sampson, 385
F.3d 183 (2d Cir. 2004) .................................. .................................................... .......... 18
.................................................... .................................................... ...... 17, 18, 19
22
Alimentado. R. Crim. pág. 16
18 USC § 924 ............................................... .................................................... .......................... 4, 5
Estados Unidos contra Shellef,
.................................................... .................................................... ..................
507 F.3d 82 (2d Cir. 2007) ....................................... .................................................... ............ 17
21 USC § 963 ............................................... .................................................... ............................. 4
iii
Normas
Estados Unidos contra Shkreli,
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5. Pineda”). Ver identificación. Las mociones carecen de mérito con base en la ley y la evidencia, y el Tribunal
de detección y arresto. Durante años, a cambio de lucrativos sobornos, los acusados trabajaron
Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 5 de 30
juntos para abusar de sus posiciones oficiales para importar cantidades masivas de cocaína a los Estados Unidos
debe denegar sus solicitudes de indemnización.
DECLARACIÓN PRELIMINAR
Juan Orlando, Bonilla Valladares, y Hernandez Pineda (the “defendants”) were co
El Gobierno presenta respetuosamente este memorándum en oposición a los imputados Juan
Juan Orlando usó su poder político, incluso como Presidente de la Asamblea Nacional de Honduras
estados
conspiradores en una de las operaciones de tráfico de cocaína más grandes y violentas del mundo.
Congreso y el Presidente de Honduras, para canalizar a las fuerzas del orden público, militares y
Orlando Hernandez (Juan Orlando) y Juan Carlos Bonilla Valladares (Bonilla
La prueba del Gobierno contra los tres acusados y cada uno de sus roles en este
la conspiración se superpone significativamente. Como se describe más adelante, el Gobierno prevé
citar al menos a cuatro de los mismos testigos colaboradores para que testifiquen contra los acusados y
recursos financieros para apoyar a los narcotraficantes. Como parte de esa conspiración, Juan Orlando se basó en
Valladares”) mociones para terminar su juicio, que está programado para comenzar el 18 de septiembre de 2023.
espera que su testimonio demuestre que los acusados trabajaron juntos con objetivos comunes, compartieron
Dkts. 515, 525. Juan Orlando y Bonilla Valladares instan a la Corte que sería impropio
the help of Bonilla Valladares and Hernandez Pineda, prominent officials in the Honduran
métodos, y cometió los presuntos delitos con cómplices mutuos, incluido el
Policía Nacional (“HNP”), para garantizar que él y sus socios narcotraficantes permanecieran protegidos
unirse a ellos en un juicio o con su tercer coacusado, Mauricio Hernández Pineda (“Hernández
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6. 2
En consecuencia, por las razones aquí expuestas, la indemnización de Juan Orlando y Bonilla Valladares
Congreso Nacional de Honduras de 2010 a 2014 y el Presidente de Honduras de 2014 a
Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 6 de 30
2022, utilizó su poder en Honduras para permitir que sus socios narcotraficantes operaran con impunidad.
las mociones deben ser denegadas en su totalidad y sin necesidad de audiencia.
testigos colaboradores. Un juicio conjunto obviaría la necesidad de programar múltiples juicios con jurado con
FONDO
prueba significativamente superpuesta.
Durante al menos dos décadas, desde 2000 hasta 2022, las organizaciones narcotraficantes en
Juan Orlando corrompió los recursos policiales, militares y financieros de su país para
A. Resumen fáctico
Honduras floreció con el apoyo de los políticos hondureños y los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
A pesar de ser parte de la misma conspiración y enfrentar los mismos cargos, Juan Orlando y
apoyar a los narcotraficantes; permitió que se cometieran actos de violencia brutal sin consecuencias;
protegió a sus coconspiradores de la extradición; aceptó millones de dólares de narcotraficantes
para financiar sus campañas políticas y cometer un fraude electoral desenfrenado para ganar las elecciones presidenciales;
Bonilla Valladares busca que sus juicios se separen entre sí y el de Hernández
Los acusados eran centrales en ese esquema. Trabajaron juntos para abusar de su oficial
y, en el proceso, facilitó la importación de cientos de toneladas de cocaína a los Estados Unidos
Pineda. Sus mociones, que afirman incorrectamente que no eran parte de la misma conspiración,
posiciones, permitir que el narcotráfico en Honduras prospere bajo su control e importar masivamente
estados
cantidades de cocaína a los Estados Unidos. Juan Orlando, quien se desempeñó como Presidente de la
están muy lejos de superar la fuerte presunción a favor de los juicios conjuntos para los coconspiradores.
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7. 3
usó sus recursos dentro de la PNH para proteger cargamentos de cocaína para narcotraficantes que Juan Orlando
vehículos blindados para ayudar a llevar a cabo el asesinato de la Víctima1. A cambio de la protección y seguridad
Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 7 de 30
que brindó en este esquema, Bonilla Valladares recibió sobornos del Juan Orlando
prometió proteger; proporcionó información sobre las operaciones de aplicación de la ley a esos narcotraficantes
Juan Orlando relied on Bonilla Valladares and Hernandez Pineda—both highranking
traficantes para asegurarse de que pudieran evadir la detección y el arresto; y cometió actos de violencia,
funcionarios de la PNH—para asegurar el éxito de este esquema y para ayudar a proteger su droga
Orlando y Tony Hernández. Como solo un ejemplo, en 2011, Tony Hernandez dirigió Bonilla
traficantes alineados a quienes ayudó a proteger y, a cambio, Juan Orlando se aseguró de que Bonilla
incluido el asesinato, contra narcotraficantes rivales que amenazaban los intereses narcotraficantes de Juan
Valladares para asesinar a un narcotraficante hondureño rival ("Víctima1") que había intentado
socios traficantes, incluido su hermano, Juan Antonio Hernández Alvarado (“Tony
Valladares saltó a la fama en la PNH.
Hernández Pineda, quien es primo de Juan Orlando y Tony Hernández, también abusó de su
posición de alto rango con la PNH en apoyo de la conspiración. Entre otras cosas,
Hernández”), y múltiples de los testigos cooperantes que el Gobierno prevé llamar en
evitar que Tony Hernandez y otros transiten cargamentos de cocaína hacia el territorio guatemalteco
Hernández Pineda brindó seguridad armada a grandes cargamentos de cocaína que pasaban por Honduras
ensayo. Bonilla Valladares sirvió en la PNH durante aproximadamente 30 años, incluso como regional
frontera a través de una región particular en Honduras. Bonilla Valladares era en ese momento la policía
pertenecientes a traficantes alineados con Juan Orlando y Tony Hernandez; sobornado otra ley
jefe de esa región en Honduras. Usó su autoridad y acceso a la seguridad armada y
jefe de policía de Honduras y luego como Jefe de la PNH de 2012 a 2013. Bonilla Valladares
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8. 4
Guzmán, entregó a Tony Hernández $1 millón para financiar la elección presidencial de Juan Orlando
en los Estados Unidos, en violación de 21 USC § 963; (2) desde o alrededor de 2000 hasta y
Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 8 de 30
incluyendo en o alrededor de 2018, llevar y usar ametralladoras y dispositivos destructivos en relación
campaña a cambio de la continua protección de los cargamentos de cocaína a través de Juan Orlando
los agentes de seguridad no registren los vehículos cargados de cocaína de sus cómplices en seguridad
Honduras. Hernández Pineda luego proporcionó personalmente seguridad armada para que Tony Hernández
puntos de control; y trató de presionar a los cómplices que enfrentaban cargos en los Estados Unidos
cientos de miles de dólares en sobornos de traficantes de cocaína a gran escala y ganó la
a la conspiración de narcóticos, en violación de 18 USC §§ 924(c)(l)(A), 924(c)(l)(B)(ii), y 2; y
transportar ese pago. A cambio de su papel en esta conspiración, Hernández Pineda recibió
protección y confianza de Juan Orlando.
