El documento describe un tribunal popular sobre la pobreza energética en Navarra. El tribunal reconoció los derechos de una familia que sufrió cortes de suministro eléctrico debido a su situación de vulnerabilidad. El tribunal condenó al gobierno de Navarra e Iberdrola por violar el derecho humano al acceso a la energía y por no garantizar condiciones de vida dignas.
3. ¿Cómo hemos llegado hasta los tribunales?
– 2011, Origen. Dar a conocer de manera interconectada distintas corrientes de
pensamiento que nos proponen construir nuevos modelos de organización
social que sitúen en el centro el cuidado de la vida y del planeta
– 2011 y 2012 ponencias y talleres.
– 2013 charlas sobre experiencias
– 2014 talleres de reflexión, reivindicaciones y alternativas existentes. 4 ejes:
ECONOMÍA, CUIDADOS, SOBERANÍA ALIMENTARIA y ENERGÍA.
– 2015 y 2016 documento GUÍA SOBRE VIDAS SOSTENIBLES para la
ciudadanía
– 2017: TIPI-TAPA bagoaz! Hacia vidas SOStenibles (video),
• INCIDENCIA POLÍTICA: Manifiesto de adhesión para reivindicar cambios.
• SENSIBILIZACIÓN: Comic y varios videos.
– 2018, TRIBUNALES POPULARES, 23-24 de febrero.
4. ¿Qué es un tribunal popular?
Tribunales populares. Estrategia de las organizaciones de la sociedad
civil para contrarrestar los efectos de la invisibilidad que caracteriza a
algunas violaciones de derechos humanos, así como evidenciar la
impunidad que rodea a las mismas.
Como herramienta nos permite:
⚫ Trabajar las diversas reivindicaciones desde el enfoque de derechos
(herramienta de incidencia)
⚫ Visibilizar la vulneración de derechos humanos
⚫ Articular diversas luchas desde un marco internacional (perspectiva
local global)
⚫ Denunciar el sistema político y judicial en la definición y aplicación de
las leyes
⚫ Contribuir al empoderamiento de colectivos implicados a través de la
acción política
⚫ Reconocimiento a personas cuyos derechos se han violado
5. CASOS TRIBUNAL
Vidas SOStenibles
⚫ Modelo energético
⚫ Soberanía alimentaria
⚫ Economía al servicio de las
personas
⚫ El cuidado uno de los
pilares para sostener la vida
6. Modelo energético
⚫ CASO NORTE_ Ingeniería Sin Fronteras y las PAH de
Navarra
⚫ CASO SUR_ SAHARA_Ingeniería Sin Fronteras y
WESTERN SAHARA RESOURCE WATCH España
Denuncia común_ Pobreza energética:
Garantizar el acceso universal a los servicios básicos: el acceso a la
luz, el gas y el agua son derechos humanos básicos, como declara el
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
(PIDESC) aprobado en 1966 por el ONU. Es inherente a tener unas
condiciones dignas de vivienda que, tal y como señala también la
Constitución.
7. Tribunal: Pobreza energética
• Causa: Acceso a energía para tener una
vida digna.
• Afectadas: pareja con hija de 3 años y un
bebé.
– Situación: vulnerabilidad desde 2010:
• Dificultades para pagar los suministros básicos
(Iberdrola).
• Hasta 4 cortes de suministro.
• Devolución de la RGI por un error administrativo.
8. Tribunal: Pobreza energética
• SITUACIÓN LABORAL:
– Hombre:
• trabaja ocasionalmente por ETT.
• Durante el peridodo de gestiones para solicitar la RGI han
estado cobrando su subsidio por desempleo de 300 €.
– Mujer:
• despedida después de un accidente con una larga
recuperación.
• Sin trabajo remunerado (rol género).
9. Tribunal: Pobreza energética
• SUMINISTROS
– Sin acceso garantizado a estos suministros (el no corte
asociado al pago de facturas atrasadas).
– Finalmente sin corte → pago fraccionado
– Dinero de otras necesidades básicas.
– Suministro ELÉCTRICO:
• Iberdrola
• Facturas 70-80 € (sin calentador, ni vitrocerámica).
10. Tribunal: Pobreza energética
• Suministro GAS:
– Iberdrola.
– Dificultades para pagarlo.
• Suministro AGUA:
– Empresa mancomunada local.
– Subvencionada 90%.
– No se permiten cortes a familias en situación de
vulnerabilidad.
11. Tribunal: Pobreza energética
VULNERACIÓN DE DERECHOS
• Cada día más común.
• Se denuncia desde las plataformas de Afectados
por la Hipoteca (PAH) o Plataformas de Pobreza
Energética.
• Se acumulan las facturas y se complica el pago.
• Corte por pagos pendientes.
• Fraccionan los pagos quitando de otros gastos
indispensables como la alimentación.
12. Tribunal: Pobreza energética
TRAMITES
Servicios sociales:
– No pueden acudir sin aviso de corte:
• Continua presión.
• Situación de riego.
– Gestión y trámites largos (tiempo).
• Finalmente pago de dos facturas desde el Fondo de
emergencia de la ciudad de Pamplona.
13. Navarra: Pobreza energética
• 96.000 personas en situación de pobreza energética, 15%
población.