no cooperar contra sí mismo, Juan Orlando o Tony Hernández. Hernández Pineda fue un
(3) desde o alrededor de 2000 hasta e incluyendo alrededor de 2018, participar en una conspiración para
portan y usan ametralladoras y artefactos destructivos en relación con la conspiración de narcóticos, en
violación de 18 USC § 924(o). Ver S4 15 Cr. 379 (PKC), Dkt. 83. Hernández Pineda fue
B. Cargos
miembro de confianza de la conspiración en la que Juan Orlando y Tony Hernandez confiaron para
extraditado de Honduras el 11 de febrero de 2020, e hizo su aparición inicial en este
tareas importantes Por ejemplo, en o alrededor de 2013, Hernández Pineda acompañó a Tony
El 4 de septiembre de 2019, Hernández Pineda fue procesado y acusado de (1) de en o
Distrito el 12 de febrero de 2020. Ver Dkt. 131.
alrededor de 2000 hasta e incluyendo en o alrededor de 2018, participar en una conspiración para importar cocaína
Hernández a una reunión en la que participó el exlíder del Cártel de Sinaloa, Joaquín “El Chapo”
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9. 1
Ver Dkt. 5. El 9 de agosto de 2022, Bonilla Valladares fue acusado formalmente de tres cargos con
fue transferido a la custodia estadounidense y extraditado a los Estados Unidos. Juan Orlando hizo su
Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 9 de 30
primera aparición en este Distrito el 22 de abril de 2022. Ver Dkt. 429.
los mismos delitos de narcóticos y armas de fuego alegados en la denuncia de abril de 2020 y Hernández
El 29 de abril de 2020 Bonilla Valladares fue imputado por denuncia por participar en el
acusación de Pineda, desde alrededor de 2000 hasta e incluyendo alrededor de 2022. Ver S8 15 Cr.
mismos delitos de narcóticos y armas que Hernández Pineda. Ver S8 15 Cr. 379 (PKC), Dkt. 1.
El 27 de enero de 2022, fecha en que tomó posesión el sucesor de Juan Orlando como Presidente de Honduras.
El juicio de los tres acusados está programado para comenzar el 18 de septiembre de 2023.1
379 (PKC), Dkt. 448.
oficina, Juan Orlando fue imputado en este caso. Juan Orlando fue acusado de participar en
Después de que las elecciones presidenciales hondureñas más recientes en enero de 2022 marcaron el comienzo de una nueva política
5
Antes del juicio, el Gobierno prevé presentar una acusación procesal consolidada acusando a los tres acusados en un
solo instrumento de acusación. Acusar a cada acusado en un instrumento de acusación separado fue, en parte, el
resultado de consideraciones operativas y de tiempo relacionadas con la búsqueda de arrestos y extradiciones.
los mismos delitos de narcóticos y armas que Bonilla Valladares y Hernández Pineda, de en
partido y sacó del poder a muchos de los cómplices de Bonilla Valladares, hondureño
autoridades arrestaron a Bonilla Valladares el 9 de marzo de 2022. Fue extraditado a Estados Unidos
o alrededor de 2004 hasta e incluyendo en o alrededor de 2022. Ver S7 15 Cr. 379, Dkt. 423. En febrero
El 15 de enero de 2022, Juan Orlando fue detenido por las autoridades hondureñas. El 21 de abril de 2022, Juan Orlando
el 10 de mayo de 2022. Bonilla Valladares hizo su primera aparición en este Distrito el 11 de mayo de 2022.
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10. 3
3
2
El gobierno también anticipa ofrecer evidencia adicional, incluidos registros de drogas, Título III
Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 10 de 30
La anonimización de los testigos del Gobierno descritos en el presente como CW1, CW2 y CW3
corresponde a la numeración utilizada en las mociones in limine del Gobierno para Hernández Pineda,
presentadas el 28 de octubre de 2022. Ver S4 15 Cr. 379 (PKC), Dkt. 427. Para referencia de la Corte,
el Gobierno presentará una presentación por separado sellada especificando las identidades de cada
uno de los testigos anónimos. Como se describe más detalladamente a continuación, el Gobierno ha
presentado a los acusados 3500 material para cada uno de los CW, incluido el testimonio de juicio
relevante del juicio de noviembre de 2019 en Estados Unidos contra Juan Antonio Hernández Alvarado,
S2 15 Cr. 379 (PKC) y el juicio de marzo de 2021 en Estados Unidos v. Geovanny Fuentes Ramírez, S6
15 Cr. 379 (PKC), además de un volumen significativo de material 3500 adicional para algunos de los CW.
intercepciones y extracciones de dispositivos electrónicos, una parte significativa de los cuales fue
C. Prueba anticipada del gobierno en el juicio
admitidos durante los juicios que presidió este Tribunal contra dos de los coacusados
El Gobierno espera que la prueba contra cada uno de los acusados sea sustancialmente
Fuentes Ramirez (“Fuentes Ramirez”).
conspiradores: el juicio de octubre de 2019 a Tony Hernandez y el juicio de marzo de 2021 a Geovanny
Como se describe más adelante, el Gobierno espera que los cuatro testigos cooperantes
superposición e incluirá, entre otras cosas, el testimonio de varios de los acusados' co
El Gobierno ha resumido, en resumen y sustancia, partes del testimonio anticipado de estos cuatro
testigos colaboradores para proporcionar algunos ejemplos de las formas en que se superponen las
pruebas contra los acusados. El Gobierno anticipa que estos testigos testificarán sobre temas adicionales
y que el Gobierno llamará a otros testigos y presentará pruebas adicionales en un juicio conjunto para
los acusados, demostrando aún más sus roles superpuestos en la conspiración.
6
conspiradores que ahora cooperan con el Gobierno. El Gobierno prevé, por
ejemplo, que al menos cuatro testigos colaboradores ("CW1", "CW2", "CW3" y "CW4")2
El
testificará de la siguiente manera con respecto a los acusados y sus respectivos roles en la conspiración:
testificará sobre la interconexión de los roles de los acusados en la conspiración.
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11. Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 11 de 30
Durante varios años, Hernández Pineda presionó a CW1 para que no cooperara con las fuerzas del orden de EE. UU.
que Hernández Pineda también brindaba protección por separado. Hernández Pineda
información sobre operaciones policiales para proteger sus actividades de narcotráfico, que
oficiales contra Juan Orlando y Tony Hernandez. El Gobierno espera que CW1
posteriormente discutió ese envío con CW1, felicitó el desempeño de CW1 durante el
7
primos, y que sus primos estaban acumulando poder político en Honduras. Después de estos
proteger envíos de drogas de varias toneladas en Honduras, incluidos los envíos para Tony Hernandez y El
seguridad armada para envíos de drogas de otro testigo colaborador, CW3. En aproximadamente
conversaciones, CW1 y Hernandez Pineda continuaron brindando protección conjunta a CW3
Chapo. Aproximadamente en 2016, luego de que CW1 hubiera participado en esta conspiración de narcotráfico
2008, Hernández Pineda vio a CW1 brindando protección a uno de los cargamentos de drogas de CW3 para
Primero, CW1 describirá los pasos que tomó para proteger los envíos de tráfico de drogas en los que
Hernández Pineda confirmó además que él y CW3 estaban protegidos por la ley.
cargas de drogas. Varios años después, Hernández Pineda también le pidió a CW1 que le proporcionara
1. CW1
Hernández Pineda y Tony Hernández estuvieron involucrados. CW1 trabajó en la PNH desde
escrutinio de ejecución por parte de Tony Hernandez, que Tony Hernandez y Juan Orlando eran sus
CW1 es un exoficial de alto rango de la PNH que trabajó junto a Hernández Pineda para
aproximadamente desde 1994 hasta aproximadamente 2015. Durante ese período, CW1 comenzó a proporcionar
testificar sobre los roles de Hernández Pineda y Juan Orlando en la conspiración acusada, incluyendo
curso del envío, y comenzó a discutir abiertamente su actividad criminal, incluso por
la siguiente:
confirmando que él también había estado protegiendo los envíos de drogas de CW3 a cambio de un pago.
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12. Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 12 de 30
Aproximadamente en 2012, el Congreso Nacional de Honduras aprobó una ley que permitía
habitación de huéspedes con fajos de billetes de $20 en moneda estadounidense, que fueron empaquetados de la misma manera que
Honduras. Hernández Pineda posteriormente se reunió con CW1 en un intento de disuadir a CW1 de
Ciudadanos hondureños serán extraditados a Estados Unidos para enfrentar cargos de narcotráfico. CW1
sobornos que CW1 había recibido a cambio de brindar protección a los cargamentos de drogas y
8
Hernández. Aproximadamente en 2016, CW1 decidió entregarse voluntariamente a las autoridades en el
En segundo lugar, el Gobierno espera que CW1 testifique sobre conversaciones que tuvo
Pineda llevó CW1 a la casa de Tony Hernández en Tegucigalpa, Honduras, que Hernández
Estados Unidos a la luz de los cargos pendientes en su contra. Hernández Pineda se enteró del plan de CW1
con Hernández Pineda sobre la protección que recibirían de Tony Hernández. En
Pineda se encargó mientras Tony Hernández estaba fuera. Mientras estaba allí, CW1 observó un armario en un
presión de los Estados Unidos y tenía la intención de apaciguar al gobierno de los Estados Unidos; y (2) Tony
Tercero, el Gobierno anticipa que CW1 testificará que Hernández Pineda
y tomó medidas para rastrear a CW1, incluso acercándose a la esposa de CW1 en una iglesia en
Hernández Pineda estaba llevando a cabo con Tony Hernández y otro testigo colaborador, CW
Hernández le había dicho a Hernández Pineda que, si bien la extradición podría estar disponible en teoría,
le ordenó que no cooperara con las fuerzas del orden estadounidenses contra Juan Orlando y Tony
2. CW1 posteriormente proporcionó dicha información a Hernández Pineda.
no se aplicaría contra él. Algún tiempo después, aproximadamente en 2013, Hernández
se preocupó por su propio destino y le preguntó a Hernández Pineda sobre la situación. Hernández
información sobre las operaciones de aplicación de la ley. Hernández Pineda posteriormente confirmó a
Pineda le dijo a CW1 que (1) la nueva ley de extradición en Honduras fue promulgada en respuesta a
CW1 que los pagos de sobornos relacionados con las drogas se pagaron en la casa de Tony Hernandez.
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13. Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 13 de 30
presidente de Honduras. Hernández Pineda también advirtió que CW1 no podía hablar de Juan
ex traficante de cocaína a gran escala en Honduras. Como se describe más adelante, CW2 traficó
Para asegurar su propia elección, Juan Orlando ordenó a CW2 que sobornara a tres congresistas hondureños
Orlando, Hernandez Pineda, o Tony Hernandez en los Estados Unidos porque la situacion era
cantidades masivas de cocaína con, entre otros, Tony Hernandez, y sobornos pagados a Juan
9
El Gobierno espera que CW2 testifique que, aproximadamente en 2009, Juan
que mientras Juan Orlando trabajaba para evitar la extradición de Tony Hernández a Estados Unidos
2. CW2
Orlando, mientras se postulaba para presidente del Congreso Nacional de Honduras, llamó a CW2 para
Unidos, ya no podían proteger a CW1 porque Juan Orlando quería ser reelegido como
CW2 fue alcalde de un pueblo hondureño entre 2006 y 2014 aproximadamente y
aproximadamente $500. Hernández Pineda también dijo que estaba hablando con Juan Orlando para
Hernández. El Gobierno espera que CW2 testifique sobre cada uno de los acusados y
expresar preocupación de que había otro candidato a presidente del Congreso Nacional.
proporcionar información a las autoridades de los Estados Unidos sobre las actividades de narcotráfico de
tratar de detener la extradición de narcotraficantes a Estados Unidos, y que la opinión pública de Juan Orlando
sus respectivos roles en la conspiración acusada, incluidos los siguientes:
Hernandez Pineda, Tony Hernandez, and Juan Orlando. Hernandez Pineda explained to CW1
el apoyo a esas extradiciones fue solo para asegurar que sería reelegido como presidente.
siendo manejado a nivel presidencial hondureño y por lo tanto era demasiado sensible. Hernández
Orlando para asegurar que las actividades de narcotráfico de CW2 estarían protegidas. Hernández Pineda
Pineda terminó la discusión disculpándose por no poder ayudar a CW1 y pagó a CW1
y Bonilla Valladares brindaron protección para al menos algunos de los envíos de CW2 con Tony
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14. Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 14 de 30
Presidente del Congreso Nacional de Honduras en 2010, Juan Orlando llamó nuevamente a CW2 para agradecer
de Honduras a Guatemala. Muchos de esos envíos eran para El Chapo, y CW2 interactuó
CW2 por su apoyo. Durante esa llamada, Juan Orlando dijo que CW2 sería apoyado por y
directamente con Hernandez Pineda y Tony Hernandez para facilitar esos envíos. Por ejemplo,
envíos, Hernández Pineda, Tony Hernández, CW2 y otros asistieron al menos a una reunión
estaba disponible para cualquier favor que CW2 pudiera necesitar, lo que CW2 entendió como una referencia a
jugó un papel importante en la conspiración al proporcionar información a CW2 y Tony
donde se discutió que la cocaína vendida a El Chapo estaba destinada a Estados Unidos.
protección de su tráfico de cocaína de la policía. Cuando Juan Orlando se convirtió
Hernández sobre si había retenes policiales en la ruta del narcotráfico
tráfico con Tony Hernández. Entre 2010 y 2012 aproximadamente, CW2 y Tony
escolta para que esas cargas sean transportadas a través de Honduras, y CW2 observó que algunos de los
10
para apoyar a Juan Orlando. Después de que CW2 sobornara con éxito a los congresistas para que apoyaran a Juan
Hernández distribuía aproximadamente dos o tres cargamentos de cocaína al mes utilizando
kilogramos fueron estampados con la firma "TH" de Tony Hernandez. Antes de estos
Orlando, Juan Orlando volvió a llamar a CW2 para agradecerle. En la llamada, Juan Orlando manifestó que él
helicópteros, aviones, barcos y camiones para transportar la droga. Durante este tiempo, Hernández Pineda
protegidos de las fuerzas del orden y los militares.