• Acuerdo con Iberdrola, Gas Natural Fenosa y CHC (90%
de los contratos electricidad y gas en Navarra)
– No corte con el pago de facturas atrasadas a partir de fondos
públicos (garantías para las compañías)
Respuesta insuficiente:
– 342 paralizaciones de corte en Pamplona y 707 paralizaciones de
corte en Navarra.
– Falta de información.
14. Regulación Navarra: Pobreza energética
• Plan Estratégico de Navarra (PEN) para 2030
– iii) Garantizar la seguridad de suministro y reducir la
pobreza energética.
• No se plantean medidas concretas.
• Ratios de autoabastecimineto y generación renovable para
mejorar la “seguridad de abastecimiento”, y ¿la pobreza
energética?
• Democratización de la energía. Agentes sociales (cooperativas,
organizaciones y ciudadanía) son clave.
15. Derechos: Pobreza energética
ONU
• 1966, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales (PIDESC). Artículo 11. Derecho a un nivel de vida
adecuado: agua, energía para cocinar, calefacción y luz.
EUROPA:
• Directivas 209/72/CE y 2009/73/CE protección del mercado
energético y de las personas consumidoras vulnerables.
ESTADO ESPAÑOL
• NO existe ley estatal sobre Pobreza Energética, sólo la Ley 24/2013
en la que aparece el bono social.
• Constitución, derecho a unas condiciones dignas de vivienda.
16. Derechos: Pobreza energética
• Vivienda Adecuada.
– Suministros básicos: Agua, energía para cocinar, calefacción y luz.
• Disponer de los recursos naturales. Energía.
– Control y decisión sobre cómo se explotan, mantienen y se usan.
• Participación.
– Decisiones y propuestas conjuntas sociedad y administraciones.
• Acceso a al información.
– Larga burocracia para gestionar sus derechos, asesoramiento
específico y efectivo, etc.
17. Impactos: Pobreza energética
• Biopsicosociales:
– Vivienda sin garantías mínimas para sus hijos (precariedad).
– Insalubridad, enfermedades, desnutrición.
– Amenaza continua corte de suministro.
• Económicos:
– Endeudamiento, se acumulan las facturas.
– No acceso a los recursos naturales.
• Políticos:
– Modelo energético, control y distribución de los recursos naturales.
– Mujer sostenedora del hogar, sin voz. Mujer doble de horas al hogar y
cuidados (datos IEN).
18. Conclusiones:
• Cambio del modelo propuesto → nuevas acciones con nuevas
formas más cercanas a la ciudadanía.
– Administración, cooperativas, organizaciones y ciudadanía,
juntas buscando soluciones.
– Energía en los cuidados: alimentación (luz o gas), salubridad (luz,
calefacción, transporte…), educación (luz y transporte),…
– Feminización de la pobreza energética, RIESGO:
• Mujeres:50%. Hombres:26 (La invisibilidad de la pobreza femenina, CCOO 2016)
• Según la actividad:
– trabajadoras domésticas: 82,4% trabajadores: 0%,
– Jubildas 50%, jubilados: 12%,
– Ocupadas: 30% ocupados: 18%.
19. Reconoce a R.F. y S.R. en su caso contra el Gobierno de
Navarra e Iberdrola por privarle de su derecho a la energía
y a unas condiciones de vida dignas.
20. Denuncia y condena ante la opinión pública y la comunidad internacional, el
incumplimiento del Derecho Internacional y el propio Derecho interno en materia de:
derecho al acceso justo y sostenible de energía y a la soberanía energética:
• Al Gobierno de Navarra y al Gobierno del Estado español por las vulneraciones del
derecho a ala energía de R., S. y su hija, imprescindible para garantizar los derechos
a una vida digna, a una vivienda adecuada a la salud, a la igualdad y no
discriminación. Así mismo se han producido vulneraciones en el derecho al acceso a
la información y participación, al acceso a la justicia y a la protección especial a la
infancia.
• Al Estado Español por su inacción frente a la pobreza energétia que genera unos
impactos biopsicosociales graves, con afectación en la salud de la población
afectada, así como del medio ambiente.
• Al Gobierno de Navarra por el incumplimiento de sus obligaciones en la garantía del
derecho a la energía y la insuficiencia d elos mecanismos de protección de las
personas consumidoras vulnerables, así como por no haber actuado frente a los
abusos cometidos por la empresa energética.
• Al Gobierno de Navarra por no actuar con la dbida diligencia en la provisión de los
fondos de ayudas sociales dedicados a la pobreza energética y por los perjuicios
causados por la excesiva burocracia, problemas de tramitación y falta de información.
• A Iberdrola por sus prácticas violatorias de los derechos humanos. Por no proveer un
suministro disponible, accesible y de calidad, de conformidad con los estándares
internacionales de derechhos humanos en la materia. Y por las prácticas de acoso a
la consumidora para cobrar las deudas.
RESOLUCIÓNTRINBUNAL
21. ESKERRIK ASKO
MUCHAS GRACIAS
Contacto: esther.munoz@isf.es
Web Plataforma Decrecimiento y buen vivir:
www.decrecimientoybuenvivir.info
Guía para nuestras vidas sostenibles:
www.decrecimientoybuenvivir.info/wp-
content/uploads/sites/4/2016/06/EHtik-eraiki-
CAS_WEB.pdf
Campaña tipi tapa bagoaz:
www.tipitapabagoaz.info
Cómic
www.decrecimientoybuenvivir.info/wp-
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