en al menos dos ocasiones en o alrededor de 2011, Tony Hernandez vendió CW2 más de 1.000 kilogramos de
Con el respaldo de Juan Orlando, CW2 se volvió más audaz en su narcotráfico, incluso al
cocaína, que CW2 luego vendió a El Chapo. Hernández Pineda proporcionó a la policía armada
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15. Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 15 de 30
que CW2 podría hacer lo mismo. Poco tiempo después, CW2 se reunió con Hernández Pineda, quien estuvo de acuerdo
y Tony Hernandez informó a CW2 que Bonilla Valladares había tenido éxito. Más,
organización de traficantes en Honduras, y CW2. El Chapo le ofreció a Tony Hernández $1 millón
para ayudar a la actividad de tráfico de drogas de CW2 como había predicho Tony Hernandez. CW2 pagado
CW2 testificará, Tony Hernandez explicó que Bonilla Valladares pudo realizar el
11
Honduras. Como se describió anteriormente, Tony Hernández le dijo a El Chapo que si Juan Orlando ganaba la
Hernández Pineda y Bonilla Valladares para ayudar a transportar su droga. Primero, Tony Hernandez dijo
transitar su cocaína. En respuesta, CW2 habló con Tony Hernandez, quien dijo que él
presidencia, entonces Tony Hernandez podría brindar seguridad a los cargamentos de cocaína
CW2 que le pagó a Hernández Pineda para brindar seguridad y ayudar con los envíos de drogas, y
ordenar a Bonilla Valladares que lleve a cabo el asesinato de la Víctima1. Días después, Víctima1 fue asesinada,
movidos o reemplazados si no apoyaban las actividades de tráfico de CW2. En segundo lugar, como se describe
Hernández a reuniones durante las cuales El Chapo le preguntó a Tony Hernández si Tony Hernández
y podría evitar la extradición de los cabecillas de Los Valles, una notoria droga
Aproximadamente en 2011, mientras continuaba traficando cantidades masivas de cocaína, CW2
arriba, en o alrededor de 2011, un narcotraficante hondureño rival, Victim1, se negó a permitir que CW2
podría brindar protección continua a los cargamentos de cocaína del Cártel de Sinaloa en
vino a apelar a la protección que le garantizaba Juan Orlando al confiar en ambos
y otros coconspiradores alineados con Juan Orlando y Tony Hernandez para usar ciertas rutas para
Hernández Pineda entre aproximadamente $100,000 y $200,000 por asistencia con drogas
asesinato debido a su propio acceso a seguridad armada y vehículos blindados.
envíos, como proporcionar información sobre las operaciones policiales y ayudar a que los oficiales
CW2 también testificará que, aproximadamente en 2013, Hernández Pineda se fue con Tony
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16. Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 16 de 30
protección continua de las actividades de narcotráfico. Hernández Pineda luego proporcionó personalmente
lavado de dinero y mejorar la infraestructura en esa ciudad, incluidas las carreteras que podrían ser
confirmó que no había orden de arresto ni orden de extradición contra CW2. El Gobierno
seguridad armada para que Tony Hernandez transportara ese dinero.
utilizado para transportar la cocaína de manera más eficiente. Después de esta reunión, CW2 gastó alrededor de $1.5
12
que Juan Orlando queria saber si era verdad que CW2 se habia rendido, o si CW2 todavia estaba
Hernández Pineda y CW2 asistieron posteriormente a una reunión en la que El Chapo proporcionó a Tony
seguir disfrutando de la protección de Juan Orlando. Juan Orlando también ofreció otorgar al gobierno
en honduras CW2 le confirmó a Hernández Pineda que todavía estaba en Honduras. Hernández
Hernández $1 millón para la campaña presidencial de Juan Orlando a cambio de la de Juan Orlando
contratos a CW2 en la ciudad donde CW2 se desempeñó como alcalde, lo que ayudaría a CW2 en curso
Orlando no podría seguir protegiendo a CW2 de las fuerzas del orden si seguía siendo hondureño
orlando Aproximadamente en 2018, Hernández Pineda llamó a CW2 con respecto a los informes de los medios que
Pineda le dijo a CW2 que CW2 no necesitaba preocuparse porque Juan Orlando Hernández había
para financiar la campaña presidencial de Juan Orlando. Unos días después, Tony Hernandez le dijo a CW2
funcionario del gobierno. A cambio de una donación de $1 millón a la presidencia de Juan Orlando
CW2 planeaba rendirse en los Estados Unidos. Durante la llamada, Hernández Pineda dijo
que había hablado con Juan Orlando y que necesitaban el millón de dólares para la campaña.
campaña, Juan Orlando le aseguró a CW2 que, si CW2 no buscaba la reelección, CW2
También aproximadamente en 2013, CW2 se reunió en privado con Juan Orlando. Durante el
millones en ganancias del narcotráfico para sobornar a políticos en Copán para que apoyen a Juan Orlando.
reunión, Juan Orlando le dijo a CW2 que no debería buscar la reelección como alcalde porque Juan
Además, CW2 testificará sobre las medidas que tomó Hernández Pineda para proteger a Juan
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17. Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 17 de 30
CW3 es un ex narcotraficante radicado en Guatemala que, junto con Tony Hernandez y
Valladares era un socio de confianza de Juan Orlando y Tony Hernandez. Tony Hernández
13
otros, traficaron toneladas de cocaína a través de Honduras y Guatemala camino a Estados Unidos.
explicó que él y Juan Orlando ayudaron a Bonilla Valladares a avanzar en su posición dentro de la
Hernández, Bonilla Valladares ayudaron a proteger el tráfico de cocaína de CW3 asegurando que el
actividades, y que CW2 por lo tanto no debe entregarse a las autoridades en los Estados Unidos.
a la asistencia que tanto Bonilla Valladares como Hernández le brindaron a él y a Juan Orlando
La PNH no interceptó los envíos de cocaína de CW3 y al proporcionar información confidencial sobre
3. CW3
Pineda. Aproximadamente en 2010, por ejemplo, Tony Hernandez le dijo a CW3 que Bonilla
papel de cada uno de los acusados en ese tráfico, incluyendo lo siguiente:
y Juan Orlando, en consecuencia, encomendaron a Bonilla Valladares tareas delicadas, entre ellas
actividades de aplicación de la ley para garantizar que CW3 pueda evadir la detección y el arresto.
espera que CW2 testifique que entendió esa llamada telefónica como un esfuerzo de Hernández
CW3 testificará que Tony Hernández explicó que él y Juan Orlando tenían influencia
asesinatos Además de realizar actos de violencia en nombre de Juan Orlando y Tony
Pineda para comunicar que Juan Orlando seguía protegiendo a CW2 y su narcotráfico
sobre la PNH al más alto nivel para proteger el narcotráfico, que fue una referencia específicamente
CW3 recibió protección para esas actividades de Juan Orlando, Hernández Pineda y Bonilla
HNP y que Bonilla Valladares protegía a cambio sus actividades de narcotráfico. tonio
Valladares. El Gobierno espera que CW3 declare sobre su narcotráfico y el
Hernández le dijo a CW3 que Bonilla Valladares era extremadamente violento y que Tony Hernández
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18. Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 18 de 30
y los sobrinos de Bonilla Valladares transportaron más de 2.000 kilogramos de cocaína a través de nueve
4. CW4
14
envíos. En relación con estos nueve envíos, un coconspirador que era otro pariente
CW4 es un exlíder de una organización de tráfico de drogas a gran escala en Honduras. El
localizar a la Víctima2; seguir sus movimientos; y matarlo. CW4 pagó Bonilla Valladares
Tony Hernandez discutió con CW3 que, bajo la dirección de Tony Hernandez, Hernandez Pineda
camiones con fondos falsos que CW3 usaba para transportar cocaína de manera encubierta y le dijo a CW3 que
aproximadamente $ 300,000 para llevar a cabo el asesinato, aunque CW4 eventualmente tuvo a alguien más
cargamentos protegidos de cocaína transportados por CW3. Aproximadamente en 2013, CW3, Tony Hernandez,
Hernández Pineda ayudaría a supervisar el transporte seguro de esos cargamentos de cocaína.
proporcionar información sobre los puntos de control de la policía a lo largo de la ruta para que esos puntos de control
Valladares para buscar ayuda para localizar y matar a un traficante rival ("Víctima2"). Bonilla
realmente llevar a cabo el asesinato.
Asimismo, el Gobierno espera que CW3 también declare sobre la protección
podría evitarse. Los sobrinos de Bonilla Valladares también le dijeron a CW3 que Hernández Pineda estaba
Valladares le dijo a CW4 que a cambio del pago, él y otros miembros de la PNH
Hernández Pineda proveyó para las actividades de narcotráfico de Juan Orlando y Tony Hernández.
involucrados en el tráfico de cocaína. En concreto, los sobrinos de Bonilla Valladares solicitaron acceso a
de Juan Orlando, Tony Hernandez y Hernandez Pineda, le dijo a CW3 que no debe preocuparse
Gobierno espera que CW4 testifique sobre sus interacciones corruptas con ambos Bonilla
sobre la cocaína incautada por la policía en Honduras porque Hernández Pineda fue
Valladares y Juan Orlando. Por ejemplo, aproximadamente en 2003, CW4 se reunió con Bonilla
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19. Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 19 de 30
campaña de Orlando a través de un intermediario que luego Juan Orlando hizo parte de su
o delitos.” Alimentado. R. Crim. Pág. 8(b). El Segundo Circuito ha interpretado la Regla 8(b) para permitir
15
gabinete presidencial.
acumulación de delitos y acusados cuando los actos delictivos de dos o más personas están “unificados por
eficiencias suficientes para que la acumulación sea adecuada a pesar de la posibilidad de perjuicio para
Juan Orlando, a cambio de protección y asistencia para su narcotráfico y dinero
que una “acusación . . . puede acusar a 2 o más acusados si se alega que han participado
uno o ambos de los demandados resultantes de la acumulación”. Estados Unidos contra Shellef, 507 F.3d
actividades de lavado. Por ejemplo, en 2012, CW4 aportó aproximadamente $250,000 a Juan
en el mismo acto o transacción, o en la misma serie de actos o transacciones, constitutivo de delito
Ley aplicable
870 F.2d 809, 815 (2d Cir. 1989)). En este contexto, los tribunales “aplican una 'regla de sentido común' para decidir
82, 98 (2d Cir. 2007) (citando a Turoff, 853 F.2d en 1044).
También se espera que CW4 testifique sobre la participación de Juan Orlando en el mismo cargo.
La regla 8(b) de las Reglas Federales de Procedimiento Penal rige la acumulación de delitos y
si, a la luz de la superposición de hechos entre los cargos, los procedimientos conjuntos producirían
conspiración. CW4 pagó sobornos a poderosos políticos y empresarios hondureños, incluidos
acusados Estados Unidos v. Turoff, 853 F.2d 1037, 104243 (2d Cir. 1988). La regla prevé
DISCUSIÓN
alguna identidad sustancial de hechos o participantes o surgen de un plan o esquema común”.
A.
United States v. Feyrer, 333 F.3d 110, 114 (2d Cir. 2003) (citando United States v. Attanasio,
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20. Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 20 de 30
los juicios juegan un papel vital en el sistema de justicia penal”. Richardson contra Marsh, 481 US 200, 209
La presunción a favor de juicios conjuntos es tan fuerte que el Segundo Circuito ha declarado que
dieciséis
(1987). Promueven la eficiencia y “generalmente sirven a los intereses de la justicia al evitar
los “principios que guían la consideración del tribunal de distrito de una moción de separación por lo general
"Articulación
prevalecer en una moción de separación, un "acusado debe mostrar no simplemente algún prejuicio sino
Como se describió anteriormente, el Gobierno prevé devolver una acusación de juicio consolidada acusando a los tres
acusados en un solo instrumento de acusación. Véase supra n.1. Sin embargo, según la Regla 13, el Tribunal “puede
ordenar dos o más acusaciones. . . para ser juzgados juntos si los delitos, y los imputados si hubiere más de uno, hubieran
podido unirse en una sola acusación o información”. Alimentado. R. Crim. Pág. 13. La Regla 13 aplica el mismo estándar
sustantivo que se aplica a la Regla 8(b), que se cumple cuando los actos imputados están “unificados por alguna identidad
sustancial de hechos o participantes, o surgen de un esquema o plan común”. Estados Unidos v.
juntos." Zafiro v. Estados Unidos, 506 US 534, 537 (1993); ver Fed. R. Crim. Pág. 8(b).
perjuicio sustancial”).
unido bajo la Regla 8, un acusado que busca una indemnización bajo la Regla 14 soporta una “pesada carga de
ensayo[]." Zafiro, 506 US en 540. Más bien, “un tribunal de distrito debe otorgar una indemnización en virtud de la Regla 14
Richard, 94 F. Supl. 2d 304, 31011 (EDNY 20 de abril de 2000) (citando United States v. Halper, 590 F.2d 422, 428 (2d Cir.
1978)). Por las razones expuestas en este documento, un juicio conjunto sobre las acusaciones de reemplazo separadas
de los acusados también sería apropiado según la Regla 13.
Existe una “preferencia en el sistema federal por juicios conjuntos de acusados que son acusados
que demuestre que la acumulación dará lugar a un perjuicio sustancial”. Estados Unidos contra Amato, 15 F.3d 230,
solo si existe un riesgo grave de que un juicio conjunto comprometa un derecho de juicio específico de uno de los
237 (2.º Cir. 1994); United States v. Sampson, 385 F.3d 183, 190 (2d Cir. 2004) (observando que para
veredictos inconsistentes y permitir una evaluación más precisa de la culpabilidad relativa—ventajas
negación del abogado.” Estados Unidos v. Rosa, 11 F.3d 315, 341 (2d Cir. 1993). Por lo tanto, no es
que a veces operan en beneficio del acusado”. Identificación. en 210. Cuando los acusados están debidamente
suficiente para que un acusado demuestre que “puede tener una mejor oportunidad de ser absuelto en [un] caso separado”.
4
4
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21. Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 21 de 30
La presunción a favor de juicios conjuntos “es particularmente fuerte donde, como aquí, el
el acusado." Salameh, 152 F.3d en 111. Como tal, el mero hecho de que la prueba pueda ser admitida
ver también Estados Unidos v. Losada, 674 F.2d 167, 171 (2d Cir. 1982). Cualquier prejuicio indirecto que
se alega que los acusados han participado en un plan o esquema común”. Estados Unidos v.
sobre actos cometidos por un codemandado unido no es, por sí solo, suficiente para justificar
17
caso, eso no requiere necesariamente una indemnización. El Segundo Circuito ha reconocido reiteradamente
el prejuicio debe ser “suficientemente grave para compensar la economía procesal que se realizaría
cuenta que una vez que un acusado es miembro de una conspiración, “todas las pruebas admitidas para probar
que “el hecho de que la prueba pueda ser admisible contra un acusado pero no contra otro no
evitando largos juicios múltiples”).
que la conspiración, incluso las pruebas relacionadas con actos cometidos por coacusados, es admisible contra
interés en juicios conjuntos donde, como aquí, los acusados son . . . acusado en la misma conspiración.”
requieren [indemnización]”. Estados Unidos v. Hernández, 85 F.3d 1023, 1029 (2d Cir. 1996).
no necesariamente requieren una indemnización.” Estados Unidos v. Carson, 702 F.2d 351, 367 (2d Cir. 1983);
los acusados, o impedir que el jurado emita un juicio confiable sobre la culpabilidad o la inocencia”.
Estados Unidos v. Pirro, 76 F. Supp. 2d 478, 483 (SDNY 1999) (recolección de casos). En
Incluso cuando algunas pruebas son admisibles contra un solo acusado en un caso de múltiples acusados
Identificación. en 539; ver también United States v. Panza, 750 F.2d 1141, 1149 (2d Cir. 1984) (explicando que
casos de conspiración, la evaluación del tribunal del potencial de perjuicio sustancial debe tener en cuenta
Salameh, 152 F.3d 88, 115 (2d Cir. 1998); Estados Unidos v. Gotti, No. 02 Cr. 743 (RCC), 2004
ruptura. “El hecho de que uno de varios codemandados sea juzgado por un delito no cometido por
WL 602689, en *6 (SDNY 26 de marzo de 2004). “[L]os casos son legión de que hay un público fuerte
otro codemandado no crea, sin más, el tipo de error judicial que
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22. 5
Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 22 de 30
medidas, como limitar las instrucciones, a menudo son suficientes como una alternativa a la concesión de una Regla 14
conspiradores para asegurar el éxito de su plan de tráfico de drogas. Como se describió anteriormente, el
moción de separación”. Estados Unidos v. Feyrer, 333 F.3d 110, 114 (2d Cir. 2003); véase también Zafiro,
La prueba del gobierno contra los acusados incluye el testimonio de al menos cuatro cooperantes
Además, aunque no es dispositivo aquí, el Gobierno también señala que espera llamar al menos a tres de los mismos
peritos—relacionados con las rutas del narcotráfico, la política e historia hondureñas y las armas de fuego—contra cada
uno de los acusados.
ruptura. El Tribunal debe denegar las presentes mociones.
se supone que puede seguir. Estados Unidos v. Potamitis, 739 F.2d 784, 790 (2d Cir. 1984); ver
la fuerte presunción a favor de un juicio conjunto. Los acusados son acusados en la misma
Como cuestión inicial, tanto Juan Orlando como Bonilla Valladares argumentan que no pueden
también Zafiro, 506 US en 54041. De hecho, incluso cuando el “riesgo de prejuicio es alto. . . menos drástico
conspiración y con los mismos delitos. Ellos conspiraron entre sí y co común
Discusión
por lo tanto, correctamente probados juntos en este caso. Además, Juan Orlando y Bonilla Valladares han
presentar mociones de indemnización significativas en este momento porque aún no han recibido 3500
puede ocurrir como resultado del juicio conjunto de los acusados generalmente se corrige con la instrucción del tribunal
B.
no pudo demostrar ningún prejuicio, y mucho menos un prejuicio sustancial, que justificaría su
que el jurado considere la culpabilidad de cada acusado individualmente, una instrucción que los jurados deben
Las demandas de separación de Juan Orlando y Bonilla Valladares están lejos de superarse
506 US en 53839 (“La regla 14 no requiere indemnización incluso si se demuestra perjuicio; más bien,
testigos que testificarían sobre, entre otras cosas, los esfuerzos coordinados de los acusados para
18
deja la adaptación de la reparación que se otorgará, si la hubiere, a la sana discreción del tribunal de distrito”).
realizar cargamentos de drogas y para proteger sus actividades de narcotráfico.5 Los acusados son,
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23. Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 23 de 30
testigos colaboradores descritos anteriormente, han testificado sobre los acusados. Ver Dkt. 525 en 12.
producir 3500 material adicional de acuerdo con sus obligaciones de divulgación y el
esquema. Ver Salameh, 152 F.3d en 115. Como se describió anteriormente, los acusados fueron co
El Gobierno ha facilitado las transcripciones de las declaraciones de los testigos cooperantes a la
plazos fijados por el Tribunal, la defensa no está en la oscuridad acerca de los asuntos relevantes de los acusados.
19
Los argumentos de indemnización que Juan Orlando y Bonilla Valladares sí plantean en su
juicios en este asunto que ha presidido este Tribunal que involucraron a los acusados
ofrecer notas para los testigos cooperantes, que demuestren la superposición y la relación fácticas
las mociones son claramente sin mérito. Para empezar, la presunción a favor de un juicio conjunto es particularmente
conspiradores donde varios de los testigos que cooperaron con el gobierno, incluidos los cuatro
entre los acusados en la conspiración imputada. Si bien el Gobierno continuará
Orlando, una denuncia contra Bonilla Valladares, y las mociones in limine del Gobierno
y la divulgación anticipada por parte del Gobierno de 3500 materiales, muchos meses antes del juicio, de los cuales
fuerte cuando, como aquí, se alega que los acusados han participado en un plan común o
descubrimiento material o suficiente. Dkt. 515 a las 3; Dkt. 525 en 1. Eso es incorrecto. Como Bonilla
de Hernández Pineda que resumen el testimonio anticipado del cooperante y otros
pueden evaluar posibles preocupaciones de indemnización.
La moción de Valladares reconoce, y como se describió anteriormente, ya ha habido dos jurados
evidencia. Además, el Gobierno ya ha comenzado a producir 3500 materiales, entre ellos
demandados como parte de sus producciones de descubrimiento. También hay numerosas presentaciones públicas en este
y superposición de conductas. Por el contrario, se encuentran en la posición única de tener acceso a un
caso que describe la conducta de los acusados, incluida una acusación verbal detallada contra Juan
una cantidad significativa de información sobre declaraciones de testigos, tanto a través de archivos públicos
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24. Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 24 de 30
ciertos coconspiradores para no cooperar contra Juan Orlando y ayudaron a transportar $ 1 millón
roles interconectados de los acusados. Si el Tribunal concediera una indemnización, el Gobierno
8(b) porque “unió indebidamente los delitos y los acusados”, y también que enfrentará
soborno de El Chapo para la campaña presidencial de Juan Orlando. Acarreo asistido Bonilla Valladares
necesidad de presentar testimonios y pruebas duplicados en dos o tres juicios diferentes a fin de
20
cada uno sufrirá un perjuicio sustancial si fuera juzgado conjuntamente con sus coacusados. Véase Sansón,
información, conexiones en puntos de control de drogas y recursos para transportar cargamentos de drogas—a
Las pruebas que el Gobierno espera ofrecer en el juicio para demostrar que se superponen conductas
385 F.3d en 190. No pueden hacer frente a esa pesada carga.
asegurarse de que los envíos de sus socios narcotraficantes estuvieran seguros. Hernández Pineda animó
significativamente e incluye el testimonio de al menos cuatro testigos cooperantes sobre la
clasificación de los puestos de aplicación de la ley. En pocas palabras, los acusados trabajaron en conjunto para abusar de sus
presunción a favor de un juicio conjunto para los coacusados acusados de la misma asociación ilícita son
Juan Orlando argumenta de manera concluyente que la acusación S7 15 Cr. 379 viola la Regla
conspiradores en la misma prolífica conspiración de tráfico de cocaína. Juan Orlando contó con
posiciones oficiales y para asegurar, para su propio éxito financiero y profesional, que sus drogas
presentar aquí. Juan Orlando y Bonilla Valladares, por lo tanto, deben demostrar que
Hernández Pineda y Bonilla Valladares—quienes tuvieron acceso a información confidencial de las fuerzas del orden
los socios traficantes pudieron importar cantidades masivas de cocaína a los Estados Unidos.
actos de violencia contra narcotraficantes rivales en nombre de Tony Hernandez y Juan Orlando.
probar la misma conspiración. Hacerlo requeriría un gasto significativo e innecesario de
A cambio, Hernández Pineda y Bonilla Valladares recibieron sobornos lucrativos y se mantuvieron en alto
recursos judiciales y resultar en una grave ineficiencia. Todas las razones que subyacen a la fuerte
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25. Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 25 de 30
crímenes Identificación. a las 3.
cumplimiento en junio de 2018 con entradas que reflejan cantidades y precios de envíos de drogas enviados por
las narices de los gringos”, y para ello Juan Orlando le proporcionó a Fuentes Ramírez a Tony
Esos argumentos carecen de mérito. Como se ha descrito anteriormente, el Gobierno espera que su juicio
Tony Hernandez y al menos otro libro mayor que contiene referencias a “JOH”; una fotografía de un
21
además del testimonio del testigo colaborador descrito anteriormente que detalla el papel de Juan Orlando en
nada que ver con [él]”. Dkt. 515 en 2, 4. En apoyo de esos argumentos, Juan Orlando afirma
juicios y en numerosas presentaciones públicas, como se refleja en el voluminoso descubrimiento de la Regla 16 producido
la conspiración de narcotráfico—otro testimonio de testigos, incluido ese, en una reunión en persona
que el descubrimiento de la Regla 16 producido hasta la fecha no demuestra su participación en el cargo
hasta la fecha. Esa evidencia incluye, entre otras cosas, registros de drogas incautados por la ley hondureña.
los actos están “unificados por alguna identidad sustancial de hechos o participantes o [surgieron] de un común
incautado de uno de los teléfonos de Tony Hernandez, que incluye una fotografía de un CZScorpion
en o alrededor de 2013, Juan Orlando y Fuentes Ramírez acordaron conspirar para “[rellenar] las drogas
efectos colaterales perjudiciales en un juicio conjunto porque al jurado “se le presentarían pruebas sobre
plan o esquema”). En cuanto a las pruebas que demuestren la participación de Juan Orlando en la acusación
Evo que tiene grabado el nombre de Juan Orlando. El Gobierno también tiene la intención de ofrecer, en
dos individuos involucrados en una conspiración separada y actos de conspiración, que tienen absolutamente
conspiración, aspectos significativos de las alegaciones del Gobierno han quedado claros en dos jurados
evidencia implicará a los tres acusados en la misma conspiración. La acumulación bajo la Regla 8(b) es
kilogramo con las iniciales de Tony Hernandez ("TH"), que, como se describió anteriormente, CW2 también
por lo tanto completamente apropiado. Véase, por ejemplo, Feyrer, 333 F.3d en 114 (la acumulación es apropiada cuando
observó cuando Hernández Pineda protegía un cargamento de drogas para Tony Hernández; y evidencia
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26. 6
Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 26 de 30
hasta qué punto Juan Orlando simplemente está cuestionando la capacidad del Gobierno para demostrar su participación en
evidencia. Véase Zafiro, 506 US en 540. De hecho, “[e]videncia en el juicio conjunto de presunto
esa conspiración, el mecanismo adecuado para resolver esa disputa es un juicio, no una moción para
coconspiradores que, debido a la supuesta naturaleza conspirativa de la actividad ilegal,
[Juan Orlando] presuntamente cometió” es, por lo tanto, aparentemente inválida. Dkt. 515 a las 3. Ciertamente
menos explicar cómo resultaría en un perjuicio sustancial. En cualquier caso, la ley es clara en que un
Juan Orlando cita la opinión del Segundo Circuito en Salameh para señalar que “[p]rjuicio ocurre en los juicios
conjuntos cuando la prueba inadmisible en contra de un acusado se convierte en parte de su juicio únicamente por la
presencia de coacusados a quienes corresponde su admisión. ” Dkt. 515 en 2. Pero él no identifica tal prueba
inadmisible, ni puede hacerlo. De manera reveladora, Juan Orlando omite la siguiente línea en la opinión, que se aplica
aquí: “Este es un hecho poco probable cuando todos los acusados son acusados bajo el mismo cargo de conspiración”.
Salameh, 152 F.3d en 115 (donde se sostiene que el tribunal de distrito no se equivocó al negar la indemnización a los
acusados acusados de la misma conspiración).
El derecho del acusado a un juicio justo no incluye el derecho a excluir a los interesados pertinentes y competentes.
esa afirmación, que se contradice rotundamente por un extenso registro, no es una base para una indemnización. Hacia
admisible contra uno o ambos de los otros acusados propuestos. . . será perjudicial” para él.
él cree que es indebidamente perjudicial, lo cual, para ser claros, no cree, sería difícil
22
El número de teléfono celular de Hernández para discutir la coordinación de envíos de drogas. la de juan orlando
Dkt. 515 en 12. Esa afirmación concluyente está muy lejos de satisfacer el estándar exigente
imagínense denuncias más perjudiciales que las que ya ha hecho el Gobierno y pretende hacer
afirmación de que, con base en el descubrimiento, la evidencia del Gobierno “no se relacionará con ningún delito
requerida para la liquidación. Juan Orlando no identifica las pruebas a las que se refiere, mucho
ruptura.
haber sido admisible en un juicio separado del acusado en movimiento no es ni indirecto ni
Juan Orlando argumenta a continuación que su juicio debe ser anulado porque “evidencia que es
perjudicial." Ver Rosa, 11 F.3d en 341.6 En la medida en que Juan Orlando pudo identificar evidencia de que
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27. Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 27 de 30
es pura especulación. Juan Orlando no describe lo que podría implicar ese testimonio y
concluyendo que el apelante no había hecho una “demostración suficiente. . . que cualquiera de los co
proporcionando una base para conceder su moción. Por lo tanto, este argumento debe ser rechazado.
especula que sus coacusados “pueden haber decidido ya declararse culpables [o están
los acusados habrían renunciado a su privilegio de la Quinta Enmienda [de testificar sobre la demanda de los apelantes].
23
dispuesto a insistir en su privilegio como acusado de no subir al estrado”. Identificación. (cita e interna
Juan Orlando finalmente argumenta que algunos de sus coacusados podrían “posiblemente estar en una posición
separación de sus codemandados porque, si se hubiera concedido una separación, sus codemandados
comillas omitidas). La afirmación especulativa de Juan Orlando de que uno de sus coacusados
para ofrecer testimonio exculpatorio en un juicio separado” si se concediera una indemnización. Dkt. 515 en 2. Eso
habría testificado en su favor. Ver identificación. El Segundo Circuito rechazó ese argumento,
sucediendo. Y el único caso en el que se basa Juan Orlando para esta proposición, Estados Unidos
es poco realista pensar que un coacusado estaría más dispuesto a renunciar a su derecho constitucional
proporcionaría un testimonio exculpatorio si, y solo si, sus juicios fueran suspendidos está muy por debajo de
probar contra Juan Orlando: que el presidente de un país cooptó a su gobierno y
v. Finkelstein, socava su argumento. Ver 526 F.2d 517, 52425 (2d Cir. 1975). En
privilegio contra la autoincriminación cuando es llamado como testigo en un juicio separado de lo que sería
operaba su nación como un narcoestado.
Finkelstein, el apelante argumentó que el tribunal de distrito se equivocó al denegar su solicitud de
contemplando ejercer esa opción]” y elegiría testificar en su favor. Ver identificación. Juan
nombre] si se hubiera concedido la indemnización”. Ver identificación. en 524. Aquí, como en Finkelstein, “[d]ado el hecho
Orlando no establece hechos en los que la Corte pueda basarse para evaluar la probabilidad de que
que ninguno de los coacusados [todavía] se ha declarado culpable ni ha demostrado ninguna intención de hacerlo,
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28. Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 28 de 30
Como se describió anteriormente, el Gobierno espera que varios testigos colaboradores testifiquen sobre
Bonilla Valladares tampoco explica cómo un juicio conjunto resultará en un perjuicio sustancial para
autoridad, para garantizar el paso seguro de narcóticos a través de Honduras hacia los Estados Unidos. Está en contra
los roles de Juan Orlando y Bonilla Valladares en la misma conspiración y describirá los
a él. Bonilla simplemente afirma que habrá un “derrame perjudicial sustancial” porque “la mayoría
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de poder. A su vez, Juan Orlando pudo proteger aún más a esos narcotraficantes, incluidos
será “sustancialmente diferente” a la evidencia contra Juan Orlando y Hernández Pineda.
“unificada por alguna identidad sustancial de hechos o participantes o surge de un plan común o
Tony Hernández, Fuentes Ramírez y algunos de los testigos cooperantes, y usar las palancas
esquema”, Feyrer, 333 F.3d en 114, que el Gobierno ha hecho más que ampliamente.
Dkt. 525 en 12. Esa afirmación no es consistente con los alegatos del Gobierno en este caso.
implicar a Bonilla Valladares, que no aboga por el despido. Identificación. en 2. El
viceversa: Bonilla Valladares brindó protección a narcotraficantes que apoyaron a Juan
del estado, tales como colocar asociados como Bonilla Valladares en posiciones crecientes de
La moción de Bonilla Valladares plantea reclamos igualmente infundados e incorpora en gran medida la
La prueba del gobierno contra cada acusado no necesita ser exactamente la misma para que
las campañas de Orlando y ayudó a garantizar que Juan Orlando fuera elegido para puestos de alto rango
argumentos de Juan Orlando. Bonilla Valladares primero argumenta que las pruebas en su contra
se requiere la unión; por el contrario, el Gobierno sólo necesita alegar que los acusados son
actividades de narcotráfico que realizaban juntos. En cualquier caso, incluso en la medida en que el
de la evidencia en este caso involucra al presidente Hernández y su ascenso al poder”. Ver identificación. a las 2.
Gobierno pretende ofrecer pruebas adicionales contra Juan Orlando que no directamente
Pero la conducta ofensiva de Bonilla Valladares es parte integral del ascenso al poder de Juan Orlando, y
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29. Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 29 de 30
cometidos por los coacusados” ofrecidos para probar la existencia de la conspiración es admisible
culpable si ese jurado acepta la defensa del otro acusado”. Shkreli, 260 F. Supl. en 254 (negando
fuera matando. En todo caso, incluso en sus propios términos, esta supuesta investigación se habría producido
contra sus cómplices. Salameh, 152 F.3d en 111. El argumento de Bonilla Valladares de que el
moción de separación sobre la base de que las defensas serían mutuamente antagónicas). Bonilla
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conspiradores. En efecto, como alegó el Gobierno en la denuncia penal interpuesta en su contra,
el asesinato de Bonilla Valladares de la Víctima1 que era un competidor de drogas—que esta conspiración, y
principio, Bonilla Valladares no ha identificado ninguna prueba admisible que trataría de admitir en
después de participar en el asesinato de la Víctima1, Bonilla Valladares afirmó públicamente haber sido
los actores en ella, deben ser evaluados. Además, está bien establecido que “las pruebas relativas a actos
para avanzar tal reclamo. Tal defensa tampoco “requeriría que un jurado encontrara a un acusado
exigiendo una indemnización, porque “una defensa en particular puede ser, de hecho, que [Bonilla Valladares] fue
teoría de que Bonilla Valladares, al igual que Juan Orlando, habría hecho esfuerzos públicos para
investigando el asesinato, y llegó a decir a los medios locales que fue un asesinato llevado a cabo "eficientemente".
este telón de fondo: el ascenso de Juan Orlando a la cima del poder hondureño impulsado por el dinero del narcotráfico,
investigando [a Juan Orlando]” después de que Bonilla Valladares se convirtiera en Jefe de la PNH en 2012. Dkt.
parecen combatir el narcotráfico, mientras que en realidad protegen a su colega narcotraficante
incluso de cargas protegidas por Hernández Pineda, y el espectro de la violencia, incluso
525 en 2 (cita Estados Unidos v. Shkreli, 260 F. Supp. 3d 247 (EDNY 19 de abril de 2017)). A
La naturaleza de la prueba contra Juan Orlando amerita la separación, por tanto, falla.
Se alega que Valladares abusó de su posición dentro de la PNH durante años, incluidos los dos
Por último, Bonilla Valladares argumenta que puede haber un “conflicto de defensa irreconciliable”
años en los que se desempeñó como Jefe de la PNH, y es totalmente coherente con la
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30. CONCLUSIÓN
Fecha: Nueva York, Nueva York
Distrito Sur de Nueva York
22 de marzo de 2023
Por las razones expuestas, el Gobierno solicita respetuosamente a la Corte que niegue la
Caso 1:15cr00379PKC Documento 538 Radicado el 22/03/23 Página 30 de 30
Respetuosamente,
Por: __/s/______________________ Jacob H.
Gutwillig David J.
Robles Elinor L.
Tarlow Kyle A.
Wirshba Fiscales
federales adjuntos (212) 6372215 /
2550 / 1036 / 2493
mociones de separación en su totalidad y sin una audiencia.
sólo durante un corto tiempo en el gran esquema de la conspiración. Así, Bonilla Valladares no ha
Damián Williams
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identificó cualquier defensa irreconciliable que pudiera aconsejar a favor de la separación.
Fiscal de los Estados Unidos para el
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